miércoles, 22 de julio de 2020

Nota descriptiva de los contenidos más destacados de las conclusiones del Consejo Europeo (17-21 de julio de 2020), con especial atención a los ámbitos laboral, de protección social y de inmigración.


1. El Consejo Europeo llegó a un acuerdo  , en la madrugada del día 21 de julio, sobre el plan de reconstrucción económico, incluyendo tanto las medidas dirigidas específicamente a mitigar las devastadoras consecuencias sociales y económicas provocadas por la crisis sanitaria, como el marco financiero plurianual 2021-2007 que lógicamente ha debido retocarse por dicha crisis con respecto al presentado inicialmente por la Comisión Europea. 
 

En la introducción se explica que “A partir de las amplias consultas que ha mantenido el presidente del Consejo Europeo y de los trabajos realizados en el Consejo, las conclusiones presentan una solución equilibrada que atiende a los intereses y las posiciones de todos los Estados miembros. Se trata de un paquete ambicioso y exhaustivo que reúne el clásico MFP junto con medidas extraordinarias de recuperación destinadas a hacer frente a los efectos de una crisis sin precedentes, atendiendo al interés superior de la UE”, y también que “«Next Generation EU»  y el MFP van unidos. Necesitamos unas medidas de recuperación que proporcionen una respuesta rápida y eficaz a un desafío temporal, pero estas solo lograrán el resultado deseado y serán sostenibles si se vinculan armónicamente con el MFP tradicional, que viene definiendo nuestras políticas presupuestarias desde 1988 y ofrece una perspectiva a largo plazo”. Las  

En esta ocasión las conclusiones no pueden, o mejor dicho no deberían, leerse “de un tirón”, sino que la mayor parte de las 68 páginas tienen un contenido indudablemente importante porque hay referencias concretas a las distintas medidas adoptadas y, mucho más relevante, a la distribución de los fondos a los distintos Estados miembros según los criterios aprobados. 

La especial afectación de los fondos a los países más afectados por la crisis hace que España resulte ser, según el gobierno, el segundo más beneficiado por dicha distribución, alrededor de 140.000 millones de euros, o lo que es lo mismo un 11 % de nuestro Producto Interior Bruto en 2019. Tal como explicó la portavoz del gobierno, la ministra de Hacienda María Jesús Montero, en la rueda de prensaposterior al Consejo   algo más de la mitad, 72.500 millones de euros “llegarán en forma de transferencias directas, que se tendrán que ejecutar entre los años 2020 y 2026, y el resto de los recursos en forma de préstamos”; cuantía que, subrayó la portavoz, “representan casi diez veces más que los Fondos de Cohesión que hemos recibido en los últimos años. Su objetivo es impulsar la recuperación inmediata de economía y su modernización, y que esa recuperación se traslade a los sectores de la población más afectados por la crisis, con el propósito de que "nadie se quede atrás".

2. Como era lógico suponer, la síntesis del acuerdo ha sido ampliamente publicitado y difundido en medios de comunicación y redes sociales, y ya encontramos artículos que lo valoran muy positivamente y otros que ponen el acento en las incertidumbres que deja abiertas de cada al futuro y en los retrocesos que supone respecto a las propuestas inicialmente planteadas por la Comisión.

Justamente, estos claroscuros han sido enfatizados por los representantes del Parlamento Europeoen el proceso negociador, habiendo manifestado lo siguiente: “El Instrumento de Recuperación es un paso importante hacia una nueva ambición para la Unión: más verde, más competitiva y digital. Este préstamo masivo es un momento histórico para la Unión Europea, y no debemos ignorar lo que acaba de suceder". Sin embargo, lamentamos que los Estados miembros hayan decidido abandonar por completo la "solución puente", cuyo objetivo era precisamente dar una respuesta inmediata a la crisis de los ciudadanos, tras el brote de Covid-19. En un contexto en el que el virus vuelve a aumentar, los ciudadanos necesitan certeza. El Parlamento seguirá trabajando con ahínco para que la recuperación comience sin demora. Además, debe aumentar considerablemente la supervisión democrática: El Parlamento, como una de las ramas de la autoridad presupuestaria, luchará por participar plenamente en el establecimiento y la aplicación del Instrumento de Recuperación".  martes”. 

