1. La 108ª
Conferencia Internacional del Trabajo, celebrada del 10 al 21 de junio en la
sede de la OIT en Ginebra, aprobó el último día de la reunión, la Declaracióndel Centenario de la OIT sobre el futuro del trabajo. Para el Director general,Guy Rider, se trata de “una hoja de ruta, una brújula que nos guiará al futuro
de esta organización, puesto que el futuro del trabajo es el futuro de nuestra
organización".
Junto a la
Declaración se aprobó una Resolución por la que se pide al Consejo de
Administración “que examine, lo antes posible, propuestas para incluir las
condiciones de trabajo seguras y saludables en el marco de la OIT relativo a
los principios y derechos fundamentales en el trabajo”, le invita a que “pida
al Director General que tenga debidamente en cuenta la Declaración para que sus
prioridades se reflejen en el contenido y la estructura de las propuestas de
Programa y Presupuesto para 2020-2021 y futuros bienios, que serán sometidas a
la consideración del Consejo de Administración, asignando los recursos
adecuados a tal fin”, así como le exhorta “a finalizar lo antes posible el
proceso de ratificación del Instrumento de Enmienda de 1986 a la Constitución
de la OIT a fin de consolidar definitivamente la democratización del
funcionamiento y de la composición de los órganos rectores de la OIT”, y
finalmente le invita a que “pida al Director
General que presente
al Consejo de Administración propuestas
destinadas a promover una
mayor coherencia en el marco del
sistema multilateral”.
Según puede leerse
en la nota de prensa de la última sesión, “La Declaración está orientada al
futuro del trabajo con arreglo a un enfoque centrado en el ser humano. Hace
hincapié en la promoción de los beneficios que la transformación del mundo del
trabajo brinda a las personas, sobre la base del fortalecimiento de las
instituciones laborales, a fin de velar por una protección adecuada de todos
los trabajadores, la promoción de un desarrollo duradero, inclusivo y
sostenible, y el fomento del empleo pleno y productivo. Entre las esferas de
acción específicas que se han establecido cabe destacar: el cumplimiento eficaz
de la igualdad de género en materia de oportunidades y de trato, la promoción
de un sistema eficaz de aprendizaje permanente y de enseñanza de calidad para
todos, el acceso universal a protección social general sostenible, el respeto
de los derechos fundamentales de los trabajadores, el derecho a un salario
mínimo adecuado, el establecimiento de límites máximos del tiempo de trabajo, el
fomento de la seguridad y la salud en el trabajo, la formulación de políticas
que promuevan el trabajo decente y la productividad, a aplicación de políticas
y medidas que garanticen la privacidad y la protección de la información
personal, y que permitan dar respuesta a los retos y las oportunidades del
mundo del trabajo en relación con la transformación digital del trabajo,
incluido el que se realiza a través de plataformas en línea”.
2. Me he ocupado
en este blog en numerosas ocasiones de los documentos elaborados con ocasión de
la puesta en marcha en agosto de 2017 de la iniciativa mundial sobre el futuro
del trabajo, y he prestado especial atención al proyecto de Declaración, hecho
público el 13 de mayo para su debate y aprobación en la CIT en una anterior entradade la que ahora recupero algunos fragmentos:
“En el proyecto de
Declaración del Centenario de la OIT hecho público el 13 de mayo se recogen en
primer lugar los antecedentes de su elaboración, remontándose a la memoria del
Director General presentada a la 102ª reunión de la CIT, en 2013, en la que
propuso siete iniciativas para el centenario, siendo justamente una de ellas la
relativa al futuro del trabajo, que ya fue objeto de debate en la sesión
plenaria de la CIT dos años más tarde.
Se recuerda a
continuación que la segunda fase de la iniciativa se puso en marcha con la
creación de la Comisión Mundial en agosto de 2017, sus reuniones y la
elaboración del informe presentado el 22 de febrero, y también los numerosos
eventos celebrados en foros institucionales y académicos para su debate.
