1. En su primera
reunión al frente de la Conferencia Sectorial de la Inmigración, celebrada el
28 de diciembre, la nueva Ministra de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, Elma Saiz, anunció, según se informaba en la nota de prensaoficial “una reforma del Reglamento de la Ley de
Extranjería para el primer semestre de 2024 con el objetivo de reducir las
figuras de permisos ahora vigentes, simplificar documentación y trámites y
reforzar la protección de los derechos de las personas migrantes”; reforma, que,
siguiendo con dicha información “contemplará la trasposición de las dos
normativas europeas aprobadas bajo la presidencia española. Esto es la
“Directiva de Permiso único”, que acordaron el Parlamento Europeo y el Consejo
el pasado 18 de diciembre y que permitirá agilizar el procedimiento de un
permiso combinado de trabajo y residencia, y reforzar las garantías de
protección contra la explotación laboral. También la “Directiva de residencia
de larga duración”, que mejora los derechos de los residentes de larga duración
y de sus familiares”.
Mientras se
concreta dicha medida, siguen los debates sobre la participación de la
población extranjera en el mercado de trabajo español. Así, se mantiene
invariable el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura del primer trimestrede 2024 con respecto al anterior, en el que se
incorporaron siete ocupaciones en el sector de la construcción, y solo hay
referencias (con la excepción citada) a ocupaciones relacionadas con el sector
de la Marina Mercante, así como también de entrenadores y deportistas
profesionales, y al mismo tiempo siguen
manifestándose peticiones por parte empresarial para flexibilizar su
contratación en algunos sectores.
Incluso, alguno
Administración autonómica actúa directamente ante los problemas existentes en
su ámbito territorial, como acaba de ocurrir en el País Vasco, En efecto, el
Boletín Oficial de dicha Comunidad Autónoma publicaba el 3 de enero el “Acuerdode 19 de diciembre de 2023 , del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el
que se exime del requisito de nacionalidad en los procesos de selección
temporal que convoque la Dirección General de Osakidetza, ante la necesidad
objetiva y de urgente cobertura de las categorías / puestos funcionales de
personal facultativo médico y de personal de enfermería”. En dicho acuerdo se
dispone lo siguiente:
“Primero.– Eximir,
por razones de interés general, del requisito de nacionalidad en los procesos
de selección temporal que se convoquen para la cobertura de los siguientes
puestos funcionales de personal facultativo médico y de personal de enfermería
que se consideran deficitarias o de difícil cobertura, en los términos
establecidos en la Disposición Final primera de la Ley 13/2003, de 30 de
noviembre, de Salud Pública de Euskadi (BOPV n.º 235 de 12 diciembre), para los
supuestos que se constate la inexistencia de personal disponible que cumpla el
requisito de nacionalidad. Esta medida será efectiva tras la entrada en vigor
de la Ley de Salud Pública de Euskadi:
Segundo.– Para
mayor garantía, se exigirá que, previo a cualquier oferta de nombramiento a una
persona extracomunitaria, que haya presentado solicitud de inscripción en las
listas de contratación temporal, se constate la inexistencia de personal
disponible que cumpla el requisito de nacionalidad, tanto integrado como no
integrado, en listas de contratación temporal. En todo caso se requerirá la
previa autorización del Servicio Corporativo de Contratación de Personal
Temporal.
Tercero.– Esta
declaración es temporal y se procederá a su revisión al menos anualmente”.
Más concretamente,
se trata de una lista de 55 especialidades de difícil cobertura
Recordemos, por
otra parte, que el debate sobre la participación de trabajadores extranjeros en
el sector de la sanidad no es nuevo en absoluto, ya que se abrió parcialmente
durante la grave crisis sanitaria del Covid-19 en algunas autonomías, y que
muchas formularon peticiones de apertura al entonces Ministros de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, cuando inició una ronda de
consultas a finales del pasado año para conocer aquellos sectores o subsectores
de actividad, y dentro de ellos las ocupaciones, que podían ser susceptibles de
flexibilización para la contratación
3. En suma, sigue estando
abierto el debate sobre la participación, en general y no sólo en un
determinado sector, de la población extranjera en el mercado de trabajo
español, que según los últimos datos facilitados por el MISSMI , en una
situación de dinamismo de aquel, por lo que respecta a la afiliación a la
Seguridad Social (datos del mes de diciembre de 2023, publicados el 3 de enero)
es de 2.668.776, (trabajadores del régimen de autónomos, 431.696, y régimen general, 2.232.848), con un
crecimiento interanual de 208.057 (para el total de la población afiliada fue
de 539.740), y siendo el porcentaje de trabajadores extranjeros afiliados del
12,81% del total de la población trabajadora afiliada (20.836.010).
