miércoles, 1 de septiembre de 2021

Repaso a normas, informes y documentos sobre las políticas de empleo. Hablemos del futuro, sin olvidar que hemos de estar atentos al presente.

 

1. Los últimos meses han sido muy prolíficos por lo que respecta a la publicación de normas, informes y documentos sobre las políticas de empleo, principalmente las denominadas “activas” pero también sin dejar de interesarse por la necesaria protección a las personas desempleadas, las llamadas, con terminología que cada vez me parece más inapropiada ya que con ellas se busca también mejorar la situación laboral de las persona trabajadoras, política “pasivas”.   

En una reciente entrada http://www.eduardorojotorrecilla.es/2021/08/tecnologia-y-relaciones-laborales_28.html    ya me he referido a algunas de ellas desde la perspectiva de la relación del cambio tecnológico con la mejora de dichas políticas para facilitar tanto el acceso al empleo como la permanencia en el mercado de trabajo, a la par que satisfacer las necesidades empresariales de disponer de un personal formado y adecuadamente cualificado ante los cambios especialmente acelerados en la actividad productiva, y en los hábitos de compra de las personas, durante la crisis sanitaria.

Sobre la formación del personal, y los conocimientos y aptitudes que se requieren de cada a los cambios que ya se están operando en el mundo empresarial, es de interés la lectura del artículo “Defining the skills citizens will need in the future world of work”, redactado por Marco Dondi, Julia Klier, Frédéric Panier y Jörg Schubert. El artículo parte de la premisa de que en un mercado laboral cada vez más automatizado, digital y dinámico, "todos los ciudadanos se beneficiarán de tener un conjunto de habilidades fundamentales que les ayuden a cumplir los tres criterios siguientes, independientemente del sector en el que trabajen o de su ocupación: añadir valor más allá de lo que pueden hacer los sistemas automatizados y las máquinas inteligentes: operar en un entorno digital; adaptarse continuamente a las nuevas formas de trabajo y a las nuevas ocupaciones".

Solo recuerdo ahora que en la citada entrada hago referencia en primer lugar a la consulta pública abierta por el Ministerio de Trabajo y Economía Social el 18 de agosto como paso previo a la elaboración de un “proyecto de ley de empleo” que caso de ser finalmente aprobado derogaría la norma actualmente vigente, el Real Decreto Legislativo 5/2015 de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo; en segundo  término, a la reforma de las políticas activas de empleo y la digitalización del Servicio Estatal Público de Empleo para su modernización y eficiencia, que se encuentra en las reformas propuestas en el “Plan de recuperación, transformación y resiliencia”  presentado por el gobierno español a la Comisión Europea y que ha recibido una valoración positiva por parte de esta, así como también a la Nueva Estrategia española de apoyo activo al empleo (2021- 2024) que obtuvo el visto bueno de todas las Comunidades Autónomas en la conferencia sectorial de empleo y asuntos laborales celebrada el 28 de abril, y al recientemente aprobado Plan Garantía Juvenil Plus 2021-2027 de trabajo digno para las personas jóvenes.

En tercer lugar, reforzando todo lo anteriormente expuesto, y con perspectiva de futuro a medio y largo plazo, se encuentran las reflexiones y propuestas formuladas en el documento “España 2050. Fundamentos y propuestas para una estrategia nacional de largo plazo”. Por último, y desde luego no menos importante, analicé cómo aborda la relación entre el empleo y el cambio tecnológico, el último borrador conocido del “Plan estratégico de la ITSS 2021, 2022 y 2023”,  que parte en su análisis de las relaciones laborales del “imparable avance de la tecnología y de la digitalización, que alcanza una singular y notable repercusión en la esfera del trabajo, y a la reivindicación de una verdadera igualdad, material y no solo formal, entre mujeres y hombres en el ámbito laboral”.

El objetivo de la presente entrada es repasar los contenidos más relevantes, siempre a mi parecer obviamente, de esas normas, informes y documentos que se han publicado y que he tenido oportunidad de leer, aunque, a fuer de ser sincero, he de decir que de algunos de los documentos e informes solo he leído los amplios resúmenes ejecutivos que se han publicado para cada uno de ellos.  A ellos me refiero a continuación y lógicamente iniciaré  la exposición con las referencias a las normas dictadas en el ámbito comunitario que versan sobre la nueva regulación de los fondos estructurales comunitarios y de aquellos creados para dar respuesta a la grave situación económica y social derivada de la crisis sanitaria.

2. Pero antes, formulo unas consideraciones generales sobre el futuro del empleo, o más ampliamente del futuro del trabajo… sin olvidar que hemos de estar muy atentos al presente. Estas son, simplemente, unas notas para debate.

--  Se constata un incremento de las desigualdades económicas y sociales provocado por la actual crisis pero que se arrastra desde hace muchos años. Así se confirma en los estudios de las organizaciones internacionales (OIT, FMI, OCDE). Desigualdades, no solo existentes a escala internacional sino también en el seno de cada Estado.

-- Las posibilidades que se abren en Europa, y por tanto en España, con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Una oportunidad que no puede ni debe desaprovecharse ante el futuro que nos aguarda después de la pandemia. Remito a http://www.eduardorojotorrecilla.es/2021/05/planes-programas-y-estrategias-notas.html

-- Mención específica a España durante la crisis, aunque puede ser trasplantada a otros países en los que existes mecanismos de protección semejantes. Mala utilización por parte de algunos sectores empresariales de los mecanismos de suspensión de los contratos de trabajo y de reducción de jornada. Influencia en el deterioro de las condiciones laborales y en la poca atención a la clientela presencial en algunos establecimientos. ¿Igual o más trabajo con menos personal y peor atención? ¿Más trabajo = horas extras encubiertas y en bastantes casos no remuneradas, o no cotizadas a la Seguridad Social?

Muy interesante al respecto es el último borrador conocido del Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2021-2023, con 40 objetivos tendentes a “garantizar unas condiciones de trabajo dignas, seguras y saludables y avanzar en la recuperación de derechos laborales”, debiendo incidir la actuación de la ITSS “en líneas generales”, sobre las siguientes materias:

“Trabajo que garantice un ingreso justo: actuaciones en materia de salarios.

Jornadas que no vayan en detrimento de la salud y permitan la conciliación personal y familiar: actuaciones en materia de tiempo de trabajo y contratación a tiempo parcial.

Contratos de trabajo que garanticen la preferencia legal por el contrato indefinido: actuaciones en materia de contratación temporal fraudulenta.

 La seguridad en los lugares de trabajo: actuaciones en materia de seguridad y salud laboral.

 Trabajo declarado: actuaciones dirigidas a aflorar empleos irregulares.

 Mejores condiciones para el desarrollo personal e integración social: ausencia de cualquier tipo de discriminación, tanto en el acceso al empleo como en la promoción profesional, con especial atención a colectivos especialmente vulnerables.

 Libertad para que los individuos se organicen y participen en las decisiones de su vida: en el ámbito laboral, se manifiesta a través de la libertad sindical y representación en la empresa.

