1. El Consejo
Europeo llegó a un acuerdo , en la madrugada del día 21 de julio, sobre
el plan de reconstrucción económico, incluyendo tanto las medidas dirigidas
específicamente a mitigar las devastadoras consecuencias sociales y económicas
provocadas por la crisis sanitaria, como el marco financiero plurianual
2021-2007 que lógicamente ha debido retocarse por dicha crisis con respecto al
presentado inicialmente por la Comisión Europea.
En la introducción
se explica que “A partir de las amplias consultas que ha mantenido el
presidente del Consejo Europeo y de los trabajos realizados en el Consejo, las
conclusiones presentan una solución equilibrada que atiende a los intereses y
las posiciones de todos los Estados miembros. Se trata de un paquete ambicioso
y exhaustivo que reúne el clásico MFP junto con medidas extraordinarias de
recuperación destinadas a hacer frente a los efectos de una crisis sin precedentes,
atendiendo al interés superior de la UE”, y también que “«Next Generation EU» y el MFP van unidos. Necesitamos unas
medidas de recuperación que proporcionen una respuesta rápida y eficaz a un
desafío temporal, pero estas solo lograrán el resultado deseado y serán sostenibles
si se vinculan armónicamente con el MFP tradicional, que viene definiendo
nuestras políticas presupuestarias desde 1988 y ofrece una perspectiva a largo
plazo”. Las
En esta ocasión las
conclusiones no pueden, o mejor dicho no deberían, leerse “de un tirón”, sino
que la mayor parte de las 68 páginas tienen un contenido indudablemente
importante porque hay referencias concretas a las distintas medidas adoptadas
y, mucho más relevante, a la distribución de los fondos a los distintos Estados
miembros según los criterios aprobados.
La especial
afectación de los fondos a los países más afectados por la crisis hace que
España resulte ser, según el gobierno, el segundo más beneficiado por dicha
distribución, alrededor de 140.000 millones de euros, o lo que es lo mismo un
11 % de nuestro Producto Interior Bruto en 2019. Tal como explicó la portavoz
del gobierno, la ministra de Hacienda María Jesús Montero, en la rueda de prensaposterior al Consejo algo más de la mitad, 72.500 millones de
euros “llegarán en forma de transferencias directas, que se tendrán que
ejecutar entre los años 2020 y 2026, y el resto de los recursos en forma de
préstamos”; cuantía que, subrayó la portavoz, “representan casi diez veces más
que los Fondos de Cohesión que hemos recibido en los últimos años. Su objetivo
es impulsar la recuperación inmediata de economía y su modernización, y que esa
recuperación se traslade a los sectores de la población más afectados por la
crisis, con el propósito de que "nadie se quede atrás".
2. Como era lógico
suponer, la síntesis del acuerdo ha sido ampliamente publicitado y difundido en
medios de comunicación y redes sociales, y ya encontramos artículos que lo
valoran muy positivamente y otros que ponen el acento en las incertidumbres que
deja abiertas de cada al futuro y en los retrocesos que supone respecto a las
propuestas inicialmente planteadas por la Comisión.
Justamente, estos
claroscuros han sido enfatizados por los representantes del Parlamento Europeoen el proceso negociador, habiendo manifestado lo siguiente: “El Instrumento de
Recuperación es un paso importante hacia una nueva ambición para la Unión: más
verde, más competitiva y digital. Este préstamo masivo es un momento histórico
para la Unión Europea, y no debemos ignorar lo que acaba de suceder". Sin
embargo, lamentamos que los Estados miembros hayan decidido abandonar por
completo la "solución puente", cuyo objetivo era precisamente dar una
respuesta inmediata a la crisis de los ciudadanos, tras el brote de Covid-19.
En un contexto en el que el virus vuelve a aumentar, los ciudadanos necesitan
certeza. El Parlamento seguirá trabajando con ahínco para que la recuperación
comience sin demora. Además, debe aumentar considerablemente la supervisión
democrática: El Parlamento, como una de las ramas de la autoridad
presupuestaria, luchará por participar plenamente en el establecimiento y la
aplicación del Instrumento de Recuperación". martes”.
