1. La Comisión
Europea presentó el jueves 4 de diciembre la Comunicación “
Hoja de Ruta para el Empleo de Calidad”, que califica en la nota de prensa depresentación como “ un firme compromiso para mejorar
la calidad del empleo y crear puestos de trabajo de alta calidad y con
perspectivas de futuro en Europa”,
A la Comunicación
se acompaña el documento de consulta a los interlocutores sociales , con arreglo a lo dispuesto en el art. 154 del Tratado de funcionamiento de la
UE, “sobre la posible orientación de la actuación de la UE para mejorar las
condiciones laborales, la salud y la seguridad en el trabajo y la aplicación de
los derechos de los trabajadores – Ley de Empleos de Calidad”, norma que se
califica de “una nueva propuesta legislativa para garantizar los derechos de
los trabajadores y, al mismo tiempo, adaptarse a los cambios tecnológicos,
económicos y sociales”.
Junto con la Comunicación y el documento de consulta a las
organizaciones sindicales y empresariales se adjunta una ficha informativa y una síntesis de aquellos en forma depreguntas y respuestas
Recordemos que el
art. 154.2 TFUE dispone que “... antes de presentar propuestas en el ámbito de
la política social, la Comisión consultará a los interlocutores sociales sobre
la posible orientación de una acción de la Unión”.
Con ocasión de los documentos presentados el 4 de
diciembre, la Vicepresidente manifestó que “Todos los puestos de trabajo en
Europa deben ser de calidad. Así es como atraeremos talento, reduciremos la
pobreza de los trabajadores y reforzaremos la competitividad y la cohesión
social de Europa. La Hoja de Ruta que se ha puesto en marcha hoy allana el
camino para una Ley de Empleo de Calidad que salvaguarde los derechos de los
trabajadores y los apoye a medida que se modernizan los lugares de trabajo”.
A dicha norma se refirió la Vicepresidenta Ejecutiva
de la Comisión Europea, Roxana Mînzatu, en la Inauguración del Foro Social de
Oporto el 18 de septiembre en estos términos:
“Hemos priorizado en esta Comisión la elaboración de
una Hoja de Ruta para el Empleo de Calidad. Y, como anunció la presidenta von
der Leyen la semana pasada en el Discurso sobre el Estado de la Unión, en el
centro de dicha hoja de ruta se encontrará una Ley de Empleo de Calidad.
Esta hoja de ruta tendrá tres objetivos sencillos y
contundentes.
Primero: defender y fortalecer los derechos laborales.
Garantizar que todos los trabajadores, especialmente los más vulnerables,
tengan un salario justo, condiciones de trabajo seguras y dignidad.
Segundo: aprovechar la revolución digital. Aprovechar
sus oportunidades para aumentar la innovación y la productividad, evitando al
mismo tiempo sus riesgos: la inseguridad laboral y la menor protección.
Tercero: prepararse para el cambio. Ayudar tanto a
trabajadores como a empleadores a gestionar las transiciones. Cumplir nuestra
promesa de no dejar a nadie atrás”.
En la presentación de los documentos, la Vicepresidenta
manifestó que:
“Todos los puestos de trabajo en Europa deben ser de
calidad. Así es como atraeremos talento, reduciremos la pobreza de los
trabajadores y reforzaremos la competitividad y la cohesión social de Europa.
La Hoja de Ruta que se ha puesto en marcha hoy allana el camino para una Ley de
Empleo de Calidad que salvaguarde los derechos de los trabajadores y los apoye
a medida que se modernizan los lugares de trabajo.
En los documentos comunitarios objeto de este artículo
se subraya que
“No existe una definición única de trabajo de calidad.
En general, los empleos de calidad ofrecen una remuneración justa, condiciones
de trabajo seguras y saludables, protección contra el estrés y otros riesgos en
el trabajo, seguridad laboral, conciliación de la vida familiar y la vida
profesional, igualdad de género, acceso a las capacidades, formación y
desarrollo profesional, una sólida protección social y cobertura de la
negociación colectiva.
El empleo de calidad es esencial para el bienestar de
las personas y para una Europa social fuerte y competitiva. Los trabajadores en
empleos de calidad impulsan la innovación, contribuyendo a una mayor
productividad. Los empleos de calidad también benefician a las empresas al
apoyar la innovación y ayudar a los empleadores a atraer y retener talento.
