1. El Consejo de
Ministros celebrado el viernes 22 de marzo aprobó la “Estrategia Nacional dePrevención y Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social 2019-2023” (en
adelante EN).
Según se explica
en la nota de prensa oficial, “La Estrategia busca la cohesión y el progreso
social, y trata de dar cobertura adecuada a las necesidades de la ciudadanía y
especialmente a los colectivos vulnerables en situación de pobreza o exclusión.
También da cumplimiento a los objetivos de la Estrategia Europa 2020, al tiempo
que contribuye a impulsar en España los principios del Pilar Europeo de
Derechos Sociales, así como los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda
2030”.
Tiene cuatro metas
estratégicas, que se desarrollarán mediante planes operativos anuales, y que
son las siguientes: “combatir la pobreza, especialmente de las personas más
vulnerables, como niños, niñas y adolescentes. Para ello tiene como objetivo
crear un sistema de ingresos mínimos que permita vivir con dignidad y favorecer
el incremento de la renta neta disponible de los hogares”; “la inversión social
en las personas y se desglosa en dos objetivos: educación equitativa e
inclusiva y atención prioritaria en formación y empleo a grupos vulnerables”; “consolidar
un sistema de servicios públicos sanitarios, educativos y sociales, universales
y de calidad, que acompañen y protejan a las personas a lo largo de su ciclo
vital y profundicen en combatir las desigualdades”; “eficacia y eficiencia de
las políticas, que establece cinco objetivos. En primer lugar, la ordenación
del sistema y la coordinación de los servicios, políticas y prestaciones, en
favor de personas en situación de pobreza y exclusión social. También contiene
la coordinación y cooperación territorial y eficiencia del conjunto del
sistema, así como con la UE. Además, comprenden la colaboración y participación
todos los actores implicados en las políticas de prevención y lucha contra la
pobreza y la exclusión social. Finalmente, tiene como objetivo crear sistemas
coordinados y transparentes de gestión de la información y el conocimiento, que
den respuestas innovadoras a las necesidades sociales”.
El texto ha sido
valorado positivamente por la Red Europea de Lucha contra la Pobreza y laExclusión Social en el Estado Español (EAPN España), si bien su presidente Carlos
Susias manifestaba que “ahora hay que dotarla de recursos e instrumentos
suficientes para que llegue a las personas en situación de exclusión y tenga
éxito”. “Ponemos una primera piedra muy importante para todo el tercer sector y
las administraciones públicas”.
Por su parte, la
Confederación Sindical de Comisiones Obreras ha sido más crítica, a través
de la secretaria de Política Social,
Paula Guisande con respecto al documento aprobado, ya que si bien comparte la
necesidad de la EN, advierte de sus limitaciones al no contemplar financiación
y recuerda que “para combatir este grave problema es prioritario revalorizar el
IPREM, aumentar las prestaciones asistenciales, implantar una prestación de
ingresos mínimos y financiar adecuadamente los Servicios Sociales”.
En relación con el
tema económico, ciertamente la EN es muy cauta al respecto, ya que solo
encontramos una referencia en el apartado de gobernanza y cuando se abordan los
planes operativos y la implementación de la EN, afirmándose que su desarrollo,
a través de planes operativo, “se realizará dentro de las disponibilidades
presupuestarias existentes, de acuerdo con la senda de consolidación fiscal
fijada por el Gobierno, y que tendrán carácter potestativo en el caso de las
actuaciones cuyas competencias dependan de las comunidades autónomas”.
2. La EN consta de
una introducción en la que se sintetizan los principales objetivos y metas que
se propone alcanzar, en la misma línea, más ampliada, que la nota de prensa
antes referenciada. Me interesa destacar, por su estrecha vinculación con el
ámbito más propiamente laboral, la relación que establece con los principios recogidos
en el Pilar Europeo de Derechos Sociales, aprobado por la cumbre social de
Gotemburgo en noviembre de 2017, y su intento de dar respuesta a cambios económicos
y sociales con indudable impacto sobre el mercado de trabajo como son los
sociodemográficos y la influencia de la tecnología en la vida laboral, es decir
la influencia de la digitalización y la aparición de nuevas formas de empleo
(siempre distinguiendo, añado una vez por mi parte, aquellas que son realmente
nuevas de las que se enmascaran bajo el paraguas de la modernidad y que no sino
un lavado de cara de antiguas formas de relación – explotación laboral).
