1. Buenos
resultados, al menos sobre el papel, los alcanzados en la reunión del Consejode responsables de empleo, política social, salud y consumidores (EPSCO) bajo
la presidencia finlandesa. Era un orden del día bastante intenso y parece que
en gran parte de los asuntos tratados se alcanzaron acuerdos, que como es bien
sabido son bastante difíciles de lograr en las ocasiones en que las cuestiones
debatidas son más conflictivas.
El propósito de
esta entrada es exponer algunas de las decisiones adoptadas, una de las cuales
es citada, por su importancia, en el título, es decir la promoción por parte de
la UE de la declaración del centenario de la OIT sobre el futuro del trabajo
que fue adoptada en la Conferencia internacional anual de dicha organización
celebrada el pasado mes de junio en Ginebra.
2. El Consejo
adoptó conclusiones sobre la economía del bienestar, para las que contó
con el apoyo de un estudio realizado por la OCDE, en las que se la conceptúa
como “una orientación estratégica y un enfoque de gobernanza que aspira a
situar a las personas y a su bienestar en el centro de las políticas y de la
toma de decisiones. Si bien el bienestar de las personas constituye un valor en
sí, la economía del bienestar enfatiza el hecho de que el bienestar y el
crecimiento económico se refuerzan mutuamente. Tener en cuenta el bienestar en
todas las políticas reviste una importancia vital para el crecimiento
económico, la productividad, la sostenibilidad presupuestaria y la estabilidad
social de la Unión”, subrayando que para su impulso no es necesario crear en
sede comunitaria nuevas estructuras ni ampliar las competencias existentes,
sino mejorar la coordinación de las políticas tanto de la propia Unión como de
los Estados miembros.
Ello es de
especial importante sin duda en el ámbito social, ya que esta economía puede contribuir
al desarrollo del modelo social europeo, en concreto al pilar europeo de
derechos sociales y a la agenda estratégica 2019-204, en la medida en que
concede especial relevancia “al empleo, las políticas activas del mercado de
trabajo y la seguridad e higiene en el trabajo, además de unas condiciones de
trabajo dignas, para garantizar el bienestar en el trabajo, y defiende la
igualdad de oportunidades, la igualdad de género y la inclusión social”. Cuestiones,
todas ellas, que guardan estrecha relación con la normativa de la OIT y que por
ello también conectan con las conclusiones aprobadas sobre la promoción en el
ámbito comunitario y en el de cada Estado de la Declaración del centenario, así
como también con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU a lograr en
el año 2030, de los que resalto ahora los de “lograr el empleo pleno y
productivo y garantizar un trabajo decente para todos los hombres y mujeres,
incluidos los jóvenes y las personas con discapacidad, y la igualdad de
remuneración por trabajo de igual valor”, y “proteger los derechos laborales y
promover un entorno de trabajo seguro y protegido para todos los trabajadores,
incluidos los trabajadores migrantes, en particular las mujeres migrantes y las
personas con empleos precarios”.
En las
conclusiones se destaca como aspecto positivo la mejora de la calidad de vida
alcanzada por gran parte de la población que vive en el territorio comunitario,
que se contrapone al hecho de que todavía una parte no menospreciable de aquella
vive en situación de pobreza y exclusión social, o en riesgo de caer en ella, y
que además se han incrementado las desigualdades sociales, alertando de que
ello “puede conducir a la polarización y a la inestabilidad social”.
Un aspecto relevante
para avanzar en la corrección de tales desigualdades y de incrementar la cohesión
social es el factor educativo, tanto antes de acceder al mundo laboral como
durante toda su permanencia en el mismo, y más en un entorno tecnológico cada
vez más cambiante y ante nuevos modelos productivos. De ahí que se subraye, con
acierto a mi entender, que hay que seguir trabajando para facilitar a toda la población
“el acceso al aprendizaje permanente y a la adquisición de capacidades y competencias”.
Un entorno, en el que además deberá tenerse cada vez más en consideración el
cambio climático, por lo que se pide que se avance, incluso más rápido de lo
que se ha venido haciendo hasta ahora, por la Unión y por los Estados en “los
trabajos relativos a las condiciones, los incentivos y el marco facilitador que
es preciso implantar para garantizar una transición hacia una UE climáticamente
neutra, de conformidad con el Acuerdo de París, que, en particular, preservará
la competitividad de la UE y será justa y socialmente equilibrada, teniendo en
cuenta las circunstancias nacionales de los Estados miembros”.
