miércoles, 22 de julio de 2026

Lecturas sobre políticas de empleo. 1. Plan anual para el fomento del empleo digno 2026. 2. Eurofound: Empleo y condiciones laborales de los trabajadores más vulnerables

 2. El Consejo de Ministros    celebrado el 16 de junio aprobó el Plan anualpara el fomento del empleo digno 2026   , que ha sido publicado en el BOE del día 21 de julio. De esta manera de da cumplimiento a lo dispuesto en el art. 13 de la Ley 3/2023 de 28 de febrero, de empleo, que dispone lo siguiente:

“1. El Plan Anual concretará, con carácter anual, las directrices necesarias para alcanzar en el conjunto del Estado y en cada una de las distintas Comunidades Autónomas, objetivos de la Estrategia, así como los indicadores que se utilizarán para conocer y evaluar anualmente el grado de cumplimiento de los mismos.

Para ello, fijarán los servicios y programas que se desarrollarán tanto por las Comunidades Autónomas como por la Agencia Española de Empleo.

Los servicios y programas incluidos en el Plan Anual podrán ser excepcionalmente modificados por la Agencia Española de Empleo, a petición justificada de la Comunidad Autónoma correspondiente, cuando necesidades de carácter extraordinario sobrevenidas lo hagan necesario para una adecuada gestión y ejecución de las Orientaciones.

2. El Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno se elaborará por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, teniendo en cuenta las previsiones formuladas por las Comunidades Autónomas y la Agencia Española de Empleo y previa consulta de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas y, en sus respectivos ámbitos, de los Consejos del Trabajo Autónomo y de Fomento de la Economía Social.

Se informará por el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo y la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales y se aprobará por el Consejo de Ministros.

3. El Plan Anual se articulará en torno a los siguientes Ejes, en los que se integrarán los objetivos en materia de políticas activas de empleo y el conjunto de los servicios y programas desarrollados por los servicios públicos de empleo:

a) Eje 1. Orientación. Comprende las actuaciones de información, orientación profesional, motivación, asesoramiento, diagnóstico y determinación del perfil profesional y de competencias, diseño y gestión de la trayectoria individual de aprendizaje, búsqueda de empleo, intermediación laboral y, en resumen, las actuaciones de apoyo a la inserción de las personas beneficiarias.

Asimismo, comprende las actuaciones de prospección de necesidades y prestación de los servicios de empleo a las empresas.

b) Eje 2. Formación. Incluye las actuaciones de formación en el trabajo, dirigidas al aprendizaje, formación, recualificación o reciclaje profesional y de formación en alternancia con la actividad laboral, incluidos los programas públicos de empleo y formación, que permitan al beneficiario adquirir competencias o mejorar su experiencia profesional, para mejorar su cualificación y facilitar su inserción laboral, teniendo en cuenta la brecha digital existente y garantizando la atención presencial a la población que la padece.

c) Eje 3. Oportunidades de empleo. Incluye las actuaciones que tienen por objeto incentivar la contratación, la creación de empleo o el mantenimiento de los puestos de trabajo. También incluye las dirigidas a facilitar la movilidad geográfica o promover la contratación en sectores de actividad diferentes de aquellos en los que se hubiera trabajado habitualmente.

d) Eje 4. Igualdad de oportunidades en el acceso al empleo. Comprende las actuaciones dirigidas a aquellos colectivos que tienen mayor dificultad en el acceso o permanencia en el empleo, con especial consideración a la situación de las personas con discapacidad, de las personas en situación de exclusión social, de las personas con responsabilidades familiares, de las víctimas del terrorismo y de las mujeres víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer. Igualmente incluye la promoción de la igualdad en el acceso al empleo, entre mujeres y hombres en el acceso, permanencia y promoción en el empleo, así como la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

e) Eje 5. Emprendimiento. Comprende las actividades dirigidas a fomentar la iniciativa empresarial, el trabajo autónomo y la economía social, así como las encaminadas a la generación de empleo, actividad empresarial y dinamización e impulso del desarrollo económico local.

f) Eje 6. Mejora del marco institucional. Este Eje tiene carácter transversal, por lo que afecta a todos los restantes. Recoge las acciones, medidas y actuaciones que van dirigidas a la mejora de la gestión, colaboración, coordinación y comunicación dentro del Sistema Nacional de Empleo y el impulso a su modernización”.

