lunes, 17 de diciembre de 2018

Inmigración en España y en la UE, y sostenibilidad del sistema de protección social (texto de la intervención, revisada y ampliada, en el acto de celebración del 40 aniversario de las entidades de protección social).


1. El jueves 13 de diciembre tuve oportunidad de intervenir en el acto de celebración del 40 aniversario de las entidades de protección social que se celebró en Barcelona, gracias a la amable invitación, que les agradezco, cursada por la organización para participar en una mesa redonda sobre la sostenibilidad del sistema de protección social, junto con el director de Relaciones Laborales de la CEOE, Jordi García Viñas, y el director de FEDEA, Ángel de la Fuente Moreno.  El acto contó con la intervención inicial delDirector General del Servicio Público de Empleo Estatal, Sr. Gerardo GutiérrezArdoy, una conferencia sobre la evolución del sistema de Seguridad Social, a cargo del profesor García Viñas, intervenciones de los directores provinciales de las tres entidades organizadoras del evento, y la clausura a cargo de la Delegada del gobierno en Cataluña, Sra. Teresa Cunillera.  

Los organizadores me pidieron que centrara mi intervención en la temática de la inmigración, con la formulación previa por su parte, tanto antes del acto como en la moderación de la mesa redonda que llevó a cabo el director provincial de Barcelona del Servicio Público de Empleo Estatal, Víctor Santa Bárbara, de una serie de observaciones y preguntas sobre aquella.

Así, se planteó la importancia de los flujos migratorios en España, en especial desde inicios de la pasada década, con los vaivenes operados por la crisis iniciada en 2008 y la recuperación económica observada a partir de 2014, y en todo ese período la especial atención que debió prestarse a la regularización de la población migrante.

Las preguntas giraron sobre como la inmigración puede contribuir al sostenimiento de la Seguridad Social, qué cambios son necesarios en la regulación de la normativa de extranjería para evitar la situación irregular de una parte de la población migrante, la relación entre acceso de población migrante al mercado laboral, de forma regular o irregular, y el mantenimiento de una alta tasa de desempleo del conjunto de la población trabajadora. En fin, no faltaron las preguntas sobre la existencia, y su viabilidad, de una política migratoria europea y de una adecuada coordinación de esta con la de cada uno de los Estados miembros, en una línea semejante a las políticas de coordinación de las prestaciones de Seguridad Social.

Es obvio que la intervención en una mesa redonda solo permite apuntar algunas ideas generales sobre las cuestiones suscitadas, y así creo que lo hice. Ahora, y con más tranquilidad, es un buen momento para ordenar y ampliar algunos de los contenidos de mi intervención, tal como me comprometí a hacer ante todas las personas asistentes al acto celebrado en un bello salón del edificio del Banco de España sito en la Plaza de Cataluña.

Para ello, he revisado todas las estadísticas disponibles sobre población migrante en España, tanto de carácter general como referidas a la población trabajadora en general, y la más reciente documentación sobre las políticas migratorias en el seno de la Unión Europea.

De esta manera, el texto que sigue a continuación completa y actualiza los que anteriormente he ido publicando en el blog sobre la temática de la inmigración, un fenómeno al que hay que prestar especial atención desde la óptica de garantizar repuestas adecuadas y positivas para el conjunto de la población. Una realidad, la de la inmigración, cuya importancia a escala internacional es fácilmente perceptible a partir de los datos que recojo a continuación: según la OIT, con datos recogidos en la segunda edición de su informe “Estimaciones mundiales sobre los trabajadoresmigrantes”, en el mundo hay 164 millones (4,7 % del total de la población trabajadora mundial), con porcentajes del 58 y 42 % para hombres y mujeres respectivamente, que prestan sus servicios en un elevado porcentaje (67,9 %) en países de ingresos altos, en los que constituyen el 18,5 % de su fuerza de trabajo. Tres subregiones agrupan al 61% de la población migrante a escala mundial: 23 % en América del Norte, 23,9 % en Europa septentrional, meridional y occidental, y 13 % en países árabes. Es especialmente relevante a mi parecer el dato de que los Estados Árabes es la subregión con mayor proporción de trabajadores migrantes en relación con el total de su población trabajadora (40,8 %). Junto al incremento de personal en el sector de la construcción, el informe apunta que otro posible elemento de esta elevada proporción “puede ser la demanda de trabajadores domésticos, tanto de hombre como de mujeres, así como de trabajadores migrantes en el sector de la hostelería”.

La cifra total de migrantes internacionales es de 277 millones de personas, de los que 235 se encuentran en edad de trabajar (15 o más años). Para el Informe, el dato de la menor proporción de trabajadoras migrantes puede deberse a diversos factores, tales como “la mayor probabilidad de que las mujeres emigren por razones distintas al trabajo (por ejemplo, para la reunificación familiar), así como por la posible discriminación contra la mujer, que reduce sus oportunidades de empleo en los países de destino”, añadiendo que “la estigmatización social, los efectos discriminatorios de las políticas y las leyes, así como la violencia y el acoso no sólo socavan el acceso de las mujeres al trabajo decente, sino que también pueden dar lugar a salarios bajos, a la ausencia de igualdad de remuneración y a la infravaloración de los sectores en los que predominan las mujeres”. Un dato de especial interés, en el que influye sin duda el trabajo doméstico, es que la tasa de actividad de las mujeres migrantes en bastante superior a la de las no migrantes, 63,5 y 48, 1 % respectivamente.

2. Antes de abordar el contenido de esta entrada, quiero reiterar, ahora por escrito, los agradecimientos que expuse, probablemente de forma muy rápida y algo desordenada, durante mi intervención oral.

En primer lugar, a las tres entidades de protección social organizadoras del acto, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Servicio Público de Empleo Estatal, por darme la oportunidad de participar en un acto de homenaje a tres entidades que desde su creación en 1978 han contribuido, y mucho, a la cohesión social en España, con su tarea de asistencia, asesoramiento, y reconocimiento de prestaciones a millones de personas, es decir al fortalecimiento del Estado del Bienestar. En esa tarea han jugado un papel relevante las y los profesionales, el personal que presta sus servicios en dichas entidades, y es de justicia reconocer su esfuerzo y trabajo.  
Fue una satisfacción, en especial  participar en un acto del 40 aniversario del SEPE, el antiguo Instituto Nacional de Empleo (aunque en el imaginario colectivo, y en el de gran parte de la población, sigan presentes las siglas INEM cuando hablamos del empleo y de las prestaciones por desempleo), ya que conocí bien la tarea desarrollada por la Dirección Provincial de Barcelona durante los años 1982 a 1995 por los vínculos familiares con la, primero subdirectora y después directora, Maravillas Rojo. Igualmente, y en cuanto que la temática del empleo es materia objeto de regulación tanto por el Estado como por las Comunidades Autónomas, deseo recordar mi vinculación con el Servei d’Ocupació de Catalunya durante el período 2003-2006, dirigido por el Sr. Francesc Castellana i Aregall, que culminó con la dirección del comité científico encargado de elaborar el Pla d’Ocupació de Catalunya 2006-2008, documento cuya relectura me confirma que buena parte de las tesis recogidas en el mismo siguen teniendo pleno valor en el momento actual.

