1. El Instituto de
Estudios del Trabajo de la Universidad Autónoma de Barcelona celebra hoy, en
formato mixto presencial y virtual, su X Jornada anual, que tiene por título el
que aparece en esta entrada.
Según se informa
en el programa, “tendrán el objetivo de hacer balance, de forma transversal y
pluridisciplinar, de los riesgos psicosociales en estos últimos quince años en
España en el sector público. Además, se tratarán los temas del empleo en el
sector de los cuidados de larga duración y de la evaluación de los riesgos y
los posibles beneficios del teletrabajo y la desconexión”
Justamente, la
primera mesa de debate estará dedicada a las condiciones de trabajo, siendo la y
los ponentes, y la temática que será abordada en cada una de sus exposiciones,
los siguientes: Dr. Albert Navarro (Universidad Autónoma de Barcelona):
"Exposición a riesgos laborales y psicosociales y salud mental: evidencias
en España en el período 2005 - 2021". Dr. Alejandro Godino (Universidad
Autónoma de Barcelona): "Relaciones y condiciones de trabajo en los
cuidados residenciales". Dra. Amanda Moreno (Universidad Carlos III):
"Teletrabajo y desconexión como medida de prevención". La moderación estará
cargo del Dr. Oscar Molina (Universidad
Autónoma de Barcelona).
La segunda mesa de
debate girará alrededor de la realidad jurídica y sociológica del empleo público,
siendo este el programa: Dr. Miguel Ángel García Calavia (Universidad de
Valencia): "El empleo público en España: insuficiente, envejecido y (una
parte) precarizado." Dr. Xavier Boltaina (Universidad de Barcelona):
"La ley de estabilización del personal temporal en la Administración:
debilidades y fortalezas del proceso excepcional." Dr. Ignasi Beltrán
(Universitat Oberta de Catalunya): "El equilibrio entre los principios de
acceso al empleo público y la estabilidad en el trabajo: un enfoque con
perspectiva comunitaria." La moderación estará a cargo de la Dra. Dra.
Helena Ysàs (Universidad Autónoma de Barcelona).
2. El interés de
las Jornadas del IET desde su puesta en marcha radica en la trascendencia de
los asuntos que han sido objeto de atención en cada una de ellas y que
posteriormente, con dos paréntesis en 2015 y 2020, se han concretado en los
distintos escritos que conforman su Anuario, habiéndose publicado ya siete,
tratando los siguientes temas: Vol. 1 (2013) Las reformas y el empleo. Vol. 2
(2014) ¿Un nuevo modelo de relaciones laborales para Europa? Vol. 3 (2016) El
empleo emergente. Vol. 4 (2017) Desigualdades en el mercado de trabajo después
de la Gran Recesión. Vol. 5 (2018)
Presente y futuro del trabajo. Vol. 6 (2019).
Transiciones al empleo. Vol. 7 (2021) De la Gran Recesión a la Pandemia.
Justamente la
anterior Jornada, en situación de crisis sanitaria, debió celebrarse únicamente
en formato virtual, con el título “"De la gran recesión a la pandemia:
impacto sobre el trabajo y las relaciones laborales", con el objetivo de “favorecer
el debate y la reflexión conjunta entorno al impacto de los cambios en las
formas de empleo y trabajo sobre las relaciones laborales y las condiciones de
trabajo y salud, con el trasfondo de la pandemia del COVID-19”.
3. Sin duda la
Jornada de este año tiene un especial interés por la compleja problemática de
las relaciones de trabajo en las Administraciones Públicas y los cambios
normativos que se han operado en los últimos, y muy recientes, tiempos.
Baste citar ahora en
primer lugar la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público, resultado de la tramitación
parlamentaria del Real Decreto-Ley 14/2021 de 6 julio, en el que se produjeron
importantes modificaciones y que serán analizadas en la segunda mesa de debate.