No menos importante
es el acento que se pone en políticas de educación y formación, fundamentales
tanto para el desarrollo personal como para facilitar la incorporación, y
permanencia, estable de toda persona en el mundo laboral, ya sea en condición de
trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia. Educación y formación que han de
servir, y la tarea es hercúlea, para reducir las desigualdades sociales y
conseguir la inserción laboral de colectivos con mayores dificultades del
acceso, y permanencia, al mercado de trabajo, en especial las personas
desempleadas de larga duración y los jóvenes que no han continuado los estudios
después de la finalización de la enseñanza obligatoria y que tampoco se
encuentran, ya sea de forma activa o en búsqueda de empleo, en el mercado de
trabajo.
Y además, como las
políticas dirigidas al mundo laboral son inescindibles de unas políticas adecuadas
y eficientes de protección social, así como de medidas que faciliten la
corresponsabilidad efectiva del cuidado familiar cuando haya dos progenitores,
no es de extrañar, ya que ello se ha planteado desde hace tiempo en las
propuestas del PSOE, y también se recogen en las presentadas con ocasión de las
elecciones generales del 28 de abril, que se apueste por incrementar la
cobertura de las prestaciones por desempleo, “la mejora de las prestaciones por
hijo a cargo (en el marco del desarrollo de un Ingreso Mínimo Vital) y la
mejora de los permisos de parentalidad.
Estas tres medidas
ya han tenido parcial acogida en los recientes Reales Decretos-Ley 6 y 8/2019
de 1 y 8 de marzo, a la espera de conocer si serán convalidados por la Diputación
Permanente del Congreso, algo que parece ya confirmado respecto a la nueva regulación
de los permisos de paternidad al haber manifestado Ciudadanos que no votará en
contra.
Baste recordar ahora
que el RDL 8/2018 modifica, en su art. 1, la Ley General de Seguridad Social
para recuperar el derecho al subsidio por desempleo para los mayores de 52
años, edad que se había incrementado a 55 por el Real Decreto-Ley 20/2012 de 13
de julio; también que el art. 2 procede a un incremento de las asignaciones por
hijo a cargo hasta 341 euros anuales, cuantía que se incremente hasta 588 euros
cuando se trate de familias en situación de pobreza severa, quedado fijados los
límites de ingresos para tener derecho en
12.313,00 euros anuales y, si se trata de familias numerosas, en 18.532,00
euros, incrementándose en 3.002 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto.
Por su parte, el RDL 6/2019 centra su atención, tal como expliqué en unaentrada anterior, en el carácter
obligatorio del permiso de paternidad durante las seis semanas ininterrumpidas
posteriores al parto, y a tiempo completo, “para el cumplimiento de los deberes
de cuidado previstos en el artículo 68 del Código Civil”, precepto que dispone
que “Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y
socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades
domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras
personas dependientes a su cargo”, y que en la redacción de la nueva norma se
amplía a todos los progenitores, con independencia de la existencia, o no, de
vínculo matrimonial. Recordemos que el permiso por maternidad ya es obligatorio
durante las seis primeras semanas, a fin y efecto de garantizar la protección
de la salud de la madre, en línea con la normativa comunitaria. La distribución
de las restantes diez semanas de que dispondrán ambos progenitores, que no
serán transferibles, a partir del 1 de enero de
2021 podrá disfrutarse hasta el cumplimiento por el hijo o hija de los
doce meses, en períodos semanales y de forma acumulada o interrumpida, a tiempo
completo o parcial quedando claro en la norma que se trata de un derecho de la
persona trabajadora al disponer que esta deberá avisar al sujeto empleador del
ejercicio de su derecho con una antelación mínima de quince días, pudiendo sólo limitarse el disfrute
simultáneo por ambos progenitores cuando presten sus servicios en la misma
empresa”.
