jueves, 28 de mayo de 2020

COVID-19. Actualización a 27 de mayo de normativa, resoluciones judiciales, y aportaciones económicas, jurídicas y sociales.


Actualizo en esta entrada las normas que se van dictando por las autoridades públicas, así como las aportaciones jurídicas y económicas, con evidentes incrustaciones y reflexiones sociales, de las que tengo conocimiento (y que con toda seguridad serán muchas más). He podido leer (al menos hasta ahora) todas las normas y parte de resoluciones judiciales y artículos que enumero en cada actualización, y cuando lo considero oportuno extraigo aquellas tesis o ideas que me parecen más importantes de todas ellas, con independencia de que esté o no de acuerdo con sus contenidos. 

Dado que el número de normas es cada vez más elevado, y por ello muy difícil de seguir con regularidad, es necesario remitirse al   Código electrónico “Covid-19 Derecho Europeo, Estatal y Autonómico” https://boe.es/biblioteca_juridica/codigos/codigo.php?id=355&nota=1&tab=2    que ha publicado el Boletín Oficial del Estado y que se actualiza a medida que se van dictando nuevas normas.

1. RealDecreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19.  BOE, 27.





161/000813 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, por la que se insta al Gobierno a adoptar las medidas legislativas y reglamentarias necesarias para garantizar un efectivo «ius resistentiae» del trabajador en materia de prevención de riesgos laborales que no le suponga perjuicios inmediatos derivados de su actuación

161/000815 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, por la que se insta al Gobierno a desarrollar el artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores de modo que se establezca un sistema eficaz de información a los trabajadores de los elementos esenciales de la prestación laboral, que sustituya la regulación del Real Decreto 1659/1998 y que sea acorde a las nuevas tecnologías de la comunicación manteniendo un gasto de seguridad jurídica que permita un efectivo control jurisdiccional

161/000819 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a impulsar la certificación de las retribuciones de las personas trabajadoras encuadradas en el Sistema Especial de Empleados del Hogar

161/000821 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a la consideración como tiempo efectivo de trabajo del descanso de quince minutos durante la jornada laboral

161/000829 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a salvaguardar económicamente a las familias numerosas que no están contempladas en las prestaciones por ERTE.

161/000842 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la extensión de la prestación extraordinaria por cese de actividad de los trabajadores autónomos afectados por el COVID-19 hasta el 30 de junio y a la creación de una tarifa plana de cotización para facilitar la reincorporación a su actividad



PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA, sin previa audiencia de la parte contraria, la medida cautelar consistente en que los trabajadores de la Administración Regional Castellano Manchega que venían prestando servicios por teletrabajo a raíz de la declaración de estado de alarma, puedan continuar prestando servicios por dicho sistema, sin obligación de acudir presencialmente a su puesto de trabajo en tanto así lo establezca el Ministerio de Sanidad en las sucesivas normas que regulan las fases de desescaladas derivadas de la epidemia del Covid-19.

4.  Comisión Europea.  Europe's moment: Repair and prepare for thenext generation.. 27 de mayo.


Hoy, la Comisión Europea ha presentado su propuesta para un importante plan de recuperación. Para garantizar que la recuperación sea sostenible, uniforme, inclusiva y justa para todos los Estados miembros, la Comisión Europea propone crear un nuevo instrumento de recuperación, la UE de la próxima generación, integrado en un poderoso, moderno y renovado presupuesto de la UE a largo plazo. La Comisión también ha dado a conocer su ajustado Programa de Trabajo para 2020, que dará prioridad a las medidas necesarias para impulsar la recuperación y la capacidad de recuperación de Europa.

El coronavirus ha sacudido a Europa y al mundo hasta sus entrañas, poniendo a prueba los sistemas de asistencia sanitaria y de bienestar, nuestras sociedades y economías y nuestra forma de vivir y trabajar juntos. Para proteger las vidas y los medios de subsistencia, reparar el Mercado Único, así como para construir una recuperación duradera y próspera, la Comisión Europea propone aprovechar todo el potencial del presupuesto de la UE. La próxima generación de la UE de 750.000 millones de euros, así como los refuerzos específicos del presupuesto de la UE a largo plazo para 2021-2027, harán que el poder de fuego financiero total del presupuesto de la UE ascienda a 1,85 billones de euros.