El análisis de la Comisión en el Semestre Europeo
respalda la necesidad de abordar la calidad del empleo. La propuesta de informe
conjunto sobre el empleo, que forma parte del paquete de otoño del Semestre
Europeo, destaca que Europa debe abordar las deficiencias estructurales de su
mercado laboral mejorando la calidad del empleo y muestra que el empleo de
calidad ayuda a lograr un mayor crecimiento de la productividad, mejores
resultados económicos y una mayor equidad social y cohesión social”.
2. Antes de exponer los contenidos más destacados del
paquete comunitario, me permito recordar que la temática del empleo de calidad ha
sido objeto de atención en varias entradas anteriores del blog y que por ello
no reitero gran parte de los contenidos que he expuesto en todas ellas. Baste
ahora remitirme a
Entrada “UE. informe «Empleo y evolución social en
Europa 2025”. Texto de las conclusiones de cada capítulo”
Entrada “Intervención en la Jornada “Los retos para
generar un empleo de calidad e inclusivo”
Entrada “Eurofound. Encuesta Europea sobre las
Condiciones de Trabajo 2024. Primeros resultados”
Entrada “UE. Semestre europeo 2026. Examen del
contenido laboral y de protección social (Recomendaciones sobre la política
económica de la zona euro y sobre el capital humanos y propuesta de informe
conjunto sobre el empleo)”
3. La Comunicación de la Comisión, que utilizo como
eje central de esta entrada, ya que el documento de consulta profundiza con
mayos detalle en sus contenidos, se refiere en primer lugar a la necesidad de construir
la competitividad de Europa a través del empleo de calidad, enfatizando que
“La Hoja de Ruta para el Empleo de Calidad («la Hoja
de Ruta») es un compromiso renovado para fomentar el empleo de calidad en una
economía competitiva. Describe iniciativas para alinear la política de empleo
con las necesidades de una economía en rápida evolución, a la vez que se
mantiene basada en los principios de la economía social de mercado europea, el
progreso social y el pleno empleo. Los sindicatos y las organizaciones
empresariales desempeñan un papel fundamental en este esfuerzo. Como se reafirmó
en el Pacto para el Diálogo Social Europeo, firmado el 5 de marzo de 2025, la
Comisión mantiene su compromiso de reforzar el diálogo social a todos los
niveles”.
Sobre el citado Acuerdo entre organizaciones
sindicales y empresariales europeas remito a la entrada “UE. Acuerdo para el
diálogo social europeo” .
En la introducción del Acuerdo se subraya la importancia del diálogo social en
estos términos:
“La Comisión y los interlocutores sociales
intersectoriales europeos han firmado hoy un nuevo Pacto para el Diálogo Social
Europeo que reforzará el papel de los interlocutores sociales en la
configuración del mercado laboral, el empleo y las políticas sociales. En una
época de transformación global, el nuevo Pacto aborda los principales retos a
los que se enfrentan las economías europeas y se basa en la Declaración de los
interlocutores sociales de Val Duchesse de 2024 (véase el documento de
antecedentes).
El diálogo social es una parte integral de nuestro
modelo social europeo y desempeña un papel crucial para mantener la
competitividad de las empresas europeas, aumentar su productividad,
proporcionar empleos de calidad y garantizar la equidad social. El diálogo
social sigue siendo una herramienta esencial para garantizar que los mercados
laborales se adapten a las transiciones digital y climática y que los
trabajadores estén equipados con las capacidades adecuadas”
La Comunicación, y el documento de consulta. se centran
en los ámbitos donde “la actuación de la UE es más necesaria”, que sintetiza en
“Creación de empleo: Garantizar que las industrias y
los puestos de trabajo del futuro sigan siendo competitivos en Europa, en un
contexto de rápido cambio hacia una economía más ecológica y digital.
Buenas condiciones de trabajo: Promover una
remuneración adecuada, unas buenas condiciones de trabajo, la protección
social, el acceso a la formación, una mayor aplicación de las normas laborales
y el respeto de las normas de seguridad y salud en el trabajo.
Modernización: Garantizar la adopción y el uso
responsable de las nuevas tecnologías, como la inteligencia artificial,
protegiendo al mismo tiempo a los trabajadores.
Transiciones justas: Apoyar a los trabajadores en las
transiciones ecológica y digital mediante el desarrollo de capacidades y la
información y consulta de los trabajadores.