Igualmente, se
deja constancia de todas las reuniones del Consejo de Administración celebradas
desde 2013 en el que se ha debatido sobre esta temática y de las que se destaca
que los tres grupos de mandantes “han aportado orientaciones estratégicas
inestimables sobre la iniciativa del centenario relativa al futuro del trabajo,
en particular en cuanto al alcance y la naturaleza de la declaración del
centenario y su proceso de preparación”. De las amplias referencias que se
contienen a todas dichas reuniones, destaco la mención a la núm. 332, celebrada
en marzo de 2018, en la que diversos miembros del Consejo “se mostraron a favor
de negociar un documento final en el marco de una comisión plenaria constituida
a tal efecto y recalcaron que todo texto que adoptase la Conferencia con motivo
de su centenario debería poder equipararse con los adoptados en otros momentos
cruciales de la historia de la Organización”.
Sin duda alguna,
es muy recomendable la lectura de la propuesta íntegra de Declaración, y por mi
parte solo señalo ahora algunas de las ideas, tesis y manifestaciones que
considero de especial interés, a la espera de conocer cuál será el documento
finalmente aprobado.
A) En primer lugar
cabe destacar en el apartado introductorio que se reafirma, o confirma por
utilizar el término del proyecto de declaración, que “la acción continua y concertada de los
gobiernos y de los representantes de los empleadores y los trabajadores es
esencial para alcanzar la justicia social y promover la paz universal y
permanente”, y por ello se exhorta a todos los mandantes de la OIT a que
“revitalicen el contrato social en pro de la justicia social y de la paz
universal y permanente con el que se comprometieron en 1919”.
B) En el primer
bloque de la Declaración se destaca la importancia de los cambios en el mundo
del trabajo, con mención expresa a la innovación tecnológica, la evolución
demográfica, el cambio climático y la globalización, y su impacto sobre “la
propia naturaleza y el futuro del trabajo”, subrayándose que la OIT debe seguir
actuando como lo ha hecho hasta el presente a fin de conseguir que los
derechos, las necesidades y las aspiraciones de las personas “sean los
objetivos principales de las políticas económicas, sociales y ambientales: en
ello consiste el enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas”.
C) Si pasamos al
segundo bloque, se recoge aquí cómo debe orientar sus esfuerzos la OIT para
ejercer sus responsabilidades y abordar de forma adecuada el futuro del
trabajo, poniéndose el acento en primer lugar, y no es en absoluto una
casualidad, en el aseguramiento de una transición justa “hacia un futuro del
trabajo ambientalmente sostenible”. Me permito destacar también, aun cuando
todas las propuestas son importantes, las de “llevar a buen término la lucha
inconclusa por la igualdad de género en el trabajo mediante un programa
transformador que promueva la participación equitativa y la igualdad de
remuneración entre mujeres y hombres por un trabajo de igual valor” y “asegurar
que la creciente diversificación de la producción, las modalidades de trabajo y
los modelos empresariales estén al servicio del progreso social y económico y
de la promoción del trabajo decente”, sin olvidar la importancia de reforzar la
cooperación tripartita a través del diálogo social.
D) En el bloque
tercero se sintetizan las propuestas contenidas en el informe de la Comisión
Mundial y se trasladan ahora a un documento como es la Declaración de indudable
importancia política. Remito a mi explicación del Informe, efectuada en entras
anteriores, y destaco ahora la importancia de lograr una protección social
universal, completa y sostenible, el garantizar a todos los trabajadores y
trabajadores unas condiciones de trabajo dignas y el respeto de sus derechos
fundamentales “con independencia de su situación en el empleo o de su modalidad
contractual”, y el fomento del empleo productivo y el trabajo decente con,
entre otras medidas, “inversión en infraestructuras y en sectores estratégicos,
incluyendo la economía verde, la economía del cuidado y la economía rural”.
E) Por último, en
el cuarto bloque, se resalta, siguiendo la línea marcada por el documento de
los “componentes básicos”, la importancia de la normativa laboral internacional
para proteger a todas las personas
trabajadoras y a todas las formas de trabajo, con mención expresa al
respeto de los derechos colectivos de libertad sindical y negociación
colectiva, así como a la potenciación del diálogo social, la elaboración de
políticas tendentes a garantizar los derechos y que se basen en datos empíricos
debidamente contrastados, y por fin, el reforzamiento dela función de
liderazgo, en toda la temática laboral, de la OIT en el sistema multilateral;
en el bien entendido, como ya he indicado, que se trata de establecer acuerdos con otras
instituciones y organizaciones en los que se reconozcan “los vínculos sólidos,
complejos y cruciales que existen entre las políticas comerciales, financieras,
económicas, sociales y ambientales y se promueva la coherencia entre ellas, en
aras de la aplicación del enfoque del futuro del trabajo centrado en las
personas”.