El último análisis de la OIT sobre el impacto de la COVID-19 en el mercado laboral revea el efecto devastador y desproporcionado que ha tenido la pandemia en los trabajadores jóvenes y analiza las medidas que se están adoptando para crear un entorno seguro de vuelta al trabajo.

..Según el Observatorio de la OIT: La COVID-19 y el mundo del trabajo. 4a edición , los jóvenes están siendo afectados de manera desproporcionada por la pandemia, y el incremento rápido y substancial del desempleo juvenil registrado a partir de febrero afecta más a las mujeres jóvenes que a los hombres jóvenes.

La pandemia inflige un triple impacto sobre los jóvenes. No sólo destruye sus empleos, sino también su educación y formación, y coloca grandes obstáculos en el camino de quienes buscan entrar en el mundo del trabajo o de cambiar empleo.

  

“… Ayer tuve conocimiento a través de la prensa de un Auto que considero especialmente relevante dado la progresiva desescalada y vuelta a la “nueva normalidad”. En el auto que ahora pasaré a comentar y que podéis acceder al texto integro al final de esta entrada, viene provocado, probablemente, por la falta de definición y de regulación extensa del Teletrabajo durante y posteriormente al covid. En efecto, la normativa ha establecido una preferencia del teletrabajo durante el estado de alarma y posteriormente, pero sin concretar qué significa preferencia o a qué criterios se debe atender para materializar esa preferencia.

Ante esta falta de regulación se plantea un conflicto lógico. La empresa -en esta caso la Administración- interesa la reincorporación -en el caso aquí analizado progresiva- de los trabajadores y los sindicatos defienden la continuación del teletrabajo en todos aquellos casos que el mismo es perfectamente viable con objeto de proteger la salud de los trabajadores.  Esto es resuelto por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo N°. 2 de Toledo, mediante Auto 41/2020 de 20 May. 2020, Proc. 114/2020, concediendo la medida cautelar pedida por el sindicato inaudita parte….”


“Para los laboralistas, la medida estrella en los últimos tiempos de COVID 19, viene siendo, sin duda, el ERTE. Mañana, tarde y noche pensamos en todos y cada uno de los problemas que nos plantean su gestión. Pero es que, además, como es un instrumento que trata de responder a una realidad cambiante, una vez que conseguimos llegar a alguna conclusión sobre alguno de aquellos problemas, surge una nueva regulación, en un marco ilimitado de sucesión de normas de urgencia, que nos sitúa ante un nuevo escenario de incertidumbre. Debemos tener presente que para “controlar” la referida gestión del ERTE, en su integridad, es preciso hacer un recorrido por el itinerario que va desde el RDL 8/2020 al RDL 18/2020….”

Precisamente este último, el RDL 18/2020, nos trae, en su art. 2, el concepto de fuerza mayor parcial, como aquél que se deriva de la posible recuperación de la actividad. Esto es, pensemos en un concepto que se vincula con un acontecimiento ajeno a la voluntad de la empresa -y que tiene su origen en el art. 1105 CC y el desarrollo jurisprudencial-, como es la fuerza mayor. Pues bien, dicho concepto, en el marco del COVID 19, se desdobla entre total y parcial (primero en el RDL 15/2020 y definitivamente en el RDL 18/2020).

La duda que tiene su origen en este desdoblamiento y que está en la mente de la mayor parte de empresas (sean grandes o pequeñas), es cuándo están en fuerza mayor total o en fuerza mayor parcial, habida cuenta de que el régimen de exenciones de cuotas de Seguridad Social es distinto, a la par, de que no se saben de las consecuencias (por ejemplo sancionatorias), de mantener a trabajadores como beneficiarios de prestaciones (y la empresa de exenciones), cuando han desaparecido la imposibilidad de apertura. …




P. ¿Qué efecto ha tenido la reforma laboral en el empleo? El FMI lo cifra en medio millón de puestos de trabajo creados en cada uno de los años siguientes...

