Introducción.
El Pleno del
Congreso de los Diputados aprobó definitivamente el 18 de diciembre la Ley por
la que se modifica el texto refundido de la Ley General de Seguridad Social en
relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. La norma, publicada el lunes 29 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado) entrará en vigor el próximo 1 de enero, con
un plazo de seis meses concedido al gobierno para el desarrollo reglamentario
de varios preceptos de la misma, y una remisión al año 2016 para la aplicación
del nuevo tipo de cotización correspondiente a la protección de la Seguridad
Social por cese de actividad de los trabajadores autónomos.
La nueva norma
modifica sustancialmente la regulación vigente de las MATyEP. Igualmente,
introduce importantes cambios en la regulación de la normativa que regula la
protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.
Adjunto a
continuación el texto comparado de la nueva ley y de la normativa aún vigente y
que será derogada a partir del 1 de enero. He destacado en negrita las
modificaciones incorporadas en el nuevo
texto legal que considero más relevantes.
Buena lectura.
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