1. Formulo las preguntas que dan título a la presente entrada sin saber en
absoluto la respuesta. Sí sabemos, desde luego, que el deseo de la
Vicepresidenta segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social,
Yolanda Díaz, es que se lleve a cabo en el Congreso durante el mes de julio,
con el debate sobre las enmiendas a la totalidad presentadas por tres grupos
políticos, Junts, VOX y Partido Popular. Y también sabemos que la convulsa
situación política que vivimos en la actualidad en España aconseja ser muy
prudentes respecto a la fijación de esa posible fecha en el calendario
parlamentario para dicho debate.
En cualquier caso, el proyecto de ley sigue su tramitación parlamentaria, y
por consiguiente habrá en algún momento que celebrar la sesión plenaria de la
Cámara Baja para debatir, y votar, las tres enmiendas a la totalidad del
proyecto, que aunque habitualmente citado como de “reducción de la jornada ordinaria
de trabajo”, es mucho más que ello, ya
que trata igualmente de dos contenidos relevantes de la vida laboral en las
empresas y que afectan también a la vida personal y familiar de las personas
trabajadores, como son el derecho a la desconexión y el registro de jornada.
2. En una entrada anterior publicada el 18 de mayo, analicé con
detenimiento la historia del proyecto de ley y efectué la comparación con la
normativa que pretende modificar, titulada “Análisis de su historia, y síntesis
del Proyecto de Ley para la reducción de la duración máxima de la jornada
ordinario de trabajo y la garantía del registro de jornada y el derecho a la
desconexión. Texto comparado con la normativa que modifica” , en el que manifestaba que “Habrá, pues, que esperar a la finalización del
plazo indicado para conocer si se presentan enmiendas a la totalidad y en su
caso cuál sería el resultado de la votación en la sesión plenaria que conociera
de la presentación del Proyecto de Ley, por lo que prefiero no entrar en este
artículo en un debate sobre tal posibilidad, que tiene evidentes connotaciones
políticas y que va mucho más allá de la mera discusión sobre las posibles
virtudes y defectos del texto presentado, como se ha puesto reiteradamente de
manifiesto en las valoraciones efectuadas por aquellas fuerzas políticas que
han formulado declaraciones contra el Proyecto de Ley en general, y muy
especialmente sobre la reducción de la jornada anual máxima de trabajo”.
3. Pues bien, sí se presentaron enmiendas a la totalidad, como ya he
indicado, y sigue abierto el período para la presentación de enmiendas al
articulado hasta el 3 de septiembre, que se ha ampliado en seis ocasiones.
¿Significa esta ampliación que se deja la puerta abierta al debate de
totalidad del Proyecto hasta después de esa fecha? ¿No sería contradictorio con
las reiteradas declaraciones de la titular del MITES sobre la celebración del
debate en julio? ¿Tiene algo que ver con las conversaciones que se mantienen
con Junts para alcanzar un acuerdo que permita, cuando menos, superar el
primer, y obligado, trámite, para negociar después las enmiendas a incorporar
al texto original del Proyecto? ¿Los anuncios, nada encubiertos sino todo lo
contrarios, de la Ministra y otros responsables políticos del MITES sobre la aprobación
por Real Decreto de la regulación del registro de jornada si el Proyecto de Ley
no supera el primer trámite parlamentario, pueden entenderse como una medida de
presión hacia, al menos, alguno de los grupos políticos que las han presentado,
dada la importancia que a esta temática se le otorga por las organizaciones
empresariales en muchas de las intervenciones públicas de sus dirigentes? (véase el artículo de la redactora Raquel Pascual,
y del redactor Carlos E. Cue, del diario El País, “Díaz endurecerá por decreto
el registro horario en las empresas aunque no se aprueben las 37,5 horas” ¿Se celebrará el debate en sesión plenaria extraordinaria el 22 de julio, tal
como ha propuesto SUMAR (véase el artículo “SUMAR propone el 22 de julio para
debatir la reducción de jornada, mientras el PSOE muestra cautela sin apoyos
asegurados” ) ¿Serán las ayudas económicas, y quizás
ampliación para las PYMES de plazos para
la puesta en prácticas de los cambios normativos que se aprueben, la contrapartida
gubernamental para lograr un acuerdo que desbloquee, en primer lugar, la
tramitación del Proyecto, y que permita, después, su aprobación?
