Actualizo en
esta entrada las normas que se van dictando por las autoridades públicas, así
como las aportaciones jurídicas y económicas, con evidentes incrustaciones y
reflexiones sociales, de las que tengo conocimiento (y que con toda seguridad
serán muchas más). He podido leer (al menos hasta ahora) todas las normas y
parte de resoluciones judiciales y artículos que enumero en cada actualización,
y cuando lo considero oportuno extraigo aquellas tesis o ideas que me parecen
más importantes de todas ellas, con independencia de que esté o no de acuerdo
con sus contenidos.
Dado que el
número de normas es cada vez más elevado, y por ello muy difícil de seguir con
regularidad, es necesario remitirse al
Código electrónico “Covid-19 Derecho Europeo, Estatal y Autonómico” que ha
publicado el Boletín Oficial del Estado y que se actualiza a medida que se van
dictando nuevas normas.
1. Plan para la
transición hacia una nueva normalidad.
28 de abril
“… el Plan
establece los principales parámetros e instrumentos para la adaptación del
conjunto de la sociedad a la nueva normalidad, con las máximas garantías de
seguridad. Este es un proceso que será largo y sostenido en el tiempo, hasta
que se consiga controlar la transmisión del virus con las medidas disponibles
actualmente o contemos con la vacuna, con un tratamiento efectivo, o hasta que
la inmunidad frente al virus alcance un porcentaje de la población
suficientemente alto como para que el peligro de contagio quede drásticamente
minimizado.
Ha de servir,
también, para proporcionar una hoja de ruta a las administraciones, a la
ciudadanía y el empresariado, cuya colaboración en la nueva fase sigue siendo esencial,
ante un contexto inédito que ha llevado a la adopción de medidas hasta ahora
desconocidas y que exige la toma de decisiones en un marco de alta incertidumbre
tanto en el ámbito científico como en el económico.
Así, el proceso de
desescalada ha de ser gradual, asimétrico, coordinado con las comunidades
autónomas, y adaptable a los cambios de orientación necesarios en función de la
evolución de los datos epidemiológicos y del impacto de las medidas adoptadas.
Las incertidumbres
existentes exigen un enfoque prudente y una continua revaluación de escenarios,
siendo conscientes de que el proceso de desescalada se puede extender en el
tiempo en función de la evolución de la pandemia y de la efectividad de las
medidas adoptadas…”
2. Orden TMA/379/2020, de 30 de abril, por la
que se establecen criterios de aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de
marzo, por el que se declara el estado de alarma, en las actividades formativas
de personal ferroviario, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada
por el COVID-19. BOE, 1 de mayo.
Artículo
1. Formación presencial.
Sin perjuicio de
las restricciones que puedan establecerse a las actividades educativas y
formativas presenciales con carácter general, se permite la formación
presencial teórica y práctica del personal ferroviario contemplado en la Orden
FOM/2872/2010, de 5 de noviembre, siempre y cuando:
a) Se limite
exclusivamente a personal, que, disponiendo de los títulos habilitantes, pase a
reforzar la prestación de servicios esenciales.
b) Se limitará a
la formación correspondiente a conocimientos específicos de infraestructuras o
vehículos, cambios de entornos operativos, reciclajes o refuerzos formativos.
No se admitirá para nuevos títulos habilitantes ni nuevas licencias o diplomas
de maquinistas.
c) Dicha formación
presencial se impartirá, en todo caso, sujeta a las condiciones prescritas por
las autoridades sanitarias y los servicios de prevención de riesgos laborales y
protección de la salud de los trabajadores de las entidades ferroviarias y
centros de formación implicados.
3. Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones. BOE, 1
de mayo.
Artículo 1.
Organización general del Departamento.
1. El Ministerio
de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es el Departamento encargado de la
propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de Seguridad
Social y clases pasivas, así como de la elaboración y el desarrollo de la
política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración y de
políticas de inclusión.
2. Las
competencias atribuidas en este Real Decreto se entenderán en coordinación y
sin perjuicio de aquellas que corresponden a otros departamentos ministeriales.
