Actualizo en
esta entrada las normas que se van dictando por las autoridades públicas, así
como las aportaciones jurídicas y económicas, con evidentes incrustaciones y
reflexiones sociales, de las que tengo conocimiento (y que con toda seguridad
serán muchas más). He podido leer (al menos hasta ahora) todas las normas y
parte de resoluciones judiciales y artículos que enumero en cada actualización,
y cuando lo considero oportuno extraigo aquellas tesis o ideas que me parecen
más importantes de todas ellas, con independencia de que esté o no de acuerdo
con sus contenidos.
Dado que el
número de normas es cada vez más elevado, y por ello muy difícil de seguir con
regularidad, es necesario remitirse al Código
electrónico “Covid-19 Derecho Europeo, Estatal y Autonómico” que ha publicado el Boletín Oficial del Estado y que
se actualiza a medida que se van dictando nuevas normas.
1. Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de
medidas sociales en defensa del empleo.
BOE, 13.
Mi comentario en
“Emergencia sanitaria y legislación laboral. Sigue la saga Covid-19. Notas alRDL 18/2020 de 12 de mayo. La recuperación del diálogo social y de laflexibilidad pactada (y un importante preámbulo)”. y en “Dialogo social tripartito. Acuerdo
social en defensa del empleo. Texto comparado del primer borrador conocido (7
de mayo) y del texto firmado el día 11”.
2. Orden INT/407/2020, de 12 de mayo, por la que
se adoptan medidas para flexibilizar las restricciones establecidas en el
ámbito de Instituciones Penitenciarias al amparo del Real Decreto 463/2020, de
14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la
situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. BOE, 13.
En el momento
actual, y dado que en España se ha iniciado un proceso de reducción gradual de
las medidas extraordinarias de restricción de la movilidad y del contacto
social establecidas mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, con el
objetivo de conseguir la recuperación paulatina de la vida cotidiana,
preservando la salud pública, minimizando el riesgo que representa la epidemia
para la salud de la población, y evitando que las capacidades del Sistema
Nacional de Salud se puedan desbordar, se hace necesario acomodar el ámbito
penitenciario a la nueva situación actual.
Artículo
único. Régimen penitenciario.
Se reanudarán en
los centros penitenciarios del Estado, de forma paulatina y gradual,
manteniendo como referencia la protección de la salud pública, las siguientes
actividades:
b) Las salidas de
permiso y las salidas programadas, de acuerdo con las indicaciones de la
autoridad sanitaria.
c) Los internos
clasificados en tercer grado o que tengan aplicado el régimen de flexibilidad y
se hallen destinados en centros de inserción social, secciones abiertas o
centros ordinarios, podrán seguir saliendo para la realización de las
actividades expresamente relacionadas en el artículo 7 del Real Decreto
463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la
gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19,
adoptándose los protocolos establecidos cuando regresen al centro
penitenciario. En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las
recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
e) Las actividades
educativas, formativas, terapéuticas, deportivas, culturales y religiosas en el
interior de los centros penitenciarios, en función de la situación de estos y
de las medidas que se puedan ir adoptando por las autoridades competentes en la
materia.
Las actuaciones y
actividades anteriormente citadas podrán revertirse si la situación
epidemiológica así lo aconseja, de forma global o individualizada para uno o
varios centros penitenciarios.
3. Real Decreto 515/2020, de 12 de mayo, por el
que se regula el procedimiento de certificación de proveedores civiles de
servicios y funciones de gestión del tránsito aéreo y de navegación aérea y su
control normativo. BOE. 13.
Artículo 1.
Objeto.
Este real decreto
tiene por objeto desarrollar el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2017/373 de la
Comisión, de 1 de marzo de 2017, por el que se establecen los requisitos
comunes para los proveedores de servicios de gestión del tránsito
aéreo/navegación aérea y otras funciones de la red de gestión del tránsito
aéreo y su supervisión, por el que se derogan el Reglamento (CE) n.º 482/2008 y
los Reglamentos de Ejecución (UE) n.º 1034/2011, (UE) n.º 1035/2011 y (UE) n.º
2016/1377, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 677/2011 (en
adelante el Reglamento), y disposiciones concordantes, para establecer el
procedimiento de expedición, modificación, suspensión, limitación o revocación
del certificado de proveedor civil de servicios y funciones de gestión de
tránsito aéreo y de navegación aérea (en adelante, proveedor de servicios), así
como regular el control normativo continuado de los proveedores incluidos en su
ámbito de aplicación.
