1. Acostumbrado,
mucho más por obligación que por devoción, a la participación virtual, ya sea como
ponente o como asistente, en los muchos congresos, jornadas y reuniones celebradas
desde que comenzó la crisis sanitaria a mediados de marzo del pasado años, les
he de confesar que el pasado jueves tenía una muy agradable sensación cuando
subía al Tren AVE a primera hora de la mañana para desplazarme a Madrid a
participar, presencialmente en el I Congreso interuniversitario OIT sobrejusticia social, trabajo decente y objetivos de desarrollo sostenible, organizado conjuntamente con la Universidad Complutense de Madrid y que se
celebraba en su histórica Facultad de Derecho, cuyo objetivo era según el
programa, y que se ha conseguido a mi parecer, “generar un espacio académico de
reflexión, multidisciplinar y plural, sobre las grandes tendencias actuales en
el ámbito del trabajo, en el contexto de la COVID-19 y de la crisis climática”.
Esa misma
sensación agradable la tuve al regresar a última hora de la tarde del viernes a
Barcelona, ya que tanto la calidad de todas las ponencias del Congreso como de
las comunicaciones que tuve la oportunidad de escuchar fue excelente, y además
el reencuentro con compañeros y compañeras de la UCM y de otras Universidades,
además de con miembros de la OIT, permitió recuperar el contacto y las
conversaciones presenciales que creo que tanta falta nos hacía.
Por todo ello, aquello
que debo hacer en primer lugar, antes de redactar estas breves notas sobre los
aspectos a mi parecer más relevantes del Congreso, además de hacer mención a
otros contenidos, es felicitar a su comité organizador, que creo que puedo
personificar, con conocimiento de causa, en las personas de la profesora Yolanda
Sánchez Uran, Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la
UCM, y de María Luz Vega, asesora principal del Departamento de Investigación
de la OIT.
2. Con este
Congreso se ha recuperado la relación de la OIT con el mundo universitario que
tuvo una primera y muy relevante plasmación en el celebrado en Sevilla los días7 y 8 de febrero de 2019 y dedicado al futuro del trabajo, como aportación a
los debates en el seno de la organización internacional sobre la Declaración
del Centenario de la OIT En la entrada dedicada a dicha reunión
manifesté lo siguiente:
“Me parece
extraordinariamente positivo el contacto interdisciplinar para abordar todas
las cuestiones que afectan al trabajo del futuro, sin olvidar, ni mucho menos
la realidad actual y la necesaria transición, como también lo es, desde una
perspectiva de mayor participación de las personas asistentes, que gran parte
del primer día se dedicara a la presentación, en diversos grupos de trabajo, de
las más de 140 comunicaciones presentadas, y que igualmente casi la mitad del
tiempo dedicado a cada una de las cuatro conversaciones (Trabajo y sociedad,
trabajo decente para todos, organización del trabajo y la sociedad, y la
gobernanza del trabajo) fuera para la presentación de las tes comunicaciones
seleccionadas en cada una de ellas por las y los miembros del comité
científico.
Con el Congreso,
no se cierra en modo alguno un ciclo de análisis y debates sobre la iniciativa
lanzada por la OIT en 2017 y que debe culminar con una declaración en la
Conferencia Internacional del Trabajo del próximo mes de junio, sino que se
fortalece ese análisis y debate para seguir aportando ideas y propuestas desde
todos los ámbitos relacionados con el mundo del trabajo para conseguir que
tanto el primero (mundo) como el segundo (trabajo) puedan ser mucho mejores
para la gran mayoría de la población (que en su gran mayoría, permítanme la
redundancia porque tiene plenamente razón de ser, es trabajadora)”.
“… Concluí mi
intervención con una llamada a la doctrina iuslaboralista, tanto la académica
como la administrativa y la judicial, para seguir reivindicando, y no se
extrañen por lo que voy a decir a continuación, el cumplimiento de la normativa
laboral y de Seguridad Social. Dicho cumplimiento… no es a mi entender nada más
ni nada menos que un signo de modernidad, porque no hay nada más moderno, y por
ello le pedía a la OIT que tomara nota de ello, que conseguir que todas las
personas, en su gran mayoría trabajadoras, tengan derechos, y entre ellos el de
un trabajo digno y decente”.