Igualdad de oportunidades y no discriminación, especialmente por razón de género.

Sostenibilidad del Sistema de Seguridad Social”

-- Mitos, verdades y fake news de la digitalización.  Potenciación del individualismo en las relaciones de trabajo y perdida del componente colectivo. Las dificultades existentes para la acción colectiva. La tecnología no es neutra.

-- La importancia de la formación…, pero la dificultad de aplicar una formación cualificada del personal a puestos de trabajo que la requieren de forma muy limitada. 

-- Afectación especial de la crisis a jóvenes (hay que delimitar cuál es el concepto de joven), mujeres (especial preocupación por las dificultades de conciliación de la vida laboral y familiar, y lo que puede suponer de retroceso de derechos conseguidos en décadas anteriores), y a personal con baja cualificación (en especial la digital). El impacto de la crisis sobre la salida de los jóvenes del hogar familiar y su influencia en la adopción por estos de decisiones propias sobre su futuro profesional.

-- En nuestro debates y propuestas no podemos olvidar la importancia que han de tener las Administraciones Locales en el diseño y ejecución de políticas activas de empleo. La reforma de tales políticas en el marco de la nueva Estrategia 2021-2024 puede ser el momento adecuado para reforzar esta participación.

-- La influencia cada vez más relevante de grandes empresas, de forma mucho más directa que en etapas históricas anteriores, para evadir el cumplimiento de la normativa laboral, y el caso de las personas que trabajan para las empresas de la economía de plataformas es significativo.  general. De obligada lectura al respecto son dos recientes artículos del profesor Antonio Baylos “Obedézcase, pero no se cumpla”: los intentos de desactivar la aplicación de la ley “riders” https://baylos.blogspot.com/2021/08/obedezcase-pero-no-se-cumpla-los.html  y “Dos sentencias y un mismo problema: los falsos autónomos del sector cárnico”  https://baylos.blogspot.com/2021/08/dos-sentencias-y-un-mismo-problema-los.html 

Desde una perspectiva más general sobre la influencia de las grandes empresas en la conformación de las decisiones políticas, y sus consecuencias jurídicas, vid el artículo de Margarida Silva and Max Bank “How Big Tech money skews the European playing-field”. En dicho artículo se recogen datos de un reciente informe en el que se ha constatado que “Nada menos que 612 empresas, grupos y asociaciones empresariales ejercen presión para influir en las políticas de economía digital de la UE y gastan al menos 97 millones de euros al año en ello. Pero el lobby tecnológico está dominado por un puñado de empresas. Sólo diez son responsables de casi un tercio (32 millones de euros) del gasto asociado: Vodafone, Qualcomm, Intel, IBM, Amazon, Huawei, Apple, Microsoft, Facebook y Google. Una comparación entre sectores muestra que estas diez primeras empresas tienen más poder de presión que sus homólogas de los sectores farmacéutico, químico, automovilístico o financiero”, y se destaca que “una reciente investigación de New Statesman descubrió que, en sólo seis años, Google, Facebook, Amazon y Microsoft habían gastado decenas de millones de euros en financiar institutos académicos de primera línea de la UE. Las empresas financiaban investigaciones con potencial impacto en sus modelos de negocio, desde la privacidad y la protección de datos hasta la competencia”.

--  ¿Cuál es el concepto hoy de clase trabajadora? Me lo pregunto para saber hacia dónde deben dirigirse las normas laborales y con qué contenidos. He insistido en muchas ocasiones, y cada vez más, en la diversidad existente, y en la correlativa dificultad de adoptar medidas que sean totalmente válidas con carácter general. En cualquier caso, la corrección de las desigualdades y la potenciación de los mecanismos de protección social se configuran a mi parecer como el santo y seña de cualquier política tendente a mejorar las condiciones de vida de la mayor parte de la población.  

-- El impacto de la precariedad. Al respecto, véase el informe sobre la temporalidad en España, publicado el pasado mes de julio, por la Secretaría de Empleo y cualificación profesional de CCOO, https://www.ccoo.es/5a5b506467d83d6b8a7535cd4a2bd260000001.pdf

Algunos datos muy significativos:

“Entre 2012 y 2020 se formalizaron 166.000.000 de contratos, el 91% de los cuales eran de carácter temporal.

Los contratos inferiores a 7 días pasaron de 2,9 millones en 2011 a 6,1 millones en 2019, esto es un incremento de más del 100%.

La duración media de los contratos pasó de 63 días en 2011 a 49 días en 2019, una reducción del 38%.

Según datos del Ministerio de la Seguridad Social, una de cada cinco bajas de personas empleadas en la Seguridad Social en 2019 sólo había trabajado un día.

Los contratos obra o servicio y los eventuales concentran el 82% del total de contratos registrados y el 91% de los contratos temporales.

Según fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en 2019 se produjeron 29,5 millones de altas y más de 29 millones de bajas a la Seguridad Social, fueron 10 millones más que en el año 2012”.

-- Un mundo del trabajo en el que no solo hay que prestar atención a las personas trabajadoras sino también al tejido empresarial y a su composición. Los más recientes datos facilitados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social deben merecer nuestra atención para cualquier reforma de la normativa laboral. https://www.mites.gob.es/estadisticas/Emp/Emp21-Jun/Resumen%20de%20resultados%20Junio%202021.pdf

En junio 2021 el número de empresas era de 1.306.988 y de 14.059.088 los trabajadores ocupados en ellas, mientras que en junio de 2019, es decir poco después de iniciada la crisis sanitaria, era 1.349.325 empresas y de 14.303.326 trabajadores. O dicho de otra forma, en estos dos años hay una diferencia negativa de 42.337 empresas y 244.238 trabajadores ocupados.

 

-Las ‘Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES)’ -de 1 a 249 trabajadores- son el 99,63% (1.302.209) de las empresas y emplean al 59,94% (8.426.593) de los trabajadores. Por su tamaño, se dividen en:

Microempresa -de 1 a 9 trabajadores: 85,89% (1.122.552) de las empresas y 21,10% (2.965.681) de los trabajadores.

Pequeña Empresa -de 10 a 49 trabajadores: 11,82% (154.536) de las empresas y 21,44% (3.014.530) de los trabajadores.

Mediana Empresa -de 50 a 249 trabajadores: 1,92% (25.121) y 17,40% (2.446.382) de los trabajadores.

Grandes Empresas -de 250 o más trabajadores- 0,37% (4.779) y 40,07% (5.632.495) de los trabajadores. -VER Cuadro 1-

Conviene aquí recordar que las empresas de 1 a 5 trabajadores son el 76% (991.510) y emplean al 14% (2.022.974) de los trabajadores, en las que no se celebran elecciones para representantes del personal,

-- Por último, buenas empresas son las que combinan unas adecuadas políticas de personal con una elevada productividad y consiguiente rentabilidad. Pero es obvio que nuestra mirada, de cara al futuro, debe dirigirse hacia la potenciación de empresas socialmente sostenibles, respetuosas con el medio ambiente y con políticas (verdaderas, y no solo de fachada) de responsabilidad social, que incluyan la igualdad y no discriminación, en especial por razón de género, en su ADN.

