1. En la entrada
anterior de este blog me referí a la
celebración de la X Jornada del Instituto de Estudios del Trabajo de la
Universidad Autónoma de Barcelona, que tuvo lugar el viernes 4 en la sede del
Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña (CTESC).
Añado ahora, antes
de abordar el contenido que dará razón de ser al título de la presente entrada,
que la Jornada fue de una calidad excelente, con muy buenas ponencias en las
que se plantearon muchas cuestiones de indudable interés sobre el mundo del
trabajo y el empleo público, tanto desde la vertiente sociológica como desde la
jurídica.
Es por ello que en
mi intervención en el acto de clausura felicité, y con toda razón a la y los
ponentes por sus exposiciones, de las que sin duda alguna aprendimos mucho
todas las personas que estábamos en la sala de actos del CTESC y todas aquellas
que seguían la jornada a través del canal de youtube del Centro de EstudiosSociolpgicos sobre la Vida cotidiana y el trabajo de la UAB .
Y si me permiten
una mención específica, la intervención del profesor Miguel Angel Calavia de laUniversidad de Valencia fue muy esclarecedora para poner de
manifiesto la diferencia de datos del empleo público entre el registro de
personal, según se recoge en el Boletín Estadístico del Personal al servicio de
las AA PP, y la Encuesta de Población Activa, ya que la segunda se refiere a
toda la población laboral mientras que la primera deja fuera a una parte de la
misma, circunstancia que lleva a una diferencia de cerca de 700.000 personas
que computa de más la EPA con respecto al registro, gran parte de ella referida
a personas con contratos de menos de seis meses de duración.
En su intervención
en la presentación de la Jornada, compartiendo mesa con el Presidente del CTESCToni Mora , la directoradel IET, profesora Pilar Carrasquer me animó a
pronunciarme en mi intervención de clausura sobre la reforma laboral aprobada
el día anterior en el Pleno del Congreso de los Diputados, y así lo hice para
reiterar una vez mi valoración positiva de esta y sin dejar de mencionar
aquellos contenidos que hubieran podido enriquecerla más desde la perspectiva
de recuperación de derechos y de mejora de las condiciones de trabajo de la
población trabajadora, tal como puede constatarse en el vídeo de la Jornada.
2. He empezado
esta entrada por el final de la semana laboral (bueno, para quienes siguen
trabajando de lunes a viernes, ya que el número de personas que prestan
servicios en fines de semana, con regularidad u ocasionalmente, es cada vez
mayor como se constata por los datos estadísticos), ya que desde su inicio el
debate sobre la reforma laboral, en concreto el Real Decreto-Ley 32/2021 de 28
de diciembre, ha ocupado la atención de los medios de comunicación y las redes sociales, y por supuesto ha estado
en el centro del debate político y social.
Más allá del
resultado positivo, y de la necesaria aplicación de la reforma en meses venideros,
el trabajo, el mundo laboral, ha sido atención prioritaria, algo que hay que
reconocerlo es muy poco frecuente en nuestra sociedad actual, y por ello tiene
toda la razón el profesor Antonio Baylos cuando afirmaba, en su artículo “Puntofinal a la incertidumbre jurídica. La reforma laboral es convalidada en elCongreso” , tras manifestar
su gran satisfacción por la convalidación del RDL, que “el gran debate sobre la
reforma laboral ha logrado algo tremendamente trascendental: situar la
problemática del trabajo y de su regulación, de la noción de trabajo decente,
en el centro del debate político y ciudadano de nuestro país. Un debate que
impulsa la centralidad del trabajo como eje crucial de un proyecto de reformas
que tiene un largo recorrido en nuestro país. Ese es el mejor resultado de la
votación de ayer, descontando los aspectos pintorescos y extravagantes del
relato de los hechos”.
3. Tuve
oportunidad de explicar la reforma laboral con anterioridad al debate del Pleno
del Congreso en dos reuniones virtuales, modelo que siendo innegablemente útil
para llegar a un mayor número de personas no permite el contacto directo con
quienes te siguen en un acto presencial, y de ahí que también manifestara mi
satisfacción en el acto de clausura de la Jornada del IET por estar viendo a un
buen número de personas asistentes en la Sala de Actos del CTESC.