3. El Congreso, inicialmente
previsto para noviembre de 2020, aplazado por razones suficientemente conocidas
hasta el mes de junio, y con un segundo aplazamiento por los mismos motivos
hasta las fechas del pasado jueves y viernes, fue ya objeto de mi atención en
una entrada publicada en este blog el 30 de mayo, de la que me permito
reproducir unos fragmentos que guardan directa relación con el evento recién
concluido:
“El martes 25, y
por iniciativa de la Oficina de la OIT en España…, nos reunimos un grupo de
personas que hemos estado desde sus inicios en el grupo impulsor de la
“Iniciativa interuniversitaria OIT para el trabajo decente, los objetivos de
desarrollo sostenible (ODS) y la justicia social”…. De dicha reunión surgió el
compromiso de difundir desde nuestras respectivas redes sociales y ámbitos
académicos la revitalización de la Iniciativa… Así lo hago …ya que comparto
plenamente la importancia del evento, y mucho más no sólo por las consecuencias
de la crisis en el ámbito social sino también porque han de surgir propuestas,
algunas de ellas ya contenidas en la memoria del Director General de la OIT y
en especial en el proyecto de documento final de la conferencia que será
sometido a debate a partir de la próxima semana, para responder a los nuevos, y
algunos no tan nuevos, con los que se enfrenta el mundo del trabajo, y siempre
desde la perspectiva de apostar por un trabajo decente y digno para toda
persona.
Me permito … recordar…
que se pretende dar continuidad a la relación entre el OIT y el mundo académico
iniciada con los debates y jornadas de estudio sobre la Iniciativa sobre el
futuro del trabajo puesta en marcha por dicha organización internacional en
2017. La Iniciativa, lanzada por el Departamento de Investigación (Research) de
la OIT y la Oficina de la organización para España, pretende, tal como se
explicaba en la “nota conceptual” remitida a todas las Universidades que han
firmado, o están en trámite de hacerlo, memorandos de entendimiento o convenios
de colaboración con la OIT, “dar cauces de participación a la colaboración
entre la OIT y el mundo académico, que permitan disponer de la amplia e
interesante producción académica que existe en España, que constituye un patrimonio sumamente
valioso para la comprensión de los cambios que viene experimentando el mundo
del trabajo”. Sus objetivos son “Conformar un espacio interuniversitario en el
que se promueva la investigación y difusión de conocimiento científico sobre el
trabajo decente, los objetivos de desarrollo sostenible y la justicia social”,
y “Desarrollar un enfoque interdisciplinario en las investigaciones que se
produzcan en el marco de la Iniciativa”.
La Iniciativa se
propone profundizar en líneas de investigación que afecten especialmente al
mundo del trabajo en la sociedad cambiante en la que vivimos y en donde cada
vez son más relevantes cuestiones tales como “las transformaciones tecnológicas
y digitales, los cambios en la organización de la producción y del trabajo, la
transición energética y ecológica para hacer frente al cambio climático, las
tendencias demográficas desiguales en un mundo desigual, y las crecientes
demandas en favor de la igualdad de género”.
Entre las actividades que promoverá la Iniciativa se encuentra la
celebración de nuevos debates y jornadas de trabajo, así como la organización
de la primera edición del “Congreso interuniversitario OIT”.
4 Casualidades de
la vida, el Congreso coincidió con la celebración de la Jornada anual, ya la
número XXXIV, de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, cuya
presidencia ostenta el profesor Jesús Cruz Villalón, dedicada este año a “Medidas
de igualdad por razón de género en la negociación colectiva" , y como dice el refrán castellano “la ocasión la pintan calva” para poder
asistir, siquiera fuera solo durante una parte de la jornada, ya que la calidad
de quienes intervenían como ponentes animaba a ello.