3. La celebración del 40 aniversario del INSS. TGSS y SEPE (INEM) coincide con el de la Constitución aprobada en referéndum el 6 de diciembre de 1978 y que declara que España se constituye como un Estado social y democrático de Derecho, algo que no debe olvidarse en ningún momento cuando se debate sobre políticas de protección social y la sostenibilidad del sistema.

He releído el Real Decreto-ley36/1978, de 16 de noviembre, sobre gestión institucional de la SeguridadSocial, la salud y el empleo, por el que se procedió a la creación del INSS y del INEM, así como el Real Decreto 2318/1978, de 15 de septiembre, por el quese establece la TGSS y en el que se hace referencia a los Pactos de la Moncloa de 1977,  en los que se acordó adoptar las medidas necesarias para imprimir la mayor eficacia a la recaudación y control de la Seguridad Social, y en su desarrollo normativo se decidió “ la constitución, dentro del Sistema, de una Tesorería General que ajuste y actualice la recaudación y administración financiera de la Seguridad Social, configurándose la misma como un servido común de acuerdo con lo dispuesto en el artículo treinta y ocho de la propia Ley, y vinculado al Centro Directivo más adecuado del Departamento, a efectos de las competencias atribuidas a este Ministerio en el artículo cuatro de la repetida Ley General (de Seguridad Social).  

Repárese en el interés  conceptual de los dos primeros párrafos de la introducción de la primera norma, que, con las lógicas adaptaciones necesarias, pueden ser de aplicación en la actualidad: “Un examen crítico de la Seguridad Social y de los problemas de salud y empleo –imprescindible para el planteamiento de cualquier opción reformista era esos sectores públicos– pone de relieve una serie de datos y procesos históricos que, si por una parte explican el desarrollo de sus instituciones, por otra sirven para evidenciar la existencia de importantes defectos de organización y la falta de una coherente concepción sistemática de su estructura y funcionamiento.

Este análisis no es hoy en día una parcela reservada a los especialistas. Bien al contrario, la sensibilidad social ante los sectores públicos que gestionan problemas de tan hondo sentido humano como la salud, la seguridad social, la asistencia y el empleo es un elemento determinante en la búsqueda de respuestas claras y eficaces. Existe una demanda social en tal sentido que otorga a las críticas técnicas un claro rango de prioridad política y que viene completado por las lógicas exigencias de una sociedad democrática para poseer una información suficiente y garantizar a los interesados la participación en las decisiones”.

La importancia del 40 aniversario no puede pasar, desde luego, desapercibida, y buena prueba de ello es el portal “40 años de Seguridad Social” creado en la página web del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social para su conmemoración. De los artículos institucionales deseo destacar algunas manifestaciones de sus autoras y autor.

A) En primer lugar, de la Ministra Magdalena Valerio, que el acceso a la Seguridad Social “es un derecho y las entidades que lo gestionan se han convertido en esenciales en nuestro día a día… (tratándose de) un sistema contributivo y solidario que es preciso hacerlo más sostenible, en lo social y en lo financiero, para que las generaciones presentes y futuras tengan mayor confianza en nuestro sistema público”.

Sugiero en este punto en especial la lectura del informe-propuesta elaborado por el grupo de estudiossobre “pensiones suficientes, seguridad social universal y democracia”, constituido en el seno de la Fundación Largo Caballero e integrado por prestigios juristas, economistas y demógrafos, que publicó recientemente el trabajo “financiación del derecho a pensiones públicas suficientes: alternativas sostenibles desde el lado de los ingresos”, del que deseo destacar ahora la importancia que confiere en el plano conceptual a “cambiar el imaginario colectivo dominante del sistema de pensiones como “carga” (gobernanza económica neoliberal) al sistema de pensiones como “inversión productiva” (OIT). Traducirlo no sólo en un lenguaje de datos preciso, sino también en formas de comprensión fácil para la ciudadanía en su día a día”.

B) En segundo término, de la Secretaria de Estado de Empleo, Yolanda Valdeolivas, que destaca la importancia del SEPE (antiguo INEM) en el Sistema Nacional de Empleo, ya que “de forma destacada, ha venido contribuyendo de forma constante al desarrollo de la política de empleo, a gestionar el sistema de protección por desempleo y a promover la información sobre el mercado de trabajo y la mejora del capital humano”, siendo la política de empleo, “uno de los más potentes motores de impulso de la cohesión económica y social de la sociedad española”;

C) Por fin, el directorgeneral de la TGSS, Javier Aibar, para quien, habiéndose creado como “un proyecto sin más pretensiones que las de poner orden la gestión recaudatoria y unificar las cuentas de la Seguridad Social”, es ahora “un organismo moderno, que se relaciona con los ciudadanos ofreciéndoles servicios de calidad, información actualizada y las mayores facilidades para que realicen sus gestiones, con una continua apuesta por la introducción de nuevas tecnologías y, sobre todo, gracias a su principal patrimonio que no es otro que sus trabajadores, que con su esfuerzo, experiencia, formación altamente cualificada e iniciativas permiten continuar  la labor diaria de mejora  de este importante organismo, que ahora cumple sus primeros cuarenta años”.

4. El pasado y el presente se dan la mano. Si las cuestiones planteadas por la organización del acto versaban sobre la inmigración y su relación con el empleo y la protección social, partiendo del vertiginoso cambio experimentado por la sociedad española desde inicios del siglo XXI, el día anterior a la celebración del evento ambaseran abordadas en la sesión plenaria del Congreso de los Diputados.

Por una parte, la moción presentada por el grupo parlamentario popular sobre las políticas del gobierno en el empleo y la formación, rechazada por 160 votos a favor y 170 en contra.