La primera,
dirigida a las abogadas y abogados del Colegio de la Abogacía de Sabadell el
miércoles 2 de febrero, desde una perspectiva de cómo debe afectar la norma no
sólo a su aplicación sino también a la forma de asesorar a clientes sobre la
prioridad de la contratación indefinida, ya sea ordinaria a tiempo completo o
fija discontinua, y a la necesidad de velar por el estricto cumplimiento de la
nueva normativa sobre contratación temporal, entre otras razones por la
individualización de cada infracción respecto a la sanción a imponer por
infracción de la normativa; sanción cuya cuantía se ha visto además
incrementada por las modificaciones introducidas en la Ley sobre Infracciones y
Sanciones en el Orden Social por el RDL 32/2021.
La segunda, que
tuvo lugar el día 3, estuvo dirigida al tercer sector de acción social,
atendiendo la petición que me formularon las organizaciones empresariales por
su interés en conocer cuáles debían ser las modalidades contractuales a
utilizar, si se aprobada la reforma laboral, en buena parte de su actividad,
por estar vinculada a subvenciones
públicas y para las que se utilizada muy frecuentemente una modalidad
contractual que ahora ha desaparecido (matizo, a partir del 30 de marzo), cuál
es el contrato para obra o servicio determinado.
En mi intervención
traté de explicar el abanico de posibilidades existente según el tipo de
actividad, permanente o temporal, que abre la nueva normativa, poniendo el
acento, como hace la norma, en la importancia de la regulación del contrato
fijo discontinuo como clara alternativa a la anterior utilización del contrato
para obra o servicio en contratas y subcontratas.
La preocupación
por clarificar el uso de las distintas modalidades contractuales en el tercer
sector, y la posibilidad de realizar interpretaciones amplias y flexibles de
algún precepto, como la disposición adicional quinta referida a la contratación
temporal en el sector público, estuvo en el centro de nuestro debate, y también
se encontró en el celebrado en el Pleno del Congreso el jueves por la mañana , en concreto en dos
intervenciones:
La primera del
diputado de Nueva Canaria Pedro Quevedo, quien se manifestó en estos términos:
“... El tercer sector son entidades
colaboradoras de las administraciones públicas y funcionan por proyectos. O
esta cuestión se aclara como se ha aclarado con la formación en alternancia,
por ejemplo, que se reconoce dentro del proyecto de reforma, o es necesario
contemplar que se les mete en un lío monumental, porque aunque estamos de
acuerdo en que los contratos por obra y servicio son una fórmula franquista a
extinguir, también es verdad que deben ser sustituidos por algo para no
hacerles peligrar en el futuro”.
La segunda, de la
diputada de Coalición Canaria Ana María Oramas, quien expuso en su intervención
que “sí nos preocupan los contratos de obra y servicio del tercer sector – me
estoy refiriendo a Cruz Roja o a las ONGs – que entran, dijéramos, por
proyectos, y que afectan también a determinados ayuntamientos, y nos ha pedido
la Federación de Municipios que usted lo vea” (refiriéndose a la Ministra de
Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz).
Les he de confesar
que el webinar con las entidades del tercer sector (con más de 500 personas
inscritas) fue fijado a las 17 horas con la presunción de que ya se habría
procedido a la votación y por consiguiente tendría razón de ser el
mantenimiento de nuestra sesión virtual de trabajo si se había aprobado la
reforma, siendo suspendida en caso de que no hubiera sido así. Pero, la
votación se celebró poco después de finalizado nuestro webinar, por lo que
tuve, tuvimos, que partir de que sí sería aprobada, como afortunadamente así
fue.
4. Y llegamos al
Pleno del Congreso de los Diputados el jueves 3 de febrero, al debate sobre la
convalidación del RDL 32/2021, y en caso de ser así si se aprobaba su tramitación
como proyecto de ley. Ya sabemos el resultado, favorable a la convalidación y
desfavorable a la tramitación como proyecto de ley, en ambos casos con un voto
de diferencia.
