1. En dos entradas
anteriores, aquí y
aquí , he examinado los programas
electorales en materia laboral y de protección social del Partido Popular
(primera investidura) y del Partido Socialista Obrero Española (pendiente de la
segunda investidura).
Si el candidato a
la presidencia del gobierno, Pedro Sánchez, supera dicho trámite, deberá formar
nuevo gabinete, y pocas dudas hay de la continuación del gobierno de coalición que
hubo durante la anterior legislatura..., solo que con un cambio algo más que
significativo, ya que dicha coalición sería con todas las fuerzas políticas unidas
alrededor de SUMAR y no únicamente con una de ellas, Unidas Podemos, que fue la
participante en dicho gobierno.
Es conveniente,
por tanto, a la par que necesario, analizar el programa que reunió las diversas
sensibilidades de todos las fuerzas políticas que forman parte de SUMAR, haciéndolo
desde la misma perspectiva que las dos entradas anteriores, es decir de todo
aquello en materia laboral y de protección social que, con carácter concreto y
sin perjuicio de hacer referencias a algunas generalidades, se plasmó en el
presentado a la ciudadanía el 23 de julio y que obtuvo el respaldo de 3.014.006
votantes, el 12,3 % del censo electoral, que supuso la obtención de 31 escaños en el
Congreso.
El análisis de
estas propuestas cobra especial interés a mi parecer ya que la número uno de SUMAR,
Yolanda Díaz, fue vicepresidenta segunda del gobierno durante una parte de la
legislatura y Ministra de Trabajo y Seguridad Social durante toda ella, con una
producción normativa y el logro de acuerdos sociales de indudable importancia y
que recuperaron buena parte de aquello que debe ser el Derecho del Trabajo, un
instrumento de regulación de condiciones laborales que mejore las condiciones
de vida de la población trabajadora al mismo tiempo que crea las condiciones
adecuadas para una actividad empresarial que sea beneficiosa para todas las
personas que forman parte de la empresa y para el conjunto de la sociedad.
Es indudable
también que buena parte de las medidas adoptadas tuvieron innegable repercusión
normativa en materia de protección social, y ahí la intervención del Ministerio
de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dirigido por José Luís Escrivá,
jugó un papel importante, siendo necesario en más de una y dos ocasiones aunar
las “distintas perspectivas” que sobre determinados asuntos existieron.
En cualquier caso,
parece que el interés de SUMAR por mantener la cartera de Trabajo es algo más
que evidente, y ello supone que el examen del programa electoral tenga, así lo
creo, mayor interés, en el bien entendido que, como en todo gobierno de
coalición, habrá que hacer una buena, y algo más que compleja, síntesis de las
propuestas de las dos (y en esta ocasión muchas más) fuerzas políticas que lo
forman para llegar a un acuerdo, que recordemos que existió en la anterior
legislatura con el acuerdo suscrito el 30 de diciembre de 2019 entre PSOE y UP , que analicé con detalle en la entrada “Acuerdo de gobierno PSOE - Unidas
Podemos. La ¿reforma/modificación/derogación? de la normativa laboral. Primera
reacciones al texto pactado, y unas primera notas sobre los cambios anunciados
en la Ley del Estatuto de los trabajadores”
Desde voces jurídicas
muy cercanas a SUMAR, se ha defendido que “El programa de gobierno no puede
centrarse en la conducción de un proceso de debate y reconstrucción de la
dimensión plurinacional del estado español en la línea prometida por el art. 3
de la Constitución, por mucho que esto sea muy relevante, sino que debe
necesariamente que desarrollar una amplia propuesta de creación de nuevos
derechos en la relación de trabajo, enlazando así con lo que ha constituido las
señas de identidad de la coalición progresista desde su inicio. Es
imprescindible un acuerdo de gobierno que profundice y amplie las reformas
sociales. Algunas propuestas ya están sobre la mesa, especialmente en materia
de tiempo de trabajo y de reforma del despido, a la que se une otras
iniciativas especialmente interesantes en materia de desarrollo de los derechos
de participación en la empresa, pero el tema de la salud en los ambientes de
trabajo y la consideración de nuevos riesgos y enfermedades profesionales es
sin duda ineludible...” (editorial del núm. 103 de la Revista Derecho Social,
publicado en el blog del profesor Antonio Baylos, “Un acuerdo de gobierno queprofundice las reformas sociales”
2. El programa
lleva por título “Un programa por ti” , y en todo su contenido hay propuestas, algunas más generales y otras mucho
más concretas, que afectan al mundo laboral.
