Actualizo en
esta entrada las normas que se van dictando por las autoridades públicas, así
como las aportaciones jurídicas y económicas, con evidentes incrustaciones y
reflexiones sociales, de las que tengo conocimiento (y que con toda seguridad
serán muchas más). He podido leer (al menos hasta ahora) todas las normas y
parte de resoluciones judiciales y artículos que enumero en cada actualización,
y cuando lo considero oportuno extraigo aquellas tesis o ideas que me parecen
más importantes de todas ellas, con independencia de que esté o no de acuerdo
con sus contenidos.
Dado que el
número de normas es cada vez más elevado, y por ello muy difícil de seguir con
regularidad, es necesario remitirse al Código electrónico “Covid-19 Derecho
Europeo, Estatal y Autonómico” que ha publicado el Boletín Oficial
del Estado y que se actualiza a medida que se van dictando nuevas normas.
1. ElJuzgado rechaza la solicitud de material protector frente al COVID-19 realizadapor el Colegio de Enfermería de A Coruña.. 7 de mayo.
“El Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña ha
inadmitido la solicitud realizada por el Colegio Oficial de Enfermería de A
Coruña para que ordenase al Sergas adoptar una serie de medidas relacionadas
con el suministro de equipos de protección frente al COVID-19 y la realización
“inmediata y urgente” de test PCR. En consecuencia, ha acordado el archivo de las
actuaciones. La juez indica en la resolución, contra la que cabe presentar
recurso de reposición, que el colegio carece de legitimación activa para
plantear la medida, articulada a través de un proceso de tutela de derechos
fundamentales. Si la hubiese exigido a través de un conflicto colectivo, según
el auto, tampoco estaría legitimado.
La Sala acuerda. “Estimar (en parte) la solicitud de
medidas cautelares provisionalísimas solicitadas por la UNIÓ SINDICAL OBRERA DE
CATALUNYA (USOC) contra la COSELLERIA DE SALUT DE CATALUNYA y contra el
CATSALUT"; requiriendo a las codemandadas para que, con carácter urgente e
inmediato, provean a a todos los cuidadores de residencias de personas mayores
de Catalunya de batas impermeables, mascarillas FFP2-FFP3, gafas de protección
y guantes; y que, en iguales términos, proceda a realizar los test pertinentes”.
“…. Con esto último pretendemos resaltar que, si bien
el sindicato demandante afirma que la demandada está usando aquel material
reciclado, no es sólo que no se distinga entre el personal y el puesto de
trabajo que ocupa, que la reglamentación oficial especializada correspondiente
no avala que ese material reclamado haya de ser siempre y en todo caso
desechable tras su primer uso, sino que, además, ninguna prueba aporta, si quiera
indiciaria, acerca de si a la fecha de la presentación de la demanda la
demandada esté incumpliendo tal medida, lo que no podemos afirmar que sea hecho
conocido por notoriedad.
Por lo que entendemos que no concurre en este caso el
requisito del "fumus boni iuris" aludido, si quiera sea por vía
indiciaria, como hubiese sido menester. Esto, desde luego, no supone prejuzgar
el resultado del pleito, pues será en juicio cuando se alegue y prueba
debidamente sobre lo reclamado en demanda y sin que, por ello, esta resolución
produzca efecto de cosa juzgada sobre tal pretensión. Lo que simplemente
afirmamos es que, con lo que se nos ofrece, no vemos concurrente ese requisito.
Todo ello, sin perjuicio de advertir que reiteramos
que actualmente subsiste la obligación de prevención de riesgos laborales de la
demandada y en general, de cumplir la legalidad vigente y sin que puedan
servirnos en este caso como procedente previas resoluciones de esta Sala en
relación a peticiones de otro tipo de medidas que otros demandantes han
formulado y que han dado lugar a diversos resultados, en función de las propias
circunstancias de cada caso.
PARTE DISPOSITIVA
Desestimar la solicitud de medidas cautelares
contenida en la demanda que en el día 28 de abril de 2020, presentado el
sindicato LAB contra Osakidetza- Servicio Vasco de Salud”.
4. Cataluña. DECRETO LEY 16/2020, de 5 de mayo, de medidas
urgentes complementarias en materia de transparencia, ayudas de carácter
social, contratación y movilidad para hacer frente a la COVID-19. DOGC, 7.
“… Con carácter general y respecto a los capítulos II a
VI, respectivamente, se parte del hecho de que en el ámbito del trabajo y del
empleo es necesario adoptar medidas urgentes para paliar los efectos
desfavorables que ha provocado la crisis sanitaria derivada de la COVID-19,
tanto en las personas como en las empresas, poniendo en marcha de manera
urgente ayudas destinadas a crear y mantener empleo, fundamentalmente en estos
momentos tan difíciles.