3. Adjunto a continuación
el texto comparado de la Declaración finalmente aprobada y el proyecto presentado
con anterioridad, a fin de que los lectores y lectoras puedan comparar y
analizar los cambios incorporados durante el trámite final de debates del
texto.
A mi parecer, el texto final
ha reforzado la vinculación de todas las políticas de la OIT con el trabajo
decente y ha incluido en el paraguas de protección a todos los colectivos vulnerables.
En el “debe”, cabe indicar que ha desaparecido la referencia expresa contenida
en el proyecto a que “la seguridad y salud en el trabajo es un principio y
derecho fundamental en el trabajo, que se añade a todos los principios y
derechos que se enuncian en la Declaración de la OIT relativa a los principios
y derechos fundamentales en el trabajo (1998)”, habiendo sido sustituida por
una referencia mucho más genérica a que “las
condiciones de trabajo seguras y saludables son fundamentales para el trabajo
decente”.
Es especialmente importante
la exhortación que la Declaración hace a los Estados miembros para que
fortalezcan las instituciones del trabajo a fin de ofrecer una protección
adecuada a todos los trabajadores y “la reafirmación de la continua
pertinencia de la relación de trabajo como medio para proporcionar seguridad y
protección jurídica a los trabajadores, reconociendo el alcance de la
informalidad y la necesidad de emprender acciones efectivas para lograr la
transición a la formalidad”, frente al texto mucho más genérico contenido
en el proyecto de un fortalecimiento “en un contexto marcado por formas de
trabajo nuevas y emergentes”. También me parece relevante la exhortación a
poner en práctica “políticas y medidas que permitan asegurar una protección
adecuada de la privacidad y de los datos personales y responder a los retos y
las oportunidades que plantea la transformación digital del trabajo, incluido el
trabajo en plataformas, en el mundo del trabajo”. (La negrita es mía).
Declaración del Centenario de la OIT para el Futuro del
Trabajo, 2019
La Conferencia Internacional del Trabajo, congregada en
Ginebra en su centésima octava reunión con motivo del centenario de la
Organización Internacional del Trabajo (OIT),
Considerando que la experiencia del siglo pasado ha
confirmado que la acción continua y concertada de los gobiernos y de los
representantes de los empleadores y los trabajadores es esencial para
alcanzar la justicia social y promover la paz universal y permanente;
Reconociendo que esa acción ha aportado avances históricos en
la consecución de condiciones de trabajo verdaderamente humanas, pero
que la pobreza, la desigualdad y la injusticia, así como, la fragilidad
y los conflictos que persisten en muchas partes del mundo constituyen una
amenaza para esos avances, y que el logro de la prosperidad compartida y el
trabajo decente para todos siguen planteando retos apremiantes;
Recordando y reafirmando los fines, objetivos y principios
establecidos en la Constitución de la OIT y la Declaración de Filadelfia
(1944);
Subrayando la importancia de la Declaración de la OIT
relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998) y de
la Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización
equitativa (2008);
Animada por el sentimiento de justicia social que dio nacimiento
a la OIT hace cien años, y por la convicción de que los gobiernos, los
trabajadores y los empleadores del mundo pueden llegar a configurar un
futuro del trabajo que haga realidad la visión fundadora de la Organización;
y
Exhortando a todos los mandantes de la OIT a que
revitalicen el contrato social en pro de la justicia social y de la
paz universal y permanente con el que se comprometieron en 1919,
Adopta, con fecha … de junio de dos mil diecinueve, la presente
Declaración del Centenario.
I
La Conferencia declara que:
A. La OIT conmemora su centenario en un momento en que el
mundo del trabajo se está transformando radicalmente por el efecto de la
innovación tecnológica, la evolución demográfica, el cambio climático y la
globalización, que ponen en entredicho la propia naturaleza y el
futuro del trabajo, así como el lugar y la dignidad de las personas que lo
desempeñan en este nuevo contexto.
B. Es imprescindible actuar urgentemente para aprovechar todas
las oportunidades de construir un futuro del trabajo más justo,
inclusivo y seguro con pleno empleo y trabajo decente para todos.