Las que inciden
más directamente en el empleo y la protección social se encuentran en el bloque
1 dedicado a la Economía, núm. 1 “Economía para una vida mejor”, y muy en
especial el núm. 2, “Trabajo decente. Mejorar la vida de las personas trabajadoras”,
y en el bloque 2, “Una sociedad del bienestar justa, saludable y verde”. Si
efectuamos una comparación de tales propuestas con las de los programas electorales
del PP y PSOE podemos comprobar que hay bastantes más concretas que en aquellos.
Lógicamente, el
programa destaca los resultados alcanzados durante la anterior legislatura, en
especial los resultados positivos de la reforma laboral operada por el Real
Decreto-Ley 32/2021 de 28 de diciembre, sin olvidar que hay que seguir
avanzando para mejorar las tasas de empleo y disminuir las de desempleo, hasta superar
el 70 % en la primera y bajar al 7 % en la segunda.
3. Y ya
inmediatamente en el primer bloque del programa se presentan medidas que combinan
la generalidad con la precisión. De las primeras, podemos referirnos a la
valoración positiva que se hace de la vinculación de la formación con el
trabajo en empresa y la orientación del empleo que se cree en esta línea y vinculado
a las transiciones energéticas y de mayor demanda de cuidados, así como la
reafirmación de la preferencia y prioridad del contrato indefinido a tiempo
completo como modelo a seguir en las relaciones laborales, poniendo el acento
en la flexibilidad interna y no en la externa, e igualmente la mención a la
atención especial en los programas de políticas activas de empleo para los
colectivos que tienen más difícil acceso al mercado de trabajo, con cita de
jóvenes, mujeres mayores de 45 años y personas con discapacidad, destacando
positivamente a mi parecer la mención a la participación de las corporaciones
locales en tales políticas (permitida expresamente por la Ley de Empleo) y con
acuerdos y compromisos de colocación al final de los períodos formativos.
Entre las
propuestas concretas se encuentra sin duda una de las estrellas del programa, y
que ha sido la más publicitada, la reducción de la jornada de trabajo, que no
se queda en una mera referencia sino que se concreta en regular en 2024, “por
ley”, la jornada de 37,5 horas semanales (supongo que teniendo como referencia
aquello que llevó a cabo el primer gobierno socialista en 1983 al reducir entonces
la jornada laboral máxima a 40 horas semanales), dejando para un debate
posterior, con participación de todas las partes implicadas, que lleve a la
reducción a las 32 horas.
Más generales son
las propuestas sobre horas extras, jornadas variables y distribución irregular,
llamando la atención (es una propuesta también recogida por organizaciones
empresariales) la mención a procurar trasladar “el mayor número de días
laborales al lunes”, justificada “tanto para facilitar un mejor disfrute del ocio
como por razones de organización de la producción”.
Concreta a medias
es la referida al SMI, ya que es muy claro que se defiende seguir incrementándolo
para mantener la garantía del poder adquisitivo de las personas que lo cobran,
si bien dejando su concreción a acuerdos posteriores, un incremento que debe
ser útil al mismo tiempo para la mejora de todos los salarios, siendo el
diálogo social y la negociación colectiva el ámbito adecuado para hacerlo
posible.
4. Como es sabido,
el Real Decreto Ley 5/2023 traspuso parcialmente al ordenamiento jurídico
interno la Directiva 1158/2019 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de
junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida
profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la
Directiva 2010/18/UE del Consejo (remito a la entrada “Un Real Decreto-Leyómnibus, con importantes novedades en materia laboral y transposición parcialde la Directiva 2019/1158. Primera notas al RDL 5/2023 de 28 de junio, y textocomparado de las modificaciones introducidas en la LET, LRJS, LISOS y LGSS” , habiendo jugado sin duda un papel de primera importancia en ello el MITES.