A la espera de la aprobación definitiva del plan, tras el obligado acuerdo con el Parlamento Europeo y la que corresponde a cada Estado miembro según su marco constitucional, pongo a disposición de los lectores y lectoras el texto íntegrodel documento, que será sin duda de especial interés para quienes siguen con atención la política europea y conocen en mayor o menor medidas los entresijos de la elaboración de tales acuerdos después de muchas horas de negociación, la mayor parte de ellas “fuera de las cámaras”.

Por mi parte, y aquí sí que hay obviamente una dosis muy amplia de subjetividad, he seleccionado, para su reproducción en esta entrada, aquellos contenidos que me han parecido, tanto jurídica como económica y políticamente hablando, los más significativos y con incidencia especial en el ámbito laboral, de protección social y de las políticas de inmigración. Además, aparecen en negrita los que estimo que son de mayor importancia.

Para un necesario complemento, y mejor entendimiento, del acuerdo, es necesario recordar la propuesta de Recomendación sobre las orientaciones generales de política económica, y para España las propuestas de Recomendaciones específicas, ambas hechas públicas el 20 de mayo, cuyo análisis detallado efectué en la entrada “UE Elsemestre europeo tras la pandemia del Covid-19, muy diferente del de añosanteriores. Notas sobre la Recomendación general y la propuesta al Consejo deRecomendación sobre España, y recordatorio de los documentos anteriores”.    

Y concluyo diciendo que creo que es un buen acuerdo para que España pueda avanzar en la recuperación de esta grave crisis, y que todavía puede serlo más si la conciencia de la gravedad de la situación sanitaria no se va diluyendo entre la ciudadanía, entre todos nosotros, y pensamos que “a mi no me pasará nada”, porque, sí, a cualquier de nosotros nos puede pasar y pesar.

Buena lectura.

I. “Next Generation EU”.

A3. Con el fin de dotar a la Unión de los medios necesarios para hacer frente a los desafíos planteados por la pandemia de COVID-19, se autorizará a la Comisión a contraer empréstitos en los mercados de capitales en nombre de la Unión. Los ingresos se transferirán a los programas de la Unión de conformidad con «Next Generation EU».

A5. En lo que respecta a «Next Generation EU», la Decisión sobre Recursos Propios facultará a la Comisión para contraer empréstitos en los mercados de capitales en nombre de la Unión por un importe máximo de 750 000 millones EUR a precios de 2018. El endeudamiento neto nuevo cesará, a más tardar, al término de 2026. La Unión utilizará los empréstitos contraídos en los mercados de capitales con el único fin de hacer frente a las consecuencias de la crisis de la COVID-19.

A6. Los empréstitos contraídos podrán utilizarse para conceder préstamos por un importe máximo de 360 000 millones EUR a precios de 2018 y para sufragar gastos por un importe máximo de 390 000 millones EUR a precios de 2018.

A12. Dado que es preciso movilizar rápidamente la ayuda a la recuperación, es importante crear las condiciones adecuadas para que se ejecuten con prontitud los proyectos de inversión, particularmente en infraestructuras. Se invita a la Comisión a que presente, antes del Consejo Europeo de octubre, propuestas sobre el modo de acelerar y facilitar los procedimientos en los Estados miembros.