3. El Ministerio
de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, bajo la superior dirección de la
persona titular del Departamento, desarrolla las funciones que legalmente le
corresponden a través de los órganos superiores y directivos siguientes:
a) La Secretaría
de Estado de la Seguridad Social y Pensiones.
b) La Secretaría
de Estado de Migraciones.
c) La Secretaría
General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, con rango de
Subsecretaría.
d) La
Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
4. Como órgano de
asistencia inmediata a la persona titular del Departamento existe un Gabinete,
con rango de dirección general, con la estructura que se establece en el
artículo 23.2 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
4. Real Decreto 499/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y
Economía Social, y se modifica el Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre,
por el que se establece la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad
Social en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de
puestos de trabajo. BOE, 1 de mayo.
Artículo
1. Organización general del Departamento.
1. El Ministerio
de Trabajo y Economía Social es el Departamento encargado de la propuesta y
ejecución de la política del Gobierno en materia de empleo, de relaciones laborales,
de economía social y de responsabilidad social de las empresas.
2. Las
competencias atribuidas en este real decreto se entenderán en coordinación y
sin perjuicio de aquellas que corresponden a otros Departamentos ministeriales.
3. El Ministerio
de Trabajo y Economía Social, bajo la superior dirección del titular del
Departamento, desarrolla las funciones que legalmente le corresponden a través
de los órganos superiores y directivos siguientes:
a) La Secretaría
de Estado de Empleo y Economía Social.
b) La
Subsecretaría de Trabajo y Economía Social.
4. Como órgano de
asistencia inmediata al titular del Departamento existe un Gabinete, con rango
de dirección general, con la estructura que se establece en el artículo 23.2
del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
5. Conforme a lo
dispuesto en la Ley 21/1991, de 17 de junio, el Consejo Económico y Social
queda adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social.
5. Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y
Formación Profesional. BOE, 1 de mayo.
Artículo
1. Organización general del Departamento.
1. El Ministerio
de Educación y Formación Profesional es el Departamento de la Administración
General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia educativa y de formación profesional del sistema educativo
y para el empleo en los términos previstos en este Real Decreto. Quedan
incluidas todas las enseñanzas del sistema educativo, exceptuadas las
universitarias.
Asimismo, le
corresponde a este Departamento el impulso de las acciones de cooperación, de
las relaciones internacionales en materia de educación no universitaria y de
formación profesional para el empleo.
2. Las
competencias atribuidas en este real decreto se entenderán en coordinación y
sin perjuicio de aquellas que corresponden a otros departamentos ministeriales.
3. El Ministerio
de Educación y Formación Profesional, bajo la superior dirección de la persona
titular del Departamento, desarrolla las funciones que legalmente le
corresponden a través de los órganos superiores y directivos siguientes:
a) La Secretaría
de Estado de Educación.
b) La Secretaría
General de Formación Profesional.
c) La
Subsecretaría de Educación y Formación Profesional.
4. Como órgano de
apoyo político y técnico a la persona titular del Ministerio existe un
Gabinete, con nivel orgánico de Dirección General, con la estructura que fija
el artículo 23.2 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece
la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
6. Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre
las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al
aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19. BOE, 1 de mayo.
Artículo
2. Desplazamientos permitidos para la práctica de actividad física.
1. Se habilita a
las personas de 14 años en adelante, a circular por las vías o espacios de uso
público para la práctica de las actividades físicas permitidas por esta orden,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1, párrafos e), g) y h), del Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma
para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
2. A los efectos
de lo previsto en esta orden, queda permitida la práctica no profesional de
cualquier deporte individual que no requiera contacto con terceros, así como
los paseos.
Dichas actividades
se podrán realizar una vez al día y durante las franjas horarias previstas en
el artículo 5.
3. Durante los
paseos se podrá salir acompañado de una sola persona conviviente. No obstante,
aquellas personas que por necesidad tengan que salir acompañadas podrán hacerlo
también por una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora habitual.
La práctica no
profesional de cualquier deporte individual que no requiera contacto solo se
podrá realizar de manera individual. No obstante, aquellas personas que por
necesidad tengan que salir acompañadas podrán hacerlo por una persona
conviviente, una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora
habitual.
7. Dirección
General de Trabajo MTES Criterio sobre
la aplicación de las medidas de suspensión y reducción de jornada durante la
fase de desconfinamiento del estado de alarma.
1 de mayo.
