lunes, 24 de junio de 2019

OIT. Declaración del Centenario. Texto aprobado el 21 de junio, comparado con el presentado a la CIT el 13 de mayo.


1. La 108ª Conferencia Internacional del Trabajo, celebrada del 10 al 21 de junio en la sede de la OIT en Ginebra, aprobó el último día de la reunión, la Declaracióndel Centenario de la OIT sobre el futuro del trabajo. Para el Director general,Guy Rider, se trata de “una hoja de ruta, una brújula que nos guiará al futuro de esta organización, puesto que el futuro del trabajo es el futuro de nuestra organización".

Junto a la Declaración se aprobó una Resolución por la que se pide al Consejo de Administración “que examine, lo antes posible, propuestas para incluir las condiciones de trabajo seguras y saludables en el marco de la OIT relativo a los principios y derechos fundamentales en el trabajo”, le invita a que “pida al Director General que tenga debidamente en cuenta la Declaración para que sus prioridades se reflejen en el contenido y la estructura de las propuestas de Programa y Presupuesto para 2020-2021 y futuros bienios, que serán sometidas a la consideración del Consejo de Administración, asignando los recursos adecuados a tal fin”, así como le exhorta “a finalizar lo antes posible el proceso de ratificación del Instrumento de Enmienda de 1986 a la Constitución de la OIT a fin de consolidar definitivamente la democratización del funcionamiento y de la composición de los órganos rectores de la OIT”, y finalmente le invita a que “pida  al  Director  General  que  presente  al Consejo de  Administración  propuestas  destinadas  a  promover una  mayor  coherencia en el marco del sistema multilateral”.

Según puede leerse en la nota de prensa de la última sesión, “La Declaración está orientada al futuro del trabajo con arreglo a un enfoque centrado en el ser humano. Hace hincapié en la promoción de los beneficios que la transformación del mundo del trabajo brinda a las personas, sobre la base del fortalecimiento de las instituciones laborales, a fin de velar por una protección adecuada de todos los trabajadores, la promoción de un desarrollo duradero, inclusivo y sostenible, y el fomento del empleo pleno y productivo. Entre las esferas de acción específicas que se han establecido cabe destacar: el cumplimiento eficaz de la igualdad de género en materia de oportunidades y de trato, la promoción de un sistema eficaz de aprendizaje permanente y de enseñanza de calidad para todos, el acceso universal a protección social general sostenible, el respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores, el derecho a un salario mínimo adecuado, el establecimiento de límites máximos del tiempo de trabajo, el fomento de la seguridad y la salud en el trabajo, la formulación de políticas que promuevan el trabajo decente y la productividad, a aplicación de políticas y medidas que garanticen la privacidad y la protección de la información personal, y que permitan dar respuesta a los retos y las oportunidades del mundo del trabajo en relación con la transformación digital del trabajo, incluido el que se realiza a través de plataformas en línea”.

2. Me he ocupado en este blog en numerosas ocasiones de los documentos elaborados con ocasión de la puesta en marcha en agosto de 2017 de la iniciativa mundial sobre el futuro del trabajo, y he prestado especial atención al proyecto de Declaración, hecho público el 13 de mayo para su debate y aprobación en la CIT en una anterior entradade la que ahora recupero algunos fragmentos:

“En el proyecto de Declaración del Centenario de la OIT hecho público el 13 de mayo se recogen en primer lugar los antecedentes de su elaboración, remontándose a la memoria del Director General presentada a la 102ª reunión de la CIT, en 2013, en la que propuso siete iniciativas para el centenario, siendo justamente una de ellas la relativa al futuro del trabajo, que ya fue objeto de debate en la sesión plenaria de la CIT dos años más tarde.

Se recuerda a continuación que la segunda fase de la iniciativa se puso en marcha con la creación de la Comisión Mundial en agosto de 2017, sus reuniones y la elaboración del informe presentado el 22 de febrero, y también los numerosos eventos celebrados en foros institucionales y académicos para su debate.