Factores facilitadores clave: el respeto de los
derechos laborales existentes, un diálogo social sólido y una cobertura de la
negociación colectiva, unos servicios públicos de calidad y una financiación
adecuada”.
4. Tras la introducción, la Comunicación aborda la
creación y el mantenimiento de los empleos de calidad en la UE, con un rápido
guiño al mundo empresarial, al sostener que
“La creación de empleo de calidad requiere un entorno
en el que las empresas, incluidos los autónomos, las empresas emergentes y las
pequeñas empresas, puedan innovar, crecer y atraer inversión y talento. Para
mantenerse competitivas y, al mismo tiempo, mantener altos estándares
laborales, las empresas necesitan un marco regulatorio claro, proporcionado y
propicio para la innovación. Esto incluye la reducción de las cargas
administrativas, la mejora del acceso a la información y a las herramientas de
apoyo, y la garantía de altos estándares sociales y laborales. Los
interlocutores sociales también desempeñan un papel clave en la identificación
de soluciones prácticas que respondan a las necesidades de las empresas en toda
Europa. En este sentido, la Comisión ha propuesto simplificar las normas de la
UE y reducir las cargas administrativas, y está explorando la posibilidad de
mejorar el apoyo a las microempresas en la aplicación de la legislación de la
UE. También propone acciones para ayudar a las startups y scaleups a acceder al
talento y crear empleos de calidad”.
Va desgranando a continuación ámbitos de actuación y
necesidades del mundo empresarial y laboral del inmediato futuro, poniendo en
relación sus propuestas con las contenidas en otros documentos ya presentados
con anterioridad, como son, por ejemplo, el Pacto industrial limpio, la
Garantía de Competencias, y la Recomendación del Consejo sobre capital humano
(para un análisis de la última véase aquí ).
Al respecto, hace especial énfasis en la captación del
talento de personas de nacionalidades extracomunitarias y en la facilitación de
su acceso a la UE, exponiendo que “La Comisión propondrá una Iniciativa de
Portabilidad de Competencias para simplificar y facilitar el reconocimiento de
competencias y cualificaciones, incluso mediante una digitalización reforzada,
también para los nacionales de terceros países. La UE creará una Reserva de
Talentos y potenciará las Asociaciones de Talentos para atraer a nacionales de
terceros países cualificados a puestos de trabajo con escasez de personal. La
próxima Estrategia de la UE sobre la Política de Visados incluirá medidas para
facilitar la llegada de los mejores estudiantes, investigadores y trabajadores
cualificados. Las competencias digitales, incluidas las avanzadas, son
esenciales para la competitividad de Europa y la creación de empleo de calidad”.
5. Una política que facilite una transición justa ante
los cambios demográficos, tecnológicos y ecológicos con los que se enfrenta la
UE también esta muy presente en la Comunicación, con propuestas tendentes tanto
a facilitar la restructuración empresarial como a potenciar una mayor
participación de las personas trabajadoras y de sus organizaciones sindicales
en todos los procesos de cambio, manifestando que para garantizar la eficacia de
las normas relativas a información y consulta, despidos colectivos y traspaso
de empresas, la Comisión está “recopilando datos sobre su aplicación”.
Entre las propuestas de reformas e inversiones que
favorezcan el empleo de calidad se encuentran de manera destaca las que afectan
a las Administraciones Públicas, las reducciones en las cargas administrativas
para las empresas, las “pensiones complementarias”, y la propuesta de nuevas
medidas que vayan en la línea del mecanismo “SURE” puesto en marcha durante la
crisis sanitaria de 2020, para cuyo examen remito a la entrada “Protección
social. La importancia real para España del instrumento europeo SURE. Notas a
la propuesta de la Comisión Europea de 24 de agosto” y a la entrada “Desempleo en los Estados de la UE. Mecanismo SURE (junio 2020-
diciembre 2022): éxito confirmado. ¿Podría pasar de la excepcionalidad a la
habitualidad?”