C. Ese futuro del trabajo es una condición previa
indispensable para un desarrollo sostenible que ponga fin a la pobreza y
no deje a nadie atrás.
D. En su segundo siglo de existencia, la OIT debe seguir ejecutando
con tenacidad su mandato permanente de lograr la justicia social haciendo
que los derechos, las necesidades y las aspiraciones de las personas sean los
objetivos principales de las políticas económicas, sociales y ambientales: en
ello consiste el enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas.
E. El crecimiento de la Organización en los últimos cien
años para alcanzar la composición universal significa que la plena
contribución de los mandantes de la OIT a este empeño sólo puede lograrse
mediante una participación plena, equitativa y democrática en su gobernanza.
II
La Conferencia declara que:
A. Al ejercer sus responsabilidades constitucionales y
adoptar un enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas, la OIT
debe orientar sus esfuerzos a:
i) asegurar una transición justa hacia un futuro del
trabajo ambientalmente sostenible;
ii) aprovechar todo el potencial del progreso
tecnológico para alcanzar el bienestar material, la realización personal y la
dignidad de todos los seres humanos, de modo que sus beneficios se
distribuyan de manera equitativa entre todos;
iii) promover la adquisición de competencias para todos los
trabajadores en todas las etapas de su vida laboral a fin de subsanar los
déficits de competencias existentes y previstos, prestando especial atención
a la adecuación de los sistemas educativos y de formación a las necesidades
del mercado de trabajo;
iv) formular políticas eficaces para crear oportunidades de
trabajo decente para los jóvenes y facilitar la transición de la escuela al
trabajo;
v) llevar a buen término la lucha inconclusa por la
igualdad de género en el trabajo mediante un programa transformador que
promueva la participación equitativa y la igualdad de remuneración entre
mujeres y hombres por un trabajo de igual valor;
vi) lograr la igualdad en el mundo del trabajo para
las personas con discapacidad;
vii) promover un entorno favorable a la iniciativa
empresarial, la innovación y las empresas sostenibles, incluidas las empresas
sociales y las microempresas y pequeñas y medianas empresas a fin de crear
trabajo decente, fomentar la eficiencia productiva y mejorar los niveles de
vida;
viii) asegurar que la creciente
diversificación de la producción, las modalidades de trabajo y los modelos
empresariales al servicio del progreso social y económico y de la promoción
del trabajo decente;
ix) lograr la reducción y, a la larga, la eliminación de
la informalidad;
x) promover sistemas de gobernanza de la migración
laboral y la movilidad laboral que respeten plenamente los derechos de los
trabajadores migrantes y beneficien a los países de origen, tránsito y
destino, y
xi) intensificar la participación en el sistema
multilateral, que ha reconocido que el trabajo decente es clave para el
desarrollo sostenible y para acabar con la pobreza, habida cuenta de que, en
un contexto de globalización, la ausencia de condiciones de trabajo humanas
en cualquier país constituiría más que nunca un obstáculo al progreso en
todos los demás países.
B. La cooperación tripartita a través del diálogo
social entre los gobiernos y las organizaciones de empleadores y de
trabajadores es el fundamento esencial de todas las actividades de la OIT y
de la eficiencia de la elaboración de políticas y la toma de decisiones en
sus Estados Miembros.
III
La Conferencia exhorta a todos los Estados Miembros a que
colaboren individual y colectivamente, basándose en el tripartismo, con el
fin de impulsar un enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas
mediante:
A. El fortalecimiento de las capacidades de todas las
personas para beneficiarse de las oportunidades de un mundo del trabajo en
mutación, a través de:
i) la realización efectiva del aprendizaje
permanente y la educación de calidad para todos;
ii) la protección social universal, completa y sostenible,
y
iii) medidas activas para ayudar a las personas a afrontar el
número creciente de transiciones a lo largo de su vida laboral.
