1. Es objeto de
anotación en esta entrada del blog la sentencia dictada por la Sala de loSocial de la Audiencia Nacional el 23 de septiembre, de la que fue ponente el
magistrado Ricardo Bodas. No es muy habitual encontrar votos particulares en
las sentencias de la Sala, y menos que sean muy discrepantes de la tesis
mayoritaria, pero en este caso se dan ambas circunstancias en el voto
particular, bien fundamentado a mi parecer, que formula la magistrada Emilia
Ruiz Jarabo.
lunes, 7 de noviembre de 2016
viernes, 4 de noviembre de 2016
La immigració i les dades d'atur i d’afiliació a la Seguretat Social del mes d’octubre.
En primer lloc, faig referència a les dades d’afiliacióa la Seguretat Social, fetes públiques
ahir dimarts, 3 de novembre, pel
Ministeri d’Ocupació i Seguretat Social.
Inicio del X Ciclo de Conferencias del Aula Iuslaboralista de la UAB, y una nueva sentencia que reconoce indemnización de 20 días para contratados temporales por obra o servicio.
1. Fiel a su cita
anual, hoy viernes, 4 de noviembre, se inicia en la Facultad de Derecho la Xedición del ciclo de conferencias del Aula Iuslaboralista de la UniversidadAutónoma de Barcelona, dirigida por los Dres. Francisco Pérez Amorós y Alberto
Pastor Martínez, profesores de la unidad docente de Derecho del Trabajo y de la
Seguridad Social, integrada en el Departamento de Derecho Público y Ciencias
Historicojurídicas cuya dirección ostento en la actualidad.
jueves, 3 de noviembre de 2016
Pues sí, UBER merece ser objeto, y lo será, de un caso práctico, y más tras la sentencia del Tribunal de Empleo de Londres de 28 de octubre de 2016.
1. El último
día del mes de agosto de 2015 redacté una entrada en el blog con el título “Uber (Uberpop): ¿Relación laboral entre la empresay los conductores? ¿Economía colaborativa? Notas para un posible caso prácticodel próximo curso académico”.
martes, 1 de noviembre de 2016
El TC y el TS de acuerdo: Sí puede interponerse recurso de suplicación contra sentencia que desestima demanda por modificación sustancial de condiciones de trabajo y en la que se alega la vulneración de derechos fundamentales. Notas a la sentencia del TC 149/2016 de 19 de septiembre (y unas consideraciones generales previas sobre el TC).
1. Es
objeto de atención en esta entrada del blog la sentencia del TribunalConstitucional núm. 149/2016 de 19 de septiembre, dictada por su Sala Segunda yde la que fue ponente el magistrado Fernando Valdés. La sentencia estima, en
los mismos términos que el preceptivo informe del Ministerio Fiscal, el recurso
de amparo, declarando, en aquello que ahora me interesa destacar, el derecho
fundamental de la parte recurrente (una trabajadora) “a la tutela judicial
efectiva sin indefensión (art. 24.1 CE) en su vertiente de acceso a los
recursos legalmente previstos”.
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