sábado, 7 de octubre de 2023

A propósito del (segundo) debate de investidura. Repaso al programa electoral en materia laboral y de protección social de SUMAR.

 

1. En dos entradas anteriores, aquí    y aquí    , he examinado los programas electorales en materia laboral y de protección social del Partido Popular (primera investidura) y del Partido Socialista Obrero Española (pendiente de la segunda investidura).

Si el candidato a la presidencia del gobierno, Pedro Sánchez, supera dicho trámite, deberá formar nuevo gabinete, y pocas dudas hay de la continuación del gobierno de coalición que hubo durante la anterior legislatura..., solo que con un cambio algo más que significativo, ya que dicha coalición sería con todas las fuerzas políticas unidas alrededor de SUMAR y no únicamente con una de ellas, Unidas Podemos, que fue la participante en dicho gobierno.

Es conveniente, por tanto, a la par que necesario, analizar el programa que reunió las diversas sensibilidades de todos las fuerzas políticas que forman parte de SUMAR, haciéndolo desde la misma perspectiva que las dos entradas anteriores, es decir de todo aquello en materia laboral y de protección social que, con carácter concreto y sin perjuicio de hacer referencias a algunas generalidades, se plasmó en el presentado a la ciudadanía el 23 de julio y que obtuvo el respaldo de 3.014.006 votantes, el 12,3 % del censo electoral,  que supuso la obtención de 31 escaños en el Congreso.

El análisis de estas propuestas cobra especial interés a mi parecer ya que la número uno de SUMAR, Yolanda Díaz, fue vicepresidenta segunda del gobierno durante una parte de la legislatura y Ministra de Trabajo y Seguridad Social durante toda ella, con una producción normativa y el logro de acuerdos sociales de indudable importancia y que recuperaron buena parte de aquello que debe ser el Derecho del Trabajo, un instrumento de regulación de condiciones laborales que mejore las condiciones de vida de la población trabajadora al mismo tiempo que crea las condiciones adecuadas para una actividad empresarial que sea beneficiosa para todas las personas que forman parte de la empresa y para el conjunto de la sociedad.

Es indudable también que buena parte de las medidas adoptadas tuvieron innegable repercusión normativa en materia de protección social, y ahí la intervención del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dirigido por José Luís Escrivá, jugó un papel importante, siendo necesario en más de una y dos ocasiones aunar las “distintas perspectivas” que sobre determinados asuntos existieron.

En cualquier caso, parece que el interés de SUMAR por mantener la cartera de Trabajo es algo más que evidente, y ello supone que el examen del programa electoral tenga, así lo creo, mayor interés, en el bien entendido que, como en todo gobierno de coalición, habrá que hacer una buena, y algo más que compleja, síntesis de las propuestas de las dos (y en esta ocasión muchas más) fuerzas políticas que lo forman para llegar a un acuerdo, que recordemos que existió en la anterior legislatura con el acuerdo suscrito el 30 de diciembre de 2019 entre PSOE y UP   , que analicé con detalle en la entrada “Acuerdo de gobierno PSOE - Unidas Podemos. La ¿reforma/modificación/derogación? de la normativa laboral. Primera reacciones al texto pactado, y unas primera notas sobre los cambios anunciados en la Ley del Estatuto de los trabajadores”  

Desde voces jurídicas muy cercanas a SUMAR, se ha defendido que “El programa de gobierno no puede centrarse en la conducción de un proceso de debate y reconstrucción de la dimensión plurinacional del estado español en la línea prometida por el art. 3 de la Constitución, por mucho que esto sea muy relevante, sino que debe necesariamente que desarrollar una amplia propuesta de creación de nuevos derechos en la relación de trabajo, enlazando así con lo que ha constituido las señas de identidad de la coalición progresista desde su inicio. Es imprescindible un acuerdo de gobierno que profundice y amplie las reformas sociales. Algunas propuestas ya están sobre la mesa, especialmente en materia de tiempo de trabajo y de reforma del despido, a la que se une otras iniciativas especialmente interesantes en materia de desarrollo de los derechos de participación en la empresa, pero el tema de la salud en los ambientes de trabajo y la consideración de nuevos riesgos y enfermedades profesionales es sin duda ineludible...” (editorial del núm. 103 de la Revista Derecho Social, publicado en el blog del profesor Antonio Baylos, “Un acuerdo de gobierno queprofundice las reformas sociales” 