En segundo término,
el RDL 32/2021 de 28 de diciembre de 28 de diciembre, de medidas urgentes para
la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la
transformación del mercado de trabajo, que ha incorporado disposiciones de mucha
importancia específica para el empleo público, tales como las disposiciones
adicionales cuarta y quinta, y la disposición derogatoria relativa a la
inaplicación de la normativa sobre despidos colectivos en las AA PP que estaba
recogida en la reforma laboral de 2012. Para mi análisis de la norma remito a
las personas interesadas a esta entrada
Y obviamente, no
cabe olvidar la importancia que ha tenido, tiene, y muy probablemente seguirá
teniendo, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ha
debido dar respuesta a diversas peticiones de decisión prejudicial planteadas
por juzgados y tribunales españoles, tanto del orden jurisdiccional social como
del contencioso-administrativo, sobre la situación contractual del personal y
su adecuación a derecho, así como también sobre qué debe entenderse por
condiciones de trabajo y las posibles (mínimas) diferencias que pueden existir
entre el personal “estable” (funcionario de carrera, fijo laboral) y el “temporal”.
Sobre la compleja temática
jurídica del personal funcionario interino y laboral temporal, y más
exactamente sobre la nueva regulación resultante de la Ley 20/2021 y del RDL 32/2021,
ya hay destacadas aportaciones doctrinales, entre ellas obviamente las de los
profesores Xavier Boltaina e Ignasi Beltrán deHeredia ,
participantes en la Jornada y cuya lectura recomiendo.
También merecen
traerse a colación el amplio análisis del magistrado de la Sala Social del
Tribunal Supremo Antonio V. Sempere “La temporalidad en el sector público trasla Ley 20/2021 de 28 de diciembre” , centrado en el personal laboral temporal, y el documento publicado por el
Gabinete Técnico Federal de Servicios Públicos de la UGT “Análisis del RealDecreto-Ley 32/2021, de 28 de diciembre. Incidencia de sus aspectos más importantesen las Administraciones Públicas y su personal laboral”
4. Permítanme que
me acerque ahora, siquiera sea con brevedad, a los datos disponibles sobre el
personal al servicio de las Administraciones Públicas, ya que el examen del
marco normativo y su concreta aplicación, y las dificultades existentes para
ello, y por supuesto el de las condiciones de trabajo, requiere un previo
conocimiento de dónde se encuentran las personas que trabajan.
A grandes trazos,
y de acuerdo con los últimos datos disponibles, de julio de 2021 y muy recientemente
publicados en el Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las AdministracionesPúblicas ,
en esa fecha el personal al servicio de
las AA PP era un total de 2.728.749, destacándose en la nota oficial depresentación del último Boletín que “De estos, más de la mitad (59,54%) presta
servicio en el sector público de las Comunidades Autónomas, seguido de un
21,53% en el sector público de la Administración Local y el 18,92% en el sector
público del Estado”, por lo que “se mantiene uno de los rasgos que definen al
empleo público en España, su descentralización, en consonancia con la propia
organización territorial del Estado”.
Concretemos algo
más. Así, a 1 de julio de este año, del total de 2.728.749, 1.463.078 son
personal funcionario, 610.166 personal laboral y 655.505 “otro personal”, con
especial impacto del segundo y tercer colectivo en las Administraciones
autonómicas y locales (210.492 y 562.716 las primeras, y 318.985 y 79.228 las
segundas), y mucho menor en la Administración del Estado (80.689 y 13.561).
La tipología de
personal utilizada, y que toma evidentemente como punto de referencia la que
consta en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, incluye, además del
personal funcionario de carrera, el personal estatutario de los servicios de
salud y el personal laboral (“el que en virtud de contrato de trabajo
formalizado por escrito en cualquiera de las modalidades de contratación de
personal previstas en la legislación laboral, presta sus servicios retribuidos
por las Administraciones Públicas”), el ya citado “otro personal”, en el que se
incluye, en su gran mayoría el personal funcionario interino, es decir “el que,
por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, es nombrado como
tal para el desempeño de funciones propias de personal funcionario de carrera,
cuando se dé alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 10 del Real
Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido del Estatuto Básico del Empleado Público”.
