jueves, 9 de abril de 2009

La distribución territorial de las partidas presupuestarias para políticas de empleo.

La Orden TIN/380/2009, de 18 de febrero distribuye territorialmente para el ejercicio económico de 2009, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado

La norma fue publicada el día 23del mismo mes y entró en vigor también el mismo día de su publicación, y procede a la distribución territorial de partidas presupuestarias dedicadas a diferentes programas de empleo. Dicha distribución fue acordada por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de 14 de enero de este año, y el Consejo de Ministros procedió a su formalización en la reunión del día 30 del mismo mes.

Se trata más concretamente de programas, según dispone el artículo 1, que “combinan formación y experiencia laboral, promocionan la iniciativa emprendedora y la actividad económica, el empleo autónomo y la creación de empleo en cooperativas y sociedades laborales, construyen itinerarios de empleo, promueven la inserción laboral de las personas con discapacidad, facilitan la formación profesional para el empleo, suponen ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social, y favorecen la modernización de los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas, para el ejercicio económico de 2009”.

En la norma se fijan unos objetivos cuantitativos mínimos y un conjunto de indicadores, pretendiéndose con ello realizar una evaluación constructiva de la aplicación de las políticas activas de empleo. Igualmente, se permite que las Comunidades Autónomas puedan redistribuir las cantidades asignadas a cada uno de los dos bloques en que se estructuran tales políticas, que son los programas de empleo y los de formación profesional para el empleo, en el bien entendido que deberán siempre respetarse los umbrales mínimos de ejecución y justificación de la cofinanciación europea a través del Fondo Social Europeo, y los objetivos mínimos a alcanzar en cada programa y que se fijan en el anexo V de la norma. También se requiere de todas las políticas que se pongan en marcha que respeten la normativa sobre igualdad efectiva entre mujeres y hombres y que contribuyan consecuentemente a mejorar la empleabilidad y la permanencia en el mercado de trabajo de las primeras, “potenciando su nivel formativo y su adaptabilidad a los requerimientos del mercado de trabajo”.

La cantidad total distribuida por la Conferencia Sectorial entre 16 Comunidades Autónomas con competencias transferidas en materia de gestión de políticas activas de empleo es de 46.609.540 euros, que supone un incremento del 1,67 % con respecto a los fondos distribuidos el año anterior.

En el bloque denominado “programas de empleo” se incluyen aquellos que combinan formación y experiencia laboral, como son los planes de contratación temporal de trabajadores desempleados en colaboración con diferentes organismos públicos y entidades sin ánimo de lucro (Cataluña percibirá 13.412.222 euros), los planes de contratación temporal en colaboración con corporaciones locales (para Cataluña, 46.176.529 euros), y los programas de escuelas taller, casa de oficios y talleres de empleo (62.317.433 euros). A continuación se integran los programas de promoción de la iniciativa empresarial y la actividad económica, como son los de fomento del desarrollo local que incluyen las subvenciones para la contratación de agentes de empleo y desarrollo local (13.069.256 euros para Cataluña), las subvenciones a las corporaciones locales para la realización de estudios de mercado y campañas de promoción local y subvenciones a empresas calificadas como I+E (2-3800.411 y 4.064.839 euros), las ayudas y subvenciones para la promoción del empleo autónomo, cooperativas y sociedades laborales (11.966.827), y las subvenciones de cuotas a la Seguridad Social derivadas de la capitalización de las prestaciones por desempleo (2.135.622 euros para Cataluña). Encontramos después los programas de itinerarios de empleo, como son las actuaciones de información, orientación, búsqueda de empleo y autoempleo (11.696.960 para Cataluña), y los planes experimentales en materia de empleo (4.900.728). Finalmente, nos hemos de referir a los programas de inserción laboral de las personas con discapacidad, que incluyen las subvenciones para fomentar el empleo indefinido de las personas con discapacidad incluidas las correspondientes a enclaves laborales y ayudas al empleo con apoyo (6.533.592 euros para Cataluña), y las ayudas y subvenciones para la integración laboral de las personas con discapacidad en los centros especiales de empleo, incluidas las correspondientes a las unidades de apoyo para el ajuste personal y social (41.706.508 euros).

En el bloque de formación profesional para el empleo se incluyen las acciones de formación profesional dirigidas prioritariamente a los trabajadores desempleados (100.756.408 para Cataluña), y las iniciativas de formación profesional dirigidas preferentemente a los trabajadores ocupados (67.265.904).

Por fin, en el bloque dedicado monográficamente a la modernización de los servicios públicos de empleo, se asigna a Cataluña un total de 9.554.035 euros.

Finalmente, la norma también incluye los criterios que deberán aplicarse para la distribución territorial de las ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social.

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