Igualmente, se deja constancia de todas las reuniones del Consejo de Administración celebradas desde 2013 en el que se ha debatido sobre esta temática y de las que se destaca que los tres grupos de mandantes “han aportado orientaciones estratégicas inestimables sobre la iniciativa del centenario relativa al futuro del trabajo, en particular en cuanto al alcance y la naturaleza de la declaración del centenario y su proceso de preparación”. De las amplias referencias que se contienen a todas dichas reuniones, destaco la mención a la núm. 332, celebrada en marzo de 2018, en la que diversos miembros del Consejo “se mostraron a favor de negociar un documento final en el marco de una comisión plenaria constituida a tal efecto y recalcaron que todo texto que adoptase la Conferencia con motivo de su centenario debería poder equipararse con los adoptados en otros momentos cruciales de la historia de la Organización”.

Sin duda alguna, es muy recomendable la lectura de la propuesta íntegra de Declaración, y por mi parte solo señalo ahora algunas de las ideas, tesis y manifestaciones que considero de especial interés, a la espera de conocer cuál será el documento finalmente aprobado.

A) En primer lugar cabe destacar en el apartado introductorio que se reafirma, o confirma por utilizar el término del proyecto de declaración, que  “la acción continua y concertada de los gobiernos y de los representantes de los empleadores y los trabajadores es esencial para alcanzar la justicia social y promover la paz universal y permanente”, y por ello se exhorta a todos los mandantes de la OIT a que “revitalicen el contrato social en pro de la justicia social y de la paz universal y permanente con el que se comprometieron en 1919”.

B) En el primer bloque de la Declaración se destaca la importancia de los cambios en el mundo del trabajo, con mención expresa a la innovación tecnológica, la evolución demográfica, el cambio climático y la globalización, y su impacto sobre “la propia naturaleza y el futuro del trabajo”, subrayándose que la OIT debe seguir actuando como lo ha hecho hasta el presente a fin de conseguir que los derechos, las necesidades y las aspiraciones de las personas “sean los objetivos principales de las políticas económicas, sociales y ambientales: en ello consiste el enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas”.

C) Si pasamos al segundo bloque, se recoge aquí cómo debe orientar sus esfuerzos la OIT para ejercer sus responsabilidades y abordar de forma adecuada el futuro del trabajo, poniéndose el acento en primer lugar, y no es en absoluto una casualidad, en el aseguramiento de una transición justa “hacia un futuro del trabajo ambientalmente sostenible”. Me permito destacar también, aun cuando todas las propuestas son importantes, las de “llevar a buen término la lucha inconclusa por la igualdad de género en el trabajo mediante un programa transformador que promueva la participación equitativa y la igualdad de remuneración entre mujeres y hombres por un trabajo de igual valor” y “asegurar que la creciente diversificación de la producción, las modalidades de trabajo y los modelos empresariales estén al servicio del progreso social y económico y de la promoción del trabajo decente”, sin olvidar la importancia de reforzar la cooperación tripartita a través del diálogo social.

D) En el bloque tercero se sintetizan las propuestas contenidas en el informe de la Comisión Mundial y se trasladan ahora a un documento como es la Declaración de indudable importancia política. Remito a mi explicación del Informe, efectuada en entras anteriores, y destaco ahora la importancia de lograr una protección social universal, completa y sostenible, el garantizar a todos los trabajadores y trabajadores unas condiciones de trabajo dignas y el respeto de sus derechos fundamentales “con independencia de su situación en el empleo o de su modalidad contractual”, y el fomento del empleo productivo y el trabajo decente con, entre otras medidas, “inversión en infraestructuras y en sectores estratégicos, incluyendo la economía verde, la economía del cuidado y la economía rural”.

E) Por último, en el cuarto bloque, se resalta, siguiendo la línea marcada por el documento de los “componentes básicos”, la importancia de la normativa laboral internacional para proteger a todas las personas  trabajadoras y a todas las formas de trabajo, con mención expresa al respeto de los derechos colectivos de libertad sindical y negociación colectiva, así como a la potenciación del diálogo social, la elaboración de políticas tendentes a garantizar los derechos y que se basen en datos empíricos debidamente contrastados, y por fin, el reforzamiento dela función de liderazgo, en toda la temática laboral, de la OIT en el sistema multilateral; en el bien entendido, como ya he indicado, que se  trata de establecer acuerdos con otras instituciones y organizaciones en los que se reconozcan “los vínculos sólidos, complejos y cruciales que existen entre las políticas comerciales, financieras, económicas, sociales y ambientales y se promueva la coherencia entre ellas, en aras de la aplicación del enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas”. 