Sería muy fácil
quedarse en el resultado de la votación, en el voto negativo de dos diputados
cuyo partido político había informado del sí a la reforma con anterioridad, y
del error de otro diputado en su voto telemático que posibilitó el resultado
que finalmente se produjo. No lo voy a hacer ya que de ello tienen muy amplia y
detallada información en los medios de comunicación y redes sociales,
obviamente con muy diversas tesis según qué medio leen o escuchan, o a qué red
social están más atentos y atentas. Aquello que ahora importa es que el RDL
32/2021 fue convalidado, por lo que además de su entrada en vigor el día 31 de
diciembre para muchos de sus preceptos, el día 30 de marzo entrará en vigor
para aquellos cuya entrada fue diferida en el tiempo para facilitar la
adaptación del mundo jurídico y por supuesto del mundo empresarial y social,
aunque siempre cabe esperar, los juristas sabemos mucho de ello, alguna
estratagema jurídica para intentar evitar su entrada en vigor por parte de
quienes han defendido el no a la reforma desde el bloque político conservador.
Por ello, y mi
mensaje va dirigido fundamentalmente al mundo jurídico, pero también a quienes
tienen desde otros diversos ámbitos, interés y preocupación por el mundo
laboral real, les pido que se centren en los contenidos de la reforma y de su
aplicación para conseguir que efectivamente se haga realidad el deseo del
legislador, y de los agentes sociales firmantes del acuerdo de 22 de diciembre
de 2021, de que la norma contribuya a un cambio de cultura en las relaciones de
trabajo que sirva para disminuir drásticamente la precariedad existente en
nuestro mercado de trabajo y que es sufrida por muchos jóvenes, un elevado
número de mujeres de todas las edades, y por personas con niveles de formación
que necesitan adaptarse a los cambios organizativos y productivos que cada vez
se dan con mayor rapidez en el ámbito empresarial, y que para los que reforma
puede significar un cambio sustancial a mejor.
5. Y también es
necesario no quedarnos en el resultado de una votación sino conocer los
argumentos expuestos públicamente por las distintas fuerzas parlamentarias para
justificar el sentido de su voto, siendo conveniente dedicar algo más de dos horas,
como así hice una vez finalizada la Jornada del IET, a la lectura de los debate
en el Pleno (bueno, un buen amigo se pasó más tiempo viendo las intervenciones
en el canal Parlamento ),
ya que ello permite tener un mejor conocimiento de qué se dice en público y cómo
se justifica el voto afirmativo o negativo, que en mi caso se puede completar
con el conocimiento que se tenga, por otras vías, de las conversaciones habidas
entre distintos grupos políticos para intentar, por parte del gobierno de
coalición, que votaran sí a la reforma, algo que finalmente no se consiguió.
A) La atenta
lectura del debate parlamentario da cuenta a mi parecer de intervenciones destacadas
de la Ministra Yolanda Díaz poniendo en valor la importancia de la reforma por
tratarse de “una transformación vital que atañe al corazón mismo de nuestras
relaciones laborales”, y que coloca al trabajo en el centro de la vida política
y social, con una más que acertada referencia a la labor de la Organización
Internacional del Trabajo en pro de un trabajo con derechos, digno y decente.
Además, su preocupación por haber podido debatir muy poco con algunos grupos, a
excepción del PNV, sobre los contenidos concretos de la reforma. Obviamente, la
Ministra destacó la importancia de las modificaciones operadas en materia de
negociación colectiva, con la recuperación de la ultraactividad y la supresión
de la posibilidad de abordar la cuantía salarial en los convenios de empresa
con prioridad a los sectoriales; la mejora en las condiciones laborales,
especialmente la salariales, de personas que prestan servicios en contratas y
subcontratas; la importancia de los ERTES como mecanismos de flexibilidad
interna muy útiles durante la crisis sanitaria para proteger a trabajadores y
trabajadoras que de otra forma habrían engrosado las lista del desempleo, y su
estrecha vinculación en la reforma con políticas formativas que permitan la
readaptación de las y los trabajadores; y , además de otros contenidos, el
avance en una mayor estabilización del personal que presta sus servicios en las
Administraciones Públicas, en conjunción con las reformas operadas en el EBEP
por la Ley 20/2021 de 20 de diciembre.