Una síntesis del contenido del Plan se encuentra en la nota de prensa  del Ministerio de Empleo y Economía Social publicada el mismo día de su aprobación, en la se explica que

“... En el documento se incorporan un conjunto de medidas para el año en curso, estableciendo los objetivos, servicios y programas que serán ejecutados por el Servicio Público de Empleo Estatal y las comunidades autónomas durante 2026.

Planes específicos. El texto mandata el desarrollo de tres planes específicos:

1.      El Plan de actuación para la mejora de la empleabilidad de la población gitana como una estrategia pública de empleo en favor de este colectivo en España dirigida a garantizar la igualdad de oportunidades y el ejercicio pleno de derechos. Se destinarán 93 millones de euros a este plan hasta el año 2028.

2.      El Plan de Empleo en favor de las Personas Jóvenes con las medidas que han resultado más eficaces para promover la mejora de la empleabilidad y la inserción laboral de este grupo de edad, con especial atención a las medidas destinadas a las personas jóvenes en situación de vulnerabilidad. Contará con 85 millones de euros.

3.      La Estrategia global para el empleo de las personas trabajadoras desempleadas de larga duración o de más edad y garantía de servicios para personas beneficiarias mayores de cuarenta y cinco años que incluye medidas en materia de empleo, formación, condiciones de trabajo y Seguridad Social, con el objetivo de favorecer la reincorporación al mercado de trabajo o su mantenimiento de estos colectivos. Cuenta con una dotación de 440 millones de euros”  

Reproduzco amplios fragmentos de la introducción y remito a todas las personas interesadas a su lectura íntegra. Sobre los Planes de años anteriores, remito a la entrada “Plan anual de fomento del empleo digno 2025 (y breve recordatorio de los dos anteriores): Notas descriptivas de sus contenidos más destacados”  Dado que el Plan toma como referencia directa la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028, remito para el conocimiento de esta a la entrada “Estrategia española de apoyo activo al empleo 2025-2028. Notas descriptivas de sus contenidos más relevantes” 

“El Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno (PAFED) 2026 se enmarca en un contexto normativo e institucional profundamente renovado en los últimos años, orientado a modernizar las políticas activas de empleo en España y alinearlas con los compromisos europeos...

... El PAFED 2026 se formula tomando como referencia directa esta Estrategia, asegurando la coherencia entre la planificación estratégica plurianual y la ejecución anual, con un modelo integrado de seguimiento y evaluación permanente que permite ajustar las actuaciones durante su vigencia.

El Plan recoge, asimismo, los indicadores que se van a utilizar para valorar el grado de consecución de dichos objetivos, teniendo en cuenta la evaluación de los Planes de 2024 y 2025, de forma que adquiere un carácter vertebrador en la gestión de las políticas de apoyo activo al empleo e incorpora un enfoque integrado de su planificación, ejecución y evaluación. En este Plan, los indicadores continúan experimentando una mejora de la claridad y transparencia en el proceso de evaluación.

El Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2026 es, por tanto, la concreción, para el año en curso, de los objetivos y medidas de la Estrategia 2025-2028.

Al igual que el PAFED 2025, el nuevo Plan ha sido elaborado de forma participativa con las Comunidades Autónomas, tras informe de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de 27 de mayo de 2026 e informe del Consejo General del Sistema Nacional de Empleo de 27 de mayo de 2026, con carácter previo a su aprobación por el Gobierno mediante Acuerdo del Consejo de Ministros. Desde esa fecha, el presente Plan Anual se aplica de hecho por el conjunto de los servicios públicos de empleo, sin perjuicio de lo que se disponga en su aprobación final. Este proceso colaborativo en el seno del SNE asegura que el Plan anual cuente con la búsqueda del consenso de todos los actores implicados –Administración General del Estado, Servicios de Empleo autonómicos y agentes sociales– y refuerza la coordinación multinivel.