A14. Los importes asignados en el marco de «Next Generation EU» para los distintos programas serán los siguientes:

• Mecanismo de Recuperación y Resiliencia 672 500 millones EUR

de los cuales préstamos 360 000 millones EUR

de los cuales subvenciones 312 500 millones EUR

• REACT-EU: 47 500 millones EUR
• Horizonte Europa: 5 000 millones EUR
• InvestEU: 5 600 millones EUR
• Desarrollo rural: 7 500 millones EUR
• Fondo de Transición Justa: 10 000 millones EUR
• rescEU: 1 900 millones EUR
• Total: 750 000 millones EUR

A16. La clave de reparto de los compromisos en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia para los años 2021-2022 se establecerá con arreglo a la propuesta de la Comisión. Con respecto a la clave de reparto para el año 2023, el criterio de desempleo durante el periodo 2015-2019 se sustituye, en igual proporción, por la pérdida del PIB real registrada durante 2020 y por la pérdida acumulada del PIB real registrada durante el periodo 2020-2021 y esta se calculará a más tardar el 30 de junio de 2022.

A18. Los Estados miembros elaborarán planes nacionales de recuperación y resiliencia que expongan el programa de reformas e inversiones del Estado miembro en cuestión para el periodo 2021-2023. Los planes se revisarán y adaptarán según proceda en 2022 para tener en cuenta la asignación definitiva de fondos correspondiente a 2023.

A19. La Comisión evaluará los planes de recuperación y resiliencia en un plazo de dos meses a partir de su presentación. Los criterios relativos a la coherencia con las recomendaciones específicas por país así como al refuerzo del potencial de crecimiento, la creación de empleo y la resiliencia económica y social del Estado miembro deberán obtener la puntuación más alta de la evaluación. La contribución efectiva a la transición ecológica y digital también será condición indispensable para conseguir una evaluación positiva.

El Consejo, por mayoría cualificada y a propuesta de la Comisión, aprobará la evaluación de los planes de recuperación y resiliencia mediante un acto de ejecución que el Consejo procurará adoptar en un plazo de 4 semanas a partir de la propuesta.

La evaluación positiva de las solicitudes de pagos estará supeditada al cumplimiento satisfactorio de las metas y los objetivos pertinentes.

La Comisión solicitará el dictamen del Comité Económico y Financiero sobre el cumplimiento satisfactorio de las metas y los objetivos pertinentes. El Comité Económico y Financiero se esforzará por alcanzar un consenso. En el caso excepcional de que uno o más Estados miembros consideren que existen desviaciones graves del cumplimiento satisfactorio de las metas y los objetivos pertinentes, podrán solicitar al presidente del Consejo Europeo que remita la cuestión al próximo Consejo Europeo.

La Comisión adoptará una decisión sobre la evaluación del cumplimiento satisfactorio de las metas y los objetivos pertinentes y sobre la aprobación de los pagos de conformidad con el procedimiento de examen.

De someterse la cuestión al Consejo Europeo, la Comisión no tomará decisión alguna sobre el cumplimiento satisfactorio de las metas y los objetivos ni sobre la aprobación de los pagos hasta que el próximo Consejo Europeo haya debatido la cuestión de manera exhaustiva. Este proceso no deberá, en principio, demorarse más de tres meses a partir del momento en que la Comisión haya solicitado al Comité Económico y Social su dictamen. Este proceso se ajustará al artículo 17 del TUE y el artículo 317 del TFUE.

II. MFP 2021-2027.

A23. El importe global para compromisos es de 1,0743 billones EUR. Esta cifra es algo inferior a la de febrero y debe entenderse en el contexto del ambicioso esfuerzo europeo de recuperación expuesto en la primera parte del presente documento.

I. Cuestiones horizontales.

2. El MFP para el periodo 2021-2027 tendrá la estructura siguiente:
- rúbrica 1: «Mercado único, innovación y economía digital»;
- rúbrica 2: «Cohesión, resiliencia y valores», que incluirá una subrúbrica para la cohesión económica, social y territorial y una subrúbrica para resiliencia y valores;
- rúbrica 3: «Recursos naturales y medio ambiente», que incluirá un sublímite máximo para los gastos en concepto de ayudas relacionadas el mercado y los pagos directos;
- rúbrica 4: «Migración y gestión de las fronteras»;
- rúbrica 5: «Seguridad y defensa»;
- rúbrica 6: «Vecindad y resto del mundo»;
- rúbrica 7: «Administración pública europea», que incluirá un sublímite máximo para los gastos administrativos de las instituciones.

