miércoles, 6 de noviembre de 2019

Los resultados del Consejo de Empleo UE del 24 de octubre. La economía del bienestar y la promoción de la Declaración del centenario de la OIT.


1. Buenos resultados, al menos sobre el papel, los alcanzados en la reunión del Consejode responsables de empleo, política social, salud y consumidores (EPSCO) bajo la presidencia finlandesa. Era un orden del día bastante intenso y parece que en gran parte de los asuntos tratados se alcanzaron acuerdos, que como es bien sabido son bastante difíciles de lograr en las ocasiones en que las cuestiones debatidas son más conflictivas.


El propósito de esta entrada es exponer algunas de las decisiones adoptadas, una de las cuales es citada, por su importancia, en el título, es decir la promoción por parte de la UE de la declaración del centenario de la OIT sobre el futuro del trabajo que fue adoptada en la Conferencia internacional anual de dicha organización celebrada el pasado mes de junio en Ginebra.

2. El Consejo adoptó conclusiones sobre la economía del bienestar,  para las que contó con el apoyo de un estudio realizado por la OCDE, en las que se la conceptúa como “una orientación estratégica y un enfoque de gobernanza que aspira a situar a las personas y a su bienestar en el centro de las políticas y de la toma de decisiones. Si bien el bienestar de las personas constituye un valor en sí, la economía del bienestar enfatiza el hecho de que el bienestar y el crecimiento económico se refuerzan mutuamente. Tener en cuenta el bienestar en todas las políticas reviste una importancia vital para el crecimiento económico, la productividad, la sostenibilidad presupuestaria y la estabilidad social de la Unión”, subrayando que para su impulso no es necesario crear en sede comunitaria nuevas estructuras ni ampliar las competencias existentes, sino mejorar la coordinación de las políticas tanto de la propia Unión como de los Estados miembros.

Ello es de especial importante sin duda en el ámbito social, ya que esta economía puede contribuir al desarrollo del modelo social europeo, en concreto al pilar europeo de derechos sociales y a la agenda estratégica 2019-204, en la medida en que concede especial relevancia “al empleo, las políticas activas del mercado de trabajo y la seguridad e higiene en el trabajo, además de unas condiciones de trabajo dignas, para garantizar el bienestar en el trabajo, y defiende la igualdad de oportunidades, la igualdad de género y la inclusión social”. Cuestiones, todas ellas, que guardan estrecha relación con la normativa de la OIT y que por ello también conectan con las conclusiones aprobadas sobre la promoción en el ámbito comunitario y en el de cada Estado de la Declaración del centenario, así como también con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU a lograr en el año 2030, de los que resalto ahora los de “lograr el empleo pleno y productivo y garantizar un trabajo decente para todos los hombres y mujeres, incluidos los jóvenes y las personas con discapacidad, y la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor”, y “proteger los derechos laborales y promover un entorno de trabajo seguro y protegido para todos los trabajadores, incluidos los trabajadores migrantes, en particular las mujeres migrantes y las personas con empleos precarios”.

En las conclusiones se destaca como aspecto positivo la mejora de la calidad de vida alcanzada por gran parte de la población que vive en el territorio comunitario, que se contrapone al hecho de que todavía una parte no menospreciable de aquella vive en situación de pobreza y exclusión social, o en riesgo de caer en ella, y que además se han incrementado las desigualdades sociales, alertando de que ello “puede conducir a la polarización y a la inestabilidad social”.

Un aspecto relevante para avanzar en la corrección de tales desigualdades y de incrementar la cohesión social es el factor educativo, tanto antes de acceder al mundo laboral como durante toda su permanencia en el mismo, y más en un entorno tecnológico cada vez más cambiante y ante nuevos modelos productivos. De ahí que se subraye, con acierto a mi entender, que hay que seguir trabajando para facilitar a toda la población “el acceso al aprendizaje permanente y a la adquisición de capacidades y competencias”. Un entorno, en el que además deberá tenerse cada vez más en consideración el cambio climático, por lo que se pide que se avance, incluso más rápido de lo que se ha venido haciendo hasta ahora, por la Unión y por los Estados en “los trabajos relativos a las condiciones, los incentivos y el marco facilitador que es preciso implantar para garantizar una transición hacia una UE climáticamente neutra, de conformidad con el Acuerdo de París, que, en particular, preservará la competitividad de la UE y será justa y socialmente equilibrada, teniendo en cuenta las circunstancias nacionales de los Estados miembros”.