El PAFED 2026 mantiene la estructura general del plan anterior, dando continuidad a las innovaciones introducidas el año previo y adaptándose a la nueva EEAAE 2025-2028. Entre los aspectos más destacados, el Plan 2026:

– Consolida el enfoque por objetivos cuantitativos desagregados territorialmente y por colectivos. En 2024 se establecieron por primera vez objetivos mínimos cuantitativos de atención a personas desempleadas por CCAA y por ejes de política; en 2025, se dio un paso más desagregando esos objetivos también por colectivos de atención prioritaria en cada región. Ahora, el PAFED 2026 continúa con esa práctica, fijando metas anuales concretas (por ejemplo, número de personas jóvenes a atender con medidas de inserción, mujeres de baja cualificación a formar, personas paradas de larga duración a recolocar, etc.) para cada Comunidad Autónoma, de acuerdo con su situación de partida. Esto permite una gestión más focalizada y equitativa, atendiendo a las particularidades de cada territorio en términos de desempleo juvenil, femenino, de larga duración, etc., y facilitando el seguimiento pormenorizado de los resultados en cada colectivo y región.

– Adapta sus indicadores de seguimiento a la nueva Estrategia. Al haberse aprobado la EEAAE 2025-2028, el Plan alinea completamente sus indicadores con los 8 objetivos estratégicos de dicha Estrategia, garantizando coherencia en la medición de resultados. Se simplifica y actualiza el sistema de indicadores siguiendo la línea iniciada en 2023 y 2024 –cuando ya se redujo y clarificó notablemente el conjunto de indicadores–, asegurando que en 2026 los indicadores sean claros, relevantes y transparentes, facilitando la evaluación tanto interna como externa del Plan.

– Durante 2025 se ha estado trabajando en el desarrollo del cuadro de mando de seguimiento trimestral del PAFED, pasándose a denominar, en este Plan Anual, cuadro de mando de metas de la EEAAE 2025-2028. Se desarrollaron sus correspondientes indicadores, definidos específicamente para su seguimiento y evaluación.

– Consolidación del enfoque centrado en las personas a través de la atención especializada a colectivos prioritarios en sus medidas. El Plan 2026 incluye acciones programáticas específicas a favor de la población gitana, las personas jóvenes y las de más edad de manera articulada a través de Planes específicos. En este contexto, el «Plan de actuación para la mejora de la empleabilidad de la población gitana 2025-2028» se constituye como una estrategia pública de empleo en favor de la población gitana en España dirigida a garantizar la igualdad de oportunidades y el ejercicio pleno de derechos de la población gitana. El «Plan de Empleo en favor de las Personas Jóvenes» seleccionará, entre otras, aquellas medidas del Plan de Garantía Juvenil + que han resultado más eficaces para promover la mejora de la empleabilidad y la inserción laboral de las personas jóvenes, con especial atención a las medidas destinadas a las personas jóvenes en situación de vulnerabilidad. Por su parte, la «Estrategia global para el empleo de las personas trabajadoras desempleadas de larga duración o de más edad y garantía de servicios para personas beneficiarias mayores de cuarenta y cinco años» incluirá medidas en materia de empleo, formación, condiciones de trabajo y Seguridad Social, con el objetivo de favorecer la reincorporación al mercado de trabajo o su mantenimiento en el mismo de las citadas personas trabajadoras.

– El PAFED 2026, tiene en cuenta el marco de financiación plurianual fijado en el ACM de 13 de mayo de 2025, que estableció como criterio de distribución, la asignación a cada comunidad autónoma de una cuantía equivalente a un 70% en 2026, un 60% en 2027 y un 50% en 2028 y 2029 de las cantidades cuando se cumplan determinados objetivos establecidos en los correspondientes Planes Anuales de Fomento del Empleo Digno, reforzando así la planificación y ejecución de actuaciones a medio plazo (gestión plurianual).

– Refuerzo de la coordinación y la cogobernanza en la gestión del empleo. La cooperación operativa entre el SEPE (administración central) y los servicios públicos de empleo autonómicos, especialmente en el ámbito provincial y local donde confluyen la gestión de prestaciones y las políticas activas se intensifica, promoviendo mecanismos de cocreación y trabajo conjunto entre el personal del SEPE y de los Servicios de Empleo autonómicos para revisar procesos e innovar en la atención a personas usuarias. Esta cooperación institucional se hace extensible en la implantación de los tres Planes programáticos para colectivos de atención prioritaria (población gitana, personas trabajadoras jóvenes y de más edad) detallados anteriormente y en el marco de los planes de trabajo de los Centros de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo (COE).