3. Adjunto a continuación el texto comparado de la Declaración finalmente aprobada y el proyecto presentado con anterioridad, a fin de que los lectores y lectoras puedan comparar y analizar los cambios incorporados durante el trámite final de debates del texto.

A mi parecer, el texto final ha reforzado la vinculación de todas las políticas de la OIT con el trabajo decente y ha incluido en el paraguas de protección a todos los colectivos vulnerables. En el “debe”, cabe indicar que ha desaparecido la referencia expresa contenida en el proyecto a que “la seguridad y salud en el trabajo es un principio y derecho fundamental en el trabajo, que se añade a todos los principios y derechos que se enuncian en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998)”, habiendo sido sustituida por una referencia mucho más genérica a que  “las condiciones de trabajo seguras y saludables son fundamentales para el trabajo decente”.

Es especialmente importante la exhortación que la Declaración hace a los Estados miembros para que fortalezcan las instituciones del trabajo a fin de ofrecer una protección adecuada a todos los trabajadores y “la reafirmación de la continua pertinencia de la relación de trabajo como medio para proporcionar seguridad y protección jurídica a los trabajadores, reconociendo el alcance de la informalidad y la necesidad de emprender acciones efectivas para lograr la transición a la formalidad”, frente al texto mucho más genérico contenido en el proyecto de un fortalecimiento “en un contexto marcado por formas de trabajo nuevas y emergentes”. También me parece relevante la exhortación a poner en práctica “políticas y medidas que permitan asegurar una protección adecuada de la privacidad y de los datos personales y responder a los retos y las oportunidades que plantea la transformación digital del trabajo, incluido el trabajo en plataformas, en el mundo del trabajo”.  (La negrita es mía).

Declaración del Centenario de la OIT para el Futuro del Trabajo, 2019

La Conferencia Internacional del Trabajo, congregada en Ginebra en su centésima octava reunión con motivo del centenario de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),

Considerando que la experiencia del siglo pasado ha confirmado que la acción continua y concertada de los gobiernos y de los representantes de los empleadores y los trabajadores es esencial para alcanzar la justicia social y promover la paz universal y permanente;


Reconociendo que esa acción ha aportado avances históricos en la consecución de condiciones de trabajo verdaderamente humanas, pero que la pobreza, la desigualdad y la injusticia, así como, la fragilidad y los conflictos que persisten en muchas partes del mundo constituyen una amenaza para esos avances, y que el logro de la prosperidad compartida y el trabajo decente para todos siguen planteando retos apremiantes;



Recordando y reafirmando los fines, objetivos y principios establecidos en la Constitución de la OIT y la Declaración de Filadelfia (1944);

Subrayando la importancia de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998) y de la Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa (2008);

Animada por el sentimiento de justicia social que dio nacimiento a la OIT hace cien años, y por la convicción de que los gobiernos, los trabajadores y los empleadores del mundo pueden llegar a configurar un futuro del trabajo que haga realidad la visión fundadora de la Organización; y

























Exhortando a todos los mandantes de la OIT a que revitalicen el contrato social en pro de la justicia social y de la paz universal y permanente con el que se comprometieron en 1919,








Adopta, con fecha … de junio de dos mil diecinueve, la presente Declaración del Centenario.


I

La Conferencia declara que:
A. La OIT conmemora su centenario en un momento en que el mundo del trabajo se está transformando radicalmente por el efecto de la innovación tecnológica, la evolución demográfica, el cambio climático y la globalización, que ponen en entredicho la propia naturaleza y el futuro del trabajo, así como el lugar y la dignidad de las personas que lo desempeñan en este nuevo contexto.



B. Es imprescindible actuar urgentemente para aprovechar todas las oportunidades de construir un futuro del trabajo más justo, inclusivo y seguro con pleno empleo y trabajo decente para todos.



C. Ese futuro del trabajo es una condición previa indispensable para un desarrollo sostenible que ponga fin a la pobreza y no deje a nadie atrás.

D. En su segundo siglo de existencia, la OIT debe seguir ejecutando con tenacidad su mandato permanente de lograr la justicia social haciendo que los derechos, las necesidades y las aspiraciones de las personas sean los objetivos principales de las políticas económicas, sociales y ambientales: en ello consiste el enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas.