La estrecha relación no sólo con la normativa comunitaria sino también con la internacional, así como con los intensos debates que se están llevando a cabo en ambos ámbitos territoriales, se pone de manifiesto en la importancia que se concede en las conclusiones a las políticas de calidad del empleo, es decir no sólo a remuneración sino también a condiciones de trabajo dignas, seguras y con estricto respeto a la igualdad de género, y enfatizando que las nuevas formas de trabajo (aunque insisto en mis tesis, ya expuesta en bastantes ocasiones con anterioridad en el blog, de que algunas no lo son en absoluto, sino una adaptación de anteriores a las posibilidades que la tecnología ofrece) “también deben proteger unas condiciones laborales justas y adecuadas, así como una protección social adecuada”. Protección social, que es sin duda uno de los pilares del modelo social europeo y del que se destaca su importancia tanto para la protección de las personas como la mejora de los resultados económicos a escala global y asimismo para posibilitar una transición ordenada de la población trabajadora “hacia sectores económicos dinámicos y emergentes” (habría que añadir aquí la mejora de las condiciones laborales de algunos de esos sectores que no son precisamente emergentes, como el cuidado de las personas, pero que serán cada vez más necesarios en el próximo futuro ante el progresivo envejecimiento de la población). En suma, disponer de políticas sociales, de empleo, educación, salud e igualdad de género, bien concebidas y sostenibles, es considerado con razón a mi parecer como “indispensable para el crecimiento económico sostenible a medio plazo”.

No es de extrañar, por consiguiente que la ministra en funciones de trabajo, migraciones ySeguridad Social, Magdalena Valerio, valorara positivamente el acuerdo alcanzado sobre las citadas conclusiones y que manifestara en la reunión que “poner a las personas y su bienestar en el centro de nuestros objetivos de crecimiento económico es indispensable para reforzar la dimensión social de la Unión Europea (UE) y es el mejor camino para reconectar a la ciudadanía con el proyecto europeo”. 


3. Me refiero a continuación a las conclusiones alcanzadas sobre la promoción de la Declaracióndel centenario de la OIT sobre el futuro del trabajo, declaración que ha sido objeto de atención en varias entradas anteriores del blog y a las que ahora me permito remitir a todas las personas interesadas. Conclusiones que fueron valoradas muy positivamente tanto por la comisaria europea Marianne Thyssen como por el Director General de la OIT Guy Rider; para la primera, porque establece “un enfoque centrado en las personas para el futuro del trabajo que es fundamental para el desarrollo sostenible, en Europa y en el resto del mundo”, para el segundo, porque “animan a todos los Estados miembros de la UE a perseguir los objetivos y a cumplir con los compromisos establecidos en la Declaración, tanto a nivel nacional como a través de los esfuerzos desplegados a nivel multilateral. Este es un paso importante a fin de garantizar que seguiremos invirtiendo en las personas, fortalecer las instituciones y promover el crecimiento sostenible, de manera que puedan crear un futuro del trabajo que sea sostenible desde el punto de vista ambiental, económico y social”. https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_725034/lang--es/index.htm

No podía faltar en la parte introductoria de las conclusiones la referencia a los cambios, a las transformaciones, que se están operando en el mundo del trabajo, por factores de índole económico como tecnológico, demográfico y climático, que son de índole mundial, para subrayar la importancia de tener “una visión también mundial del futuro del trabajo”, con un lenguaje “políticamente correcto”, si se piensa que había de recoger el visto bueno de Estados con realidades laborales bien diferenciadas, por cuando se habla de proteger eficazmente a los trabajadores y al mismo tiempo tener en cuenta las necesidades empresariales, por lo que “es importante que las normas aplicables al trabajo sean claras y rigurosas y estén actualizadas”.

Esa misma equidistancia se manifiesta en una de las peticiones que se formulan a los Estados miembros y a la Comisión en el ámbito de sus respectivas consecuencias, cual es la de “Alentar y favorecer —teniendo en cuenta el importante papel de las empresas multinacionales— la gestión responsable en las cadenas mundiales de suministro, en particular a través de la responsabilidad social de las empresas, la diligencia debida en materia de derechos humanos y la promoción del trabajo digno y de la protección social y laboral”.