 

3. Pasemos ya al examen, básicamente descriptivo, de las normas comunitarias.

A) Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 1296/2013, con entrada en vigor al día siguiente de su publicación. La dotación financiera para la ejecución del FSE+ durante el período 2021 - 2027 será de 87 995 063 417 EUR, a precios de 2018.

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv%3AOJ.L_.2021.231.01.0021.01.SPA&toc=OJ%3AL%3A2021%3A231%3ATOC

Para un detallado estudio de la norma derogada remito a la entrada “La regulación del Fondo Social Europeo en el período 2007 -2013 y las novedades incorporadas en la del período 2014-2020” http://www.eduardorojotorrecilla.es/2014/01/la-regulacion-del-fondo-social-europeo.html

De su introducción merece especial mención el apartado 23: “Mediante el apoyo a los objetivos específicos establecidos en el presente Reglamento, entre otros, a través de la contribución al objetivo político de «una Europa más social e integradora mediante la aplicación del pilar europeo de derechos sociales» tal como se recoge en el Reglamento (UE) 2021/1060, el FSE+ seguirá contribuyendo a las estrategias de desarrollo territorial y local para aplicar el pilar. Apoyará las herramientas establecidas en el artículo 28 de dicho Reglamento y contribuirá así también a la consecución del objetivo político de «una Europa más próxima a sus ciudadanos, mediante el fomento del desarrollo integrado y sostenible de todo tipo de territorios y de iniciativas locales» tal como se recoge en el Reglamento (UE) 2021/1060, también mediante medidas de reducción de la pobreza y de inclusión social, teniendo en cuenta las especificidades de las regiones urbanas, rurales y costeras con vistas a abordar las desigualdades socioeconómicas en las ciudades y regiones”.

En el texto articulado, el art. 2 está dedicado a las definiciones de los términos utilizados en la norma, siendo relevante destacar que se conceptúa como “grupo desfavorecido”, al grupo de personas “en situaciones socioeconómicas de vulnerabilidad, incluidas aquellas que se encuentren en situación o riesgo de pobreza, exclusión social o discriminación en sus múltiples facetas”.

De especial importancia es el art. 3, que establece los objetivos del FSE+ y los métodos de ejecución. Partiendo de cuál es el marco competencial de las políticas de empleo, se dispone con carácter general que “apoyará, complementará y añadirá valor a las políticas de los Estados miembros para garantizar la igualdad de oportunidades, la igualdad de acceso al mercado laboral, unas condiciones de trabajo justas y de calidad, la protección y la inclusión social, en particular centrándose en una educación y formación inclusivas y de calidad, el aprendizaje permanente, la inversión en los menores y las personas jóvenes y el acceso a los servicios básicos”.

Hemos de acudir al art. 4 para conocer, siempre teniendo en consideración el ámbito competencial de la Unión y de los Estados miembros, cuales son los objetivos específicos de las políticas sectoriales de empleo y movilidad laboral, educación e inclusión social.

“a) mejorar el acceso al empleo y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular de las personas jóvenes, especialmente a través de la aplicación de la Garantía Juvenil, de los desempleados de larga duración y los grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y de las personas inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social;

b) modernizar las instituciones y los servicios del mercado de trabajo para evaluar y prever las necesidades de capacidades y garantizar una asistencia oportuna y personalizada y el apoyo a la adecuación entre la oferta y la demanda en el mercado de trabajo, las transiciones y la movilidad;

c) promover una participación equilibrada de género en el mercado de trabajo, unas condiciones de trabajo equitativas y una mejora del equilibrio entre la vida laboral y la familiar, en particular mediante el acceso a unos servicios asequibles de atención a la infancia y de atención a personas dependientes;

d) promover la adaptación de los trabajadores, las empresas y los emprendedores al cambio, el envejecimiento activo y saludable y un entorno de trabajo saludable y bien adaptado que aborde los riesgos para la salud;

e) mejorar la calidad, inclusividad, eficacia y pertinencia para el mercado laboral de los sistemas de educación y formación, también mediante la validación del aprendizaje no formal e informal, para apoyar la adquisición de competencias clave, incluidas las capacidades empresariales y digitales, y promoviendo la introducción de sistemas de formación dual y de formación de aprendices;

 f) promover la igualdad de acceso a una educación y una formación de calidad e inclusivas y su culminación, en particular para los grupos desfavorecidos, desde la educación infantil y cuidados de la primera infancia, pasando por la educación y la formación generales y profesionales, hasta la educación superior, así como la educación y el aprendizaje de las personas adultas, facilitando también la movilidad para el aprendizaje para todos y la accesibilidad de las personas con discapacidad;

g) promover el aprendizaje permanente, en particular mediante oportunidades para todos de mejora y reciclaje flexibles de las capacidades teniendo en cuenta las capacidades empresariales y digitales, una mejor previsión de los cambios y nuevos requisitos de capacidades, habida cuenta de las necesidades del mercado de trabajo, facilitando las transiciones profesionales y promoviendo la movilidad profesional;

h) fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los grupos desfavorecidos;

i) promover la integración socioeconómica de los nacionales de terceros países, incluidos los migrantes;

j) promover la integración socioeconómica de las comunidades marginadas, como la población romaní;

k) mejorar la igualdad y la oportunidad del acceso a unos servicios de calidad, sostenibles y asequibles, incluidos los servicios que promueven el acceso a la vivienda y a una atención centrada en las personas, incluida la asistencia sanitaria; modernizar los sistemas de protección social, también fomentando el acceso a la protección social, con especial atención a los menores y los grupos desfavorecidos; mejorar la accesibilidad, también para personas con discapacidad, la efectividad y la resiliencia de los sistemas de asistencia sanitaria y de los servicios de cuidados de larga duración;

l) promover la integración social de las personas en riesgo de pobreza o exclusión social, incluidas las personas más desfavorecidas y la población infantil;

m) hacer frente a la privación material mediante alimentos y/o prestación de asistencia material básica a las personas más desfavorecidas, en particular a los menores, y establecer medidas de acompañamiento que apoyen su inclusión social”.

Todas las medidas que se instrumenten a través de las acciones puestas en marcha por la Unión, o en gestión compartida con los Estados miembros, deberán respetar los principios de igualdad de género, igualdad de oportunidades y no discriminación. Así se dispone en el art. 5 cuando se recoge que por medio del FSE + los Estados miembros y la Comisión “tendrán como finalidad aumentar la participación de las mujeres en el empleo y la conciliación de la vida privada y la profesional, así como luchar contra la feminización de la pobreza y contra la discriminación por cuestiones de género en el mercado laboral y en los ámbitos de la educación y la formación”.