Si de los porcentajes
generales anteriormente enunciados pasamos, de forma desagregada, a la realidad
de cada Administración, hay cambios considerables: en efecto, en la AGE son 81,75,
2,63 y 15,63 % respectivamente; en las Administraciones autonómicas, 52,42, 12,95
y 34,64, y en las locales 32,22, 13,48 y 54,29 % respectivamente. Obsérvese que
es en las Administraciones Locales donde se concentra en mayor medida la
problemática del personal interino laboral, que está por encima de la media del
personal que presta servicios para las mismas, y el importante peso que tiene
el personal interino (en régimen funcionarial y laboral) en las
Administraciones autonómicas.
No menos importante
es conocer la tipología del personal por razón de sexo, que tanto en los datos
globales como por cada Administración constatan mayoría femenina, con especial
incidencia en el grupo de “otro personal” y muy especialmente en las
Administraciones autonómicas que tienen competencias en materia de sanidad y
educación. Es decir, tal como se recoge en la nota antes citada “un 57,58% de
los efectivos al servicio de las AAPP son mujeres y un 42,42% son hombres. Se
puede destacar que el porcentaje de mujeres supera al de hombres en la mayoría
de los casos, y sólo en las Fuerzas Armadas y Fuerzas y Cuerpos de seguridad
del Estado el porcentaje de hombres supera en gran medida al de mujeres (12,1%
de mujeres sobre el total)”.
Del total de
2.728.749, 1.157.410 son hombres y 1.571.339 mujeres. En el personal
funcionario de carrera hay poca diferencia (700.969 y 762.109), al igual que
ocurre en el personal laboral (275.497 y 334.669), estando, como ya he
apuntado, el grueso de la diferencia en “otro personal” (principalmente personal
interino) (180.944 y 474.561, consecuencia de una amplia presencia femenina en
los dos sectores de sanidad y educación).
5. En la Jornada
serán objeto de estudio las condiciones de trabajo del personal al servicio de
las AA PP. Una cuestión que serán sin duda abordada será el impacto de la digitalización
y como afecta tanto a las personas trabajadoras como al conjunto de la
ciudadanía.
Es interesante al
respecto el reciente documento elaborado por el servicio de estudios de la UGT “Digitalizaciónde la Administración Pública” (enero 2022) ,
en el que se presentan propuestas sobre temáticas
de indudable afectación a todo el personal como son el volumen de empleo en el
sector público (teniendo presente” el envejecimiento de las plantillas y la
próxima jubilación de un elevado número de empleados públicos”), la organización
del trabajo, las políticas de formación
y recualificación, los perfiles profesionales y todo lo relativo a la
selección, carrear, promoción y provisión, y evidentemente también las retribuciones;
propuestas que se efectúan desde un planteamiento previo general que se
concreta en estos tres puntos: “Que los servicios públicos digitales sean siempre
una opción para aquellos que los prefieren y no una obligación que acreciente
la división digital. Si los servicios públicos se entregan de forma digital por
defecto, tendrá que haber también opciones no digitales. Innovar ofreciendo
nuevos servicios personalizados, generando valor público. Evitar brechas
digitales por cualquier razón (geográficas, formativas, poder adquisitivo,
edad, etc.)”.
6. En suma, la
Jornada servirá para poner en común y debatir sobre una realidad laboral que
afecta a más de 2.700.000 personas, y será, como ha sido en años anteriores, un
ámbito de diálogo sereno que tiene por objetivo contribuir a formular
propuestas que redunden en beneficio de las personas trabajadoras. Debate,
diálogo y propuestas, trilogía que alcanza hoy en día una extraordinaria
importancia ya que es muy poco frecuente, desgraciadamente, encontrarla en el
ámbito político y social. Por ello, bienvenida sea esta nueva Jornada.
Buena lectura.
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