La agrupación del gasto por rúbricas y bloques de políticas tiene como finalidad reflejar las prioridades políticas de la Unión y ofrecer la flexibilidad necesaria en interés de la asignación eficiente de los recursos. Además, la reducción del número de programas persigue garantizar la coherencia y promover las sinergias. La simplificación se plasmará en el marco general y dará lugar a una reducción de los trámites burocráticos para los beneficiarios y las autoridades de gestión, además de fomentar la igualdad de oportunidades al garantizar que las consideraciones de igualdad de género se incorporen a las actividades y acciones de los programas e instrumentos pertinentes y contribuyan a la igualdad entre hombres y mujeres.

3. La cifra total máxima de gasto de la UE-27 para el periodo 2021-2027 es de 1 074 300 millones EUR en créditos de compromiso, incluida la integración del Fondo Europeo de Desarrollo, y de 1 061 058 millones EUR en créditos de pago. El desglose de los créditos de compromiso se recoge más adelante. Estas cifras se recogen también en el cuadro del anexo del presente anexo, que indica asimismo el calendario de los créditos de pago. Todas las cantidades se expresan a precios constantes de 2018. Se realizarán cada año adaptaciones técnicas automáticas para tener en cuenta la inflación, utilizando un deflactor fijo del 2 %.


17. Hay que seguir potenciando la función de apoyo que desempeña el presupuesto de la UE en la ejecución efectiva de los objetivos de actuación a escala de la Unión, en particular reforzando el vínculo entre el presupuesto de la UE y el Semestre Europeo, lo que incluye facilitar la aplicación del pilar europeo de derechos sociales, y también en los ámbitos de la migración, del medio ambiente y la lucha contra el cambio climático y de la igualdad entre mujeres y hombres, así como de los derechos y la igualdad de oportunidades para todos.


19. Debe adoptarse un planteamiento global de la migración, que conjugue un control más efectivo de las fronteras exteriores de la UE, una acción exterior reforzada y los aspectos internos, de modo acorde con los principios y valores de la UE. Este objetivo se logrará de manera más coordinada en los programas de las rúbricas pertinentes, en particular mediante la rápida movilización de fondos, teniendo en cuenta las necesidades relacionadas con los flujos migratorios. A tal efecto, se utilizarán componentes específicos y significativos para abordar las cuestiones de migración exterior en las rúbricas 4, 5 y 6.


20. Durante la preparación, la ejecución y el seguimiento de los programas pertinentes, deberán tenerse en cuenta y fomentarse la igualdad entre mujeres y hombres, los derechos y la igualdad de oportunidades para todos, y la integración transversal de estos objetivos.


II. Parte I. Gastos.

Rúbrica 2. Cohesión, resiliencia y valores.

34. El objetivo de esta rúbrica es contribuir al valor añadido de la UE impulsando la convergencia, apoyando la inversión, la creación de empleo y el crecimiento, contribuyendo a reducir las disparidades económicas, sociales y territoriales en los Estados Miembros y en toda Europa, y dando cumplimiento a los programas de Bratislava y Roma. Esta rúbrica invierte en el desarrollo regional, la cohesión y la resiliencia, así como en las personas, la cohesión social y los valores. Desempeñará un papel crucial, pues contribuirá a un crecimiento sostenible y a la cohesión social, y fomentará los valores comunes.