Por otra, y de especial atención en cuanto que aborda la problemática de la inmigración, la interpelación urgente del grupo parlamentario de Esquerra Republicana de Catalunya sobre las medidas de integración de inmigrantes no regularizados residentes en el Estado español y sus familias, en la que se planteó la posible modificación de la normativa reguladora del arraigo social, con reducción de la permanencia en España de tres a un año, y también con la reducción de la duración mínima del contrato de trabajo de un año a tres meses, estimándose que estas medidas, de carácter excepcional y temporal, podrían significar un incremento de 20.000 personas trabajadoras migrantes actualmente en situación irregular que podrían regularizar su situación, argumentándose además que este proceso implicará un incremento de nueve millones de euros para la Seguridad Social y de un mínimo de 20 millones para Hacienda.

Dado que en el debate del acto de celebración se plantearon preguntas sobre la situación de irregularidad y cómo afecta al empleo, es importante, me parece, señalar que la Ministra Magdalena Valerio afirmó la necesidad de incorporación de inmigrantes al mercado de trabajo español, valoró positivamente su llegada en la primera década de siglo y su efecto de crecimiento del Producto Interior Bruto, subrayó la importancia de la migración legal y regular, rechazó “aceptar como norma la inmigración de carácter irregular”, valoró el reconocimiento de derechos laborales y de protección social a todos los migrantes, con independencia de su situación regular o irregular,  operado por la importante sentencia núm. 236/2007 de 7 de noviembre del TribunalConstitucional, manifestando que “este Gobierno va a facilitar el ejercicio de todos los derechos constitucionalmente reconocidos a los inmigrantes con independencia de su situación administrativa, lo que no significa que en estos momentos tengamos pensado poner en marcha ningún proceso de regularización”, hizo referencia al proceso de elaboración de un nuevo plan estratégico de ciudadanía e integración, a la reactivación del fondo estatal para la integración de los inmigrantes, resaltó que ocho de cada diez inmigrantes extracomunitarios no nacionalizados tienen un permiso permanente, y concluyó con la afirmación de que la situación de desempleo actualmente existente en España “no nos permite afrontar un proceso de regularización, más allá de las cuatro posibilidades —y se las vuelvo a repetir— que existen de autorización de residencia en nuestro país: el arraigo social, familiar o laboral, la protección internacional, las razones humanitarias o la colaboración con autoridades administrativas, judiciales, policiales o fiscales”.

Baste aquí añadir por mi parte, que en el último barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas, delmes de noviembre, la inmigración se considera, por orden de importancia, el noveno problema existente en España (posibilidad de tres respuestas por cada persona encuestada), por detrás del desempleo, de los políticos y la política en general, de la corrupción y el fraude, de los problemas de índole económica, de la sanidad, de la independencia de Cataluña, de los problemas relacionados con la calidad del empleo, y de los problemas de índole social. Baja al décimo lugar la preocupación cuando se pregunta cuál es el principal problema en España, hasta el decimoquinto cuando la pregunta trata sobre los problemas que más afectan a la persona encuestada (posibilidad de tres respuestas) y hasta el vigésimo segundo cuando la persona encuestada debe responder a la pregunta de cuál es su problema principal.


En esta proposición, además de la petición de restablecimiento del fondo de acogida e integración, ya anunciado por la Ministra, se pide que los recursos disponibles de los Fondos europeos de asilo, migración e integración se reorienten “hacia políticas de acogida reales y efectivas, descentralizando dichos fondos para los municipios que ponen en práctica políticas concretas de acogida”. Igualmente se solicita crear un protocolo de comunicación entre el Estado y las principales ciudades de acogida, “para conocer con antelación las llegadas de flujos de personas migrantes y solicitantes de asilo”, y articular “una coordinación multinivel de las políticas de acogida, entre el Gobierno central, las Comunidades Autónomas, los principales Ayuntamientos, con la colaboración de las organizaciones especializadas de la sociedad civil”.

5. Dado que la organización me pidió que examinara la realidad de la inmigración en España, para valorar su impacto tanto sobre el empleo como sobre el sistema, y su sostenibilidad, de protección social, he procedido a un examen de los datos estadísticos disponibles mas recientes, que se exponen a continuación.

A) Las últimas cifras disponiblesde población fueron publicadas por el Instituto Nacional de Estadísticas el mismo día del acto, 13 de diciembre, y son las relativas a la población de España al finalizar el primer semestre de 2018 (datos provisionales). A 1 de julio, era de 46.733.038 habitantes, con un incremento de 74.591 sobre el 31 de diciembre de 2017. El sado vegetativo negativo de 46.273 personas (178.939 nacimientos, frente a 225.212 defunciones), se vio compensado con un saldo migratorio positivo de 121.564 personas (287.882 inmigraciones procedentes y 166.318 emigraciones con destino al extranjero, 23 % más y 15,6 % menos que en el anterior semestre, respectivamente, teniendo 248.716 inmigrantes una nacionalidad extranjera y 39.166 la española). La población extranjera se incrementó en 100.674 personas, hasta alcanzar la cifra de 4.663.726, mientras que la población española se redujo en 26.173 personas, cifra bastante superior, 66.654, si la referencia es únicamente a españoles nacidos en España. Destaca el incremento de la población inmigrante marroquí, colombiana y venezolana.

B) Si nos fijamos en los datos ya oficiales de la estadística de migraciones de INE de 2017, estos son los más significativos:

La población residente en España continua el crecimiento observado en 2016 y que cambia la tendencia de disminución de dicha población que se produjo entre 2012 y 2015. Los 46.659.302 habitantes a 1 de enero de 2018 suponen un incremento de 132.263 personas con respecto al año anterior, siendo razón exclusiva de este incremento el saldo positivo migratorio de 152.600 personas (la población española se redujo en 20.237 personas), ya que hubo 454.424 inmigraciones procedentes del extranjero, una cifra superior a las 280.193 personas que emigraron desde España con destino a otro país.

Durante 2017 continuó el proceso de adquisición de la nacionalidad española de extranjeros residentes en nuestro país, si bien en número sensiblemente inferior al de 2012, ya que fueron 66.565 y 150.739 residentes, respectivamente. Sin embargo, este crecimiento acaecido en 2017 de población española no ha sido suficiente para compensar el descenso producido por el saldo negativo (76.365) y el saldo migratorio también negativo (9.627)

Por su parte, el aumento estadístico de extranjeros residentes en España (4.572.055) es debido tanto a que el número de los nacidos en territorio español (486.042) se incrementó en 34.639, como a que el de los nacidos en otro país aumentó en 117.961. Los datos sobre la variación de la población extranjera residente en España durante 2017 ponen de manifiesto que los descensos más importantes de la misma se produjeron en ciudadanos de nacionalidad rumana (- 8.708), Reino Unido (- 7.777) y Ecuador (- 5.169), mientras que el crecimiento más relevante se produjo entre ciudadanos de Venezuela (27.960), Colombia (21.753), Italia (17.955) y Marruecos (16.911).

