miércoles, 24 de febrero de 2021

Primero la Cour de Cassation francesa, ahora The Supreme Court of UK. Los conductores de UBER son trabajadores por cuenta ajena. (traducción de varios fragmentos de la sentencia de 19 de febrero de 2021).

 

1. El pasado día 19 el Tribunal Supremo del Reino Unido dictó una muy importante sentencia en la que desestima el recurso interpuesto por Uber BV, Uber London Ltd y Uber Britannia Ltd, y confirma las sentencias de instancia y posteriormente de apelación que declararon que los conductores de UBER son trabajadores por cuenta ajena.

Un resumen de la resolución judicial se encuentra en este enlace  , y el texto íntegro de la sentencia en este 

2.  No es el primer Tribunal Supremo europeo que se pronuncia en estos términos, ya que también lo hizo el francés en sentencia de 4 de marzo de 2020, que mereció mi atención detallada en una entrada anterior del blog titulada “Francia. Los conductores de UBER son trabajadorespor cuenta ajena. El Tribunal Supremo (sentencia de 4 de marzo de 2020)confirma la sentencia dictada por el Tribunal de Apelación de Paris el 10 deenero de 2019. Examen de sus contenidos”  

Finalizaba mi explicación, tras un amplio análisis de la sentencia de apelación y del informe del Ministerio Fiscal, en estos términos: “Procede en primer lugar a repasar el marco normativo vigente ya referenciado y la que califica de “jurisprudencia reiterada” de la Sala (“la relación de subordinación se caracteriza por la realización de un trabajo bajo la autoridad de un empleador que tiene la facultad de dar órdenes e instrucciones, controlar su cumplimiento y sancionar las faltas de su subordinado. …, el trabajo en un servicio organizado puede constituir un indicio de subordinación cuando el empleador determina unilateralmente las condiciones de ejecución”).

Pasa a continuación a efectuar una síntesis de la fundamentación jurídica de la sentencia del Tribunal de Apelación, ya expuesta detalladamente con anterioridad, para concluir que dicho tribunal “dedujo… que la condición de trabajador autónomo del Sr. X...era ficticia y que Uber BV le había dado instrucciones, controlado su cumplimiento y ejercido la facultad de imponer sanciones”, por lo que “ha justificado legalmente su decisión, sin distorsionar los términos del contrato y sin incurrir en las reclamaciones del alegato, inoperante en sus puntos séptimo, noveno y duodécimo”.

En conclusión, una sentencia importante sin duda, cuyas consecuencias jurídicas habrá que seguir con toda atención, y no solo en Francia”.

3. No era la primera vez, ni muchos menos, que la problemática de los conductores de UBER había merecido mi atención desde una primera entrada de 31 de agosto de 2015, “Uber(Uberpop): ¿Relación laboral entre la empresa y los conductores? ¿Economíacolaborativa? Notas para un posible caso práctico del próximo curso académico”  . Siguió “Pues sí, UBER merece ser objeto, y lo será, de un caso práctico, ymás tras la sentencia del Tribunal de Empleo de Londres de 28 de octubre de2016”,     publicada el 3 de noviembre de dicho año  ,  en la que presté atención a la sentencia que abrió el camino para la conceptuación laboral de los conductores de UBER que ahora ha confirmado el Tribunal Supremo británico. En mi comentario expuse que el contenido de aquella sentencia era “perfectamente aplicable a nuestra realidad laboral, con los lógicos matices y precisiones derivadas de la diferente regulación jurídico laboral en cada Estado. La sentencia analiza con todo detalle la existencia de los llamados, por la doctrina laboralista española, presupuestos sustantivos, para demostrar la existencia de una relación laboral asalariada, además de poner sobre el tapete jurídico las nuevas cuestiones de interés que plantean empresas como UBER en punto a poder determinar si existen o no tales presupuestos”.