– Consolidación de la evaluación continua del propio Plan, en línea con el título VI de la Ley 3/2023, de 28 de febrero. El PAFED 2026 estará sujeto a evaluación continuada, con un proceso planificado y dirigido en el seno del Sistema Nacional de Empleo, pero realizado con carácter externo e independiente, adicional a las evaluaciones internas. En el marco de la nueva Estrategia, se intensificará la evaluación de la eficacia y eficiencia de los servicios de empleo garantizados y de los programas más significativos que, junto a las encuestas de satisfacción a personas usuarias de los servicios públicos de empleo, informarán de manera sistemática las decisiones de política para años siguientes, realimentando el ciclo de mejora continua.

– Mantiene y refuerza el cuadro de mando de metas de la EEAAE 2025-2028 con la definición de unos indicadores de referencia de la mejora de la empleabilidad, de la intermediación, de la garantía de la implementación de un itinerario en favor de las personas beneficiarias de prestaciones por desempleo, de la consolidación de las redes de orientación y prospección, del seguimiento de la formación y del seguimiento presupuestario.

En suma, el PAFED 2026 se presenta como un instrumento vertebrador que traduce la estrategia de medio plazo en acciones concretas para este año, integrando las transformaciones normativas recientes y fomentando la innovación en la gestión de las políticas activas. Con ello, se pretende que 2026 sea un año de consolidación de los cambios iniciados y de avance hacia un Servicio Público de Empleo moderno, orientado a resultados y cercano tanto a las personas desempleadas como a las empresas”.

2. El pasado día 10 Eurofound publicó el estudio “Empleo y condiciones laborales de los trabajadores más vulnerables. Abordando un desafío político continuo”   https://www.eurofound.europa.eu/es/publications/all/employment-and-working-conditions-most-vulnerable-workers-addressing-ongoing

Por su especial interés, reproduzco a continuación los mensajes clave y el resumen ejecutivo.   

Mensajes clave

              La vulnerabilidad laboral aumentó tras la crisis financiera de 2007–2008, impulsada principalmente por el crecimiento del trabajo temporal y a tiempo parcial involuntario. Ha disminuido de forma constante desde 2016 y ahora está por debajo de los niveles previos a la crisis, aunque persisten diferencias significativas entre los Estados miembros, tanto en la extensión como en la naturaleza de vulnerabilidad.

              Las mujeres, jóvenes trabajadores, trabajadores migrantes, romaníes, personas con discapacidad y personas LGBT+ tienen más probabilidades que otros de experimentar empleos vulnerables. La evidencia sugiere que la causa radica en una combinación de barreras del mercado laboral y desventajas estructurales.

              Los efectos negativos más fuertes aparecen cuando se acumulan múltiples vulnerabilidades. Estos resultados no están necesariamente vinculados a un empleo no estándar y se asocian con una calidad laboral consistentemente peor, incluyendo perspectivas profesionales más débiles, menor acceso a la formación y al desarrollo de competencias, y menores niveles de autonomía y participación en el lugar de trabajo.

              La política y legislación nacional y de la UE buscan equilibrar flexibilidad con protección. Las medidas políticas recientes se centran en una mayor certeza contractual sobre las horas de trabajo y las condiciones laborales de los trabajadores con contratos no estándar, fomentar el empleo indefinido, prevenir abusos de contratos temporales, regular los contratos de cero horas y reducir el uso de otros contratos precarios.

              Junto con las medidas del mercado laboral, los responsables políticos podrían reducir la vulnerabilidad mediante un mejor acceso a servicios de cuidado infantil, un mayor reconocimiento de cualificaciones y competencias, apoyo a la integración laboral para grupos desfavorecidos y marcos más sólidos de igualdad y lucha contra la discriminación. Una regulación eficaz también depende de una aplicación rigurosa de la ley.

 

Resumen ejecutivo

Introducción

En las dos últimas décadas, los mercados laborales en la Unión Europea (UE) han experimentado una transformación significativa, marcada por una expansión del empleo no estándar y de los arreglos de trabajo flexibles. Aunque los contratos a tiempo completo y permanentes siguen siendo la forma dominante de empleo, los arreglos no estándar, como los contratos a tiempo parcial y temporal, se han vuelto cada vez más comunes.