De la inmigración hacia España de 532.482 personas, la gran mayoría (454.424) eran nacionales de otros Estados y casi todos ellos (448.919) habían nacido fuera de España, mientras que el número de ciudadanos españoles que migraron desde otros países hacia España fue de 78.058, en porcentajes con un leve desequilibrio entre los nacidos en nuestro país y aquellos que lo hicieron en el extranjero (32.914 y 45.144). El número de personas que emigraron desde España hacia otro país fue inferior, 367.858, de los que 280.193 eran extranjeros y en su inmensa mayoría, 267.185, nacidos en el exterior, mientras que también migraron 87.685 españoles, de los que el mayor número, 54.923, correspondió a quienes habían nacido en España.

Un dato importante a destacar, y así lo hace el INE, es que por tercera vez consecutiva desde el año 2010 el saldo migratorio de extranjeros fue positivo, un total de 174.231 personas, ya que la población extranjera inmigrante aumentó un 29,0 % con respecto al año anterior, mientras que la emigración extranjera creció un 18 %. El saldo positivo tuvo su mejor reflejo en la población venezolana, colombiana, italiana, marroquí y hondureña (28.395, 26.331, 17.544, 17.349, 16.437, respectivamente), mientras que el principal descenso se concentró en la población rumana (16.212), seguida muy de lejos por la inglesa, búlgara y alemana (5.827, 2.657 y 1.158, respectivamente).


A 30 de junio de 2018 había 5.331.774 extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor, más exactamente 3.195.942 personas acogidas al régimen comunitario (59,9 %) y 2.135.832 al régimen general (40,1 %), con un incremento en series semestral e interanual en el primer grupo de 71.352 (2,3 %) y 148.492 (4,9 %), y de 22.712 en régimen semestral en el segundo (1.1 %). El documento destaca como elemento relevante el mantenimiento este primer semestre de 2018 del incremento del número de residentes extranjeros en régimen general, habiéndose cambiado “una tendencia de descenso poblacional desde diciembre de 2010 hasta junio de 2016”.

El porcentaje de ciudadanos extranjeros a los que se aplica el derecho de libre circulación y residencia, es decir, el Régimen Comunitario, es del 59,9 % sobre el total, frente al Régimen General que se sitúa en el 40,1 % % Las provincias de Madrid (863.406) y Barcelona (783.983) concentran el 30,9 % de los extranjeros residentes en España, y las de Alicante, Málaga, Valencia, Islas Baleares y Murcia, el 25,1 %. Las Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana, concentran el 65,9 % del total de la población extranjera.

A 30 de junio de 2018 hay un total de 3.195.942 extranjeros acogidos al régimen comunitario, con 148.492 (4,9 %) personas más acogidas en serie interanual.  Del total referenciado, 2.747.651 son ciudadanos comunitarios y de la AELC-EFTA (86,0 % del total), mientras que el resto son familiares de los anteriores y de españoles con nacionalidad de un tercer país, un total de 448.291 (14,0 %), con un peso muy importante de personas nacionales de Marruecos y de América central y del Sur. La población marroquí supera los 40.000 residentes, y es de especial atención el incremento del colectivo venezolano, que se sitúa al finalizar el primer semestre del año en 32.425 personas.

A partir de los datos del cuarto trimestre de 2012 se proporciona información desagregada sobre las diferentes modalidades de certificados de residencia temporal, de tal manera que podemos saber que, a 30 de junio de 2018, 734.911 ciudadanos de la UE y AELC tiene residencia permanente (26,9 %), mientras que el resto (2.012.740, 73,10 %) tienen “motivo de residencia determinado” (637.621), o “motivo de residencia no determinado” (1.375.119). En aquellos cuyo motivo de residencia está determinado, destaca el de los extranjeros trabajadores por cuenta ajena (279.134, 43,8 %). Conviene recordar, tal como se hace en el documento ahora analizado, que aquellos certificados en los que no consta motivo de residencia se expidieron antes del 24 de abril de 2012, fecha de entrada en vigor del Real Decreto Ley 16/2012 de 24 de abril, cuya disposición adicional quinta modificó el art. 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la UE y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el EEE. Tal reforma, sintetiza el documento objeto de examen, “introduce modificaciones para acceder a la residencia por un período superior a tres meses, a diferencia de los regulado con anterioridad, donde el motivo de residencia no se diferenciaba”.

Por distribución de sexo, el 52,7 % de los ciudadanos UE-AELC son varones y el 47,3 % mujeres, mientras que entre los familiares predominan las mujeres (59,5 %) por delante de los varones (40,5 %) 

Las Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Comunidad Valenciana y Andalucía agrupan el 64,0 % de los extranjeros de este régimen. La primera acoge a 565.905 extranjeros, y la segunda a 511.254, con 497.544 en la tercera y 476.758 en la cuarta. El 80,0 % de la población tiene edad laboral (entre 16 y 64 años), situándose la media de edad en los 40,6 años, es decir 6,5 años por encima de la media de los extranjeros en régimen general.

Sobre los datos de la población extranjera acogida al régimen general, es decir los nacionales de terceros países “salvo que les sea de aplicación el Régimen Comunitario”, a 30 de junio de 2018 hay un total de 2.135.832, con un incremento de 22.712 residentes en serie semestral. Por sexo, el 45,5 % son mujeres y el 54,5 % hombres. La edad media es de 34,3 años, 6,5 años más que la media del régimen general, que es de 40,8.

Las Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana agrupan a cerca del 68 % de los extranjeros del régimen general. Las provincias de Barcelona y Madrid reúnen el mayor número de población extranjera, 408.673 y 352.152, respectivamente, De las restantes provincias catalanas, Girona reúne a 87.153, Tarragona a 70.827, y Lleida a 39.740. Las provincias de Barcelona y Madrid concentran a más del 36 % del total de residentes de este régimen, y con Murcia (150.024), Alicante (107.431) y Valencia (98.446) superan el 52 %.

Destaca el peso de la población extranjera en edad laboral, ya que el 78,6 de la población se encuentra en edades comprendidas entre 16 y 64 años (1.678.003) mientras que el resto se concentra mayoritariamente en la población menor de 16 años (400.730, 18,8 %), con una presencia residual (57.099, 2,7 %) de los mayores de 65 años, siendo los marroquíes los más jóvenes, con una media de 31,0 años, seguidos de los pakistaníes (31,6) y chinos (32,1).