… Así pues, en este contexto de inestabilidad, se
considera prioritario establecer medidas dirigidas a dar apoyo al tejido
productivo, especialmente a las pequeñas y medianas empresas y a los autónomos
y a las empresas cooperativas y de la economía social, y minimizar el impacto
social para que, una vez superada la crisis sanitaria, se produzca lo antes
posible el relanzamiento económico, garantizando la estabilidad en el empleo.
Es por ello que se considera necesario adoptar
unas medidas dirigidas a dar apoyo al mantenimiento de puestos de trabajo,
apoyo acompañamiento a las personas y establecer incentivos para las empresas
dirigidos al fomento del empleo.
Así, el capítulo II prevé ayudas destinadas a la
financiación para la elaboración y la ejecución de los planes reactivación
socio-económica COVID-19 de las entidades locales. Esta línea va totalmente
alineada con la medida 9 del Decálogo para la recuperación socio-económica de
los municipios de Cataluña. Con esta medida se regulan, por una parte, unas
ayudas económicas para contratar personal técnico por parte de los entes
locales, que tienen que impulsar los planes reactivación, con la finalidad de
paliar las afectaciones producidas por la crisis de la COVID-19 en sus
respectivos ámbitos territoriales en Cataluña.
Y, por otra parte, también se prevén ayudas
destinadas a la contratación de un servicio de consultoría y asistencia técnica
para la elaboración de estos planes reactivación socio-económica COVID-19.
…. El capítulo III aprueba una línea
extraordinaria y urgente del Programa de trabajo y formación para paliar
situaciones derivadas de la COVID-19, que consiste en proyectos de mejora de la
empleabilidad de los trabajadores, especialmente de aquellos que se han quedado
sin trabajo a causa de la crisis de la COVID-19 y de los que tienen más
dificultades de acceso al mercado laboral, por medio de acciones de experiencia
laboral y acciones de formación y, si procede, acciones de formación
transversal. Hay que tener en cuenta que esta crisis ya está afectando de forma
muy directa a los colectivos más vulnerables y que, desgraciadamente, el
impacto socio-económico también llegará a aquellas personas que nunca hubieron
pensado que algún día se encontrarían en situación de desempleo. Por lo tanto,
habrá nuevos colectivos profesionales sobre los que no había ninguna previsión
de que se pudieran quedar en situación de paro. Esta línea pretende incidir de
forma directa sobre estos dos colectivos.
… El capítulo IV prevé una medida de ayudas para
el mantenimiento del empleo en microempresas y por parte de autónomos con
personas a su cargo, que se han visto afectadas por la crisis de la COVID-19, y
con el objeto de evitar el desempleo de las personas que tienen contratadas. Se
trata de unas ayudas económicas que tienen por objeto devolver a la actividad a
personas, familias y empresas afectadas. Los beneficiarios son microempresas o
autónomos que tengan contratados hasta diez trabajadores, y que hayan mantenido
la plantilla, ya sea porque hayan efectuado un expediente temporal de
regulación de empleo porque hayan reducido la jornada laboral de los contratos
de trabajo. La medida consiste en una ayuda del 50% del salario mínimo
interprofesional para un máximo de tres trabajadores y durante seis meses, o la
parte proporcional equivalente, en el caso de contratos a jornada parcial,
siempre que estas microempresas y autónomos mantengan el 100% de la plantilla
que tenían en el momento anterior al estado de alarma y, como mínimo, durante
los 12 meses siguientes al reinicio de la actividad.
El capítulo V prevé medidas de apoyo a las
microempresas, autónomos, las empresas cooperativas y de la economía social.
Estas medidas tienen por objeto el impulso de proyectos de transformación
digital y de nuevos modelos de negocio y actividad económica con el objetivo de
mantener el empleo la mejora de la empleabilidad, afrontar mejor los retos surgidos
de la nueva realidad socio-económica, de manera que se refuerce la viabilidad
de las microempresas, los autónomos y las empresas cooperativas y de la
economía social….
… El capítulo VI prevé medidas en los programas
en materia de trabajo autónomo, con una previsión de flexibilización en la
convocatoria de apoyo la consolidación, fortalecimiento y reinvención del
trabajo autónomo en Cataluña, previendo medidas como el aumento de las sesiones
de asesoramiento, o la adaptación de las sesiones de información a las nuevas
necesidades derivadas de la crisis de la COVID-19.
Asimismo, se anuncia una ampliación del
presupuesto destinado a la convocatoria anual de los programas de ayudas a la
creación del trabajo autónomo de los jóvenes entre 18 y 29 años, para poder
disponer de una renta de subsistencia durante la primera fase de la puesta en
marcha de la actividad
…Respecto al capítulo VIII, referido a medidas en
materia de movilidad y con respecto al ámbito específico de los trabajadores
del sector agrario, procede adoptar medidas que coadyuven al impulso de la
reactivación económica en los sectores de proximidad y al reequilibrio
territorial. En concreto, se trata de facilitar sus desplazamientos motivados
por las campañas agrarias, siempre en el marco fijado por el Acuerdo del
Gobierno 28 de abril de 2020, por el que se impulsa la coordinación y el
seguimiento de la campaña agraria en el contexto de la pandemia generada por la
COVID-19.