En sus turnos de
réplica a las intervenciones de la portavoz del grupo popular, Concepción
Gamarra, que defendió el voto contrario a la convalidación, la Ministra
enfatizó la importancia de los datos actuales sobre el crecimiento de empleo,
de las personas ocupadas, y de la reducción del desempleo, poniendo el acento
en las diferencias entre la reforma que se estaba debatiendo, tendente a
recuperar derechos para la población trabajadora, con la del Partido Popular en
2012 que abrió el camino parala flexibilidad externa y la reducción de los
niveles salariales, además de “no cortarse un pelo” al afirmar de manera
contundente que el nuevo modelo laboral “no tiene nada que ver con el diseñado
por el Partido Popular en grandes despachos de abogados de nuestro país”,
enfatizando la importancia del diálogo social y por ello el valor jurídico y
social del acuerdo alcanzado por los agentes sociales, además de criticar muy
durante afirmaciones de la portavoz del Partido
Popular sobre intervenciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social en el sector agrícola, en su función legalmente asignada de velar por el
cumplimiento de la normativa laboral, que según la Sra. Gamarra, llevaría a que
“la persecución que se está produciendo desde el punto de vista de la
inspección laboral a las explotaciones agrícolas roza el delito, sinceramente
lo roza(Aplausos). Esa referencia que ha hecho usted al cambio de régimen
sancionador que establece esta reforma, francamente se convierte en una
persecución para muchos agricultores, que están denunciándolo constantemente”
(pag. 26, segundo párrafo).
Una excelente
síntesis de las ideas básicas expuestas en su intervención, se encuentra en el
artículo publicado por la Ministra el día 5 en eldiario.es titulado “Reformar eltrabajo para fortalecer la democracia” Y un intento de responder a las muchas dudas que pueden tener las personas
trabajadoras se comprueba en la selección de preguntas recibidas por El País y
respondidas por Yolanda Díaz (aunque lógicamente me inclino a pensar que no
solo ella sino también su buen equipo de trabajo en el MITES), que se han
publicado en el mismo diario el día 6 y al que ha dado el título de “Yolanda
Díaz responde a los lectores: “Se acabó lo de despedir el viernes y contratar
el lunes”
B) Ya conocemos
quienes votaron a favor de la convalidación y quienes lo hicieron en contra,
con diversas y variados motivos, y muy enfrentados en el lado de quienes se
posicionaron en contra. Léanlos con detenimiento y fórjese cada lector y lectora sus conclusiones.
Destaco de la
intervención de la portavoz del grupo popular la defensa a ultranza de la
reforma hecha por su partido en 2012, contraponiendo con el “retorno al pasado”
que sería la que estaba debatiéndose e inútil para enfrentarse a los nuevos
retos económicos y sociales, sustituyendo la libertad de empresa por “el
control administrativo y burocrático”, y apostando por la puesta en marcha de
la tantas veces citada “mochila austriaca”. No parece, digámoslo suavemente,
que tenga su grupo mucho cariño por el mundo sindical si nos hemos de atener a
esta frase que reproduzco, otra vez, literalmente para que cada lector y
lectora extraiga sus conclusiones: “… Porque
no renunciamos a algo que usted ha obviado en todas sus exposiciones y que es
fundamental: a la productividad y a la competitividad. Y toda reforma laboral
debe abordar la productividad y la competitividad. (Aplausos). Y cuando esto se
obvia porque lo único que obsesiona es la defensa del sindicalismo y el
reforzamiento del sindicalismo es cuando se está anteponiendo un interés
personal y partidista al interés general de los españoles. Y eso es lo que hay
aquí y ante lo que nosotros nos rebelamos, señora vicepresidenta” Pág. 27,
último párrafo).