“.. Teniendo en
cuenta la adopción del acuerdo en Consejos de Ministros de fecha 28 de abril de
2020 del Plan para la desescalada de las medidas extraordinarias adoptadas para
hacer frente a la pandemia de COVID-19., interesa a este Centro Directivo
aclarar cómo se debe proceder por parte de personas trabajadoras y empresas en
relación con las medidas laborales de emergencia previstas en el Real
Decreto-ley 8/2020, particularmente en relación con las denominadas “medidas de
flexibilización de los mecanismos de ajuste temporal de actividad para evitar
despidos”….
8. España remite ala Comisión Europea el Programa de Estabilidad y el Plan Nacional de Reformas…
1 de mayo. (Incluye texto del Plan
Nacional de Reformas y del Programa de Estabilidad 2020)
“…. El Programa de
Estabilidad incluye el nuevo escenario derivado de las medidas establecidas en
el estado de alarma tendentes a reducir la movilidad para frenar la expansión
de la pandemia, así como las actuaciones aprobadas para mitigar el impacto del
COVID-19 en familias, trabajadores, autónomos y empresas.
El nuevo cuadro
macroeconómico, avalado por la Autoridad Independiente de Responsabilidad
Fiscal, presenta un impacto muy elevado en el corto plazo y una vuelta a la
normalidad progresiva. Así, se prevé una especial incidencia de los efectos del
COVID-19 en la economía en los dos primeros trimestres de 2020 y el comienzo de
la recuperación de la actividad en el segundo semestre de este año. Como
consecuencia, se estima una caída del Producto Interior Bruto del 9,2% en el
conjunto del año y una importante recuperación en 2021, con una tasa de
crecimiento prevista del 6,8%.
Las medidas de
protección de los trabajadores y de flexibilización de los Expedientes de
Regulación Temporal de Empleo adoptadas consiguen reducir el impacto en la
actividad y el empleo. Se prevé que la tasa de paro se sitúe en el 19% en 2020,
para reducirse en 2021 hasta el entorno del 17%.
Todas las
iniciativas de apoyo a familias, trabajadores y empresas han permitido mitigar
los efectos sociales y económicos de la pandemia, si bien están suponiendo un
gran esfuerzo en términos de apoyo presupuestario, de forma que se prevé que el
déficit público en 2020 se sitúe en el 10,3% y la deuda pública en el 115,5%....
…. La Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos aprobó también ayer la remisión a
la Comisión Europea del Programa Nacional de Reformas (PNR).
El documento se ha
elaborado en un contexto extraordinario determinado por la crisis del COVID-19
y, siguiendo las orientaciones de la Comisión Europea, se ha reorientado su
contenido para incorporar las medidas adoptadas para afrontar los retos
socioeconómicos derivados de pandemia….
9. El TC inadmite el recurso de amparode un sindicato contra la sentencia del TSJ de Galicia que desestimó susolicitud de manifestación el día 1 de mayo.
Texto del auto. 30 de abril.
10. CGPJ. Guíade buenas prácticas para la reactivación de la actividad judicial y adopción demedidas de salud profesional para la prevención de contagios en sedesjudiciales. 29 de abril.
11. Ecija Guía post Covid-19: 40 preguntas para empresarios,empleados y autónomos . 27 de abril.
“A continuación, se recogen las 40 preguntas laborales
más frecuentes para empresarios, autónomos y empleados en el entorno post
Covid-19. El análisis aborda los siguientes ámbitos laborales:
- Reincorporación al trabajo tras el fin del estado de alarma
- Teletrabajo
- Vacaciones y pagas extra
- Permiso retribuido recuperable
- Contratos temporales
- Expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE)
- Procedimientos administrativos y judiciales
- Prestaciones…”
12. Jueces
para la Democracia. Comunicado JJpD, Homenaje al 1 de mayo
http://www.juecesdemocracia.es/2020/05/01/comunicado-jjpd-homenaje-al-1-mayo/
Un año más, Juezas y Jueces para la Democracia hace
homenaje a aquellos hombres y mujeres que arriesgaron su vida para defender los
derechos de la clase trabajadora.
El 1 de mayo de 1886 se inició una huelga en varias
ciudades de EEUU para conseguir la jornada laboral de 8 horas, huelga que
tendría su punto álgido tres días más tarde, el 4 de mayo, en la Revuelta de
Haymarket.