4. El TSJ de Extremadura deniega una
concentración en Mérida por el elevado riesgo de contagio 13 de mayo.
“… La Sala
Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha
desestimado el recurso interpuesto contra la resolución de la Delegación de
Gobierno de Extremadura por la que se deniega el permiso para poder celebrar
una concentración en Mérida, al considerar que en las circunstancias actuales
provocadas por la COVID-19 el derecho fundamental de reunión entra en conflicto
con bienes y valores constitucionales, como la salud pública y la integridad
física y la vida de las personas que deben prevalecer frente a aquel.
La parte actora
pretendía realizar una concentración en la Plaza del Rastro de Mérida el día 14
de mayo desde las 11 a las 12:30 horas para reivindicar ante la Presidencia de
la Junta de Extremadura la puesta en funcionamiento de medidas sociales para
personas y familias en dificultades económicas y sin ningún tipo de ingresos.
…”
4. SEPE ACCESO EXTRAORDINARIO A LA PRESTACIÓN PORDESEMPLEO DE LOS ARTISTAS 11 de
mayo.
“…. Como presentar la solicitud y plazo de presentación
La solicitud se deberá presentar en el plazo de
los quince días hábiles siguientes al 7 de mayo o partir del día que no sea
posible actuar.
La persona trabajadora cumplimentará el impreso de prestación contributiva o
el formulario de
pre-solicitud de prestación
individual disponible en la sede electrónica del SEPE, que tendrá efectos se
solicitud provisional y lo enviará a la entidad gestora a través de la misma
sede.
Nacimiento del derecho
El reconocimiento del derecho a la prestación nacerá a
partir del día siguiente a aquel en que se presente la solicitud, debiéndose
cumplir los requisitos restantes establecidos en el artículo 266 del texto
refundido de la Ley General de la
Seguridad Social….
5. Comisión Europea. Tourism and transport: Commission's
guidance on how to safely resume travel and reboot Europe's tourism in 2020 and
beyond 13 de mayo.
La
Comisión presenta hoy un conjunto de directrices y recomendaciones para ayudar
a los Estados miembros a levantar gradualmente las restricciones de viaje y
permitir la reapertura de las empresas turísticas, tras meses de bloqueo,
respetando las precauciones sanitarias necesarias.
Las
orientaciones de la Comisión tienen por objeto ofrecer a las personas la
oportunidad de obtener el descanso, la relajación y el aire fresco que
necesitan. Tan pronto como la situación sanitaria lo permita, las personas
deberían poder ponerse al día con sus amigos y familiares, en su propio país de
la UE o a través de las fronteras, con todas las medidas de seguridad y
precaución necesarias.
El
paquete también tiene por objeto ayudar al sector turístico de la UE a
recuperarse de la pandemia, apoyando a las empresas y asegurando que Europa
siga siendo el destino número uno para los visitantes.
El
paquete de medidas de la Comisión sobre turismo y transporte incluye:
-
Una estrategia general para la recuperación en 2020 y más allá;
- Un
enfoque común para restablecer la libre circulación y levantar las
restricciones en las fronteras internas de la UE de manera gradual y
coordinada;
- Un
marco para apoyar el restablecimiento gradual del transporte, garantizando al
mismo tiempo la seguridad de los pasajeros y del personal;
-
Una recomendación que tiene por objeto hacer de los vales de viaje una
alternativa atractiva al reembolso en efectivo para los consumidores;
-
Criterios para restablecer las actividades turísticas de forma segura y gradual
y para elaborar protocolos de salud para establecimientos de hostelería como
los hoteles.
6. Josep Oliver Alonso. Paro, reformas e intervención. 12 de mayo.
“…. Es momento de
sentar bases más sólidas de crecimiento. Porque son las únicas que permiten
esperar que, frente a calamidades exteriores, no nos hundamos otra vez en el próximo
futuro. Y ello implica, no vayan a olvidarlo nuestros políticos, mejoras de
productividad. Es decir, en educación, en infraestructuras y en I&D. La
catástrofe que nos aflige no es casual. Y el futuro que nos aguarda, tampoco….”
7. Ignasi Beltrán de
Heredia COVID-19 y RDLey 18/2020: comentario crítico de urgencia 13 de mayo.
“…. Se trata de
una disposición de indudable impacto, especialmente, si se tiene en cuenta los
miles de trabajadores que están en estos momentos afectados por algunas de las
medidas de contención del empleo derivadas de la alarma sanitaria (entre ellas
y, principalmente, un ERTE). El propósito de la norma es extender estas medidas
más allá del previsible (y esperado) fin del estado de alarma en unas semanas
(si la tendencia sigue como hasta ahora).