De los extranjeros del régimen general, el 84,2 %, es decir 1.797.502 personas, disponen de autorización de residencia de larga duración (con un elevado porcentaje, superior al 49 y 28 % de ciudadanos africanos y de América Central y del Sur, destacando que los colectivos más numerosos son los nacionales de Marruecos, China y Ecuador,). Las autorizaciones temporales (338.330) suponen el 15,8 % del total, habiéndose detenido la disminución existente en años anteriores, con un crecimiento de 3.549 concesiones en este semestre.

De las autorizaciones de residencia temporal y trabajo, 148.888 (44,0 %) son por cuenta ajena, por cuenta propia, y las restantes otro tipo de autorizaciones (como tarjeta azul UE y para investigación). De las autorizaciones de residencia temporal, 103.060 son por reagrupación familiar (30,5 %), 47.699 por residencia no lucrativa (14,1), y 38.683 por circunstancias excepcionales (arraigo, razones humanitarias y otras) (11,4 %).

A 30 de junio de 2018, 105.971 personas tienen autorización de residencia inicial (5,0 % del total), con un importante incremento del 17,6 % en serie interanual; se produjeron 193.676 modificaciones y renovaciones; y hubo un total de 38.683 autorizaciones por circunstancias excepcionales. Refiriéndonos a países concretos, más del 90 % de nacionales de Marruecos y Ecuador tiene autorización de residencia de larga duración. 

D) Si nos acercamos más a los datos de mayor interés laboral, hemos de acudir a la Encuesta de PoblaciónActiva del INE, siendo la última disponible la del tercer trimestre de esteaño. La población activa extranjera estaba integrada por 2.813.000 personas, con 2.232.300 ocupadas y 580.700 desempleadas, mientras que 1.147.800 personas estaban conceptuadas como inactivas. El número de personas extranjeras de 16 y más años es de 3.960.800, con un aumento trimestral de 59.000 y en serie interanual 195.300 personas.

La tasa de actividad es del 71.02%, 13,68 puntos superior a la de la tasa de la población activa española (57,34%). En este trimestre, la tasa de actividad de los extranjeros ha experimentado un descenso del 1,28%%, mientras que el aumento de la tasa de la población española ha sido del 0,05%. En serie interanual la tasa de actividad de la población autóctona experimenta un descenso del 012% y la de la población extranjera un descenso del 1,51%.

La tasa de paro de la población extranjera es del 20,64%, es decir 6,94 puntos por encima de la española (13,70%). Durante el tercer trimestre del 2018 el desempleo autóctono disminuyó en 126.400 personas, y la extranjera en 37.700.

Durante el tercer trimestre de 2018 se debe mencionar el hecho de que el número de trabajadores autóctonos ocupados ha experimentado un aumento de 154.300, y el de extranjeros de 29.600. En serie interanual la población ocupada extranjera crece en 121.300 personas, la población parada merma en 39.300 y la inactiva sube en 113.300, mientras que la población ocupada española crece en 357.400 personas, la población parada disminuye en 366.400, y la inactiva crece en 63.300 personas.


Hay un total de 2.010.634 afiliados, de los cuales 835.636 son de países UE (444.758 hombres y 390.878 mujeres), y 1.174.998 son de países no UE (682.593 hombres y 492.405 mujeres). Es decir, se ha producido un incremento anual del 8,62%. Cabe recordar que la media de afiliados del mes de octubre de 2017 era de 1.851.014. Es decir, en los últimos doce meses se ha producido un aumento de 159.620.

Cabe destacar el aumento de la afiliación en el régimen general, que ha ganado 15.658 afiliados (ya se han incorporado los trabajadores de los regímenes agrario y del hogar familiar, y la disminución se produce utilizando los mismos criterios estadísticos). En cuanto al régimen de trabajadores autónomos, se debe mencionar el crecimiento en 1.892 afiliados, y en serie interanual hemos pasado de los 301.218 del mes de octubre de 2017 a los actuales 326.529.

En cuanto a la distribución porcentual por regímenes, el 83,52% pertenecen al general (con la inclusión de los trabajadores agrarios y del hogar familiar), el 16,24% en el de autónomos, y el 0,24% al del mar.

Cabe destacar la importante presencia de los trabajadores rumanos y marroquíes en el general, siguiendo los criterios estadísticos anteriores (208.976 y 135.801, respectivamente), del chinos y rumanos en el de autónomos (55.695 y 37.902), y los marroquíes y rumanos en el agrario, siguiendo todavía los criterios estadísticos anteriores (77.003 y 60.183). En los datos del personal al servicio del hogar familiar que aparecen en el régimen general, la presencia rumana es también mayoritaria (35.148), seguida de la paraguaya (16.162) y boliviana (15.228).

Por comunidades autónomas, Cataluña es la primera en número total de afiliados (481.698, 23,96%), seguida de Madrid (406.100, 20,20%), Andalucía (232.633, 11,57%) y la Comunidad Valenciana (10,73%). En Cataluña el aumento en serie interanual ha sido de 40.071, un 9,07%.

En el régimen general de la Seguridad Social (y poniendo de relieve que las incorporaciones del régimen agrario y del personal al servicio del hogar familiar suponen el 12,94 y 10,43%, del total de la afiliación, respectivamente) destaca el número de afiliados en el sector de la hostelería, que ocupa a 302.255 personas (18,00%), de las que 189.702 son de países no UE, y que ocupa la primera posición. Le sigue el sector del comercio y reparación de vehículos a motor y bicicletas, que ocupa a 204.417 trabajadores, un 12,17%, de los cuales 126.493 son de países no UE, y en tercer lugar se encuentran las actividades administrativas y servicios auxiliares, que agrupan a 148.207 trabajadores, un 8,83% del total, de los cuales 89.584 son de países no UE; el sector de la construcción se sitúa en el cuarto lugar y ocupa a 125.006 personas, un 7,44%, de los cuales 75.792 son de países no UE (siendo importante destacar el crecimiento de un 19,12% en serie interanual), la industria manufacturera ocupa el quinto lugar, con 118.249 afiliados (7,04%), de los cuales 65.486 son de países no UE. En el régimen especial de trabajadores autónomos, destaca la presencia del sector del comercio y reparación de vehículos de motor y bicicletas (91.490, 28,02%), del sector de la hostelería (59.693, 18,28%), y del sector de la construcción (39.640, 12,14% del total y con una participación mayoritaria de los ciudadanos de la UE, 25.907, y con un crecimiento de la afiliación del 13,35% en serie interanual).