En este sentido, vista la importancia de la campaña
agraria, y especialmente de la recogida del producto, para alimentar la cadena
alimenticia de productos básicos, se incorporan al Decreto ley un conjunto de
medidas para adecuar el uso del sistema de transporte público y la movilidad,
ante la emergencia derivada de esta pandemia, a las necesidades específicas
mencionadas, en términos adecuados a la Resolución SLT/747/2020, de 17 de
marzo, por la que se adoptan medidas complementarias en el ámbito del
transporte público de viajeros por el SARS-CoV-2.
En cuanto a las disposiciones adicionales, la primera
prevé la posibilidad, si procede, de ampliar los importes máximos que se
destinen y la segunda prevé la posibilidad de efectuar un anticipo a los
centros especiales de trabajo por vencidos, para atender la situación excepcional
derivada de la COVID-19, con el fin de poder dar el apoyo a las personas
afectadas en estos centros y previendo una posterior regularización de las
cantidades. Esta disposición va alineada con la medida 2 del Plan medidas
urgentes para la reactivación económica de la Confederación del Tercer Sector.
Capítulo II
Medidas de ayudas directas para la financiación
de los planes reactivación socio-económica COVID-19 en el ámbito de empleo
Artículo 2
Planes reactivación socio-económica COVID-19
Los planes reactivación socio-económica COVID-19
son los instrumentos de planificación que tienen que permitir, desde el ámbito
local y de manera concertada, identificar las actuaciones necesarias y urgentes
para contener el impacto socio-económico como consecuencia de las medidas
preventivas y de contención derivadas de la situación de la COVID-19 y para
mejorar la situación de empleabilidad de las personas, así como la reactivación
de las empresas en su actividad productiva.
Artículo 3
Objeto y finalidad
El objeto de esta medida es regular una ayuda,
con carácter extraordinario, por razones de interés público y social, a las
administraciones locales de Cataluña, para impulsar la elaboración y ejecución
de los planes reactivación socio-económica COVID-19 en el ámbito del empleo,
mediante unas ayudas económicas dirigidas a financiar los costes derivados, con
la finalidad de paliar las afectaciones producidas por la crisis de la COVID-19
en Cataluña.
Artículo 4
Entidades beneficiarias
4.1 Las entidades beneficiarias de estas ayudas
son los ayuntamientos y los consejos comarcales que constan en el anexo de este
Decreto ley, organizados en función de su dimensión, de forma que se garantiza
que esta medida llega a todo el territorio. Las entidades beneficiarias de estas
ayudas podrán ejecutar las actuaciones subvencionadas mediante sus organismos
autónomos o las entidades dependientes o vinculadas, con competencia en materia
de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción del empleo de
forma concertada.
4.2 Las entidades locales y consejos comarcales
determinados en el anexo de este Decreto ley, y sus entes de gestión, si
procede, como beneficiarios de las ayudas del Plan de reactivación
socio-económica COVID-19, tienen que cumplir los requisitos establecidos en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
… Capítulo III
Medida de línea extraordinaria y urgente COVID-19
del Programa de trabajo y formación
Artículo 14
Objeto y finalidad
14.1 El objeto de esta medida es otorgar subvenciones
para mejorar la empleabilidad de las personas desocupadas con dificultades de
acceso al trabajo, cuya situación se ha visto agravada por efectos de las
medidas preventivas y de contención derivadas de la situación de la COVID-19.
14.2 Esta medida se enmarca en el ámbito del
Programa trabajo y formación, gestionado por el Servicio Público de Empleo de
Cataluña, que deberá aprobar una convocatoria extraordinaria.
Artículo 15
Entidades beneficiarias
Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones
las administraciones locales de Cataluña o sus organismos autónomos o las
entidades con competencia en materia de políticas activas de empleo de
desarrollo local y de promoción del empleo dependientes o vinculadas a
aquellas, que se determinen en la convocatoria extraordinaria.
… Personas destinatarias
17.1 Las actuaciones previstas en esta medida se
dirigen a las personas inscritas al Servicio Público de Empleo de Cataluña como
demandantes de empleo no empleados (DENO) a partir del día 16 de marzo de 2020,
incluido.
Asimismo, también se dirigen a las personas en
riesgo de caer en situación de paro de larga duración, no perceptoras de
prestación por desempleo o subsidio, ni de ayudas.
17.2 Como mínimo, el 50% de las personas
contratadas tienen que ser mujeres. En caso de que el número de contratos a
formalizar sea impar, se tiene que priorizar la contratación de mujeres.
Capítulo IV
Medida de ayudas para el mantenimiento del empleo
en microempresas y trabajadores autónomos
Artículo 20
Objeto y finalidad
20.1 El objeto de esta medida de ayuda, es
mantener el empleo de los trabajadores contratados en microempresas y por parte
trabajadores autónomos, y a este efecto se aprobará una convocatoria
extraordinaria.
