sábado, 27 de abril de 2024

Treinta años sin Joan N. García-Nieto: aprender de la historia real del mundo del trabajo, para no perder el presente y el futuro. (1. A propósito del libro “Un món que és urgent transformar”, 2. Con notas y reflexiones adicionales estrictamente personales).

 


I. Introducción.

1. El martes 30 de diciembre será presentado en la sede de Comisiones Obreras del Baix Llobregat el libro “30 anys sense Joan N. García-Nieto. Un món que és urgent transformar” 

En la página webdel sindicato  encontramos una amplia nota de prensa en la que se informa del evento, “como acto central del Primero de Mayo”. Además de la mención a las personas que participarán en el acto para exponer sus puntos de vista sobre la figura de Joan, y que será moderado por la responsable del área social del Centro de Estudios Cristianisme i Justícia Sonia Herrera  ,  se efectúan algunas manifestaciones en clave social y política que reproduzco a continuación:

“Un món que és urgent transformar” és un homenatge al llegat sindical, polític, social i religiós de Joan Nepomuceno García-Nieto, una figura imprescindible per entendre el compromís amb les persones vulnerables i amb la lluita pel treball digne, el sindicalisme, la cohesió i la justícia social al Baix Llobregat.

Al llibre destaquen textos actuals que han redactat diferents autors sobre les grans reflexions que va deixar escrites i que preocupaven a García-Nieto, com la pobresa, desigualtats, exclusió i injustícies socials, migracions, protecció social, classe obrera, treball digne, drets laborals, sindicalisme, atur, joves, política, esquerra, empresa, ecologisme, economia social i solidària, cristianisme, la fe o la utopia

L’acte pretén ser un cant a favor de l’esperança i un estímul per continuar fent polítiques rigoroses, arrelades a la realitat en favor de les persones que més pateixen les desigualtats a partir de referències sòlides com va ser en Joan N. García-Nieto”.

2. La presentación de un libro dedicado a recuperar la obra de quien fue mi maestro durante muchos años de vida en el terreno social me ha animado a redactar esta entrada.

Ahora bien, para no mezclar mi visión propia de aquello que significó Joan, y también la Fundación Utopía que dirigió desde su creación en 1990 hasta su fallecimiento y que dirigí posteriormente durante varios años, incluido el período final en que por acuerdo adoptado por el Patronato se procedió a su disolución, he optado por diferenciar con claridad dos bloques en el presente artículo:

En el primero, haré una reseña de la publicación, a la que ya he tenido acceso gracias a la amabilidad que ha tenido conmigo el Secretario General de CCOO del BaixLlobregat, José María Romero   , al enviarme el libro antes de su presentación oficial, y difusión, el día 30.

En el segundo, expondré mi visión de Joan, o más exactamente trataré de recordar cuál fue su legado y como influyó en mi vida y estoy seguro de que también en la de muchas personas que apostaban en los años 80 y 90 del pasado siglo XX por un mundo mejor y más solidario, y que treinta años más tarde siguen, seguimos, pensando, y actuando, para que ello sea posible (eso sí, con menos pelo y menos fuerza física, que intentamos suplir, y no sé si lo conseguimos, con la intelectual).

Vamos allá.

II. PRIMERA PARTE. Un món que és urgent transfomar.

1. Según se informa en la nota de prensa referenciada, “L’obra ha estat editada  conjuntament amb el Centre d’Estudis Comarcals del Baix Llobregat i l’Arxiu Comarcal del Baix Llobregat, i ha comptat amb la coordinació de Jaume Funes, psicòleg i periodista”.  En su cuenta de la red social LinkedIn  el CECBLL manifiesta que “Estem molt contents d'haver pogut contribuir fent l'edició del llibre "Un món que és urgent de transformar. 30 anys sense Joan N. García-Nieto". Aquest llibre és un recull de moltes de les reflexions i inquietuds de Joan N. García-Nieto, teòleg, sociòleg i escriptor, membre fundador de Cristianisme i Justícia”.

El libro consta de una presentación social, a cargo de José María Romero, y una institucional que corre a cargo del alcalde de Cornellà del Llobregat, Antonio Balmon, población en la que vivió Joan y en donde estuvo ubicada la Fundación Utopía.

Hay tres reflexiones previas que darán paso posteriormente a los distintos artículos que componen la obra, efectuadas por el coordinador de la obra, y por dos personas que conocieron bien a Joan en su vida cotidiana, sindical, política y, por encima de todo, religiosa, José Fernández y Benigno Martínez.

El libro se plantea como vía para unir las tesis, ideas, reflexiones y preocupaciones de Joan con la realidad política, social, religiosa y cultural actual, de tal manera que en cada artículo se recogen previamente fragmentos de las diversas publicaciones, o textos no publicados y que están disponible en el fondo documental del Arxiu Comarcal del Baix Llobregat, para dar paso después a las aportaciones de cada autor o autora sobre cuál es la realidad actual en el ámbito que es objeto de su atención.

Son trece artículos que recorren la vida intelectual de Joan y que nos permiten conocer (para algunos, recordar y revivir) sus reflexiones, acompañados de un decimocuarto de especial relevancia, ya que se trata de la explicación tres archiveras del citado Archivo Comarcal  Yolanda Corredera, M.Luz Retuerta e Inés Vallés, del muy importante contenido del citado Fondo documental, punto de referencia en la selección de los textos de Joan utilizados en la obra, por lo que merecen mi más sincera felicitación por la encomiable tarea llevada a cabo.  

Me permito sólo recordar, citando a las autoras, que “El 2020, l’any de la pandèmia, arribaven a l’Arxiu Comarcal les primers capses de la Fundació Utopia Joan N. García-Nieto d’Estudis Socials del Baix Llobregat. Aquell any i el següent van ingresar més de 3.000 arxivadors, equivalents a 317 metres lineals de documents, libres i revistes...”.

Y también recuerdo el acto celebrado el 9 de marzo de 2023  con el que se homenajeó a todas las personas que han donado sus fondos documentales al Archivo, sintetizado en el artículo periodístico “L’Arxiu de la Fundació Utopia-Joan N. García-Nieto, un llegat simbòlic per al futur”   , del que reproduzco unos fragmentos:

“... Es destaca la conservació de la documentació clandestina i els documents sonors de les històries de vida de persones que van participar en el moviment obrer del Baix Llobregat durant les dècades dels anys 60, 70 i 80 del segle passat. En un principi, l’Arxiu l’integrava el fons personal de Joan N. García-Nieto i més tard es van incorporar fons de persones i organitzacions vinculades amb aquest moviment.

La directora de l’Arxiu Comarcal, Mari Luz Retuerta  , considera que la Fundació Utopia és un arxiu clau per a la història social de Catalunya del segle XX, i en especial, per a la comarca del Baix Llobregat perquè recull testimonis documentals sobre les lluites obreres de la segona meitat del segle XX. Els àmbits temàtics se centren en dos períodes: la clandestinitat, amb documentació sobre el moviment obrer, el sindicalisme, els conflictes laborals, les migracions, els grups i les forces polítiques i la repressió; i la transició democràtica, amb testimonis sobre el moviment obrer i els moviments socials en general, les polítiques públiques, l’església, el desenvolupament econòmic i social, les dones i el feminisme, les migracions, el medi ambient, les relacions internacionals i la cooperació i les forces armades i el pacifisme...”