Igualmente, es
necesario subrayar que la EN no puede leerse, ni analizarse, aisladamente de
todo el trabajo anterior, desarrollado por distintos gobiernos, con los Planes
Nacionales de Inclusión Social (PNIS) puestos en marcha desde 2001, entonces
con gobierno del Partido Popular, así como también sin tener en consideración
la existencia de otros Planes o Programas que abordan más concretamente
diversos ámbitos de la política laboral y social, y que son referenciados todos
ellos en la introducción de la EN, de los que me permito hacer ahora mención, siendo
de especial interés para el ámbito laboral la Estrategia Española de Activaciónpara el Empleo 2017- 2020, que ha merecido mi atención detallada en unaanterior entrada del blog.
3. Tras la
introducción, la EN contiene un diagnóstico de la pobreza y exclusión social en
España, prestando especial atención a la pobreza infantil por una parte, y a la
de los jóvenes por otra en el marco del análisis más general de la población
adulta.
Refiriéndose a la
situación del empleo de esta última se destaca, como dato positivo, el
importante crecimiento de este en el período 2014- 2018, con datos EPA, pero,
como dato negativo, que esta mejora cuantitativa “solo se ha traducido en una
ligera reducción de la tasa de pobreza desde 2016”, lo que pone claramente de
manifiesto a juicio de quienes han elaborado el documento que se demuestra que “la
recuperación en los niveles de empleo no es por sí sola suficiente para revertir
los altos niveles de pobreza (monetaria) alcanzados durante la crisis”, teniendo
mucho que ver en ello, como he tratado de explicar en otras entradas, que no es
importante solo la cantidad sino también, y mucho, la calidad del empleo creado
(mayor o menor volumen de contratación temporal y a tiempo parcial
involuntario), con especial afectación a la población joven, cuya precarización
del empleo se está convirtiendo en algo estructural y que afecta sobremanera a
quienes tienen menor bagaje formativo, ya que, con datos del último trimestre
de 2018, “los jóvenes con estudios superiores tiene una tasa de paro 12 puntos
menor que la que poseen estudios secundarios, y 19 puntos menor que los que cursaron
niveles inferiores, lo que pone claramente de manifiesto que la recuperación
económica y la disminución del desempleo “por sí mismos están muy lejos de
garantizar una reducción de las tasas de pobreza, tanto infantil como juvenil”.
La situación del
empleo tiene además una afectación especial sobre los hogares con menores, ya
que “los hogares sin ingresos con al menos un/a menor son todavía dos veces más
que al inicio de la crisis, y la reducción producida en los años de
recuperación es significativamente menor que la observada en el total de
hogares sin ingresos”.
Es especialmente
interesante el diagnóstico que se realiza de las políticas y programas de transferencias,
antes de entrar propiamente en el desarrollo del contenido de la EN. Respecto
al citado diagnóstico, me interesa destacar estas aportaciones: que la tasa de
pobreza de las mujeres mayores de 64 años es mayor que la de los hombres, consecuencia
de “la brecha de género existente en las cuantías percibidas en sus pensiones
de jubilación o viudedad… al haber cotizado muchas de ellas menos que los
hombres…”; que el gasto en protección por desempleo es sistemáticamente mayor
que la media de la UE, debido a nuestra elevada tasa de desempleo, aunque sigamos
teniendo un 40 % de personas desempleadas que quedan desprotegidas por el sistema
estatal, mientras que, por el contrario, “es especialmente bajo el gasto en
familia e infancia y en lucha contra la exclusión social”, ya que la media UE
es 0,5 y 0’4 % del Producto Interior Bruto, mientras que en España “ambas
categorías solo alcanzan el 0,1 por ciento del PIB, cinco y cuatro veces menos
gasto”.
De acuerdo a la
síntesis de la EN explicada con anterioridad, se desarrolla primeramente la
meta estratégica 1, “combatir la pobreza”, y a continuación la 2, “inversión social
en las personas”, en la que se incluye un apartado concreto dedicado a la
formación y empleo, el objetivo 3, “protección social ante los riesgos del ciclo
vital”, y el 4, “eficacia y eficiencia de las políticas”. Más adelante, se concreta
la gobernanza de la EN, refiriéndose a la elaboración de planes operativos y su
implementación por una parte, y el sistema de su evaluación por otro. En los
anexos encontramos los indicadores europeos y nacionales que deben tomarse como
referencia, un cuadro sinóptico de líneas estratégicas, y otro cuadro de correspondencia
con otros planes y la normativa aplicable.