Las propuestas de
SUMAR van más allá de dicha trasposición parcial, para su mejora en varios de
los contenidos y también en los de la regulación interna referida a los permiso
por nacimiento y cuidado del menor (en línea con sentencias dictadas por TSJ y
que no fueron acogidas por el TS, y que han llevado a plantear cuestiones prejudiciales
y de inconstitucionalidad ante el TJUE y el TC): en efecto, se propone “hacer
remunerado y ampliar a diez semanas hasta los doce años el recientemente creado
permiso parental, similar al existente en otros países de la UE; remunerar el
permiso de cinco días para cuidado de familiares y ampliar el permiso de baja
por maternidad para las familias monomarentales hasta las 32 semanas”.
Con carácter más
general, se plantea seguir avanzando en el desarrollo y aplicación de las
medidas adoptadas durante la anterior legislatura en materia de transparencia
salarial, facilitar el teletrabajo una regulación que facilite el trabajo a
tiempo parcial voluntario en todos los puestos de trabajo, y reforzar el
control horario de la jornada laboral. Si nos fijamos en el conjunto de todas
estas propuestas, y varias mas recogidas en el programa, observaremos que
tienen evidentes puntos de conexión con las propuestas contenidas en el informe,
encargado por el MITES, titulado “Estudio de fundamentación para la ley de usosde los tiempos y racionalización horaria” (remito a “El tiempo de trabajo y los usos del tiempo. Las propuestas decontenido laboral y los programas electorales”
).
La necesidad de
mejorar los instrumentos de participación del personal, y de sus representantes,
en las empresas también se constata de forma evidente en el programa, si bien
con planteamiento generalistas que no concretan exactamente como alcanzarla (si
bien en otros documentos y propuestas se ha planteado la reforma del
procedimiento electoral para elección de representantes, y la participación de
estos en los órganos de dirección de aquellas, y más adelante se apuesta por
afianzar la posición de los sindicatos como ”figuras centrales de la
representación colectiva dentro y fuera de la empresa (la negrita es mía)
5. Respecto a la
protección social, y tras “sacar pecho” por los innegables avances efectuados
durante la anterior legislatura para mejorar la situación de las y los
pensionistas, con actualización automática de las pensiones con el IPC, se propone,
además del mantenimiento, que crezcan por encima las mínimas y las no
contributivas, “hasta alcanzar al menos el umbral de la pobreza”.
6. Toda la
explicación realizada hasta ahora se encuentra en las propuestas generales (con
alguna concreción) en el primer bloque dedicado a la economía. Pues bien, donde
se avanza mucho más en el apartado dedicado al trabajo decente y la mejora de
la vida de las personas trabajadores, con propuestas que ya han sido expuestas
por algunas y algunos miembros de la comunidad jurídica laboralista, entre la
que sin duda destaca la aprobación de una nuevo Estatuto del trabajo que implicaría
la “resignificación del artículo 35.2 de la Constitución”, articulando la
protección del trabajo “a través del fortalecimiento de los derechos de las
personas que trabajan y del sujeto sindical, como la forma más eficaz de
profundizar en la democracia y en el bienestar de las mayorías sociales en
nuestro país”.
Con lógica satisfacción
se destacan los importantes avances efectuados desde febrero de 2020 hasta
julio de 2023, y se plantea como reto de la nueva legislatura la aprobación de
este nuevo Estatuto del Trabajo del siglo XXI, justificando la razón de ser de
la propuesta en estos términos:
“- Un Estatuto
porque queremos que el trabajo otorgue un estatus de ciudadanía completa, una
ciudadanía en el trabajo.
- Del Trabajo
porque este se presta de muchas formas y maneras y, aunque la centralidad del
trabajo subordinado es indiscutible y se tiene que seguir reivindicando, como
hemos hecho con la ley Rider, es necesaria una regulación que articule una red
básica de derechos para todos aquellos que prestan actividades profesionales,
desde los autónomos hasta los cooperativistas.
