viernes, 23 de abril de 2010

La necesidad de combinar las libertades económicas y los derechos fundamentales de los trabajadores en la UE.

Reproduzco en esta entrada del blog el texto aprobado el pasado día 14 por la Comisión de Trabajo e Inmigración del Congreso de los Diputados, y publicado hoy en el Boletín Oficial de la Cámara, sobre la protección de los derechos de los trabajadores ante el ejercicio de las libertades comunitarias.

La proposición no de ley fue presentada por el grupo socialista, y el texto definitivamente aprobado incorpora una parte de la enmienda del grupo popular tendente a reforzar el acceso a, y la utilización de, la red EURES.

Valoro como positivo el texto aprobado, si bien creo que hubiera podido ir más lejos y plantear que las condiciones mínimas pueden ser reguladas tanto por vía legal como convencional. Recuérdese que el debate de las sentencia sLaval o Rüffert, por poner dos ejemplos significativos, trató justamente sobre cuál era el marco jurídico de regulación de las consideradas condiciones o protecciones mínimas de los trabajadores en el país de acogida (ya fueran de ámbito estatal o regional).


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:

1. Facilitar las prestaciones transnacionales de servicios como medio para favorecer la creación de empleo y la plena realización del mercado interior.

2. Garantizar la protección de los derechos de los trabajadores y, en particular, el respeto a las condiciones de trabajo establecidas como mínimas en el lugar de ejecución de la actividad, evitando el ‘‘dumping’’ social.

3. Reforzar la dimensión social de la Unión Europea, promoviendo la consecución de un equilibrio adecuado entre las libertades económicas y los derechos fundamentales de los trabajadores.

4. Fortalecer el papel de la negociación colectiva como medio para garantizar tanto los derechos de los trabajadores como la dimensión social de la Unión.

5. Impulsar la Red EURES como oficina europea que promueva el intercambio de ofertas y demandas de empleo, mejorando sus funciones de inspección y control en aquellas actividades relacionadas con el desplazamiento de trabajadores dentro de la Unión Europea, así como de seguimiento de las directivas, recomendaciones y reglamentación europea que garanticen los derechos de los trabajadores y potencien las buenas prácticas entre Estados miembros.

6. Mejorar la página web de la Red EURES, tanto en el intercambio de información para empleadores y empleados sobre ofertas de empleo, como en lo relativo a la normativa laboral.»

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