Así, la Comisión anuncia que, en el proceso de
revisión de las Directivas datadas de
2014, (2014/24/UE, 2014/25/UE, y 201/23/UE ) “explorará cómo promover mejor la
contratación pública socialmente responsable, incluyendo un uso más amplio de
la mejor relación calidad-precio y de la negociación colectiva”, “elaborará
directrices específicas para ayudar a los Estados miembros en el diseño de
medidas de ayuda estatal para el apoyo social y la inversión social, y pretende
reducir significativamente la carga administrativa tanto para las empresas como
para los Estados miembros”, propone “aumentar la utilización de pensiones
complementarias para garantizar unos ingresos adecuados tras la jubilación”, y
recuerda que
“En el próximo Marco Financiero Plurianual 2028-2034,
la Comisión propuso la introducción de un nuevo mecanismo extraordinario y
temporal para responder a las consecuencias de crisis graves, dificultades o
amenazas graves de las mismas que afecten a la Unión o a sus Estados miembros.
El Consejo de la UE decidirá sobre la activación de este mecanismo tras obtener
la aprobación del Parlamento Europeo. De activarse, proporcionará préstamos
financiados con recursos de la UE y respaldados por una garantía anual del
presupuesto de la UE de hasta el 0,25 % de la RNB de la UE”.
6. El apartado tercero de la Comunicación está
dedicado a la promoción del empleo de calidad al mismo tiempo que se impulsa la
innovación digital, abordando como conciliar el apoyo de dicha innovación y facilitarla, en
especial de la Inteligencia artificial, y la protección de las personas
trabajadoras, subrayando que
“Cualquier acción de la UE se centraría en la
aplicación y el cumplimiento efectivos de las protecciones existentes de la UE
para los trabajadores en todos los Estados miembros, en proporcionar mayor
claridad sobre dichas protecciones y, cuando sea necesario, en considerar
medidas complementarias específicas no contempladas en la normativa actual.
Esto debería garantizar un valor añadido claro, la coherencia con el marco
jurídico, evitar duplicaciones y promover la igualdad de condiciones en toda la
UE. Otra consideración sería la simplificación, en lo que respecta a la carga
administrativa para trabajadores y empresas”.
No faltan, por otra parte, referencias concretas a las
propuestas sobre del derecho a la desconexión, que no han alcanzado acuerdo
entre los agentes sociales, y al teletrabajo.
7. Más adelante, apartado 4, la Comunicación aborda la
problemática, cada vez más importante, de la seguridad y salud en el trabajo,
titulando el apartado “Justicia, seguridad e igualdad: la base de un empleo
resiliente en Europa”, exponiendo la necesidad de actualización de varias Directivas
para adaptarse a los cambios productivos y así promover “la salud física y
mental en el trabajo”.
Destacan a mi parecer el anuncio de revisión de las Directivas
sobre el lugar de trabajo y sobre equipos con pantalla de visualización “para
actualizar las protecciones de la SST en los lugares de trabajo modernos,
incluido el teletrabajo, y las herramientas digitales, y, en particular, para
abordar mejor los riesgos psicosociales y ergonómicos, y para considerar los
riesgos que afectan a los trabajadores con discapacidad”. Sin olvidar, en
absoluto, la importancia de la actualización de las Directivas tendentes a la
protección de las mujeres contra el acoso sexual en el trabajo.
La Comunicación trata sobre la necesidad de que las
personas trabajadoras reciban salarios “adecuados”, del desarrollo del capital
humano, y de “reducir la escasez de mano de obra”; es decir, como puede
comprobarse hay un cuidado equilibrio entre intereses del mundo laboral y del
empresarial. No podía faltar, ya que está presente en prácticamente todos los
documentos comunitarios que abordan los retos del inmediato futuro, la
referencia al impulso de la productividad, manifestando la Comunicación en
estos términos: “durante la última década, muchos países de la UE se han
enfrentado a un crecimiento persistentemente débil de la productividad laboral,
lo que ha limitado el potencial de aumentos salariales, con un aumento anual de
la remuneración real media de los empleados de tan solo un 0,5 %. De cara al
futuro, la transformación económica, en particular la transición digital,
representa una oportunidad para impulsar la innovación y la productividad, a
fin de dar más margen para el crecimiento salarial y un nivel de vida digno
entre generaciones”.
También se manifiesta la importancia de la lucha
contra la explotación laboral, que concreta en la necesidad de velar para que
las normas de subcontratación no lleven a un debilitamiento, o simplemente la
falta de su cumplimiento, de la normativa laboral y de protección social, con
cita de sectores concretos en donde hay mayores probabilidades, como “la
construcción, el transporte, la agricultura y el servicio doméstico”, y con
especial afectación a personas trabajadoras de países extracomunitarios .