- Del siglo XXI
porque es el momento de completar varias transiciones: la digital y la verde, pero
también la transición democrática, para superar definitivamente las adherencias
autoritarias de nuestro actual ET y garantizar que no haya espacios laborales
ajenos a la participación, a la democracia, a la ciudadanía”.
7. El programa dedica
especial atención, ya lo he indicado, a la normativa sobre el tiempo de
trabajo, englobado dentro de unas propuestas más generales dedicadas a la
futura ley de “usos del tiempo para humanizar los trabajos”, en plena sintonía
con los contenidos del estudio antes referenciado, con inclusión de la
obligación de todas las empresas de 50 o más personas trabajadoras de disponer de
un “plan de mejora de la organización del tiempo de trabajo y los usos del tiempo”.
Entre las propuestas más concretas destacan a mi parecer las siguientes:
“- Impulso del
trabajo saludable medido en tiempo (ni una hora más), garantizando el derecho
de las personas a la preservación de su salud física y mental en el trabajo.
Con este fin, se propone: la limitación efectiva del tiempo de trabajo, por la
cual la distribución irregular de la jornada se realice por periodos máximos de
cuatro meses; el incremento del 100% del precio de la hora extraordinaria que
no se haya pagado ni compensado con tiempos de descanso equivalentes; el
establecimiento de periodos de descanso para proteger a las personas frente a
condiciones de trabajo que impliquen un ritmo monótono y repetitivo y la
garantía del derecho de las personas trabajadoras a la desconexión digital,
incluyendo la prohibición de la empresa de contactar con ellas fuera de la jornada
laboral”.
- Reforma de la
regulación del trabajo a turnos y del trabajo nocturno. Las personas que
trabajan a turnos o en horario nocturno tienen mayor riesgo de sufrir problemas
de salud derivados del trabajo. En atención a estas circunstancias, se propone
que las personas que trabajan en turnos rotatorios no puedan trabajar más de
cinco noches consecutivas, así como la introducción de un derecho de cambio de
turno de trabajo para las personas mayores de cincuenta años con el fin de que
puedan transitar de un turno de noche a un turno de día disponible en la
empresa y para el que tengan la cualificación profesional necesaria”.
8. Un amplio subapartado
está dedicada a la digitalización y su impacto sobre el trabajo, con propuestas
para lograr una mayor participación sindical en el diseño, regulación y
evaluación de los algoritmos en el ámbito laboral, un mayor control, y por
consiguiente una mayor limitación, de poder de dirección empresarial cuando utiliza
medios audiovisuales para ello, un expreso reconocimiento del derecho a la
intimidad en los controles por reconocimiento facial, y la puesta en marcha de
auditorias algorítmicas, debiendo demostrar la empresa que “el sistema de inteligencia artificial
utilizado en el ámbito laboral no incorpora sesgos que puedan traducirse en
discriminación”.
9. Con carácter
más general se formulan propuestas para “avanzar en la mejora de las
condiciones de trabajo y la garantía de
los derechos laborales”, evitar la precariedad y la discriminación, apostar por
una justa combinación del trabajo de calidad con la formación y el estudio, que
el trabajo autónomo sea realmente voluntario y con garantías, el impulso de la economía
social, entornos laborales “seguros y agradables”, avanzar en los derechos colectivos
de participación democrática en las empresas, la defensa de la universalidad de
derecho a la protección social, la dignificación del empleo público, y la lucha
contra el racismo y la xenofobia en todas las políticas sobre migración.
Remitiendo a todas
las personas interesadas a la lectura íntegra de estos muy amplios apartados del
programa, destaco a continuación algunas de las propuestas que creo que tienen
mayor grado de concreción y que implicarían sin duda la modificación de la
normativa laboral y de protección social vigente:
“23. Reforzaremos
las garantías de las personas trabajadoras en las modificaciones sustanciales
de las condiciones de trabajo y en los descuelgues. Revisaremos las causas para
que solo en situaciones que afecten a la viabilidad de la empresa se pueda
recurrir a estos procedimientos, que deberán ser negociados, dando prioridad a
la negociación con las organizaciones sindicales y garantizando el carácter
reversible de las medidas adoptadas.