B. El fortalecimiento de las instituciones del trabajo para
ofrecer una protección adecuada a todos los trabajadores en un contexto marcado por formas de trabajo nuevas y
emergentes. Debería garantizarse a todos los trabajadores, con
independencia de su situación en el empleo o de su modalidad contractual:
i) el respeto de sus derechos fundamentales;
ii) un salario vital adecuado;
iii) límites al número máximo de horas de trabajo;
iv) la seguridad y salud en el trabajo;
v) la protección de la privacidad y
de los datos personales, y
vi) la posibilidad de conciliar
mejor la vida profesional y la vida privada mediante un mayor control del
tiempo de trabajo, con arreglo a modalidades que respeten las necesidades de
la empresa y promuevan la eficiencia productiva y el reparto de los
beneficios.
C. El fomento del empleo productivo y el trabajo decente a
través de:
i) marcos macroeconómicos cuyo objetivo central sea el
trabajo decente para todos;
ii) inversión en infraestructuras y en sectores
estratégicos, incluyendo la economía verde, la economía del cuidado y la
economía rural, y
iii) políticas e incentivos que promuevan el crecimiento
inclusivo mediante la creación de empresas y la formalización y que ajusten
las prácticas empresariales a los objetivos de este enfoque.
IV
La Conferencia declara que:
A. La elaboración y el control de las normas
internacionales del trabajo tienen una importancia fundamental para todas las
actividades de la OIT. Para ello, la Organización debe dotarse de un
corpus de normas internacionales del trabajo sólido, claramente definido,
actualizado y pertinente, que ofrezca la protección necesaria a todas las
formas de trabajo, y cuyas normas sean ratificadas y aplicadas en la ley y en
la práctica y estén sujetas a un control reconocido y efectivo.
B. Corresponde a la OIT reforzar la capacidad de sus
mandantes tripartitos para participar en todos los procesos pertinentes,
dentro y fuera de sus fronteras, y promover la representación colectiva en el
trabajo mediante mecanismos de diálogo social solidos e influyentes, que
respeten plenamente la libertad sindical y la negociación colectiva, con
la convicción de que esa representación y ese diálogo contribuyen a la
cohesión global de las sociedades y son asuntos de interés público.
C. Los servicios que ofrece la OIT a los Estados Miembros y
a los interlocutores sociales, en particular a través de la cooperación para
el desarrollo, deben ser conformes a su mandato y estar basados en un
entendimiento profundo de las circunstancias, necesidades y prioridades
respectivas, también mediante la ampliación de la cooperación Sur-Sur y la
cooperación triangular.
D. La OIT debe mantener los niveles más altos de capacidad
y pericia en estadística, investigación y gestión del conocimiento para optimizar
la calidad y la influencia de su labor de promoción de políticas basadas
en datos empíricos.
E. La OIT debe asumir una función de colaboración y
liderazgo en el sistema multilateral, en el marco de su mandato
constitucional, mediante el fortalecimiento de la cooperación y el
establecimiento de acuerdos institucionales con otras organizaciones en los
que se reconozcan los vínculos sólidos, complejos y cruciales que existen
entre las políticas comerciales, financieras, económicas, sociales y
ambientales y se promueva la coherencia entre ellas, en aras de la aplicación
del enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas.
V
La Conferencia invita al Consejo de Administración a que
examine periódicamente los progresos relativos a la aplicación de esta
Declaración del Centenario de la OIT.