2. En el recorrido de su obra, son objeto de atención las diversas temáticas objeto de atención en la vida de Joan, y la lectura de sus textos permite unir un pasado que en su momento era esperanzador con un presente en el que ciertamente hay muchas luces, pero también muchas y preocupantes sombras en la vida política, social, cultura y religiosa, tanto en los ámbitos internacionales y comunitario como en la realidad española en general y en la catalana en particular

La lectura de los artículos permite conocer las aportaciones de Joan, primero, y las reflexiones de los autores y autoras, después, sobre estos temas (he traducido el texto de los títulos de cada artículo, en los que se recoge primero la aportación de Joan, y después la de cada autor o autora, a su elección, en catalán o castellano):

La pobreza y la evolución de las desigualdades e injusticias (Xavier Godós)

Las sociedades que excluyen. Movimientos migratorios. Vidas de hombres y mujeres que quedan al margen (Gabriela Poblet)

Las prestaciones para garantizar el derecho a vivir. De la renta básica al ingreso mínimo vital (Margi Gual y Conxita Sánchez)

La clase obrera algunos años después del anuncio de su desaparición (Toni Mora, Marc Andreu y Liliana Reyes)

¿Para qué trabajar? Sentidos cambiantes del trabajo. El trabajo del futuro y el futuro del trabajo. Democracia y participación de las personas trabajadoras (Javier Pacheco).

Vivir vidas en desempleo (Xavier Orteu)

Derechos y mejoras laborales en un mundo cambiante. Las condiciones laborales y las luchas sindicales (Carlos Obeso)

Los jóvenes y los procesos de emancipación e incorporación social (Cristina Rodríguez)

Cuando la política parece no tener sentido. Los futuros de la izquierda y la construcción de sociedades igualitarias y diversas (Claudio Carmona y Silvia López)

La empresa en las continuas transformaciones ecológicas y tecnológicas. El desarrollo y los límites del planeta (Vicente Salas)

Nuevos modelos de economía social y solidaria (Óscar Randa)

Cristianismo, compromiso, transformación. Las utopías de la fe (Josep María Rambla)

Las utopías en tiempo de distopías (Raimon Ribera).    

3.  Desde aquí, transmito mi felicitación a CCOO del Baix Llobregat por la publicación de una obra que permitirá conocer la obra de Joan N. García Nieto, o recuperar el conocimiento, en asuntos tan importantes para la ciudadanía como son las condiciones de vida y de trabajo, la protección social, el mundo religioso, la cultura, la diversidad existente en nuestras sociedades y cómo conciliar y unir intereses diversos. Me permito citar un breve fragmento de la presentación de José María Romero: “el nostre projecte ha de seguir vinculat a la cultura com a motor transformador perquè tal com van escriure el mateix García Nieto i Francesc Castellana en el próleg de l’estudi “Sindicalismo y cultura: Ocio y valores de los trabajadores de Siemens deCornella”, d’Eulalia Sole, l’any 1986, “La recuperación de la sensibilidad cultural va más allá de la fábrica. La respuesta de la izquierda a la crisis pasa, necesaria e inevitablemente, por el reto cultural. La emancipación de los trabajadores será también cultural o no será”.

4. Quiero recordar aquí el acto de homenaje a Joan que tuvo lugar en 2019 con ocasión de la conmemoración de vigésimo aniversario de su fallecimiento, estupendamente sintetizado en el artículo periodístico “Multitudinari homenatge a Joan N. García-Nieto referent en la lluita social al Baix Llobregat”   , publicado el 19 de septiembre, del que reproduzco unos fragmentos:

“L'acte ha comptat amb la presència de diferents personalitats del món de la societat i la cultura catalanes, han intervingut Eduardo Rojo (Fundació Utopia) Benigno Martínez (Comunitat Cristiana) Joaquín Nieto (OIT) Josep Ma. Romero (CCOO BLLAPAG) Carlos de Pablo (UGT Baix Llobregat) i Antonio Balmón, alcalde de Cornellà.

En Joan ajudava al moviment sindical i social a ampliar el seu enfocament, posant en contacte les lluites del dia a dia amb altres referències, a fi d’ampliar el seu abast per tal que el seu major impacte permetés millores concretes i una major acumulació de forces.

Així mateix, ajudà a obrir canals de solidaritat i aliances amb les lluites sindicals d’altres sectors acomodats econòmicament, interpel•lant-los per aconseguir la seva solidaritat cristiana i/o democràtica.

En el seu sentit més ampli, en Joan cuidava a la seva gent de Cornellà i de tot el Baix Llobregat, però sempre va ser un més a les lluites, aportant sentit sobre el seu abast últim, com a element de transformació i canvi.

Ho feia des de la seva doble dimensió de cristià i intel•lectual, fou un pensador del sindicalisme i del moviment veïnal i un lluitador més entre els constructors de la comarca actual, de la que avui podem gaudir...”

III. SEGUNDA PARTE. Reflexiones, estrictamente personales e intransferibles, sobre Joan N. García Nieto.

Dejo volar la memoria en unos casos, y he de acudir a mi currículum en muchos otros, para concluir con unos más que obligados y merecidos agradecimientos a quienes hicieron posible que la Fundación Utopia-Joan N. García-Nieto d’Estudis Socials del Baix Llobregat mantuviera viva la apuesta por una sociedad más justa y solidaria hasta su disolución jurídica, señalando que aquello que desapareció fue una institución, pero no las ideas que le dieron forma y vida en 1990.  

Fui Presidente de la Fundación desde el 4 de noviembre de 1994 al 10 de mayo de 2000, pasando posteriormente a ocupar una vicepresidencia bajo el mandato de Francesc Castellana, y asumí nuevamente la Presidencia a partir de febrero de 2011 para llevar a cabo la ejecución del acuerdo adoptado por el Patronato de la Fundación de proceder a su disolución.

1. Mediados de los años setenta: participación como estudiante en un curso sobre sociología del trabajo en el ICESB, dirigido por Alfonso Carlos Comín y Joan N. García-Nieto.

2. Finales de los setenta y años ochenta y parte de los noventa. Participación en la escuela de formación sindical de CCOO del Baix Llobregat, cuya dirección estaba a cargo de Joan.  Dejo constancia de algunas de mis intervenciones:

A) Cursillo de Formación Sindical, organizado por la Unión Comarcal de Comisiones Obreras del Baix Llobregat. Cornellá de Llobregat, noviembre-diciembre de 1978.

B) Cursillo de Formación Sindical sobre el tema: “Evolución jurídica desde 1939 hasta el AES”. Organizado por la Escuela Sindical 1º de Mayo, de la Unión Comarcal de Comisiones Obreras del Baix Llobregat. Cornellá de Llobregat, 12 a 14 de noviembre de 1984

C) Curso para Cuadros Sindicales: “El conocimiento del Marco Legislativo”. Organizado por la Escuela Sindical 1º de Mayo, de la Unión Comarcal de Comisiones Obreras del Baix Llobregat. Cornellá de Llobregat, 11 a 14 de diciembre de 1985.

D) Curso básico para delegados de personal y miembros de comités de empresa: “La contratación laboral y la negociación colectiva”. Organizado por la Escuela Sindical 1º de Mayo, de la Unión Comarcal de Comisiones Obreras del Baix Llobregat. Cornellà de Llobregat, febrero de 1987

3. Principios de los años ochenta. Incorporación al área social de Cristianisme i Justicia, dirigida por Joan desde la creación del Centro en 1981. Debates semanales (cada sábado por la mañana, de 10 a 13 horas, durante el curso académico). Honor de escribir el primer Cuaderno de CiJ en 1982, “El sindicalismo en la década de los ochenta. Algunos retos planteados”   . Fui miembro del Consejo de Dirección y responsable del Área Social, desde 1993 hasta septiembre de 2002.