4. La meta núm. 1
tiene por objetivo prevenir y reducir la pobreza, y pone el foco en la pobreza
infantil, “centrando los esfuerzos en aquellos perfiles de mayor vulnerabilidad
y que la sufren con más intensidad”.
Sus cinco líneas
de actuación, todas ellas con indudable impacto en el sistema de protección
social, son las siguientes: “Avanzar en el desarrollo de un Ingreso Mínimo
Vital, comenzando por el despliegue de un programa de prestaciones por hijo a
cargo con mayor cobertura y mayor intensidad protectora frente a situaciones de
vulnerabilidad. -Actualizar el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples
(IPREM) para asegurar la intensidad protectora de las prestaciones y beneficios
que lo toman como referencia. - Garantizar, simplificar y ordenar las
prestaciones y subsidios de competencia estatal, mejorando la coordinación con
aquellos de competencia autonómica. - Garantizar la sostenibilidad del sistema de
pensiones. - Incrementar el Salario Mínimo Interprofesional para asegurar
rentas del trabajo suficientes”.
Estamos, pues, en
el camino (si la EN no se queda en agua de borrajas como consecuencia de un
cambio de orientación política del gobierno que salga de las elecciones del 28
de abril) de la construcción jurídica de un ingreso mínimo vital, de ámbito
estatal, para toda la población en situación de necesidad, que podrá
complementarse con aquellos que hayan establecido las Comunidades Autónomas en
el ejercicio de sus competencias, y que encontraría cobertura jurídica en el
art. 41 de la Constitución, y que al mismo tiempo (suma de políticas activas y
pasivas) debe estar estrechamente relacionado con políticas de activación para el
empleo, las cuales “deben jugar un papel determinante en la integración laboral
y la reducción del desempleo”.
No nos estamos
refiriendo, pues, a una renta básica universal para cualquier ciudadano, sino
de una medida dirigida al colectivo más necesitado de la población, cuyo inicio
se pretende articular, tal como se explica en la EN, con la puesta en marcha,
en un primer momento, del aumento de la prestación hijo a cargo (vid art. 2 del
RDL 8/2018), y más adelante “mediante un mecanismo general de garantía de rentas
para familias sin ingresos, o con ingresos muy bajos”; implantación progresiva
del IMV que no debe hacer olvidar la protección más cercana en el tiempo de
colectivos que la puedan necesitar, siendo un ejemplo paradigmático de ello la recuperación
del subsidio por desempleo para mayores de 52 años (vid art. 1 RDL 8/2019), así
como la actualización del IPREM, cuya cuantía ha estado congelada durante
muchos años, y el incremento del SMI “como principal instrumento para propiciar
los ingresos de los colectivos con menores rentas salariales y que con ello
puedan mejorar s calidad de vida”, enfatizando lógicamente el importante
incremento, un 22,3 % respecto al año anterior, experimentado en 2019. Cabe aquí
añadir que en las propuestas electorales del PSOE (documento “110 compromisoscon la España que quieres”) hay una mención muy abierta al “aumento gradual”
del SMI “para hacer efectivo el cumplimiento del artículo 4 de la Carta Social
Europea y las recomendaciones del Consejo de Europa”.
5. La meta 2 apuesta
por la inversión social en las personas, con una muy amplia atención a las
políticas de educación y formación durante toda la vida. Un objetivo a
desarrollar es el de la educación equitativa e inclusiva pretendiéndose lograr “promover
una educación inclusiva, especialmente entre jóvenes y adultos con baja cualificación,
que reduzca el abandono educativo temprano, mejore los niveles de cualificación
y dote a los ciudadanos y ciudadanas de las habilidades y competencias,
personales y profesionales, necesarias para su inserción exitosa en el mercado
de trabajo”.