A la espera de la
aprobación definitiva del plan, tras el obligado acuerdo con el Parlamento
Europeo y la que corresponde a cada Estado miembro según su marco
constitucional, pongo a disposición de los lectores y lectoras el texto íntegrodel documento, que será sin duda de especial interés para quienes siguen con
atención la política europea y conocen en mayor o menor medidas los entresijos
de la elaboración de tales acuerdos después de muchas horas de negociación, la
mayor parte de ellas “fuera de las cámaras”.
Por mi parte, y
aquí sí que hay obviamente una dosis muy amplia de subjetividad, he
seleccionado, para su reproducción en esta entrada, aquellos contenidos que me
han parecido, tanto jurídica como económica y políticamente hablando, los más
significativos y con incidencia especial en el ámbito laboral, de protección
social y de las políticas de inmigración. Además, aparecen en negrita los que
estimo que son de mayor importancia.
Para un necesario
complemento, y mejor entendimiento, del acuerdo, es necesario recordar la propuesta
de Recomendación sobre las orientaciones generales de política económica, y
para España las propuestas de Recomendaciones específicas, ambas hechas
públicas el 20 de mayo, cuyo análisis detallado efectué en la entrada “UE Elsemestre europeo tras la pandemia del Covid-19, muy diferente del de añosanteriores. Notas sobre la Recomendación general y la propuesta al Consejo deRecomendación sobre España, y recordatorio de los documentos anteriores”.
Y concluyo
diciendo que creo que es un buen acuerdo para que España pueda avanzar en la
recuperación de esta grave crisis, y que todavía puede serlo más si la
conciencia de la gravedad de la situación sanitaria no se va diluyendo entre la
ciudadanía, entre todos nosotros, y pensamos que “a mi no me pasará nada”,
porque, sí, a cualquier de nosotros nos puede pasar y pesar.
Buena lectura.
I. “Next Generation
EU”.
A3. Con el fin de
dotar a la Unión de los medios necesarios para hacer frente a los desafíos planteados
por la pandemia de COVID-19, se autorizará a la Comisión a contraer empréstitos
en los mercados de capitales en nombre de la Unión. Los ingresos se
transferirán a los programas de la Unión de conformidad con «Next Generation
EU».
A5. En lo que respecta a «Next
Generation EU», la Decisión sobre Recursos Propios facultará a la Comisión para
contraer empréstitos en los mercados de capitales en nombre de la Unión por un
importe máximo de 750 000 millones EUR a precios de 2018. El endeudamiento neto
nuevo cesará, a más tardar, al término de 2026. La Unión utilizará los
empréstitos contraídos en los mercados de capitales con el único fin de hacer frente
a las consecuencias de la crisis de la COVID-19.
A6. Los
empréstitos contraídos podrán utilizarse para conceder préstamos por un importe
máximo de 360 000 millones EUR a precios de 2018 y para sufragar gastos por un
importe máximo de 390 000 millones EUR a precios de 2018.
A12. Dado que es
preciso movilizar rápidamente la ayuda a la recuperación, es importante crear
las condiciones adecuadas para que se ejecuten con prontitud los proyectos de
inversión, particularmente en infraestructuras. Se invita a la Comisión a que
presente, antes del Consejo Europeo de octubre, propuestas sobre el modo de
acelerar y facilitar los procedimientos en los Estados miembros.