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Declaración del Centenario de la OIT para el Futuro del
Trabajo, 2019
La Conferencia Internacional del Trabajo, congregada en
Ginebra en su centésima octava reunión con motivo del centenario de la
Organización Internacional del Trabajo (OIT),
Considerando que la experiencia del siglo pasado ha
confirmado que la acción continua y concertada de los gobiernos y de los
representantes de los empleadores y los trabajadores es esencial para
alcanzar la justicia social y la democracia, así como para promover la
paz universal y permanente;
Reconociendo que esa acción ha aportado avances económicos
y sociales históricos que han dado lugar a condiciones de trabajo más
humanas;
Considerando además que la pobreza, la desigualdad y la
injusticia, así como los conflictos, los desastres y otras emergencias
humanitarias, que persisten en muchas partes del mundo constituyen una
amenaza para esos avances y para el logro de la prosperidad compartida y el
trabajo decente para todos;
Recordando y reafirmando los fines, objetivos, principios y
mandato establecidos en la Constitución de la OIT y la Declaración de
Filadelfia (1944);
Subrayando la importancia de la Declaración de la OIT
relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998) y de
la Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización
equitativa (2008);
Animada por el imperativo de justicia social que dio
nacimiento a la OIT hace cien años, y por la convicción de que los gobiernos,
los trabajadores y los empleadores del mundo tienen a su alcance revitalizar
la Organización y configurar un futuro del trabajo que haga realidad su
visión fundadora;
Reconociendo que el diálogo social
contribuye a la cohesión global de las sociedades y es crucial para una
economía que sea productiva y eficiente;
Reconociendo además la importancia
de la función de las empresas sostenibles como generadoras de empleo y
promotoras de innovación y trabajo decente;
Reafirmando que el trabajo no es
una mercancía;
Comprometiéndose con un mundo del
trabajo libre de violencia y acoso;
Destacando la importancia de
promover el multilateralismo, en particular para configurar el futuro del
trabajo que queremos y para afrontar los retos del mundo del trabajo;
Exhortando a todos los mandantes de la OIT a que renueven
su firme compromiso y revitalicen sus esfuerzos en pro de la justicia
social y de la paz universal y permanente que acordaron en 1919 y en 1944; y
Movida por el deseo de democratizar
la gobernanza de la OIT mediante una representación equitativa de todas las
regiones y de consagrar el principio de igualdad entre los Estados Miembros,
Adopta, con fecha … de junio de dos mil diecinueve, la
presente Declaración del Centenario de la OIT para el Futuro del Trabajo.
I
La Conferencia declara que:
A. La OIT conmemora su centenario en un momento en que el
mundo del trabajo se está transformando radicalmente impulsado por las
innovaciones tecnológicas, los cambios demográficos, el cambio medioambiental
y climático y la globalización, así como en un momento de desigualdades
persistentes, que tienen profundas repercusiones en la naturaleza y el
futuro del trabajo y en el lugar y la dignidad de las personas que se
encuentran en dicho contexto.
B. Es imprescindible actuar urgentemente para aprovechar
las oportunidades y afrontar los retos a fin de construir un futuro
del trabajo justo, inclusivo y seguro con empleo pleno, productivo y
libremente elegido y trabajo decente para todos.
C. Ese futuro del trabajo es fundamental para un
desarrollo sostenible que ponga fin a la pobreza y no deje a nadie atrás.
D. La OIT, en su segundo siglo de existencia, debe seguir
cumpliendo con tenacidad su mandato constitucional de lograr la justicia
social y desarrollando su enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas,
que sitúa los derechos de los trabajadores y las necesidades, las
aspiraciones y los derechos de todas las personas en el núcleo de las
políticas económicas, sociales y ambientales.
E. El crecimiento de la Organización en los últimos cien
años para alcanzar la composición universal significa que la justicia
social puede prosperar en todas las regiones del mundo y que la plena
contribución de los mandantes de la OIT a este empeño sólo puede lograrse
mediante una participación plena, equitativa y democrática en su gobernanza
tripartita.
II
La Conferencia declara que:
A. Al ejercer su mandato constitucional, tomando en
consideración las profundas transformaciones en el mundo del trabajo, y
al desarrollar su enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas, la
OIT debe orientar sus esfuerzos a:
i) asegurar una transición justa a un futuro del trabajo
que contribuya al desarrollo sostenible en sus dimensiones económica,
social y ambiental;
ii) aprovechar todo el potencial del progreso tecnológico y
el crecimiento de la productividad, inclusive mediante el diálogo social,
para lograr trabajo decente y desarrollo sostenible y asegurar así la