De las muy amplias
líneas de actuación que se recogen en el documento destaco varias de ellas que tienen impacto
directo sobre el acceso y permanencia de la población en el mercado de trabajo,
y que al mismo tiempo deberían contribuir a generar un empleo de mayor calidad
y estabilidad. Son las siguientes: “Impulsar itinerarios de mejora de
competencias que reconozcan el aprendizaje formal y no formal y permitan la
reincorporación en el proceso de educación y formación para mejorar la
cualificación de las personas. - Potenciar las enseñanzas de Formación
Profesional (formación profesional dual y de los certificados de
profesionalidad), mejorando la coordinación entre el sistema educativo, el
mercado laboral y el ámbito empresarial. - Establecer iniciativas y pasarelas formativas
que promuevan la continuación en los estudios de los grupos con mayor riesgo de
abandono educativo temprano. - Revisar
los mecanismos de actualización de las ofertas formativas para garantizar la
necesaria adecuación entre la oferta y la demanda de cualificaciones. - Intensificar el papel de los servicios y
estructuras de orientación en la promoción de la igualdad de oportunidades de
aprendizaje y laborales de las personas fomentando la educación a lo largo de
la vida. - Reducir la brecha digital,
preparando a las personas para la economía digital y los nuevos nichos de
empleo de alto valor añadido”.
Hay una mención
concreta, que se desarrolla ampliamente, sobre la necesidad de llevar a cabo cambios
en la regulación del contrato para la formación y el aprendizaje “que permitan
una mejor regulación e implantación de estas modalidades de contratación”. Sin
negar la importancia de estas mejoras, en especial por lo que respecta a los
contenidos formativos, me parece que de poco servirán si no hay un cambio que
afecte también a las modalidades contractuales estructurales de duración
determinada, desincentivando su utilización y dejándolas solo para supuestos en
los que realmente sea necesaria la temporalidad de la prestación de servicios, incrementando
además las indemnizaciones por finalización de los contratos (o simplemente
reconociéndola para evitar que se produzcan situaciones como la de las personas
interinas que finalmente ven extinguida su relación sin ningún derecho a indemnización,
como ha fallado la reciente sentencia del TS de 13 de marzo de 2019) y con una
regulación sancionadora de las infracciones que desmotive, por su cuantía, la
utilización indebida y abusiva de dichas modalidades (en especial, las de obra
o servicio y las de eventualidad por necesidades de la producción).
6. Un apartado de
especial interés en la meta 2 es el dedicado a la formación y empleo, mediante
el que se pretende promover el aprendizaje a lo largo de toda la vida y
conseguir que “las personas vulnerables, sobre todo las jóvenes, logren un
empleo sostenible y de calidad que les permita participar e integrarse de
manera activa y estable en el mercado laboral”, enfatizando algo que
ciertamente es digno de mención: tener un empleo, en especial añado por mi parte
si es precario y de baja calidad, no es una condición suficiente para
garantizar la ausencia de pobreza y exclusión social, pero al mismo tiempo su
carencia, o también el trabajo precario (trabajadores pobres, working poors) se
convierte, en muchos casos, en la causa), debido a que el alejamiento del
mercado de trabajo “lleva consigo un deterioro progresivo de los niveles de
empleabilidad, la obsolescencia de las competencias, capacidades y conocimientos,
que se va ensanchando a medida en que la persona pasa más tiempo en el
desempleo”.
Las líneas de
actuación que se proponen, y que enumero a continuación, tienen su concreción
mucho más desarrollada en la Estrategia Española de Activación para el Empleo
2017- 2020 y los Planes anuales de política de empleo, sin olvidar planes específicos
como son el Plan director por un trabajo
digno 2018, 2019 y 2020, y el Plan de choque por el empleo joven 2019-2011, así como también las recientes medidas sobre
igualdad salarial y no discriminación por razón sexo aprobadas por RDL 6/2019. Recordemos que la EEAE establece tres tipos de
objetivos, complementarios entre sí: los claves, conceptuados como aquellos que
“resumen la finalidad última de los servicios
públicos de empleo”; los “estratégicos o prioritarios”, a los que se
cataloga como los que “adquieren especial relevancia en un momento determinado,
sobre los cuales se tiene que focalizar el esfuerzo durante un tiempo”; en fin,
los “estructurales, de naturaleza estable”, que se apoyan en los seis ejes de
activación para el empleo fijados en el art. 10 de la Ley de Empleo
(orientación, formación, oportunidades de empleo, igualdad de oportunidades en
el acceso al empleo, emprendimiento, y mejora del marco institucional),
objetivos que deben ser atendidos por los servicios públicos de empleo (SPE) “en su funcionamiento
ordinario mediante servicios sostenidos a lo largo del tiempo”. Tanto los
objetivos claves como los prioritarios o estratégicos son concretados
anualmente en el PAPE, que recoge también los indicadores a utilizar para
conocer el grado de consecución de aquellos, tanto en el ámbito estatal como en
los autonómicos, enfatizándose en el de 2019 que su gran novedad “es la
simplificación y racionalización del número de indicadores, fruto del trabajo
conjunto realizado con las Comunidades Autónomas”.