En sintonía con la Declaración del centenario, y de los propios documentos comunitarios como por ejemplo la propuesta de Recomendación del Consejo sobre el acceso a la protección social para los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores por cuenta propia, se insta igualmente a los Estados miembros y a la Comisión a mejorar cuando proceda tal protección para todas las personas trabajadoras y teniendo en consideración “la evolución del mundo del trabajo·, debiendo ser las redes o sistemas de protección “adecuados, sostenibles y accesibles”.  En mi examen de dicha propuesta me manifestéen los siguientes términos: 

“Para la propuesta, si llegar a aplicarse totalmente su contenido, cerca del 39 % de la población ocupada, en donde están incluidos los trabajadores no convencionales y aquellos que prestan sus servicios por cuenta propia, “se beneficiarían de una mejor protección”, siendo además conscientes de que entre los trabajadores por cuenta propia los hay que asumen voluntariamente tal situación jurídica, teniendo o no asalariados a su servicio, pero que al mismo tiempo los datos recogidos por la oficina estadística Eurostat constatan que “una de cada cinco trabajadores por cuenta propia lo es debido a que no  puede encontrar un trabajo por cuenta ajena”.

La estrecha relación de esta propuesta con la referida a las condiciones de trabajo se constata claramente en la preocupación manifestada en la primera por el importante número de personas que están quedando fuera de la protección social, o con una cobertura claramente insuficiente, “debido a su situación en el mercado de trabajo o al tipo de relación laboral”, tales como quienes “trabajan por cuenta propia, en puestos de trabajo no regulados por contratos convencionales, o que alternan el empleo por cuenta ajena y el empleo por cuenta propia o combinan ambos”.

La lectura de la propuesta de Recomendación por parte de todas las personas interesadas permitirá comprobar, y así también se manifiesta en la introducción, que se encuentra claramente inspirada en la Recomendación núm. 202 de la OIT, aprobada en la Conferencia Internacional del Trabajo de 2012, sobre los niveles mínimos de protección social, teniendo por finalidad proteger a quienes ahora no lo están, o si lo están es de forma insuficiente. Recuérdese que esta Recomendación dispone en su apartado 4 que los Estados miembros, en función de sus circunstancias nacionales, “deberían establecer lo más rápidamente posible y mantener pisos de protección social propios que incluyan garantías básicas en materia de seguridad social. Estas garantías deberían asegurar como mínimo que, durante el ciclo de vida, todas las personas necesitadas tengan acceso a una atención de salud esencial y a una seguridad básica del ingreso que aseguren conjuntamente un acceso efectivo a los bienes y servicios definidos como necesarios a nivel nacional”, y que aquellos deberían comprender por lo menos las siguientes garantías básicas de seguridad social: a) acceso a un conjunto de bienes y servicios definido a nivel nacional, que constituyen la atención de salud esencial, incluida la atención de la maternidad, que cumpla los criterios de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad; b) seguridad básica del ingreso para los niños, por lo menos equivalente a un nivel mínimo definido en el plano nacional, que asegure el acceso a la alimentación, la educación, los cuidados y cualesquiera otros bienes y servicios necesarios; c) seguridad básica del ingreso, por lo menos equivalente a un nivel mínimo definido en el plano nacional, para las personas en edad activa que no puedan obtener ingresos suficientes, en particular en caso de enfermedad, desempleo, maternidad e invalidez, y d) seguridad básica del ingreso para las personas de edad, por lo menos equivalente a un nivel mínimo definido en el plano nacional”.

La estrecha relación de la política comunitaria con la internacional, y en concreto a mi parecer con la Recomendación núm. 204 de la OIT  sobre la transición de la economía informal a la economía formal, se pone de manifiesto en la llamada al reforzamiento de la administración y la inspección de trabajo, por una parte, y al logro de la adecuada protección para todas las personas trabajadoras “también en el contexto de las nuevas formas de trabajo y transición de la economía informal a la formal”.