La relación laboral de los conductores de UBER también fue reconocida en Estados Unidos y fue objeto de mi atención en la entrada, de fecha 23 de julio de 2018, “Mássobre falsos autónomos. Lecturas recomendadas y una nota sobre los conductoresde UBER que son trabajadores y tienen derecho a la protección por desempleo...en Nueva York (a propósito de la decisión del Unemployment Insurance AppealBoard de 12 de julio de 2018)” y de la que ahora reproduzco un breve fragmento de su argumentación: “… La evidencia creíble establece que Uber ejerce suficiente supervisión, dirección o control sobre los tres demandantes y otros conductores en situación similar. Uber ejerce control a través de su asistencia presencial en sus centros de control, donde su presencia es necesaria para ver el vídeo de orientación de los elementos esenciales y también para  para realizar la prueba de la hoja de ruta de Uber. Uber también proporciona a los conductores su manual y remite a los conductores a concesionarios específicos para que alquilen vehículos con licencia TLC.

Aunque Uber sostiene que se trata simplemente de una plataforma tecnológica que conecta a los conductores con los conductores, su negocio es similar en muchos aspectos a otras empresas de servicios de automóviles más tradicionales. Aquí, la tecnología simplemente reemplaza muchas de las tareas de un empleado que envía una solicitud de viaje únicamente al conductor más cercano que pueda aceptar la asignación remitida. Además, el expediente demuestra que Uber ... selecciona sólo conductores calificados, monitorea y supervisa su desempeño, recompensa a los conductores de alto desempeño, disciplina a los conductores que no cumplen con los estándares de Uber de manera temporal o permanente, fija los precios de las tarifas que se cobran .. y fija los honorarios de los conductores

Uber utiliza las valoraciones y comentarios de los clientes como uno de las varias herramientas con las cuales medir y de otra manera monitorear el desempeño de los conductores incluyendo limpieza, vestimenta profesional y manera de conducir. Las consecuencias directas y las implicaciones de la calificación obligatoria de 5 estrellas y la retroalimentación demuestran el control”.

También fue objeto de atención la problemática de dichos conductores en Australia, en “Tecnologíay relaciones laborales. La respuesta del Derecho del Trabajo a los cambioseconómicos y sociales (especial atención a la economía de las plataformas)” , en esta ocasión para explicar que llegó a una conclusión de no laboralidad la Fair WorkCommission en su resolución de 21 de diciembre de 2017, siendo el núcleo central de la argumentación que llevó a la desestimación de la demanda por despido presentada por un ex conductor de Uber el siguiente: “La noción de que la negociación salarial es la obligación mutua mínima necesaria para que exista una relación laboral, así como el enfoque multifactorial para distinguir a un empleado de un contratista independiente, se desarrolló y evolucionó en un momento anterior a la nueva economía de "gigas" o "compartir". Puede ser que estas nociones estén desfasadas en algunos sentidos y ya no reflejen nuestras circunstancias económicas actuales. Estas nociones tienen muy poco o nada en cuenta la generación y distribución de ingresos entre los participantes, el poder de negociación relativo o la medida en que las partes están cautivas unas de otras, en el sentido de poseer actividades alternativas realistas o participar en la competencia. Tal vez la ley del empleo evolucione al ritmo de la naturaleza evolutiva de la economía digital. Tal vez la legislatura elabore leyes para perfeccionar las nociones tradicionales de empleo o ampliar la protección a los participantes en la economía digital. Pero hasta entonces, las pruebas tradicionales de empleo seguirán aplicándose”.

4. La sentencia del TS británico ya ha merecido una amplia explicación a cargo del profesor Antonio Baylos en su artículo, publicado el mismo día de la sentencia, “El TribunalSupremo británico establece que los conductores de UBER son trabajadores”  En su introducción manifiesta lo siguiente: “Siguen produciéndose interesantes pronunciamientos sobre el encuadramiento jurídico de las nuevas figuras derivadas del trabajo prestado para las plataformas digitales. En esta ocasión, ha sido el Tribunal Supremo del Reino Unido el que ha declarado la condición laboral de los conductores de UBER. El fallo tiene un contenido económico importante, que es resaltado, según su estilo característico, por la prensa británica (Uber drivers are workers) pero reviste fundamentalmente un contenido simbólico muy determinante en cuanto que recupera para el Derecho del Trabajo una figura emblemática de los estudios y reflexiones que hace ya tres años iniciaron la presentación de la “uberización” como una nueva forma de integrar el trabajo al servicio de las plataformas digitales en parámetros de deslaboralización”.