C) Si nos
acercamos a otros grupos, en el mixto encontramos votos en contra del Foro por
Asturias, Isidro Martínez, por considerar positiva la reforma de 2012 y pedir
por el gobierno actual “una adhesión inquebrantable” al nuevo texto. Para
Albert Botrán, de la Candidatura de Unidad Popular (CUP) la reforma era un
fraude a los compromisos electorales de las fuerzas políticas que conforman el
gobierno, criticando en concreto todo aquello que no se abordaba, afirmando que
“se reduce la temporalidad, pero, si se sigue despidiendo con las condiciones
que impuso el Partido Popular, lo que tenemos es que los indefinidos son muy
frágiles. Se seguirá despidiendo con las condiciones que impusieron en cuanto a
indemnizaciones, salarios de tramitación, autorización administrativa de los
ERE, etcétera”.
El diputado de
Eskal Herria Bildu Óscar Matute, destacó todo aquello que proponía su grupo y
que no fue acogido, como la prevalencia de los acuerdos y convenios colectivos
“provinciales y autonómicos”, la recuperación de la autorización administrativa
previa para proceder por parte empresarial a un despido colectivo, revisión y
modificación de las causas que posibilitan esos despidos y también la
modificación sustancial de condiciones de trabajo, recuperar la indemnización
de 45 día de salario/año, y máximo de 42 mensualidades para despidos declarados
improcedentes, y la recuperación de los salarios de tramitación si el despido
era declarado improcedente, criticando
que ninguna de ellas fuera aceptada. Por el Partido Nacionalista Vasco, su
portavoz Aitor Esteban subrayó
primeramente los acuerdos alcanzado en las conversaciones con el gobierno
respecto a los centros especial de empleo y la formación en alternancia,
recordó la obligación de respetar las competencias autonómicas en materia de
empleo, formación y protección social de acuerdo a la jurisprudencia del
Tribunal Constitucional, y lamentó no haber alcanzado un acuerdo sobre la
prevalencia de los convenios autonómicos sobre los estatales.
Por el Bloque
Nacionalista Galego, Néstor Rego fue contundente en su valoración negativa de
la reforma porque “no solo no deroga la reforma laboral del Partido Popular,
sino que consolida sus aspectos más lesivos”, ya que “No tocan ustedes las
facilidades ni el abaratamiento de despido; la autorización administrativa de
los ERE; los salarios de tramitación; la prevalencia de los convenios de
empresa, que pueden empeorar a los del sector, excepto en los salarios; la
prevalencia de los convenios estatales; la posibilidad de descuelgue del
convenio; la facultad de las empresas para la modificación de las condiciones
de trabajo y la movilidad geográfica colectiva o la distribución irregular de
la jornada, hasta el 10 %, por ejemplo”. Para la diputada de Junts per
Catalunya Miriam Nogueras, la reforma es muy negativa porque “excluye al 99 %
del tejido empresarial de Cataluña” y se basado en un acuerdo “en el que se ha
ignorado por completo a los trabajadores, a los autónomos y a las pymes
catalanas”. Para el portavoz de ERC, Gabriel Rufián, tras una llamada a
recomponer relaciones políticas al día siguiente, las críticas se centraron en
la negativa del gobierno a “recuperar la indemnización o a una indemnización
justa frente a despidos injustos”, a “recuperar los salarios de tramitación”, y
afirmando finalmente que es un reforma que “hubiera votado Albert Rivera de
haber sido vicepresidente”.
Por fin, el
portavoz de VOX, Juan José Aizcorbe, criticó duramente todo el texto, y muchas
cosas más, afirmando que “No solo admitiríamos cualquier reforma laboral que
fuera beneficiosa para los trabajadores españoles, para la creación de empleo,
para las empresas, para dinamizar nuestra economía, sino que incluso seríamos
sus abanderados, pero no precisamente de esta reforma, porque esta reforma, tal
como la quiere el Gobierno, vela únicamente por los intereses de los sindicatos
de clase y el IBEX 35, abandonando a la mayoría de trabajadores, dificultando
la creación de empleo y obviando a las pymes y autónomos como principales
motores de la ocupación en España”.
D) En los
partidarios de la reforma encontramos lógicamente a los grupos políticos que
sustentan al gobierno, reiterando ambos sustancialmente, a través de las
portavoces, Ester Peña (PSOE ) y Aina Díaz (UP) las tesis antes expuestas por
la Ministra Yolanda Diaz.