Pues bien, la última
actualización del Boletín de Estadísticas Laborales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
nos permite disponer de los datos de afiliación (cerrados a 19 de diciembre de
2023) desde el año 2013 hasta el mes de noviembre (inclusive) de 2023, por lo
que tenemos una información de primera calidad para comprobar, al menos estadísticamente,
como ha evolucionado la presencia regular de la población trabajadora migrante
en España, a la que hay obviamente que añadir otras estadísticas de interés
laboral como son, por ejemplo, la Encuesta de Población Activa que publica
trimestralmente el INE (hay que estar atentos a la del cuarto trimestre de 2023
que será publicada el próximo 26 de enero), y los datos sobre extranjeros con
certificado de registro o tarjeta de residencia que publica el Observatorio
permanente de la inmigración (para los últimos datos disponibles, remito a esta
entrada ), y otras de carácter general como son
el Censo de población, la Estadística de Migraciones y cambios de residencia
(para los último datos disponibles remito a esta entrada ).
Mi propósito en esta
breve nota no es efectuar un estudio de tales datos, sino simplemente constatar
su importancia, que no son sino el fiel reflejo de una realidad que se
manifiesta diariamente en la vida laboral española, y mucho más intensamente en
las cuatro Comunidades Autónomas que concentran al 67 % de la población extranjera
en España, que son Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana.
A) La información
facilitada por el BEL, a cuya atenta lectura remito a todas las personas interesadas,
nos da cuenta en primer lugar del dato global de trabajadores extranjeros afiliados
a la Seguridad Social en alta laboral, que ha pasado de 1.588.661 a 2.384.998
en 2022, y (cito por los datos del MISSMI antes referenciados) a 2.668.776 en el recién finalizado 2023, con
incrementos anuales a excepción del año 2020 a consecuencia de la crisis
sanitaria y sus efectos sobre las limitaciones y restricciones de
desplazamiento. Especialmente significativo es constatar el
incremento operado en los dos últimos años, ya que en 2012 el número de afiliados
era de 2.167.497, que se ha concentrado en gran medida en el régimen general de
Seguridad Social (que recordemos que incluye también el sistema especial
agrario y el especial de empleados de hogar). Otro ejemplo significativo, si no
tomamos en consideración los dos sistemas especiales, es el de la comparación entre
el período enero a noviembre de 2022 y el de 223, ya que la afiliación fue de
1.593.093 y 1.788.224, respectivamente.
B) Los datos facilitados
por el BEL son, en segundo lugar, los disponibles por edad y por sexo. Por
seguir con los datos estadísticos comparables disponibles, fijémonos en cómo se
ha incrementado la población extranjera en el tramo más importante de vida
laboral (25 a 54 años) desde 2013 a 2022, pasando de 1.379.300 a 1.948.504,
siendo previsible que se alcancen los dos millones en diciembre 2023 o enero
2024. El incremento es aún más perceptible en el caso de los hombres (de
730.381 a 1.086.962) que entre las mujeres, aun cuando tampoco sea desdeñable
en absoluto en estas (de 648.898 a 861.468).
C) Los datos
disponibles por sector de actividad permiten conocer cómo ha cambiado la afiliación,
siendo relevante en este punto ponerla en relación con los cambios
experimentados en las actividades productivas. Destacan, entre otros, los
experimentados en la construcción (de 98.684 a 220.417), transporte y
almacenamiento (de 54.306 a 127.511), hostelería (de 275.891 a 387.217), y actividades
administrativas y servicios auxiliares (de 132.994 a 236.621).