El profesor Baylos realiza una excelente síntesis de la sentencia, y ello me permite no volver a hacerlo en esta entrada. Mi propósito es poner a disposición de los lectores y lectoras del blog la traducción (no oficial, y efectuada por mi parte a través del traductor https://www.deepl.com/translator ) de aquellos apartados de la resolución judicial (44 páginas) que me han parecido de mayor interés para conocer la argumentación del Tribunal.

Observarán quienes lean con atención toda la sentencia, o esta traducción que ahora pongo a su disposición, la estrecha sintonía entre su contenido y muchas resoluciones dictadas en otros países europeos, y desde luego en España, sobre la existencia de las notas  caracterizadoras de la relación laboral en una empresa emblemática… por los conflictos laborales existentes en muchos países del planeta.

Tiempo habrá, y será necesario hacerlo con calma y tranquilidad, para abordar las muy recientes aportaciones de la OIT  y de la UE  , publicadas los días 23 y 24 de febrero, sobre las relaciones de trabajo en las empresas de la economía de plataformas. De momento, quedémonos con las aportaciones, muy claras y contundentes, del Tribunal Supremo británico.

Buena lectura.


“Introducción

1. Las nuevas formas de trabajo organizadas a través de plataformas digitales plantean cuestiones urgentes sobre el estatus laboral de las personas que realizan el trabajo. La cuestión central de este recurso de casación es si un tribunal laboral tenía derecho a declarar que los conductores cuyo trabajo se organiza a través de la aplicación para teléfonos inteligentes de Uber ("la aplicación Uber") trabajan para Uber en virtud de contratos de trabajo y, por tanto, tienen derecho al salario mínimo nacional, las vacaciones anuales retribuidas y otros derechos de los trabajadores; o si, como sostiene Uber sostiene que los conductores no tienen esos derechos porque trabajan para sí mismos como contratistas independientes, prestando servicios en virtud de contratos celebrados con los pasajeros a través de Uber como su agente de reservas. Si los conductores trabajan para Uber en virtud de contratos de trabajo, se plantea la cuestión secundaria de si el tribunal laboral estaba facultado para declarar que los conductores que han presentado las presentes demandas trabajaban en virtud de tales contratos siempre que se conectaban a la aplicación Uber dentro del territorio en el que tenían licencia para operar y estaban listos y dispuestos a aceptar viajes; o si, como alega Uber, sólo trabajaban cuando conducían pasajeros a sus destinos.

2. Por las razones expuestas en esta sentencia, confirmaría la conclusión del Tribunal de Apelación de Empleo y la mayoría de la Corte de Apelación en el sentido de que el tribunal de trabajo tenía derecho a decidir ambas cuestiones a favor de los demandantes.

 

43. Uber sostiene que, para responder a esta cuestión, el punto de partida correcto es interpretar los términos de los acuerdos escritos entre Uber BV y los conductores y entre las empresas Uber y los pasajeros. Uber se basa en los términos de estos acuerdos escritos citados anteriormente, que establecen que, cuando una solicitud de reserva de un vehículo de alquiler privado de un vehículo de alquiler privado realizada a través de la aplicación Uber, se crea un contrato entre el pasajero y el conductor, en el que ninguna entidad de Uber es parte y en virtud del cual el conductor es el único responsable de la prestación de servicios de transporte al pasajero.

 

Uber también se basa en los términos de los acuerdos escritos que establecen que el único papel de Uber BV es prestar servicios tecnológicos y actuar como agente de cobro para el conductor y que la única función de Uber London (y otras empresas de Uber UK) es actuar como agente de reservas para los conductores.