35. Los créditos de compromiso previstos en esta rúbrica no excederán de 377 768 millones EUR, de los cuales 330 235 millones EUR se destinarán a la subrúbrica 2a «Cohesión económica, social y territorial» y 47 533 millones EUR se destinarán a la subrúbrica 2b «Resiliencia y valores»:

… Política de cohesión.  

36. El principal objetivo de la política de cohesión consiste en concebir y ejecutar acciones encaminadas a reforzar la cohesión económica, social y territorial contribuyendo a reducir las disparidades entre los niveles de desarrollo de las distintas regiones así como el retraso de las regiones menos favorecidas. A través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), del componente de gestión compartida del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y del Fondo de Cohesión, la política de cohesión perseguirá los siguientes objetivos: «Inversión en crecimiento y empleo» en los Estados miembros y las regiones, con el apoyo de todos los Fondos; y «Cooperación territorial europea», con el apoyo del FEDER.

37. La política de cohesión desempeñará un papel cada vez más importante en el apoyo al proceso de reforma económica emprendido por los Estados miembros al reforzar el vínculo con el Semestre Europeo. La Comisión y los Estados miembros tendrán en cuenta durante todo el proceso las correspondientes recomendaciones específicas por país.

Método de asignación para las regiones más desarrolladas que pueden optar a financiación con arreglo al objetivo «Inversión en crecimiento y empleo»

48. La dotación financiera inicial teórica total se obtendrá multiplicando una intensidad media anual per cápita de la ayuda de 15,2 EUR por la población que puede optar a financiación.

49. La parte que corresponde a cada Estado miembro afectado será la suma de las partes correspondientes a las regiones de ese Estado que pueden optar a financiación, que se determinarán según los siguientes criterios y se ponderarán como se indica:

a) población regional total (ponderación del 20 %);
b) número de personas desempleadas en las regiones de nivel NUTS 2 con una tasa de desempleo superior a la media de todas las regiones más desarrolladas (ponderación del 12,5 %);
c) puestos de trabajo que se deben añadir para alcanzar la tasa media de empleo (grupo de edad: entre 20 y 64 años) de todas las regiones más desarrolladas (ponderación del 20 %);
d) número de personas de edades comprendidas entre 30 y 34 años con titulaciones de educación superior que se debe añadir para alcanzar la media de personas con titulaciones de educación superior (grupo de edad: entre 30 y 34 años) de todas las regiones más desarrolladas (ponderación del 22,5 %);
e) número de personas que abandonan prematuramente la educación o formación (grupo de edad: entre 18 y 24 años) que hay que deducir para alcanzar la media de personas que abandonan prematuramente la educación o formación (grupo de edad: entre 18 y 24 años) de todas las regiones más desarrolladas (ponderación del 15 %);
f) diferencia entre el PIB observado de la región (medido en EPA) y el PIB regional teórico si la región tuviera el mismo PIB per cápita que la región más próspera de nivel NUTS 2 (ponderación del 7,5 %);
g) población de las regiones de nivel NUTS 3 cuya densidad de población sea inferior a 12,5 habitantes por km2 (ponderación del 2,5 %).

Invertir en las personas, la cohesión social y los valores

76. El FSE+ proporcionará un amplio apoyo al empleo juvenil, la mejora y recuperación de capacidades de los trabajadores, la inclusión social y la reducción de la pobreza, incluida la pobreza infantil, mediante la fusión de los programas existentes: el Fondo Social Europeo, la Iniciativa de Empleo Juvenil, el Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas y el Programa para el Empleo y la Innovación Social.

La dotación financiera total destinada al FSE+ para el periodo 2021-2027 será de 87 995 millones EUR, de los cuales:

• 676 millones EUR se destinarán al capítulo del FSE+ en régimen de gestión directa e indirecta;

• 87 319 millones EUR se destinarán al capítulo del FSE+ en régimen de gestión compartida con arreglo al objetivo «Inversión en crecimiento y empleo».

El capítulo en régimen de gestión compartida seguirá estando en una subrúbrica junto con el FEDER y el Fondo de Cohesión.