B) Reglamento (UE) 2021/1056 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo de Transición Justa

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv%3AOJ.L_.2021.231.01.0001.01.SPA&toc=OJ%3AL%3A2021%3A231%3ATOC

Su art. 1 define el objeto y ámbito de aplicación, que es con carácter general el de “prestar apoyo a la población, la economía y el medio ambiente de los territorios que se enfrentan a retos socioeconómicos graves derivados del proceso de transición hacia los objetivos de la Unión para 2030 en materia de energía y clima tal como se definen en el artículo 2, punto 11, del Reglamento (UE) 2018/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo (15) y una economía de la Unión climáticamente neutra de aquí a 2050”.

Por lo que respecta a su objetivo específico, hemos de acudir al art. 2, cual es, de conformidad con el artículo 5, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2021/1060, “hacer posible que las regiones y las personas afronten las repercusiones sociales, laborales, económicas y medioambientales de la transición hacia los objetivos de la Unión para 2030 en materia de energía y clima y una economía de la Unión climáticamente neutra de aquí a 2050, con arreglo al Acuerdo de París”.

Desde la perspectiva concreta de las políticas de empleo es de especial interés en primer lugar el art. 3, que aborda el ámbito geográfico y recursos en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento en todos los Estados miembros, fijándose para el período 2021- 2027 la cuantía de 7 500 000 000 EUR a precios de 2018. También, el art. 8, en el que se concreta el alcance del apoyo que prestará el Fondo a los Estados, previéndose que “solo apoyará actividades que estén directamente vinculadas a su objetivo específico, tal como se establece en el artículo 2, y que contribuyan a la ejecución de los planes territoriales de transición justa establecidos de conformidad con el artículo 11”, entre las que se encuentran “l) asistencia a solicitantes de empleo en su búsqueda de trabajo” y “m) inclusión activa de los solicitantes de empleo”.

Es obligado en este punto relacionar la citada norma comunitaria con la española, dada la reciente aprobación de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-8447

Su objeto, recogido en el art. 1, es el de “asegurar el cumplimiento, por parte de España, de los objetivos del Acuerdo de París, adoptado el 12 de diciembre de 2015, firmado por España el 22 de abril de 2016 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 2 de febrero de 2017; facilitar la descarbonización de la economía española, su transición a un modelo circular, de modo que se garantice el uso racional y solidario de los recursos; y promover la adaptación a los impactos del cambio climático y la implantación de un modelo de desarrollo sostenible que genere empleo decente y contribuya a la reducción de las desigualdades”.

En esta norma encontramos algunas referencias directas a la necesidad de adoptar medidas de empleo que faciliten una transición gradual hacia los objetivos propuestos. Así, en el art. 6, que trata sobre la digitalización para la descarbonización de la economía, se dispone que el gobierno “adoptará acciones de impulso a la digitalización de la economía que contribuyan a lograr los objetivos de descarbonización, en el marco de la estrategia España Digital 2025”, incluyendo entre ellas “d) Impulsar las competencias digitales de la fuerza laboral, entre otros para las personas trabajadoras de los sectores necesitados de medidas de acompañamiento de Transición Justa, cuyos puestos pueden ser reemplazados por tecnologías emergentes, de modo que se maximice el aprovechamiento de las oportunidades y se minimicen los efectos negativos”.

En la línea del Reglamento comunitario, la ley española regula (arts. 27 y siguientes) la  Estrategia de transición justa, que deberá tener en cuenta la perspectiva de género, definida como “el instrumento de ámbito estatal dirigido a la optimización de las oportunidades en la actividad y el empleo de la transición hacia una economía baja en emisiones de gases de efecto invernadero y a la identificación y adopción de medidas que garanticen un tratamiento equitativo y solidario a las personas trabajadoras y territorios en dicha transición”, y que deberá incluir contenidos que afectan directamente al empleo como son “a) Identificación de colectivos, sectores, empresas y territorios potencialmente vulnerables al proceso de transición a una economía baja en emisiones de carbono. b) Análisis de las oportunidades de creación de actividad económica y empleo vinculadas a la transición energética. c) Políticas industriales, agrarias y forestales, de investigación y desarrollo, de innovación, de promoción de actividad económica y de empleo y formación ocupacional para la transición justa. d) Instrumentos para el seguimiento del mercado de trabajo en el marco de la transición energética mediante la participación de los agentes sociales, así como en las mesas de diálogo social”.   

C) Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión  

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv%3AOJ.L_.2021.231.01.0060.01.SPA&toc=OJ%3AL%3A2021%3A231%3ATOC

La norma establece los objetivos específicos y el alcance de la ayuda del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en relación con el objetivo de inversión en empleo y crecimiento y el objetivo de cooperación territorial europea (Interreg), a que se refiere el artículo 5, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/1060. También , los objetivos específicos y el alcance de la ayuda del Fondo de Cohesión “en relación con el objetivo de inversión en empleo y crecimiento, a que se refiere el artículo 5, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) 2021/1060”.

Tales objetivos específicos son, por lo que respecta a las políticas de empleo, “d) una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales («objetivo político 4»), mediante: i) la mejora de la eficacia y el carácter inclusivo de los mercados de trabajo y el acceso al empleo de calidad, mediante el desarrollo de las infraestructuras sociales y la promoción de la economía social”, y “iv) el fomento de la integración socioeconómica de nacionales de terceros países, en particular los migrantes, a través de actuaciones integradas, como por ejemplo la vivienda y los servicios sociales…”.

D) Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv%3AOJ.L_.2021.231.01.0159.01.SPA&toc=OJ%3AL%3A2021%3A231%3ATOC

El art. 5 define cuáles son los objetivos políticos a los que prestarán su apoyo el FEDER, el FSE+, el Fondo de Cohesión y el FEMPA, todos ellos de indudable afectación a las políticas de empleo. Son los siguientes: “a) una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones; b) una Europa más verde, baja en carbono, en transición hacia una economía con cero emisiones netas de carbono y resiliente, promoviendo una transición energética limpia y equitativa, la inversión verde y azul, la economía circular, la mitigación y adaptación al cambio climático, la prevención y gestión de riesgos y la movilidad urbana sostenible; c) una Europa más conectada, mejorando la movilidad; d) una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales; e) una Europa más próxima a sus ciudadanos, fomentando el desarrollo integrado y sostenible de todo tipo de territorios e iniciativas locales”.

Igualmente se dispone que el FEDER, el FSE+, el Fondo de Cohesión y el FTJ “contribuirán a las acciones de la Unión encaminadas a reforzar su cohesión económica, social y territorial de conformidad con el artículo 174 del TFUE, persiguiendo los siguientes objetivos: a) el objetivo de inversión en empleo y crecimiento en los Estados miembros y las regiones, con el apoyo del FEDER, el FSE+, el Fondo de Cohesión y el FTJ, y b) el objetivo de cooperación territorial europea (Interreg), con el apoyo del FEDER”.