La embestida que
ha sufrido el tejido empresarial ha sido tan violenta que es probable que la
recuperación no podrá todo lo rápida que desearíamos (y eso siempre que no se
produzca una recaída en la pandemia). A su vez, el contexto internacional
también sugiere que la recuperación de las exportaciones tardará algún tiempo
en hacerse realidad. …
…Por otra parte,
creo que, tratándose de una medida consensuada con los interlocutores sociales
se ha perdido una gran oportunidad. Quizás, hubiera podido preverse la
posibilidad de que, a corto o medio plazo, nos encontremos ante un nuevo brote
de la pandemia y, por consiguiente, sea exigible una reversión de la
desescaladada (volviendo a alguna de las «fases» iniciales) y, por ende, a un
nuevo contexto de fuerza mayor focalizado o no. Aunque es un escenario
manifiestamente indeseable, no es descabellado pensar que esto pueda acabar
pasando. Y por ello, quizás, sea conveniente un derecho de la emergencia
sociolaboral estable lo más integral posible. La experiencia de estas semanas
podría ser un punto de referencia…
8. Miguel
Arenas. "MAMÁ QUIERO SER
ARTISTA": ACCESO EXTRAORDINARIO AL DESEMPLEO DE LOS ARTISTAS. RDLEY
17/2020 martes, 12 de mayo de 2020.
Se esperaba desde
hacía días, y junto con otro importante paquetes de medidas, que yo no
comentaré ni valoraré, el RDley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban
medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente
al impacto económico y social del COVID-2019 ha reconocido el acceso a la
prestación de desempleo de los artistas,con carácter extraordinario. ….
… La base
reguladora de la prestación por desempleo prevista en los apartados anteriores
estará constituida por la base de cotización mínima vigente en cada momento,
por contingencias comunes, correspondiente al grupo 7 de la escala de grupos de
cotización del Régimen General.
Nota: Eso deberían
ser 735 € mensuales si entendemos que debe percibirse el 70% de la misma, como
en las prestaciones de desempleo contributivo. El caso es que no "es que
esté loco por incordiar", pero eso es prácticamente idéntico a lo que
perciben los trabajadores autónomos por el cese actividad extraordinario, pero
menos de lo que percibirán las empleadas del hogar y los trabajadores
temporales por su subsidio extraordinario...
9. Daniele
Archibugi An investment plan for
European reconstruction 13 de mayo.
“… Hay tres áreas en las que la Unión Europea podría
impulsar la reconstrucción, combinando el liderazgo político y la capacidad
empresarial.
La primera es la salud. Hay un consenso de que no
podemos dejar la salud en manos de las empresas. Los estados europeos tienen en
general una excelente infraestructura sanitaria, aunque en muchos casos no cuenten
con fondos suficientes. Ahora se dan las condiciones para enriquecer las
instalaciones existentes generando formas pioneras de diagnóstico y curación,
basadas en los más recientes avances de las ciencias biológicas, las
tecnologías de la información y la comunicación y la inteligencia artificial,
así como utilizando formas originales de organización social.
El segundo es hacer realidad el Acuerdo Verde Europeo,
en el que el estímulo combinado de los gobiernos nacionales, la Comisión
Europea y el Banco Europeo de Inversiones podría abrir realmente grandes
innovaciones, que en una década convertirían al continente en el líder mundial
en el ámbito de la modernización ecológica, de nuevo vinculada a objetivos
sociales.
El tercero es la economía digital, en la que la UE
todavía necesita emanciparse del poder perturbador de la Grandes Empresas.
Hasta ahora, los países europeos ni siquiera han logrado obtener de estas
empresas una cantidad justa en impuestos. Tal vez nuestros poderosos políticos
deberían aprender que necesitamos crear nuestras propias corporaciones, basadas
en una gestión de datos más inclusiva, transparente y responsable…”
10. José Gusmao. If it comes with interest, it’s no
recovery 13 de mayo.
“… Europa está en
una encrucijada. Otra vez. La pandemia del Covid-19 ha tenido un impacto masivo
en los Estados miembros de la Unión Europea, lo que supone una grave amenaza
para la capacidad de recuperación de nuestros sistemas de atención sanitaria,
ya que perturba sectores enteros de la economía y expone las fragilidades de
sociedades cada vez más desiguales.
