domingo, 22 de noviembre de 2009

La puesta en marcha del Fondo Estatal para el Empleo y la sostenibilidad local.

La Resolución de 2 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, aprueba el modelo para la presentación de solicitudes y las condiciones para la tramitación de los recursos librados con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, creado por el Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre.

La norma se publicó en el BOE del día 3, y desarrolla y concreta las previsiones del Real Decreto-Ley 13/2009 respecto al establecimiento del modelo para la presentación de solicitudes y las condiciones para su tramitación. A tal efecto, dicha presentación deberá efectuarse en un plazo máximo de 3 meses, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución. También dispone la norma que la fecha límite para la ejecución de las obras y de la adquisición de servicios será el 31 de diciembre de 2.010.

La norma reitera la regulación del RDL 13/2009 sobre medidas de política de empleo. A tal efecto, conviene recordar que en la memoria explicativa del proyecto de inversión que se presente por un ayuntamiento, o por una mancomunidad de municipios, deberá indicarse la previsión de las personas a ocupar en la ejecución del proyecto, “efectuándose una estimación del número de puestos de trabajo que exige la ejecución de la obra proyectada”. Igualmente, hemos de mencionar el apartado decimoctavo, que lleva por título “contratación de trabajadores”, y que dispone que la contratación de los trabajadores desempleados no ocupados, ya fueren anteriormente asalariados o autónomos, deberá hacerse a través de los servicios públicos de empleo, y que a efectos de lo previsto en el RDL sólo se computarán los contratos realizados o por realizar con estos trabajadores, ya fueren anteriormente por cuenta ajena o por cuenta propia.

En el anexo I se concretan cuáles son las obras financiables con cargo al nuevo fondo estatal para el empleo y la sostenibilidad local, si bien la relación es únicamente a efectos orientativos de los responsables locales que deseen presentar una solicitud. Entre tales obras se encuentran las siguientes:
a) Las destinadas a la promoción de la actividad económica, la iniciativa emprendedora y la innovación, como parques empresariales, parques científicos y tecnológicos, centros de conocimiento y viveros de empresa, así como su dotación de infraestructuras para el despliegue y acceso a las redes de telecomunicaciones de nueva generación.

b) Las de creación, equipamiento y desarrollo de infraestructuras de innovación y desarrollo tecnológico.

c) Las destinadas a mejorar el acceso a las redes e infraestructuras de las tecnologías de la información y de las telecomunicaciones fijas y móviles, y a su utilización.

d) Las destinadas a impulsar el ahorro y la eficiencia energética, así como la accesibilidad y utilización de energías renovables.

e) Las dirigidas a promover la movilidad sostenible urbana y reforzar los modos de transporte menos contaminante, incluyendo sistemas de información de gestión automática y control, y las encaminadas a mejorar la seguridad vial.

f) Las destinas a impulsar el ahorro y la eficiencia en la gestión de los recursos hídricos. Construcción, adecuación o mejora de la red de abastecimiento de agua potable a domicilio, de saneamiento y de infraestructuras de depuración de aguas residuales.

g) Las relacionadas con la gestión y tratamiento de los residuos urbanos con criterios de sostenibilidad.

h) Las destinadas a la recuperación y conservación de áreas naturales y masas forestales.

i) Las de prevención y detección de incendios y la limpieza y conservación de las masas forestales, zonas de especial relevancia natural y bosques de ribera.

j) La construcción, adecuación, rehabilitación o mejora de centros educativos.

k) La adecuación, rehabilitación o mejora de edificios de propiedad municipal para la atención a personas en situación de dependencia, así como la supresión de barreras arquitectónicas y mejora de la accesibilidad.

l) La construcción, adecuación, rehabilitación o mejora de centros de servicios sociales, sanitarios, culturales y deportivos.

m) Las de protección y conservación del patrimonio histórico y paisajístico municipal.

n) Las destinadas a la modernización de la Administración municipal mediante el establecimiento de procesos de gestión documental, digitalización y acceso a redes de comunicación de alta velocidad, fijas y móviles.

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