Aunque únicamente pude
escuchar una parte de las intervenciones, fue también la oportunidad de
conversar, en la pausa entre una mesa de trabajo y la siguiente, con personas
directamente conocedoras de la marcha de las negociaciones en la mesa de
diálogo social sobre los cambios a introducir en la normativa laboral vigente,
y tengo la sensación de que las negociaciones avanzan, aunque sea en ocasiones
a trancas y barrancas, y que la posibilidad de un acuerdo tripartito existe, y
también soy del parecer que el gobierno tiene intención en cualquier caso de
llevar al BOE dichos cambios antes final de año para dar cumplimiento a los objetivosfijados en el Plan de recuperación, transformación y resiliencia
Dicho sea
incidentalmente, observen que he omitido, deliberadamente, la utilización de un
término exacto para calificar tales cambios, ya que no creo en la magia de las palabras
sino en los contenidos de los textos que se acuerdan y aprueban, y por ello “derogar”,
“reformar”, “modificar”, “modernizar”, “reconstruir”, términos utilizados tanto
por autoridades políticas como por responsables de las organizaciones sociales,
y también en el mundo mediático, no tienen, insisto, a mi parecer, mayor
importancia, ya que al final aquello que importa, también reitero, es el contenido
de cada precepto, nuevo o modificado, del texto aprobado.
Justamente sobre
el uso y abuso de algunos términos, y de la importancia de prestar atención a
los contenidos esenciales del debate, se refiere un interesante artículo del profesor,
y reconocido bloguero, Antonio Baylos, publicado el día 19 con el título “¿Reforma,derogación de la reforma, modernización? ,
en el que concluye, con altas dosis de pragmatismo, que “En cualquier caso es
tiempo de reformas. Que deben dar resultados satisfactorios, alejando el
espectro de una legislación sobre el trabajo que degrada los derechos
individuales y colectivos de las personas. Estaremos atentos a la conclusión de
este proceso de negociación de gran importancia para el inmediato futuro de
nuestras relaciones laborales”.
También es muy
recomendable, tanto por la relación directa de algunos artículos con la temática
de la Jornada de la CCNCC como por su total relación con el Congreso OIT-UCM, la
lectura del último número (37, octubre 2021) de “Gaceta sindical. Reflexión y
debate”, editada por la C.S. de CC.OO, dedicado monográficamente a “Las políticas
socioeconómicas en la pandemia: una
primera evaluación y propuestas de futuro” ,
y de cuyo contenido encontramos una perfecta síntesis, además obviamente de
aportaciones propias, en la Introducción a cargo de su director, Jorge Aragón,
y del secretario de organización de CCOO, Fernando Lezcano, y de la que permito
reproducir dos párrafos que sintetizan perfectamente a mi parecer aquello que
se pretende transmitir:
“La pandemia ha
puesto de manifiesto las graves carencias de nuestro modelo socioeconómico
precisamente en la dotación de esos bienes colectivos, tanto por la insuficiencia
de recursos financieros como por las precarias condiciones laborales de muchas
de las personas que trabajan en ellos y, con ello, la insuficiencia de recursos
humanos y una adecuada cualificación.
Aprender socialmente esta lección no solo
implica defender la gestión pública de actividades esenciales para el conjunto
de los ciudadanos y dotarla de recursos financieros y humanos suficientes.
Implica, también, que el Estado no debe limitarse a desempeñar el papel pasivo
de corregir los “fallos de mercado” sino a conformar, sobre bases y procesos
democráticos de decisión, los objetivos esenciales para la comunidad y liderar
su desarrollo y gestión. Una perspectiva que vuelve a señalar el diferente
significado de valor y precio sobre el que debatieron los economistas clásicos,
especialmente Carlos Marx, y que recupera la economista Mariana Mazzucato, una
potente voz en la actualidad, que defiende la necesidad de un “Estado emprendedor”
con capacidad de innovación y liderazgo para crear mercados, regularlos y
garantizar que sus resultados se ciñen a los objetivos acordados
colectivamente, orientados por la cooperación y no solo por la competencia. En
definitiva, garantizar su valor social más allá del precio”.
5. El Congreso celebrado
en la Facultad de Derecho de la UCM abordó cinco ejes temáticos, todos ellos de
indudable importancia y con un carácter plenamente interdisciplinar, con un muy
amplio número de comunicaciones presentadas tal como puede comprobarse en su
programa.