Para Teruel
Existe, su diputado Tomás Guitarte defendió la importancia del acuerdo
alcanzado por los agentes sociales, a la par que recordó la necesidad de
adaptar la normativa a algunos sectores de las provincias despobladas donde
existe poca presencia representativa por parte laboral. Para el Partido
Regionalista de Cantabria, por medio de su diputado José María Mazón también
era digno de elogio el citado acuerdo y su posterior transposición a la norma
cuya convalidación se estaba debatiendo, afirmando, para justificar su voto
positivo, que “la gente no entendería como sus representantes pueden estar tan
alejados de la sociedad, tan alejados de lo que piensa la calle”. El valor del
acuerdo fue subrayado igualmente por el diputado de Nueva Canarias, Pedro
Quevedo, y de Coalición Canaria, Ana María Oramas, subrayando la segunda que en
esta ocasión “no sólo coinciden los empresarios y los sindicatos nacionales,
sino también los sindicatos canarios y el empresariado canario”.
Para la portavoz
de Ciudadanos, Inés Arrimada, su voto era positivo por una parte porque “consolida elemento de la reforma laboral de
2012”, por otra “porque da credibilidad a España de cara a la recepción de los
fondos europeos”, y por fin, en clave muy política, porque “gracias a
Ciudadanos, pierden Bildu y Esquerra, y ganan los trabajadores y empresarios de
este país”. Para el diputado de Compromis, Joan Baldoví, después de pensarlo
mucho su voto sería positivo porque “ganarán derechos los trabajadores y las
trabajadoras, los fijos discontinuos, los temporales, los subcontratados low
cost; recuperarán derechos y salarios. Porque los sindicatos recuperan
capacidad de negociación, mantienen los convenios sectoriales. Porque se endurecen
las sanciones para los que defrauden”. Para la diputada de Más Madrid, Inés
Sabanés, el voto debía ser positivo ya que la reforma “es la primera en muchos
años (que) no retrocede en derechos de trabajadores y trabajadoras y porque
recupera el diálogo social”. El portavoz del PDECaT, Ferran Bel, su voto era
positivo tanto por lo que se modifica, con mención a la prevalencia del
convenio sectorial sobre el el de empresa, como por aquellos aspectos “que no
se tocan: los salarios de tramitación y el coste de la indemnización por
despido”.
7. Y volvemos al
inicio de esta entrada. Recogiendo el guante lanzado por la profesora Pilar
Carrasquer, manifesté mi parecer sobre la reforma, que no es otro que el que ha
quedado reflejado en numerosas entradas anteriores, y de las que permito
reproducir un breve fragmento de la primera en que me pronuncie sobre ella : “permítanme
que aporte mi propia valoración que ya les adelanto, no creo que sea un spoiler
porque ya ido apuntando mi parecer en anteriores entradas, es globalmente
positiva por lo que supone de mirar hacia un futuro laboral en el que la
flexibilidad interna y las políticas formativas puedan, deban, ser, el eje
central del cambio productivo tan necesario para nuestra economía, con puestos
de trabajo estables y con salarios dignos, y todo ello logrado a través de una
negociación colectiva que sitúe a los agentes sociales como piezas básicas de
ese nuevo modelo, algo para lo que, dicho sea con toda claridad, se requerirá
un especial proceso formativo de los cuadros y dirigentes sindicales para
dirigir la negociación hacia cuestiones relevante de la organización de trabajo
basada en el cambio tecnológico y su repercusión cada vez más impactante en el
ámbito laboral. Y en este spoiler no puede faltar tampoco lamentar que algunas
temáticas relevantes para el logro de una mayor estabilidad en el empleo se
hayan quedado fuera de la reforma, si bien es cierto que la potenciación de la
flexibilidad interna puede indudablemente devaluar en la práctica la
importancia de tales lagunas u omisiones”.