Por países de procedencia, en todo el Estado, los trabajadores rumanos ocupan la primera posición (342.373), y los marroquíes se sitúan en la segunda posición con 246.577 trabajadores. Los italianos ocupan la tercera posición, con 114.795, quedando los chinos en la cuarta posición, 104.261, por delante de los ecuatorianos con 73.356, de los británicos con 68.303, de los colombianos con 64.106, de los búlgaros con 60.731, de los portugueses con 53.782, y de los bolivianos con 50.493.

6. Toca ya acercarse a la realidad europea, influenciada sin duda por la de ámbito internacional a escala mundial.

Sigue siendo necesario seguir trabajando por la elaboración de una política de migración de ámbito europeo, que centre su atención en lograr abrir vías de acceso regular al territorio europeo, que facilite la integración de las personas recién llegadas, y que no ponga el acento única y exclusivamente en las cuestiones de seguridad, es decir de control de fronteras y de evitación que los migrantes lleguen a Europa, sin que esta tesis sea ningún obstáculo a mi parecer para seguir defendiendo la necesidad de políticas que traten de evitar el drama de la trata de seres humanos y que reduzcan a la mínima expresión el más que lucrativo negocio del tráfico de personas.

El marco normativo, (Tratado de funcionamiento de la Unión Europea) lo permite, y creo que sería necesario avanzar en una regulación más general y no centrada únicamente en determinados grupos o colectivos (trabajadores de alta cualificación, investigadores, trabajadores desplazados,…), ya que la problemática de la inmigración cada vez más es de índole global. Como comprobaremos más adelante, la Comisión Europea llama a poner en marcha medidas adecuadas de protección para los migrantes que las necesiten, y crear “canales atractivos para la migración laboral basada en las necesidades”, considerando que ambas son “elementos indispensables de una política de migración equilibrada y global”.

La nueva regulación de la “blue card”, el cumplimiento de los objetivos de reasentamiento de personas necesitadas de protección internacional, y la puesta en marcha de proyectos piloto sobre migración legal con países africanos son medidas en las que se insiste desde hace tiempo por la Comisión Europea y que aún siguen encontrando serias reticencias por parte de algunos Estados miembros.

7. Sobre los cambios en el mercado de trabajo y cómo afectan las migraciones a escala internacional, es obligado acudir a los estudios, informes y reuniones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), siendo sin duda relevante la que tuvo lugar durante la Conferencia Internacional del Trabajo celebrada en junio de 2017. En las conclusiones de los debates hay amplias referencias a cómo debe abordarse la migración desde la perspectiva laboral.

Se aborda primeramente la protección de los trabajadores migrantes y la integración en el mercado de trabajo, poniendo el acento en la importancia de la ratificación y aplicación de los Convenios 97 y 145, así como también el relativo a las agencias privadas de empleo (núm. 181) y a los trabajadores domésticos (núm. 189), enfatizando la importancia de que haya un control efectivo del cumplimiento de los derechos laborales fundamentales de los trabajadores migrantes, y acceso a la justicia, “independientemente del estatus migratorio”.

Se apuesta por el reconocimiento y desarrollo de las competencias, haciendo hincapié en que los programas de migración laboral, a fin de corregir las deficiencias observadas en la práctica, “deberían basarse en evaluaciones precisas de las necesidades y las carencias en materia de competencias, y ofrecer en particular posibilidades de perfeccionamiento y readaptación profesionales a los trabajadores migrantes y nacionales”, con un papel relevante al respecto del sector privado, los agentes sociales y los servicios de empleo.

La OIT concede especial importancia a la contratación equitativa a fin de evitar irregularidades (que en bastantes ocasiones acaban convirtiéndose en explotación de mano de obra), y las conclusiones reiteran la misma, en especial por la relevancia que están adquiriendo las cadenas de suministro en la economía mundial.

Del todo punto necesario es garantizar una protección social adecuada, a través de las diversas modalidades de acuerdos multilaterales o bilaterales de Seguridad Social que permitan la transferibilidad de los derechos y las prestaciones de los migrantes. En este punto cobra especial relevancia la aplicación de la Recomendación de la OIT sobre un piso de protección social, al objeto de garantizar la protección tanto de los trabajadores migrantes como de sus familias.

En fin, el reconocimiento del derecho de libertad sindical se considera como “una condición propicia para lograr el trabajo decente”, y yo diría que casi necesaria para poder ejercer los otros derechos que la normativa laboral legal y convencional reconozca en cada Estado a los trabajadores migrantes.

La importancia de contar con datos y estadísticas debidamente “actualizados, fiables, comparables y desglosados”, es destacada en las conclusiones, con desglose por razón de sexo y edad.  La gobernanza eficaz de la migración laboral temporal es necesaria para que los trabajadores migrantes puedan gozar de la igualdad de trato en el trabajo y del respeto de la normativa, siendo además los acuerdos bilaterales entre Estados una buena herramienta para regular las políticas migratorias que respondan a los intereses de quienes los suscriben, tanto los de origen como los de destino, en el bien entendido, como he indicado con anterioridad, que cada vez es mayor el número de Estados que reúnen ambas características y también la de ser países de tránsito.

Por fin, las conclusiones dedican un apartado específico a la migración laboral irregular, de la que se constata su aumento, en especial de los trabajadores poco cualificados, algo que no sorprende si se repara en que buena parte de la normativa tanto internacional, europea y de distintos Estados tiende a privilegiar el acceso de los trabajadores de alto nivel profesional. No se plantean respuestas concretas, aun cuando el tono de la conclusión 14 da a entender claramente que han de tomarse las medidas adecuadas para evitar que se produzca tal irregularidad: “Este tipo de migración agrava la vulnerabilidad de los trabajadores migrantes a la explotación y a las violaciones de los derechos humanos y, en algunos casos, puede menoscabar los salarios y las condiciones de trabajo establecidos. Así pues, puede plantear problemas para los trabajadores migrantes, las comunidades locales y los propios gobiernos. Puede socavar la confianza pública en la capacidad de los gobiernos de gestionar eficazmente la migración laboral y puede redundar en una percepción negativa de la población”. También otros estudios elaborados conjuntamente por la OIT y la OCDE destacan la importancia de apostar por una potenciación de los mecanismos que permitan las migraciones regulares: “Adaptar las políticas de migración a las necesidades del mercado laboral, al facilitar el ingreso y ofrecer un número mayor de caminos legales a los migrantes laborales para acceder al empleo, de manera de incrementar el porcentaje de migrantes en situación regular y empleo formal. Vigilar atentamente los indicadores del mercado de trabajo además de desarrollar mecanismos de consulta, en particular con el sector privado, puede apoyar aún más los sistemas de gestión de la migración. …… Invertir en la integración de los migrantes. Las medidas políticas deberían ser puestas en práctica desde el momento en que los migrantes llegan, en particular con el apoyo activo de las autoridades locales a fin de favorecer la cohesión social…”