El primero,
dedicado al “Derecho del Trabajo, reformas socio-laborales, trabajo decente e
instituciones del trabajo”; el segundo estuvo dedicado a “discriminación e
igualdad: los efectos de la pandemia”; el tercero prestó atención a la “transición
justa en el marco de la agenda climática”; el cuarto abordó la problemática de
la Covid-10 y la reconstrucción económica y del empleo, es decir “el trabajo
tras la pandemia; programas y normas para un trabajo decente”; por último, el
quinto eje estuvo completamente dedicado a uno de los contenidos centrales del
Congreso, cual era el análisis no solo de cuáles son, ya suficientemente conocidos,
sino de como pueden llevarse a cabo y qué se está haciendo al respecto, los “objetivosde desarrollo sostenible”
Sobre la temática
abordada en el quinto eje del Congreso me permito remitir a una entrada
publicada hace ya dos años, concretamente el 14 de noviembre de 2019, titulada “LaDeclaración del Centenario de la Organización Internacional del Trabajo y losObjetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de Naciones Unidas. Elobjetivo irrenunciable del trabajo decente”, que recogió mi intervención en la Jornada organizada por la Universidad Carlos
III de Madrid y de la que reproduzco un breve fragmento:
“… La organización
del evento ha tenido la amabilidad, que le agradezco, de invitarme a participar
para hablar sobre aquello que es el título de la presente entrada, es decir la
Declaración del Centenario de la OIT y los ODS.
Dicha invitación
me parece una excelente oportunidad para analizar, obviamente de forma más
detallada que en mi intervención oral, las relaciones entre dicha declaración y
los ODS, en el bien entendido que el punto de referencia central sobre el que
debe girar la exposición es el del trabajo decente, recuperando cuando lo he
considerado necesario algunas tesis e ideas expuestas en anteriores
aportaciones propias, y destacando los contenidos más relevantes, a efectos de
relacionarlas, de la Declaración y de los ODS, en especial obviamente aquellos
que guardan relación, de manera más o menos directa, con el mundo del
trabajo.
Por ello, el
primer bloque de mi exposición se centra sobre el trabajo decente, al que la
propia Oficina de la OIT en España dedicó especial atención en una nota explicativa
sobre el mismo con ocasión de la celebración el pasado 7 de octubre del día del
trabajo decente, poniendo de manifiesto que forma parte de los compromisos
adoptados por toda la comunidad internacional en el marco de los ODS, y que es
necesario seguir insistiendo en la importancia de adoptar las medidas adecuadas
para su aplicación y desarrollo, ya que “todavía hoy, en 2019, hay que superar
enormes desafíos para alcanzar el trabajo decente para todas las personas del
mundo del trabajo, que constituye el Objetivo nº 8 de los mencionados ODS”, y
subrayando que los objetivos marcados en la Declaración del Cententario, y que
deben ser compartidas con las demás instituciones multilaterales, “están
incluidas en los ODS de la Agenda 2030 de la ONU, en particular en el Objetivo
nº 8…”.
6. El primer panel
del Congreso, estuvo dedicado al cuarto eje temático, abordado desde una perspectiva
internacional. No tuve la oportunidad de escuchar loa máximos responsables de
la Organización Internacionales de Empleadores (OIE) y de la
Confederación Internacional de Sindicatos (CSI), Roberto Suárez y Sharan Burrows,
si bien conozco las tesis de cada organización ya que se han pronunciado en
repetidas ocasiones sobre la temática abordada y así se recoge en sus
respectivas páginas web.
