sábado, 2 de junio de 2018

¡Hasta siempre Santiago de Compostela, bienvenida Salamanca! Un apunte muy personal sobre el XXXVIII Congreso de la AEDTSS.






 

1. Éxito total. Estas son las dos palabras con las que debo iniciar esta entrada, refiriéndome al XXXVIIICongreso de nuestra Asociación Española de Derecho del Trabajo y de laSeguridad Social, celebrado los días 31 de mayo y 1 de junio en la preciosa ciudad de Santiago de Compostela (a la que me estoy acostumbrando a ir últimamente, y espero no perder esta buena costumbre).

Se trata del primer congreso cuyo organización, gestión y dirección, ha correspondido a la Junta directiva elegida en el anterior celebrado en Tarragona, presidida por la profesora María Emilia Casas, con las vicepresidencias ocupadas por la profesora Margarita Ramos y el profesor Jaime Cabeza, siendo el profesor José María Miranda secretario general, y ocupando el cargo de gerente durante varios meses el profesor Juan Carlos García, sustituido en marzo de este año por el profesor Guillermo Barrios.

¡Y bien que la organización lo tuvo difícil! Quien les hubiera dicho que en las fechas previstas, con casi un año de antelación, para nuestra reunión anual, se iba a celebrar en el Congreso de los Diputados una sesión plenaria extraordinaria, con la presentación de una moción de censura finalizada con resultado positivo para quien la presentó, el grupo parlamentario socialista, y que ha culminado con el cese del, hasta el viernes, presidente del gobierno español, Mariano Rajoy, y el inmediato nombramiento del nuevo presidente, Pedro Sánchez; la primera moción de censura con resultado positivo para quienes las presentaban en el régimen constitucional democrático español, como bien hacía notar el profesor Carlos Palomeque en la presentación de la conferencia de clausura a cargo del profesor Santiago González Ortega.  

¡Y más aún, permítanme la licencia deportiva-social! Quien le iba a decir a la organización que mientras estábamos en la última parte de la brillante ponencia general del congreso, a cargo del profesor Javier Gárate, se anunciaba la dimisión del entrenador del Real Madrid, Zinedine Zidane. ¿Quién puede dudar de que en el congreso también se habló, y mucho, de este cese?

Y si quieren añadirle algún dato jurídico más específicamente laboral, pues tampoco la organización podía saber que el mismo día del inicio del congreso se hacían publicas lasconclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en una cuestión prejudicial planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que auguran muy razonablemente una nueva sentencia del TJUE con declaración de no conformidad derecho de nuestra normativa interna con la europea reguladora de la contratación de duración determinada, ya que propone al tribunal que dicte sentencia en los siguientes términos: “«La cláusula 4, apartado 1, del Acuerdo marco sobre el trabajo con contrato de duración determinada que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE…, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una práctica nacional como la controvertida en el procedimiento principal, según la cual los docentes nombrados, en calidad de funcionarios interinos en el sentido del Derecho español, para todo un curso escolar son cesados al finalizar el período lectivo, mientras que la relación de servicio de los trabajadores fijos comparables a estos efectos se mantiene, no quedando tampoco en suspenso”.

He hecho referencia a estas conclusiones del abogado general, y al TJUE, dado que en todas las ponencia y debates del congreso la normativa europea y la jurisprudencia del TJUE ocuparon un lugar de primera importancia.  

2. Al finalizar el congreso, y mientras estábamos departiendo tranquilamente en el Colegio de Fonseca, el profesor Guillermo Barrios me animó a redactar una entrada sobre el mismo y que fuera el primero que apareciera en el blog después de la finalización de aquel. Aquí está, si bien en esta ocasión es una mezcla de crónica social y jurídica, pues no en vano todo congreso tiene la parte lúdica y la parte académica, ambas importantes sin duda alguna. Además, afortunadamente ya disponemos por escrito, y CD, de todas las ponencias y comunicaciones, publicadas por la editorial Cinca en el libro que lleva el mismo título del congreso, es decir “Descentralización productiva: nuevas formas de trabajo y organización empresarial”, y también disponemos de todas las ponencias en la,completamente remozada y modernizada, página web de nuestra asociación. Sería deseable también, y es una petición que traslado desde aquí a la Junta Directiva, que se publicaran las excelentes conclusiones de toda la actividad académica del congreso, elaboradas por profesoras y profesores de las universidades gallega y cuya presentación corrió a cargo, en el acto de clausura, de la profesora Marta Fernández Prieto. 

