lunes, 12 de abril de 2010

El BOE da cuenta de los cambios en el mercado laboral y su impacto sobre el trabajo de los extranjeros.

El Boletín Oficial del Estado del 26 de agosto de 2005 publicaba el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura para el tercer trimestre de 2005, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 del Real Decreto 2393/2004 de 30 de diciembre, norma reglamentaria que desarrollaba la Ley Orgánica 4/2000. La norma ocupaba 46 páginas.

Recuérdese que dicho precepto dispone lo siguiente:
“A los efectos de determinar dicha situación nacional de empleo, el Servicio Público de Empleo Estatal elaborará, con periodicidad trimestral y previa consulta de la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, un catálogo de ocupaciones de difícil cobertura”, para cada provincia o demarcación territorial que, en su caso, establezca la correspondiente comunidad autónoma así como para Ceuta y Melilla, excepto en las provincias insulares, donde el catálogo podrá establecerse para cada isla o agrupación de ellas, de acuerdo con la información suministrada por los Servicios públicos de empleo autonómicos. Este catálogo estará basado en la información disponible sobre la gestión de las ofertas presentadas por los empleadores en los Servicios públicos de empleo, y se considerarán como ocupaciones las consignadas en la Clasificación Nacional de Ocupaciones en vigor.

La calificación de una ocupación como de difícil cobertura implica la posibilidad de tramitar la autorización para residir y trabajar dirigida al extranjero….”

El Boletín Oficial del Estado de hoy lunes, 12 de abril de 2010, publica el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura para el segundo semestre de 2010. La norma ocupa 3 páginas.

El texto del año 2005 dedicaba casi 9 páginas a las ocupaciones de difícil cobertura en Cataluña. El del hoy le dedica 8 líneas para dar cuenta de la falta de “médico, medicina general” y “enfermero, en general”.

Algo ha cambiado en cinco años en el mercado de trabajo español y catalán ¿no les parece?

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