1. El buen amigo
Joaquím González Muntadas, Secretario General de la Federación de Industrias
Textil- Piel , Químicas y Afines de Comisiones Obreras (FITEQA CC.OO.) desde
1992 hasta 2013, ha tenido la amabilidad, que le agradezco, de enviarme lasentencia dictada el 30 de diciembre por la Sala de lo Social del TribunalSupremo, de la que fue ponente la magistrada Rosa Virolés (con participación de
las magistradas Lourdes Arastey y Mª Milagros Calvo, y los magistrados José
Luís Gilolmo y José Manuel López), que desestima el recurso de casación
interpuesto por la Asociación Española de Industriales de Plástico (ANAIP)
contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacionalde 6 de marzo de 2014, de la que fue ponente el magistrado Rafael López Parada,
que desestimó su demanda de impugnación del XVII convenio colectivo general dela industria química.
sábado, 6 de febrero de 2016
viernes, 5 de febrero de 2016
Sobre la prevención de riesgos laborales en el sector bancario, el registro de la jornada diaria y las horas extraordinarias. A propósito de una tesis doctoral y de la sentencia de la AN de 4 de diciembre de 2015.
1. Ayer, jueves 4
de febrero, fue un día muy agradable para el autor de este blog. ¿El motivo?:
la defensa, en la Sala de Grados de la Facultad de Derecho de la Universidad de
Barcelona, de la tesis doctoral presentada por José Manuel Murcia Fernández,
dedicada al "Marco jurídico de la regulación de la prevención de riesgos laborales en el sector financiero. La necesaria reformulación de su modelo" , realizada bajo mi dirección y con la inestimable ayuda y apoyo como tutora de
la Dra. Nuria Pumar. La Comisión,
integrada por las Dras. Pilar Rivas, Consuelo Chacartegui y Mercedes Martínez,
otorgó la calificación de excelente cum laude, tras formular, en el turno de
sus intervenciones para valorar la tesis presentada, muy interesantes
aportaciones y análisis críticos que fueron de mucha utilidad no sólo para el
doctorando sino también, lo puedo asegurar, para mí.
jueves, 4 de febrero de 2016
El baròmetre del CIS del mes de gener. Les preocupacions dels espanyols.
1. El darrer baròmetre del Centre d’Investigacions Sociològiques del mes degener, fet públic avui, dijous 4 de febrer, constata que disminueix la
preocupació dels ciutadans per l’atur, creix per la corrupció i el frau, baixa per
la situació econòmica, i disminueix lleugerament per la immigració després del
creixement temporal experimentat fa quatre mesos molt probablement al meu parer
per la situació dels refugiats que intenten arribar a països de la Unió
Europea. El baròmetre es va dur a terme entre els dies 2 i 11 de gener
martes, 2 de febrero de 2016
La immigració i les dades d'atur i d’afiliació a la Seguretat Social del mes de gener.
En primer lloc, faig referència a les dades d'afiliació a la SeguretatSocial, fetes públiques avui dimarts, 2
de febrer, pel Ministeri d’Ocupació i Seguretat Social.
El impacto de la reforma laboral en la modificación de condiciones de trabajo a través de las diferentes vías jurídicas que permite la flexibilidad interna. A propósito de la sentencia de la AN de 22 de diciembre de 2015.
1. Como es bien
sabido, la reforma laboral iniciada por el Real Decreto-Ley 3/2012 y continuada
por la Ley 3/2012, y sus posteriores modificaciones, ha ampliado el poder de dirección
del empleador en orden a flexibilizar las condiciones de trabajo en la empresa,
por la vía bien de la modificación sustancial de condiciones de trabajo (art.
41.4 de la Ley del Estatuto de los trabajadores), bien de la inaplicación del
convenio colectivo de referencia (art. 82.3), sin olvidar la incidencia que la
polémica generada sobre la aplicación de la regla de la ultraactividad
contenida en el art. 86.3 de la LET ha tenido igualmente en dicha modificación
a través de la negociación de los convenios colectivos estatutarios. Añádase a
ello, además, las posibilidades ofrecidas por la reforma para proceder a
despidos colectivos y suspensiones de contratos y reducciones de jornada (arts.
51 y 47 LET), y la posibilidad aceptada por los tribunales de que en un mismo
procedimiento puedan plantearse por parte empresarial medidas de extinción o
suspensión contractual y reducción de jornada junto con modificaciones
sustanciales de las condiciones de trabajo (incluida la movilidad geográfica),
y tendremos una visión más exacta del verdadero impacto de la reforma, que por
otra parte se pone claramente de manifiesto en la práctica en muchos acuerdos
alcanzados durante la celebración del período de consultas inicialmente en un
procedimiento de despido colectivo y que acaba con un acuerdo que incluye todo tipo de medidas de
flexibilidad interna y externa contempladas en los preceptos legales antes
citados.
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