3. El resultado de un congreso debe valorarse teniendo en consideración, al igual que en las resoluciones judiciales, las cuestiones formales por una parte y las sustantivas o de fondo por otra.

Respecto a las primeras, una excelente organización permitió que todas las actividades académicas y sociales se desarrollaran con plena normalidad, más allá de los típicos ajustes horarios que en todo congreso (al menos los jurídicos) se van produciendo sobre la marcha y que son también resueltos sobre la marcha; esos ajustes, que en términos laborales llamaríamos modificaciones ordinarias y no sustanciales de las condiciones de trabajo.

En relación con las segundas, creo que puede afirmarse con pleno fundamento de causa (ahí está el libro del Congreso y las ponencias en la página web, para quien desee confirmarlo personalmente) que la calidad científica fue innegable, tanto por las y los ponentes españoles y extranjeros, como por la gran mayoría de las comunicaciones (noventa y una aceptadas) presentadas por la joven (utilizo el término en un sentido muy, muy amplio) doctrina laboralista, que, más allá de la edad, demuestra la vitalidad del mundo jurídico laboral y la firma y decidida voluntad de estudiar, examinar, analizar y proponer respuestas a los desafíos que tiene ante sí el mundo del trabajo ante los fenómenos (algunos no nuevos en absoluto, sino “reconvertidos”  al calor de las posibilidades que ofrece la tecnología) de nuevas formas empresariales muy vinculadas a la creciente automatización y digitalización de las relaciones de trabajo, tanto de las “nuevas” como de las clásicas, que no se olvide, como recordaba muy bien en una sesión de trabajo el profesor Jesús Cruz, que representan todavía hoy cerca del 93 % de la población trabajadora.

Acertó, pues, plenamente, la Junta Directiva, al elegir, como bien decía la presidenta María Emilia Casas en la presentación del programa, “…un tema de máxima actualidad como es la descentralización productiva”, que ha sido objeto de tratamiento, y sigo haciendo mías las palabras de la presidenta “… mediante la detección y el análisis de las nuevas formas de prestar trabajo y las nuevas estrategias de organización empresarial que comportan las más recientes experiencias de descentralización productiva, sin olvidar las responsabilidades jurídicas a que tales prácticas pueden dar lugar”.

4. El congreso puede calificarse a mi parecer como el del cambio tranquilo, pero evidente, con respecto al formato de los de años anteriores, con la presencia de conferenciantes extranjeros, de dos ponentes en cada ponencia (aun cuando faltó tiempo en todas las ponencias para un debate más intenso entra ellos y el público asistente), y muy especialmente de grupos de trabajo en donde los distintos equipos académicos existentes en las universidades españolas pudieron presentar los trabajos que están realizando y las previsiones de desarrollo y continuación en el inmediato futuro.

Muchos de dichos trabajos, y puede comprobarse en el programa, están estrechamente vinculados a la temática general del congreso y abordan cuestiones que está tratando, y lo seguirá haciendo en los próximos meses, la Organización Internacional delTrabajo en el marco de la iniciativa lanzada en 2018 sobre el futuro deltrabajo.

Otro buen número está dedicado al estudio y análisis de la normativa internacional y europea, así como a la jurisprudencia, en especial, del TJUE. A quienes se dedican al estudio de esta jurisprudencia no les falta trabajo, desde luego, y mucho menos con el que les vendrá cuando el tribunal se pronuncie el próximo día 5 sobre las cuestiones prejudiciales planteadas por el Juzgado de lo Social núm. 33 de Madrid (caso Montero Mateos) y por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (caso Grupo Norte Facility S.A. / Angel Manuel MoreiraGómez) y el posible cambio/adaptación/ revisión/mantenimiento, de la doctrina sentada a partir de sus sentencias de 14 de septiembre de 2016, y señaladamente la del caso Ana De Diego Porras, sobre la indemnización a percibir en las extinciones de contratos de duración determinada.  