Ante una pandemia
mundial que conlleva enormes costos sociales y económicos, así como humanos,
los dirigentes de la Unión Europea se han esforzado por dar una respuesta
común. Los últimos dos meses se han caracterizado por repetidos aplazamientos
de decisiones muy necesarias, lo que indica una profunda división entre grupos
de países.
A finales de este
mes, se espera que la Comisión Europea anuncie finalmente el Fondo para la
Recuperación de la UE, que ha sido aclamado por los funcionarios como una
ampliación de la financiación y los recursos. No debemos olvidar, sin embargo,
que la UE ha hecho promesas similares en el pasado, siendo el "Plan
Juncker" el ejemplo más destacado de estas audaces afirmaciones.
En la práctica,
los nuevos recursos del plan lanzado en 2014 por el anterior presidente de la
comisión han sido limitados, dependiendo del apalancamiento de la inversión
privada. Sería un error suponer que la UE podría volver a hacer este truco,
habiendo fracasado antes, sobre todo porque la inversión privada no es fiable
con un panorama económico tan sombrío….
11. Torsten
Müller and Thorsten Schulten. Ensuring fair Short-Time Work - a Europeanoverview.. Mayo.
A finales de abril de 2020, en
la UE27 había más de 42 millones de solicitudes de apoyo a los trabajadores en
régimen de jornada reducida o regímenes similares, lo que corresponde
aproximadamente a una cuarta parte de la fuerza de trabajo total de la UE. Con
su propuesta de programa SURE para prestar apoyo financiero a los sistemas
nacionales de trabajo a jornada reducida y similares, la Comisión Europea ha
reconocido la importancia del trabajo a jornada reducida para evitar el
desempleo y apoyar los salarios de los empleados, al tiempo que permite a las
empresas adaptar las horas de trabajo a la caída de la demanda. Sobre la base
de una comparación de los diferentes planes de trabajo en régimen de jornada reducida
en Europa, en esta nota de política se identifican algunos criterios para un
trabajo en régimen de jornada reducida justo que permita a los trabajadores no
sólo conservar su empleo, sino también vivir una vida decente…”
12. CES. Unions challenge Commission claim thatCovid-19 not at ‘high risk of spreading’
13 de mayo.
Los
sindicatos piden a la Comisión Europea que reconsidere su propuesta de no
incluir el Covid-19 en el grupo de mayor riesgo de los agentes biológicos.
La
Comisión y los expertos de los estados miembros en el llamado Comité de
Progreso Técnico decidirán el jueves si el Covid-19 debe ser clasificado bajo
la Directiva de Agentes Biológicos, con consecuencias potenciales para la salud
y seguridad en el lugar de trabajo y la salud pública.
Actualmente,
la Comisión insiste en que el Covid-19 no cumple con la definición de agentes
en la más alta de las cuatro categorías de riesgo:
"Uno
que causa una enfermedad humana grave y es un peligro serio para los
trabajadores; puede presentar un alto riesgo de propagación a la comunidad; no
suele haber una profilaxis o un tratamiento eficaz disponible".
En
cambio, la Comisión tiene previsto incluir la enfermedad en una categoría, que
tiene una definición más débil:
"Una que puede causar una
enfermedad humana grave y presentar un peligro serio para los trabajadores;
puede presentar un riesgo de propagación a la comunidad, pero por lo general no
se dispone de una profilaxis o un tratamiento eficaces".
13. Brindusa Anghel, Marianela
Cozzolino y Aitor Lacuesta. Elteletrabajo en España. 12 de mayo.
Resumen: “Como consecuencia del
impulso que el teletrabajo ha tomado en la actual crisis, este artículo analiza
el potencial de esta forma de trabajo en España, así como la capacidad de
diferentes colectivos sociodemográficos para beneficiarse de ella. Según la
Encuesta de Población Activa, el porcentaje de ocupados que, al menos
ocasionalmente, trabajan desde su residencia ascendía al 8,3 % en 2019, lo que
representa un crecimiento de 2,4 puntos porcentuales desde 2009. Por tipo de
ocupación, el trabajo a distancia es más frecuente entre los autónomos, en las
empresas pequeñas y entre las ocupaciones cualificadas. Por otra parte, todavía
es una forma de trabajar poco utilizada en algunas ramas de actividad que
podrían haberse visto favorecidas por los nuevos avances tecnológicos, como las
manufacturas, la Administración Pública, el transporte y el almacenamiento, las
actividades administrativas, el comercio y otros servicios. Por tipo de
trabajador, una vez que se tienen en cuenta las características de la actividad
laboral, el trabajo no presencial es más habitual entre personas de entre 35 y
65 años y entre trabajadores con formación universitaria. Un análisis de las
características intrínsecas de cada ocupación permite estimar que el 30 % de
los ocupados podría teletrabajar, al menos ocasionalmente, por lo que aún existe
un amplio margen de mejora en el uso de esta modalidad de trabajo. Sin embargo,
este incremento potencial es asimétrico y no todos los trabajadores se van a
aprovechar de él, dado que aquellos con menor nivel educativo tienen
dificultades para poder beneficiarse de esta forma de trabajar.