2. El programa lleva por título “Un programa por ti”  , y en todo su contenido hay propuestas, algunas más generales y otras mucho más concretas, que afectan al mundo laboral.

Las que inciden más directamente en el empleo y la protección social se encuentran en el bloque 1 dedicado a la Economía, núm. 1 “Economía para una vida mejor”, y muy en especial el núm. 2, “Trabajo decente. Mejorar la vida de las personas trabajadoras”, y en el bloque 2, “Una sociedad del bienestar justa, saludable y verde”. Si efectuamos una comparación de tales propuestas con las de los programas electorales del PP y PSOE podemos comprobar que hay bastantes más concretas que en aquellos.

Lógicamente, el programa destaca los resultados alcanzados durante la anterior legislatura, en especial los resultados positivos de la reforma laboral operada por el Real Decreto-Ley 32/2021 de 28 de diciembre, sin olvidar que hay que seguir avanzando para mejorar las tasas de empleo y disminuir las de desempleo, hasta superar el 70 % en la primera y bajar al 7 % en la segunda.

3. Y ya inmediatamente en el primer bloque del programa se presentan medidas que combinan la generalidad con la precisión. De las primeras, podemos referirnos a la valoración positiva que se hace de la vinculación de la formación con el trabajo en empresa y la orientación del empleo que se cree en esta línea y vinculado a las transiciones energéticas y de mayor demanda de cuidados, así como la reafirmación de la preferencia y prioridad del contrato indefinido a tiempo completo como modelo a seguir en las relaciones laborales, poniendo el acento en la flexibilidad interna y no en la externa, e igualmente la mención a la atención especial en los programas de políticas activas de empleo para los colectivos que tienen más difícil acceso al mercado de trabajo, con cita de jóvenes, mujeres mayores de 45 años y personas con discapacidad, destacando positivamente a mi parecer la mención a la participación de las corporaciones locales en tales políticas (permitida expresamente por la Ley de Empleo) y con acuerdos y compromisos de colocación al final de los períodos formativos.

Entre las propuestas concretas se encuentra sin duda una de las estrellas del programa, y que ha sido la más publicitada, la reducción de la jornada de trabajo, que no se queda en una mera referencia sino que se concreta en regular en 2024, “por ley”, la jornada de 37,5 horas semanales (supongo que teniendo como referencia aquello que llevó a cabo el primer gobierno socialista en 1983 al reducir entonces la jornada laboral máxima a 40 horas semanales), dejando para un debate posterior, con participación de todas las partes implicadas, que lleve a la reducción a las 32 horas.

Más generales son las propuestas sobre horas extras, jornadas variables y distribución irregular, llamando la atención (es una propuesta también recogida por organizaciones empresariales) la mención a procurar trasladar “el mayor número de días laborales al lunes”, justificada “tanto para facilitar un mejor disfrute del ocio como por razones de organización de la producción”.

Concreta a medias es la referida al SMI, ya que es muy claro que se defiende seguir incrementándolo para mantener la garantía del poder adquisitivo de las personas que lo cobran, si bien dejando su concreción a acuerdos posteriores, un incremento que debe ser útil al mismo tiempo para la mejora de todos los salarios, siendo el diálogo social y la negociación colectiva el ámbito adecuado para hacerlo posible.