Destaco:

A) García-Nieto, Joan N., Rojo, Eduardo. Seminario “L’atur avui: nous problemes. El treball del futur: noves perspectives”. Organizado por la Fundació Utopia d’Estudis Socials del Baix Llobregat y la Fundació Lluís Espinal (Cristianisme i Justicia). Barcelona, 20 y 27 de enero y 3, 10, 17 y 24 de febrero de 1994

4. Años ochenta y noventa. Participación conjunta (siempre bajo su dirección y magisterio) en libros, artículos, conferencias y seminarios.

Aquí recojo buena parte de los mismos (hasta donde mi memoria, y la información informática me permite), así como mis reflexiones personales tras su fallecimiento y respecto al legado que nos dejó:

A) Rojo, E., "Crisis económica y medidas de fomento del empleo". García-Nieto J. y Rojo E. (presentación y coordinación). Treball i atur. Barcelona, Fundació EMI, 1984, págs. 87 a 98.

B) García-Nieto J. y Rojo E., "Paro, trabajo y planificación del futuro". Barcelona, Cristianisme i Justícia, 1985, 31 págs. Ediciones en castellano y en catalán

C) García-Nieto J.N. y Rojo E., "El futuro del sindicalismo. Retos y propuestas". Madrid, Cuadernos de Noticias Obreras, núm. 10, abril 1986, 36 págs

D) Rojo E. y García-Nieto J.N., "Renta mínima garantizada y salario ciudadano. Lucha contra la pobreza y cambio social". Barcelona, Cristianisme i Justícia, 1989, 48 págs. Ediciones en castellano y en catalán.

Esta publicación fue también editada por Cáritas Española, con el título "Lucha contra la pobreza y cambio social. Renta mínima garantizada y salario ciudadano". Madrid, 1989, 54 págs.

E) Rojo, E., "Viejas y nuevas políticas laborales (aportación al debate europeo sobre la flexibilidad laboral y estudio de la política laboral y de empleo en España)". García-Nieto J. y Rojo E. (presentación y coordinación). La sociedad del desempleo. Por un trabajo diferente. Barcelona, Cristianisme i Justícia, 1989, págs. 49 a 71.

F) Rojo, E., y García-Nieto J. N., "El sindicalismo español ante el futuro. Retos e interrogantes". Documentación Social, núm. 82, enero-marzo 1991, págs. 73 a 93.

G) Rojo, E., “Nova Europa i dimensió social: utopia o realitat?”  Cornellá, Fundació Utopia d'Estudis Socials del Baix Llobregat, 1992, 27 págs.

H) García-Nieto, J. N. y Rojo, E., "Arbeitsverträge in Spanien: zuwachs atypischer beschäftigungsformen". P. Schallhfer/A. Hland (Hrsg). Neue formen und bedigungen der erwerbsarbeit in Italien uns Spanien. Baden-Baden, Nomos Verlagsgesellschaft, 1993, págs. 273 a 297.

I) Rojo, E., "Una primera aproximación a las reflexiones de Juan N. García-Nieto sobre el sindicalismo y la realidad socio-económica". Suplements Cristianisme i Justícia, núm. 90, novembre 1994, págs. 6 a 21.

J) Rojo, E., "Adiós, Juan”. Vida Nueva, núm. 1963, 8 de octubre de 1994.

K) Rojo, E., "Reflexiones sobre el trabajo y el empleo". VV.AA. De la fe a la utopía social. Miscelánea Juan N. García-Nieto París. Ed. Sal Terrae/CiJ, Santander/Barcelona, 1996, págs. 157 a 181.

L) Rojo, E., y García-Nieto, Mari. Carmen,, “Presentació”. Jornada d’estudi: l’exclusió social i les polítiques públiques al Baix Llobregat. Fundació Utopia-Joan N. García.Nieto d’Estudis Socials del Baix Llobregat, Cornellà, 1997, págs. 5 a 14.

5. La memoria de la vida y obra de Joan N. García-Nieto ha estado siempre muy presente en mi actividad académica, y de ello he dejado buena cuenta en diversas entradas publicadas en mi blog  . Sin ningún ánimo de exhaustividad cito algunas de ellas y recupero algunos fragmentos.

A) Los jesuitas(en recuerdo de Joan N. García-Nieto)  (21 de octubre de 2007)                     

“... En memoria de Joan N. García-Nieto me he permitido recuperar en este artículo un apartado de mi intervención en el acto de homenaje que se celebró en su ciudad, Cornellà del Llobregat, pocos meses después de su fallecimiento, porque creo que después de más de trece años de haber sido escrita sigue manteniendo plena vigencia.

“El acto de hoy no es un homenaje para el recuerdo. Es un acto de consolidación y refuerzo de unos valores y de unos ideales, es un acto que no mira hacia el pasado sino hacia el futuro y que quiere que las ideas de Juan sigan vigentes. Aunque lagunas fueran más o menos acertadas, y otras, por qué no decirlo, también pudieran llegar a ser erróneas. Pero por encima de todo, fueron muchísimas más las virtudes que los defectos que pudieron haber existido en estas ideas, plasmadas en sus numerosísimos escritos y publicaciones, y en todas sus intervenciones públicas

Juan N. García-Nieto, Alfonso Carlos Comín, Ignacio Ellacuría, José Mª LLanos, han muerto como personas, pero no han muerto los ideales que defendieron a lo largo de sus vidas. Y desde el cielo, en esa conversación imaginaria de los cuatro, Juan, bebiendo un trago lago de güisqui con un “hielito” y después de recordarle a San Pedro, guardián del cielo, que debe adaptarse a las nuevas tecnologías y que ya no son necesarias las llaves sino que basta con una sencilla tarjeta con banda magnética para entrar en él, nos diría ánimo, adelante, no os dejéis ganar por las dificultades, porque la historia es de quienes siguen luchando diariamente contra las injusticias”.

B) Historias devida. Fuentes orales de la lucha obrera y del antifranquismo en el BaixLlobregat      (8 de junio de 2008)

“... Publico un fragmento de la presentación que he redactado para la publicación “Historias de vida. Fuentes orales de la lucha obrera y del antifranquismo en el Baix Llobregat”, de próxima publicación en catalán por la Fundación Utopía-Joan N. García Nieto. .

“La publicación que ahora tengo el honor de presentar en representación del Patronato de la Fundació Utopia Joan García-Nieto d’Estudis Socials del Baix Llobregat es un ejemplo claro y evidente del cumplimiento de las finalidades fundacionales. El estudio elaborado por los profesores Lluís Burillo i Isabel Graupera, bajo la dirección de la profesora Cristina Miret, nos acerca al conocimiento de la lucha obrera durante la dictadura franquista en nuestra comarca, y lo hace por medio de los sujetos activos de esa lucha a través de entrevistas orales con dirigentes políticos y sindicales de la época.

Es difícil resumir sesenta y cuatro entrevistas de una duración media de dos horas en una publicación, y de ellos son conscientes los autores, que ya nos proponen ampliar el conocimiento de las luchas obreras de la comarca con nuevos representantes o con nuevas entrevistas a los protagonistas de la obra. Ahora bien, la lectura de la publicación permite sin duda acercarse, a través de dichos protagonistas, a la vida de la comarca durante el franquismo y a los cambios en las condiciones de vida y de trabajo, al despertar del movimiento político, sindical y vecinal. El libro, tal como afirman sus autores, tiene una coherencia histórica y se basa en un guion temático centrado en los elementos comunes de las biografías de las personas entrevistas: el hecho migratorio, la toma de conciencia, la actividad política-sindical y las huelgas.