14. Naomi
Klein: How big tech plans to profit from the pandemic 13 de mayo.
“….En
cada caso, nos enfrentamos a decisiones reales y difíciles entre invertir en
los humanos y en la tecnología. Porque la brutal verdad es que, tal y como
está, es muy poco probable que hagamos ambas cosas. La negativa a transferir
nada parecido a los recursos necesarios a los estados y ciudades en sucesivos
rescates federales significa que la crisis sanitaria del coronavirus se está
convirtiendo en una crisis de austeridad fabricada. Las escuelas públicas, las
universidades, los hospitales y el transporte se enfrentan a cuestiones
existenciales sobre su futuro. Si las empresas tecnológicas ganan su feroz
campaña de lobby para el aprendizaje a distancia, la telesalud, los vehículos
5G y los vehículos sin conductor - su "New Deal" de pantalla -
simplemente no quedará dinero para las prioridades públicas urgentes, sin
importar el "New Deal" verde que nuestro planeta necesita urgentemente.
Al contrario: el precio de todos los aparatos brillantes será el despido masivo
de profesores y el cierre de hospitales.
La
tecnología nos proporciona herramientas poderosas, pero no todas las soluciones
son tecnológicas. Y el problema de subcontratar las decisiones clave sobre cómo
"reimaginar" nuestros estados y ciudades a hombres como Bill Gates y
Schmidt es que han pasado sus vidas demostrando la creencia de que no hay
ningún problema que la tecnología no pueda arreglar.
Para ellos, y para muchos otros
en el Valle del Silicio, la pandemia es una oportunidad de oro para recibir no
sólo la gratitud, sino también la deferencia y el poder que sienten que les han
sido negados injustamente. Y Andrew Cuomo, al poner al ex presidente de Google
a cargo del cuerpo que dará forma a la reapertura del estado, parece haberle
dado algo cercano a la rienda suelta. …”
15.
JR Chaves Las razones de la sinrazón dela persistencia de la suspensión de plazos procesales y administrativos 11 de mayo.
El
Diario del Derecho Iustel de este lunes 11 de mayo de 2020, nos ofrece unas
espléndidas reflexiones de José María Baño León, Catedrático de Derecho
Administrativo, quien pone el dedo en la llaga, con su habitual elocuencia para
poner de relieve el necesario y urgente levantamiento de la suspensión de
plazos administrativos y procesales, pese a la vigencia del Estado de Alarma.
En
su recomendable artículo, expone que si la suspensión no estaba justificada en
sus términos radicales, menos sentido tiene mantenerla en esta fase, cuando
cada día que pasa el agolpamiento de asuntos administrativos y procesales nos
aproxima a serios problemas de colapso y perjuicio a la tutela judicial
efectiva.
Comparto
el análisis del autor, que con claridad y contundencia razona la innecesaria
continuación de la paralización en este momento de los plazos procesales,
apoyándose en tres argumentos:…”
16. Juan
César Palomino, Juan Gabriel Rodríguez y Raquel Sebastián. Teletrabajoen España, ¿estamos preparados para el distanciamiento? 8 de mayo.
“La
dramática irrupción del COVID-19 en nuestras vidas ha puesto de relieve una
pregunta largamente postergada: ¿cuál es la capacidad de nuestro aparato
productivo para trabajar desde casa? Las severas medidas de confinamiento
adoptadas por un número amplio de países, entre ellos España, han hecho más por
el teletrabajo en los últimos dos meses que todos los llamamientos previos
realizados para favorecer la conciliación familiar y la lucha contra el cambio
climático. Ahora bien, dado el distanciamiento físico que nos vemos obligados a
mantener, es fundamental responder a las siguientes cuestiones: ¿cuántos
trabajos se pueden hacer desde casa en España?, ¿se ven afectadas las
comunidades autónomas por igual?, ¿cómo se distribuye el teletrabajo por
salarios, género, educación, edad y tipo de trabajo? Para contestar a estas
preguntas (para un análisis detallado por género ver aquí y aquí) presentamos a
continuación algunos resultados preliminares de nuestra investigación sobre los
efectos del distanciamiento en la desigualdad salarial en Europa (Palomino,
J.C., Rodríguez, J.G. y Sebastián, R. (2020): “Wage inequality effects of
social distancing in Europe”, mimeo)….”