De especial importancia, por las obligaciones que establece para los Planes de Recuperación de los Estados miembros es el apartado 3 de dicho artículo, en el que, tras una manifestación previa soft law de que los Estados miembros y la Comisión fomentarán la coordinación, complementariedad y coherencia entre los Fondos y otros instrumentos y fondos de la Unión. Asimismo, optimizarán los mecanismos de coordinación entre los servicios competentes para evitar duplicidades durante las fases de planificación y ejecución”, estipula que “los Estados miembros y la Comisión también tendrán en cuenta las recomendaciones específicas por país pertinentes en la programación y ejecución de los Fondos”.

4. Mi atención se centra ahora en informes y documentos tanto de ámbito internacional como comunitario y español. Me permito recordar que en una entrada anterior http://www.eduardorojotorrecilla.es/2021/08/los-debates-sobre-politica-de-empleo-en.html abordé el debate actualmente existente sobre las políticas de empleo en Cataluña y las resoluciones aprobadas por el Parlamento autonómico el 22 de julio.

A) Fiel a su cita anual, el 7 de julio se publicó el Informe de empleo de la OCDE correspondiente a este año, https://www.oecd.org/employment-outlook/2021/   cuyas conclusiones son sustancialmente semejantes, como creo que no podría ser de otra forma, con las recogidas en los informes periódicos que ha ido publicando la OIT desde que se inició la crisis sanitaria, así como en la Memoria de su Director General de la OIT en la 109ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo y que he ido analizando en entradas anteriores    http://www.eduardorojotorrecilla.es/2021/06/la-covid-y-el-mundo-del-trabajo-notas.html

En el resumen ejecutivo del informe se subraya que “La carga de la crisis de COVID-19 ha recaído de forma desproporcionada en grupos ya vulnerables. La conmoción inicial derivada de la crisis deCOVID-19 se dejó sentir en amplios sectores de la economía, ya que  el  miedo  al  contagio  y  las  estrictas  restricciones  a  la  proximidad  social  frenaron duramente la actividad económica en los países de la OCDE. A medida que las personas y los gobiernos han aprendido a convivir con  el  virus,  se  han  adaptado los  comportamientos y  las  restricciones  se  han  hecho menos estrictas y más enfocadas.  Esto ha  permitido  a  muchos  volver  al  trabajo.  Sin embargo,  la  naturaleza profundamente sectorial de la crisis y las diferencias en la protección que ofrecen los distintos tipos de empleos han hecho que algunos tengan que soportar la mayor parte de la carga en términos de pérdida de  empleos y  reducción  del  tiempo  de  trabajo. Las personas con ocupaciones poco  remuneradas,  a menudo  con  contratos  de  duración  determinada,  con  bajo  nivel  educativo  y  los  jóvenes  se  han  visto especialmente  afectados  por  los  estragos  de  la  crisis;  las  horas  trabajadas  por  estos  grupos  han disminuido de forma desproporcionada y el desempleo ha representado gran parte del ajuste, mientras que otros grupos pudieron adaptarse mejor a través de reducciones de la jornada laboral y el teletrabajo. Las   empresas   también   se   están   reestructurando   de   forma   que   aceleran   las megatendencias preexistentes, tales como la automatización y la digitalización. Todo esto tendrá implicaciones en la fuerza y el alcance de la recuperación”.

Por lo que respecta al apartado dedicado a España se destaca que el gasto en las políticas activas de mercado de trabajo se redujo un 14% en España durante 2020, y que aumentará un 35% en 2021, “lo que permitirá un ajuste y refuerzo de los programas y políticas de los SPE”.    https://read.oecd-ilibrary.org/view/?ref=1099_1099150-lnemrstcja&title=OECD-Employment-Outlook-2021-Spain-EN&_ga=2.17881850.219337861.1627980783-1408059268.1627392681

Para el conjunto de la OCDE el Informe 2021 aporta estos datos significativos:

“… en 2020 se perdieron en países de la OCDE aproximadamente 22 millones de puestos de trabajo con respecto a 2019, y 114 millones en todo el mundo. Pese a la recuperación parcial, en la OCDE quedan todavía ocho millones largos de desempleados más que antes de la crisis, y el número de personas que no buscan activamente un empleo sigue más de 14 millones por encima de las cifras precrisis. La tasa de empleo (el porcentaje de la población en edad de trabajar que está ocupada) en los países de la OCDE continuará por debajo de los niveles prepandemia a finales de 2022…

… Las horas trabajadas en empleos de baja remuneración cayeron más de un 28% en el conjunto de la OCDE, 18 puntos porcentuales más que el descenso registrado en los empleos mejor remunerados. El número de jóvenes que ni trabajan ni estudian ni reciben formación (los denominados «nini») se incrementó en casi tres millones, lo que constituye una inversión de la tendencia del último decenio. Al final de 2020, la tasa media de «nini» en la franja de edad de 15 a 29 años, el 12%, seguía un punto porcentual por encima de la del año anterior.

La tasa de desempleo de la OCDE bajó ligeramente en mayo de 2021, hasta el 6,6% (frente al 6,7% de abril de 2021), y permanece 1,3 puntos porcentuales por encima de su nivel prepandemia observado en febrero de 2020. El número de trabajadores desempleados en los países de la OCDE se situó en 43,5 millones en mayo de 2021, 8,1 millones más que en febrero de 2020. Por su parte, la tasa de desempleo juvenil de la OCDE, un 13,6% en mayo de 2021, seguía 2,2 puntos porcentuales por encima de su nivel prepandemia. Existen considerables disparidades entre países en lo que respecta a la magnitud de la perturbación económica y a la velocidad de la recuperación: las diferencias entre las tasas de desempleo de mayo de 2021 y febrero de 2020 van desde los más de 4 puntos porcentuales de algunos países (como Colombia y Costa Rica) hasta casi 0 en otros (Australia y Francia, por ejemplo)”.

B) También fiel a su cita anual, la Comisión Europa publicó el 6 de julio su informe sobre el empleo y los desarrollos sociales en Europa. https://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=en&catId=113&furtherNews=yes&newsId=10039  destaco aquellas conclusiones del Informe que me han parecido más destacada y que también siguen en la misma línea que los informes de la OIT y de la OCDE, con las particularidades propias de la situación económica y social de cada Estado miembro.

“El impacto geográfico de la crisis del COVID-19 ha sido desigual y puede ampliar las desigualdades regionales que ya existían antes de la pandemia. La pérdida de puestos de trabajo fue cinco veces mayor en las zonas rurales que en las ciudades. En el conjunto de los Estados miembros de la UE, las regiones mediterráneas fueron las más afectadas por la pérdida de puestos de trabajo, lo que también está relacionado con una mayor proporción de personas que trabajan en el turismo. …

….Las regiones que demostraron ser más resistentes al choque de COVID-19 tienden a compartir características como una alta productividad regional, un alto nivel de población cualificada, una gran inversión en investigación y desarrollo, instituciones públicas locales de calidad y una sólida infraestructura digital. En general, los mercados de trabajo con buen rendimiento demostraron estar mejor protegidos contra la recesión económica.