No menos importante me parece el texto suscrito el 20 de diciembre de 2017 por la Comisión Europea y los interlocutores sociales y económicos de la UE, titulado “Asociación Europeapara la Integración”, en el que se destaca que “1. La integración en el mercado laboral debe apoyarse lo antes posible, ya que la búsqueda de empleo es fundamental para formar parte de la vida económica y social del país de acogida; 2.         El éxito de los esfuerzos de integración debe beneficiar y aportar valor a los refugiados, así como a toda la mano de obra, las empresas, la economía y la sociedad en general, garantizando que no se desperdicie ninguna cualificación o competencia; 3. El éxito de la integración en el mercado de trabajo requiere un enfoque de múltiples partes interesadas, en el que participen las autoridades públicas, los servicios de empleo, los interlocutores económicos y sociales, las organizaciones empresariales, las cámaras de comercio e industria, las cámaras de artesanía cualificada, las empresas y los trabajadores, los empleadores de los servicios públicos, los proveedores de educación y formación y las organizaciones de la sociedad civil, respetando plenamente el papel y las competencias de cada uno de estos agentes”.

Y no podría faltar en estas reflexiones sobre la inmigración en el ámbito internacional una referencia, siquiera sea breve, al Pacto Mundial para la migración segura,ordenada y regular, suscrito en Marrakech el 10 de diciembre, ya que pocos documentos jurídicamente no vinculantes de la ONU habrán causado tanto debate como este. En el camino desde la decisión de la Asamblea general hasta su firma se han descolgado varios, e importantes países, y se ha provocado una fractura importante en el seno de la Unión Europea. Quiero ahora manifestar mi preocupación por los contenidos de las declaraciones de algunos dirigentes políticos para dicho rechazo, que rayan en más de una ocasión en planteamientos xenófobos.

En el preámbulo se menciona que el Pacto se basa, entre otros muchos documentos internacionales, en los Convenios de la OIT sobre la promoción del trabajo decente y la migración laboral, con una mención concreta al núm. 189 sobre trabajadoras y trabajadores domésticos. Igualmente, se basa en los contenidos de la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible. Que se trata de un texto jurídicamente no vinculante se deja meridianamente claro desde su inicio, siendo su propósito “fomentar la cooperación internacional sobre la migración entre todas las instancias pertinentes, reconociendo que ningún Estado puede abordar la migración en solitario, y respetar la soberanía de los Estados y sus obligaciones en virtud del derecho internacional”, teniendo entre sus objetivos el de  “proporcionar a todos nuestros ciudadanos acceso a una información clara, objetiva y con base empírica sobre los beneficios y desafíos de la migración, a fin de contrarrestar los discursos engañosos que generan percepciones negativas de los migrantes”, así como también el de sentar las bases para “respetar, proteger y cumplir los derechos humanos de todos los migrantes, independientemente de su estatus migratorio, pero promoviendo también la seguridad y la prosperidad de todas nuestras comunidades”.

Entre los 23 objetivos propuestos para su aplicación y desarrollo, y siendo consciente de que todos ellos tienen relevancia para el mundo del trabajo, destaco tres que me parecen especialmente relevantes al objeto de mi exposición: en primer lugar, el de aumentar la disponibilidad y flexibilidad de las vías de migración regular; en segundo término, “facilitar la contratación equitativa y ética y salvaguardar las condiciones que garantizan el trabajo decente”; en fin, desde la perspectiva de protección social, el establecimiento de mecanismos para “la portabilidad de la Seguridad Social y las prestaciones adquiridas”.

Dentro del primer objetivo citado, me parece relevante destaca la medida propuesta de “Elaborar planes de movilidad laboral flexibles, basados en los derechos y con perspectiva de género para los migrantes, en función de las necesidades del mercado de trabajo y la oferta de aptitudes locales y nacionales en todos los niveles de cualificación, incluidos programas de empleo temporal, estacional, circular y acelerado en sectores donde escasee la mano de obra…”.

Dentro del segundo, los de  “Promover la firma y ratificación de los instrumentos internacionales pertinentes relacionados con la migración laboral internacional, los derechos laborales, el trabajo decente y el trabajo forzoso, la adhesión a dichos instrumentos y su aplicación”, y  “Aprovechar la labor de las plataformas bilaterales, subregionales y regionales que han superado obstáculos y establecido mejores prácticas respecto de la movilidad laboral, facilitando el diálogo interregional para compartir esos conocimientos y promover el pleno respeto de los derechos humanos y laborales de los trabajadores migrantes, sea cual sea su cualificación, incluidos los trabajadores domésticos migrantes”. En todas las propuestas formuladas se contiene la idea general de que deben facilitarse a las y los trabajadores migrantes “mayores oportunidades para el trabajo decente y el respeto del derecho internacional de los derechos humanos y del trabajo”.

De particular importancia para mi exposición son los medidas recogidas en los apartados h) a k) del apartado 22, tales como “Adoptar medidas que prohíban confiscar los contratos de trabajo y los documentos de viaje o identidad de los migrantes o retenérselos sin su consentimiento”, igualar sus condiciones de trabajo a la de los restantes trabajadores, posibilitar que los trabajadores en economía informal puedan denunciar su situación, y en fin “Revisar la legislación laboral y las políticas y programas de empleo nacionales pertinentes para que tengan en cuenta las necesidades y contribuciones específicas de las trabajadoras migrantes, especialmente en el trabajo doméstico y las ocupaciones menos cualificadas, y adoptar medidas concretas para evitar cualquier forma de explotación y abuso, incluida la violencia sexual y de género, denunciar y abordar esos casos y proporcionar vías efectivas de recurso, como base para promover las políticas de movilidad laboral con perspectiva de género”.

Por fin, con respecto al tercer objetivo antes referenciado, cabe destacar la propuesta de que se establezcan, o mantengan, “sistemas nacionales de protección social que no discriminen, incluidos niveles mínimos de protección social para los nacionales y los migrantes, en consonancia con la Recomendación sobre los Pisos de Protección Social, 2012 (núm. 202) de la OIT”.

7. Por último, deseo hacer mención a dos recientes documentos, uno de la Comisión Europea y otro de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).  