A14. Los importes asignados en el
marco de «Next Generation EU» para los distintos programas serán los
siguientes:
• Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia 672 500 millones EUR
de los cuales préstamos 360 000
millones EUR
de los cuales subvenciones 312 500
millones EUR
• REACT-EU: 47
500 millones EUR
• Horizonte
Europa: 5 000 millones EUR
• InvestEU: 5
600 millones EUR
• Desarrollo
rural: 7 500 millones EUR
• Fondo de
Transición Justa: 10 000 millones EUR
• rescEU: 1
900 millones EUR
• Total: 750 000 millones EUR
A16. La clave de
reparto de los compromisos en el marco del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia para los años 2021-2022 se establecerá con arreglo a la propuesta
de la Comisión. Con respecto a la clave de reparto para el año 2023, el
criterio de desempleo durante el periodo 2015-2019 se sustituye, en igual
proporción, por la pérdida del PIB real registrada durante 2020 y por la
pérdida acumulada del PIB real registrada durante el periodo 2020-2021 y esta
se calculará a más tardar el 30 de junio de 2022.
A18. Los Estados
miembros elaborarán planes nacionales de recuperación y resiliencia que
expongan el programa de reformas e inversiones del Estado miembro en cuestión
para el periodo 2021-2023. Los planes se revisarán y adaptarán según proceda en
2022 para tener en cuenta la asignación definitiva de fondos correspondiente a
2023.
A19. La Comisión
evaluará los planes de recuperación y resiliencia en un plazo de dos meses a
partir de su presentación. Los criterios relativos a la coherencia con las
recomendaciones específicas por país así como al refuerzo del potencial de
crecimiento, la creación de empleo y la resiliencia económica y social del
Estado miembro deberán obtener la puntuación más alta de la evaluación. La
contribución efectiva a la transición ecológica y digital también será
condición indispensable para conseguir una evaluación positiva.
El Consejo, por
mayoría cualificada y a propuesta de la Comisión, aprobará la evaluación de los
planes de recuperación y resiliencia mediante un acto de ejecución que el
Consejo procurará adoptar en un plazo de 4 semanas a partir de la propuesta.
La evaluación
positiva de las solicitudes de pagos estará supeditada al cumplimiento
satisfactorio de las metas y los objetivos pertinentes.
La Comisión
solicitará el dictamen del Comité Económico y Financiero sobre el cumplimiento
satisfactorio de las metas y los objetivos pertinentes. El Comité Económico y
Financiero se esforzará por alcanzar un consenso. En el caso excepcional de que
uno o más Estados miembros consideren que existen desviaciones graves del
cumplimiento satisfactorio de las metas y los objetivos pertinentes, podrán
solicitar al presidente del Consejo Europeo que remita la cuestión al próximo
Consejo Europeo.
La Comisión
adoptará una decisión sobre la evaluación del cumplimiento satisfactorio de las
metas y los objetivos pertinentes y sobre la aprobación de los pagos de
conformidad con el procedimiento de examen.
De someterse la
cuestión al Consejo Europeo, la Comisión no tomará decisión alguna sobre el
cumplimiento satisfactorio de las metas y los objetivos ni sobre la aprobación
de los pagos hasta que el próximo Consejo Europeo haya debatido la cuestión de
manera exhaustiva. Este proceso no deberá, en principio, demorarse más de tres
meses a partir del momento en que la Comisión haya solicitado al Comité
Económico y Social su dictamen. Este proceso se ajustará al artículo 17 del TUE
y el artículo 317 del TFUE.
II. MFP 2021-2027.
A23. El importe
global para compromisos es de 1,0743 billones EUR. Esta cifra es algo inferior
a la de febrero y debe entenderse en el contexto del ambicioso esfuerzo europeo
de recuperación expuesto en la primera parte del presente documento.
I. Cuestiones
horizontales.
2. El MFP para
el periodo 2021-2027 tendrá la estructura siguiente:
- rúbrica 1:
«Mercado único, innovación y economía digital»;
- rúbrica
2: «Cohesión, resiliencia y valores», que incluirá una subrúbrica para la
cohesión económica, social y territorial y una subrúbrica para resiliencia y
valores;
- rúbrica 3:
«Recursos naturales y medio ambiente», que incluirá un sublímite máximo para
los gastos en concepto de ayudas relacionadas el mercado y los pagos directos;
- rúbrica
4: «Migración y gestión de las fronteras»;
- rúbrica 5:
«Seguridad y defensa»;
- rúbrica 6:
«Vecindad y resto del mundo»;
- rúbrica 7: «Administración
pública europea», que incluirá un sublímite máximo para los gastos
administrativos de las instituciones.