… cabe
pensar que va a haber un proceso de divergencia. El shock de oferta inicial
(confinamiento primero y distancia física después) hará que la asimetría ocupacional
de nuestro aparato productivo −muy volcado en actividades poco sustituibles por
teletrabajo como el turismo y la construcción− genere por si misma un mayor
grado de desigualdad salarial en España, tanto por trabajadores, como por
regiones. El posterior shock de demanda (caída en el consumo, ver aquí) y los
efectos de segundo orden de la oferta y demanda sobre el empleo no harán sino
amplificar esta tendencia hacia una mayor dispersión salarial (personal y
territorial). No estamos hablando, por tanto, solo de una importante caída
previsible de la renta per cápita en España (ver aquí), también de un
incremento igualmente significativo de la desigualdad tanto a nivel de los
trabajadores como de las comunidades autónomas de España…”.
17. Antonio Baylos . El Acuerdo Social en el BOE: el RDL 18/2020 de medidas sociales en defensa del empleo. 13 de mayo.
"...
La Disposición Adicional 2ª del
RDL 18/2020, crea una Comisión de Seguimiento compuesta por parte empresarial
por CEOE y CEPYME, por parte sindical por CCOO y UGT, y por parte del gobierno,
por las personas que designen el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el
Ministerio de Inclusión y Seguridad Social. En el texto se fija una reunión
ordinaria – “el segundo miércoles de cada mes” – y con carácter extraordinario siempre
que al menos “tres de las cuatro organizaciones presentes en la Comisión” lo soliciten,
lo que en la práctica, dada la unidad de acción sindical existente, se materializará
en la petición conjunta de empresarios y sindicatos. Su cometido es “el seguimiento
de las medidas que, en el ámbito laboral, se están adoptando durante la fase de
excepcionalidad atenuada, el intercambio de los datos e información recabada
por las organizaciones integrantes y el Ministerio de Trabajo y Economía Social”,
y, consecuentemente, “la propuesta y debate de aquellas medidas que se
propongan por este o por cualquiera de las organizaciones que la integran”,
prescribiendo que la consulta a la Comisión sobre estos temas han de hacerse
con antelación suficiente....
17. Antonio Baylos . El Acuerdo Social en el BOE: el RDL 18/2020 de medidas sociales en defensa del empleo. 13 de mayo.
"...
Pero dos son los aspectos que pueden
ser comentados de dicha norma: la peculiar figura de la “comisión de
seguimiento” y el alcance de la “salvaguarda de empleo” durante los seis meses
posteriores a la finalización del ERTE.
Comisión de Seguimiento
tripartita laboral: un órgano de la “concertación social”.
La “salvaguarda del empleo” y
los compromisos de mantenimiento del mismo.
18. Joan Coscubiela. Una gran oportunidad. 13 de mayo.
"...
De los cuatro incentivos, uno de ello se mantiene
intacto, el sol – por simplificar-; otro, el suelo, puede ser modulado
por políticas públicas sobre todo si se reduce la rentabilidad obtenida
por los capitales globales. No será una opción pacífica como comprobamos
por las propuestas formuladas ya por las derechas para aumentar la
disponibilidad de suelo urbanizable y el consumo de territorio.
Un
viento de cola propicio a estos cambios puede ser la menor presión que
ejerza el mercado de trabajo en los próximos años. De un lado, las
previsiones demográficas apuntan a una reducción significativa de las
cohortes de nativos en edad de incorporarse al empleo. De otro, los
flujos migratorios también pueden reducirse como consecuencia de la
pandemia y la crisis económica que le sigue. No olvidemos que el
verdadero efecto llamada de la inmigración no es el de la ley, sino el
de las necesidades de una parte de la población mundial y las de la
economía del país receptor.
En resumen, menos
oportunidades de inversión para el capital global, una menor
incorporación de jóvenes al mercado de trabajo y de la inmigración nos
ofrece un escenario que da un mayor margen a la política para incentivar
una reconducción de las inversiones hacia otro modelo turístico y otros
sectores productivos...."
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