... El libro nos explica en el capítulo segundo como los trabajadores iban adquiriendo conciencia de su situación laboral, y aunque sólo eran unos pocos los que se atrevían a denunciarla eran muchos los que vivían afectados diariamente por unas relaciones laborales que combinaban el paternalismo con el autoritarismo y la represión. Me quedo con una cita preciosa, que vale mucho más que algunas publicaciones teóricas de la época, de la entrevista efectuada a Concepción Sánchez Medina, en la que queda reflejada el más claro estilo taylorista, tan bien analizado en las obras de Joan N. García-Nieto: “Le comenté a mi jefe que había unos agujeritos para las piezas que yo metía en la base de los transistores que estaban muy mal y que quizás si se hacía de otra manera, pues iría mejor. Y él me contestó – no lo olvidaré nunca -: usted está aquí para trabajar, no está aquí para pensar. Si tenemos que mejorar o no, es algo que lo hemos de decidir nosotros, pero no usted. Por lo tanto, cuando venga aquí su mente se la deja en casa, no la necesitamos, no piense”.

C) El trabajo decente: pasado, presente y futuro
      (30 de abril de 2016)

Intervención en la celebración diocesana del Primero de Mayo en la Iglesia de Santa María de Cornellà del Llobregat, en el acto organizado por los movimientos obreros cristianos de Cataluña y Baleares (ACO, GOAC, JOC, MIJAC), curas obreros, religiosas en barrios y delegaciones de pastoral obrera de las diócesis de Cataluña. 

...Deseo en primer lugar manifestar mi agradecimiento a las entidades y grupos organizadores del acto por su invitación a participar en el mismo. Con este acto conmemoramos la lucha de los trabajadores de Chicago en 1886, pero su recuerdo, como me decía hace unos días el Presidente de la Fundación Utopía Joan N. García Nieto d’Estudis Socials del Baix Llobregat, Francesc Castellana, “no puede ni debe limitarse al homenaje a los que han dado todo, incluso la vida, por los derechos laborales y sindicales”, sino que hay que formular nuevas propuestas de actuación.

... Quiero recordar que Joan insistía en que no podíamos caer en el pesimismo y decir que no se puede hacer nada ante los problemas existentes. Y sigue siendo hoy verdad que los cristianos podemos y tenemos que decir mucho en todo aquello que nos afecta de la vida cotidiana, y muy especialmente en aquello que es el mundo del trabajo. No podemos aceptar la “globalización de la indiferencia”, tal como ha denunciado el Papa Francisco.

Joan defendía la utopía para defender un nuevo “proyecto social”, que en modo alguno debía confundirse con algo inaccesible, un mito o una quimera, porque la utopía “es algo que no existe aquí y ahora, pero está en el horizonte como objetivo, como inspiración de algo nuevo que puede existir. Algo inédito pero viable, en frase de Paulo Freire”.

Joan nos enseñaba que la memoria histórica es algo fundamental en la conformación de las señas de identidad de un pueblo, y que, para ganar el presente, y el futuro, no se ha de olvidar el pasado. También nos enseñó, y quienes estamos en el ámbito educativo deberíamos aún ser más sensibles a sus reflexiones y pensamientos, que para transformar la realidad no basta solamente con ser idealista, sino que es necesario tener un profundo conocimiento de dicha realidad. Refiriéndose al sindicalismo ponía de manifiesto, y su reflexión sigue siendo plenamente válida, que el movimiento obrero “no es algo estático, sino que se va haciendo con la práctica cotidiana de la lucha obrera” y que en su análisis “nunca se pueden establecer principios dogmáticos o principios inmutables”.

... A modo de síntesis. ¿Cuáles eran, según Joan, los grandes problemas y retos del mundo del trabajo en la década de los noventa? Y debemos nosotros preguntarnos hoy ¿cuáles son ahora?

a) El desempleo estructural de una parte importante de la población.

b) Las mutaciones o cambios tecnológicos.

c) Los cambios en las estructuras productivas, con transferencia de producción intensiva en mano de obra a países, en aquel entonces, con costes salariales muy inferiores a los de los países desarrollados.

d) La importancia de la adquisición de conocimientos y cualificación profesional para poder estar en el mundo del trabajo, en condiciones dignas, en la fase de intensa transformación tecnológica, que en 2016 es aún superior.

e) Políticas educativas y formativas adecuadas para enfrentarse a los nuevos retos sociales y culturales, “desafío difícil el de la formación que necesita unas voluntades políticas y culturales renovadas. Desafío para los enseñantes, para las comunidades educativas y desde luego para los sindicatos, para todas las fuerzas sociales y para las diversas Administraciones.

...  Concluyo. La historia no está escrita, la escribimos los hombres y mujeres en cualquier lugar de mundo. De nosotros depende que vivamos mejor o peor en los próximos años, pero sabiendo que sí hay las condiciones adecuadas para que esa mejoría llegue a la gran mayoría de las personas trabajadoras, y que los beneficios del cambio no se queden en un escuálido uno por ciento de la población mundial”.

D) ¿Tiene derecho a ir al lavabo quien teletrabaja?¿Es tiempo de trabajo? A propósito de la sentencia de la AN de 10 de mayo de2021 (y un recuerdo de la profesora e historiadora Mari Carmen García-Nieto)     (10 de junio de 2021)

“... Ayer miércoles 9 de junio se celebró el día internacional de los archivos. Recordemos que fue esa la fecha aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su sesión de noviembre de 2007, día elegido porque el 9 de junio de 1948 el Consejo Internacional de Archivos se estableció bajo los auspicios de la UNESCO

Con motivo de esta efeméride, el Archivo Comarcal del Baix Llobregat   organizó un acto en recuerdo y homenaje a la historiadora Mari Carmen García-Nieto, que fue pionera en la creación de fuentes de historia oral e impulsora de los estudios de historia de las mujeres, fallecida en diciembre de 1997. En la presentación del díptico editado por el Archivo Comarcal para el acto puede leerse que fue “profesora, investigadora y maestra. Fue una historiadora líder en las metodologías de historia oral. Licenciada por la Universidad de Barcelona, fue profesora de la Universidad Complutense de Madrid durante más de 30 años”, y que tras la muerte de su hermano Juan N. García-Nieto, “en 1995, se hizo cargo de la dirección del Centro de Documentación de la Fundación Utopía-Joan N. García-Nieto, Estudios Sociales del Baix Llobregat y trabajó para continuar con la recogida de testimonios orales de los líderes sindicales de su hermano que completó con testimonios de mujeres del movimiento obrero de la comarca del Baix Llobregat”.

Fue un acto realmente emotivo, tanto por el recuerdo de Mari Carmen, con la que estuve en permanente contacto durante mi primera etapa de Presidente de la Fundación, como por las intervenciones de tres mujeres, dirigentes políticas y sindicales, que nos explicaron sus vivencias de los años de la dictadura y de la primera parte de la transición democrática, e igualmente por las intervenciones de la profesora Cristina Borderías y del profesor José Fernández 

También fue muy emotivo para todas las personas que estábamos presentes en la sede del Archivo, en Sant Feliu del Llobregat, como integrantes, pasados y presentes, de la Fundación Utopía y también de las personas que a lo largo de su vida han colaborado con ella y donaron sus archivos a la Fundación, ya que ahora, en la última etapa de esta, se han traspasado al Archivo Comarcal, tal como era el deseo del primer presidente de la Fundación Joan N. García-Nieto. Ojalá que ello sirva para que todas y todos los jóvenes y personas que deseen realizar trabajos de investigación sobre la historia real y vivida por militantes del mundo político y sindical en la comarca, y también en Cataluña, puedan llevarlos a cabo con pleno acceso a dichos fondos, a fin y efecto de tener un buen conocimiento de aquella realidad...”.