… Juezas y Jueces para la Democracia quiere hoy hacer
homenaje a la clase precaria, y denunciar las políticas que hacen del presente
un espacio de violencia.
Se aprovecha la mano de obra barata de las personas
migrantes, que limpian a nuestros mayores, que viven hacinadas en los campos de
fresa, expuestas a los abusos de patrones despiadados, y que ni siquiera pueden
denunciar cuando no ostentan el permiso de trabajo o residencia.
Se menosprecia la formación y el talento de nuestros
jóvenes, que deben marchar a otros países para poder subsistir.
Se precariza la vida de las sanitarias que cuidan de nuestra
salud, o la de los profesores que enseñan a nuestros niños.
Se omite una adecuada protección legal a nuevas formas
de trabajo, como en el caso de los rideres, que sufren a diario accidentes y
despidos, y que deben recurrir a los tribunales para que se regularice su
situación.
Solo desde la firme convicción en el derecho como
herramienta de transformación social, podremos, desde la justicia, en
interacción con los agentes sociales, ser capaces de poner freno a estas
políticas depredatorias que no ponen la vida en el centro.
Nuestro compromiso se renueva, un año más, para
garantizar de la forma más efectiva posible los derechos sociales, que son el
auténtico sustento de la ciudadanía y la razón material de la democracia”.
13. Antonio
Baylos. UN 1º DE MAYO SIN HABITAR LAS CALLES Y LAS PLAZAS. ANTE LOS ENORMESRETOS DE LA CRISIS DEL COVID-19 1 de
mayo.
“… Pero ante
todo este Primero de Mayo supone reconocer el valor del trabajo y su
centralidad política. Del trabajo en general, pero en particular de los
servicios esenciales que han sostenido la vida de todo el país y han
garantizado la asistencia sanitaria y social a toda la población. Se trata
en su gran mayoría de trabajadores y trabajadoras invisibles y prescindibles,
para los que este Primero de Mayo quiere recuperar su centralidad y su
protagonismo democrático. Invisibles porque nadie hablará de su importancia
en el mantenimiento del bienestar de la sociedad, y prescindibles porque en
estos sectores se ceba la temporalidad y la precariedad. Lo hemos visto con el
cese en la Comunidad de Madrid – que acumula casi la mitad de los casos de
contagio por Covid-19, de los contratos de personal sanitario que efectuó para
atender hospitales, SUMMA 112 y Atención Primaria del Servicio Madrileño de
Salud.
“… Todo ello
coloca en primer plano la urgencia de un cambio del marco institucional que
ampara estas desviaciones del mercado que inciden directamente en la calidad
del empleo y en la propia conformación del derecho al trabajo reconocido
constitucionalmente. Hay que vincular la salida de la actual crisis a la
eliminación de esta “anomalía laboral” de nuestro país, un efecto aberrante del
paradigma neoliberal de la flexibilización del trabajo y la consideración de
los derechos laborales exclusivamente en términos de coste económico. Un
“pacto contra la temporalidad” que forme parte de la “reconstrucción” que se
tiene que llevar a cabo en el terreno social y económico.
14. Chiara Benassi. Unions’
responses to the Covid-19 crisis in Europe
1 de mayo.
“… Si bien plantea al movimiento sindical desafíos
inmediatos, la actual crisis sanitaria también representa una oportunidad única
para que los sindicatos transformen la narrativa sobre el valor del trabajo. La
crisis ha puesto patas arriba las concepciones comunes sobre quiénes son los
trabajadores "clave" en nuestras economías postindustriales del
conocimiento: enfermeras, , repartidores, trabajadores logísticos,
repartidores, limpiadores, trabajadores de la industria de la alimentación y
trabajadores del comercio minorista -entre los más precarios y peor pagados-
han demostrado a la opinión pública lo valioso que es su trabajo.
Se trata de una oportunidad única para que los
sindicatos reaviven las solidaridades más amplias dentro de la sociedad y para
crear apoyo para una distribución salarial más equitativa a largo plazo…”
15 Felix Bender and Magdalena Ulceluse. Valuing life differently: migrants
and the coronavirus crisis. 1 de mayo.