No menos importante, y una prueba más que evidente del cambio, ha sido la retransmisión de la inauguración y la clausura en streaming, y la recogida de todas las restantes intervenciones en el canal de youtube de la asociación, y el animar desde el propio programa, y hemos sido bastantes las personas asistentes que hemos hecho caso a la organización, a ir comentando las intervenciones de las distintas ponencias y comunicaciones, con el hashtag #aedtts50.  Recojo ahora, con posibles omisiones que en ningún caso merecen mayor importancia, los tweets que fui publicando durante el congreso:

“Una gran ciudad para un gran congreso”. “Un placer saludar a tan buenas y buenos amigos laboralistas antes de iniciar nuestro congreso”. Nuestra presidenta @AEDTSS María Emilia Casas enmarca con precisión el debate sobre la descentralización productiva y su importancia”. “El profesor Gárate propone una amplia reinterpretación del art. 42 LET y del concepto de propia actividad de la empresa”. “Análisis y propuestas de los magistrados Antonio Martín Valverde y Lourdes Arastey Sahún”. “Muy interesantes aportaciones de la joven doctrina laboralista en el Congreso Nacional AEDTSS”. “La profesora Isabelle Daugareilh plantea una cuestión de indudable importancia, el ámbito de aplicación del Derecho del Trabajo ante las nuevas realidades empresariales”. “Dura y fundamentada crítica jurídica del profesor José Luís Monereo a la regulación, y sus lagunas, de las empresas multiservicios”. “Un excelente congreso que demuestra la vitalidad del iuslaboralismo español”.

5.  Es conveniente, a la par que obligado, referirse también a las actividades de la sección juvenil de nuestra asociación. Durante la primera jornada del congreso, la coordinadora saliente, profesora Maravillas Espín, dio debida cuenta de las actividades realizadas, entre las que destacan los encuentros anuales de jóvenes investigadoras e investigadores en etapa doctoral, es decir de quienes son el futuro de la doctrina laboralista, La profesora Espín finalizaba su mandato este año, cediendo el testigo a quien ejercerá las funciones de coordinador en el curso 2018-2019, el profesor Daniel Pérez del Prado, procediéndose por las personas integrantes de la sección a elegir al nuevo coordinador electo, Julen Llorens, quien ejercerá el cargo en 2019-2020. De esta manera, quedan asentadas las bases para los próximos dos años de trabajo, años que prometen ser muy intensos en el debate social en general y laboral en particular sobre los cambios en el mundo del trabajo y sus implicaciones políticas, económicas, jurídicas y sociales.

6. A mi parecer, todas las cuestiones que hemos abordado en el congreso tienen innegable importancia en las relaciones laborales actuales, tanto en el ámbito internacional y europeo como en el español. Desde luego, en nuestro ámbito territorial han suscitado numerosos conflictos que han ido siendo resueltos, con mayor o menor acierto ya daría para un análisis mucho más amplio y detallado que no es objeto de esta entrada, y buena prueba de ello son las proposiciones de ley presentadas por diversos grupos parlamentarios para la modificación del art. 42 de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y los efectos inmediatos que dicha modificación tendría sobre los arts. 43 y 44 de la misma norma, y por supuesto sobre la normativa complementaria en materia de Seguridad Social, infracciones y sanciones en el orden social, y prevención de riesgos laborales.

Dado que algunas de dichas proposiciones fueron presentadas por el grupo parlamentario socialista y están en fase tramitación parlamentaria, será interesante comprobar que recorrido jurídico van a tener en el inmediato futuro y si finalmente verán la luz pública. Ciertamente, que las posibilidades de cambio son reales lo demuestra que la primera manifestación de la Confederación Española deOrganizaciones Empresariales (CEOE) incluya una petición de no modificación de la reforma laboral, además de otras que giran alrededor de una palabra que vamos a oír machaconamente los próximos días, la de “estabilidad”, y que se concreta en estos términos: “Conviene tener presente que, pese al buen ritmo de crecimiento y de creación de empleo, hay riesgos claros en la economía y, por tanto, el nuevo Gobierno debe mantener el rigor presupuestario y los objetivos de déficit. Debe evitar la tentación de ceder a incrementos de gasto que pueden poner en riesgo la senda de la consolidación fiscal. También debe continuar impulsando reformas económicas para robustecer el crecimiento económico y no revertir las que ya están en marcha que, como la laboral, han tenido un gran protagonismo en la salida de la crisis y la recuperación del empleo”. 

7. No es esta entrada, y además sería imposible por la amplitud requerida, el lugar apropiado para detenerse en el contenido de las ponencias y comunicaciones, pero si lo es para, reforzando la tesis expuesta en el párrafo anterior, destacar que las aportaciones deberían ser tenidas en consideración por nuestros legisladores si se abordan modificaciones de todos aquellos preceptos legales que afectan a la temática general de congreso, es decir a la descentralización productiva y lo que ello implica respecto a nuevas (algunas, insisto, no tanto ni mucho menos) formas de trabajo y organización empresarial.