E) Dignidad y trabajo. Cuarentaaños de reflexión         (29 de junio de 2022)

 “... He publicado en “Papeles” de Cristianisme i Justicia, el texto que reproduzco a continuación en versión castellana   y catalana...

... Recordar la historia es siempre un ejercicio necesario, pero no para hacer un ejercicio de nostalgia sino para aprender de aquello que se hizo bien y por supuesto también de los errores que se cometieron, al mismo tiempo que nos sirve para seguir mirando hacia el futuro.

Hago esta consideración para explicar que nuestro Centro de Estudios, que “agrupa un equipo de voluntariado intelectual que tiene por objetivo promover la reflexión social y teológica para contribuir a la transformación de las estructuras sociales y eclesiales” ha prestado especial atención desde su creación en el año 1981 al mundo del trabajo y a las personas trabajadoras, hombres y mujeres, poniendo especial énfasis en aquellos colectivos que tienen más necesidades.

Y si para muestra vale un botón, el primer Cuaderno, que tuve la inmensa suerte de redactar a partir de una petición de mi maestro Joan N. García-Nieto, se publicó en mayo de 1982 y lo dediqué a los retos del sindicalismo en la década de los ochenta, planteando, desde mis claras convicciones, y también hay que reconocerlo con una exagerada seguridad fruto de una edad que no llegaba a la treintena, de por dónde debía ir la actuación de aquellas organizaciones que representan al mundo del trabajo para la mejor defensa de los intereses de las personas trabajadoras. Unas propuestas, que se acompañaban de la importancia que debía darse, y que no ha decaído en absoluto cuarenta años después como lo demuestran las aportaciones del Papa Francisco, a las reflexiones hechas desde la doctrina social de la Iglesia.

Desde entonces, CiJ siguió su andadura de especial atención al mundo del trabajo, tanto con la realización de diversos seminarios externos como por una actividad intensa en su área social, que culminaron en la redacción de otros cuadernos, como por ejemplo el publicado conjuntamente con Juan García-Nieto “Paro, trabajo, planificación de futuro”, en marzo de 1985, cuya presentación se exponía que se trataba de “ofrecer en todo caso una nueva luz, unos caminos inéditos todavía para superar uno de los hechos más dramáticos de nuestro tiempo: millones de hombres y mujeres, sobre todo jóvenes, se ven expulsados del mercado de trabajo y obligados a refugiarse en una "marginación sin retorno". Las reflexiones de Joan N. García-Nieto, que inspiraron desde su creación las actividades del área social de CiJ, se plasmaron con suma claridad, y mirando hacia el futuro, en sus cuadernos “Pobreza y exclusión social” (noviembre de 1987) y “Proyecto de sociedad en clave de utopía “(noviembre de 1989), culminando nuestra actividad conjunta con un cuaderno que sigue teniendo hoy plena actualidad en gran parte de su contenido, “Renta mínima y salario ciudadano” (septiembre de 1989).

6. La memoria también tiene recuerdos poco agradables, por no haber prosperado los deseos para que la Fundación Utopía publicara las obras de Joan, por lo que me alegro, tal como he expuesto en la primera parte de esta entrada, de que ello haya sido posible, al menos en una buena parte, en la obra “30 anys sense Joan : García-Nieto. Un món que és urgent transformar”.

Para quienes estudien algún día documentos de la Fundación, les dejo aquí la referencia a tres documentos de indudable importancia.

A) La Lluita per la utopia : Joan N. García-Nieto París : materials per a l'estudi dels moviments socials al Baix Llobregat, a través del llegat intel·lectual de Joan N. García-Nieto. Autores:Beatriu Pasarín Martínez, Pere Guaita Jiménez.  2005)

La presentación de la Guía bibliográfica estuvo a mi cargo, con el artículo “Algunas notas sobre su obra contenida en sus publicaciones sobre el sindicalismo y la realidad económica”. Dicho artículo fue una versión revisada y ampliada de la conferencia pronunciada el 30 de abril de 2003 en la inauguración del aula de formación Joan N. García-Nieto de Estudios Sociales de las Comisiones Obreras del Baix Llobregat, de la intervención en el acto académico en homenaje a su figura, organizado por Cristianisme i Justícia el 26 de octubre de 1994, y del acto académico organizado por CiJ con ocasión del décimo aniversario de su fallecimiento el 23 de noviembre de 2004..

Sirva de recuerdo una frase que sigue teniendo plena validez en la actualidad: “... conocer la historia, es decir la obra de Joan, es necesario para saber trabajar en el marco de nuestra realidad económica y social que tiene, todavía, muchos puntos de conexión con todo aquello que Joan explicaba, defendía y practicaba”.

B) Avantprojecte. Edició de les Obres completes. Constitució del Consell Editorial (2009). Reproduzco un fragmento.

“... Tècnics responsables del projecte: Isabel Graupera i Lluís Burillo.

ASSUMPTE: Avantprojecte de l’edició de les obres completes d’en Joan N. García-Nieto i proposta de constitució del Consell Editorial de la Fundació Utopia i del Consell Assessor de les obres completes d’en Joan.

OBJECTIUS: Aplegar l’obra d’en Joan N. García-Nieto  tot seguint dos criteris transversals:

-           tipològic: Caldrà classificar el material –publicat, inèdit i estranger–, tot recollint en cada volum les diferents tipologies d’obra, és a dir, segons siguin aquestes monografies, articles, pròlegs, conferències, intervencions públiques, etc.

-           cronològic: En cada volum es presentaran les diferents tipologies ordenades cronològicament per ordre de data de publicació o aparició.

C) Primer borrador. 26 de agosto de 2015. Elaborado por Eduardo Rojo Torrecilla. Vicepresidente ejecutivo de la Fundació Utopia Joan N. Garcia-Nieto d’Estudis Socials del Baix Llobregat.

Título: Joan N. García-Nieto: una persona poliédrica. Su aportación social, cristiana y política.

1. Objetivo de la publicación.

Recopilación de los escritos de Joan N. García Nieto, no sólo de los publicados sino también de algunos de carácter inédito disponibles en el fondo documental de la Fundación Utopía o que han sido facilitados por personas que compartieron vida social, cristiana y política con Joan.

2. Material utilizado para la preparación de este primer borrador:

“La lluita per la utopia”. Joan N. Garcia-Nieto Paris. Fundació Utopia 2005. Tria i ordenació documental a càrrec de Beatriu  Pasarín i Pere Guaita.

 “Avantprojecte: constitució del consell editorial de la Fundació Utopia  - Joan N. García-Nieto”. Document intern del treball elaborat per Isabel Graupera i Lluis Burillo. Fundació Utopia, 2009.

... 4. Propuesta de sumario de la obra.

I. Introducción general.

Reflexión sobre la obra de Joan N. García Nieto desde una perspectiva global. El impacto de sus aportaciones en el período histórico en que vivió, y una mirada abierta a cómo todo aquello que explicó y fundamentó en su obra se ha ido convirtiendo en realidad en los años posteriores.

II. La obra de Joan N. García-Nieto. Las diversas caras o rostros de la persona y su obra.

PRIMERA PARTE. El “hombre social”.

1. Aportaciones y reflexiones sobre sindicalismo.

A) Historia del movimiento sindical.

B) El sindicalismo clandestino en España.

C) Sindicalismo y democracia en España.

2. Aportaciones y reflexiones sobre la realidad sociolaboral y socioeconómica. Especial atención a:

A) La participación de los trabajadores en la empresa.

B) El futuro del trabajo y el “no-trabajo”. El impacto del cambio tecnológico sobre el mundo laboral.

C) El salario ciudadano o renta garantizada.