La agrupación del
gasto por rúbricas y bloques de políticas tiene como finalidad reflejar las
prioridades políticas de la Unión y ofrecer la flexibilidad necesaria en
interés de la asignación eficiente de los recursos. Además, la reducción del
número de programas persigue garantizar la coherencia y promover las sinergias.
La simplificación se plasmará en el marco general y dará lugar a una
reducción de los trámites burocráticos para los beneficiarios y las autoridades
de gestión, además de fomentar la igualdad de oportunidades al garantizar que
las consideraciones de igualdad de género se incorporen a las actividades y
acciones de los programas e instrumentos pertinentes y contribuyan a la
igualdad entre hombres y mujeres.
3. La cifra total máxima de gasto
de la UE-27 para el periodo 2021-2027 es de 1 074 300 millones EUR en créditos
de compromiso, incluida la integración del Fondo Europeo de Desarrollo, y de 1
061 058 millones EUR en créditos de pago. El desglose de los créditos de
compromiso se recoge más adelante. Estas cifras se recogen también en el cuadro
del anexo del presente anexo, que indica asimismo el calendario de los créditos
de pago. Todas las cantidades se expresan a precios constantes de 2018. Se
realizarán cada año adaptaciones técnicas automáticas para tener en cuenta la
inflación, utilizando un deflactor fijo del 2 %.
17. Hay que seguir potenciando
la función de apoyo que desempeña el presupuesto de la UE en la ejecución
efectiva de los objetivos de actuación a escala de la Unión, en particular
reforzando el vínculo entre el presupuesto de la UE y el Semestre Europeo, lo
que incluye facilitar la aplicación del pilar europeo de derechos sociales, y
también en los ámbitos de la migración, del medio ambiente y la lucha contra el
cambio climático y de la igualdad entre mujeres y hombres, así como de los derechos
y la igualdad de oportunidades para todos.
19. Debe adoptarse un
planteamiento global de la migración, que conjugue un control más efectivo de
las fronteras exteriores de la UE, una acción exterior reforzada y los aspectos
internos, de modo acorde con los principios y valores de la UE. Este objetivo
se logrará de manera más coordinada en los programas de las rúbricas
pertinentes, en particular mediante la rápida movilización de fondos, teniendo
en cuenta las necesidades relacionadas con los flujos migratorios. A tal
efecto, se utilizarán componentes específicos y significativos para abordar las
cuestiones de migración exterior en las rúbricas 4, 5 y 6.
20. Durante la preparación, la
ejecución y el seguimiento de los programas pertinentes, deberán tenerse en
cuenta y fomentarse la igualdad entre mujeres y hombres, los derechos y la
igualdad de oportunidades para todos, y la integración transversal de estos
objetivos.
II. Parte I. Gastos.
Rúbrica 2. Cohesión, resiliencia y
valores.
34. El objetivo de
esta rúbrica es contribuir al valor añadido de la UE impulsando la
convergencia, apoyando la inversión, la creación de empleo y el crecimiento,
contribuyendo a reducir las disparidades económicas, sociales y territoriales
en los Estados Miembros y en toda Europa, y dando cumplimiento a los programas
de Bratislava y Roma. Esta rúbrica invierte en el desarrollo regional, la
cohesión y la resiliencia, así como en las personas, la cohesión social y los
valores. Desempeñará un papel crucial, pues contribuirá a un crecimiento
sostenible y a la cohesión social, y fomentará los valores comunes.
35. Los créditos
de compromiso previstos en esta rúbrica no excederán de 377 768 millones EUR,
de los cuales 330 235 millones EUR se destinarán a la subrúbrica 2a «Cohesión
económica, social y territorial» y 47 533 millones EUR se destinarán a la
subrúbrica 2b «Resiliencia y valores»:
… Política de
cohesión.