Repárese, para dar consistencia intelectual a la afirmación anterior, que además de la magna ponencia marco, de la que me parece especialmente recomendable el apartado que el profesor Gárate dedica a las propuestas de cambio, englobadas dentro del título genérico de “Una reforma técnica, de unificación y clarificación, susceptible de ser completada con nuevas medidas de tutela de los trabajadores y obligaciones a cargo de las empresas que intervienen en las operaciones de descentralización”, en los diversos paneles se abordaron todos los aspectos normativos laborales, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales, que deben ser tomados en consideración al tratar los fenómenos de descentralización productiva, como fueron la subcontratación de obras y servicios, el objeto y ámbito de las responsabilidades empresariales, y los derechos colectivos en estos procesos de descentralización.

Especial relevancia tuvo a mi parecer el panel dedicado monográficamente a las empresas multiservicios, en el que el profesor Monereo centró buena parte de su intervención en una tesis que comparto plenamente y que queda muy bien sintetizada en la reflexión final de su ponencia: “No deberíamos, quizás adaptarnos sin más a estos procesos, sino tratar de acotarlos poniéndoles límites y conformándolos desde la propia disciplina el mercado de la competencia y desde el propio Derecho del Trabajo”. No menos sugerente fue la intervención de la profesora Gloria Rojas, que se centró en la temática de la negociación colectiva y el convenio aplicable en las empresas multiservicios, y en la que, al igual que la mayor parte de ponencias y comunicaciones presentadas, aboga por una reforma del art. 42 de la LET, ya que tanto este como el art. 42 LET “no otorgan a los trabajadores una protección ajustada y necesaria de sus derechos ante fenómenos como las empresas multiservicios”, proponiendo entre otras medidas que el legislador “debería extender el régimen de responsabilidad solidaria previsto en el art. 42 LET a todas las contratas y subcontratas, correspondan o no a la propia actividad del empresario principal.

Y he hecho esta especial referencia a las empresas multiservicios porque su temática fue también objeto monográfico de atención en las jornadas celebradas por la Unión Progresista deInspectores de Trabajo (UPIT) la semana anterior en la misma ciudad y en las que tuve la satisfacción de participar como ponente, en la ponencia del director territorial de la ITSS de Castilla y León Francisco Javier Calderón, “Externalización de actividades: empresas multiservicios y cesión ilegal”,disponible en la página web de la UPIT,  cuya lectura es muy recomendable por la cantidad de jurisprudencia y doctrina judicial aportada sobre los diferentes aspectos conflictivos que se suscitan alrededor de tales empresas y sobre los cuáles se sigue debatiendo sin haber cerrado en absoluto las respuestas a muchas de las cuestiones planteadas. Si bien, es cierto que una de las más relevante, el del ámbito personal del convenio colectivo aplicable, parece ya estar clara a partir de la aplicación por los tribunales de principio de correspondencia entre la unidad negocial y los sujetos legitimados para negociar, de tal manera que un convenio negociado por un comité de empresa de un centro de trabajo de los varios que pueda tener la empresa, por citar uno de los ejemplos más significativos, estaría viciado de nulidad si pretendiera, como así ha sido la intención de las empresas negociadoras durante mucho tiempo, que se aplicara a todos los trabajadores y trabajadoras de la empresa, con inclusión, pues, de quienes carecían de representación en el banco social.

8. Voy concluyendo esta entrada, en donde, como dije al inicio, hay un componente social, y ahora comprobarán que también personal, que se suma al jurídico.

Querría enfatizar una tesis que vengo exponiendo en entradas en este blog, y en artículos publicados en revistas, que me parece de especial relevancia para enmarcar el debate y las propuestas que hagamos. Las y los laboralistas no debemos depender de la organización productiva empresarial y de las opciones empresariales que parecen (¿o quizás algo más?) moldear las relaciones de trabajo a su gusto y propio interés, con desaparición en muchos casos (que sea formal o real es algo mucho más importante) de la relación asalariada de trabajo en el seno de tales empresas y la aparición de autónomos emprendedores como contratistas en igualdad de condiciones (¿de verdad?) con aquellas.

Las y los laboralistas debemos seguir reivindicando el valor del trabajo, ya sea asalariado o no, con plenos derechos y protección, y si para ello es necesario modificar la normativa tanto la europea como la estatal, ponernos manos (u ordenador) a la obra y contribuir a diseñar y plasmar en la realidad ese cambio. Pero, aquello en lo que no debemos caer es en la aceptación acrítica de nuevas formas organizativas y su correlato de querer sacar, expulsar, a las personas que prestan sus servicios del ámbito de protección del trabajo asalariado. Tarea sin duda apasionante en un proceso acelerado de cambio tecnológico que no debe suponer en modo alguno, y no debemos contribuir a ello, dejar a un muy amplio número de personas trabajadoras fuera del ámbito de protección de la normativa laboral. Espero y deseo que la joven doctrina laboralista, cuya vitalidad se puso claramente de manifiesto en el congreso, y que permanentemente se constata en sus aportaciones doctrinales, vaya por este camino apuntado.