Me pregunté igualmente
en mi intervención si las razones aducidas para votar en contra justificaban
que determinados grupos políticos que conforman el que se ha dado en llamar
bloque de la legislatura eran de peso suficiente para tomar tal decisión. No me
lo parece, y por ello coincido con tesis formulada por Joan Coscubiela, publicado
el 1 de febrero en eldiario.es, es decir antes de la votación, titulado “Cuandola pureza conduce a la precariedad” ,
acompañado de este subtitulo “La actitud política y sindical de no apoyar la
reforma laboral para que sean otros los que se mojen y así quedarse con la
bandera de la pureza termina produciendo que, a ojos de las personas
trabajadoras, estos grupos parezcan irrelevantes para garantizar sus derechos”.
Era claro y contundente
Joan Coscubiela cuando afirmaba que de prosperar el no, y aunque las razones de
los grupos parlamentarios de izquierdas eran completamente diferentes de las de
los grupos de derechas, el resultado “sería el mismo, restaurar la vigencia del
Decretazo de Rajoy con toda la precariedad que ello comporta”, defendiendo una
tesis radicalmente distinta y que engarza con buena parte de los argumentos que
he expuesto en mis artículos sobre la reforma: la norma “supone una
discontinuidad nítida respecto a la política laboral de las últimas cuatro
décadas. Rompe de manera inequívoca con los fundamentos ideológicos que han
justificado toda la legislación laboral, con alguna excepción, desde la reforma
del estatuto de los trabajadores de 1984”
Expliqué, al igual
que lo había hecho en la jornada organizada el 19 de enero por el Partido de
los Socialistas de Cataluña y en una posterior que tuvo lugar el día 26
organizada por la Federación de Municipios de Cataluña, que la redacción actual
del título III de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en concreto su
art. 83.2, no ha impedido en modo alguno la existencia de acuerdos
interconfederales autonómicos y convenios colectivos del mismo ámbito
territorial como lo acredita, por ejemplo, el buscador de convenios colectivosde la Consejería de Empresa y Trabajo . Que la tan debatida autorización previa para los despidos había servido
durante el tiempo de su vigencia básicamente para obligar a las empresas a
justificar adecuadamente sus peticiones y también a incrementar las
indemnizaciones a abonar para llegar a acuerdos, pero que no era ni mucho menos
la pócima mágica que evitara tales despidos, y que una intervención más
incisiva de control por parte de la ITSS, en una línea ya apuntada por el Plan
estratégico 2021-2023 podía contribuir a lograr el objetivo perseguido, además
de haber sido fuertemente cuestionada por el Tribunal de Justicia de la Unión
Europea en su sentencia de 21 de diciembre de 2016, a la que dediqué especial atención
en la entrada “El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ¿héroe o villano? A
propósito de la autorización administrativa para proceder a un despido
colectivo (en Grecia) como una limitación a la libertad de empresa. Notas a la
sentencia del 21 de diciembre (C-2011/15) y amplio recordatorio (muy crítico)
de las conclusiones del abogado general” http://www.eduardorojotorrecilla.es/2016/12/el-tribunal-de-justicia-de-la-union.html
. En fin, que siendo totalmente cierto
que no se había modificado la cuantía de la indemnización ni se habían
recuperado los salarios de tramitación en casos de despido improcedente, la
apuesta decidida por la flexibilidad interna debería llevar a un menor número
de despidos y por consiguiente a que tuvieran menor importancias las omisiones
reseñadas.
8. En el “mientras
tanto”, es decir durante el período previo al debate parlamentario, no han
faltado ni mucho menos las aportaciones doctrinales, de las que efectué una
primera valoración en diversas entradas publicadas del 18 al 23 de enero
Desde ese último
día, o incluso antes si bien no había tenido conocimiento de ellas, ha habido nuevas
y muy interesantes aportaciones, que ahora solo dejo enunciadas, sin perjuicio
de prestar más atención a alguna o algunas en posteriores entradas.
