viernes, 26 de agosto de 2011

Cataluña. Convocatoria de las subvenciones para la realización de acciones de formación del Programa de cualificación profesional inicial




El Diario Oficial de la Generalitat publica hoy viernes, con entrada en vigor mañana, la Resolución EMO/2055/2011, de 8 de agosto, por la que se abre la convocatoria de las subvenciones para la realización de acciones de formación del programa de cualificación profesional inicial para el curso académico 2011-2012. La Resolución se dicta al amparo de lo dispuesto en la Orden TRE/371/2010, de 28 de junio, por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones de este programa.

Se trata de acciones que se dirigen de forma prioritaria a trabajadores en situación de desempleo. Se pretende proporcionar formación ajustada a las necesidades del mercado de trabajo que permita una inserción social y laboral satisfactoria, así como la continuidad formativa a los jóvenes mayores de 16 años que no han obtenido el título de graduado en educación secundaria obligatoria, debiendo responder también el programa a las necesidades de cualificación del mercado de trabajo del territorio. Serán beneficiarios de las subvenciones los centros y entidades de formación debidamente registrados que cumplan los requisitos para la impartición de los cursos. El artículo 14.4 dispone que El Servicio de Empleo de Cataluña “debe velar por una distribución diversificada y equilibrada de las acciones formativas en el territorio que dé respuesta a las necesidades ocupacionales de diferentes sectores productivos y de las diferentes comarcas de Cataluña, así como de las personas desempleadas y del colectivo destinatario de esta convocatoria”.

Los cursos van dirigidos a jóvenes entre 16 y 24 años que no dispongan del título de ESO, si bien también se incluyen a los jóvenes que cumplan los 16 años hasta el 31 de diciembre del año natural del inicio del programa. Como mínimo, el 90 % de las plazas deben reservarse a trabajadores en situación de desempleo. Para este curso académico se concede prioridad, una vez superado el proceso de selección, a estos colectivos: “las personas derivadas de un proceso de orientación de la oficina de trabajo o de la propia entidad, si es el caso; las personas trabajadoras en situación de desempleo que hayan agotado el periodo como beneficiarias de prestaciones por desempleo de nivel contributivo y no tengan derecho a cualquiera de los subsidios establecidos por la ley o bien hayan agotado algunos de estos subsidios o subvenciones (Prepara), incluidas sus prórrogas; las personas que no hayan realizado ninguna acción formativa en este ejercicio” (artículo 19.3).

El número de alumnos por cada acción formativa puede situarse entre 10 y 17, si bien se reducirá a la franja entre 8 y 15 cuando haya dos o más personas con discapacidad, y hasta 6-10 cuando todas las personas sean discapacitadas.

La partida presupuestaria asignada al efecto es de 7.000.000 de euros, distribuidos territorialmente, con una cofinanciación del 50 % a cargo del Fondo Social Europeo mediante el Programa operativo plurirregional de adaptabilidad y empleo para el periodo 2007-2013.

La tramitación se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, y el plazo para la presentación de solicitudes es de 20 días hábiles a partir del siguiente de la publicación. La autoridad administrativa laboral dispone de 3 meses desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes para dictar su resolución, y en caso de no hacerlo se entenderá desestimada.

Para el próximo curso académico serán objeto de subvención los programas que se adapten a los perfiles profesionales recogidos en el anexo de la norma, debiendo iniciarse las acciones formativas antes del 15 de noviembre de este año y finalizar como máximo el 31 de julio de 2012, incluidas las prácticas profesionales en centros de trabajo. El Servicio de Empleo elaborará de forma periódica medidas e indicadores que permitan conocer tanto la eficacia del programa como su adecuación a las necesidades del trabajo.

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