36. El principal
objetivo de la política de cohesión consiste en concebir y ejecutar acciones
encaminadas a reforzar la cohesión económica, social y territorial
contribuyendo a reducir las disparidades entre los niveles de desarrollo de las
distintas regiones así como el retraso de las regiones menos favorecidas. A
través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), del componente de
gestión compartida del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y del Fondo de
Cohesión, la política de cohesión perseguirá los siguientes objetivos:
«Inversión en crecimiento y empleo» en los Estados miembros y las regiones, con
el apoyo de todos los Fondos; y «Cooperación territorial europea», con el apoyo
del FEDER.
37. La política de
cohesión desempeñará un papel cada vez más importante en el apoyo al proceso de
reforma económica emprendido por los Estados miembros al reforzar el vínculo
con el Semestre Europeo. La Comisión y los Estados miembros tendrán en cuenta
durante todo el proceso las correspondientes recomendaciones específicas por
país.
Método de asignación para las
regiones más desarrolladas que pueden optar a financiación con arreglo al
objetivo «Inversión en crecimiento y empleo»
48. La dotación financiera inicial
teórica total se obtendrá multiplicando una intensidad media anual per cápita
de la ayuda de 15,2 EUR por la población que puede optar a financiación.
49.
La parte que corresponde a cada Estado miembro afectado será la suma de las
partes correspondientes a las regiones de ese Estado que pueden optar a
financiación, que se determinarán según los siguientes criterios y se
ponderarán como se indica:
a) población regional total (ponderación del 20 %);
b) número de personas desempleadas en las regiones de
nivel NUTS 2 con una tasa de desempleo superior a la media de todas las
regiones más desarrolladas (ponderación del 12,5 %);
c) puestos de trabajo que se deben añadir para
alcanzar la tasa media de empleo (grupo de edad: entre 20 y 64 años) de todas
las regiones más desarrolladas (ponderación del 20 %);
d) número de personas de edades comprendidas entre 30
y 34 años con titulaciones de educación superior que se debe añadir para
alcanzar la media de personas con titulaciones de educación superior (grupo de
edad: entre 30 y 34 años) de todas las regiones más desarrolladas (ponderación
del 22,5 %);
e) número de personas que abandonan prematuramente la
educación o formación (grupo de edad: entre 18 y 24 años) que hay que deducir
para alcanzar la media de personas que abandonan prematuramente la educación o
formación (grupo de edad: entre 18 y 24 años) de todas las regiones más
desarrolladas (ponderación del 15 %);
f) diferencia entre el PIB observado de la región
(medido en EPA) y el PIB regional teórico si la región tuviera el mismo PIB per
cápita que la región más próspera de nivel NUTS 2 (ponderación del 7,5 %);
g)
población de las regiones de nivel NUTS 3 cuya densidad de población sea
inferior a 12,5 habitantes por km2 (ponderación del 2,5 %).
Invertir en las
personas, la cohesión social y los valores
76. El FSE+
proporcionará un amplio apoyo al empleo juvenil, la mejora y recuperación de
capacidades de los trabajadores, la inclusión social y la reducción de la
pobreza, incluida la pobreza infantil, mediante la fusión de los programas
existentes: el Fondo Social Europeo, la Iniciativa de Empleo Juvenil, el Fondo
de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas y el Programa para el
Empleo y la Innovación Social.
La dotación
financiera total destinada al FSE+ para el periodo 2021-2027 será de 87 995
millones EUR, de los cuales:
• 676 millones EUR
se destinarán al capítulo del FSE+ en régimen de gestión directa e indirecta;
• 87 319 millones
EUR se destinarán al capítulo del FSE+ en régimen de gestión compartida con
arreglo al objetivo «Inversión en crecimiento y empleo».
El capítulo en
régimen de gestión compartida seguirá estando en una subrúbrica junto con el
FEDER y el Fondo de Cohesión.