Por último, se ponen deberes a la Comisión, que no creo que sean demasiado difíciles de cumplir, dados los muy numerosos estudios, informes y publicaciones sobre la materia, siendo cuestión bien distinta ciertamente lograr elaborar un documento que recoja y sintetice las ideas principales. Los deberes son los de actualizar su Comunicación de 2006 “Promover un trabajo digno para todos — Contribución de la Unión a la aplicación de la agenda del trabajo digno en el mundo”, justamente para tomar en cuenta todo aquello que se plantea en la Declaración del Centenario, el marco diseñado por el pilar europeo de derechos sociales, y los objetivos marcado por la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.   

4. El consejo EPSCO abordó también cómo avanzar en el logro de un acuerdo sobre una propuesta de Directiva que lleva ya, desgraciadamente a mi parecer, mucho tiempo detenidas por la imposibilidad de llegar a un acuerdo por los Estados miembros, cual es la de lucha contra la discriminación, en concreto la  Propuesta de Directiva del Consejo por la quese aplica el principio de igualdad de trato entre las personasindependientemente de su religión o convicciones, discapacidad, edad uorientación sexual.

No parece que se hayan conseguido avances necesarios para desbloquearla, y una cierta frustración se pone de manifiesto en el documento preparado por la presidencia finlandesa para orientar la reunión del día 24, en el que se ponía de manifiesto que “A pesar de los esfuerzos realizados por más de veinte Presidencias desde 2008, la unanimidad preceptiva del Consejo aún no se ha alcanzado. Las preocupaciones de los Estados miembros se refieren, en particular, a la seguridad jurídica de la Directiva propuesta, el reparto de competencias entre la Unión y los Estados miembros y las repercusiones concreta de la Directiva, incluidos los costes financieros”.  

Deberemos seguir atentos a próximas reuniones, previas reuniones anteriores de los representantes permanentes para intentar desbloquear una propuesta con más de once años de antigüedad, habiéndose además puesto de manifiesto por muchos Estados que sería necesario lograr “un marco jurídico global a escala de la UE”, y de manera más concreta, al responder al cuestionario enviado por la presidencia en julio de 2019, que “las mujeres, las personas con discapacidad, las personas LGBTI, las minorías étnicas, incluidos los gitanos y los inmigrantes, y las personas pobres corren el mayor riesgo de ser objeto de discriminación. También se menciona a las personas que se enfrentan a una discriminación múltiple o interseccional”.

5. Una temática de indudable calado jurídico es el debate de cómo legislar de manera más eficiente en política social, y la determinación de los ámbitos en los que debe recurrirse más a la votación por mayoría cualificada. Tal es justamente la finalidad de la Comunicación presentada por la Comisión Europea el 16 de abril y que fue objeto de presentación en la reunión EPSCO, comunicación que forma parte, como puede leerse en la introducción “el compromiso más amplio que ha adquirido esta Comisión en lo referente a estudiar formas de lograr que la toma de decisiones sea más eficiente, para lo cual determina ámbitos en los que pueda utilizarse en mayor medida la votación por mayoría cualificada…”.

En este debate intervino la Secretaria de Estado de Empleo de España, Yolanda Valdeolivas, que según la nota de prensa oficial agradeció en nombre de nuestro gobierno “el debate abierto para mejorar los procesos legislativos europeos en el ámbito social, “porque puede facilitar un funcionamiento más democrático y sólido de nuestras instituciones”, y aseguró que España es partidaria de las cláusulas pasarelas siempre que sea para desbloquear iniciativas en el ámbito social -como en el caso de la Directiva de Igualdad de Trato- aunque ha señalado, en otras materias, la necesidad de analizar caso a caso”.

6. Por último, hago breve referencia a dos documentos que fueron objeto de la atención en la reunión.

A) Se trata en primer lugar de un documento de reflexión sobre “Adecuar las capacidades a lasnecesidades del mercado de trabajo en un mundo laboral cambiante: enfoqueestratégico sobre el aprendizaje permanente”,  en el que nuevamente se subraya la importancia de  garantizar que las personas “tengan las capacidades necesarias en un mundo digital —caracterizado por una transformación industrial y una transición justa a una economía climáticamente neutra— y que la escasez de capacidades no obstaculice la competitividad de Europa”, con la obligación de prestar atención a la diversidad existente en la población, tanto educativa como trabajadora, para conseguir que la educación y formación alcance los objetivos perseguidos, y más aún para la población que trabaja en sectores fuertemente afectados por procesos de transformación, al objeto de evitar “que nadie se quede atrás”.