20.2 La finalidad de esta medida es, por lo tanto,
que los trabajadores autónomos y las microempresas, cuya situación se ha visto
agravada por efectos de las medidas preventivas y de contención derivadas de la
situación de la COVID-19, puedan reiniciar su actividad, evitando así el
desempleo de las personas con las que tengan una relación laboral.
Artículo 21
Entidades beneficiarias
21.1 Pueden ser entidades beneficiarias de esta
subvención las microempresas y los trabajadores autónomos que empleen hasta 10
trabajadores, constituidas legalmente y con establecimiento operativo en
Cataluña, que hayan visto suspendida su actividad por razón de la declaración
del estado de alarma regulado en el Real decreto, 463/2020, de 14 de marzo, por
el que se declara el estado de alarma por la gestión de la situación de crisis
sanitaria ocasionada por la COVID-19.
21.2 Estas microempresas y trabajadores autónomos
tienen que mantener el 100% de la plantilla que tenían en el momento en que se
declaró el estado de alarma y, como mínimo, durante los 12 meses siguientes al
otorgamiento de la ayuda para el reinicio de la actividad.
Artículo 22
Actuaciones subvencionables e importe de la ayuda
22.1 Son subvencionables los costes laborales de
los trabajadores que formen parte de la plantilla de las entidades beneficiarias,
hasta un máximo de 3, por un periodo de seis meses desde el reinicio de la
actividad.
22.2 La cuantía de la subvención a otorgar es un
módulo económico equivalente al 50% del salario mínimo interprofesional vigente
en el momento de publicarse este Decreto ley, cuyo importe se tiene que
publicar en la convocatoria extraordinaria.
Capítulo V
Medidas de apoyo a las microempresas,
trabajadores autónomos, las empresas cooperativas y de la economía social
Artículo 26
Objeto de la medida y líneas
26.1 Esta medida tiene por objeto el impulso de
proyectos de transformación digital y de nuevos modelos de negocio y actividad
económica con el objetivo del mantenimiento del empleo y la mejora de la
empleabilidad, afrontar mejor los retos surgidos de la nueva realidad
socio-económica, de manera que se refuerce la viabilidad de las microempresas,
los trabajadores autónomos y las empresas cooperativas y de la economía social.
26.2 Se establecen dos líneas de subvenciones
diferenciadas según la tipología de empresa objeto de la ayuda:
a) Línea 1. Medidas de apoyo a las microempresas
y trabajadores autónomos, que ocupen hasta 10 trabajadores, y que se han visto
agravados por los efectos de las medidas preventivas y de contención derivadas
de la crisis sanitaria de la COVID-19.
b) Línea 2. Medidas de apoyo a proyectos
singulares para la reactivación socio-económica COVID-19 para empresas
cooperativas y de la economía social.
… Capítulo VI
Medidas en los programas en materia de trabajo
autónomo COVID-19
Artículo 35
Flexibilización en los programas en materia de
trabajo autónomo COVID-19
A fin de que los trabajadores inscritos en el
régimen del trabajo autónomo en activo dispongan de un servicio de apoyo y
asesoramiento para hacer frente a la situación derivada de la COVID-19, el
órgano concedente procederá a flexibilizar la convocatoria del programa
Consolida't 2020 de apoyo a la consolidación, fortalecimiento y reinvención del
trabajo autónomo en Cataluña, con medidas como el aumento de las sesiones de asesoramiento,
así como la adaptación de las sesiones de información y formación a las nuevas
necesidades derivadas de esta crisis sanitaria.
Artículo 36
Programa de garantía juvenil
36.1 El importe inicial de la convocatoria anual
prevista del programa de ayudas a la creación de trabajo autónomo de los
jóvenes de entre 18 y 29 años, ambos incluidos, inscritos en el registro de
Garantía Juvenil, que es de 6.125.000,00 euros, se amplía hasta 15.000.000,00
de euros, para poder disponer de una renta de subsistencia durante la primera
fase de puesta en marcha de su actividad, y con el fin de poder atender a un
mayor número de destinatarios.
… Capítulo VIII
Medidas en materia de movilidad para la campaña
agraria
Artículo 38
38.1 El Departamento de Territorio y Sostenibilidad
tiene que adoptar las medidas que resulten adecuadas para incorporar a la red
de servicios regulares de transporte de viajeros por carretera las expediciones
necesarias para atender los recorridos que le sean requeridos mediante los
mecanismos de coordinación territorial ya existentes en los ámbitos de las
correspondientes delegaciones territoriales del Gobierno para hacer posible el
traslado de los trabajadores que intervienen en las campañas agrarias.
38.2 Los trabajadores de las actividades y empresas
agrarias en el ámbito territorial de que se trate tendrán que abonar el
correspondiente título de transporte para utilizar estos servicios.