77. En lo que se
refiere a los recursos del FSE+ en régimen de gestión compartida, cada Estado
miembro asignará:
a) un mínimo del
25 % a los objetivos específicos de inclusión social, incluida la integración
de los migrantes;
b) un mínimo del 2
% al objetivo específico de la lucha contra la privación material;
c) un mínimo del
10 % a acciones adaptadas para los jóvenes que ni estudian, ni trabajan, ni
reciben formación (ninis) en caso de que tengan una tasa de «ninis» superior a
la media de la UE.
Rúbrica 4.
Migración y gestión de fronteras.
101. Con cargo a esta rúbrica se
financian medidas relacionadas con la gestión de las fronteras exteriores, la
migración y el asilo, contribuyendo con ello a la ejecución de los programas de
Bratislava y Roma. La actuación coordinada a escala de la UE tiene un
considerable valor añadido para la Unión, ya que el control efectivo de las
fronteras exteriores es condición indispensable para garantizar una gestión más
eficiente de la migración y un nivel elevado de seguridad interior y
salvaguardar al mismo tiempo el principio de la libre circulación de personas y
mercancías dentro de la Unión. Los programas de esta rúbrica ayudarán a la
Unión Europea y sus Estados miembros a establecer eficazmente un planteamiento
global de la migración
102. Los créditos de compromiso
para esta rúbrica no excederán de 22 671 millones EUR: MIGRACIÓN Y GESTIÓN DE
LAS FRONTERAS
(en millones EUR, a precios de
2018)
|
|||||||
2021
|
2022
|
2023
|
2024
|
2025
|
2026
|
2027
|
|
2 324
|
2 811
|
3 164
|
3 282
|
3 672
|
3 682
|
3 736
|
Migración
103. El Fondo de
Asilo y Migración apoyará a los Estados miembros en la labor de recepción de
los solicitantes de asilo y en la aplicación de medidas de integración. También
apoyará la elaboración de una política común de asilo e inmigración y
facilitará una gestión eficaz de la migración exterior, incluidos los retornos
y la cooperación reforzada con terceros países, en particular los países
limítrofes con la UE o situados cerca de las fronteras de esta. Se aprovecharán
las sinergias con la política de cohesión, que apoya la integración
socioeconómica, y con la política exterior, que se ocupa de la dimensión
externa, incluidas las causas profundas de la migración, y mediante la
cooperación con terceros países en cuestiones de seguridad y gestión de la
migración.
104. La asignación del Fondo de
Asilo y Migración para el periodo 2021-2027 será de 8 705 millones EUR, que se
utilizarán como sigue:
a) 5 523
millones EUR se destinarán a los programas nacionales que se ejecuten en
régimen de gestión compartida;
b) 3 182 millones EUR se destinarán
al instrumento temático.
El instrumento temático incluye un
componente específico y significativo destinado a acciones adaptadas para
abordar la migración exterior.
Las asignaciones a los Estados
miembros se basarán en criterios objetivos relacionados con el asilo, la
migración legal, la integración y la lucha contra la migración irregular,
incluidos los retornos, y se actualizarán en 2024, con efecto a partir de 2025,
a partir de los últimos datos estadísticos disponibles.
Gestión de las fronteras
105. El Fondo para la Gestión
Integrada de las Fronteras proporcionará ayudas para asumir la responsabilidad
común de protección de las fronteras exteriores y salvaguardar al mismo tiempo
la libre circulación de personas en la Unión, y facilitará el comercio
legítimo, contribuyendo a la seguridad y eficiencia de la unión aduanera. Se
establecerán sinergias con los instrumentos de política exterior, a fin de
contribuir a la protección de las fronteras y la gestión de la migración
exterior mediante la cooperación con terceros países.
107. La asignación del Fondo para la Gestión Integrada
de las Fronteras para el periodo 2021-2027 será de 5 505 millones EUR, que se
utilizarán como sigue:
a) 893 millones EUR se destinarán al instrumento de
apoyo financiero para equipo de control aduanero;
b) 4
612 millones EUR se destinarán al Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión
de Fronteras y los Visados, de los cuales:
• 3 228 millones EUR se destinarán a los programas
efectuados en régimen de gestión compartida, de los cuales 189 millones EUR
corresponderán al régimen de tránsito especial;
• 1
384 millones EUR se destinarán al instrumento temático.