Como documento de reflexión que era, se formularon dos preguntas para la reunión, ninguna de ellas de poca importancia ciertamente: “1. ¿Cómo debería mejorarse el aprendizaje permanente, con el fin de que la readaptación profesional y la formación complementaria sean posibilidades reales para las personas a lo largo de toda su carrera teniendo en cuenta las necesidades del mercado laboral? ¿Cuál sería el mejor modo de compartir las responsabilidades en materia de desarrollo de capacidades entre los sectores público y privado y las personas? 2. ¿Cómo puede mejorarse la participación de los grupos desfavorecidos en el aprendizaje permanente?”.

B) Por otra parte, se adjuntaron los mensajes clave del Comité de Empleo basados en el Informe anual de resultados en materia de empleo y el Indicador de resultados en materia de empleo (IRE), y los mensajes clave en materia de protección social.
 
a) Del primero, reproduzco un apartado de especial importancia a mi parecer por abordar cuestiones tratadas en otros documentos y que guardan directa relación con el impacto del cambio tecnológico en las relaciones de trabajo.

“El desajuste entre las cualificaciones y los requisitos del puesto de trabajo sigue siendo un desafío fundamental en materia de empleo, en particular en aquellos Estados miembros en los que por una parte las cualificaciones cada vez responden menos a las necesidades y por otra escasea la mano de obra. La digitalización conduce a la aparición de nuevas formas de trabajo y nuevas oportunidades de empleo y crecimiento económico, que a su vez modificarán la estructura de empleo tradicional, que pasará de centrarse en el trabajo indefinido a tiempo completo a una estructura con modalidades de trabajo atípicas más generalizadas. Aunque estas modalidades de trabajo no convencionales pueden suponer una entrada en el mercado laboral y ofrecer más flexibilidad, también tendrán consecuencias negativas para el mercado de trabajo, como el incremento de la polarización del empleo, el aumento de la desigualdad salarial, la disminución de las oportunidades de perfeccionamiento profesional y de aprendizaje permanente, así como una reducción de la cobertura de los sistemas de protección social y un menor acceso a ellos. Con el ritmo actual de digitalización y cambio tecnológico, algunas de las ocupaciones y tareas actuales conllevan el riesgo de quedar obsoletas, aumentando la probabilidad de que se produzca el desplazamiento de los puestos de trabajo, especialmente para los trabajadores poco cualificados. Conscientes de estos retos, varios Estados miembros están esforzándose por mejorar la pertinencia para el mercado laboral de las cualificaciones de la enseñanza superior, y están intentando ayudar a encarar la inadecuación de las cualificaciones. Los Estados miembros tendrán que proseguir sus esfuerzos por lo que respecta a retos como la mejora de los vínculos entre la educación y el mercado de trabajo y la mejora de la integración haciendo que los grupos prioritarios accedan en mayor medida a la educación y la formación”. 

b) Del segundo, destaco dos apartados que guardan igualmente relación muy directa con todos los documentos presentados en la reunión. Para el Comité, “las sociedades y los mercados laborales europeos están cambiando rápidamente. Las nuevas oportunidades y los nuevos retos, derivados de la globalización, el avance de las nuevas tecnologías y la evolución demográfica, están ejerciendo una mayor presión sobre los sistemas de protección social y amplificarán la necesidad de garantizar que los trabajadores dispongan de las competencias adecuadas”. Por ello es necesario tener presente que “Las nuevas modalidades de empleo ofrecen nuevas oportunidades de trabajo y nuevas fuentes de ingresos, pero también cuestionan la manera en que se conciben y financian los sistemas de protección social. Aprovechar plenamente estas oportunidades, al tiempo que se mitigan los riesgos, requiere esfuerzos continuados para modernizar los sistemas de protección social, garantizando que todos los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia tengan acceso a una protección social adecuada e incentivos para contribuir y participar en los sistemas de protección social”.

Buena lectura.   

No hay comentarios: