1. Los últimos
meses han sido muy prolíficos por lo que respecta a la publicación de normas, informes
y documentos sobre las políticas de empleo, principalmente las denominadas “activas”
pero también sin dejar de interesarse por la necesaria protección a las
personas desempleadas, las llamadas, con terminología que cada vez me parece más
inapropiada ya que con ellas se busca también mejorar la situación laboral de
las persona trabajadoras, política “pasivas”.
En una reciente
entrada http://www.eduardorojotorrecilla.es/2021/08/tecnologia-y-relaciones-laborales_28.html
ya me he referido a algunas de ellas desde
la perspectiva de la relación del cambio tecnológico con la mejora de dichas
políticas para facilitar tanto el acceso al empleo como la permanencia en el
mercado de trabajo, a la par que satisfacer las necesidades empresariales de
disponer de un personal formado y adecuadamente cualificado ante los cambios
especialmente acelerados en la actividad productiva, y en los hábitos de compra
de las personas, durante la crisis sanitaria.
Sobre la formación
del personal, y los conocimientos y aptitudes que se requieren de cada a los
cambios que ya se están operando en el mundo empresarial, es de interés la
lectura del artículo “Defining
the skills citizens will need in the future world of work”, redactado por Marco
Dondi, Julia Klier, Frédéric Panier y Jörg Schubert. El artículo parte de la
premisa de que en un mercado laboral cada vez más automatizado, digital y
dinámico, "todos los ciudadanos se beneficiarán de tener un conjunto de
habilidades fundamentales que les ayuden a cumplir los tres criterios
siguientes, independientemente del sector en el que trabajen o de su ocupación:
añadir valor más allá de lo que pueden hacer los sistemas automatizados y las
máquinas inteligentes: operar en un entorno digital; adaptarse continuamente a
las nuevas formas de trabajo y a las nuevas ocupaciones".
Solo recuerdo
ahora que en la citada entrada hago referencia en primer lugar a la consulta
pública abierta por el Ministerio de Trabajo y Economía Social el 18 de agosto
como paso previo a la elaboración de un “proyecto de ley de empleo” que caso de
ser finalmente aprobado derogaría la norma actualmente vigente, el Real Decreto
Legislativo 5/2015 de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de Empleo; en segundo término,
a la reforma de las políticas activas de empleo y la digitalización del Servicio Estatal
Público de Empleo para su modernización y eficiencia, que se encuentra en las
reformas propuestas en el “Plan de recuperación, transformación y resiliencia” presentado por el gobierno español a la
Comisión Europea y que ha recibido una valoración positiva por parte de esta,
así como también a la Nueva Estrategia española de apoyo activo al empleo
(2021- 2024) que obtuvo el visto bueno de todas las Comunidades Autónomas en
la conferencia sectorial de empleo y asuntos laborales celebrada el 28 de
abril, y al recientemente aprobado Plan Garantía Juvenil Plus 2021-2027 de
trabajo digno para las personas jóvenes.
En tercer lugar, reforzando
todo lo anteriormente expuesto, y con perspectiva de futuro a medio y largo
plazo, se encuentran las reflexiones y propuestas formuladas en el documento “España
2050. Fundamentos y propuestas para una estrategia nacional de largo plazo”.
Por último, y desde luego no menos importante, analicé cómo aborda la relación
entre el empleo y el cambio tecnológico, el último borrador conocido del “Plan
estratégico de la ITSS 2021, 2022 y 2023”, que parte en su análisis de las relaciones
laborales del “imparable avance de la tecnología y de la digitalización, que
alcanza una singular y notable repercusión en la esfera del trabajo, y a la
reivindicación de una verdadera igualdad, material y no solo formal, entre
mujeres y hombres en el ámbito laboral”.
El objetivo de la
presente entrada es repasar los contenidos más relevantes, siempre a mi parecer
obviamente, de esas normas, informes y documentos que se han publicado y que he
tenido oportunidad de leer, aunque, a fuer de ser sincero, he de decir que de
algunos de los documentos e informes solo he leído los amplios resúmenes ejecutivos
que se han publicado para cada uno de ellos.
A ellos me refiero a continuación y lógicamente iniciaré la exposición con las referencias a las normas
dictadas en el ámbito comunitario que versan sobre la nueva regulación de los
fondos estructurales comunitarios y de aquellos creados para dar respuesta a la
grave situación económica y social derivada de la crisis sanitaria.
2. Pero antes, formulo
unas consideraciones generales sobre el futuro del empleo, o más ampliamente
del futuro del trabajo… sin olvidar que hemos de estar muy atentos al presente.
Estas son, simplemente, unas notas para debate.
-- Se constata un incremento de las desigualdades
económicas y sociales provocado por la actual crisis pero que se arrastra desde
hace muchos años. Así se confirma en los estudios de las organizaciones
internacionales (OIT, FMI, OCDE). Desigualdades,
no solo existentes a escala internacional sino también en el seno de cada Estado.
--
Las posibilidades que se abren en Europa, y por tanto en España, con el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Una oportunidad que no puede ni debe
desaprovecharse ante el futuro que nos aguarda después de la pandemia. Remito a
http://www.eduardorojotorrecilla.es/2021/05/planes-programas-y-estrategias-notas.html
-- Mención específica a España durante la crisis, aunque puede ser
trasplantada a otros países en los que existes mecanismos de protección
semejantes. Mala utilización por parte de algunos sectores empresariales de los
mecanismos de suspensión de los contratos de trabajo y de reducción de jornada.
Influencia en el deterioro de las condiciones laborales y en la poca atención a
la clientela presencial en algunos establecimientos. ¿Igual o más trabajo con
menos personal y peor atención? ¿Más trabajo = horas extras encubiertas y en
bastantes casos no remuneradas, o no cotizadas a la Seguridad Social?
Muy interesante al respecto es el último borrador conocido del Plan
Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2021-2023, con
40 objetivos tendentes a “garantizar unas condiciones de trabajo dignas,
seguras y saludables y avanzar en la recuperación de derechos laborales”, debiendo
incidir la actuación de la ITSS “en líneas generales”, sobre las siguientes
materias:
“Trabajo que garantice un ingreso justo: actuaciones en materia de
salarios.
Jornadas que no vayan en detrimento de la salud y permitan la conciliación
personal y familiar: actuaciones en materia de tiempo de trabajo y contratación
a tiempo parcial.
Contratos de trabajo que garanticen la preferencia legal por el contrato
indefinido: actuaciones en materia de contratación temporal fraudulenta.
La seguridad en los lugares de
trabajo: actuaciones en materia de seguridad y salud laboral.
Trabajo declarado: actuaciones
dirigidas a aflorar empleos irregulares.
Mejores condiciones para el
desarrollo personal e integración social: ausencia de cualquier tipo de
discriminación, tanto en el acceso al empleo como en la promoción profesional,
con especial atención a colectivos especialmente vulnerables.
Libertad para que los individuos se
organicen y participen en las decisiones de su vida: en el ámbito laboral, se
manifiesta a través de la libertad sindical y representación en la empresa.
Igualdad de oportunidades y no discriminación, especialmente por razón de
género.
Sostenibilidad del Sistema de Seguridad Social”
-- Mitos, verdades y fake news de la digitalización. Potenciación del
individualismo en las relaciones de trabajo y perdida del componente colectivo.
Las dificultades existentes para la acción colectiva. La tecnología no es
neutra.
-- La importancia de la formación…, pero la dificultad de aplicar una
formación cualificada del personal a puestos de trabajo que la requieren de
forma muy limitada.
-- Afectación especial de la crisis a jóvenes (hay que delimitar cuál es el
concepto de joven), mujeres (especial preocupación por las dificultades de
conciliación de la vida laboral y familiar, y lo que puede suponer de retroceso
de derechos conseguidos en décadas anteriores), y a personal con baja
cualificación (en especial la digital). El impacto de la crisis sobre la salida
de los jóvenes del hogar familiar y su influencia en la adopción por estos de
decisiones propias sobre su futuro profesional.
-- En nuestro debates y propuestas no podemos olvidar la importancia que
han de tener las Administraciones Locales en el diseño y ejecución de políticas
activas de empleo. La reforma de tales políticas en el marco de la nueva
Estrategia 2021-2024 puede ser el momento adecuado para reforzar esta
participación.
-- La influencia cada
vez más relevante de grandes empresas, de forma mucho más directa que en etapas
históricas anteriores, para evadir el cumplimiento de la normativa laboral, y
el caso de las personas que trabajan para las empresas de la economía de
plataformas es significativo. general. De
obligada lectura al respecto son dos recientes artículos del profesor Antonio Baylos
“Obedézcase, pero no se cumpla”: los intentos de desactivar la aplicación de la
ley “riders” https://baylos.blogspot.com/2021/08/obedezcase-pero-no-se-cumpla-los.html y “Dos sentencias y un mismo problema: los
falsos autónomos del sector cárnico” https://baylos.blogspot.com/2021/08/dos-sentencias-y-un-mismo-problema-los.html
Desde una perspectiva
más general sobre la influencia de las grandes empresas en la conformación de
las decisiones políticas, y sus consecuencias jurídicas, vid el artículo de
Margarida Silva and Max Bank “How
Big Tech money skews the European playing-field”. En dicho artículo se
recogen datos de un reciente informe en el que se ha constatado que “Nada menos
que 612 empresas, grupos y asociaciones empresariales ejercen presión para
influir en las políticas de economía digital de la UE y gastan al menos 97
millones de euros al año en ello. Pero el lobby tecnológico está dominado por
un puñado de empresas. Sólo diez son responsables de casi un tercio (32
millones de euros) del gasto asociado: Vodafone, Qualcomm, Intel, IBM, Amazon,
Huawei, Apple, Microsoft, Facebook y Google. Una comparación entre sectores
muestra que estas diez primeras empresas tienen más poder de presión que sus
homólogas de los sectores farmacéutico, químico, automovilístico o financiero”,
y se destaca que “una reciente investigación de New Statesman descubrió que, en
sólo seis años, Google, Facebook, Amazon y Microsoft habían gastado decenas de
millones de euros en financiar institutos académicos de primera línea de la UE.
Las empresas financiaban investigaciones con potencial impacto en sus modelos
de negocio, desde la privacidad y la protección de datos hasta la competencia”.
-- ¿Cuál es el concepto hoy de clase trabajadora?
Me lo pregunto para saber hacia dónde deben dirigirse las normas laborales y
con qué contenidos. He insistido en muchas ocasiones, y cada vez más, en la
diversidad existente, y en la correlativa dificultad de adoptar medidas que
sean totalmente válidas con carácter general. En cualquier caso, la corrección
de las desigualdades y la potenciación de los mecanismos de protección social
se configuran a mi parecer como el santo y seña de cualquier política tendente
a mejorar las condiciones de vida de la mayor parte de la población.
-- El impacto de la precariedad. Al respecto, véase el informe sobre la temporalidad en España,
publicado el pasado mes de julio, por la Secretaría de Empleo y cualificación
profesional de CCOO, https://www.ccoo.es/5a5b506467d83d6b8a7535cd4a2bd260000001.pdf
Algunos
datos muy significativos:
“Entre 2012 y 2020
se formalizaron 166.000.000 de contratos, el 91% de los cuales eran de carácter
temporal.
Los contratos
inferiores a 7 días pasaron de 2,9 millones en 2011 a 6,1 millones en 2019,
esto es un incremento de más del 100%.
La duración media
de los contratos pasó de 63 días en 2011 a 49 días en 2019, una reducción del
38%.
Según datos del
Ministerio de la Seguridad Social, una de cada cinco bajas de personas
empleadas en la Seguridad Social en 2019 sólo había trabajado un día.
Los contratos obra
o servicio y los eventuales concentran el 82% del total de contratos
registrados y el 91% de los contratos temporales.
Según fuentes del
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en 2019 se produjeron
29,5 millones de altas y más de 29 millones de bajas a la Seguridad Social,
fueron 10 millones más que en el año 2012”.
-- Un mundo del trabajo en el que no solo hay que prestar atención a las
personas trabajadoras sino también al tejido empresarial y a su composición.
Los más recientes datos facilitados por el Ministerio de Trabajo y Economía
Social deben merecer nuestra atención para cualquier reforma de la normativa
laboral. https://www.mites.gob.es/estadisticas/Emp/Emp21-Jun/Resumen%20de%20resultados%20Junio%202021.pdf
En junio 2021 el
número de empresas era de 1.306.988 y de 14.059.088 los trabajadores ocupados
en ellas, mientras que en junio de 2019, es decir poco después de iniciada la
crisis sanitaria, era 1.349.325 empresas y de 14.303.326 trabajadores. O dicho
de otra forma, en estos dos años hay una diferencia negativa de 42.337 empresas
y 244.238 trabajadores ocupados.
-Las ‘Pequeñas y
Medianas Empresas (PYMES)’ -de 1 a 249 trabajadores- son el 99,63% (1.302.209)
de las empresas y emplean al 59,94% (8.426.593) de los trabajadores. Por su
tamaño, se dividen en:
Microempresa -de 1
a 9 trabajadores: 85,89% (1.122.552) de las empresas y 21,10% (2.965.681) de
los trabajadores.
Pequeña Empresa
-de 10 a 49 trabajadores: 11,82% (154.536) de las empresas y 21,44% (3.014.530)
de los trabajadores.
Mediana Empresa
-de 50 a 249 trabajadores: 1,92% (25.121) y 17,40% (2.446.382) de los
trabajadores.
Grandes Empresas
-de 250 o más trabajadores- 0,37% (4.779) y 40,07% (5.632.495) de los
trabajadores. -VER Cuadro 1-
Conviene aquí recordar
que las empresas de 1 a 5 trabajadores son el 76% (991.510) y emplean al 14%
(2.022.974) de los trabajadores, en las que no se celebran elecciones para
representantes del personal,
-- Por último, buenas empresas son las que combinan unas adecuadas
políticas de personal con una elevada productividad y consiguiente
rentabilidad. Pero es obvio que nuestra mirada, de cara al futuro, debe
dirigirse hacia la potenciación de empresas socialmente sostenibles,
respetuosas con el medio ambiente y con políticas (verdaderas, y no solo de
fachada) de responsabilidad social, que incluyan la igualdad y no
discriminación, en especial por razón de género, en su ADN.
3. Pasemos ya al
examen, básicamente descriptivo, de las normas comunitarias.
A) Reglamento (UE)
2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el
que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el
Reglamento (UE) n.o 1296/2013, con entrada en vigor al día siguiente de su
publicación. La dotación financiera para la ejecución del FSE+ durante el
período 2021 - 2027 será de 87 995 063 417 EUR, a precios de 2018.
Para un detallado
estudio de la norma derogada remito a la entrada “La regulación del Fondo
Social Europeo en el período 2007 -2013 y las novedades incorporadas en la del
período 2014-2020” http://www.eduardorojotorrecilla.es/2014/01/la-regulacion-del-fondo-social-europeo.html
De su introducción
merece especial mención el apartado 23: “Mediante el apoyo a los objetivos
específicos establecidos en el presente Reglamento, entre otros, a través de la
contribución al objetivo político de «una Europa más social e integradora
mediante la aplicación del pilar europeo de derechos sociales» tal como se
recoge en el Reglamento (UE) 2021/1060, el FSE+ seguirá contribuyendo a las
estrategias de desarrollo territorial y local para aplicar el pilar. Apoyará
las herramientas establecidas en el artículo 28 de dicho Reglamento y
contribuirá así también a la consecución del objetivo político de «una Europa
más próxima a sus ciudadanos, mediante el fomento del desarrollo integrado y
sostenible de todo tipo de territorios y de iniciativas locales» tal como se
recoge en el Reglamento (UE) 2021/1060, también mediante medidas de reducción
de la pobreza y de inclusión social, teniendo en cuenta las especificidades de
las regiones urbanas, rurales y costeras con vistas a abordar las desigualdades
socioeconómicas en las ciudades y regiones”.
En el texto articulado,
el art. 2 está dedicado a las definiciones de los términos utilizados en la
norma, siendo relevante destacar que se conceptúa como “grupo desfavorecido”,
al grupo de personas “en situaciones socioeconómicas de vulnerabilidad,
incluidas aquellas que se encuentren en situación o riesgo de pobreza,
exclusión social o discriminación en sus múltiples facetas”.
De especial
importancia es el art. 3, que establece los objetivos del FSE+ y los métodos de
ejecución. Partiendo de cuál es el marco competencial de las políticas de empleo,
se dispone con carácter general que “apoyará, complementará y añadirá valor a
las políticas de los Estados miembros para garantizar la igualdad de
oportunidades, la igualdad de acceso al mercado laboral, unas condiciones de
trabajo justas y de calidad, la protección y la inclusión social, en particular
centrándose en una educación y formación inclusivas y de calidad, el
aprendizaje permanente, la inversión en los menores y las personas jóvenes y el
acceso a los servicios básicos”.
Hemos de acudir al
art. 4 para conocer, siempre teniendo en consideración el ámbito competencial de
la Unión y de los Estados miembros, cuales son los objetivos específicos de las
políticas sectoriales de empleo y movilidad laboral, educación e inclusión
social.
“a) mejorar el
acceso al empleo y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo,
y en particular de las personas jóvenes, especialmente a través de la
aplicación de la Garantía Juvenil, de los desempleados de larga duración y los
grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y de las personas inactivas, así
como mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social;
b) modernizar las instituciones
y los servicios del mercado de trabajo para evaluar y prever las necesidades de
capacidades y garantizar una asistencia oportuna y personalizada y el apoyo a
la adecuación entre la oferta y la demanda en el mercado de trabajo, las
transiciones y la movilidad;
c) promover una
participación equilibrada de género en el mercado de trabajo, unas condiciones
de trabajo equitativas y una mejora del equilibrio entre la vida laboral y la
familiar, en particular mediante el acceso a unos servicios asequibles de
atención a la infancia y de atención a personas dependientes;
d) promover la
adaptación de los trabajadores, las empresas y los emprendedores al cambio, el
envejecimiento activo y saludable y un entorno de trabajo saludable y bien
adaptado que aborde los riesgos para la salud;
e) mejorar la
calidad, inclusividad, eficacia y pertinencia para el mercado laboral de los
sistemas de educación y formación, también mediante la validación del
aprendizaje no formal e informal, para apoyar la adquisición de competencias
clave, incluidas las capacidades empresariales y digitales, y promoviendo la
introducción de sistemas de formación dual y de formación de aprendices;
f) promover la igualdad de acceso a una
educación y una formación de calidad e inclusivas y su culminación, en
particular para los grupos desfavorecidos, desde la educación infantil y
cuidados de la primera infancia, pasando por la educación y la formación
generales y profesionales, hasta la educación superior, así como la educación y
el aprendizaje de las personas adultas, facilitando también la movilidad para
el aprendizaje para todos y la accesibilidad de las personas con discapacidad;
g) promover el
aprendizaje permanente, en particular mediante oportunidades para todos de
mejora y reciclaje flexibles de las capacidades teniendo en cuenta las
capacidades empresariales y digitales, una mejor previsión de los cambios y
nuevos requisitos de capacidades, habida cuenta de las necesidades del mercado
de trabajo, facilitando las transiciones profesionales y promoviendo la
movilidad profesional;
h) fomentar la
inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no
discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en
particular para los grupos desfavorecidos;
i) promover la
integración socioeconómica de los nacionales de terceros países, incluidos los
migrantes;
j) promover la
integración socioeconómica de las comunidades marginadas, como la población
romaní;
k) mejorar la
igualdad y la oportunidad del acceso a unos servicios de calidad, sostenibles y
asequibles, incluidos los servicios que promueven el acceso a la vivienda y a
una atención centrada en las personas, incluida la asistencia sanitaria;
modernizar los sistemas de protección social, también fomentando el acceso a la
protección social, con especial atención a los menores y los grupos
desfavorecidos; mejorar la accesibilidad, también para personas con
discapacidad, la efectividad y la resiliencia de los sistemas de asistencia sanitaria
y de los servicios de cuidados de larga duración;
l) promover la
integración social de las personas en riesgo de pobreza o exclusión social,
incluidas las personas más desfavorecidas y la población infantil;
m) hacer frente a
la privación material mediante alimentos y/o prestación de asistencia material
básica a las personas más desfavorecidas, en particular a los menores, y
establecer medidas de acompañamiento que apoyen su inclusión social”.
Todas las medidas
que se instrumenten a través de las acciones puestas en marcha por la Unión, o
en gestión compartida con los Estados miembros, deberán respetar los principios
de igualdad de género, igualdad de oportunidades y no discriminación. Así se
dispone en el art. 5 cuando se recoge que por medio del FSE + los Estados
miembros y la Comisión “tendrán como finalidad aumentar la participación de las
mujeres en el empleo y la conciliación de la vida privada y la profesional, así
como luchar contra la feminización de la pobreza y contra la discriminación por
cuestiones de género en el mercado laboral y en los ámbitos de la educación y
la formación”.
B) Reglamento (UE)
2021/1056 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el
que se establece el Fondo de Transición Justa
Su art. 1 define
el objeto y ámbito de aplicación, que es con carácter general el de “prestar
apoyo a la población, la economía y el medio ambiente de los territorios que se
enfrentan a retos socioeconómicos graves derivados del proceso de transición
hacia los objetivos de la Unión para 2030 en materia de energía y clima tal
como se definen en el artículo 2, punto 11, del Reglamento (UE) 2018/1999 del
Parlamento Europeo y del Consejo (15) y una economía de la Unión climáticamente
neutra de aquí a 2050”.
Por lo que respecta
a su objetivo específico, hemos de acudir al art. 2, cual es, de conformidad
con el artículo 5, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2021/1060, “hacer
posible que las regiones y las personas afronten las repercusiones sociales,
laborales, económicas y medioambientales de la transición hacia los objetivos
de la Unión para 2030 en materia de energía y clima y una economía de la Unión
climáticamente neutra de aquí a 2050, con arreglo al Acuerdo de París”.
Desde la perspectiva
concreta de las políticas de empleo es de especial interés en primer lugar el
art. 3, que aborda el ámbito geográfico y recursos en el marco del objetivo de
inversión en empleo y crecimiento en todos los Estados miembros, fijándose para
el período 2021- 2027 la cuantía de 7 500 000 000 EUR a precios de 2018.
También, el art. 8, en el que se concreta el alcance del apoyo que prestará el
Fondo a los Estados, previéndose que “solo apoyará actividades que estén
directamente vinculadas a su objetivo específico, tal como se establece en el
artículo 2, y que contribuyan a la ejecución de los planes territoriales de
transición justa establecidos de conformidad con el artículo 11”, entre las que
se encuentran “l) asistencia a solicitantes de empleo en su búsqueda de trabajo”
y “m) inclusión activa de los solicitantes de empleo”.
Es obligado en
este punto relacionar la citada norma comunitaria con la española, dada la
reciente aprobación de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición
energética. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-8447
Su objeto, recogido
en el art. 1, es el de “asegurar el cumplimiento, por parte de España, de los objetivos
del Acuerdo de París, adoptado el 12 de diciembre de 2015, firmado por España
el 22 de abril de 2016 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 2 de
febrero de 2017; facilitar la descarbonización de la economía española, su
transición a un modelo circular, de modo que se garantice el uso racional y
solidario de los recursos; y promover la adaptación a los impactos del cambio
climático y la implantación de un modelo de desarrollo sostenible que genere
empleo decente y contribuya a la reducción de las desigualdades”.
En esta norma
encontramos algunas referencias directas a la necesidad de adoptar medidas de
empleo que faciliten una transición gradual hacia los objetivos propuestos.
Así, en el art. 6, que trata sobre la digitalización para la descarbonización
de la economía, se dispone que el gobierno “adoptará acciones de impulso a la
digitalización de la economía que contribuyan a lograr los objetivos de
descarbonización, en el marco de la estrategia España Digital 2025”, incluyendo
entre ellas “d) Impulsar las competencias digitales de la fuerza laboral, entre
otros para las personas trabajadoras de los sectores necesitados de medidas de
acompañamiento de Transición Justa, cuyos puestos pueden ser reemplazados por
tecnologías emergentes, de modo que se maximice el aprovechamiento de las
oportunidades y se minimicen los efectos negativos”.
En la línea del
Reglamento comunitario, la ley española regula (arts. 27 y siguientes) la Estrategia de transición justa, que deberá
tener en cuenta la perspectiva de género, definida como “el instrumento de
ámbito estatal dirigido a la optimización de las oportunidades en la actividad
y el empleo de la transición hacia una economía baja en emisiones de gases de
efecto invernadero y a la identificación y adopción de medidas que garanticen
un tratamiento equitativo y solidario a las personas trabajadoras y territorios
en dicha transición”, y que deberá incluir contenidos que afectan directamente
al empleo como son “a) Identificación de colectivos, sectores, empresas y
territorios potencialmente vulnerables al proceso de transición a una economía
baja en emisiones de carbono. b) Análisis de las oportunidades de creación de
actividad económica y empleo vinculadas a la transición energética. c)
Políticas industriales, agrarias y forestales, de investigación y desarrollo,
de innovación, de promoción de actividad económica y de empleo y formación
ocupacional para la transición justa. d) Instrumentos para el seguimiento del
mercado de trabajo en el marco de la transición energética mediante la
participación de los agentes sociales, así como en las mesas de diálogo social”.
C) Reglamento (UE)
2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 relativo
al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión
La norma establece
los objetivos específicos y el alcance de la ayuda del Fondo Europeo de
Desarrollo Regional (FEDER) en relación con el objetivo de inversión en empleo
y crecimiento y el objetivo de cooperación territorial europea (Interreg), a
que se refiere el artículo 5, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/1060.
También , los objetivos específicos y el alcance de la ayuda del Fondo de
Cohesión “en relación con el objetivo de inversión en empleo y crecimiento, a
que se refiere el artículo 5, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) 2021/1060”.
Tales objetivos
específicos son, por lo que respecta a las políticas de empleo, “d) una Europa
más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de
derechos sociales («objetivo político 4»), mediante: i) la mejora de la
eficacia y el carácter inclusivo de los mercados de trabajo y el acceso al
empleo de calidad, mediante el desarrollo de las infraestructuras sociales y la
promoción de la economía social”, y “iv) el fomento de la integración
socioeconómica de nacionales de terceros países, en particular los migrantes, a
través de actuaciones integradas, como por ejemplo la vivienda y los servicios
sociales…”.
D) Reglamento (UE)
2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el
que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al
Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de
Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo
de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el
Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de
Visados
El art. 5 define
cuáles son los objetivos políticos a los que prestarán su apoyo el FEDER, el
FSE+, el Fondo de Cohesión y el FEMPA, todos ellos de indudable afectación a las
políticas de empleo. Son los siguientes: “a) una Europa más competitiva e
inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente
y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las
comunicaciones; b) una Europa más verde, baja en carbono, en transición hacia
una economía con cero emisiones netas de carbono y resiliente, promoviendo una
transición energética limpia y equitativa, la inversión verde y azul, la
economía circular, la mitigación y adaptación al cambio climático, la
prevención y gestión de riesgos y la movilidad urbana sostenible; c) una Europa
más conectada, mejorando la movilidad; d) una Europa más social e inclusiva,
por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales; e) una
Europa más próxima a sus ciudadanos, fomentando el desarrollo integrado y
sostenible de todo tipo de territorios e iniciativas locales”.
Igualmente se
dispone que el FEDER, el FSE+, el Fondo de Cohesión y el FTJ “contribuirán a
las acciones de la Unión encaminadas a reforzar su cohesión económica, social y
territorial de conformidad con el artículo 174 del TFUE, persiguiendo los
siguientes objetivos: a) el objetivo de inversión en empleo y crecimiento en
los Estados miembros y las regiones, con el apoyo del FEDER, el FSE+, el Fondo
de Cohesión y el FTJ, y b) el objetivo de cooperación territorial europea
(Interreg), con el apoyo del FEDER”.
De especial
importancia, por las obligaciones que establece para los Planes de Recuperación
de los Estados miembros es el apartado 3 de dicho artículo, en el que, tras una
manifestación previa soft law de que los Estados miembros y la Comisión
fomentarán la coordinación, complementariedad y coherencia entre los Fondos y
otros instrumentos y fondos de la Unión. Asimismo, optimizarán los mecanismos
de coordinación entre los servicios competentes para evitar duplicidades
durante las fases de planificación y ejecución”, estipula que “los Estados
miembros y la Comisión también tendrán en cuenta las recomendaciones
específicas por país pertinentes en la programación y ejecución de los Fondos”.
4. Mi atención se
centra ahora en informes y documentos tanto de ámbito internacional como comunitario
y español. Me permito recordar que en una entrada anterior http://www.eduardorojotorrecilla.es/2021/08/los-debates-sobre-politica-de-empleo-en.html
abordé el debate actualmente existente sobre las políticas de empleo en
Cataluña y las resoluciones aprobadas por el Parlamento autonómico el 22 de
julio.
A) Fiel a su cita
anual, el 7 de julio se publicó el Informe de empleo de la OCDE correspondiente
a este año, https://www.oecd.org/employment-outlook/2021/ cuyas conclusiones son sustancialmente
semejantes, como creo que no podría ser de otra forma, con las recogidas en los
informes periódicos que ha ido publicando la OIT desde que se inició la crisis
sanitaria, así como en la Memoria de su Director General de la OIT en la 109ª
reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo y que he ido analizando en
entradas anteriores http://www.eduardorojotorrecilla.es/2021/06/la-covid-y-el-mundo-del-trabajo-notas.html
En el resumen ejecutivo
del informe se subraya que “La carga de la crisis de COVID-19 ha recaído de
forma desproporcionada en grupos ya vulnerables. La conmoción inicial derivada
de la crisis deCOVID-19 se dejó sentir en amplios sectores de la economía, ya que el
miedo al contagio
y las estrictas
restricciones a la
proximidad social frenaron duramente la actividad económica en
los países de la OCDE. A medida que las personas y los gobiernos han aprendido
a convivir con el virus,
se han adaptado los
comportamientos y las restricciones
se han hecho menos estrictas y más enfocadas. Esto ha
permitido a muchos
volver al trabajo.
Sin embargo, la naturaleza profundamente sectorial de la
crisis y las diferencias en la protección que ofrecen los distintos tipos de
empleos han hecho que algunos tengan que soportar la mayor parte de la carga en
términos de pérdida de empleos y reducción
del tiempo de
trabajo. Las personas con ocupaciones poco remuneradas,
a menudo con contratos
de duración determinada,
con bajo nivel
educativo y los
jóvenes se han
visto especialmente
afectados por los
estragos de la
crisis; las horas
trabajadas por estos
grupos han disminuido de forma
desproporcionada y el desempleo ha representado gran parte del ajuste, mientras
que otros grupos pudieron adaptarse mejor a través de reducciones de la jornada
laboral y el teletrabajo. Las
empresas también se
están reestructurando de
forma que aceleran
las megatendencias preexistentes, tales como la automatización y la
digitalización. Todo esto tendrá implicaciones en la fuerza y el alcance de la
recuperación”.
Por lo que
respecta al apartado dedicado a España se destaca que el gasto en las políticas
activas de mercado de trabajo se redujo un 14% en España durante 2020, y que aumentará
un 35% en 2021, “lo que permitirá un ajuste y refuerzo de los programas y
políticas de los SPE”. https://read.oecd-ilibrary.org/view/?ref=1099_1099150-lnemrstcja&title=OECD-Employment-Outlook-2021-Spain-EN&_ga=2.17881850.219337861.1627980783-1408059268.1627392681
Para el conjunto
de la OCDE el Informe 2021 aporta estos datos significativos:
“… en 2020 se
perdieron en países de la OCDE aproximadamente 22 millones de puestos de
trabajo con respecto a 2019, y 114 millones en todo el mundo. Pese a la
recuperación parcial, en la OCDE quedan todavía ocho millones largos de
desempleados más que antes de la crisis, y el número de personas que no buscan
activamente un empleo sigue más de 14 millones por encima de las cifras
precrisis. La tasa de empleo (el porcentaje de la población en edad de trabajar
que está ocupada) en los países de la OCDE continuará por debajo de los niveles
prepandemia a finales de 2022…
… Las horas
trabajadas en empleos de baja remuneración cayeron más de un 28% en el conjunto
de la OCDE, 18 puntos porcentuales más que el descenso registrado en los
empleos mejor remunerados. El número de jóvenes que ni trabajan ni estudian ni
reciben formación (los denominados «nini») se incrementó en casi tres millones,
lo que constituye una inversión de la tendencia del último decenio. Al final de
2020, la tasa media de «nini» en la franja de edad de 15 a 29 años, el 12%,
seguía un punto porcentual por encima de la del año anterior.
La tasa de
desempleo de la OCDE bajó ligeramente en mayo de 2021, hasta el 6,6% (frente al
6,7% de abril de 2021), y permanece 1,3 puntos porcentuales por encima de su
nivel prepandemia observado en febrero de 2020. El número de trabajadores
desempleados en los países de la OCDE se situó en 43,5 millones en mayo de
2021, 8,1 millones más que en febrero de 2020. Por su parte, la tasa de
desempleo juvenil de la OCDE, un 13,6% en mayo de 2021, seguía 2,2 puntos
porcentuales por encima de su nivel prepandemia. Existen considerables
disparidades entre países en lo que respecta a la magnitud de la perturbación económica
y a la velocidad de la recuperación: las diferencias entre las tasas de
desempleo de mayo de 2021 y febrero de 2020 van desde los más de 4 puntos
porcentuales de algunos países (como Colombia y Costa Rica) hasta casi 0 en
otros (Australia y Francia, por ejemplo)”.
B) También fiel a su cita
anual, la Comisión Europa publicó el 6 de julio su informe sobre el empleo y
los desarrollos sociales en Europa. https://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=en&catId=113&furtherNews=yes&newsId=10039 destaco aquellas conclusiones del Informe que me
han parecido más destacada y que también siguen en la misma línea que los
informes de la OIT y de la OCDE, con las particularidades propias de la
situación económica y social de cada Estado miembro.
“El impacto geográfico de
la crisis del COVID-19 ha sido desigual y puede ampliar las desigualdades
regionales que ya existían antes de la pandemia. La pérdida de puestos de
trabajo fue cinco veces mayor en las zonas rurales que en las ciudades. En el
conjunto de los Estados miembros de la UE, las regiones mediterráneas fueron
las más afectadas por la pérdida de puestos de trabajo, lo que también está
relacionado con una mayor proporción de personas que trabajan en el turismo. …
….Las regiones que
demostraron ser más resistentes al choque de COVID-19 tienden a compartir
características como una alta productividad regional, un alto nivel de
población cualificada, una gran inversión en investigación y desarrollo,
instituciones públicas locales de calidad y una sólida infraestructura digital.
En general, los mercados de trabajo con buen rendimiento demostraron estar
mejor protegidos contra la recesión económica.