El fomento de la movilidad laboral justa también
merece la atención de la Comisión, con especial atención para las personas trabajadoras
del sector del transporte, los artistas, y quienes se dedican a la
investigación. De especial relevancia es la normativa reguladora de la
protección social, y por ello la Comisión anuncia que
“... publicará un Paquete de Movilidad Laboral Justa
en 2026. Este paquete modernizará y simplificará las normas y procedimientos de
la UE en materia de coordinación de la seguridad social, aprovechando el
potencial de la digitalización, facilitando, entre otras cosas, la prestación
temporal de servicios transfronterizos, a la vez que protege los derechos de
los trabajadores. Reforzará la Agencia Laboral Europea y digitalizará los
procedimientos en el marco de la coordinación de la seguridad social con la
Tarjeta Europea de Seguridad Social. La Comisión también explorará maneras de
facilitar y acelerar el reconocimiento de cualificaciones para los nacionales
de la UE y de terceros países, con el fin de aumentar el atractivo de la UE
para el talento global”.
Tampoco se olvida la Comunicación de una amplia
referencia específica a las y los trabajadores autónomos, insistiendo en la cuestión
de las pensiones complementarias al sostener que estos y las y los trabajadores
atípicos “deben tener oportunidades y beneficios equivalentes a los de los
trabajadores por cuenta ajena para optar por planes complementarios de pensión
en el contexto de la afiliación automática”.
8. El penúltimo apartado de la Comunicación está
dedicado a los que califica como “factores que faciliten el mantenimiento y la
promoción de empleos de calidad”, en el que realizan manifestaciones a las que
todavía le queda bastante, a mi parecer, para que se conviertan en una efectiva
realidad.
En cualquier caso, cabe destacar la importancia de
efectuar un adecuado seguimiento de los avances llevados a cabo con los
Reglamentos y las Directivas, aun cuando creo que la Comisión es mucho más prudente
en sus propuestas , ya que sostiene que “ El desarrollo de herramientas y
orientaciones sobre los derechos laborales de la UE puede reforzar su
aplicación, concienciar y desarrollar la capacidad administrativa, por lo que
la Comisión colaborará estrechamente con las agencias de la UE, incluidas la ALE
y la EU-OSHA, para desarrollarlas, basándose en buenos ejemplos, como las
herramientas de evaluación interactiva de riesgos en línea de la EU-OSHA. Las
inspecciones laborales ayudan a disuadir las prácticas ilegales, y se
explorarán nuevas tecnologías como la IA para que sean más específicas y
eficaces”.
En fin, de especial interés para los agentes sociales
es el bloque de este apartado en el que la Comisión subraya la importancia del
diálogo social como “nuestra fuerza colectiva y ventaja competitiva”. Tras pasar
revista a las dificultades con las que se encuentra, en especial por lo que
respecta al ejercicio del derecho de negociación colectiva, en algunos Estados
miembros, concluye que “garantizar la autonomía y la libertad contractual de
los interlocutores sociales es esencial”, y que “los recursos financieros de la
UE seguirán estando disponibles para que los interlocutores sociales europeos,
nacionales y de los países candidatos refuercen su capacidad para lograr una
participación y acuerdos significativos, en particular a través del presupuesto
de la UE”.
Y es justamente sobre la financiación de las políticas
tendentes a lograr esa calidad del empleo tan deseada sobre la que gira la
última parte del apartado 5, por la vía del Fondo Europeo Plus, Nextgeneration
e InvestEU, Fondo Europeo de Desarrollo Regional y Fondo de Transición Justa, y
programas sectoriales específicos, así como también sobre la importancia de
garantizar servicios de calidad (atención a la primera infancia, cuidados de
larga duración, atención sanitaria accesible) para todas las personas y todas
las regiones, subrayando que “Las regiones y las comunidades locales son
fundamentales para el empleo de calidad. De los 26-27 millones de personas que
trabajan en el sector público, entre 17 y 19 millones trabajan a nivel local y
regional. Estas funciones abarcan la administración, la educación y la
formación profesional, los servicios públicos, la sanidad, la asistencia
social, el transporte y los servicios de emergencia. Promover empleos de
calidad en estas zonas refuerza el atractivo y el desarrollo regional”.