D) La inmigración.

E) El Baix Llobregat.

F) Pobreza y paro.

SEGUNDA PARTE. El hombre religioso.

1. Aportaciones y reflexiones generales sobre la religión y su impacto sobre las condiciones de vida de las personas trabajadoras.

2. Escritos relacionados con su actividad en Cristianos por el Socialismo y su vida política.

TERCERA PARTE. El hombre político.

5. Propuesta de materiales que deberían incluirse en cada epígrafe del sumario.

NOTA PREVIA IMPORTANTE. Sin perjuicio de las modificaciones que se consideren oportunas, en este primer borrador se sigue el mismo orden que el de la publicación “la lluita per la utopia”: libros, artículos, prólogos, conferencias y mesas redondas, y entrevistas e intervenciones públicas. Además, se acompaña la referencia de cada publicación contenida en dicha publicación, al efecto de facilitar su búsqueda para la recopilación de la documentación que pueda ser objeto de publicación.

7, Para concluir.

Un momento especialmente difícil de mi vida fue asumir la Presidencia de la Fundación en febrero de 2021 para iniciar, por acuerdo del Patronato, el proceso de su disolución.

Quiero agradecer a las personas que en el día a día de la Fundación contribuyeron a que esta siguiera funcionando y llevando a cabo la recopilación y ordenación de los fondos documentales y actividades formativas, seminarios y conferencias sobre el mundo del trabajo desde el fallecimiento de Joan.

A Frances Castellana, presidente desde 2000 a febrero de 2021, al gerente Jordi Izquierdo, a la secretaria del Patronato, Anna Hernández, a la incansable trabajador Marí Carmen Caballero, sin la que hubiera sido imposible llevar a cabo toda la compleja tramitación de la disolución y que mantuvo viva la llama de la ilusión de las actividades de la Fundación hasta ese momento. y, en fin, a todas las personas que durante la vida de la Fundación contribuyeron a que fuera un punto de referencia de ideas de progreso basadas en la vida y obra de Joan N. García-Nieto, sin siglas, con una visión constructiva y propositiva de cómo abordar de manera conjunta entre las distintas sensibilidades sociales, políticas y culturales, el reto de mejorar las condiciones de vida y de trabajo de la población, mejor dicho de una gran parte de la población, sin importar el lugar de nacimiento, lengua y origen, a la que Joan dedicó su vida, tanto en sus aportaciones doctrinales como, mucho más importante, en su vida práctica cotidiana, de la que seguimos su legado seguimos teniendo, aun habiendo pasado muchos años, mucho que aprender, además de transmitirlo a las jóvenes generaciones.

Buena lectura. 

jueves, 25 de abril de 2024

Diferencias salariales entre profesorado universitario a tiempo completo y asociado a tiempo parcial. Discriminación. Notas a la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 18 de Valencia de 17 de abril de 2024.

 

1. El 23 de abril el gabinete de comunicación del Poder Judicial publicó una nota de prensa  titulada “Un juzgado declara el derecho de 42 profesores asociados de la Universidad de Valencia a cobrar en función de sus contratos parciales lo mismo que los docentes a jornada completa”, acompañada del subtítulo “La juez declara que han sufrido discriminación laboral en la retribución salarial que perciben”.

En dicha nota se efectúa una breve síntesis de la sentencia, exponiendo que “... declara probado, con informe favorable del Ministerio Fiscal, la existencia de una discriminación salarial que vulnera el derecho fundamental a la igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución Española”. 

Junto a la nota se anexa la resolución judicial, por lo que su íntegra lectura ya está a disposición de todas las personas interesadas, que me imagino que muy especialmente será todo el profesorado asociado, y no sólo el directamente afectado de la Universidad de Valencia.

Enfrascado en la finalización de un artículo sobre el Estatuto del Trabajo del Siglo XXI para la Revista del Ministerio de Trabajo y Economía Social, no había prestado atención a la noticia, y sólo lo hice tras recibir información de dicha sentencia a través de un correo remitido por el profesor asociado de la UV Vicent MonroigCliment  , a quien agradezco su envío. Ha sido dictada por la Magistrada-Juez María José Loaces, “en sustitución reglamentaria del Juzgado de lo Social nº 18 de Valencia”

Aunque fuera ya del ámbito docente universitario, sigo teniendo pleno interés por las resoluciones judiciales en las que se suscitan conflictos relativos a las condiciones de trabajo, y es obvio que la remuneración salarial es una de ellas, del profesorado, por lo que me “picó el gusanillo” y me puse a leer la nota de prensa y después la sentencia, que concluye efectivamente con la estimación de la demanda interpuesta por un grupo de profesoras y profesores asociados, declarando la existencia de discriminación laboral en la retribución salarial de los mismos “ por vulneración del derecho fundamental a la no discriminación e igualdad”, por lo que procede que “se les aplique en su retribución, en proporción al contrato parcial, la misma retribución que perciben los Profesores universitarios a jornada completa”. Igualmente, se condena a la UV a “abonar a cada uno de los actores la cantidad de 1.000 euros por el concepto de indemnización por daños morales”.

Cabe presumiblemente pensar (y no digo más, por ser conocidas mis malas dosis de pitoniso jurídico) que la UV interpondrá recurso de suplicación ante la Sala autonómica del TSJ, si bien mientras tanto creo que la sentencia del JS merece un comentario por mi parte, en atención a las diversas cuestiones que se plantean y que acaban confluyendo en la pretensión formulada en la demanda y estimada por la resolución judicial.

2. La historia de la demanda presentada por 43 profesoras y profesores asociado inicia su atormentada vida procesal nada más ni nada menos que el 21 de abril de 2021, habiendo sido admitida a trámite por auto de 16 de junio. En el antecedente de hecho tercero tenemos conocimiento de las varias suspensiones del acto de juicio por diversos motivos, hasta llegar, casi tres años después, a la celebración de este el pasado 7 de marzo.

Sabemos que la tesis de la parte demandante era que se reconociera la existencia de discriminación salarial con respecto al profesorado a tiempo completo. Por parte de la UV se alegaron primeramente cuestiones procesales formales, tales como la existencia de una cuestión prejudicial planteada ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, por una parte, y la incompetencia de jurisdicción, por otra, y en cuanto al contenido sustantivo o de fondo de la demanda se manifestó oposición en los términos que más adelante serán analizados.

Compareció como parte codemandada el Consell de la Generalitat Valenciana, que alegó excepciones procesales formales, en concreto la falta de legitimación pasiva y la falta de competencia a del orden jurisdiccional social.

3. En los hechos probados de la sentencia conocemos que se trata de profesorado asociado contratado temporal a tiempo parcial al amparo de la regulación contenida en los arts. 48 y 53 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (recuérdese que el conflicto se inicia con anterioridad a la aprobación de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario). Que le era de aplicación el Decreto 174/2002, de 15 octubre     (posteriormente modificado), del Gobierno Valenciano sobre Régimen y Retribuciones del Personal Docente e Investigador contratado laboral de las Universidades Públicas Valencianas y sobre Retribuciones Adicionales de Profesorado Universitario, más en concreto de su art. 10. La juzgadora menciona las guías docentes que deben elaborarse para cada asignatura, a la que se refieren varios preceptos de la norma, y manifiesta que “Esta guía es de obligado cumplimiento para todos los profesores. Los profesores asociados imparten las mismas asignaturas que los demás profesores de categoría distinta. El profesor que imparte la asignatura debe cumplir todos los cometidos de la guía, sea cual sea su categoría laboral, incluidos los profesores asociados. (Tomo II F. 209 contestación de la Rectora de la UV respuestas al interrogatorio)”. Recuerda a continuación, e insisto en que estamos en los hechos probados, cuáles son las obligaciones del profesorado asociado, de acuerdo tanto a lo dispuesto en la normativa académica y las guías docentes como a la prueba testifical practicada en juicio, en estos términos:

“...5-Todo el profesorado universitario debe preparar sus clases, puede elaborar materiales, y realiza la evaluación continua y final del alumno. Imparten las asignaturas que se les asignan en el Plan de Ordenación Docente (POD) por acuerdo del Consejo del Departamento responsable de la docencia, en los días y horarios establecidos para los grupos. Puede ocurrir que una asignatura sea impartida por diferentes categorías de profesorado. Con carácter general la coordinación de asignaturas corresponde al profesorado a tiempo completo, pero también lo puede realizar el profesor asociado, no hay norma que lo impida. (Contestación de la Rectora de la UV respuestas al interrogatorio f. 209).