…. El descenso de la tasa
de empleo en la UE fue ligeramente superior para los hombres que para las
mujeres. Sin embargo, el efecto de la crisis sobre las desigualdades de género
depende de varias dimensiones, y la pandemia puso de manifiesto las
desigualdades de género existentes desde hace tiempo. Las mujeres
experimentaron una caída más pronunciada de las horas de trabajo que los
hombres en el segundo trimestre de 2020, ya que algunos sectores caracterizados
por un alto nivel de empleo femenino (por ejemplo, las actividades de
alojamiento y servicios de alimentación) se vieron fuertemente afectados por
los cierres. Además, las mujeres siguieron asumiendo la mayor parte de las
responsabilidades de cuidado de personas, y se enfrentaron a retos para
conciliar la vida laboral con la privada.
“… Además de las
desigualdades preexistentes, los grupos más vulnerables sufrieron un deterioro
de las condiciones de vida a lo largo de la crisis de COVID-19. Las
restricciones de cierre afectaron a estas personas mucho más que a la población
en general. Los trabajadores expuestos, los inmigrantes, las comunidades
segregadas y marginadas, las personas sin hogar, las personas con discapacidades
o que necesitan cuidados de larga duración, los cuidadores, los niños y las
familias. de larga duración, los cuidadores, los niños y las familias
(especialmente los hogares monoparentales), los jóvenes y estudiantes tuvieron
menos recursos para hacer frente a la pandemia.
… El grupo de
trabajadores críticos es muy heterogéneo. Incluye: a) profesionales de la
salud, la información y la comunicación, la enseñanza y algunos campos de la
ingeniería y ciencia; b) profesionales asociados en los campos anteriores; c)
los trabajadores de los cuidados personales, los trabajadores de la
agricultura, la pesca y la ganadería (cualificados y no cualificados),
trabajadores del transporte y del mar y operadores de instalaciones móviles,
trabajadores elementales y recolectores de basura. Estas clasificaciones
contienen una mezcla de trabajadores muy mal pagados y de trabajadores mejor
pagados. También hay disparidades entre países en el nivel de los salarios, que
entre otras cosas contribuyen a las tendencias de movilidad de los
profesionales de la salud, lo que se traduce en una creciente escasez de
personal en algunos Estados miembros”.
C) Paso a continuación a
las propuestas contenidas sobre las políticas de empleo en el “Componente 23”
del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, y también en la nueva
Estrategia Española de búsqueda activa de empleo 2021 – 2024. Reproduzco un amplio fragmento del citado
componente, remitiendo a las personas interesadas a la lectura íntegra del
documento.
“Las políticas activas de
empleo son una pieza clave en la lucha contra el desempleo y constituyen
también un elemento fundamental en la configuración de un mercado de trabajo
sostenible que en la actualidad se enfrenta al reto de envejecimiento
demográfico. Por ello, el refuerzo y modernización de las políticas activas de
empleo es una segunda pieza clave del paquete de reformas que serán elevadas al
Diálogo Social. En el diseño de las políticas activas resulta clave que las
personas trabajadoras estén integradas en un sistema de formación en ciclo
vital y con empresas implicadas en la empleabilidad. A pesar de la importante
inversión en este terreno, hasta la fecha las políticas activas de empleo no
han sido eficaces para reducir el paro de larga duración y garantizar la
inserción y orientación profesional de las personas trabajadoras. Además, es
preciso eliminar los obstáculos legales o de otro tipo al mantenimiento
voluntario de los trabajadores mayores en el mercado de trabajo y de diseñar
políticas activas dirigidas a evitar la discriminación de este tipo de
trabajadores o “edadismo”, en coherencia con las reformas previstas en el
componente 30 del Plan referido al sistema público de pensiones.
Es necesario mejorar los
instrumentos para facilitar el retorno al empleo de las personas desempleadas
mediante:
1. La modernización y
refuerzo de la formación para el empleo y la configuración de trayectorias
individualizadas de orientación para el empleo. Para disponer de un marco que
permita la formación continua a lo largo de toda la vida profesional, la
recualificación de las personas trabajadoras (reskilling y upskilling) y el
establecimiento de sistemas de certificación de conocimientos y experiencia que
aumente la empleabilidad, es preciso modernizar y alinear los mecanismos de
formación profesional y de formación para el empleo a las nuevas demandas y
tendencias globales que van a definir el mercado laboral, entre ellas la
transición digital y ecológica. Es preciso dar una adecuada respuesta a los
cuatro principales retos que actualmente plantea la formación para el empleo:
- Primero, deben
establecerse mecanismos para la adecuada coordinación entre empresas y
entidades educativas, particularmente en el ámbito de la formación reglada,
para que la formación se corresponda con las necesidades reales del mercado de
trabajo;
- Segundo, deben
establecerse mecanismos para que se garantice el trabajo digno de las personas
en formación, y para que la adquisición de experiencia no actúe como una vía
más de precarización;
- Tercero, la formación
para el empleo debe ser parte integral de los itinerarios personalizados de
formación y empleo, asegurando el acceso a la formación de quienno la tiene,
asegurando el reciclaje y permanente adaptación tanto a las personas empleadas
como desempleadas; y estableciendo las herramientas para la adaptación de las
personas tituladas en un mercado de trabajo cambiante. En este sentido, resulta
fundamental la mejora de los instrumentos contractuales laborales que sirven de
cauce a la formación para el empleo, particularmente en el caso del contrato en
prácticas, que debe ser el mecanismo de acceso preferente a la experiencia
laboral, debiendo garantizarse la calidad del contenido formativo de la
contratación y la implicación empresarial en la calidad de la misma, así como,
en lo posible, en el compromiso de contratación estable.
- Establecer mecanismos
de reconocimiento de la experiencia profesional con el fin de acompañar a la
persona trabajadora
2. La promoción de las
ventanillas de empleo específicas para jóvenes y el replanteamiento de la
Garantía Juvenil para reforzar su componente de acompañamiento y seguimiento
personalizado a los jóvenes hasta su integración definitiva en el mercado de
trabajo.
3. El reforzamiento de
los programas de recualificación y ayuda a los trabajadores mayores con el
objetivo de evitar su expulsión del mercado laboral e incentivar la extensión
voluntaria de la vida laboral y el diseño de programas específicos de dirigidos
a evitar la discriminación de este tipo de trabajadores.
4. La mejora de las
herramientas de los Servicios Públicos de Empleo (refuerzo de la inversión y
modernización en recursos humanos y materiales), a través de la digitalización
para la gestión del perfilado, para el seguimiento de vacantes en tiempo real y
seguimiento de tendencias en el mercado de trabajo.
5. La coordinación
territorial y cercanía: Resulta fundamental que las nuevas herramientas de
perfilado, itinerarios personalizados y seguimiento de los servicios públicos
de empleo se elaboren en colaboración con las CCAA y de modo coherente y
articulado. Esta coordinación también implica prever la interoperabilidad del
sistema nacional con los sistemas autonómicos y con otros países europeos ya en
funcionamiento, en coordinación con la Comisión Europea.
6. La mejora de la
coordinación entre los servicios de empleo y los servicios sociales,
especialmente en el ámbito de los itinerarios de inclusión socio-laboral.
7. Una mejor colaboración
con el sector privado, y una mayor supervisión y control de este último en su
condición de colaborador del sistema público.