La estrecha
relación no sólo con la normativa comunitaria sino también con la
internacional, así como con los intensos debates que se están llevando a cabo
en ambos ámbitos territoriales, se pone de manifiesto en la importancia que se
concede en las conclusiones a las políticas de calidad del empleo, es decir no
sólo a remuneración sino también a condiciones de trabajo dignas, seguras y con
estricto respeto a la igualdad de género, y enfatizando que las nuevas formas
de trabajo (aunque insisto en mis tesis, ya expuesta en bastantes ocasiones con
anterioridad en el blog, de que algunas no lo son en absoluto, sino una
adaptación de anteriores a las posibilidades que la tecnología ofrece) “también
deben proteger unas condiciones laborales justas y adecuadas, así como una protección
social adecuada”. Protección social, que es sin duda uno de los pilares del
modelo social europeo y del que se destaca su importancia tanto para la
protección de las personas como la mejora de los resultados económicos a escala
global y asimismo para posibilitar una transición ordenada de la población trabajadora
“hacia sectores económicos dinámicos y emergentes” (habría que añadir aquí la
mejora de las condiciones laborales de algunos de esos sectores que no son
precisamente emergentes, como el cuidado de las personas, pero que serán cada
vez más necesarios en el próximo futuro ante el progresivo envejecimiento de la
población). En suma, disponer de políticas sociales, de empleo, educación,
salud e igualdad de género, bien concebidas y sostenibles, es considerado con
razón a mi parecer como “indispensable para el crecimiento económico sostenible
a medio plazo”.
No es de extrañar,
por consiguiente que la ministra en funciones de trabajo, migraciones ySeguridad Social, Magdalena Valerio, valorara positivamente el acuerdo
alcanzado sobre las citadas conclusiones y que manifestara en la reunión que “poner
a las personas y su bienestar en el centro de nuestros objetivos de crecimiento
económico es indispensable para reforzar la dimensión social de la Unión
Europea (UE) y es el mejor camino para reconectar a la ciudadanía con el
proyecto europeo”.
3. Me refiero a
continuación a las conclusiones alcanzadas sobre la promoción de la Declaracióndel centenario de la OIT sobre el futuro del trabajo, declaración que ha sido
objeto de atención en varias entradas anteriores del blog y a las que ahora me
permito remitir a todas las personas interesadas. Conclusiones que fueron valoradas muy positivamente tanto por la comisaria europea
Marianne Thyssen como por el Director General de la OIT Guy Rider; para la
primera, porque establece “un enfoque centrado en las personas para el futuro
del trabajo que es fundamental para el desarrollo sostenible, en Europa y en el
resto del mundo”, para el segundo, porque “animan a todos los Estados miembros
de la UE a perseguir los objetivos y a cumplir con los compromisos establecidos
en la Declaración, tanto a nivel nacional como a través de los esfuerzos
desplegados a nivel multilateral. Este es un paso importante a fin de
garantizar que seguiremos invirtiendo en las personas, fortalecer las
instituciones y promover el crecimiento sostenible, de manera que puedan crear
un futuro del trabajo que sea sostenible desde el punto de vista ambiental,
económico y social”. https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_725034/lang--es/index.htm
No podía faltar en
la parte introductoria de las conclusiones la referencia a los cambios, a las
transformaciones, que se están operando en el mundo del trabajo, por factores
de índole económico como tecnológico, demográfico y climático, que son de
índole mundial, para subrayar la importancia de tener “una visión también
mundial del futuro del trabajo”, con un lenguaje “políticamente correcto”, si
se piensa que había de recoger el visto bueno de Estados con realidades
laborales bien diferenciadas, por cuando se habla de proteger eficazmente a los
trabajadores y al mismo tiempo tener en cuenta las necesidades empresariales,
por lo que “es importante que las normas aplicables al trabajo sean claras y
rigurosas y estén actualizadas”.
Esa misma
equidistancia se manifiesta en una de las peticiones que se formulan a los Estados
miembros y a la Comisión en el ámbito de sus respectivas consecuencias, cual es
la de “Alentar y favorecer —teniendo en cuenta el importante papel de las
empresas multinacionales— la gestión responsable en las cadenas mundiales de
suministro, en particular a través de la responsabilidad social de las
empresas, la diligencia debida en materia de derechos humanos y la promoción
del trabajo digno y de la protección social y laboral”.