Mis dosis de pitoniso jurídico, y mucho menos las de pitoniso político, no
dan para responder a esas preguntas, pero sí me permiten decir que, si se
supera el trámite del debate de las enmiendas a la totalidad, hará falta mucha
paciencia y habilidad política para llegar a acuerdos, primero en ponencia y
después en los debates en Comisión y Pleno, firmes y sólidos, que aunque sean
rechazados en la Cámara Alta, sean finalmente aprobados por el Congreso al
rechazar las enmiendas que hayan sido aprobadas durante la tramitación
parlamentaria en el Senado, donde el grupo parlamentario popular tiene la
mayoría absoluta.
4. Las tres enmiendas a la totalidad fueron publicadas en el Boletín
Oficial del Congreso de los Diputados el 24 de junio. Puede leerse una buena
síntesis de las mismas, acompañadas de algunas reflexiones propias del autor,
en el artículo del profesor Ángel Guillén, “El desafío de ahormar el Proyecto
de Ley de reducción de la jornada ordinaria de trabajo”
A) Para Junts, el Proyecto de ley es fruto del acuerdo de legislatura entre
PSOE y SUMAR (remito a la entrada “Acuerdo PSOE-Sumar. Texto descriptivo y
notas al contenido laboral” ) , “que no cuenta con la unanimidad de las partes del diálogo social”, algo que
evidentemente no es ningún secreto ya que el texto del Proyecto encuentra su
origen más cercano en el acuerdo entre el MITES y las organizaciones sindicales
CCOO y UGT el 20 de diciembre de 2024 (remito a la entrada “Texto comparado de
la normativa vigente (LET, LISOS, LTD) y del acuerdo social para la reducción
de la jornada laboral” )
Ahora bien, el último párrafo de su enmienda es una llamada, así me lo
parece, a la búsqueda de un acuerdo, que ciertamente podría pasar por la retirada
del proyecto (algo impensable, al menos hasta donde mi conocimiento alcanza,
para la Ministra y demás responsables políticos del MITES) y una presentación
posterior tras haber alcanzado un acuerdo en el seno del diálogo social, así
como también como una llamada a la búsqueda de acuerdos en la tramitación del
proyecto que permitan obtener una elevada flexibilidad para las empresas, y muy
especialmente para las PYMES, en los plazos de entrada en vigor de la norma y
por tanto de su puesta en práctica, señaladamente de la reducción de jornada,
aun cuando también se formulan duras críticas a la futura regulación del
derecho a la desconexión y a la regulación del registro de jornada, ambos
contenidos normativos, no lo olvidemos, que ya están regulados en la normativa
vigente, aun cuando su grado de efectividad es bastante discutible.
Este es el último párrafo de su enmienda:
“Es por todo lo expuesto que desde Junts per Catalunya queremos poner el
foco en los problemas estructurales y reales del mercado laboral, priorizando
sobre todo sueldos dignos, sin poner en riesgo ni a las empresas ni a los
trabajadores, y por eso solicitamos la devolución del Proyecto de Ley al
Gobierno, instándolo a abrir un proceso de diálogo social real y riguroso que
permita evaluar todas las implicaciones de una reforma de esta envergadura y,
si procede, presentar una nueva propuesta basada en la flexibilidad y con un
enfoque equilibrado y gradual que dé respuesta a las distintas realidades”
B) La enmienda a la totalidad de VOX no propone ninguna alternativa que
pudiera hacer pensar en una posible negociación para su retirada, ya que se critica
con extremada dureza el Proyecto de Ley, siendo su parecer que “se pretende
desviar la atención de los auténticos problemas de que aqueja el mercado
laboral español y que el Gobierno oculta. El planteamiento de la cuestión
olvida la realidad de millones de trabajadores españoles, caracterizada por la
precariedad y la inestabilidad laboral, unos salarios insuficientes y la
pérdida continuada de su poder adquisitivo”.