 

44. Uber sostiene que el enfoque adoptado por el tribunal laboral, el Employment Appeal Tribunal y la mayoría de la Court of Appeal era erróneo en derecho porque implicaba ignorar, sin ninguna justificación jurídica, los términos claros e inequívocos de los acuerdos escritos.

 

56. Una vez rechazada la afirmación de que Uber London contrata como agente de reservas para los conductores, la conclusión inevitable es que, al aceptar una reserva, Uber London contrata como principal con el pasajero para llevar a cabo la reserva. En estas circunstancias, Uber London no tendría ningún medio para cumplir sus obligaciones contractuales con los pasajeros, ni de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones reglamentarias como operador autorizado, sin empleados o subcontratistas que realicen servicios de conducción para ella. En este contexto, es difícil ver cómo La actividad de Uber podría funcionar sin que Uber London celebrara contratos con conductores (aunque sólo sea por viaje) en virtud de los cuales los conductores se comprometen a prestar servicios para llevar a cabo las reservas de alquiler privado aceptadas por Uber London.

 

 

63. Después de citar (en el párrafo 34) otra declaración de Aikens LJ que contrasta las circunstancias en las que a menudo se celebran contratos de trabajo o de servicios con "aquellas en las que se acuerdan contratos comerciales entre partes de igual poder de negociación de negociación", Lord Clarke terminó su análisis de la ley (en el apartado 35) diciendo:

 

"Así pues, el poder de negociación relativo de las partes debe tenerse en cuenta para decidir si los términos de un acuerdo escrito acuerdo escrito representan realmente lo que se acordó y el verdadero acuerdo, y el verdadero acuerdo a menudo tendrá que ser deducido de todas las circunstancias del caso, de las que el acuerdo escrito es sólo una parte. Esto puede describirse como un enfoque intencional del del problema. Si es así, estoy satisfecho con esa descripción".

 

76. Una vez reconocido esto, se puede ver inmediatamente que sería inconsistente con el propósito de esta legislación tratar los términos de un   contrato escrito como punto de partida para determinar si un individuo entra en la definición de "trabajador". Esto restablecería el problema que la legislación pretendía evitar. para evitarlo. El hecho mismo de que un empresario esté a menudo en condiciones de dictar esas condiciones contractuales y que el individuo que realiza el trabajo tenga poca o ninguna capacidad de influir en esas condiciones es lo que da lugar a la necesidad de una protección legal en primer lugar. La eficacia de dicha protección se vería seriamente socavada si el empleador putativo pudiera, por la forma en que se caracteriza la relación en contrato escrito, determinar, incluso a primera vista, si la otra parte debe ser clasificada o no como trabajador. Leyes como la Ley del Salario Mínimo Nacional fueron se promulgaron manifiestamente para proteger a quienes el Parlamento considera que necesitan de protección y no sólo a los que son designados por su empleador como merecedores de ella.

 

77. Este punto puede ilustrarse con los hechos del presente caso. El Contrato de Servicios (al igual que las Condiciones de los Socios que lo precedieron) fue redactado por los abogados de Uber y presentado a los conductores como si contuviera condiciones que debían aceptar para utilizar, o seguir utilizando la aplicación Uber. Es poco probable que muchos conductores hayan leído estas condiciones o, incluso si lo hicieran, entendieran su significado legal. En cualquier caso, no había ninguna posibilidad práctica de negociar condiciones diferentes. En estas circunstancias, tratar la forma en que las relaciones entre Uber, los conductores y los términos del Contrato de Servicios como punto de partida para clasificar la relación de las partes, y como concluyente si los hechos son de la relación entre las partes, y como concluyente si los hechos son coherentes con más de una clasificación legal posible, sería en efecto conceder a Uber la facultad de determinar por sí misma si la legislación destinada a proteger a los trabajadores se aplicará a sus conductores.