En sintonía con la
Declaración del centenario, y de los propios documentos comunitarios como por
ejemplo la propuesta de Recomendación del Consejo sobre el acceso a la
protección social para los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores por
cuenta propia, se insta igualmente a los Estados miembros y a la Comisión a
mejorar cuando proceda tal protección para todas las personas trabajadoras y teniendo
en consideración “la evolución del mundo del trabajo·, debiendo ser las redes o
sistemas de protección “adecuados, sostenibles y accesibles”. En mi examen de dicha propuesta me manifestéen los siguientes términos:
“Para la
propuesta, si llegar a aplicarse totalmente su contenido, cerca del 39 % de la
población ocupada, en donde están incluidos los trabajadores no convencionales
y aquellos que prestan sus servicios por cuenta propia, “se beneficiarían de
una mejor protección”, siendo además conscientes de que entre los trabajadores
por cuenta propia los hay que asumen voluntariamente tal situación jurídica,
teniendo o no asalariados a su servicio, pero que al mismo tiempo los datos
recogidos por la oficina estadística Eurostat constatan que “una de cada cinco
trabajadores por cuenta propia lo es debido a que no puede encontrar un trabajo por cuenta ajena”.
La estrecha
relación de esta propuesta con la referida a las condiciones de trabajo se
constata claramente en la preocupación manifestada en la primera por el
importante número de personas que están quedando fuera de la protección social,
o con una cobertura claramente insuficiente, “debido a su situación en el mercado
de trabajo o al tipo de relación laboral”, tales como quienes “trabajan por
cuenta propia, en puestos de trabajo no regulados por contratos convencionales,
o que alternan el empleo por cuenta ajena y el empleo por cuenta propia o
combinan ambos”.
La lectura de la
propuesta de Recomendación por parte de todas las personas interesadas
permitirá comprobar, y así también se manifiesta en la introducción, que se
encuentra claramente inspirada en la Recomendación núm. 202 de la OIT, aprobada
en la Conferencia Internacional del Trabajo de 2012, sobre los niveles mínimos
de protección social, teniendo por finalidad proteger a quienes ahora no lo
están, o si lo están es de forma insuficiente. Recuérdese que esta
Recomendación dispone en su apartado 4 que los Estados miembros, en función de
sus circunstancias nacionales, “deberían establecer lo más rápidamente posible
y mantener pisos de protección social propios que incluyan garantías básicas en
materia de seguridad social. Estas garantías deberían asegurar como mínimo que,
durante el ciclo de vida, todas las personas necesitadas tengan acceso a una
atención de salud esencial y a una seguridad básica del ingreso que aseguren
conjuntamente un acceso efectivo a los bienes y servicios definidos como
necesarios a nivel nacional”, y que aquellos deberían comprender por lo menos
las siguientes garantías básicas de seguridad social: a) acceso a un conjunto
de bienes y servicios definido a nivel nacional, que constituyen la atención de
salud esencial, incluida la atención de la maternidad, que cumpla los criterios
de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad; b) seguridad básica
del ingreso para los niños, por lo menos equivalente a un nivel mínimo definido
en el plano nacional, que asegure el acceso a la alimentación, la educación,
los cuidados y cualesquiera otros bienes y servicios necesarios; c) seguridad
básica del ingreso, por lo menos equivalente a un nivel mínimo definido en el
plano nacional, para las personas en edad activa que no puedan obtener ingresos
suficientes, en particular en caso de enfermedad, desempleo, maternidad e
invalidez, y d) seguridad básica del ingreso para las personas de edad, por lo
menos equivalente a un nivel mínimo definido en el plano nacional”.
La estrecha
relación de la política comunitaria con la internacional, y en concreto a mi
parecer con la Recomendación núm. 204 de la OIT sobre la transición de la economía informal a la
economía formal, se pone de manifiesto en la llamada al reforzamiento de la
administración y la inspección de trabajo, por una parte, y al logro de la
adecuada protección para todas las personas trabajadoras “también en el
contexto de las nuevas formas de trabajo y transición de la economía informal a
la formal”.