9. En el apartado final de los próximos pasos a seguir
se hace expresa referencia al documento, antes referenciado, de primera
consulta a los interlocutores sociales para que manifiesten sus pareceres al
respecto y la posibilidad de llegar a un acuerdo que abra la vía en su caso a
su incorporación posterior a una Directiva, algo que en estos momentos parece
difícil de prever, dados los desacuerdos en los debates sobre las propuestas
relativas a la regulación de la desconexión.
En su parte introductoria, se expone cuál es el valor
añadido que la Ley de Empleo de Calidad puede aportar a la política social de la
UE y los posibles ámbitos de actuación para dicha mejora.
“... pretende complementar y actualizar las normas de
la UE que garantizan un nivel mínimo de protección de forma específica. Su
objetivo es adoptar un enfoque cuidadosamente equilibrado que garantice una
protección adecuada de los trabajadores, a la vez que apoya la competitividad y
la productividad, especialmente para las pequeñas y microempresas.
La iniciativa tendrá en cuenta la diversidad de los
sistemas nacionales, dejando suficiente margen para la aplicación por parte de
los interlocutores sociales y minimizando la carga para las empresas. La Ley de
Empleo de Calidad contribuirá activamente a la agenda de simplificación de la
Comisión cuando proceda”
La consulta destaca varios ámbitos que podrían incluirse
en la futura norma, y que se sintetizan en el documento general de presentación
de las propuestas en estos términos:
“ - la gestión algorítmica y la inteligencia
artificial (IA) en el trabajo: las herramientas digitales son ahora
fundamentales para la vida laboral. La IA permite ahorrar tiempo y aumentar la
productividad. Sin embargo, el 84 % de los europeos cree que estas tecnologías
deben utilizarse con prudencia en el mundo laboral;
- la seguridad y la salud en el trabajo: las nuevas
tecnologías y los equipos digitales móviles han transformado los lugares de
trabajo e incrementado el trabajo a distancia.
Los riesgos psicosociales y ergonómicos en el trabajo han aumentado, lo
que pone de relieve la necesidad de actualizar las normas de la UE en materia
de seguridad y salud en el trabajo. En 2025, el 29 % de los trabajadores
declararon sufrir estrés, ansiedad o depresión causados o agravados por su
trabajo, frente al 27 % en 2022, según la última encuesta OSH Pulse;
- la subcontratación: a través de la subcontratación,
las empresas pueden innovar y acceder a conocimientos especializados. Sin
embargo, la subcontratación también puede dar lugar a prácticas abusivas y a un
cumplimiento insuficiente de las normas laborales, sanitarias y de seguridad,
especialmente en cadenas de subcontratación largas y complejas;
- la transición justa: las transiciones ecológica y
digital están impulsando la reestructuración de las empresas de toda la UE, lo
que plantea importantes retos tanto para los trabajadores como para los
empleadores;
- la aplicación y el papel de los interlocutores
sociales: una aplicación estricta es esencial para que los trabajadores puedan
beneficiarse de sus derechos. Los problemas persistentes —como el trabajo no
declarado o el escaso cumplimiento— socavan la calidad del empleo y la
competencia leal”.
El documento finaliza con las preguntas que la
Comisión formula a los interlocutores sociales, dando de plazo hasta el 29 de
enero de 2026. Tras recordar que “La Comisión examinará las opiniones
expresadas por los interlocutores sociales en esta consulta, así como en la
consulta previa sobre el derecho a la desconexión y el teletrabajo, y decidirá
si procede la actuación de la UE en los ámbitos descritos en este documento. Si
la Comisión decide que procede, y en función de las opiniones de los
interlocutores sociales sobre las posibles negociaciones, iniciará una segunda
fase de consulta con los interlocutores sociales a nivel de la UE. Esta fase
abordará el contenido de cualquier propuesta de actuación, de conformidad con
el artículo 154, apartado 3, del TFUE”,
las preguntas son las siguientes:
“1) ¿Considera que los problemas y los posibles
ámbitos de actuación futura de la UE están correctamente identificados en este
documento?
2) ¿Considera que es necesaria la actuación de la UE
para abordar los problemas identificados? En caso afirmativo, ¿cuál debería ser
la orientación y el alcance de dicha actuación?
3) ¿Consideraría usted iniciar un diálogo de
conformidad con el artículo 155 del TFUE sobre alguna de las cuestiones
identificadas en esta consulta?”.
Continuará, seguro. Mientras tanto, buena lectura.
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