38.3 En todo caso, los servicios tendrán que respetar
las condiciones establecidas en cada fase de la actual situación de emergencia
sanitaria con respecto a la ocupación máxima de la capacidad del vehículo y
sobre la distancia de separación entre viajeros.
38.4 Para la financiación de estas medidas se dotará
con una aportación económica extraordinaria al Departamento de Territorio y
Sostenibilidad, para hacer frente a las contraprestaciones a abonar a las
empresas concesionarias de los servicios regulares afectados.
Disposiciones adicionales.
Segunda
Anticipos en las ayudas de fomento de la integración
laboral en centros especiales de trabajo
1. Con respecto a las subvenciones destinadas al
fomento de la integración laboral de personas con discapacidad igual o superior
al 33%, contratadas en los centros especiales de trabajo para el año 2020, y a
los efectos de hacer frente a la crisis derivada de la COVID-19, se puede
ordenar el pago de un anticipo de hasta el 70% del importe solicitado por las
entidades beneficiarias, por meses enteros vencidos.
- La Agencia examina en el documento la relación entre los posibles beneficios para el control de la pandemia y los riesgos para la privacidad que implica la utilización de estas tecnologías
- El informe realiza un análisis preliminar de siete sistemas: geolocalización recogida por los operadores de telecomunicaciones; geolocalización en redes sociales; apps, webs y chatbots para auto-test o cita previa; apps de información voluntaria de contagios; apps de seguimiento de contactos por Bluetooth; pasaportes de inmunidad y cámaras infrarrojas
- El informe completo puede consultarse en este enlace
“La Plataforma por una Fiscalidad Justa, de la que UGT
de Catalunya formamos parte, propone 15 paquetes de medidas fiscales para
responder con liderazgo público y social a la crisis económica derivada de la
Covidien-19.
Así, presentamos 15 paquetes de medidas acordadas con
las Plataformas por una fiscalidad justa de todo el Estado donde hay presentes
más de un centenar de entidades sociales, cívicas y sindicales españolas. En el
documento, diferenciamos entre las medidas de choque -por salvaguardar las
personas, las familias y el tejido económico y las medidas a medio y largo
plazo que deben reorientar la economía a nivel estructural.
Entre las medidas de choque más urgentes creemos que
es el momento de una renta garantizada a nivel de todo el Estado. Son urgentes
medidas para movilizar la mayor cantidad posible de ingresos grabando
beneficios extraordinarios, la riqueza de quien más tiene, productos
financieros de carácter especulativo y las actividades que generen un impacto
negativo en el medio ambiente. También la implementación de ayudas fiscales a
pequeña y mediana empresa y autónomos. Es el momento también de trabajar por
una reforma fiscal de futuro a través de la eliminación de beneficios fiscales,
la equiparación de la tributación de rentas del trabajo y del capital o el fin
de los privilegios vinculados a sociedades inversoras ya la presencia en
paraísos fiscales.
En este sentido destacamos:
• La creación de una Tasa Covid para los patrimonios
de más de 1 millón de euros.
• Un complemento extraordinario y progresivo de la
tarifa sobre los tramos superiores del IRPF a nivel estatal.
• Tributación mínima efectiva del Impuesto de
Sociedades del 15% sobre el resultado contable, y del 18% para grandes
empresas, y sector de la banca e hidrocarburos.
• Subir de 3 puntos del IVA para bienes suntuarios y
aplicar un tipo "0" para determinados productos sanitarios y de
higiene personal.
El conjunto de medidas propuesto podría tener un
impacto recaudatorio mínimo de 34.301 millones. …”
7. Emili Ferrer. Covid-19: Mirant el CIS. 6 de mayo.
".... Somos más conscientes del riesgo imprevisto
y de que el riesgo cero no existe. Se ha hecho evidente que cuando el
aseguramiento colectivo contra el infortunio individual se privatiza, es decir,
cuando se pasa a los individuos- el riesgo es mucho mayor y la desprotección es
total. Sólo la responsabilidad colectiva de lo público nos puede proteger. Por
lo tanto, hay que valorar y defender lo público.
Hemos visto como agentes de los servicios esenciales
para la supervivencia, además de los y las profesionales sanitarias, son el
personal de limpieza, de mantenimiento, de transportes, de la recogida de
basura, los bomberos, las fuerzas y cuerpos de seguridad, los cuidadores de la
gente mayor. Son esenciales y también, en muchos casos, con condiciones
laborales precarias, con salarios devaluados y con brecha de género (2016
directivos del IBEX35 tenían una retribución equivalente a 1.663 veces el SMI).
Todos ellos con los derechos laborales y la sanidad pública recortados por los
que ahora votan NO en el estado de alarma.
... Es imprescindible la crítica a la acción de gobierno,
pero se legitima con propuestas alternativas. Propuestas que no se han
explicado. No quisiera pensar que no existen. Si fuera así, sólo quedaría un
irresponsable ataque que no tiene en cuenta las consecuencias sobre la
ciudadanía. Sólo quedaría el objetivo de destruir, donde el espacio de la
confrontación y el del odio se confunden.