Especial atención,
y no creo que pudiera ser de otra forma, le ha dedicado la CSI, que insiste en
la importancia de “un Nuevo Contrato Social entre trabajadores, Gobiernos yempresas, que incluya una Garantía Laboral Universal como piso mínimo para
todos los trabajadores y las trabajadoras”, subrayando que “Aplicando un Nuevo
Contrato Social se garantizaría que se respeten los derechos, que los empleos
sean decentes con salarios mínimos vitales y negociación colectiva, que la
protección social sea universal, que la diligencia debida y la rendición de
cuentas dirijan las operaciones de las empresas, y que el diálogo social
asegure medidas de transición justa en cuanto al clima y la tecnología”
Mucho más concreta
es la declaración de varios sindicatos internacionales con ocasión de la
reunión anual de las Naciones Unidas, “Declaración de la agrupación GlobalUnions a la CSW66: Los Sindicatos Globales hacen un llamado a la acción parauna transición justa, inclusiva y transformadora de género para un mundo verdey cuidador”, , hecha pública el 28 de octubre, en la
que en el apartado dedicado a “Garantizar una Transición Justa y un mundo del
trabajo inclusivos y transformadores de género”, se formulan estas peticiones:
“• Crear 575
millones de puestos de trabajo decentes, respetuosos con el clima y el cuidado
de las personas, incluidos los puestos de trabajo para mujeres (jóvenes) en los
sectores de Ciencias, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas; • Políticas
laborales sostenibles guiadas por el diálogo social para crear un trabajo
decente para todos, incluyendo salarios mínimos vitales, la formalización
inclusiva de los empleos informales, respaldados por los derechos laborales
internacionales. Entre ellos se encuentran la libertad de asociación y el
derecho a la negociación colectiva (Convenios 87 y 98 de la OIT), el derecho a
un mundo laboral libre de violencia y acoso (Convenio C190 y Recomendación 206
de la OIT), la igualdad de retribución por un trabajo de igual valor en todos
los sectores (Convenio 100 de la OIT);
• Garantizar la
salud y la seguridad en el trabajo como derechos laborales fundamentales, y los
Convenios de la OIT específicos de género (C111, C156, C183 y C189);
• Protección
social universal para todos, apoyada por un Fondo Mundial de Protección Social
en apoyo de los países del Sur; y reconocimiento del valor del trabajo de
cuidados no remunerado dentro de los regímenes contributivos de seguridad
social;
• Mejorar el
acceso de las mujeres a la formación profesional pública de calidad y a los
sectores con segregación ocupacional por razón de género…”.
7. Sí tuve ya la
oportunidad de escuchar las comunicaciones presentadas en la mañana del jueves al
eje 1 y que abordaron la influencia de la tecnología (fundamentalmente la
robótica y la inteligencia artificial) en el trabajo, no ya en su futuro sino
también en el presente, y las consecuencias sobre la creación/remodelación/destrucción
de empleo, vinculado a las necesarias políticas de formación y recualificación
del personal afectado, aunque a fuer de ser sinceros creo que la formación es
necesaria para todas las personas, trabajadoras o no (siempre según las estadísticas,
ya que una parte del trabajo, dedicado al cuidado, no aparece como tal en
ellas), dada la importancia que tiene la tecnología en nuestras vidas. Al
respecto, remito a la entrada “Tecnología y relaciones laborales. A vueltas conel impacto de la inteligencia artificial, algoritmos, robótica y tecnologíasconexas en el mundo del trabajo”
También resultaron
especialmente interesantes las comunicaciones que tuve oportunidad de escuchar
en la sesión de tarde del mismo día y en la mañana del viernes, dedicadas a la
transición justa, cambio climático y empleos verdes, y los cambios en el mundo
del trabajo debidos a la pandemia. En la primera se abordó, entre otros temas,
el de la importancia que están adquiriendo los “desplazados medioambientales” y
como debe abordar el mundo del trabajo esta problemática, y en la segunda las
cuestiones relativa al teletrabajo, la efectiva aplicación del convenio 158 de la
OIT, o cómo afecta la necesaria protección de la salud a la vestimenta en el
trabajo, y los consiguientes derechos y obligaciones de ambas partes de la
relación contractual laboral, fueron de especial interés a mi parecer, por lo que
permito felicitar a todas las personas intervinientes, a la espera de una
atenta lectura de sus comunicaciones cuando sean publicadas.