4. Como es sabido, el Real Decreto Ley 5/2023 traspuso parcialmente al ordenamiento jurídico interno la Directiva 1158/2019 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo (remito a la entrada “Un Real Decreto-Leyómnibus, con importantes novedades en materia laboral y transposición parcialde la Directiva 2019/1158. Primera notas al RDL 5/2023 de 28 de junio, y textocomparado de las modificaciones introducidas en la LET, LRJS, LISOS y LGSS” , habiendo jugado sin duda un papel de primera importancia en ello el MITES.

Las propuestas de SUMAR van más allá de dicha trasposición parcial, para su mejora en varios de los contenidos y también en los de la regulación interna referida a los permiso por nacimiento y cuidado del menor (en línea con sentencias dictadas por TSJ y que no fueron acogidas por el TS, y que han llevado a plantear cuestiones prejudiciales y de inconstitucionalidad ante el TJUE y el TC): en efecto, se propone “hacer remunerado y ampliar a diez semanas hasta los doce años el recientemente creado permiso parental, similar al existente en otros países de la UE; remunerar el permiso de cinco días para cuidado de familiares y ampliar el permiso de baja por maternidad para las familias monomarentales hasta las 32 semanas”.

Con carácter más general, se plantea seguir avanzando en el desarrollo y aplicación de las medidas adoptadas durante la anterior legislatura en materia de transparencia salarial, facilitar el teletrabajo una regulación que facilite el trabajo a tiempo parcial voluntario en todos los puestos de trabajo, y reforzar el control horario de la jornada laboral. Si nos fijamos en el conjunto de todas estas propuestas, y varias mas recogidas en el programa, observaremos que tienen evidentes puntos de conexión con las propuestas contenidas en el informe, encargado por el MITES, titulado “Estudio de fundamentación para la ley de usosde los tiempos y racionalización horaria”  (remito a “El tiempo de trabajo y los usos del tiempo. Las propuestas decontenido laboral y los programas electorales  ).

La necesidad de mejorar los instrumentos de participación del personal, y de sus representantes, en las empresas también se constata de forma evidente en el programa, si bien con planteamiento generalistas que no concretan exactamente como alcanzarla (si bien en otros documentos y propuestas se ha planteado la reforma del procedimiento electoral para elección de representantes, y la participación de estos en los órganos de dirección de aquellas, y más adelante se apuesta por afianzar la posición de los sindicatos como ”figuras centrales de la representación colectiva dentro y fuera de la empresa (la negrita es mía)

5. Respecto a la protección social, y tras “sacar pecho” por los innegables avances efectuados durante la anterior legislatura para mejorar la situación de las y los pensionistas, con actualización automática de las pensiones con el IPC, se propone, además del mantenimiento, que crezcan por encima las mínimas y las no contributivas, “hasta alcanzar al menos el umbral de la pobreza”.

6. Toda la explicación realizada hasta ahora se encuentra en las propuestas generales (con alguna concreción) en el primer bloque dedicado a la economía. Pues bien, donde se avanza mucho más en el apartado dedicado al trabajo decente y la mejora de la vida de las personas trabajadores, con propuestas que ya han sido expuestas por algunas y algunos miembros de la comunidad jurídica laboralista, entre la que sin duda destaca la aprobación de una nuevo Estatuto del trabajo que implicaría la “resignificación del artículo 35.2 de la Constitución”, articulando la protección del trabajo “a través del fortalecimiento de los derechos de las personas que trabajan y del sujeto sindical, como la forma más eficaz de profundizar en la democracia y en el bienestar de las mayorías sociales en nuestro país”.

Con lógica satisfacción se destacan los importantes avances efectuados desde febrero de 2020 hasta julio de 2023, y se plantea como reto de la nueva legislatura la aprobación de este nuevo Estatuto del Trabajo del siglo XXI, justificando la razón de ser de la propuesta en estos términos:

“- Un Estatuto porque queremos que el trabajo otorgue un estatus de ciudadanía completa, una ciudadanía en el trabajo.