El empleo no estándar no implica inherentemente vulnerabilidad por parte del trabajador. Puede ofrecer beneficios tanto para empleadores como para trabajadores, incluyendo mayor productividad y un mejor equilibrio entre vida laboral y personal. Sin embargo, la vulnerabilidad surge cuando el empleo no estándar es involuntario o cuando se cruzan múltiples características no estándar, como el trabajo a tiempo parcial involuntario y el estatus temporal.

Este informe examina la vulnerabilidad desde una perspectiva basada en el trabajo. La vulnerabilidad laboral se define como un fenómeno multidimensional que abarca la insuficiencia de ingresos, la inseguridad laboral y la falta de derechos laborales. Se distingue del concepto más amplio de calidad laboral, que abarca dimensiones como los ingresos pero también dimensiones como la intensidad del trabajo, el entorno físico y otros aspectos de la vida laboral.

El informe analiza las tendencias en la prevalencia de la vulnerabilidad laboral en la UE-27 entre 2009 y 2021 y examina cómo la vulnerabilidad se relaciona con diversos aspectos de la vida laboral. Además, evalúa los desarrollos políticos y legislativos relevantes destinados a mitigar la vulnerabilidad y apoyar la transición hacia formas de empleo más seguras y sostenibles.

Contexto de política

La UE aborda el empleo no estándar y precario mediante políticas y actos legislativos.

El Principio 5 del Pilar Europeo de Derechos Sociales subraya el derecho de los trabajadores a un trato justo e igualitario respecto a sus condiciones laborales, al acceso a la protección social y a la formación, independientemente del tipo y duración de la relación laboral. Defiende la prevención del abuso de contratos atípicos y fomenta la transición hacia formas de empleo abiertas.

En diciembre de 2025, la Comisión Europea emitió una Hoja de Ruta para Empleos de Calidad. La hoja de ruta subraya la importancia de que las empresas en la UE sigan siendo competitivas manteniendo altos estándares laborales; Para lograrlo, se necesita un marco regulatorio claro, proporcionado y favorable a la innovación, con los socios sociales desempeñando un papel clave en la identificación de soluciones prácticas.

En cuanto a las medidas legislativas vigentes de la UE, el instrumento legal clave, adoptado en 2019, es la Directiva sobre Condiciones de Trabajo Transparentes y Predecibles. También son importantes la Directiva sobre Trabajo en Plataformas y la Directiva sobre Trabajadores Asignados, aunque estas formas de trabajo y las medidas políticas relevantes no se abordan explícitamente en este informe. Muchos años antes de la adopción de la Directiva de Condiciones de Trabajo Transparentes y Predecibles, la Directiva de Trabajo a Tiempo Parcial, la Directiva de Contratos a Plazo Determinado y la Directiva de Trabajo Temporal por Agencia tenían como objetivo frenar los riesgos de precariedad, buscando garantizar que los trabajadores a tiempo parcial, temporal y temporal tuvieran los mismos derechos y trato igualitario que los trabajadores con contratos a tiempo completo y de duración indefinida.

Hallazgos clave

              La vulnerabilidad al empleo aumentó en toda la UE tras la crisis financiera de 2007–2008, impulsada por una expansión del trabajo temporal y a tiempo parcial involuntario, pero ha ido disminuyendo desde 2016 y ahora está por debajo del nivel previo a la crisis.

              En 2021, España y los Países Bajos mostraron los niveles más altos de vulnerabilidad, mientras que los Estados miembros de Europa central y oriental reportaron los más bajos. La naturaleza de la vulnerabilidad laboral varía sustancialmente entre los Estados miembros. La insuficiencia de ingresos es la dimensión dominante en los Estados miembros continentales y en los Estados miembros de Europa central y oriental, mientras que la inseguridad laboral es más prevalente en los Estados miembros mediterráneos y nórdicos. La falta de derechos laborales contribuyó con la menor parte a la vulnerabilidad laboral en la mayoría de los Estados miembros, siendo la mayor parte de Grecia.