9. Y vayamos ya a las cuestiones personales. La primera, la satisfacción que tuve por la petición formulada por nuestra presidenta para recoger, con ocasión de la celebración en este congreso del cincuentenario de la creación de la AEDTSS, la medalla entregada a uno de sus presidentes, el profesor Manuel Alonso García, con el que inicié mi carrera universitaria (términos utilizado durante mucho tiempo en el ámbito académico y que ha quedado, por muchas circunstancia, y las económicas y recortes presupuestarios no son las de menor importancia, en desuso) en 1975 y que contribuyó activamente en mi primera etapa de profesor en la Universidad de Barcelona a la maduración intelectual necesaria para poder después desarrollarla e irla completando (nunca completamente, valga la redundancia) en los años posteriores.

El profesor Manuel Alonso García también formó, o influyó en gran medida, a profesores que no quiero dejar de citar, como Juan Rivero Lamas, Manuel García Fernández, Francisco Pérez Amorós y Vicente Martínez Abascal. Creo que lo mejor que puedo hacer para confirmar esta tesis con respecto a los dos últimos citados es remitir a sus aportaciones en la obra colectiva de semblanza del profesor Alonso García, así como también de la mía propia, y de la que me permito ahora reproducir unfragmento que refleja bien esa influencia: “Satisfacción personal y académica, decía con anterioridad. Pues sí, porque el profesor Alonso García facilitó mi incorporación a la vida docente e investigadora universitaria tras haber manifestado por mi parte el interés de dedicarme al estudio (aún no tenía muy claro en aquella época en qué términos y de qué forma) de las relaciones laborales en su vertiente jurídica, en aquel momento histórico, y creo que lo siguió siendo más adelante en el tiempo aunque desprovista de la carga relevante que tenía en aquel entonces, tan unida a la social, dado que estábamos en el tránsito de un modelo dictatorial y autoritario de relaciones laborales a otro de corte democrático. Y aquello que considero más relevante desde el plano personal es que sólo hubo valoración de mis conocimientos y de mi interés por el Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, sin implicación alguna sobre la forma de pensar y las ideas políticas y sociales que cada uno pudiera tener, y que ciertamente tenía, lo cual creo que le honraba como persona”.

Last but not the least, último pero no menos importante. Agradezco muy sinceramente a muchos amigos y amigas con los que he compartido los dos días de congreso sus amables palabras hacia este blog y su utilidad. Es una satisfacción haber escuchado palabras de agradecimiento por el trabajo realizado, con lo que ellas conllevan al mismo tiempo, para no defraudar a quienes las han formulado, de seguir trabajando en la misma línea, como siempre digo mientras el cuerpo y la salud aguanten.

10. Nos veremos en 2019, en nuestro próximo congreso, en la no menos bella ciudad de Salamanca, Si laplaza del Obradoiro no puede nunca dejarse de visitar por todas aquellas personas, la gran mayoría peregrinos, que llegan a la ciudad, no es menos cierto que la Plaza Mayor de Salamanca es un lugar al que inevitablemente ha de acudir el visitante para conocer la realidad histórica de dicha ciudad.

Tiene un  buen reto ante sí el profesor y buen amigo Wilfredo Sanguinettti, y el equipo de la Universidad de Salamanca que ha contribuido durante muchos años a formar uno de los maestroS del iuslaboralismo español, el profesor Carlos Palomeque,  cual es el de mantener, y si acaso mejorar la calidad formal (social) y sustantiva (jurídica) del congreso que hemos recién finalizado.

Hasta siempre Santiago de Compostela, feliz descanso (bien merecido) para los organizadores del XXXVIII congreso, y bienvenida Salamanca, y buen (y seguro que abundante) trabajo para los organizadores del XXXIX.  

2 comentarios:

Jaime Cabeza dijo...

Gracias, Eduardo, un fuerte abrazo.

Jaime Cabeza

Simon Muntaner dijo...

Una crónica perfecta que permite a quienes no pudimos acudir, conocer perfectamente el devenir del Congreso, sus debates y su nueva imagen. Un abrazo ciberespacial