A) El segundo, hecho público el 9 de diciembre, recoge los principales indicadores que miden la integraciónde la población migrante en los países de la OCDE, dedicando atención específica a su participación en el mercado de trabajo y a la calidad del empleo. Algunos datos significativos son los siguientes: en toda la OCDE, 68 millones de inmigrantes tienen un empleo, lo que representa alrededor de dos tercios de la población activa. Son tan propensos como sus pares nativos a ser empleados; en la UE, sin embargo, es menos probable que los inmigrantes tengan un empleo que los nacidos en el país, lo que se debe a la gran diferencia de empleo entre los nativos y los extracomunitarios; en todos los países de la OCDE y de la UE, los inmigrantes (especialmente los que no pertenecen a la UE en la UE) tienen una tasa de desempleo más elevada de desempleo que los nativos; en la última década, las diferencias en las tasas de desempleo de los inmigrantes y de los nacidos en el país se han incrementado en los países de la OCDE y de la UE, sobre todo en el sur de Europa, debido a la difícil situación económica de la región; en toda la UE, casi uno de cada cuatro inmigrantes económicamente inactivos desea trabajar, frente a uno de cada seis entre los nativos.
Sobre la calidad del empleo, el informe constata que en todos los países europeos, es más probable que los inmigrantes trabajen con contratos temporales mientras que lo contrario es generalmente cierto en otros países de la OCDE; entre los inmigrantes con un alto nivel de educación, casi 16 millones en la OCDE y 5,5 millones en la UE están desempleados o en puestos de trabajo para los que están formalmente sobrecalificados, es decir, casi el 45 % de las personas con un alto nivel de educación, frente al 40 % de las personas con un alto nivel de educación. nativo de toda la OCDE y del 30% en la UE; a escala de la UE, el exceso de cualificaciones afecta al 42 % de los inmigrantes con estudios realizados en países extranjeros, en comparación con 28% de los inmigrantes con cualificaciones del país de acogida. 

B) Respecto al documento de la Comisión, se trata de la Comunicación publicada el 4 de diciembre, y lleva por título “La gestión de la migración en todos sus aspectos: avances enel marco de la agenda europea de migración”, a la que se acompaña un muy interesante anexo con fichas informativas sobre las propuestas con respecto a las que la Comisión cree que “es posible un acuerdo próximamente”.

El documento analiza con detenimiento aquello que considera que son los tres componentes principales de un “enfoque integral” de la gestión de la migración, es decir las acciones con los socios de fuera de la Unión, las acciones a llevar a cabo en las fronteras exteriores, y las medidas a adoptar en el seno de la Unión, siendo uno de los objetivos propuestos “demostrar que existen alternativas legales a la migración irregular y abordar las necesidades específicas de las personas desplazadas debido a conflictos y persecuciones”.

La Comunicación pasa revista a la evolución de aquello que califica de retos en materia de migración y asilo, y destaco ahora algunas de los datos que se recogen en el texto: “Tras el pico de llegadas a la UE registrado en 2015, los flujos están ahora por debajo de los niveles anteriores a la crisis. En lo que va de 2018, el número de cruces irregulares de fronteras en la UE a través de las principales rutas migratorias es un 30 % inferior al de 2017, con un total de unos 116 000 cruces en los primeros 10 meses del año”; “El reasentamiento ha aliviado parte de la presión sobre los Estados miembros de la UE en las fronteras exteriores y ha ofrecido una vía segura y legal a quienes necesitan protección internacional. Desde 2015, dos exitosos programas de reasentamiento de la UE han ayudado a casi 44 000 personas muy vulnerables a encontrar refugio en la UE10”; “Por lo que se refiere a los retornos, en 2015-2017 se devolvió a más de 692 000 nacionales de terceros países en situación irregular. En lo que va 2018, la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas ha financiado 288 operaciones de retorno mediante vuelos chárter, con más de 10 000 personas retornadas (así como casi 1 000 retornos mediante vuelos comerciales con apoyo de la Agencia). Sin embargo, a pesar de estos esfuerzos, la eficacia de las medidas de retorno sigue disminuyendo, con una tasa media de retorno inferior al 40 % en los tres últimos años”. Me parece muy importante destacar que, tomando en consideración todos los datos disponibles, la Comisión es del parecer que debe ponerse fin a los controles de fronteras introducidos en el interior de la Unión en 2015.

Al abordar la colaboración con socios externos en materia de inmigración, la Comunicación subraya la importancia de seguir con un enfoque integrado, en el que la participación del fondo fiduciario de la UE para África cobra especial importancia al objeto de crear oportunidades económicas en ámbitos clave de los países de origen para reducir los incentivos a la inmigración irregular. Se valora también de forma positiva el mecanismo de ayuda para los refugiados en Turquía, y se propone profundizar y ampliar ese enfoque en la ruta del Mediterráneo Occidental.

Respecto a la mejora de las vías legales de migración, se destaca la importancia de la política de reasentamiento de personas necesitadas de protección internacional, pero al mismo tiempo se enfatiza la vía regular (migración con interés laboral), ya que se pone de manifiesto que el número de primeros permisos de residencia concedidos a nacionales de terceros países con residencia legal en la UE pasó de 2,6 millones en 2015 a más de 3 millones en 2017, “con un aumento particular de los permisos de residencia relacionados con el trabajo”, si bien sigue resaltando que queda mucho por hacer para ofrecer oportunidades a estudiantes y profesionales, especialmente a los muy cualificados. En Tal sentido, se insiste en que “una ambiciosa reforma de la tarjeta azul para los nacionales de terceros países muy cualificados es un componente esencial “, por lo que se pide al Consejo que “llegue rápidamente a un acuerdo sobre una posición que aporte un valor añadido real en comparación con la actual tarjeta azul, en consonancia con los objetivos establecidos en la propuesta de la Comisión”, antes de las próximas elecciones al Parlamento Europeo el mes de mayo de 2019.  
Igualmente, se destaca la importancia de los proyectos piloto a poner en marcha con varios Estados africanos, poniendo de manifiesto que “Se están preparando varios proyectos piloto que deberían comenzar en breve: recientemente han finalizado sendas evaluaciones y otros proyectos están siendo desarrollados por los Estados miembros. Está a punto de concluir un proyecto en el marco del Fondo Fiduciario para la movilidad laboral con los países del norte de África, y la Comisión ha puesto en marcha una nueva convocatoria de proyectos en el marco del Fondo de Asilo, Migración e Integración”.

En fin, la Comisión propone se aprueben, antes de las elecciones europeas, las cinco propuestas legislativas sobre la reforma del Sistema Europeo Común de Asilo, actualmente en tramitación, cuales son el Reglamento de reconocimiento, la Directiva sobre las condiciones de acogida, el Reglamento sobre la Agencia de Asilo de la Unión Europea, el Reglamento Eurodac y el Reglamento marco de la Unión en materia de reasentamiento.   

Buena lectura.

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