6.-Los profesores asociados además de cumplir los cometidos de la guía, realizan la misma actividad docente que realizan el resto de profesores de la Universidad, lleva a cabo tareas de gestión, preparación, intervienen en actos, reuniones etc., al igual que el profesor titular (Tomo II del procedimiento documentos 3 a 6 guías docentes de distintos departamentos, y testifical de D. Estanislao y D. Pedro Miguel, profesores titulares)”.

El hecho probado séptimo se refiere a la dedicación del profesorado a tiempo completo (Acuerdo del Consell de la UV de 25 de abril de 2018), mientras que los hechos octavo a decimocuarto se centran en la dedicación docente del profesorado asociado y su remuneración, siendo de especial importancia el decimosegundo, en el que se recoge que

“Los demandantes vienen percibiendo en conceptos retributivos mensuales, el abono por sueldo, trienios y complemento de destino que figura en las nóminas que se aportan como documentos 255 a 295, y 335 a 385 correspondientes al mes de mayo de 2022 y diciembre de 2023, en función de su parcialidad.

Pero esa parcialidad aplicada en el cómputo de la jornada laboral de los contratos de los profesores asociados, no se corresponde con la retribución en proporción al tiempo estipulado para la jornada completa de 240 horas lectivas anuales del profesorado a tiempo completo (funcionario, contratado doctor y colaborador), a los profesores asociados no se les retribuye por preparación, evaluación de materiales y evaluación continua del alumnado” (la negrita es mía).

3. Tras los antecedentes y los hechos probados, la juzgadora entra a conocer del conflicto, debiendo dar respuesta primeramente a las alegaciones o excepciones procesales formales.

Primera desestimación: si no hay petición de decisión prejudicial presentada carece de sentido la alegación de la UV, siendo muy sorprendente a mi parecer que esta justificara su pretensión, según recoge expresamente el fundamento de derecho segundo, en “una noticia de prensa” (mal vamos en la Universidad si ello fue realmente así), si bien en realidad parece que la petición se refería a la interpretación del Acuerdo marco anexo a la Directiva 1999/70/CE (hubiera sido conveniente, en cualquier caso, que en la sentencia se hiciera referencia a cuál era realmente la presentada, pero nos quedamos sin saberlo). No tengo muy claro que ello no fuera importante al objeto de responder a la pretensión de la parte demandante, pero sí parece que la claridad la tiene la juzgadora, cuando afirma que “... en el presente procedimiento la cuestión planteada es la existencia de vulneración de derechos fundamentales por discriminación en la aplicación de la retribución de los profesores asociados por horas de preparación, elaboración de materiales y evaluación continua del alumnado, al igual que se aplica al resto del profesorado universitario, por lo que no cabe acoger la petición de suspensión por la cuestión prejudicial alegada” (la negrita es mía).

Igual suerte desestimatoria correrá la alegación de incompetencias del orden jurisdiccional social para conocer del conflicto. No se plantea en modo alguno la modificación de una norma, sino que se aplique al profesorado laboral contratado como asociado la misma remuneración que al que presta servicios a tiempo completo. Estamos hablando, pues, de un conflicto que versa sobre condiciones de trabajo, en el que entran en juego tanto la normativa comunitaria como la española y la autonómica, por lo que su conocimiento es indubitado que corresponde a la jurisdicción social.

Sí es aceptada la alegación procesal formal del Consell de la GV de falta de legitimación pasiva para intervenir en este proceso. Es cierto que las retribuciones del profesorado asociado se fijan según criterios establecidos en el Real Decreto 1086/1989 de 28 de agosto y que deben constar la aprobación de aquel. Pero, dicho esto, es claro que el único sujeto responsable del abono de las remuneraciones salariales, con estricto cumplimiento de la normativa vigente, es el sujeto empleador, la UV, y al no haber vínculo contractual con el Consell por las y los demandantes, “no es necesaria la condena de esta para la eficacia, en su caso, del pronunciamiento interesado en la demanda”.

4. Llega ya el momento de dar respuesta a las alegaciones sustantivas o de fondo de las partes, debiendo la juzgadora dar respuesta a la concreta pretensión recogida en la demanda (véase el fundamento de derecho tercero), cuál es:

“... que se declare la existencia de vulneración de derechos fundamentales:

-declarando discriminatoria y no justificada, la falta de aplicación en la retribución de los profesores asociados del factor multiplicador de 4 horas de preparación, elaboración de materiales y evaluación continua del alumnado por cada hora de clase o lectiva registrada en el POD, y el cómputo de la parcialidad de la jornada de sus contratos,

- y en consecuencia, reconociendo el derecho de los profesores asociados de la UNIVERSITAT DE VALÈNCIA, a que se les aplique dicho factor multiplicador en su retribución al igual que se aplica al resto del profesorado universitario, conforme a lo dispuesto en Acuerdo del Consell de Govern de la Universidad de Valencia, aprobado en sesión ordinaria del 28 de Marzo de 2017: ACGUV 46/2017, y a que el producto resultante sea computado a efectos de parcialidad de la jornada laboral; condenado a la demandada Universitat de València a estar y pasar por dichos pronunciamientos a todos los efectos”.

Igualmente se pedía la condena del abono de indemnización de 3.000 euros para cada profesora o profesor demandante, por los daños morales provocados por la decisión empresarial, o bien en su caso la que acordar fijar la juzgadora por los daños provocados por la decisión empresarial.

5. Al presentarse una demanda en la que se alega la vulneración de derechos fundamentales, parece oportuno recordar la consolidada jurisprudencia constitucional sobre la distribución de la carga de la prueba, siendo en el fundamento de derecho cuarto cuando la sentencia repasa la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, concluyendo que “... la ausencia de prueba por parte empresarial en el sentido señalado transciende el ámbito puramente procesal y determina, en último término, que los indicios aportados por el demandante despliegan toda su operatividad para declarar la lesión del derecho fundamental del trabajador”.

Hay que trasladar la jurisprudencia del TC y del TS al caso concreto enjuiciado, ya que se alega discriminación salarial por cuanto, se afirma, las y los demandantes realizan el mismo trabajo docente que el profesorado a tiempo completo, “y sin embargo no se les retribuye proporcionalmente en la misma cantidad”. Recordemos que la tesis de la parte demandante es que no se les remunera buena parte de su actividad de preparación de las clases y de reuniones con el alumnado, mientras que ello sí se realiza para el profesorado a tiempo completo, fundamentado su petición de igualdad salarial en los art. 12 de la LET (trabajo a tiempo parcial), arts. 14 y 24 de la Constitución, Acuerdo del Consell de Govern de a UV de 28 de marzo de 2017, y por supuesto la Directiva 1999/70/CE, así como en la jurisprudencia dictada en desarrollo de estas normas.