dignidad, la realización personal y una distribución equitativa de los
beneficios para todos;
iii) promover la adquisición de competencias, habilidades
y calificaciones para todos los trabajadores a lo largo de la vida
laboral como responsabilidad compartida entre los gobiernos y los
interlocutores sociales a fin de:
— subsanar los déficits de competencias existentes y
previstos;
— prestar especial atención a asegurar que los sistemas
educativos y de formación respondan a las necesidades del mercado de trabajo,
teniendo en cuenta la evolución del trabajo, y
— mejorar la capacidad de los
trabajadores de aprovechar las oportunidades de trabajo decente;
iv) formular políticas eficaces destinadas a crear
empleo pleno, productivo y libremente elegido y oportunidades de trabajo
decente para todos y en particular facilitar la transición de la
educación y la formación al trabajo, poniendo énfasis en la integración
efectiva de los jóvenes en el mundo del trabajo;
v) fomentar medidas que ayuden a
los trabajadores de edad a ampliar sus opciones, optimizando sus
oportunidades de trabajar en condiciones buenas, productivas y saludables
hasta la jubilación, y permitir un envejecimiento activo;
vi) promover los derechos de los
trabajadores como elemento clave para alcanzar un crecimiento inclusivo y
sostenible, prestando especial atención a la libertad de asociación y la
libertad sindical y al reconocimiento efectivo del derecho de negociación
colectiva como derechos habilitantes;
vii) lograr la igualdad de género en el trabajo mediante un
programa transformador, evaluando periódicamente los progresos realizados,
que:
— asegure la igualdad de
oportunidades, la participación equitativa y la igualdad de trato, incluida
la igualdad de remuneración entre mujeres y hombres por un trabajo de igual
valor;
— posibilite una repartición más
equilibrada de las responsabilidades familiares;
— permita una mejor conciliación de
la vida profesional y la vida privada, de modo que los trabajadores y los
empleadores acuerden soluciones, inclusive en relación con el tiempo de
trabajo, que tengan en cuentan sus necesidades y beneficios respectivos, y
— promueva la inversión en la
economía del cuidado;
viii) asegurar la igualdad de oportunidades y de
trato en el mundo del trabajo para las personas con discapacidad, así como
para otras personas en situación de vulnerabilidad;
ix) apoyar el papel del sector privado como fuente
principal de crecimiento económico y creación de empleo promoviendo un entorno
favorable a la iniciativa empresarial y las empresas sostenibles, en
particular las microempresas y pequeñas y medianas empresas, así como las
cooperativas y la economía social y solidaria, a fin de generar trabajo
decente, empleo productivo y mejores niveles de vida para todos;
x) apoyar el papel del sector
público como empleador relevante y proveedor de servicios públicos de
calidad;
xi) fortalecer la administración y
la inspección del trabajo;
xii) asegurar que las modalidades
de trabajo y los modelos empresariales y de producción en sus diversas
formas, también en las cadenas nacionales y mundiales de suministro,
potencien las oportunidades para el progreso social y económico, posibiliten
el trabajo decente y propicien el empleo pleno, productivo y libremente
elegido;
xiii) erradicar el trabajo forzoso
y el trabajo infantil, promover el trabajo decente para todos y fomentar la
cooperación transfronteriza, inclusive en áreas o sectores de alta
integración internacional;
xiv) promover la transición de la economía informal a la
economía formal, prestando la debida atención a las zonas rurales;
xv) adoptar y ampliar sistemas de
protección social que sean adecuados y sostenibles y estén adaptados a la
evolución del mundo del trabajo;
xvi) profundizar e intensificar su labor sobre migración
laboral internacional en respuesta a las necesidades de los mandantes y
asumir una función de liderazgo en materia de trabajo decente en la migración
laboral;
xvii) intensificar la participación y cooperación en el
sistema multilateral a fin de reforzar la coherencia de las políticas, en
consonancia con el reconocimiento de que:
— el trabajo decente es clave para el desarrollo
sostenible, así como para reducir la desigualdad de ingresos y acabar con la
pobreza, prestando especial atención a las zonas afectadas por conflictos,
desastres y otras emergencias humanitarias, y
— en un contexto de globalización, la no adopción por un
país de condiciones de trabajo humanas constituiría más que nunca un obstáculo
al progreso en todos los demás países.
B. El diálogo social, incluida la negociación colectiva
y la cooperación tripartita, es un fundamento esencial de todas las
actividades de la OIT y contribuye al éxito de la elaboración de políticas y
la toma de decisiones en sus Estados Miembros.
C. La cooperación efectiva en el lugar de trabajo es una
herramienta que contribuye a que los lugares de trabajo sean seguros y
productivos, de tal manera que se respeten la negociación colectiva y sus
resultados sin menoscabar el papel de los sindicatos.