Es indecente el chantaje de situar la continuidad de
la legislatura por encima de cualquier consideración, incluida la salida de la
pandemia. Es ofensivo que la oposición en el estado de alarma se avale con un
presupuesto de la Generalidad de Cataluña en el que el gasto sanitario en 2020,
en euros de valor constante, aunque sea el 10% inferior al del año 2010, hace
diez años, y que, por otra parte, el gasto no vinculada al estado del bienestar
ni a la carga financiera aumente el 48% respecto a 2010. ...”
8. CES. COVID19: the impact ofhealth care cuts 6 de mayo.
“… Necesitamos un gobierno económico y social que
invierta e impulse la protección y el cuidado de la salud pública e individual
en toda la EM:
- en políticas preventivas multidimensionales, que
abarquen la educación, la atención sanitaria y la salud y seguridad laboral, en
un enfoque de ciclo de vida;
- en los sectores cruciales de la salud y la atención
a largo plazo que pueden representar una oportunidad para crear más empleos de
alta calidad y, por lo tanto, impulsores del rendimiento general de la
sociedad;
- en un personal más cualificado y capacitado, que en
la actualidad ya es incapaz de satisfacer las demandas anteriores a la crisis,
- en la planificación de una estrategia para calificar
de manera eficiente y en una perspectiva de futuro basada en las necesidades de
atención actuales y futuras
- en el tratamiento y la lucha contra las
desigualdades socioeconómicas que afectan al acceso a la atención sanitaria;
- en el fortalecimiento de la coordinación entre los
servicios de atención de la salud y los servicios sociales; en el desarrollo de
estructuras socio-sanitarias capaces de prevenir y atender situaciones de
dependencia
- en la investigación y el desarrollo financiados con
fondos públicos, para aumentar la preparación..”
9. OIT. Elcontagio o el hambre, el dilema de los trabajadores informales durante lapandemia del COVID-19 7 de mayo.
“Las medidas de confinamiento y de
contención para hacer frente al COVID-19 amenazan con aumentar los niveles de pobreza relativa de los trabajadores
de la economía informal a nivel mundial, de tanto como 56 puntos porcentuales
en los países de bajos ingresos, señala un nuevo documento informativo publicado por la Organización Internacional del
Trabajo (OIT).
En los países de ingresos altos, los niveles de pobreza relativa entre los trabajadores informales deberían incrementar de 52 puntos porcentuales, mientras que en los países de ingresos medios-altos, el aumento se estima en 21 puntos porcentuales.
En el mundo, tantos como 1.600 millones de los 2.000 millones de trabajadores de la economía informal se ven afectados por las medidas de confinamiento y de contención. La mayoría trabaja en los sectores más afectados o en pequeñas unidades económicas más vulnerables a las crisis.
.. Más de 75 por ciento del total del empleo informal tiene lugar en empresas con menos de diez trabajadores, incluido 45 por ciento de los trabajadores independientes sin empleados.
… Para los 67 millones de trabajadores domésticos del mundo, 75 por ciento de los cuales son trabajadores informales, el desempleo representa una amenaza tan grande como el mismo virus. Muchos no han podido trabajar, bien sea por solicitud de su empleador o por cumplir con las medidas de confinamiento. Aquellos que siguen trabajando enfrentan un riesgo elevado de contagio, al cuidar de familias en su domicilio privado. Para los 11 millones de trabajadores domésticos migrantes, la situación es aún peor.
… Entre sus recomendaciones, el informe destaca la necesidad de adoptar políticas que reduzcan la exposición de los trabajadores informales al virus; garanticen que las personas contagiadas tengan acceso a la atención médica; proporcionen un ingreso y una ayuda alimentaria a las personas y sus familias y prevengan los daños causados en el tejido económico de los países.
10. BUSINESSEUROPE proposals for a European economic recovery plan. 30 de abril.
A pesar de los extraordinarios esfuerzos de los
gobiernos y las instituciones de la Unión Europea para apoyar a las empresas y
los trabajadores durante la crisis, es probable que el entorno económico y
político de Europa a medida que salgamos gradualmente de las severas
restricciones impuestas a la actividad económica se vea significativamente
diferente al de principios de año. En particular, veremos altos niveles de
quiebras de empresas, planes de inversión reducidos, alto desempleo, finanzas
gubernamentales más débiles y mayores presiones proteccionistas tanto en el
mercado interno como en el comercio exterior. Se necesitará un liderazgo
europeo inteligente y formas eficaces de solidaridad para recuperarse de esta
crisis sin precedentes y fortalecer la soberanía europea en el mundo posterior
a la crisis de COVID-19.
Controlar el virus y, al mismo tiempo, preservar
nuestras economías y sociedades requiere, en primer lugar, una respuesta de
emergencia coordinada de la UE y una estrategia de salida eficaz basada en el
riesgo.
