1. Con una
rapidez que sólo merece elogios, se publicó ayer en la página web del Consejo
General del Poder Judicial el auto dictado en la misma fecha por la Sala de loSocial de la Audiencia Nacional, en el que se acuerda por unanimidad “elevar
cuestión de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, junto con el
testimonio de los autos principales, así como las alegaciones realizadas por
las partes y por el Ministerio Fiscal, para que, si se admite a trámite la
cuestión y previa tramitación legal procedente, resuelva si la redacción del art.
2 del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar laestabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su aplicación
al personal laboral del sector público, ha vulnerado o no el principio de irretroactividad
de las disposiciones restrictivas de derechos individuales contemplado en el
art. 9.3 CE, puesto que entendemos que dicho precepto es aplicable al caso y el
fallo depende de su validez, no siendo posible acomodarlo al ordenamiento
constitucional por otra vía interpretativa”. La nota del gabinete de prensa delCGPJ que se adjunta a la sentencia lleva este título: “La Sala de lo Social de
la Audiencia Nacional cree que la crisis económica no justifica quitar la extra
con efectos retroactivos”.