…. El descenso de la tasa de empleo en la UE fue ligeramente superior para los hombres que para las mujeres. Sin embargo, el efecto de la crisis sobre las desigualdades de género depende de varias dimensiones, y la pandemia puso de manifiesto las desigualdades de género existentes desde hace tiempo. Las mujeres experimentaron una caída más pronunciada de las horas de trabajo que los hombres en el segundo trimestre de 2020, ya que algunos sectores caracterizados por un alto nivel de empleo femenino (por ejemplo, las actividades de alojamiento y servicios de alimentación) se vieron fuertemente afectados por los cierres. Además, las mujeres siguieron asumiendo la mayor parte de las responsabilidades de cuidado de personas, y se enfrentaron a retos para conciliar la vida laboral con la privada.

“… Además de las desigualdades preexistentes, los grupos más vulnerables sufrieron un deterioro de las condiciones de vida a lo largo de la crisis de COVID-19. Las restricciones de cierre afectaron a estas personas mucho más que a la población en general. Los trabajadores expuestos, los inmigrantes, las comunidades segregadas y marginadas, las personas sin hogar, las personas con discapacidades o que necesitan cuidados de larga duración, los cuidadores, los niños y las familias. de larga duración, los cuidadores, los niños y las familias (especialmente los hogares monoparentales), los jóvenes y estudiantes tuvieron menos recursos para hacer frente a la pandemia.

… El grupo de trabajadores críticos es muy heterogéneo. Incluye: a) profesionales de la salud, la información y la comunicación, la enseñanza y algunos campos de la ingeniería y ciencia; b) profesionales asociados en los campos anteriores; c) los trabajadores de los cuidados personales, los trabajadores de la agricultura, la pesca y la ganadería (cualificados y no cualificados), trabajadores del transporte y del mar y operadores de instalaciones móviles, trabajadores elementales y recolectores de basura. Estas clasificaciones contienen una mezcla de trabajadores muy mal pagados y de trabajadores mejor pagados. También hay disparidades entre países en el nivel de los salarios, que entre otras cosas contribuyen a las tendencias de movilidad de los profesionales de la salud, lo que se traduce en una creciente escasez de personal en algunos Estados miembros”.

C) Paso a continuación a las propuestas contenidas sobre las políticas de empleo en el “Componente 23” del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, y también en la nueva Estrategia Española de búsqueda activa de empleo 2021 – 2024.  Reproduzco un amplio fragmento del citado componente, remitiendo a las personas interesadas a la lectura íntegra del documento.

“Las políticas activas de empleo son una pieza clave en la lucha contra el desempleo y constituyen también un elemento fundamental en la configuración de un mercado de trabajo sostenible que en la actualidad se enfrenta al reto de envejecimiento demográfico. Por ello, el refuerzo y modernización de las políticas activas de empleo es una segunda pieza clave del paquete de reformas que serán elevadas al Diálogo Social. En el diseño de las políticas activas resulta clave que las personas trabajadoras estén integradas en un sistema de formación en ciclo vital y con empresas implicadas en la empleabilidad. A pesar de la importante inversión en este terreno, hasta la fecha las políticas activas de empleo no han sido eficaces para reducir el paro de larga duración y garantizar la inserción y orientación profesional de las personas trabajadoras. Además, es preciso eliminar los obstáculos legales o de otro tipo al mantenimiento voluntario de los trabajadores mayores en el mercado de trabajo y de diseñar políticas activas dirigidas a evitar la discriminación de este tipo de trabajadores o “edadismo”, en coherencia con las reformas previstas en el componente 30 del Plan referido al sistema público de pensiones.

Es necesario mejorar los instrumentos para facilitar el retorno al empleo de las personas desempleadas mediante:

1. La modernización y refuerzo de la formación para el empleo y la configuración de trayectorias individualizadas de orientación para el empleo. Para disponer de un marco que permita la formación continua a lo largo de toda la vida profesional, la recualificación de las personas trabajadoras (reskilling y upskilling) y el establecimiento de sistemas de certificación de conocimientos y experiencia que aumente la empleabilidad, es preciso modernizar y alinear los mecanismos de formación profesional y de formación para el empleo a las nuevas demandas y tendencias globales que van a definir el mercado laboral, entre ellas la transición digital y ecológica. Es preciso dar una adecuada respuesta a los cuatro principales retos que actualmente plantea la formación para el empleo:

- Primero, deben establecerse mecanismos para la adecuada coordinación entre empresas y entidades educativas, particularmente en el ámbito de la formación reglada, para que la formación se corresponda con las necesidades reales del mercado de trabajo;

- Segundo, deben establecerse mecanismos para que se garantice el trabajo digno de las personas en formación, y para que la adquisición de experiencia no actúe como una vía más de precarización;

- Tercero, la formación para el empleo debe ser parte integral de los itinerarios personalizados de formación y empleo, asegurando el acceso a la formación de quienno la tiene, asegurando el reciclaje y permanente adaptación tanto a las personas empleadas como desempleadas; y estableciendo las herramientas para la adaptación de las personas tituladas en un mercado de trabajo cambiante. En este sentido, resulta fundamental la mejora de los instrumentos contractuales laborales que sirven de cauce a la formación para el empleo, particularmente en el caso del contrato en prácticas, que debe ser el mecanismo de acceso preferente a la experiencia laboral, debiendo garantizarse la calidad del contenido formativo de la contratación y la implicación empresarial en la calidad de la misma, así como, en lo posible, en el compromiso de contratación estable.

- Establecer mecanismos de reconocimiento de la experiencia profesional con el fin de acompañar a la persona trabajadora

2. La promoción de las ventanillas de empleo específicas para jóvenes y el replanteamiento de la Garantía Juvenil para reforzar su componente de acompañamiento y seguimiento personalizado a los jóvenes hasta su integración definitiva en el mercado de trabajo.

3. El reforzamiento de los programas de recualificación y ayuda a los trabajadores mayores con el objetivo de evitar su expulsión del mercado laboral e incentivar la extensión voluntaria de la vida laboral y el diseño de programas específicos de dirigidos a evitar la discriminación de este tipo de trabajadores.

4. La mejora de las herramientas de los Servicios Públicos de Empleo (refuerzo de la inversión y modernización en recursos humanos y materiales), a través de la digitalización para la gestión del perfilado, para el seguimiento de vacantes en tiempo real y seguimiento de tendencias en el mercado de trabajo.

5. La coordinación territorial y cercanía: Resulta fundamental que las nuevas herramientas de perfilado, itinerarios personalizados y seguimiento de los servicios públicos de empleo se elaboren en colaboración con las CCAA y de modo coherente y articulado. Esta coordinación también implica prever la interoperabilidad del sistema nacional con los sistemas autonómicos y con otros países europeos ya en funcionamiento, en coordinación con la Comisión Europea.

6. La mejora de la coordinación entre los servicios de empleo y los servicios sociales, especialmente en el ámbito de los itinerarios de inclusión socio-laboral.

