La OrdenESS/1919/2012, de 10 de septiembre, distribuye territorialmente para su gestión
por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, subvenciones para
financiar el coste imputable al ejercicio económico de 2012 de la prórroga de
la medida consistente en la contratación de 1.500 orientadores para el
reforzamiento de la red de oficinas de empleo incluida en el Plan
extraordinario de orientación, formación profesional e inserción laboral, aprobada
por el artículo 13 de la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes
para la reforma del mercado de trabajo.
La norma se
publicó en el BOE del 12 de septiembre y entró en vigor el mismo día de su
publicación, y encuentra su razón de ser en el acuerdo de la conferencia
sectorial de empleo y asuntos laborales de 24 de mayo. Se trata de la
distribución territorial para el año en curso de las subvenciones para
financiar el coste de la prórroga de la contratación de 1500 orientadores, de
acuerdo con lo previsto en el plan extraordinario de orientación, formación
profesional e inserción laboral. La cantidad total distribuida es de 47.614.000.00
euros, de los que corresponden a Cataluña 4.987.500,00 euros.
La distribución se efectúa de acuerdo a unos objetivos mínimos mensuales que cada CC AA debe alcanzar respecto al número de beneficiarios a atender por cada orientador en sesiones individuales o colectivas (77.255), de las visitas a empresas (4.950 en aquellas CC AA que las llevan a cabo, con una media de 15 empresas cada mes por persona orientadora) y de las actuaciones, entendiendo por tales el total de encuentros profesionales que la persona orientadora mantenga con las personas en desempleo cada mes (110.365).
La distribución se efectúa de acuerdo a unos objetivos mínimos mensuales que cada CC AA debe alcanzar respecto al número de beneficiarios a atender por cada orientador en sesiones individuales o colectivas (77.255), de las visitas a empresas (4.950 en aquellas CC AA que las llevan a cabo, con una media de 15 empresas cada mes por persona orientadora) y de las actuaciones, entendiendo por tales el total de encuentros profesionales que la persona orientadora mantenga con las personas en desempleo cada mes (110.365).
La norma
también dedica una mención específica a la igualdad entre mujeres y hombres, de
tal manera que las actuaciones que se lleven a cabo deberán tender a mejorar la
empleabilidad femenina y potenciar su adaptabilidad a los requerimientos del
mercado de trabajo, con el objetivo de “aumentar la participación de las mujeres
en el mercado de trabajo y avanzar en la igualdad efectiva entre mujeres y
hombres”.
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