“Se ha dicho y
escrito mucho sobre el equilibrio entre la salud y el rendimiento económico
durante el cierre. La idea de sacrificar la salud de la población para que la
economía pueda seguir funcionando normalmente ha sido rechazada con razón. En
su lugar, se han desplegado paquetes de apoyo masivo para las empresas y los
empleados afectados por la crisis.
Parece como si
valoráramos las vidas de los seres humanos por encima del estado de la
economía. Los retornados han sido puestos en cuarentena, los empleados han sido
redirigidos al trabajo desde sus casas y los gobiernos han gastado mucho para
mantenerlos lo más saludables posible. Sin embargo, al mismo tiempo, los
estados han estado fletando aviones para traer trabajadores migrantes de Europa
del Este para ayudar con las próximas cosechas de lúpulo y espárragos. ¿Qué nos
enseña esto sobre el valor de las vidas humanas: las de los nacionales, las de
unos pocos seleccionados y las de los migrantes?..”
“…Sin embargo, en
lo que respecta a los migrantes, el Estado parece adoptar un enfoque
radicalmente diferente. Esto es cierto en lo que respecta a las tres fases:
transporte, recepción y entorno de trabajo. Contrariamente al cuidado
meticuloso que se presta a sus nacionales cuando los transportan a casa, estos
mismos Estados han facilitado el transporte de cientos de miles de trabajadores
migrantes en condiciones menos que seguras. Los trabajadores polacos y rumanos
se han reunido por miles frente a las terminales de los aeropuertos, a los que
sólo se ha controlado superficialmente para detectar síntomas de fiebre,
síntomas que sólo aparecen en algunos de los afectados por el Covid-19 y sólo
en las últimas fases de la infección”.
… La crisis del
Covid-19 ha revelado que valoramos la vida humana. Sin embargo, parece que
valoramos algunas vidas más que otras. Estamos dispuestos a soportar severos
costos económicos para salvaguardar nuestra salud, pero la misma preocupación
no parece aplicarse a los migrantes. Parece que valoramos sus vidas
estrictamente en términos económicos.
Esto no quiere
decir que la migración sea mala en sí misma. Para los migrantes, constituye una
fuente de ingresos muy necesaria, mientras que para los agricultores ofrece una
fuente de mano de obra muy necesaria. El problema es que una crisis como ésta
pone de relieve la condición de los migrantes como "seres humanos de
segunda clase", especialmente si son migrantes estacionales poco
calificados.
La respuesta no es
prohibir la migración, sino cambiar la forma en que tratamos y valoramos las
vidas de los migrantes…”.
16. Thompson
Reuters. Dossier Impacto jurídico del COVID 19: Análisis de las medidas dereactivación de la justicia (RD-ley 16/2020)
30 de abril.
El BOE de ayer
publicó el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y
organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración
de Justicia. El objetivo de la norma es afrontar las consecuencias de la
suspensión de la actividad de los juzgados y tribunales, lo que exige cambios
normativos y organizativos en aras de lograr:
La reactivación del normal funcionamiento
de los órganos jurisdiccionales.
La salida ágil de la acumulación de los
procedimientos suspendidos por la declaración del estado de alarma cuando se
produzca el levantamiento de la suspensión ...”
17. Yaiza
Santana. Trabajamos en el SEPE yqueremos contarte en qué condiciones intentamos aprobar todos los expedientes 30 de abril.
“… Con esta
situación llegamos a la actualidad tan dura que vive este país. De repente
hemos visto que miles de españoles y españolas nos necesitan, que somos
indispensables para que sigan subsistiendo, nos hemos convertido en unos
pequeños héroes y heroínas pero sin apenas reconocimiento social. El SEPE va a
superar el récord de reconocimientos de prestaciones con la plantilla mermada.
Estamos trabajando más allá de nuestras posibilidades pero lo hacemos por
responsabilidad, siempre lo hemos hecho así.
Muchos estamos
trabajando con nuestros portátiles y teléfonos privados desde casa, otros van a
la oficina sin ningún tipo de protección, trabajando sábados y domingos para
poder llegar a todos, con la presión de que todo el mundo cobre, es nuestro
deber. Pero lo que no se entiende es que haya muchos comentarios en contra del
SEPE, tildándonos de funcionarios vagos o diciendo que somos el embudo de
botella de los ERTE….”