Las líneas de
actuación propuestas en la EN son las siguientes: “Potenciar las políticas
activas en favor de las personas desempleadas y con mayor riesgo de exclusión
del mercado de trabajo. - Incentivar la contratación de personas con más
dificultades de acceso al empleo (jóvenes, mujeres tras la maternidad y
crianza, mujeres gitanas, personas con discapacidad, personas en exclusión
social, personas sin hogar, mujeres víctimas de violencia de género, etc.)
mejorando su empleabilidad. - Apoyar a
las personas menos cualificadas en sus intervalos de transición entre empleos. -
Apoyar iniciativas de fomento del emprendimiento que genere empleo de calidad. -
Fomentar la economía social, así como otras formas de economía solidaria. - Facilitar
la movilidad laboral y funcional. - Reducir la brecha salarial, especialmente
entre mujeres y hombres. - Mejorar los mecanismos de intermediación del empleo,
la atención individualizada y el modelo de colaboración público-privada, así
como la mejora de los servicios públicos de empleo. Impulsar los desarrollos
normativos necesarios para incrementar la oferta formativa en los contratos de
formación y aprendizaje, garantizar la calidad y mejorar las condiciones
laborales. - Mejorar el control de los contratos para la formación y aprendizaje
con particular atención a las actividades formativas y los contratos en
prácticas. - Establecer medidas contra el empleo precario, así como contra los
falsos autónomos. - Promocionar los contratos de reserva de mercado para
empresas de inserción y centros especiales de empleo de iniciativa social. - Articular
medidas de prevención de toda forma de discriminación en el ámbito laboral por
razón de edad, sexo, discapacidad, identidad y expresión de género, orientación
sexual, etnicidad, o religión”.
6. La meta 3 se
refiere a la protección social ante los riesgos del ciclo vital, poniendo de
manifiesto la necesidad de “recalibrar” dicho sistema para dar solución a lo
que se califica en el documento de “nuevos
riesgos sociales”, “particularmente en relación a la atención a la dependencia,
el cuidado infantil, la participación laboral femenina y la conciliación de la
vida laboral y familiar, el respaldo económico a las familias con hijos, o la
emancipación residencial de los jóvenes…”.
Destaco entre sus
objetivos, y en concreto en materia de sanidad, por su especial afectación a la
población con mayores necesidades y al colectivo de población extranjera
extracomunitaria en situación administrativa de irregularidad en España, los de
blindar la universalidad de la cobertura del Sistema Nacional de Salud, y el de
fomentar el acceso efectivo y equitativo al mismo de “las personas residentes
en España con independencia de su situación penal, administrativa, laboral,
familiar, de ingresos, de residencia, origen étnico, sexo, orientación sexual,
identidad y expresión de género o nacionalidad”.
Respecto al
objetivo de apoyo a los menores y familias, una de las líneas de actuación
previstas es el apoyo a las familias en riesgo de pobreza con hijos menores,
facilitando la conciliación de la vida laboral y familiar, que pasa tanto por medidas
de fomento de “modelos parentales positivos” como por la articulación de medidas
concretas que permitan que los menores puedan acceder a recursos públicos que
permitan el desarrollo de su personalidad y el progreso formativo. La EN tiene
un objetivo, que a mi parecer también engarza perfectamente con la mejora de
los permisos de paternidad para el conjunto de la población trabajadora, cual
es que “con el fin de garantizar los derechos laborales de los padres y de
facilitar la implicación en las tareas de cuidado en condiciones de igualdad,
de hacer frente a situaciones de especial necesidad y de permitir a las
familias acercarse a su tasa de fecundidad deseada (considerablemente superior
a la actualmente existente), resulta necesario promover la división igualitaria
de roles entre hombres y mujeres, así como las tareas de cuidado infantil fuera
del hogar a través de servicios de calidad y en condiciones de igualdad,
independientemente del nivel socio-económico de los padres”.