7. Una mejor colaboración con el sector privado, y una mayor supervisión y control de este último en su condición de colaborador del sistema público.

La eficiencia en la articulación de las políticas públicas requiere un diseño preciso de las medidas y una adecuación de las mismas a los objetivos que se persiguen. En materia laboral la mediación del diálogo social constituye en sí misma una garantía de estabilidad al contar con el aval de los interlocutores sociales, aunque éste no sea imprescindible para la adopción de las medidas. No obstante, es necesario realizar un seguimiento continuo de las políticas y analizar el grado de consecución de dichos objetivos. Para ello, resulta fundamental la evaluación de las políticas públicas. En el caso de las políticas del mercado de trabajo, aunque se han realizado avances en la evaluación de determinadas políticas, las recientes evaluaciones del gasto público de la AIReF han puesto de manifiesto la necesidad de profundizar en:

• Realizar un seguimiento y evaluación continuos de las bonificaciones e incentivos a la contratación.

• Establecer una metodología común a todos los Servicios Públicos de Empleo.

• Determinar claramente los objetivos del reparto de fondos a través de la Conferencia Sectorial, que en las últimas décadas han ido cambiando sin haber valorado su eficacia.

• Asegurar la trazabilidad del gasto para poder conocer los flujos de principio a fin y que los criterios contables estén normalizados, para que España se acerque a las mejores prácticas internacionales.

• Poner a disposición de investigadores, como parte de la estrategia de gestión del dato, los datos de registros administrativos, de forma anonimizada, del mercado laboral para que realicen evaluaciones de impacto de las políticas del mercado de trabajo.

Al margen de la evaluación por organismos independientes, la experiencia adquirida durante la crisis derivada del Covid-19, ha demostrado la eficacia del seguimiento mediante organismos tripartitos o comisiones de seguimiento que tienen como cometido valorar el impacto de las medidas, la evaluación de la actividad económica y del empleo y cooperar en la prospección de eventuales nuevas medidas para mejorar el empleo y el tejido productivo.

Por otra parte, la modernización de las políticas activas de empleo ha de llevar aparejada la modernización y digitalización del Servicio Público de Empleo y de los distintos organismos y mecanismos de gestión de las políticas de empleo como instrumento básico para poner en marcha el conjunto de reformas. Se trata de mejorar, desde una visión holística, el servicio que se da a ciudadanos y empresas en todos los ámbitos relacionados con el empleo, como se recoge en la reforma 11 y las inversiones recogidas en el presente componente, así como en el componente 11.

D) Respecto a la Nueva Estrategia española de apoyo activo al empleo 2021- 2024 cabe  subrayar que ya en su parte introductoria se enfatiza que “se alinea y articula de manera coherente con otros instrumentos que forman un conjunto de nuevas y potentes actuaciones en materia de Política de Empleo, en particular con las actuaciones previstas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con los compromisos adquiridos con Europa en el denominado “Componente 23”. Se trata, en suma, de hacer frente a los problemas estructurales del mercado laboral dotando de nuevos perfiles a las Políticas Activas de Empleo desde las caves de eficacia, evaluación y orientación a los resultados, así como a la personalización, digitalización y modernización de los Servicios.

Más adelante se expone que la Estrategia “constituye una pieza clave en la coordinación de Sistema Nacional de Empleo, para dar respuesta a la mejora de la empleabilidad de las mujeres, de las personas jóvenes, de las personas en desempleo de larga duración y de las personas en ERTE, sirviendo ya de referencia en los procesos de elaboración por parte de las Comunidades Autónomas de sus propias Estrategias. En este sentido, no se trata tan solo de un texto declarativo, sino que constituye una hoja de ruta común que compromete a todos los actores relevantes en las políticas de empleo. El nuevo enfoque incorpora además el compromiso de cooperar en la lucha contra la precariedad, de modo que los instrumentos y actuaciones de apoyo no solo sirvan para el estímulo y acceso al empleo, sino que el empleo que se fomente o para el que se forme a personas trabajadoras y se ayude a empresas sea un empleo estable y de calidad. La creación de más y mejor empleo constituye un factor crítico para la modernización, el crecimiento y el propio desarrollo del país.”.

Para la nueva Estrategia, las características fundamentales de las nuevas políticas activas de empleo han de ser las siguientes:

“Personalización de los servicios. Las nuevas PAE garantizarán un servicio personalizado que integrará:

• Un diagnóstico personalizado a través de un perfilado holístico adecuado para mejorar su empleabilidad.

• Elaboración de un itinerario personalizado como proyecto de inserción laboral y de formación para la mejora en el empleo.

• Asignación de un tutor o tutora individual específico que realice un acompañamiento profesional.

• El acompañamiento continuo y personalizado a lo largo de su vida laboral que garantice la atención permanente.

Modernización de los servicios de empleo. Las políticas activas de empleo del siglo XXI sitúan la digitalización en la médula de los servicios de empleo, integrando la dimensión presencial y virtual para ampliar y mejorar sus servicios. La digitalización alcanza diversas dimensiones:

• Inteligencia artificial al servicio del empleo. Utilizando las potencialidades del Big data y la inteligencia artificial para la búsqueda y la mejora del empleo.

• Portal público de empleo. Con una plataforma integrada común de intermediación de empleo.

• Políticas de empleo en el móvil. Aplicaciones que permitan la gestión en línea de servicios, ofertas de empleo o formativas particularizadas, y diversos servicios para el empleo.

Políticas activas aliadas de las empresas y la productividad. Las políticas activas de empleo han de ser útiles para las empresas entendiendo que el trabajo es un factor clave para su productividad. Hasta ahora las PAE estaban centradas casi en exclusiva en las personas desempleadas, lo que las hacía poco útiles para la intermediación y la formación.

Se dispondrán servicios específicos para las empresas orientados a sus necesidades en materia de intermediación laboral, cualificación profesional, detección de necesidades, prospección del mercado laboral y las tendencias del empleo.

Impulsar el emprendimiento y el autoempleo con garantías. Las políticas activas impulsarán iniciativas de emprendimiento y autoempleo a lo largo del ciclo del proyecto. Con asesoramiento previo e inicial a los proyectos, así como el acompañamiento individualizado y su seguimiento durante sus primeras etapas.

Las políticas activas dispondrán apoyo financiero y aval público a las iniciativas viables. Se estimularán los proyectos en ámbitos estratégicos clave, vinculados a las transiciones verde, digital o social.

Políticas activas para la economía social. El asesoramiento, acompañamiento y apoyo a las iniciativas de economía social se incorporará de forma estructural a los servicios de empleo con el conocimiento profesional especializado para esta realidad.

Política palanca para la transformación productiva. Las políticas activas de empleo deben comprenderse como una política palanca que promueve la generación de empleo en ámbitos estratégicos, innovadores o de alto valor añadido, y acompaña estas transformaciones con la formación profesional para el empleo, las transiciones profesionales o la reorientación del talento.