8. Muy interesante
resultó el panel 2, dedicado al segundo eje temático, en el que se puso de
manifiesto por la y los ponentes los efectos de la pandemia sobre el incremento
de las desigualdades y las discriminaciones existentes en el mercado de
trabajo. Al respecto, son de obligado seguimiento los informes periódicos elaborados
por la OIT, siendo el último hecho público el 27 de octubre
En el citado documento
se encuentra, con datos recientes y según se explica en una nota informativa,
“una visión general de la forma en que los países afrontan su recuperación,
dieciocho meses después del comienzo de la crisis. Sobre la base de nuevos
datos disponibles, se hace hincapié en la pauta de recuperación de varios
países desarrollados y países en desarrollo. En el informe también se aborda
asimismo la incidencia del índice de vacunación en los mercados de trabajo por
región, así como la repercusión adversa de la crisis de COVID-19 en el nivel de
productividad y las empresas”.
La síntesis del
amplio informe se encuentra en la nota de prensa que lleva este significativo
título, “OIT: Empeora la previsión del impacto de la pandemia en el empleo”,
acompañada del subtítulo “En vísperas de la Cumbre de Líderes del G20, la OIT
advierte del estancamiento de la recuperación del mercado laboral mundial y de
las importantes disparidades entre las economías avanzadas y en desarrollo” . En dicha nota encontramos las declaraciones
del Director General, Guy Rider, quien se manifestó en estos claros y
contundentes términos: “La trayectoria actual de los mercados de trabajo es de
una recuperación estancada, con la aparición de importantes riesgos a la baja,
y una gran divergencia entre las economías desarrolladas y en desarrollo”, dijo
el Director General de la OIT, Guy Ryder. “Es dramático que estas tendencias
vengan determinadas por la desigualdad de la distribución de las vacunas y de
la capacidad fiscal, y es acuciante solucionar ambos aspectos”. “En la OIT ya
hemos empezado a actuar. El pasado mes de junio, la Conferencia Internacional
del Trabajo adoptó un Llamamiento mundial a la acción para una recuperación
centrada en las personas de la crisis causada por la COVID-19, una hoja de ruta
que compromete a los países a velar por que la recuperación económica y social
de la crisis sea plenamente inclusiva, sostenible y resiliente. Es hora de
aplicar esta hoja de ruta que está en total consonancia con el Programa Común
de las Naciones Unidas y su Acelerador Mundial para el Empleo y la Protección
Social, y que los complementa”.
9. La segunda
jornada del Congreso estuvo dedicada al quinto eje temático, básicamente al
análisis de como se están aplicando los objetivos de desarrollo sostenible a
escala internacional y española, a cómo llevar a cabo la transición justa en el
marco de la agenda climática, y de cuales son los retos para dicha transición
justa respecto al medio ambiente y la salud.
Desde una
perspectiva interdisciplinar, reconozco que fue un verdadero placer escuchar especialmente,
y aprender mucho de ellas, las intervenciones de ponentes del ámbito científico,
que explicaron de forma muy clara y didáctica las consecuencias que está teniendo
el cambio climático sobre nuestras vidas, y muy en especial poniendo de
manifiesto el impacto negativo sobre los colectivos vulnerables.
Desde la reflexión
jurídica, creo que es especialmente importante conseguir que se refuerce en el
marco de los derechos y principios fundamentales de la OIT, el de la salud. Recordemos
que ya en 2019 la Conferencia Internacional anual adoptó una resolución en la
que se pedía al Consejo de Administración que incluyera las condiciones de
trabajo seguras y saludables en el marco de los principios y derechos
fundamentales en el trabajo de la OIT. Pues bien, en la nota de prensa en la que se informa de los resultados de la última reunión del Consejo, que
finalizó el pasado día 12, se informa de que se acordó incluir dicha cuestión en
el orden del día de la próxima conferencia internacional, pidiendo a la Oficina
que prepare “un documento de referencia para la 344ª reunión del Consejo de
Administración, que se celebrará en marzo de 2022, así como un proyecto de
resolución para su consideración en la 110ª reunión de la Conferencia del año
próximo”.