No hay posibilidad alguna de un mínimo acuerdo, o acuerdo de mínimos, ya
que el grupo proponente de la enmienda culmina su texto con la manifestación de
que “la presente iniciativa, lejos de buscar su prosperidad y bienestar de los
trabajadores, pretende hacerles dependientes de las decisiones políticas,
coartando su libertad y su capacidad de trabajo, dejando de lado el principio fundamental
que debe regir la vida pública, como es el interés común de las familias
españolas, que pasa por más estabilidad, más trabajo y no más precariedad y más
despidos”.
C) Por último, y por el orden que aparecen publicadas las enmiendas en el
BOCD, el Partido Popular trata de hurgar, primeramente, en la herida de las
posibles desavenencias entre las fuerzas políticas que sustentan al gobierno,
al manifestar que se trata de “un Proyecto de Ley no exento de polémica que
incluso fue objeto de graves desavenencias públicas entre el Ministerio de
Trabajo y Economía Social y el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa”.
Parece ahora el grupo proponente de la enmienda un firme defensor del diálogo
social (no me parece que lo fuera con ocasión de la reforma laboral de 2012,
aprobada por Real Decreto Ley pocos días después de haberse alcanzado un acuerdo
interconfederal entre las organizaciones empresariales y sindicales más representativas)
al sostener que el Proyecto es “una medida de semejante calado (que) no se
puede aprobar al margen del diálogo social e invadiendo competencias de la
negociación colectiva”, acusando a la Ministra titular del MITES de imponer su
ley “imprudentemente, con meros fines electoralistas y sin tener en cuenta que
los distintos sectores y territorios presentan características diversas”.
En la enmienda se efectúa una determinada lectura del Dictamen emitido por
el Consejo Económico y Social con el que pretende avalar sus tesis, cuando a mi
parecer aquello que se buscó fue lograr un consenso que permitiera al gobierno
modificar su proyecto en determinados de sus contenidos y que así lo ha hecho,
o al menos ha intentado hacerlo, en el proyecto de ley.
No me parece, dicho sea con toda sinceridad, que se deje alguna puerta abierta
en la enmienda a la búsqueda de un acuerdo que permita superar el trámite de
totalidad, aunque siempre se puede intentar ser optimista y hacer una lectura del
penúltimo párrafo de la enmienda que parezca dejar la puerta abierta a tal
acuerdo, aunque desde luego no creo que ese sea el parecer del gobierno en
general y del MITES en particular, pero para su exacto conocimiento lo
reproduzco a continuación:
“Desde el Partido Popular, estamos a favor de mejorar las condiciones
laborales de todos los trabajadores, pero siempre en el seno del diálogo
social, escuchando a todas las partes y en el marco de la negociación
colectiva. Una implementación gradual, progresiva y flexible, teniendo en
cuenta las especificidades de nuestro tejido productivo y la diversidad
sectorial y territorial. Valoramos también, la implementación de otras medidas
como la jornada laboral flexible o el banco de horas, en aras a alcanzar una flexiseguridad
tan necesaria en nuestro mercado de trabajo, que garantice toda la seguridad al
trabajador y flexibilidad en las relaciones laborales. Imponer por ley lo que
corresponde a la acción de la negociación colectiva, supone y evidencia un
desconocimiento absoluto del funcionamiento de nuestro mercado de trabajo y de
nuestro tejido empresarial. La vía es el dialogo social y la negociación
colectiva, no la imposición y el populismo, sólo así se podrá adaptar la
jornada de manera justa y sostenible, con creación de empleo (estamos a la
cabeza de Europa en paro) y mejores salarios para los trabajadores y ganancias
de productividad y competitividad para las empresas”.
5. Como suele terminar sus artículos el profesor, y bloguero de referencia
obligada en el ámbito laboral, Ignasi Beltrán de Heredia , seguiremos atentos a la tramitación del
Proyecto de Ley. Mientras tanto, buena lectura.
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