Por último, se
ponen deberes a la Comisión, que no creo que sean demasiado difíciles de
cumplir, dados los muy numerosos estudios, informes y publicaciones sobre la
materia, siendo cuestión bien distinta ciertamente lograr elaborar un documento
que recoja y sintetice las ideas principales. Los deberes son los de actualizar
su Comunicación de 2006 “Promover un trabajo digno para todos — Contribución de
la Unión a la aplicación de la agenda del trabajo digno en el mundo”,
justamente para tomar en cuenta todo aquello que se plantea en la Declaración
del Centenario, el marco diseñado por el pilar europeo de derechos sociales, y
los objetivos marcado por la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
4. El consejo
EPSCO abordó también cómo avanzar en el logro de un acuerdo sobre una propuesta
de Directiva que lleva ya, desgraciadamente a mi parecer, mucho tiempo detenidas
por la imposibilidad de llegar a un acuerdo por los Estados miembros, cual es
la de lucha contra la discriminación, en concreto la Propuesta de Directiva del Consejo por la quese aplica el principio de igualdad de trato entre las personasindependientemente de su religión o convicciones, discapacidad, edad uorientación sexual.
No parece que se
hayan conseguido avances necesarios para desbloquearla, y una cierta
frustración se pone de manifiesto en el documento preparado por la presidencia
finlandesa para orientar la reunión del día 24, en el que se ponía de
manifiesto que “A pesar de los esfuerzos realizados por más de veinte
Presidencias desde 2008, la unanimidad preceptiva del Consejo aún no se ha
alcanzado. Las preocupaciones de los Estados miembros se refieren, en
particular, a la seguridad jurídica de la Directiva propuesta, el reparto de
competencias entre la Unión y los Estados miembros y las repercusiones concreta
de la Directiva, incluidos los costes financieros”.
Deberemos seguir
atentos a próximas reuniones, previas reuniones anteriores de los
representantes permanentes para intentar desbloquear una propuesta con más de
once años de antigüedad, habiéndose además puesto de manifiesto por muchos
Estados que sería necesario lograr “un marco jurídico global a escala de la UE”,
y de manera más concreta, al responder al cuestionario enviado por la
presidencia en julio de 2019, que “las mujeres, las personas con discapacidad,
las personas LGBTI, las minorías étnicas, incluidos los gitanos y los
inmigrantes, y las personas pobres corren el mayor riesgo de ser objeto de
discriminación. También se menciona a las personas que se enfrentan a una
discriminación múltiple o interseccional”.
5. Una temática de
indudable calado jurídico es el debate de cómo legislar de manera más eficiente
en política social, y la determinación de los ámbitos en los que debe
recurrirse más a la votación por mayoría cualificada. Tal es justamente la
finalidad de la Comunicación presentada por la Comisión Europea el 16 de abril
y que fue objeto de presentación en la reunión EPSCO, comunicación que forma
parte, como puede leerse en la introducción “el compromiso más amplio que ha
adquirido esta Comisión en lo referente a estudiar formas de lograr que la toma
de decisiones sea más eficiente, para lo cual determina ámbitos en los que
pueda utilizarse en mayor medida la votación por mayoría cualificada…”.
En este debate
intervino la Secretaria de Estado de Empleo de España, Yolanda Valdeolivas, que
según la nota de prensa oficial agradeció en nombre de nuestro gobierno “el
debate abierto para mejorar los procesos legislativos europeos en el ámbito
social, “porque puede facilitar un funcionamiento más democrático y sólido de
nuestras instituciones”, y aseguró que España es partidaria de las cláusulas
pasarelas siempre que sea para desbloquear iniciativas en el ámbito social
-como en el caso de la Directiva de Igualdad de Trato- aunque ha señalado, en
otras materias, la necesidad de analizar caso a caso”.
6. Por último,
hago breve referencia a dos documentos que fueron objeto de la atención en la
reunión.
A) Se trata en
primer lugar de un documento de reflexión sobre “Adecuar las capacidades a lasnecesidades del mercado de trabajo en un mundo laboral cambiante: enfoqueestratégico sobre el aprendizaje permanente”, en el que
nuevamente se subraya la importancia de
garantizar que las personas “tengan las capacidades necesarias en un
mundo digital —caracterizado por una transformación industrial y una transición
justa a una economía climáticamente neutra— y que la escasez de capacidades no
obstaculice la competitividad de Europa”, con la obligación de prestar atención
a la diversidad existente en la población, tanto educativa como trabajadora,
para conseguir que la educación y formación alcance los objetivos perseguidos,
y más aún para la población que trabaja en sectores fuertemente afectados por
procesos de transformación, al objeto de evitar “que nadie se quede atrás”.