Sólo hago una
excepción, la referida a uno de los maestros del laboralismo español el profesor
Manuel Carlos Palomeque, que escribe el editorial de la revista Trabajo y Derecho
núm. 86, del mes de febrero, con el título “Derogar la reforma laboral o dejar
de hacerlo: ¿Cuál era cuestión”, en la que analiza, desde una perspectiva tanto
jurídica como política, la reforma, para concluir que “A la postre, la «derogación de la reforma
laboral del Partido Popular» se ha saldado pues con la abolición de, tan solo,
algunos extremos lesivos procedentes de aquella, que bienvenida sea, claro es,
pero que no agota la «relación de agravios» tantas veces denunciada. La
derogación «solo ha podido» ser esto, habría que concluir, a pesar de cuanto se
prometió y de los muchos esfuerzos desplegados para llevarla a buen término.
Una derogación «parcial», lejos de la revisión general del modelo por supuesto,
desde luego satisfactoria a mi juicio en cada extremo abordado, pero incompleta.
¿La única posible a día de hoy? No podría decirlo. ¿Podemos estar satisfechos,
de todos modos? Yo sí lo estoy en alto grado, sin perjuicio de lo dicho”.
Encontramos una valoración
general de la reforma en el artículo de la profesora María José López Álvarez “Clavesde la reforma laboral”, publicado en el núm. 1647 (febrero 2022) de Noticias
Obreras
En los briefs publicados
por la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social ya
disponemos de tres nuevos artículos: la profesora María José López Aniorte aborda
“El papel de la negociación colectiva en la reforma laboral” ; el profesor Juan García Blasco centra su atención en el aspecto sancionador,
en su artículo “Reforma laboral, infracciones en el orden social yreforzamiento del papel de la Inspección de Trabajo” ; por fin, mi compañera la de la unidad docente de DTSS de la UAB, profesora
Carolina Gala, disecciona con su acostumbrada rigurosidad “Los contenidos enmateria de Seguridad Social del Real Decreto-Ley 32/2021”
En una web que se
ha convertido también ya de obligado seguimiento, net.21.org, encontramos
nuevos artículos recientemente publicados: el muy amplio análisis que realiza
el profesor Juan López Gandía de “Loscontratos formativos tras la reforma laboral de 2021” , y el no menos extenso y riguroso artículo de la profesora Dulce Cairós
Barreto, “Implicaciones de la derogación del contrato para obra o servicio determinadodel art. 15.1 a) LET sobre los contratos de obra o servicio derivados deproyectos de investigación” . Además, se han puesto en marcha entrevistas (webinars) entre miembros de ladoctrina laboralista, de indudable interés, siendo la primera, ya disponible en
la web, la celebrada entre la profesora Adoración Guamán y el profesor Antonio
Baylos
Por su parte, el
profesor Jesús Lahera Forteza ha seguido difundiendo su tesis favorable a la
reforma en la prensa económica, siendo su última aportación la titulada “Unareforma laboral equilibrada”, publica da en el diario Cinco Días el 31 de enero
No conviene
olvidar desde luego las aportaciones periódicamente publicadas en el blog de
Iuslablog, siendo la mas reciente la del profesor Francisco Javier Calvo Gallego
“Caracterización general de la reforma de la contratación. Ideas generalessobre los mecanismos de actuación” , También, el profesor Miguel Rodríguez Piñero Royo ha
reflexionado sobre “La lucha contra la temporalidad en el mercado de trabajo enEspaña: un análisis histórico” , mientras que la profesora María Luisa Pérez Guerrero se ha acercado al art.
42 de la LET en su artículo “La reforma de la subcontratación: una reforma demínimos”
Por último,
conviene también prestar atención a los diversos informes que publica el
servicio de estudios de la UGT en los que se analizan los distintos contenidos de la reforma.
9. Concluyo el
artículo. Aquí queda la historia de una semana de reforma. Ahora, una vez se
reanude mañana la actividad docente, tocara explicarla a las alumnas y los
alumnos, tanto en los estudios de Grado en Derecho y del doble Grado de Derecho
y Administración y Dirección de Empresas como de Máster, y por ello,
afortunadamente, sí podremos hablar de normas que serán de utilidad para la
gran mayoría de ellos y ellas, jóvenes de 22 o 23 años…, ¡y por supuesto
también para las y los de mayor edad!
Buena lectura.
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