 

94. En primer lugar, y de gran importancia, la remuneración pagada a los conductores por el trabajo que realizan es fijada por Uber y los conductores no tienen nada que decir al respecto (aparte de elegir cuando y cuanto trabajar). A diferencia de las tarifas de los taxis, las de los vehículos de alquiler privado en Londres no son fijadas por el regulador. Sin embargo, para los viajes reservados a través de la aplicación Uber, es ella la que fija las tarifas y los conductores no pueden cobrar más que la tarifa calculada por la aplicación Uber. La libertad teórica de cobrar a un pasajero menos que la tarifa fijada por Uber no beneficia a los conductores, ya que cualquier descuento ofrecido de los conductores y la prestación del servicio está organizada de tal manera que no se puede establecer una relación con un pasajero que pueda generar una futura clientela para el conductor personalmente (véase el quinto punto que se trata más adelante). Uber también fija el importe de su propia "tasa de servicio" que que deduce de las tarifas pagadas a los conductores. El control de Uber sobre la remuneración se extiende al derecho de decidir, a su entera discreción, si realiza un reembolso total o parcial de la tarifa a un pasajero en respuesta a una queja de éste sobre el servicio el servicio prestado por el conductor (véase el apartado 20 anterior).

 

95. En segundo lugar, las condiciones contractuales en las que los conductores prestan sus servicios son dictadas por Uber. No sólo se exige a los conductores que acepten el formulario estándar de acuerdo escrito de Uber, sino que las condiciones en las que transportan a los pasajeros también son impuestas por Uber y los conductores no tienen nada que decir al respecto.

 

96. En tercer lugar, aunque los conductores tienen la libertad de elegir cuándo y dónde (dentro de la zona cubierta por su licencia de PHV) para trabajar, una vez que un conductor se ha conectado a la aplicación de Uber, la decisión del conductor de aceptar o no las solicitudes de transporte está limitada por Uber. A diferencia de los taxistas, los operadores y conductores de vehículos pesados no tienen ninguna obligación de aceptar dichas solicitudes. La propia Uber mantiene una discreción absoluta para aceptar o rechazar cualquier solicitud de viaje. Cuando se ofrece un viaje a un conductor a través de la aplicación Uber, sin embargo, Uber ejerce el control sobre la aceptación de la solicitud por el conductor de dos maneras. Una de ellas es el control de la información proporcionada al conductor. El hecho de que el conductor, cuando se le informa de una solicitud, se le dice la calificación media del pasajero (de viajes anteriores) permite al conductor evitar a los pasajeros de baja calificación que pueden ser problemáticos. Sin embargo, el conductor no es informado del destino del pasajero hasta que éste es recogido hasta que éste es recogido y, por tanto, no tiene la oportunidad de rechazar una reserva sobre la base de que el conductor no desea viajar a ese destino en particular.

 

97. La segunda forma de control se ejerce mediante el seguimiento de la tasa de aceptación (y cancelación) de las solicitudes de viaje. Como se ha descrito en el apartado 18, un conductor cuyo porcentaje de aceptaciones cae por debajo de un nivel establecido por Uber Londres (o cuya tasa de cancelación supere un nivel establecido) recibe una serie creciente de mensajes de advertencia que conducen, si el rendimiento no mejora, a que el conductor sea automáticamente desactivado de la aplicación Uber y no podrá volver a conectarse durante diez minutos. Esta medida fue descrita por Uber en un documento interno citado por el tribunal laboral como una "sanción", sin duda porque tiene un efecto económico similar al de descontar la paga a un empleado al impedir que el conductor percibe ingresos durante el periodo en el que está desconectado de la aplicación. Uber argumenta que esta práctica está justificada porque las denegaciones o cancelaciones de solicitudes de viaje provocan retrasos a los pasajeros en encontrar un conductor y provocan la insatisfacción de los clientes. No lo pongo en duda. Sin embargo, la cuestión no es si el sistema de control operado por Uber entra dentro de sus intereses comerciales, sino si coloca a los conductores en una posición de subordinación a Uber. Es evidente que lo hace.