              Las mujeres, jóvenes trabajadores, migrantes, romaníes, personas con discapacidad y personas LGBT+ (lesbianas, gays, bisexuales y trans y otras minorías sexuales y de género) tienen más probabilidades de experimentar empleos vulnerables. La evidencia sugiere que estos grupos enfrentan barreras, incluyendo estereotipos o prejuicios, dificultades para combinar la vida laboral y las responsabilidades familiares (especialmente las mujeres) y dificultades con las regulaciones legales y con el reconocimiento de cualificaciones y habilidades (especialmente los trabajadores migrantes).

              La vulnerabilidad laboral no resulta automáticamente en malas condiciones laborales. Los empleados que experimentan vulnerabilidad en una sola dimensión tienen resultados mixtos en su vida laboral, rendiendo mejor que los empleados no vulnerables en algunas áreas y enfrentándose a desventajas en otras. Es la acumulación de múltiples vulnerabilidades lo que conduce constantemente a resultados negativos, como peores perspectivas laborales, acceso limitado a oportunidades de formación y desarrollo, menor autonomía en la toma de decisiones, un nivel más bajo de participación organizativa, horarios laborales menos favorables, ingresos impredecibles y acceso más limitado a diversos componentes salariales.

              La mayoría de los indicadores de salud física no mostraron diferencias significativas entre empleados vulnerables y no vulnerables. Los trabajadores que experimentan vulnerabilidad multidimensional muestran tasas más altas de ansiedad y depresión que los empleados no vulnerables, pero tienen menos probabilidades de reportar estrés relacionado con el trabajo.

              La política y legislación de la UE y nacionales buscan ofrecer tanto flexibilidad como protección. Por un lado, apoyan la flexibilidad que requieren empleadores y trabajadores para adaptar el empleo a las fluctuaciones del contexto económico y a las necesidades personales. Por otro lado, implementan medidas para garantizar el trato igualitario entre trabajadores en contratos estándar y no estándar, para fomentar la creación y transición hacia empleos de mayor calidad y para evitar el uso de empleos no estándar de formas que puedan socavar los derechos o la seguridad laboral de los trabajadores.

              Las medidas políticas se han centrado en (1) garantizar una mayor certeza contractual sobre las horas de trabajo y las condiciones laborales de los trabajadores con contratos no estándar, (2) fomentar transferencias de empleos de duración determinada a empleo indefinido y prevenir el abuso de contratos temporales, (3) regular los contratos de cero horas y reducir el uso de otros contratos precarios y (4) fomentar y permitir que los trabajadores en trabajos a tiempo parcial involuntarios trabajen horas adicionales. Muchas de las iniciativas en estos ámbitos han surgido o se han reforzado como resultado de la legislación de la UE. Dado que muchas enmiendas se han presentado solo recientemente, falta una evaluación de su impacto en el equilibrio entre flexibilidad y protección en el mercado laboral.

Consejos de política

              La vulnerabilidad es un fenómeno multidimensional y requiere respuestas políticas integradas que aborden los factores relacionados con el trabajo, individuales e interseccionales que contribuyen a la vulnerabilidad del trabajador.

              El empleo no estándar no implica inherentemente vulnerabilidad. Las políticas deben ofrecer flexibilidad y protección mientras previenen abusos del trabajo atípico que socavan los estándares laborales.

              La legislación de la UE ha reforzado los derechos de los trabajadores en contratos no estándar, pero la legislación por sí sola no puede resolver cuestiones como el acceso desigual a la formación, que puede agravar aún más la vulnerabilidad.

              Una regulación eficaz se basa en una aplicación rigurosa, que incluye una capacidad de inspección suficiente, procedimientos accesibles para reclamaciones y un seguimiento regular del cumplimiento.

              La digitalización y la IA están transformando el trabajo, requiriendo una revisión continua de los marcos regulatorios para salvaguardar la calidad del empleo y permitir la innovación. La Hoja de Ruta de Empleos de Calidad y la consulta sobre la Ley de Empleos de Calidad buscan, entre otras cosas, contribuir a este proceso, que requerirá la participación activa de los socios sociales.

              Aunque no se aborda directamente en este informe, la discriminación y la desventaja vinculadas a características personales deben abordarse mediante legislación, políticas y sensibilización para garantizar el acceso igualitario a empleos de calidad”.

Buena lectura.  

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