- Del Trabajo porque este se presta de muchas formas y maneras y, aunque la centralidad del trabajo subordinado es indiscutible y se tiene que seguir reivindicando, como hemos hecho con la ley Rider, es necesaria una regulación que articule una red básica de derechos para todos aquellos que prestan actividades profesionales, desde los autónomos hasta los cooperativistas.

- Del siglo XXI porque es el momento de completar varias transiciones: la digital y la verde, pero también la transición democrática, para superar definitivamente las adherencias autoritarias de nuestro actual ET y garantizar que no haya espacios laborales ajenos a la participación, a la democracia, a la ciudadanía”.

7. El programa dedica especial atención, ya lo he indicado, a la normativa sobre el tiempo de trabajo, englobado dentro de unas propuestas más generales dedicadas a la futura ley de “usos del tiempo para humanizar los trabajos”, en plena sintonía con los contenidos del estudio antes referenciado, con inclusión de la obligación de todas las empresas de 50 o más personas trabajadoras de disponer de un “plan de mejora de la organización del tiempo de trabajo y los usos del tiempo”. Entre las propuestas más concretas destacan a mi parecer las siguientes:

“- Impulso del trabajo saludable medido en tiempo (ni una hora más), garantizando el derecho de las personas a la preservación de su salud física y mental en el trabajo. Con este fin, se propone: la limitación efectiva del tiempo de trabajo, por la cual la distribución irregular de la jornada se realice por periodos máximos de cuatro meses; el incremento del 100% del precio de la hora extraordinaria que no se haya pagado ni compensado con tiempos de descanso equivalentes; el establecimiento de periodos de descanso para proteger a las personas frente a condiciones de trabajo que impliquen un ritmo monótono y repetitivo y la garantía del derecho de las personas trabajadoras a la desconexión digital, incluyendo la prohibición de la empresa de contactar con ellas fuera de la jornada laboral”.

- Reforma de la regulación del trabajo a turnos y del trabajo nocturno. Las personas que trabajan a turnos o en horario nocturno tienen mayor riesgo de sufrir problemas de salud derivados del trabajo. En atención a estas circunstancias, se propone que las personas que trabajan en turnos rotatorios no puedan trabajar más de cinco noches consecutivas, así como la introducción de un derecho de cambio de turno de trabajo para las personas mayores de cincuenta años con el fin de que puedan transitar de un turno de noche a un turno de día disponible en la empresa y para el que tengan la cualificación profesional necesaria”.

8. Un amplio subapartado está dedicada a la digitalización y su impacto sobre el trabajo, con propuestas para lograr una mayor participación sindical en el diseño, regulación y evaluación de los algoritmos en el ámbito laboral, un mayor control, y por consiguiente una mayor limitación, de poder de dirección empresarial cuando utiliza medios audiovisuales para ello, un expreso reconocimiento del derecho a la intimidad en los controles por reconocimiento facial, y la puesta en marcha de auditorias algorítmicas, debiendo demostrar la empresa  que “el sistema de inteligencia artificial utilizado en el ámbito laboral no incorpora sesgos que puedan traducirse en discriminación”.

9. Con carácter más general se formulan propuestas para “avanzar en la mejora de las condiciones de trabajo y la  garantía de los derechos laborales”, evitar la precariedad y la discriminación, apostar por una justa combinación del trabajo de calidad con la formación y el estudio, que el trabajo autónomo sea realmente voluntario y con garantías, el impulso de la economía social, entornos laborales “seguros y agradables”, avanzar en los derechos colectivos de participación democrática en las empresas, la defensa de la universalidad de derecho a la protección social, la dignificación del empleo público, y la lucha contra el racismo y la xenofobia en todas las políticas sobre migración.

Remitiendo a todas las personas interesadas a la lectura íntegra de estos muy amplios apartados del programa, destaco a continuación algunas de las propuestas que creo que tienen mayor grado de concreción y que implicarían sin duda la modificación de la normativa laboral y de protección social vigente:

“23. Reforzaremos las garantías de las personas trabajadoras en las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo y en los descuelgues. Revisaremos las causas para que solo en situaciones que afecten a la viabilidad de la empresa se pueda recurrir a estos procedimientos, que deberán ser negociados, dando prioridad a la negociación con las organizaciones sindicales y garantizando el carácter reversible de las medidas adoptadas.