Además, la UE y sus Estados miembros deben trabajar
con los interlocutores sociales para definir inmediatamente un plan de
recuperación claro, ambicioso, previsible y coordinado de la UE, a fin de dar a
las empresas la confianza necesaria para seguir atravesando esta crisis,
garantizar que abordemos rápidamente los daños a nuestras economías y empezar a
restablecer la capacidad de las empresas para la inversión y el empleo.
El plan de recuperación de la UE de BusinessEurope
establece propuestas detalladas bajo 4 pilares que, si se aplican
conjuntamente, pueden ayudar a crear un entorno regulador y fiscal para las
empresas que les permita invertir, crecer y crear empleo:
- Un rápido despliegue de los fondos de inversión de
la UE como parte de un ambicioso y coordinado estímulo fiscal de la UE,
incluyendo un acuerdo inmediato sobre un nuevo y revisado marco financiero
plurianual (MFF), y un fondo europeo específico de recuperación para poner
nuevos fondos sobre la mesa sin mutualizar la deuda existente entre los Estados
miembros*.
- Un mercado único revitalizado y abierto y una moneda
única reforzada, como parte de un mayor enfoque en el apoyo a la inversión
sostenible, el crecimiento y el empleo.
- La UE como principal defensora del comercio y la
inversión basados en normas, justos y libres, y como firme partidaria de las
soluciones multilaterales.
- El fortalecimiento de la gobernanza de la UE para
garantizar que el apoyo financiero de la UE aumente la aplicación por parte de
los Estados miembros de las reformas estructurales que fomentan el crecimiento
y el empleo y la convergencia ascendente.
* Este párrafo no cuenta con el apoyo de la
Confederación de Asociaciones de Empleadores Alemanes (BDA)
11. Trade Union Statement:
OECD Countries must increase ODA and effective responses to save lives and
livelihoods 6 de mayo.
La gravedad de la crisis mundial provocada por la
pandemia de COVID-19 exige una respuesta firme y urgente de la OCDE. El TUAC y
la Red Sindical de Cooperación para el Desarrollo de la CSI acogen con
satisfacción la Declaración Conjunta del 9 de abril de 2020 sobre la pandemia
de COVID-19 del Comité de Asistencia para el Desarrollo (CAD) de la OCDE. Sin
embargo, creemos que el CAD y sus miembros deben aumentar aún más la ambición
de responder a la escala y la urgencia de la situación. A la luz de los
problemas de desarrollo que se avecinan, lamentamos ver que el CAD sólo
"se esforzará por proteger los presupuestos de la AOD" en un momento
en que los fondos de la AOD son más necesarios que nunca. Por consiguiente,
insistimos y reiteramos los llamamientos anteriores para que los presupuestos
de AOD alcancen el objetivo del 0,7% y más allá.
Consideramos además que el CAD debería asumir lo
siguiente:
- Apoyar la aplicación de sistemas de protección
social universal, incluido el acceso gratuito a la atención de la salud en los
países en desarrollo - Fondo Mundial para la Protección Social.
- Asegurar la protección de los empleos y la economía
real.
- Proporcionar alivio de la deuda e inversiones para
los SDG.
- Colaborar con los interlocutores sociales en el
diseño y la aplicación de los programas de respuesta…”
12. FSC-CCOO envía a Transportes eIndustria un informe con propuestas para la desescalada en el sector turístico..
4 de mayo.
La Federación de Servicios a la Ciudadanía de
CCOO ha dirigido una carta a los ministerios de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, y de Industria, Comercio y Turismo para expresarles nuestra
preocupación sobre la afectación de la crisis del turismo sobre el empleo y las
condiciones laborales por la situación creada por el Covid-19 en los sectores
productivos representados por esta federación.
Los diferentes modos de transporte sufrirán en
los próximos meses importantes restricciones debido a la imposibilidad de
movilidad de personas y bienes a nivel internacional y dentro del territorio
nacional. Las previsiones sobre la recuperación del nivel de visitantes en
nuestro país pronostican una recuperación a medio y largo plazo, lo que tendrá
repercusiones en las empresas y en las personas trabajadoras.
"Es necesario un apoyo del Gobierno para
recuperar la actividad en un servicio esencial para los estados, directamente
relacionado con la libertad y posibilidad de movilidad de personas y bienes y
cómo no, también esencial para el mantenimiento de la propia actividad
productiva mediante el suministro de equipos, materias y servicios necesarios
para las propias empresas y actividad productiva y de prestación de
servicios", explicamos.
13. Francos
Javier Gómez Abelleira. Modificaciones
horarias por razones preventivas ligadas al COVID-19 7 de mayo.
“… La
reorganización del tiempo de trabajo constituye, en estos momentos, una
herramienta preventiva de primer orden, puesto que una de las recomendaciones
en las que más insisten las autoridades sanitarias para prevenir contagios es
el distanciamiento entre personas y la evitación de aglomeraciones. Por ello,
fórmulas como las entradas y salidas escalonadas de trabajadores de los centros
de trabajo o la creación de nuevos turnos que eviten una excesiva concentración
de personas en los lugares de trabajo se están considerando en miles de
empresas.