La tesis de la aplicación del art. 12 LET es rechazada por la juzgadora, ya que la normativa laboral general tiene carácter supletorio en la regulación de las relaciones de trabajo del profesorado universitario, y la contratación del profesorado asociado está regulada en la LOU, no siendo necesario acudir a tal supletoriedad cuando la contratación del profesorado asociado está suficientemente regulada en la LOU.

Pasa a continuación la juzgadora a repasar la jurisprudencia constitucional relativa al principio de igualdad y no discriminación, muy especialmente en lo que respecta a la llamada doble escala salarial y sus (muchos) límites.

Y en el siguiente paso, tras haber pasado revista ampliamente a la jurisprudencia constitucional y del TS sobre las reglas de distribución de la carga de la prueba en procedimiento de tutela de derechos fundamentales y libertades públicas, y sobre el principio de igualdad y no discriminación, la juzgadora concluye en primer lugar que las y los demandantes han aportado indicios suficientes de un trato desigual y discriminatorio en materia salarial respecto al profesorado a tiempo completo, por lo que la carga de la prueba de no haberse cometido tal vulneración se traslada a la parte empresarial demandada. La juzgadora (véase fundamento de derecho cuarto, 3) repasa cuál es la normativa general y la específicamente salarial aplicable, poniendo de manifiesto que las cargas impuestas al profesorado por las guías docentes lleva a una mayor carga de trabajo que con anterioridad, ya que el cometido del profesorado “... supone una mayor carga de trabajo, supone la evaluación continua, y son de obligado cumplimiento para todos los profesores universitarios, con independencia del tipo de contratación y de su categoría laboral, incluidos los profesores asociados, como así ratificó la Rectora de la UV en respuestas al interrogatorio formulado”.

Sigue la sentencia analizando el contenido de las guías docentes (tomen buena nota, me permito hacer esta recomendación, quienes dirigen los departamentos y quienes coordinen las áreas o unidades docentes) y descubre la juzgadora (en la realidad universitaria ya era archiconocido en muchos casos, y lo dice una persona que fue director de un departamento durante cuatro años, y que había sido con anterioridad coordinador de una unidad docente) que el profesorado asociado hace algo  más, o mucho más, que impartir docencia y cumplir con sus tutorías, siendo en gran medida “responsable” de ello el llamado “Modelo o Plan Bolonia”. Sirva como prueba de esta afirmación la manifestación contenida en el antepenúltimo párrafo del apartado 3 del fundamento de derecho tercero:

“... los profesores asociados desarrollan otras funciones que exceden de las horas de clase y tutorías establecidas en sus contratos en relación a su actividad laboral docente, en concreto en su actividad docente en cuanto procedimiento y criterios de evaluación se requiere a los profesores asociados la misma estructura del Plan Bolonia con evaluación continua del alumnado como criterio base de la programación docente, informando al estudiante sobre su progreso y la evaluación, realizando al igual que el resto de profesores universitarios la preparación de clases, elaboración de materiales, y las mismas tareas de gestión al margen de la docencia, como consta en las contestaciones de la Rectora de la UV, y de las explicaciones obtenidas por el testimonio en el juicio de D. Estanislao (profesor titular a jornada completa). Y la testifical de D. Pedro Miguel (como profesor titular de filología) quien declaro que ha compartido la actividad con profesores asociados y participan de los cometidos de la guía docente al igual que el profesor a tiempo completo, así como en tareas de gestión, asistir a actos, reuniones del departamento, reunión con otros profesores cuando comparten la asignatura para la evaluación, realización de encuestas de docencia, y sin que sean retribuidos por estas actividades”, y que “...  si bien con carácter general la coordinación de asignaturas corresponde al profesorado a tiempo completo, también lo puede realizar el profesor asociado, por cuanto no hay norma que lo impida”.

En definitiva, y para simplificar, la tesis de la juzgadora es que las y los demandantes “ejercen funciones que exceden de la docencia y tutorías establecidas en su contrato”. Nada que decir por mi parte tras mi experiencia docente de 47 siete años ..., salvo para confirmar dicha tesis en mi vida universitaria en tres universidades catalanas.

6. ¿Cómo se relaciona la carga laboral del profesorado asociado con la remuneración que percibe según las horas de docencia y tutoría contratadas? Es este el núcleo central de la sentencia a mi parecer, ya que, tras recordar la normativa aplicable (Decreto 174/2002, art. 16) y las respuestas dadas por la Rectora de la UV en el trámite de prueba testifical, concluye que constan en los contratos las horas de docencia y de tutoría, que son las remuneradas, no siendo abonadas “el resto de horas que como se ha expuesto dedican los profesores asociados, al igual que los titulares a tiempo completo, con motivo de la aplicación de las guías docentes, y el resto de actividades docentes que realizan todos los profesores de manera habitual cuando imparten la misma asignatura...”.

Tras realizar un detallado análisis de la normativa salarial aplicable según el número de horas de docencia y tutoría que corresponde al profesorado asociado por una parte y al profesorado a tiempo completo por otra, concluye que a los segundos se les aplica “una retribución de 4 horas de preparación, elaboración de materiales y evaluación continua del alumnado por hora de clase impartida y registrada en el POD (Plan de Ordenación Docente) del curso, retribución que no percibe el profesor asociado en las tablas salariales que le son aplicadas”.

Parece que el “Modelo o Plan Bolonia” tiene la culpa de muchos males de nuestras Universidades (no estoy tan seguro de ello, pero sería motivo de otro debate), y en este caso concreto la “maldad” afecta al profesorado asociado, a tiempo parcial, ya que  “... las retribuciones de los PDI Asociados no se han equiparado a la nueva carga docente que se exige por la guía docente a todos los profesores, resultando por ello discriminatorias las retribuciones salariales percibidas por los profesores asociados, ya que en la actualidad, por el mismo trabajo no se les retribuye proporcionalmente la misma cantidad, siendo inferiores respecto a las establecidas para el resto de profesorado a tiempo completo, como se recoge en las tablas salariales que figuran en el RD de aplicación”. De ahí que se concluye, en los mismos términos que el informe emitido por el Ministerio Fiscal, que ha existido una discriminación salarial que ha supuesto la vulneración del principio constitucional de igualdad (art. 14 CE), debiendo ser el profesorado asociado retribuido “...  al igual que se aplica al resto del profesorado universitario, en proporción a la jornada laboral pactada en el contrato”.

7. Por último, debe pronunciarse la juzgadora sobre la pretensión de indemnización a cada demandante por el daño producido por la vulneración de un derecho fundamental. Tras recordar el marco normativo (art. 183 LRJS) y la jurisprudencia del TS sobre la validez del seguimiento de los criterios fijados en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, así como también la posibilidad de ajustarse a otros criterios, concluye que considera razonable fijar la cuantía en 1.000 euros (frente a los 3.000 de la demanda), justificando su decisión en que la UV “... se ha limitado a aplicar las normas vigentes, sin una voluntad discriminadora, siendo por ello una indemnización meramente simbólica”.

8. Por todo lo anteriormente expuesto, la sentencia estima la demanda y declara que

“... existe discriminación laboral en la retribución salarial de los Profesores Asociados demandantes, por vulneración del derecho fundamental a la no discriminación e igualdad, y en consecuencia procede que se les aplique en su retribución, en proporción al contrato parcial, la misma retribución que perciben los Profesores universitarios a jornada completa, condenando a la UNIVERSIDAD demandada a estar y pasar por la presente resolución”.

Y condena a la UV  

“a abonar a cada uno de los actores la cantidad de 1.000 euros por el concepto de indemnización por daños morales”.  

Buena lectura.