En la Resolución por la que se acordó dicha inclusión se da cuenta de que “para incluir las
condiciones de trabajo seguras y saludables en el marco de los principios y
derechos fundamentales en el trabajo, habría que determinar de manera formal
que uno o más de los convenios sobre seguridad y salud en el trabajo deberían
considerarse como convenios fundamentales en el sentido de la Declaración de
1998 y que su ratificación debería promoverse sobre esta base”, y también que “Además
del examen para determinar qué convenios sobre seguridad y salud en el trabajo
deberían considerarse fundamentales en el sentido de la Declaración de 1998,
sería importante examinar si la Declaración enmendada debería referirse al
«derecho a condiciones de trabajo seguras y saludables» o al «derecho a un
entorno de trabajo seguro y saludable». A este respecto, se propone utilizar la
segunda expresión sobre la base de las definiciones establecidas en las normas
relativas a la seguridad y salud en el trabajo”.
10. A lo largo de
todo el Congreso se puso especial énfasis en las medidas que deben adoptarse
tanto a escala europea como española en el marco del programa Next Generation y
de los respectivos planes de recuperación, transformación y resiliencia, para
potenciar el crecimiento del empleo, su calidad, y con atención especial a los
sectores que faciliten la transición justa.
Pues bien,
justamente el día 19 se publicaba en el BOE la Orden TES/1267/2021, de 17 denoviembre “por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones públicas, destinadas a la financiación del "Programa
Investigo", de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en
la realización de iniciativas de investigación e innovación, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
Me interesa ahora
destacar de dicha norma, en relación con la temática del Congreso, que su art.
2, dedicado a ”actividades y ocupaciones de preferente cobertura”, dispone en
su apartado 2 que “las iniciativas de innovación e investigación y las de los
departamentos de I+D+i se desarrollarán preferentemente en ocupaciones
referidas a sanidad, transición ecológica, economía verde (energías renovables,
tratamiento de aguas y residuos e industria agroalimentaria), así como
digitalización de servicios y «data science»”.
En el ámbito más
estrictamente laboral, la norma va dirigida a “la contratación de personas
jóvenes demandantes de empleo, de 16 o más años y que no hayan cumplido treinta
años en el momento de comenzar la relación contractual, por los organismos de
investigación y difusión de conocimientos, universidades públicas, centros
tecnológicos, parques científicos y tecnológicos, entidades públicas sujetas a
derecho privado y entidades privadas sin ánimo de lucro, junto con empresas que
estén invirtiendo en investigación e innovación pertenecientes al sector
público o privado, en la realización de iniciativas de investigación e
innovación contempladas en esta norma”, previéndose que la duración de los contrato
a subvencionar será como mínimo de 12 meses y que la duración de la subvención
será de un máximo de dos años.
Además de la edad
referenciada, la norma dispone en su art. 8 que las personas que sean contratadas
deberán encontrarse desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el
servicio público de empleo, y que, además, y aquí habrá que esperar a conocer
las bases de cada convocatoria, “deberán cumplir los requisitos exigidos para
la modalidad de contrato que se formalice, ajustándose a las circunstancias
concretas de cada iniciativa, acorde con la legislación vigente. Estos
requisitos se habrán de cumplir al inicio de su participación en el programa”.
La nebulosa jurídica sobre la modalidad o modalidades contractuales a utilizar,
y más teniendo en cuenta las negociaciones actuales sobre la reforma de las
modalidades existentes, se mantiene en el art. 13, ya que el apartado 3 dispone
que “las entidades y centros beneficiarios contratarán a las personas
trabajadoras seleccionadas utilizando la modalidad de contratación que mejor se
ajuste a las circunstancias concretas de cada iniciativa, acorde con la
legislación laboral, de prevención de riesgos laborales y de Seguridad Social
vigente”, si bien se recoge expresamente en su apartado 6 que La persona joven
contratada tendrá los mismos derechos que el resto de los trabajadores de la
empresa, “según lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre, en el Convenio Colectivo de aplicación y en el contrato de trabajo
vinculado al proyecto de investigación”.
11. Con la
clausura del Congreso, con la conferencia magistral a cargo de la profesora
María Emilia Casas, Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
de la UCM, y de las intervenciones de Yolanda
Sánchez Uran y María Luz Vega, se daba el pistoletazo de salida para seguir
trabajando conjuntamente la OIT y el mundo universitario en la búsqueda de
respuestas a cómo conseguir un trabajo digno, un trabajo decente, para todas
las personas. Que no decaiga, que no decaigamos en el empeño.
Buena lectura.
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