El trabajo debe estar en el corazón de la transformación productiva y la modernización del país. El factor trabajo es un activo clave a la hora de abordar la transformación productiva y las transiciones verde, digital y social que debe acometer España.

Mejorar las capacidades. Acompañamiento a lo largo de la vida. Las políticas activas de empleo están orientadas a la mejora del empleo y de la cualificación profesional de todas las personas trabajadoras, estén ocupadas o desempleadas, sean trabajadoras por cuenta ajena, autónomas o cooperativistas.

La formación para el empleo es un valor central para mejorar la empleabilidad de las personas trabajadoras y un factor clave de mejora del capital humano y de la productividad de las empresas.

Las PAE garantizarán la formación continuada a lo largo de toda la vida profesional, su recualificación y transición profesional (upskilling y reskilling).

Sistema público de empleo estable y profesional. Los servicios públicos de empleo dispondrán de un cuerpo profesional estable que garantice el desarrollo de una atención personalizada de calidad.

El SNE establecerá equipos profesionales cualificados en la puesta en marcha de las unidades especializadas, como los Centros de Orientación, Emprendimiento e Innovación para el Empleo.

Evaluación para la eficacia. El conjunto de las políticas activas de empleo está sujeto a un sistema integrado de evaluación que permita valorar su resultado e impacto, de cara a mejorar su eficiencia y eficacia, así como la transparencia y rendición de cuentas.

Se establecerá un sistema común de evaluación del Sistema Nacional de Empleo que dispondrá de un equipo profesional especializado y una metodología común y comparable en parámetros europeos.

La evaluación es un factor crítico clave para conocer la trazabilidad de las acciones, mejorar la adopción de decisiones y reorientación de las acciones públicas a partir de evidencias y datos fiables.

Compromiso de trabajo decente. La promoción del trabajo decente, entendido como empleo estable, de calidad y con derechos, es el objetivo principal de las políticas activas de empleo.

La presente Estrategia está encaminada a fomentar tanto la cantidad de empleo, haciendo frente al desempleo, como la calidad del empleo, haciendo frente a la precariedad.

Se adoptarán medidas y fórmulas contractuales que eviten la precariedad, garantizando las condiciones del trabajo decente a las personas afectadas y evitando el efecto sustitución sobre otros empleos o la degradación de las condiciones laborales de terceros”.

E De cara tanto al inmediato como muy en especial al mediato futuro, hay que referirse al informe “España 2050. Fundamentos y propuestas para una estrategia nacional de largo plazo”. Reproduzco el resumen ejecutivo respecto al considerado séptimo desafío, en concreto “Resolver las deficiencias de nuestro mercado de trabajo y adaptarlo a las nuevas realidades sociales, económicas y tecnológicas”.

“… — En las últimas cuatro décadas, España ha experimentado una transformación profunda de su mercado laboral, que le ha permitido aumentar la tasa de empleo desde el 50% de 1980 al 65% de 2019, reducir sustancialmente las diferencias de género, y mejorar notablemente los derechos y condiciones laborales de millones de personas.

— Sin embargo, estos avances se han visto eclipsados por la persistencia de problemas como el alto desempleo, la elevada precariedad o la insatisfacción en el trabajo, que han derivado en una fuerte segmentación del mercado laboral. En España, conviven empresas consolidadas y trabajadores cualificados dotados de un empleo estable, con una mayoría de pymes poco productivas y trabajadores precarios. Esta dualidad está partiendo nuestra sociedad en dos y limitando el desarrollo económico y social de todo el país.

— Las transformaciones demográficas y tecnológicas de las próximas décadas traerán nuevos retos, pero también nuevas oportunidades para corregir esta situación. El envejecimiento hará que en nuestro país haya 3,7 millones menos de potenciales trabajadores. Sin cambios, esto podría provocar una caída de los ocupados del -0,5% anual de aquí a 2050, frente al incremento del 2,0% que tuvimos entre 1995 y 2019. Para neutralizar esta pérdida de fuerza laboral, habrá que aumentar las tasas de empleo de las mujeres, los jóvenes y las personas mayores de 55 años; incentivar la inmigración legal; y potenciar la recuperación y atracción de talento.

— Nuestro objetivo debe ser el de reducir la tasa de desempleo a menos de la mitad y alcanzar una tasa de empleo similar a la de los países más avanzados de Europa (80% en 2050). Esto supone aumentar nuestra inserción laboral en 15 puntos en los próximos 30 años. Es una meta ambiciosa, pero factible que ya han alcanzado varios países de nuestro entorno.

— La generalización de las nuevas tecnologías y la economía digital cambiarán profundamente la forma en la que concebimos, organizamos y realizamos el trabajo. En el corto plazo, podría provocar pérdidas de empleo y un empeoramiento de las condicionales laborales de determinados colectivos; un riesgo que habrá que combatir mediante una apuesta decidida por la recualificación y una adaptación de las redes de protección social. En el medio y largo plazo, sin embargo, la transformación tecnológica creará nuevos empleos, aumentará la productividad, y mejorará las condiciones laborales de la mayoría de los trabajadores.

— Para aprovechar las oportunidades del futuro, nuestro país tendrá que modernizar su tejido productivo; actualizar y reforzar sus políticas activas de empleo; adecuar su marco normativo a las nuevas realidades económicas y laborales; actualizar sus mecanismos de negociación colectiva; y mejorar las condiciones de trabajo hasta hacer de este una experiencia más satisfactoria para el conjunto de la ciudadanía”.

E) Por último, y en estrecha relación con los objetivos marcados para las políticas de empleo en España en las normas comunitarias, hay que mencionar la muy reciente “Orden TES/897/2021, de 19 de agosto, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión "Plan Nacional de Competencias Digitales" y "Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo" recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”  https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-14163, por la que se distribuye un total de 687.750.000,00 euros para estos programas:

Creación y actividad de los nuevos Centros de Orientación y Emprendimiento; refuerzo de la formación permanente del personal del Sistema Nacional de Empleo y a la mejora en la detección de las necesidades formativas; elaboración de un Plan Transversal de Igualdad de Género que afecte a todas las políticas activas de empleo que ejecuten las comunidades autónomas; programas de formación con compromiso de contratación dirigidos a mujeres víctimas de violencia de género o víctimas de trata o explotación sexual u otros colectivos de mujeres especialmente; programa para mejorar la capacitación de las mujeres en los municipios de menos de 5.000 habitantes; primeras experiencias profesionales de las personas jóvenes en las administraciones públicas; programa Investigo, para el fomento de la contratación de personas jóvenes dedicadas a labores de investigación en el ámbito público y privado; proyectos de inserción y emprendimiento en el ámbito local para colectivos especialmente vulnerables (personas paradas de larga duración, personas con discapacidad, minorías étnicas,…); proyectos territoriales para el emprendimiento y la microempresa que favorezcan principalmente la economía verde y digital; programa de mejora de las capacidades digitales de las personas desempleadas en el ámbito rural para impulsar el emprendimiento y reducir la brecha de género.  

Buena lectura.

 

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