Como documento de
reflexión que era, se formularon dos preguntas para la reunión, ninguna de ellas
de poca importancia ciertamente: “1. ¿Cómo debería mejorarse el aprendizaje
permanente, con el fin de que la readaptación profesional y la formación
complementaria sean posibilidades reales para las personas a lo largo de toda
su carrera teniendo en cuenta las necesidades del mercado laboral? ¿Cuál sería
el mejor modo de compartir las responsabilidades en materia de desarrollo de
capacidades entre los sectores público y privado y las personas? 2. ¿Cómo puede
mejorarse la participación de los grupos desfavorecidos en el aprendizaje
permanente?”.
B) Por otra parte,
se adjuntaron los mensajes clave del Comité de Empleo basados en el Informe
anual de resultados en materia de empleo y el Indicador de resultados en
materia de empleo (IRE), y los mensajes clave en materia de protección social.
a) Del primero,
reproduzco un apartado de especial importancia a mi parecer por abordar
cuestiones tratadas en otros documentos y que guardan directa relación con el
impacto del cambio tecnológico en las relaciones de trabajo.
“El desajuste
entre las cualificaciones y los requisitos del puesto de trabajo sigue siendo
un desafío fundamental en materia de empleo, en particular en aquellos Estados
miembros en los que por una parte las cualificaciones cada vez responden menos
a las necesidades y por otra escasea la mano de obra. La digitalización conduce
a la aparición de nuevas formas de trabajo y nuevas oportunidades de empleo y
crecimiento económico, que a su vez modificarán la estructura de empleo
tradicional, que pasará de centrarse en el trabajo indefinido a tiempo completo
a una estructura con modalidades de trabajo atípicas más generalizadas. Aunque
estas modalidades de trabajo no convencionales pueden suponer una entrada en el
mercado laboral y ofrecer más flexibilidad, también tendrán consecuencias
negativas para el mercado de trabajo, como el incremento de la polarización del
empleo, el aumento de la desigualdad salarial, la disminución de las
oportunidades de perfeccionamiento profesional y de aprendizaje permanente, así
como una reducción de la cobertura de los sistemas de protección social y un
menor acceso a ellos. Con el ritmo actual de digitalización y cambio
tecnológico, algunas de las ocupaciones y tareas actuales conllevan el riesgo
de quedar obsoletas, aumentando la probabilidad de que se produzca el
desplazamiento de los puestos de trabajo, especialmente para los trabajadores
poco cualificados. Conscientes de estos retos, varios Estados miembros están
esforzándose por mejorar la pertinencia para el mercado laboral de las
cualificaciones de la enseñanza superior, y están intentando ayudar a encarar
la inadecuación de las cualificaciones. Los Estados miembros tendrán que
proseguir sus esfuerzos por lo que respecta a retos como la mejora de los
vínculos entre la educación y el mercado de trabajo y la mejora de la
integración haciendo que los grupos prioritarios accedan en mayor medida a la
educación y la formación”.
b) Del segundo,
destaco dos apartados que guardan igualmente relación muy directa con todos los
documentos presentados en la reunión. Para el Comité, “las sociedades y los
mercados laborales europeos están cambiando rápidamente. Las nuevas
oportunidades y los nuevos retos, derivados de la globalización, el avance de
las nuevas tecnologías y la evolución demográfica, están ejerciendo una mayor presión
sobre los sistemas de protección social y amplificarán la necesidad de
garantizar que los trabajadores dispongan de las competencias adecuadas”. Por
ello es necesario tener presente que “Las nuevas modalidades de empleo ofrecen
nuevas oportunidades de trabajo y nuevas fuentes de ingresos, pero también
cuestionan la manera en que se conciben y financian los sistemas de protección
social. Aprovechar plenamente estas oportunidades, al tiempo que se mitigan los
riesgos, requiere esfuerzos continuados para modernizar los sistemas de
protección social, garantizando que todos los trabajadores por cuenta ajena y
por cuenta propia tengan acceso a una protección social adecuada e incentivos
para contribuir y participar en los sistemas de protección social”.
Buena lectura.
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