El Instituto Nacional de Estadística publicó el martes 20 de junio la Encuesta anual de estructura salarial correspondienteal año 2021
A través de la EES anual conocemos la ganancia bruta,
si bien esta cifra no es la más adecuada para conocer la realidad salarial de
buena parte de las personas trabajadoras, ya que hay muchos más asalariados con
salarios bajos que elevados, por lo que, a efectos estadísticos, “este hecho da
lugar a que el salario medio sea superior tanto al salario mediano como al más
frecuente”. Por ello, es conveniente conocer cuál es el salario mediano (“el
que divide al número de trabajadores en dos partes iguales, los que tienen un
salario superior y los que tienen un salario inferior”), y por supuesto también
el salario más frecuente o modal percibido en España.
¿Cuáles serán los factores que incidirán sobre el
salario? El sector de actividad económica es sin duda relevante con diferencias
muy destacadas, e igualmente la ocupación de la persona trabajadora. Asimismo,
que la jornada sea completa o a tiempo parcial tiene, igualmente, una importancia
destacada, como también la tiene el sexo de quien presta sus servicios por la
diferente ubicación de trabajadores y trabajadores en sectores de actividad,
ocupaciones, duración de la jornada de trabajo y modalidad contractual,
teniendo esta última también su reflejo en las diferencias salariales, en perjuicio
de quienes tuvieron contratos de duración determinada con respecto a los
indefinidos.
La nacionalidad es un factor no desdeñable,
igualmente, para entender la existencia de estas diferencias salariales. ¿Y qué
decir de la edad? Pues que los datos conocidos confirman las intuiciones,
cuales son que la mayor edad y la mayor antigüedad en el empleo implican una
remuneración salarial más elevada. No nos podemos olvidar del ámbito
territorial donde se desarrolla la actividad, la respectiva la Comunidad
Autónoma considerada, y los datos también pone de manifiesto importantes
diferencias, que guardan relación con la estructura productiva y también, no
conviene olvidarlo, con la mayor presencia sindical para representar los
intereses de las personas trabajadoras.
Para su comparación con los datos de 2020 remito
a esta entrada
2. De las consideraciones generales hemos de pasar ya
a los datos concretos. Según la EES 2020, la ganancia media anual por persona
trabajadora fue de 25.896,82 euros, con un aumento del 2,9 % respecto al año
anterior. La ganancia media para los hombres fue de 8.388,69 euros y para las
mujeres de 23.175,95 euros. El salario medio anual femenino representó el 81,6
% del masculino, si bien esa diferencia se reduce, señala la encuesta, “si se
consideran puestos de trabajo similares (misma ocupación, tipo de jornada,
etc.)”. de tal manera que al considerar el salario por hora el porcentaje es
del 90,2 %.
Otra diferencia significativa es que el 10,7 % de los
hombres percibió una remuneración igual o inferior al SMI, incrementándose
hasta el 25,0 % en el caso de las mujeres. Por el contrario, mientras el
porcentaje de hombres que perciben un salario igual o superior a cinco veces el
SMI es del 3,9 %, la cifra se reduce al 2,2 % para las mujeres. Y otro dato muy
significativo es que del 15 % de personas trabajadoras que tuvieron una
ganancia por hora por debajo de los 2/3 de la ganancia mediana, el 62,5 % eran
mujeres. En todas estas diferencias influye el mayor número de mujeres que
trabajan a tiempo parcial.
No conviene olvidar, por otra parte, que el salario
mediano anual (el que divide al número de personas trabajadoras en dos partes
iguales, las que tienen un salario superior y aquellas que perciben un salario
inferior) es inferior a la ganancia media anual, concretamente 21.638,69 euros,
y que el salario más frecuente o modal (563.384 asalariados) fue de 18.502,54
euros, una diferencia significativa de más de 7.000 euros. Además, la EES 2021 apunta que hubo otro
salario con muy elevada frecuencia (560.327 asalariados) que fue de 16.487,22
(es decir, por poner un ejemplo significativo, muy poco por encima de los debajo
de los 15.120 euros anuales que, como SMI, deben pagarse a partir del 1 de
enero de 2023).
En cualquier caso, las diferencias salariales por
razón de sexo son claramente perceptibles tanto si la actividad se presta a
tiempo completo como a tiempo parcial, siendo más elevado el porcentaje de
trabajadores en el primer caso que perciben salarios superiores a 15.000 euros,
mientras que en el segundo la presencia femenina es muy superior en especial en
el caso de salarios inferiores a 20.000 euros. También cabe señalar que el
salario medio en JTP fue un 59,4 % inferior al de TC, aquí con escasa
diferencia entre hombres (58,7 %) y mujeres (58,1 %).