14. Philippe Van Parijs Basicincome: Finland’s final verdict 7 de mayo.
“… Lo más importante es que la sostenibilidad a largo
plazo de una renta básica generosa e incondicional depende mucho menos del
impacto inmediato en la oferta de mano de obra que del efecto estructural en la
salud, las competencias y la motivación que puede esperarse de un ir y venir
más fluido a lo largo de la vida entre el empleo, la educación y las actividades
de voluntariado.
Al mostrar un importante impacto positivo en el
empleo, el experimento no demostró la sostenibilidad económica de un ingreso
básico de 560 euros, complementado condicionalmente de las diversas maneras
mencionadas anteriormente. Tampoco se suponía que lo hiciera. Pero sí produjo
resultados interesantes que estimularán una mayor reflexión sobre la mejor
manera de introducir gradualmente un ingreso básico y las medidas de
acompañamiento que facilitarían la transición.
Facilitar el
acceso al mercado laboral formal a los excluidos es un objetivo importante de
una reforma de los ingresos básicos. Pero no es de ninguna manera el único. Su
objetivo mucho más amplio es hacer nuestra economía más resistente y nuestra
sociedad más justa, aumentando la seguridad económica y la libertad de elección
de los que tienen menos.
Hace cuatro
años, Suiza organizó valientemente un referéndum nacional sobre una propuesta
de ingresos básicos muy audaz. Unos meses más tarde, Finlandia inició un
experimento de vida real cuidadosamente diseñado con una versión mucho más
modesta. Independientemente de sus limitaciones, este experimento proporciona
alimento para la reflexión y la acción a todos aquellos que creen que el
ingreso básico es el camino a seguir.
Y con la
pandemia destrozando la seguridad económica de muchos en todo el mundo, hay más
de ellos que nunca antes. Gracias, Finlandia!...”
15. Filip
Milačić Does European solidarity extend to the western Balkans? 7 de mayo.
“No es
frecuente en las relaciones internacionales que un jefe de estado llame a otro
"el hermano de mi país... que es el único que puede ayudarnos". Sin
embargo, esto ocurrió recientemente en Serbia, con el presidente serbio,
Aleksandar Vučić, adoptando el papel de solícito y el presidente chino, Xi
Jinping, asignó el fraternal.
La extraña
conferencia de prensa de Vučić en marzo fue una reacción a la decisión de la
Comisión Europea de restringir la venta de equipos médicos a los países de los
Balcanes occidentales. Y a pesar de que busca constantemente una razón para
criticar a la Unión Europea, y a Occidente en general, esta vez la UE le
facilitó el trabajo.
Al incluir a
los países de los Balcanes occidentales en el resto del mundo cuando se trata
de exportar equipos médicos, la UE envió una mala señal. No se puede afirmar
que Europa no está completa sin los Balcanes occidentales y luego, en un
momento tan crítico, actuar de acuerdo con la máxima chacun pour soi…
16. EESC asks for 2020 EmploymentGuidelines to be adapted in the face of Covid-19 pandemic 7 de mayo.
“El Comité
Económico y Social Europeo (CESE) ha acogido con satisfacción la propuesta de
la Comisión sobre las directrices de empleo revisadas para los Estados
miembros, pero ha pedido que las directrices se adapten para tener en cuenta la
incipiente crisis social y de empleo provocada por el brote de Covid-19 y para
ayudar a amortiguar sus efectos adversos en los mercados laborales de Europa.
El CESE
sugiere que, si bien las directrices de empleo deben ser estables durante un
período más largo y válidas para todos los países de la Unión Europea en sus
contextos nacionales, para este año debería considerarse excepcionalmente la
posibilidad de introducir una directriz adicional extraordinaria o de
emergencia que ayude a los Estados miembros a ajustar sus políticas de empleo a
las actuales circunstancias sin precedentes.
"Esa
directriz de emergencia para el empleo del Covid-19 podría incluir referencias
a medidas temporales eficaces necesarias para mitigar el impacto de la crisis,
como acuerdos de trabajo a corto plazo, apoyo a los ingresos, ampliación del
subsidio de enfermedad, aplazamiento de las cotizaciones a la seguridad social
de los empleadores, impuesto preliminar sobre los salarios e impuesto sobre el
valor añadido y la promoción del trabajo a distancia, respetando al mismo
tiempo la responsabilidad de los empleadores en materia de salud y seguridad de
los empleados", dijo el CESE.
El CESE ha
presentado sus propuestas en un dictamen sobre la propuesta de decisión del
Consejo relativa a las directrices para las políticas de empleo de los Estados
miembros, aprobada en su primer pleno desde el inicio de la pandemia. La sesión
plenaria se celebró a distancia el 7 de mayo, con los votos emitidos por los
miembros del CESE por escrito…”
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