D) Por
nacionalidades, los datos diferencian por continentes, y dentro de estos por
ámbitos territoriales globales (ej.: UE) y por Estados. Respecto a Europa,
hemos pasado (sigo trabajando con datos de 2013 a 2022) de 666.488 a 990.982,
concentrándose lógicamente este incremento en la UE, pasando de 602.643 a
824.524 (teniendo ya en consideración el cambio operado por la salida del Reino
Unido). Los países africanos pasan de 258.982 a 443.629, siendo Marruecos el
que muestra un mayor incremento de su población ya que pasa de 185.254 a
293.360. Los datos de América del Norte (Canadá y Estados Unidos) son muy poco
relevantes (11.012), todo lo contrario de América Central y del Sur, que pasa
de 487.450 a 696.658. A la espera de conocer los datos definitivos de 2023, si
bien los ya disponibles constatan un elevado incremento, destaca la población
colombiana (de 70.351 a 115.519), y muy especialmente de la población
venezolana, que de 15.650 afiliados y afiliadas en 2013 pasa a 114.51 en 2022. Por lo que respecta al continente asiático (de
165.320 a 238.060), no hay cambios radicales, si bien pueden señalarse los
experimentados por la población trabajadora china (de 87.521 a 110.146) y paquistaní
(de 23.806 a 41.869)
Por último, es de
especial relevancia conocer la distribución de la población trabajadora
extranjera afiliada a la Seguridad Social según Comunidad Autónoma y provincias.
Como ya he indicado con anterioridad, en cuatro de ellas se concentra el grueso
de dicha población: Cataluña (pasando de 359.339 en 2013 a 577.845 en 2022), y
obviamente en primer lugar en esta la provincia de Barcelona (de 254.728 a
420.069); Madrid (de 339.663 a 487.251); Andalucía (de 193.379 a 291.039), con
especial impacto en Málaga (de 53.960 a 98.555); Comunidad Valenciana (de
167.082 a 263.132), con relevancia en Valencia (de 74.368 a 122.146).
4. Cuestión bien
distinta es la calidad del empleo de dichas personas afiliadas a la Seguridad
Social, y por supuesto no podemos olvidar que existe un número de personas
extranjeras no menospreciable en absoluta que trabaja en condiciones de
irregularidad, por no disponer de la documentación legalmente requerida, y
cuyas condiciones en bastantes ocasiones transgreden flagrantemente la
normativa laboral (además, obviamente, de la de Seguridad Social). Es cada vez
más necesario a mi parecer plantearse, y la reforma del Reglamento de Extranjería
anunciada por la Ministra Telma Saiz pudiera ser una buena vía para ello, cómo reducir
ese número de personas que trabajan y sin embargo no gozan del marco protector
de la legislación laboral y de Seguridad Social. Algunas de estas cuestiones serán objeto sin
duda de debate, en la jornada sobre pobreza y derechos que organizada por la
Asociación Catalana de la Seguridad Social y el Colectivo Ronda tendrá lugar el
16 de febrero en Barcelona y en la que se prestará especial atención a las temáticas
de la pobreza, la migración y el sinhogarismo.
5. Sobre la
calidad del empleo en general, y por consiguiente también sobre la que afecta a
la población extranjera en el mercado de trabajo en España, me permito
recomendar el muy interesante Informe “La calidad del empleo en España y sus
Comunidades Autónomas” dirigido por el economista Lorenzo Serrano y con la participación de los también
economistas Fernando Pascual y Ángel Soler, investigadores del Instituto Valenciano
de Investigaciones Económicas (IVIE) y profesores de la Universidad de Valencia,
cuya lectura he finalizado recientemente.