III
La Conferencia exhorta a todos sus Miembros, teniendo en
cuenta las circunstancias nacionales, a que colaboren individual y
colectivamente, basándose en el tripartismo y el diálogo social, y con el
apoyo de la OIT, a seguir desarrollando su enfoque del futuro del trabajo
centrado en las personas mediante:
A. El fortalecimiento de las capacidades de todas las
personas para beneficiarse de las oportunidades de un mundo del trabajo en
transición, a través de:
i) el logro efectivo de la igualdad
de género en materia de oportunidades y de trato;
ii) un sistema eficaz de aprendizaje permanente y
una educación de calidad para todos;
iii) el acceso universal a una protección social completa y
sostenible, y
iv) medidas efectivas para ayudar a las personas a afrontar
las transiciones a lo largo de su vida laboral.
Todos los trabajadores deberían disfrutar de una protección
adecuada de conformidad con el Programa de Trabajo Decente, teniendo en
cuenta:
i) el respeto de sus derechos fundamentales;
ii) un salario mínimo adecuado, establecido por ley o
negociado;
iii) límites máximos al tiempo de trabajo, y
iv) la seguridad y salud en el trabajo.
C. El fomento del crecimiento económico sostenido,
inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente
para todos a través de:
i) políticas macroeconómicas orientadas al cumplimiento de
ese objetivo;
ii) políticas comerciales,
industriales y sectoriales que favorezcan el trabajo decente y aumenten la
productividad;
iii) inversión en infraestructuras y en sectores
estratégicos para abordar los factores que generan cambios transformadores en
el mundo del trabajo;
iv) políticas e incentivos que promuevan el crecimiento económico
sostenible e inclusivo, la creación y el desarrollo de empresas
sostenibles, la innovación y la transición de la economía informal a la
economía formal, y que favorezcan la adecuación de las prácticas
empresariales a los objetivos de esta Declaración, y
IV
La Conferencia declara que:
A. La elaboración, la promoción, la ratificación y
el control del cumplimiento de las normas internacionales del trabajo tienen
una importancia fundamental para la OIT. Para ello, la Organización debe tener
y promover un corpus de normas internacionales del trabajo sólido,
claramente definido y actualizado y seguir aumentando la transparencia. Las
normas internacionales del trabajo también deben responder a la evolución del
mundo del trabajo, proteger a los trabajadores y tener en cuenta las
necesidades de las empresas sostenibles, y estar sujetas a un control
reconocido y efectivo. La OIT prestará asistencia a sus Miembros en relación
con la ratificación y la aplicación efectiva de las normas.
B. Todos los Miembros deberían
trabajar en pro de la ratificación y la aplicación de los convenios
fundamentales de la OIT y considerar periódicamente, en consulta con las
organizaciones de empleadores y de trabajadores, la ratificación de otras
normas de la OIT.
C. Corresponde a la OIT reforzar la capacidad de sus
mandantes tripartitos para:
i) promover el desarrollo de organizaciones de
interlocutores sociales que sean fuertes y representativas;
ii) participar en todos los procesos pertinentes, inclusive
con las instituciones, programas y políticas del mercado de trabajo, dentro y
fuera de sus fronteras, y
iii) abordar todos los principios y derechos fundamentales
del trabajo, a todos los niveles, según proceda, mediante mecanismos de
diálogo social consolidados, influyentes e inclusivos,
con la convicción de que esa representación y ese diálogo
contribuyen a la cohesión global de las sociedades y son asuntos de interés
público, y que resultan cruciales para una economía que sea productiva y
eficiente.
D. Los servicios que ofrece la OIT a los Estados Miembros y
a los interlocutores sociales, en particular a través de la cooperación para
el desarrollo, deben ser conformes a su mandato y estar basados en un
entendimiento profundo y en la consideración de las circunstancias,
necesidades, prioridades y niveles de desarrollo respectivos, también
mediante la ampliación de la cooperación Sur-Sur y la cooperación triangular.
E. La OIT debería mantener los niveles más altos de capacidad
y pericia en estadística, investigación y gestión del conocimiento para
seguir mejorando la calidad de su asesoramiento sobre políticas con base
empírica.
F. En virtud de su mandato constitucional, la OIT debe
asumir una función importante en el sistema multilateral mediante el
fortalecimiento de su cooperación y el establecimiento de acuerdos
institucionales con otras organizaciones a fin de promover la coherencia
entre las políticas en cumplimiento de su enfoque del futuro del trabajo
centrado en las personas, reconociendo los vínculos sólidos, complejos y
cruciales que existen entre las políticas sociales, comerciales, financieras,
económicas y medioambientales.
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Buena lectura.
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