3. Ya he indicado que la estructura productiva, y la
presencia sindical, condicionan los niveles salariales, y ello queda plenamente
puesto de manifiesto al analizar los datos por territorios autonómicos, ya que
siguen siendo, como en años anteriores, País Vasco, Madrid y Navarra las tres
autonomías que tienen niveles superiores a la media, además de Cataluña,
mientras que en la franja inferior se ubican Extremadura, Canarias y Andalucía.
Las diferencias van desde los 31.063,68 euros del País Vasco a los 21.393,01 de
Extremadura. Se destaca que las diferencias entre sexos no son iguales en todas
las regiones y que la distinta estructura del empleo en cada una de ellas “es
el factor fundamental que explica esta variabilidad”, si bien el dato común a
todas ellas es el salario inferior de las mujeres con respecto al de los hombres.
Siguen las muy importantes diferencias en función de
la actividad económica que ya se observaban en años anteriores, y que con datos
de 20210 demuestran que buena parte de la población que fue considerada
imprescindible durante el período de mayor auge de la crisis sanitaria
provocada por la pandemia del Covid-19 perciben salarios por debajo de la
media. En el top ten se coloca la actividad de suministro de energía (55.829,66
euros) y el farolillo rojo es para el sector de hostelería (16.229,88 euros),
es decir un 104,6 y un 43,5 % superior e inferior a la media nacional,
respectivamente. Fijémonos, como dato añadido que el sector del comercio (en el
que se concentra una parte importante de la población trabajadora) tiene una
retribución media anual de 25,298,04 euros.
4. El principio de igualdad de trato y no
discriminación debe ser respetado con independencia de la modalidad contractual
y del tipo de jornada. Sería interesante analizar si el respeto es total en
ambos casos, y los conflictos suscitados en sede judicial plantean más de una y
dos dudas al respecto. En cualquier caso, y al margen de esta consideración
jurídica, los datos ponen de manifiesto la diferencia salarial por razón de la
duración (indefinida o temporal) de la modalidad contractual, ya que el de
quienes trabajan con contratos temporales perciben una media anual de 19.842,69
euros, mientras que para los trabajadores con contrato indefinido su
remuneración es de 27.228,80 euros. Es decir, el salario medio anual de los
primeros es inferior en un 27,1 % al de los segundos. Otro dato relevante a
destacar con respecto a las diferencias por razón de sexo, es que el salario de
las mujeres fue inferior al salario medio tanto si se trata de contratos
indefinidos (7,0 %) como muy especialmente de duración determinada (25,4 %)
Tampoco es de extrañar, lógicamente, que si se
analizan los salarios por tipos de ocupación, la categoría de directores y
gerentes ocupe el primer lugar del ranking, mientras que el menor nivel se
adjudica a las personas trabajadoras no cualificadas en los servicios, yendo
desde los 59.219,83 a los 13.874,28 euros.
Las y los jóvenes salen claramente perjudicados en
esta estadística con respecto a las personas de mayor edad, siendo muy
relevante, por ejemplo, la diferencia de los 29.149,80 euros percibidos por
personas en la franja de edad de 55 a 59 años, con los 13.224,95 euros de
quienes tienen entre 20 y 24 años. Dato relevante, y que debe llevar a pensar
qué medidas adoptar para mejorar la situación salarial, es que “todos los
intervalos por debajo de los 40 años tuvieron salarios inferiores a la media”,
mientras que los intervalos por encima de esta edad tuvieron salarios
superiores.
5. No menos importante, dado el importante número de
personas trabajadoras extranjeras, tanto de la Unión Europea como de terceros
países, es el dato de la diferencia salarial por razón de nacionalidad, siendo
solo los españoles quienes percibieron una cuantía superior a la media (26.427,59
euros ), situándose por debajo los restantes, destacándose el dato de que el
más bajo fue el de personas de nacionalidades americanas (16.747,04) y
africanas (17.099,55), algo que sin duda tendrá bastante que ver con el elevado
número de quienes, en su gran mayoría mujeres, trabajan en el servicio
doméstico y en el sector de la hostelería, en el primer caso, y en el ámbito
agrario en el segundo.
Buena lectura.
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