24. Estableceremos garantías para las personas trabajadoras frente al despido mediante un sistema restaurativo y disuasorio, así como mediante el reforzamiento de la causalidad en los supuestos de extinción de la relación laboral. Ello implica el derecho del trabajador a la readmisión o a la indemnización por despido improcedente, incluyendo el cese durante el periodo de prueba. En ambos casos, se reconocerá el derecho a una indemnización adicional que compense efectivamente el daño causado en atención a las circunstancias del despido y a la capacidad económica de la empresa” (mi parecer en “Estreno de la miniserie “La indemnización pordespido: el Reino de España ante el Comité Europeo de Derechos Sociales”(spoiler: falta el capítulo final)”
35. Reconoceremos un permiso anual para formación. Las personas trabajadoras, incluidas las personas socias trabajadoras y autónomas de actividad empresarial, tendrán derecho a un permiso anual para formación acreditable. Durante dicho permiso, la empresa o la persona autónoma tendrán derecho a una bonificación de las cuotas empresariales y la persona trabajadora se considerará en situación legal de desempleo a efectos de percibir prestación por desempleo durante la misma.
45. Reconoceremos
a las personas autónomas dependientes de un cliente el derecho a las
condiciones económicas y de jornada máxima previstas en el convenio colectivo
aplicable a dicha empresa-cliente.
58. Aprobaremos
una ley marco básica estatal que regule los mínimos para las cooperativas y las
sociedades laborales, estableciendo un número máximo de personas asalariadas,
condiciones mínimas de trabajo, etcétera.
66. Garantizaremos
una eficaz protección de la salud y la seguridad de las personas trabajadoras en
las empresas con una plantilla inferior a cincuenta personas. El 97% de las
empresas españolas tiene menos de cincuenta personas trabajadoras, siendo en
este tipo de empresas donde se aprecia un menor cumplimiento de la normativa de
prevención de riesgos. El 60% de los accidentes mortales se producen en
empresas con menos de veinticinco personas trabajadoras. Es urgente hacer un
esfuerzo especial para garantizar la protección eficaz de la salud y la
seguridad de las personas trabajadoras en estas empresas; para ello, se creará
la figura del delegado sindical territorial de seguridad.
70. Reordenaremos
las relaciones ley-convenio colectivo. Con el fin de favorecer la negociación colectiva
(tanto en el ámbito empresarial como en el superior) y evitar vacíos de
regulación, la ley fijará subsidiariamente, o con carácter suplementario en todo
caso, las condiciones de trabajo de aquellas materias cuya concreción dependa o
se remita a ella.
77. Garantizaremos
que todas las personas residentes en España tengan derecho a la protección por
la Seguridad Social, incluidas las personas residentes en situación de
irregularidad desde el momento en que presten trabajo por cuenta ajena: si
tienen derecho al salario, también han de tenerlo a la Seguridad Social.
Asimismo, mejoraremos las fuentes de financiación del sistema para evitar que
el equilibrio financiero se busque a través del recorte de las prestaciones.
3. Reforma y
actualización de la ley y del reglamento de extranjería. La Ley y el Reglamento
de Extranjería generan alta inseguridad jurídica, además de mantener
procedimientos extremadamente complejos para la población. Se simplificarán y
se unificarán los procedimientos de solicitud de residencia. La irregularidad
supone para el Estado español un coste medio anual de entre 2.200 y 2.400 euros
por inmigrante, mientras que la regularidad podría suponer un beneficio de 790
y 950 millones de euros por año para las arcas públicas.
4. Reforma de la
Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su
Integración Social (LOEX) que prime los criterios de reconocimiento de derechos
y que introduzca un procedimiento de regularización permanente”.
10. Muchas propuestas,
como puede comprobarse. Falta el encaje con las del otro socio de gobierno. En
ello están las partes. Mientras tanto, buena lectura y a la espera del segundo
debate de investidura.
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