La eficiencia en la
articulación de las políticas públicas requiere un diseño preciso de las
medidas y una adecuación de las mismas a los objetivos que se persiguen. En
materia laboral la mediación del diálogo social constituye en sí misma una
garantía de estabilidad al contar con el aval de los interlocutores sociales,
aunque éste no sea imprescindible para la adopción de las medidas. No obstante,
es necesario realizar un seguimiento continuo de las políticas y analizar el
grado de consecución de dichos objetivos. Para ello, resulta fundamental la
evaluación de las políticas públicas. En el caso de las políticas del mercado
de trabajo, aunque se han realizado avances en la evaluación de determinadas
políticas, las recientes evaluaciones del gasto público de la AIReF han puesto
de manifiesto la necesidad de profundizar en:
• Realizar un seguimiento
y evaluación continuos de las bonificaciones e incentivos a la contratación.
• Establecer una
metodología común a todos los Servicios Públicos de Empleo.
• Determinar claramente
los objetivos del reparto de fondos a través de la Conferencia Sectorial, que
en las últimas décadas han ido cambiando sin haber valorado su eficacia.
• Asegurar la
trazabilidad del gasto para poder conocer los flujos de principio a fin y que
los criterios contables estén normalizados, para que España se acerque a las
mejores prácticas internacionales.
• Poner a disposición de
investigadores, como parte de la estrategia de gestión del dato, los datos de
registros administrativos, de forma anonimizada, del mercado laboral para que
realicen evaluaciones de impacto de las políticas del mercado de trabajo.
Al margen de la
evaluación por organismos independientes, la experiencia adquirida durante la
crisis derivada del Covid-19, ha demostrado la eficacia del seguimiento
mediante organismos tripartitos o comisiones de seguimiento que tienen como
cometido valorar el impacto de las medidas, la evaluación de la actividad
económica y del empleo y cooperar en la prospección de eventuales nuevas
medidas para mejorar el empleo y el tejido productivo.
Por otra parte, la
modernización de las políticas activas de empleo ha de llevar aparejada la
modernización y digitalización del Servicio Público de Empleo y de los distintos
organismos y mecanismos de gestión de las políticas de empleo como instrumento
básico para poner en marcha el conjunto de reformas. Se trata de mejorar, desde
una visión holística, el servicio que se da a ciudadanos y empresas en todos
los ámbitos relacionados con el empleo, como se recoge en la reforma 11 y las
inversiones recogidas en el presente componente, así como en el componente 11.
D) Respecto a la Nueva
Estrategia española de apoyo activo al empleo 2021- 2024 cabe subrayar que ya en su parte introductoria se
enfatiza que “se alinea y articula de manera coherente con otros instrumentos
que forman un conjunto de nuevas y potentes actuaciones en materia de Política
de Empleo, en particular con las actuaciones previstas en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y con los compromisos adquiridos con Europa en el
denominado “Componente 23”. Se trata, en suma, de hacer frente a los problemas
estructurales del mercado laboral dotando de nuevos perfiles a las Políticas
Activas de Empleo desde las caves de eficacia, evaluación y orientación a los
resultados, así como a la personalización, digitalización y modernización de
los Servicios.
Más adelante se expone
que la Estrategia “constituye una pieza clave en la coordinación de Sistema
Nacional de Empleo, para dar respuesta a la mejora de la empleabilidad de las
mujeres, de las personas jóvenes, de las personas en desempleo de larga
duración y de las personas en ERTE, sirviendo ya de referencia en los procesos
de elaboración por parte de las Comunidades Autónomas de sus propias
Estrategias. En este sentido, no se trata tan solo de un texto declarativo,
sino que constituye una hoja de ruta común que compromete a todos los actores
relevantes en las políticas de empleo. El nuevo enfoque incorpora además el
compromiso de cooperar en la lucha contra la precariedad, de modo que los
instrumentos y actuaciones de apoyo no solo sirvan para el estímulo y acceso al
empleo, sino que el empleo que se fomente o para el que se forme a personas
trabajadoras y se ayude a empresas sea un empleo estable y de calidad. La
creación de más y mejor empleo constituye un factor crítico para la
modernización, el crecimiento y el propio desarrollo del país.”.
Para la nueva Estrategia,
las características fundamentales de las nuevas políticas activas de empleo han
de ser las siguientes:
“Personalización de los
servicios. Las nuevas PAE garantizarán un servicio personalizado que integrará:
• Un diagnóstico personalizado
a través de un perfilado holístico adecuado para mejorar su empleabilidad.
• Elaboración de un
itinerario personalizado como proyecto de inserción laboral y de formación para
la mejora en el empleo.
• Asignación de un tutor
o tutora individual específico que realice un acompañamiento profesional.
• El acompañamiento
continuo y personalizado a lo largo de su vida laboral que garantice la
atención permanente.
Modernización de los
servicios de empleo. Las políticas activas de empleo del siglo XXI sitúan la
digitalización en la médula de los servicios de empleo, integrando la dimensión
presencial y virtual para ampliar y mejorar sus servicios. La digitalización
alcanza diversas dimensiones:
• Inteligencia artificial
al servicio del empleo. Utilizando las potencialidades del Big data y la
inteligencia artificial para la búsqueda y la mejora del empleo.
• Portal público de
empleo. Con una plataforma integrada común de intermediación de empleo.
• Políticas de empleo en
el móvil. Aplicaciones que permitan la gestión en línea de servicios, ofertas
de empleo o formativas particularizadas, y diversos servicios para el empleo.
Políticas activas aliadas
de las empresas y la productividad. Las políticas activas de empleo han de ser
útiles para las empresas entendiendo que el trabajo es un factor clave para su
productividad. Hasta ahora las PAE estaban centradas casi en exclusiva en las
personas desempleadas, lo que las hacía poco útiles para la intermediación y la
formación.
Se dispondrán servicios
específicos para las empresas orientados a sus necesidades en materia de
intermediación laboral, cualificación profesional, detección de necesidades,
prospección del mercado laboral y las tendencias del empleo.
Impulsar el
emprendimiento y el autoempleo con garantías. Las políticas activas impulsarán
iniciativas de emprendimiento y autoempleo a lo largo del ciclo del proyecto.
Con asesoramiento previo e inicial a los proyectos, así como el acompañamiento
individualizado y su seguimiento durante sus primeras etapas.
Las políticas activas
dispondrán apoyo financiero y aval público a las iniciativas viables. Se
estimularán los proyectos en ámbitos estratégicos clave, vinculados a las
transiciones verde, digital o social.
Políticas activas para la
economía social. El asesoramiento, acompañamiento y apoyo a las iniciativas de
economía social se incorporará de forma estructural a los servicios de empleo
con el conocimiento profesional especializado para esta realidad.
Política palanca para la
transformación productiva. Las políticas activas de empleo deben comprenderse
como una política palanca que promueve la generación de empleo en ámbitos
estratégicos, innovadores o de alto valor añadido, y acompaña estas
transformaciones con la formación profesional para el empleo, las transiciones
profesionales o la reorientación del talento.
El trabajo debe estar en
el corazón de la transformación productiva y la modernización del país. El
factor trabajo es un activo clave a la hora de abordar la transformación
productiva y las transiciones verde, digital y social que debe acometer España.