R. Las reformas hay que medirlas por sus hechos, si han conseguido su objetivo, en este caso, la creación de empleo y evitar la mayor destrucción de empleo; si hubiera conseguido lo contrario, habría que corregirla. Los hechos han demostrado que la reforma en otros sectores. laboral ha sido positiva para el empleo, estaba inspirada en el principio de flexiseguridad para evitar despidos en situaciones de crisis; qué mejor ejemplo que ahora despliegue sus virtudes. Si tenemos que minimizar el impacto en el empleo, vamos a utilizar las herramientas que nos da, como dice BBVA, qué caminos nos permite de flexibilidad, de cambios de condiciones, modificar condiciones y reducir salario, pero con el objetivo de evitar despidos y destrucción de empleo.




Desde que se decretó el estado de alarma, las empresas han tenido que adoptar una serie de medidas para intentar mantener el empleo. Una de las fórmulas adoptada, ha sido el ERTE. Sin embargo, la mayoría de las empresas no han utilizado esta opción hasta el momento, y en su lugar han implementado otras políticas para contener los costes derivados del frenazo de la actividad económica.


Según el sondeo semanal que realiza la consultora PeopleMatters en colaboración con Ceszinkin, sólo el 28% de las empresas encuestadas han realizado un ERTE, si bien se observa que este porcentaje aumenta semana a semana respecto a sondeos anteriores.


Cabe destacar en este punto que siguen predominando los ERTEs por fuerza mayor, 60% del total de los ERTEs aplicados, si bien, este % es sensiblemente inferior al del 3er pulse. Entre los de fuerza mayor gana peso el de reducción de jornada que supone ya el 42% de los ERTEs de fuerza mayor. Sigue observándose un desplazamiento progresivo hacia expedientes por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que suponen un 40% de todos los tipos de ERTEs….”



En una nuevaencuesta encargada por el Parlamento Europeo, la mayoría (58 %) afirma haber experimentado dificultades financieras desde el comienzo de la crisis.

Realizada a finales de abril de 2020, casi siete de cada diez encuestados (69%) desean que la UE desempeñe un papel más importante en la lucha contra esta crisis. Paralelamente, casi seis de cada diez encuestados están insatisfechos con la solidaridad mostrada entre los Estados miembros de la UE durante la pandemia. Si bien el 74% de los encuestados han oído hablar de medidas o acciones iniciadas por la UE para responder a la pandemia, sólo el 42% de ellos están satisfechos con esas medidas hasta el momento.

La UE debería mejorar los instrumentos comunes para hacer frente a crisis como la del Covid-19
Alrededor de dos tercios de los encuestados (69%) están de acuerdo en que "la UE debería tener más competencias para hacer frente a crisis como la pandemia del Coronavirus". Menos de una cuarta parte de los encuestados (22%) no está de acuerdo con esta afirmación. El acuerdo es más alto en Portugal e Irlanda, y más bajo en Chequia y Suecia.

Al responder a la pandemia, los ciudadanos europeos querían que la UE se centrara principalmente en garantizar un suministro médico suficiente para todos los Estados miembros de la UE, en asignar fondos de investigación para desarrollar una vacuna, en el apoyo financiero directo a los Estados miembros y en mejorar la cooperación científica entre los Estados miembros…. 

 
“El RDLey 8/2020 estableció el carácter preferente del trabajo a distancia. La pregunta en estos momentos es: en un proceso de desescalada y progresiva recuperación de la actividad empresarial, ¿en qué medida puede exigirse a los trabajadores el retorno presencial al centro de trabajo?

En esta entrada me gustaría abordar esta cuestión….”

12. Ignasi Beltrán de Heredia  COVID-19 y RDLey 19/2020: comentario críticode urgencia      27 de mayo.   

El RDLey 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19 (el 14º de toda la serie – y, muy probablemente, no será el último).

Se trata de una norma con efectos en múltiples ámbitos y en el socio-laboral la Exposición de Motivos declara que uno de los propósitos es introducir

«ajustes técnicos a las medidas urgentes adoptadas en materia de Seguridad Social para mitigar el impacto del COVID-19, a la luz de los problemas de interpretación que se están identificando en su aplicación. Estos ajustes son necesarios y urgentes, teniendo en cuenta la inseguridad jurídica que la redacción actual está generando en los interesados» 


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