24. Estableceremos garantías para las personas trabajadoras frente al despido mediante un sistema restaurativo y disuasorio, así como mediante el reforzamiento de la causalidad en los supuestos de extinción de la relación laboral. Ello implica el derecho del trabajador a la readmisión o a la indemnización por despido improcedente, incluyendo el cese durante el periodo de prueba. En ambos casos, se reconocerá el derecho a una indemnización adicional que compense efectivamente el daño causado en atención a las circunstancias del despido y a la capacidad económica de la empresa” (mi parecer en “Estreno de la miniserie “La indemnización pordespido: el Reino de España ante el Comité Europeo de Derechos Sociales”(spoiler: falta el capítulo final)”  

35. Reconoceremos un permiso anual para formación. Las personas trabajadoras, incluidas las personas socias trabajadoras y autónomas de actividad empresarial, tendrán derecho a un permiso anual para formación acreditable. Durante dicho permiso, la empresa o la persona autónoma tendrán derecho a una bonificación de las cuotas empresariales y la persona trabajadora se considerará en situación legal de desempleo a efectos de percibir prestación por desempleo durante la misma.   

45. Reconoceremos a las personas autónomas dependientes de un cliente el derecho a las condiciones económicas y de jornada máxima previstas en el convenio colectivo aplicable a dicha empresa-cliente.

58. Aprobaremos una ley marco básica estatal que regule los mínimos para las cooperativas y las sociedades laborales, estableciendo un número máximo de personas asalariadas, condiciones mínimas de trabajo, etcétera.

66. Garantizaremos una eficaz protección de la salud y la seguridad de las personas trabajadoras en las empresas con una plantilla inferior a cincuenta personas. El 97% de las empresas españolas tiene menos de cincuenta personas trabajadoras, siendo en este tipo de empresas donde se aprecia un menor cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos. El 60% de los accidentes mortales se producen en empresas con menos de veinticinco personas trabajadoras. Es urgente hacer un esfuerzo especial para garantizar la protección eficaz de la salud y la seguridad de las personas trabajadoras en estas empresas; para ello, se creará la figura del delegado sindical territorial de seguridad.

70. Reordenaremos las relaciones ley-convenio colectivo. Con el fin de favorecer la negociación colectiva (tanto en el ámbito empresarial como en el superior) y evitar vacíos de regulación, la ley fijará subsidiariamente, o con carácter suplementario en todo caso, las condiciones de trabajo de aquellas materias cuya concreción dependa o se remita a ella.

77. Garantizaremos que todas las personas residentes en España tengan derecho a la protección por la Seguridad Social, incluidas las personas residentes en situación de irregularidad desde el momento en que presten trabajo por cuenta ajena: si tienen derecho al salario, también han de tenerlo a la Seguridad Social. Asimismo, mejoraremos las fuentes de financiación del sistema para evitar que el equilibrio financiero se busque a través del recorte de las prestaciones.

3. Reforma y actualización de la ley y del reglamento de extranjería. La Ley y el Reglamento de Extranjería generan alta inseguridad jurídica, además de mantener procedimientos extremadamente complejos para la población. Se simplificarán y se unificarán los procedimientos de solicitud de residencia. La irregularidad supone para el Estado español un coste medio anual de entre 2.200 y 2.400 euros por inmigrante, mientras que la regularidad podría suponer un beneficio de 790 y 950 millones de euros por año para las arcas públicas.

4. Reforma de la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (LOEX) que prime los criterios de reconocimiento de derechos y que introduzca un procedimiento de regularización permanente”.

10. Muchas propuestas, como puede comprobarse. Falta el encaje con las del otro socio de gobierno. En ello están las partes. Mientras tanto, buena lectura y a la espera del segundo debate de investidura.

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