Mejorar las capacidades.
Acompañamiento a lo largo de la vida. Las políticas activas de empleo están
orientadas a la mejora del empleo y de la cualificación profesional de todas
las personas trabajadoras, estén ocupadas o desempleadas, sean trabajadoras por
cuenta ajena, autónomas o cooperativistas.
La formación para el
empleo es un valor central para mejorar la empleabilidad de las personas
trabajadoras y un factor clave de mejora del capital humano y de la productividad
de las empresas.
Las PAE garantizarán la
formación continuada a lo largo de toda la vida profesional, su recualificación
y transición profesional (upskilling y reskilling).
Sistema público de empleo
estable y profesional. Los servicios públicos de empleo dispondrán de un cuerpo
profesional estable que garantice el desarrollo de una atención personalizada
de calidad.
El SNE establecerá
equipos profesionales cualificados en la puesta en marcha de las unidades
especializadas, como los Centros de Orientación, Emprendimiento e Innovación
para el Empleo.
Evaluación para la
eficacia. El conjunto de las políticas activas de empleo está sujeto a un
sistema integrado de evaluación que permita valorar su resultado e impacto, de
cara a mejorar su eficiencia y eficacia, así como la transparencia y rendición
de cuentas.
Se establecerá un sistema
común de evaluación del Sistema Nacional de Empleo que dispondrá de un equipo
profesional especializado y una metodología común y comparable en parámetros
europeos.
La evaluación es un
factor crítico clave para conocer la trazabilidad de las acciones, mejorar la
adopción de decisiones y reorientación de las acciones públicas a partir de
evidencias y datos fiables.
Compromiso de trabajo
decente. La promoción del trabajo decente, entendido como empleo estable, de
calidad y con derechos, es el objetivo principal de las políticas activas de
empleo.
La presente Estrategia
está encaminada a fomentar tanto la cantidad de empleo, haciendo frente al
desempleo, como la calidad del empleo, haciendo frente a la precariedad.
Se adoptarán medidas y
fórmulas contractuales que eviten la precariedad, garantizando las condiciones
del trabajo decente a las personas afectadas y evitando el efecto sustitución
sobre otros empleos o la degradación de las condiciones laborales de terceros”.
E De cara tanto al
inmediato como muy en especial al mediato futuro, hay que referirse al informe “España
2050. Fundamentos y propuestas para una estrategia nacional de largo plazo”.
Reproduzco el resumen ejecutivo respecto al considerado séptimo desafío, en
concreto “Resolver las deficiencias de nuestro mercado de trabajo y adaptarlo a
las nuevas realidades sociales, económicas y tecnológicas”.
“… — En las últimas
cuatro décadas, España ha experimentado una transformación profunda de su
mercado laboral, que le ha permitido aumentar la tasa de empleo desde el 50% de
1980 al 65% de 2019, reducir sustancialmente las diferencias de género, y
mejorar notablemente los derechos y condiciones laborales de millones de
personas.
— Sin embargo, estos
avances se han visto eclipsados por la persistencia de problemas como el alto
desempleo, la elevada precariedad o la insatisfacción en el trabajo, que han
derivado en una fuerte segmentación del mercado laboral. En España, conviven
empresas consolidadas y trabajadores cualificados dotados de un empleo estable,
con una mayoría de pymes poco productivas y trabajadores precarios. Esta
dualidad está partiendo nuestra sociedad en dos y limitando el desarrollo
económico y social de todo el país.
— Las transformaciones
demográficas y tecnológicas de las próximas décadas traerán nuevos retos, pero
también nuevas oportunidades para corregir esta situación. El envejecimiento
hará que en nuestro país haya 3,7 millones menos de potenciales trabajadores.
Sin cambios, esto podría provocar una caída de los ocupados del -0,5% anual de
aquí a 2050, frente al incremento del 2,0% que tuvimos entre 1995 y 2019. Para
neutralizar esta pérdida de fuerza laboral, habrá que aumentar las tasas de
empleo de las mujeres, los jóvenes y las personas mayores de 55 años;
incentivar la inmigración legal; y potenciar la recuperación y atracción de
talento.
— Nuestro objetivo debe
ser el de reducir la tasa de desempleo a menos de la mitad y alcanzar una tasa
de empleo similar a la de los países más avanzados de Europa (80% en 2050).
Esto supone aumentar nuestra inserción laboral en 15 puntos en los próximos 30
años. Es una meta ambiciosa, pero factible que ya han alcanzado varios países
de nuestro entorno.
— La generalización de
las nuevas tecnologías y la economía digital cambiarán profundamente la forma
en la que concebimos, organizamos y realizamos el trabajo. En el corto plazo,
podría provocar pérdidas de empleo y un empeoramiento de las condicionales
laborales de determinados colectivos; un riesgo que habrá que combatir mediante
una apuesta decidida por la recualificación y una adaptación de las redes de
protección social. En el medio y largo plazo, sin embargo, la transformación
tecnológica creará nuevos empleos, aumentará la productividad, y mejorará las
condiciones laborales de la mayoría de los trabajadores.
— Para aprovechar las
oportunidades del futuro, nuestro país tendrá que modernizar su tejido
productivo; actualizar y reforzar sus políticas activas de empleo; adecuar su
marco normativo a las nuevas realidades económicas y laborales; actualizar sus
mecanismos de negociación colectiva; y mejorar las condiciones de trabajo hasta
hacer de este una experiencia más satisfactoria para el conjunto de la
ciudadanía”.
E) Por último, y en
estrecha relación con los objetivos marcados para las políticas de empleo en
España en las normas comunitarias, hay que mencionar la muy reciente “Orden
TES/897/2021, de 19 de agosto, por la que se distribuyen territorialmente para
el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas
con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos
de inversión "Plan Nacional de Competencias Digitales" y "Nuevas
Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo"
recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia” https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-14163,
por la que se distribuye un total de 687.750.000,00 euros para estos programas:
Creación y actividad de
los nuevos Centros de Orientación y Emprendimiento; refuerzo de la formación
permanente del personal del Sistema Nacional de Empleo y a la mejora en la
detección de las necesidades formativas; elaboración de un Plan Transversal de
Igualdad de Género que afecte a todas las políticas activas de empleo que
ejecuten las comunidades autónomas; programas de formación con compromiso de
contratación dirigidos a mujeres víctimas de violencia de género o víctimas de
trata o explotación sexual u otros colectivos de mujeres especialmente;
programa para mejorar la capacitación de las mujeres en los municipios de menos
de 5.000 habitantes; primeras experiencias profesionales de las personas
jóvenes en las administraciones públicas; programa Investigo, para el fomento
de la contratación de personas jóvenes dedicadas a labores de investigación en
el ámbito público y privado; proyectos de inserción y emprendimiento en el
ámbito local para colectivos especialmente vulnerables (personas paradas de
larga duración, personas con discapacidad, minorías étnicas,…); proyectos
territoriales para el emprendimiento y la microempresa que favorezcan
principalmente la economía verde y digital; programa de mejora de las
capacidades digitales de las personas desempleadas en el ámbito rural para
impulsar el emprendimiento y reducir la brecha de género.
Buena lectura.
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