Tiene especial interés
el objetivo relativo a los servicios sociales y dependencia, ya que una de sus líneas
de actuación es la de avanzar en la articulación del sistema público universal
de servicios sociales con los servicios públicos de empleo. Se vuelve a
plantear algo que ha sido, y sigue siendo, objeto de debate político y social,
y en el que no conviene olvidar el marco competencial existente respecto a la
intervención autonómica en las políticas de empleo y de servicios sociales. Me
refiero a lo que en el documento califica de creación de puertas únicas de entrada al sistema de protección social, fusionando
los servicios para los desempleados con
los encargados de la provisión de la asistencia social, que al parecer de la EN
puede contribuir a “facilitar el acople entre las políticas activas y las
pasivas, proporcionando así una asistencia más individualizada por parte de los
trabajadores sociales y monitores de empleo que ayuden, evalúen y supervisen la
búsqueda de empleo, la colocación en las empresas y los resultados”.
7. Por fin, la
meta estratégica 4 está dedicada a la eficacia y eficiencia de las políticas,
teniendo por finalidad “conseguir un sistema eficiente que articule de modo
integrado y coherente el conjunto de políticas de prevención y lucha contra la pobreza
y la exclusión social”, configurándose como un eje de carácter transversal, con
participación e implicación de distintos niveles de la Administración y de las
entidades de la sociedad civil.
Se reiteran en sus
líneas de actuación algunas que, con otra redacción, han sido ya propuestas con
anterioridad, por lo que no insisto más en mi explicación, como son “Analizar
las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social al objeto de adecuar
su cobertura. - Mejorar la gestión,
colaboración, coordinación y comunicación en el Sistema Nacional de Empleo. - Profundizar la coordinación y acción conjunta
entre los servicios sociales, de empleo y otros servicios que contribuyan a la
inclusión social”.
8. Concluyo estas
notas. Un buen documento, una vez más, de trabajo, con diagnósticos precisos y
muchas propuestas interesantes para mejorar la situación de las personas más
desfavorecidas. Ahora falta su desarrollo efectivo con el aporte económico
adecuado. Y más allá de las disputas políticas, ningún gobierno debería olvidar
que esta protección debería ser una línea prioritaria de su actuación…o al
menos así lo pienso.
Buena lectura.
3 comentarios:
Hola Eduardo, muchísimas gracias por tu labor de análisis y síntesis de la EN.
Soy Trabajadora Social y en la actualidad opositora del Gobierno de Cantabria. Estoy haciendo un tema relacionado con el Plan Nacional para la Inclusión Social en España y, me surgen dudas.
Te hago una consulta, visto el gran conocimiento sobre la temática y, te pido perdón, por no estar la pregunta a la altura del contenido del documento.
Mi duda es si la EN sustituye al Plan Nacional de Inclusión Social o, si bien, la Estrategia lo desarrolla y va en consonancia con el mismo.
Esta cuestión cambia el sentido del tema que tengo que desarrollar, y pasaría a darle más importancia a un documento o a otro.
Muchas gracias
Caridad Conde
Hola Caridad, buenos días y gracias por las amables palabras hacia la entrada.
A mi parecer hay que prestar atención a la página 6 del texto, donde se expone que “La Estrategia, en línea con los Planes Nacionales de Inclusión Social desarrollados desde 2001, se centra particularmente en cuatro Metas Estratégicas, concretando los objetivos para cada una de ellas, así como las líneas de actuación fundamentales”. Es decir, yo creo que va más allá del PNIS 2013-2016 y trata de profundizar en todas las cuestiones que se abordan en el PNIS y en los anteriores. Además, hay que tomar en consideración que las orientaciones del PNIS 2013-2016 (gobierno del Partido Popular) y de la Estrategia (gobierno socialista) son en más de una ocasión distintas, como trato de reflejar en mi texto. Por todo ello, mi parecer es que no hay una sustitución del PNIS, sino un reforzamiento, y desde una óptica política diferente, de las cuestiones clave que han abordado los PNIS desde su puesta en marcha.
Saludos cordiales.
Muchas gracias Eduardo, me es de gran ayuda su enfoque, le estoy muy agradecida por su respuesta.
Reciba un cordial saludo
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