El
instrumento temático incluye un componente específico y significativo destinado
a acciones adaptadas para abordar la migración exterior.
Las
asignaciones a los Estados miembros contempladas en la letra b) se basarán en
criterios objetivos relacionados con las fronteras exteriores terrestres, las
fronteras exteriores marítimas, los aeropuertos y las oficinas consulares y se
actualizarán en 2024, con efecto en 2025, a partir de los últimos datos
estadísticos disponibles acerca de dichos criterios.
108. Estas medidas
se complementarán con medidas de fortalecimiento de la Agencia Europea de la
Guardia de Fronteras y Costas (Frontex), para la cual se fija una dotación
total de 5 148 millones EUR, y con el aumento de las contribuciones en especie
de los Estados miembros para apoyar a los Estados miembros situados en primera
línea.
Rubrica 5.
Seguridad y defensa.
111. Con cargo a
esta rúbrica se financiará el Fondo de Seguridad Interior, que contribuirá a
garantizar un alto nivel de seguridad en la Unión, en particular previniendo y
combatiendo el terrorismo y la radicalización, la delincuencia grave y
organizada y la ciberdelincuencia, así como prestando asistencia y protección a
las víctimas de la delincuencia. Se financiarán también acciones dirigidas a la
gestión de la migración exterior en relación con la lucha contra la migración
ilegal y la trata de seres humanos.
Rúbrica 6. Vecindad y resto del
mundo.
117. Esta rúbrica
financia la acción exterior y la asistencia de la Unión a los países que están
preparándose para la adhesión a la Unión. Gracias a una mayor coordinación
entre las políticas exteriores e interiores, se garantizará la correcta
aplicación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, el Acuerdo de París
sobre el Cambio Climático, la Estrategia Global de la UE, el Consenso Europeo
en materia de Desarrollo y la política europea de vecindad, así como la
dimensión exterior de la migración, incluido el Marco de Asociación con
terceros países en el ámbito de la migración. La modernización de la política
exterior demostrará el valor añadido de la UE, al aumentar la eficacia y la
proyección pública de su acción y al equipar mejor a la Unión para perseguir
sus objetivos y valores en el mundo, en estrecha coordinación con los Estados
miembros.
Flexibilidad:
instrumentos especiales temáticos.
135. El importe máximo anual del
Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, un instrumento de solidaridad y
de auxilio de emergencia que proporciona ayuda puntual a trabajadores
despedidos como consecuencia de reestructuraciones derivadas de la
globalización, incluidas las causadas por la automatización y la digitalización,
no excederá de 186 millones EUR (a precios de 2018). Los importes se
movilizarán por encima de los límites máximos establecidos en el MFP para los
compromisos y los pagos.
III. Parte II. Ingresos.
140. Las disposiciones en
materia de recursos propios deberán guiarse por los objetivos generales de
sencillez, transparencia y equidad y basarse en un reparto equitativo de la
carga. La cantidad total de recursos propios asignados al presupuesto de la
Unión para financiar créditos de pago anuales no excederá del 1,40 % de la suma
de todas las RNB de los Estados miembros. La cantidad total de los créditos de
compromiso anuales no excederá del 1,46 % de la suma de todas las RNB de los
Estados miembros. Se mantendrá una relación ordenada entre créditos de
compromiso y créditos de pago.
141. El nuevo
sistema de recursos propios de la Unión Europea entrará en vigor el primer día
del primer mes siguiente al de la recepción de la notificación de la
finalización de los procedimientos para su adopción por el último Estado
miembro. Todos sus elementos serán de aplicación con carácter retroactivo a
partir del 1 de enero de 2021. Los Estados miembros procederán a la adopción de
la nueva Decisión sobre el Sistema de Recursos Propios lo antes posible, de
conformidad con sus respectivos requisitos constitucionales.
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