18. Foment del
Treball Nacional. Uno de cada cincotrabajadores estará en paro si colapsan el turismo y el comercio en Catalunya. Reivindicaciónunitaria de todo el tejido empresarial para salvar el empleo… 1 de mayo.
En concreto, el
sector turístico – comercial pide 9 medidas urgentemente:
1. Declarar el
turismo y el comercio como sectores económicos estratégicos en España y
Catalunya.
2. Disponer de un
calendario de desconfinament oficial para una adecuada planificación de la
actividad, con la coordinación del sector privado. La reactivación de los
sectores económicos es urgente para evitar que la crisis sanitaria provocada
por la Covid19, agrave la crisis económica y derive en una profunda crisis
social.
3. Facilitar la
flexibilidad necesaria a las empresas para adaptarse a una recuperación de la
demanda, que será lenta y progresiva, permitiendo ampliar los beneficios de los
ERTE por fuerza mayor hasta finales de año, e implantar mecanismos que permitan
a las empresas adaptar su estructura a la evolución de la demanda durante todo
2020.
4. Aplicar medidas
de estímulo e incentivo fiscal para incentivar rebajas nos los alquileres,
promoviendo el pacto entre propietarios e inquilinos. En particular: que las
cantidades rebajadas del alquiler generen un crédito fiscal deducible para los
propietarios y supresión del 100% de los alquileres de locales de titularidad
pública que están inoperativos (por ejemplo las instalaciones de la red AENA).
5. Incrementar las
medidas de liquidez en el medio y largo plazo y mantener las líneas de liquidez
ICO / ICF hasta finales de 2021.
6. Inyectar
liquidez a través de la suspensión y exoneración impositiva, tanto en relación
a los tributos estatales como autonómicos como municipales.
7. Respetando la
prioridad para el sector sanitario, facilitar por parte de la administración
los EPIs y equipos de protección de forma prioritaria.
8. Planificar una
campaña para activar la demanda turística y comercial, a partir de los nuevos
comportamientos y hábitos de los consumidores, poniendo en valor los conceptos
de destino y compra segura.
9. Generar efectos
multiplicadores en la economía promoviendo las inversiones a través de incentivos
fiscales (por ejemplo en obras y rehabilitación), y de la agilización y
simplificación administrativa y burocrática, priorizando la Declaración
Responsable, el silencio administrativo positivo, y con carácter general la
intervención administrativa de carácter posterior”.
19. Entrevista a
Joaquín Nieto (director de la Oficina de la OIT en España) Cómo será el escenario laboral tras el
confinamiento 1 de mayo.
“… La situación actual está siendo muy complicada
para el empleo. Cuando la situación de confinamiento empiece a remitir,¿qué
secuelas laborales quedarán en el mercado de trabajo?
Efectivamente, la pandemia COVID-19 está
provocando en todo el mundo una crisis económica y del empleo de consecuencias
devastadoras: 1.600 millones de trabajadores de la economía informal se han
quedado sin ingresos y 305 millones de trabajadores podrían perder su empleo.
La crisis económica y de empleo seguirá con toda
su virulencia –nunca mejor dicho– cuando acabe la crisis sanitaria. La cuestión
es si será duradera o no. Como se trata de una crisis económica de naturaleza
diferente a la crisis anterior, la salida puede y debe ser diferente.
La salida puede ser ordenada y el empleo
recuperado si se articulan medidas extraordinarias de protección del empleo y
ayudas financieras a las empresas y autónomos que han visto caer dramáticamente
sus ingresos y si se decide una inversión pública multimillonaria para la
reconstrucción de la economía en términos de protección e inclusión social y de
sostenibilidad ambiental…”
20. Pepa Burriel.
Los retos del mundo del trabajo...antes y ahora.. 1 de mayo.
“La crisis de la COVID-19, crisis sanitaria,
económica, social y por qué no, de sistemas, ha hecho visibles, como si de
fuegos artificiales se tratara, los principales problemas del mundo del trabajo
en nuestro país. Pero la necesidad de regular el mundo del trabajo de manera
coherente con el siglo XXI no es debida a la actual crisis sino a una
“obsolescencia” de nuestras instituciones laborales. Hoy, más que nunca,
debemos afrontar importantes retos del mundo del trabajo, entre ellos, los
siguientes frentes interconectados: la precariedad laboral, la informalidad
laboral, la digitalización y el teletrabajo”.
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