 

98. En cuarto lugar, Uber ejerce un importante grado de control sobre la forma en que los conductores prestan sus servicios. El hecho de que los conductores proporcionen su propio coche significa que tienen más control que la mayoría de los empleados sobre el equipo físico utilizado para realizar su trabajo. No obstante, Uber controla el tipo de coche que puede utilizar.  Además, la tecnología que forma parte del servicio es totalmente propiedad de Uber y está controlada por Uber y se utiliza como medio para ejercer el control sobre los conductores. Así, cuando se acepta un viaje, la aplicación Uber dirige al conductor al lugar de recogida y desde allí al destino del pasajero. Aunque, como se ha mencionado, no es obligatorio que el conductor siga la ruta indicada por la aplicación Uber, los clientes pueden reclamar si se elige una ruta diferente y el conductor asume el riesgo financiero de la ruta indicada por la aplicación que el pasajero no haya aprobado (véase el apartado 8).

 

99. Ya he mencionado el control que se ejerce al supervisar los índices de aceptación y cancelación de viajes de un conductor y al excluirlo temporalmente del acceso a la aplicación Uber si no mantiene los índices de aceptación y no cancelación. Otro potente método de control es el uso del sistema de calificación de los pasajeros de calificar al conductor después de cada viaje y el hecho de que un conductor no mantenga una calificación media determinada supondrá la terminación de la relación del conductor con Uber (véanse los párrafos 13 y 18 anteriores). Es habitual que las plataformas digitales inviten a los clientes a calificar sus productos o servicios.  Sin embargo, normalmente esas calificaciones se ponen a disposición como

información que puede ayudar a los clientes a elegir qué producto o servicio comprar. En este sistema, el incentivo para el proveedor del producto o servicio para obtener altas calificaciones es simplemente el incentivo comercial ordinario de satisfacer clientes con la esperanza de atraer futuros negocios. La forma en que Uber utiliza las calificaciones de los clientes es materialmente diferente. Las calificaciones no se revelan a los a los pasajeros para informarles de su elección de conductor: no se ofrece a los pasajeros una elección de conductor con, por ejemplo, un precio más alto para los servicios, o de un conductor que está más valorado. En cambio, Uber utiliza las calificaciones únicamente como herramienta interna para gestionar el rendimiento y como base para tomar decisiones de despido cuando los comentarios de los clientes muestran que los conductores no están cumpliendo con los niveles de rendimiento establecidos por Uber. Esta es una forma clásica de subordinación característica de las relaciones laborales.

 

100. Un quinto factor significativo es que Uber restringe la comunicación entre pasajero y conductor al mínimo necesario para realizar el viaje concreto y toma medidas activas para evitar que los conductores establezcan cualquier relación con un pasajero capaz de extenderse más allá de un viaje individual. Como se ha mencionado, al reservar un viaje, no se ofrece al pasajero la posibilidad de elegir entre diferentes conductores y su su solicitud se dirige simplemente al conductor más cercano disponible. Una vez aceptada la solicitud, la comunicación entre el conductor y el pasajero se limita a la información del viaje y se canaliza a través de la aplicación Uber de forma que ninguno de los dos puede conocer los datos de contacto del otro. Asimismo, el cobro de las tarifas, el pago a los conductores y la gestión de las reclamaciones son gestionadas por Uber de forma que se evite cualquier interacción directa entre el pasajero y el conductor. Un ejemplo claro de esto es la generación de un documento electrónico que, aunque se denomina "factura" del conductor al pasajero, nunca se envía al pasajero y, aunque está disponible para el conductor, sólo registra el nombre de pila del pasajero y ningún otro detalle (véase párrafo 10). Además, Uber prohíbe específicamente a los conductores intercambiar contacto con un pasajero o ponerse en contacto con él una vez finalizado el viaje, salvo para que sea para devolver objetos perdidos (véase el apartado 12).