77. En lo que se refiere a los recursos del FSE+ en régimen de gestión compartida, cada Estado miembro asignará:

a) un mínimo del 25 % a los objetivos específicos de inclusión social, incluida la integración de los migrantes;

b) un mínimo del 2 % al objetivo específico de la lucha contra la privación material;

c) un mínimo del 10 % a acciones adaptadas para los jóvenes que ni estudian, ni trabajan, ni reciben formación (ninis) en caso de que tengan una tasa de «ninis» superior a la media de la UE.

Rúbrica 4. Migración y gestión de fronteras.

101. Con cargo a esta rúbrica se financian medidas relacionadas con la gestión de las fronteras exteriores, la migración y el asilo, contribuyendo con ello a la ejecución de los programas de Bratislava y Roma. La actuación coordinada a escala de la UE tiene un considerable valor añadido para la Unión, ya que el control efectivo de las fronteras exteriores es condición indispensable para garantizar una gestión más eficiente de la migración y un nivel elevado de seguridad interior y salvaguardar al mismo tiempo el principio de la libre circulación de personas y mercancías dentro de la Unión. Los programas de esta rúbrica ayudarán a la Unión Europea y sus Estados miembros a establecer eficazmente un planteamiento global de la migración

102. Los créditos de compromiso para esta rúbrica no excederán de 22 671 millones EUR: MIGRACIÓN Y GESTIÓN DE LAS FRONTERAS
(en millones EUR, a precios de 2018)
2021
2022
2023
2024
2025
2026
2027

2 324
2 811
3 164
3 282
3 672
3 682
3 736


Migración
103. El Fondo de Asilo y Migración apoyará a los Estados miembros en la labor de recepción de los solicitantes de asilo y en la aplicación de medidas de integración. También apoyará la elaboración de una política común de asilo e inmigración y facilitará una gestión eficaz de la migración exterior, incluidos los retornos y la cooperación reforzada con terceros países, en particular los países limítrofes con la UE o situados cerca de las fronteras de esta. Se aprovecharán las sinergias con la política de cohesión, que apoya la integración socioeconómica, y con la política exterior, que se ocupa de la dimensión externa, incluidas las causas profundas de la migración, y mediante la cooperación con terceros países en cuestiones de seguridad y gestión de la migración.

104. La asignación del Fondo de Asilo y Migración para el periodo 2021-2027 será de 8 705 millones EUR, que se utilizarán como sigue:

a) 5 523 millones EUR se destinarán a los programas nacionales que se ejecuten en régimen de gestión compartida;
b) 3 182 millones EUR se destinarán al instrumento temático.

El instrumento temático incluye un componente específico y significativo destinado a acciones adaptadas para abordar la migración exterior.

Las asignaciones a los Estados miembros se basarán en criterios objetivos relacionados con el asilo, la migración legal, la integración y la lucha contra la migración irregular, incluidos los retornos, y se actualizarán en 2024, con efecto a partir de 2025, a partir de los últimos datos estadísticos disponibles.

Gestión de las fronteras


105. El Fondo para la Gestión Integrada de las Fronteras proporcionará ayudas para asumir la responsabilidad común de protección de las fronteras exteriores y salvaguardar al mismo tiempo la libre circulación de personas en la Unión, y facilitará el comercio legítimo, contribuyendo a la seguridad y eficiencia de la unión aduanera. Se establecerán sinergias con los instrumentos de política exterior, a fin de contribuir a la protección de las fronteras y la gestión de la migración exterior mediante la cooperación con terceros países. 

 
107. La asignación del Fondo para la Gestión Integrada de las Fronteras para el periodo 2021-2027 será de 5 505 millones EUR, que se utilizarán como sigue:

a) 893 millones EUR se destinarán al instrumento de apoyo financiero para equipo de control aduanero;
b) 4 612 millones EUR se destinarán al Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y los Visados, de los cuales:

• 3 228 millones EUR se destinarán a los programas efectuados en régimen de gestión compartida, de los cuales 189 millones EUR corresponderán al régimen de tránsito especial;

• 1 384 millones EUR se destinarán al instrumento temático.

El instrumento temático incluye un componente específico y significativo destinado a acciones adaptadas para abordar la migración exterior.

Las asignaciones a los Estados miembros contempladas en la letra b) se basarán en criterios objetivos relacionados con las fronteras exteriores terrestres, las fronteras exteriores marítimas, los aeropuertos y las oficinas consulares y se actualizarán en 2024, con efecto en 2025, a partir de los últimos datos estadísticos disponibles acerca de dichos criterios.

108. Estas medidas se complementarán con medidas de fortalecimiento de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex), para la cual se fija una dotación total de 5 148 millones EUR, y con el aumento de las contribuciones en especie de los Estados miembros para apoyar a los Estados miembros situados en primera línea.

Rubrica 5. Seguridad y defensa.

111. Con cargo a esta rúbrica se financiará el Fondo de Seguridad Interior, que contribuirá a garantizar un alto nivel de seguridad en la Unión, en particular previniendo y combatiendo el terrorismo y la radicalización, la delincuencia grave y organizada y la ciberdelincuencia, así como prestando asistencia y protección a las víctimas de la delincuencia. Se financiarán también acciones dirigidas a la gestión de la migración exterior en relación con la lucha contra la migración ilegal y la trata de seres humanos.

Rúbrica 6. Vecindad y resto del mundo.

117. Esta rúbrica financia la acción exterior y la asistencia de la Unión a los países que están preparándose para la adhesión a la Unión. Gracias a una mayor coordinación entre las políticas exteriores e interiores, se garantizará la correcta aplicación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, el Acuerdo de París sobre el Cambio Climático, la Estrategia Global de la UE, el Consenso Europeo en materia de Desarrollo y la política europea de vecindad, así como la dimensión exterior de la migración, incluido el Marco de Asociación con terceros países en el ámbito de la migración. La modernización de la política exterior demostrará el valor añadido de la UE, al aumentar la eficacia y la proyección pública de su acción y al equipar mejor a la Unión para perseguir sus objetivos y valores en el mundo, en estrecha coordinación con los Estados miembros.

Flexibilidad: instrumentos especiales temáticos.

135. El importe máximo anual del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, un instrumento de solidaridad y de auxilio de emergencia que proporciona ayuda puntual a trabajadores despedidos como consecuencia de reestructuraciones derivadas de la globalización, incluidas las causadas por la automatización y la digitalización, no excederá de 186 millones EUR (a precios de 2018). Los importes se movilizarán por encima de los límites máximos establecidos en el MFP para los compromisos y los pagos.

III. Parte II. Ingresos.

140. Las disposiciones en materia de recursos propios deberán guiarse por los objetivos generales de sencillez, transparencia y equidad y basarse en un reparto equitativo de la carga. La cantidad total de recursos propios asignados al presupuesto de la Unión para financiar créditos de pago anuales no excederá del 1,40 % de la suma de todas las RNB de los Estados miembros. La cantidad total de los créditos de compromiso anuales no excederá del 1,46 % de la suma de todas las RNB de los Estados miembros. Se mantendrá una relación ordenada entre créditos de compromiso y créditos de pago.

141. El nuevo sistema de recursos propios de la Unión Europea entrará en vigor el primer día del primer mes siguiente al de la recepción de la notificación de la finalización de los procedimientos para su adopción por el último Estado miembro. Todos sus elementos serán de aplicación con carácter retroactivo a partir del 1 de enero de 2021. Los Estados miembros procederán a la adopción de la nueva Decisión sobre el Sistema de Recursos Propios lo antes posible, de conformidad con sus respectivos requisitos constitucionales.

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