Una síntesis del
Informe se encuentra en la muy amplia nota de prensa publicada el 14 de noviembre por la
Fundación Ramón Areces, copartícipe del libro junto con el IVIE, en la que se
concluye que “la calidad del empleo es un determinante esencial del bienestar
de las personas, las familias y el conjunto de la sociedad. Por ese motivo, se
ha convertido en objeto de creciente interés y preocupación por parte de
gobiernos y agentes sociales. El
análisis realizado de las diversas dimensiones del empleo relacionadas con su
calidad muestra que, pese a los avances registrados respecto al pasado,
persisten importantes carencias en el caso de España y, con carácter general,
sus comunidades autónomas, pero también diferencias muy sustanciales entre
ellas. En consonancia con la diversidad de dimensiones de la calidad del empleo
y sus determinantes, su mejora supone un reto que requiere del esfuerzo de
administraciones públicas, sindicatos, empresas, sistema educativo y los
propios trabajadores. Ese esfuerzo colectivo dará mejores frutos si parte de un
diagnóstico basado en información actualizada y detallada de las
características específicas del problema”
El especial
interés del citado informe radica a mi entender en el índice de calidad en el
empleo que se construye por sus autores y que se integra por 18 indicadores,
agrupados en torno a cinco dimensiones. En su presentación, y tras subrayar su carácter
multidimensional, se expone que “En cualquier caso, una adecuada valoración del
desempeño en términos de mercado laboral requiere complementar la vertiente
cuantitativa (número de ocupados) con los aspectos relativos a la calidad del
empleo. Con ese fin este informe pretende abordar diversos aspectos ligados con
esa dimensión cualitativa. Por un lado, analizando características relevantes
de los empleos como las referidas a salario, régimen contractual (contratos
indefinidos, contratos temporales o autoempleo), tipo de jornada (a tiempo completo
o parcial), tipo de ocupación, tipo de horario, posibilidades de teletrabajo,
exposición a riesgos sanitarios, etc. Todas ellas son características que
afectan a la calidad y el atractivo del empleo en términos de retribución,
estabilidad y deseabilidad. También se valorará el grado de ajuste respecto a
las características y preferencias de las personas ocupadas (correspondencia
entre nivel educativo y requerimientos del puesto; grado de deseo en el caso
del empleo a tiempo parcial, etc.). Adicionalmente, entre los objetivos se
encuentra el examen de las diferencias de género y el estudio del caso
específico de colectivos de interés particular (jóvenes, mayores, trabajadores
con formación básica y extranjeros)”.
Para finalizar, deseo
destacar una de las propuestas de actuación que se formulan en la última parte
del informe, en cuanto que he puesto mi atención en ella en varias entradas
anteriores en este blog, es la relativa a las políticas activas de empleo,
señalando los autores de la obra que “Aunque no se ha considerado
explícitamente en este informe, centrado en la dimensión territorial de la
cuestión, los problemas de calidad podrían afectar de modo desigual a
diferentes grupos de población. Por ese motivo tiene sentido diseñar políticas
específicas dirigidas a mejorar la inserción laboral de esos grupos concretos.
Esto requiere ante todo cambios en las políticas activas de empleo que las
hagan más efectivas, concentrando los esfuerzos en las actuaciones formativas
orientadas a aumentar la empleabilidad de esos grupos (parados mayores, jóvenes
sin cualificación y otros colectivos vulnerables”. El desarrollo de la Ley
3/2023 de 28 de febrero, de Empleo, debe ser el punto de referencia para dichas
políticas.
Buena lectura.
2 comentarios:
Estimado profesor:
¿Conoce el motivo por el cual en el Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura aparece invariablemente el siguiente párrafo "Ocupaciones aprobadas, a propuesta de la Administración General del Estado, en el sector de la Marina Mercante, todas las provincias costeras, más LLeida y Madrid"?, esto es, la consulta es porqué siempre aparecen en las ocupaciones para el sector de la Marina Mercante las provincias de Lérida y Madrid pese a que ambas carecen de costa.
Un cordial saludo
Buenos días. Con toda sinceridad lo desconozco, aunque, partiendo de las ocupaciones de difícil cobertura del primer trimestre de 20214, que puede consultar en el enlace adjunto, supongo que es por la existencia de vacantes al respecto. Saludos cordiales https://www.sepe.es/HomeSepe/empresas/informacion-para-empresas/profesiones-de-dificil-cobertura/profesiones-mas-demandadas.html
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