 

101. Teniendo en cuenta estos factores, se puede ver que el servicio de transporte que realizan los conductores y que se ofrece a los pasajeros a través de la aplicación Uber está muy definido y controlado por Uber. Además, está diseñado y organizado de manera que se ofrece un servicio estandarizado a los pasajeros en el que los conductores se perciben como sustancialmente intercambiables y del que Uber, y no los conductores individuales obtiene el beneficio de la lealtad y la buena voluntad de los clientes. Desde el punto de vista de los conductores, los mismos factores -en particular, la incapacidad de ofrecer un servicio distintivo o de fijar sus propios precios y el control de Uber sobre todos los aspectos de su interacción con los con los pasajeros- hacen que tengan poca o ninguna capacidad de mejorar su posición económica a través de su capacidad profesional o empresarial. En la práctica, la única manera de aumentar sus ingresos es trabajando más horas y cumpliendo constantemente con las medidas de rendimiento de Uber.

 

La decisión del tribunal de trabajo

118. Está firmemente establecido que, cuando la relación debe determinarse mediante una investigación y evaluación de las circunstancias de hecho en las que se realiza el trabajo, la cuestión de si el trabajo es realizado por un individuo como como empleado (o trabajador en el sentido amplio) o como contratista independiente debe considerarse una cuestión de hecho que debe determinar el tribunal de primera instancia. En ausencia de un error de derecho, la conclusión del tribunal sobre esta cuestión sólo puede ser impugnada de apelación si se demuestra que el tribunal no podía llegar razonablemente a la conclusión razonablemente haber llegado a la conclusión que se recurre (véase Lee Ting Sang v Chung Chi-Keung [1990] 2 AC 374, 384-385; Clark v Oxfordshire Health Authority [1998] IRLR 125, párrafos 38-39; el caso Quashie, párrafo 9).

 

119. En los hechos constatados en el presente caso, y en particular los que he enfatizado en los en los párrafos 94-101 anteriores, creo que está claro que el tribunal de trabajo estaba en condiciones jurídicas de considerar que los conductores demandantes eran "trabajadores" que trabajaban para Uber London con "contratos de trabajo" en el sentido de la definición legal. De hecho, esa era, en mi opinión, la única conclusión a la que el tribunal podía razonablemente haber llegado.

 

124. Creo que está claro - al igual que todos los miembros del Tribunal de Apelación, incluido el juez que discrepó, Underhill LJ, si se equivocó en la cuestión principal, que un conductor celebra un contrato con Uber London en virtud del cual el conductor se compromete a prestar servicios para Uber London, si no antes, a más tardar cuando acepta un viaje. Si el conductor cancela posteriormente el viaje, eso sólo significa que la obligación contraída de recoger al pasajero y llevarlo a su destino a su destino ha concluido.  No significa que no se haya contraído ninguna obligación.  La cuestión más difícil es saber si el tribunal laboral de trabajo tenía derecho a declarar - como lo hizo implícitamente - que el contrato de un trabajador de un trabajador se produjo en una fase anterior, cuando el conductor demandante se conectó a la aplicación Uber.

 

Tiempo de trabajo.

134. En los hechos del presente caso, el lugar de trabajo de un conductor es el lugar donde se encuentra su vehículo. Sin perjuicio del punto que considero a continuación, a la luz de esta jurisprudencia, el tribunal estaba justificado al considerar que todo el tiempo empleado por un conductor que trabaja en virtud de un contrato de trabajador con Uber London, incluido el tiempo de "servicio" registrado en la aplicación Uber en Londres disponible para aceptar una solicitud de viaje, es "tiempo de trabajo" en el sentido de la Directiva y el Reglamento sobre el tiempo de trabajo.

 

137. Por lo que se ha demostrado a este tribunal, no se aportó ninguna prueba en la vista en el tribunal de trabajo en 2016 de que en ese momento hubiera otro servicio de transporte de PHV basado en una app que operara en Londres o de que los conductores registrados en la app Uber pudieran, en la práctica, ponerse a disposición de otros operadores de PHV cuando esperaban un viaje. El tribunal no llegó a ninguna conclusión sobre este tema. En estas circunstancias, no considero que el tribunal se equivocara al considerar que los períodos en los que se cumplían sus tres condiciones constituían "tiempo de trabajo" a los efectos del Reglamento sobre el tiempo de trabajo de 1998”.

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