E. El crecimiento de la Organización en los últimos cien años para alcanzar la composición universal significa que la plena contribución de los mandantes de la OIT a este empeño sólo puede lograrse mediante una participación plena, equitativa y democrática en su gobernanza.


II
La Conferencia declara que:

A. Al ejercer sus responsabilidades constitucionales y adoptar un enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas, la OIT debe orientar sus esfuerzos a:



i) asegurar una transición justa hacia un futuro del trabajo ambientalmente sostenible;


ii) aprovechar todo el potencial del progreso tecnológico para alcanzar el bienestar material, la realización personal y la dignidad de todos los seres humanos, de modo que sus beneficios se distribuyan de manera equitativa entre todos;


iii) promover la adquisición de competencias para todos los trabajadores en todas las etapas de su vida laboral a fin de subsanar los déficits de competencias existentes y previstos, prestando especial atención a la adecuación de los sistemas educativos y de formación a las necesidades del mercado de trabajo;













iv) formular políticas eficaces para crear oportunidades de trabajo decente para los jóvenes y facilitar la transición de la escuela al trabajo;
























v) llevar a buen término la lucha inconclusa por la igualdad de género en el trabajo mediante un programa transformador que promueva la participación equitativa y la igualdad de remuneración entre mujeres y hombres por un trabajo de igual valor;




















vi) lograr la igualdad en el mundo del trabajo para las personas con discapacidad;




vii) promover un entorno favorable a la iniciativa empresarial, la innovación y las empresas sostenibles, incluidas las empresas sociales y las microempresas y pequeñas y medianas empresas a fin de crear trabajo decente, fomentar la eficiencia productiva y mejorar los niveles de vida;












viii) asegurar que la creciente diversificación de la producción, las modalidades de trabajo y los modelos empresariales al servicio del progreso social y económico y de la promoción del trabajo decente;











ix) lograr la reducción y, a la larga, la eliminación de la informalidad;








x) promover sistemas de gobernanza de la migración laboral y la movilidad laboral que respeten plenamente los derechos de los trabajadores migrantes y beneficien a los países de origen, tránsito y destino, y


xi) intensificar la participación en el sistema multilateral, que ha reconocido que el trabajo decente es clave para el desarrollo sostenible y para acabar con la pobreza, habida cuenta de que, en un contexto de globalización, la ausencia de condiciones de trabajo humanas en cualquier país constituiría más que nunca un obstáculo al progreso en todos los demás países.












B. La cooperación tripartita a través del diálogo social entre los gobiernos y las organizaciones de empleadores y de trabajadores es el fundamento esencial de todas las actividades de la OIT y de la eficiencia de la elaboración de políticas y la toma de decisiones en sus Estados Miembros.











III


La Conferencia exhorta a todos los Estados Miembros a que colaboren individual y colectivamente, basándose en el tripartismo, con el fin de impulsar un enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas mediante:



A. El fortalecimiento de las capacidades de todas las personas para beneficiarse de las oportunidades de un mundo del trabajo en mutación, a través de:

i) la realización efectiva del aprendizaje permanente y la educación de calidad para todos;





ii) la protección social universal, completa y sostenible, y

iii) medidas activas para ayudar a las personas a afrontar el número creciente de transiciones a lo largo de su vida laboral.

B. El fortalecimiento de las instituciones del trabajo para ofrecer una protección adecuada a todos los trabajadores en un contexto marcado por formas de trabajo nuevas y emergentes. Debería garantizarse a todos los trabajadores, con independencia de su situación en el empleo o de su modalidad contractual:










i) el respeto de sus derechos fundamentales;

ii) un salario vital adecuado;


iii) límites al número máximo de horas de trabajo;

iv) la seguridad y salud en el trabajo;

v) la protección de la privacidad y de los datos personales, y

vi) la posibilidad de conciliar mejor la vida profesional y la vida privada mediante un mayor control del tiempo de trabajo, con arreglo a modalidades que respeten las necesidades de la empresa y promuevan la eficiencia productiva y el reparto de los beneficios.

C. El fomento del empleo productivo y el trabajo decente a través de:



i) marcos macroeconómicos cuyo objetivo central sea el trabajo decente para todos;




ii) inversión en infraestructuras y en sectores estratégicos, incluyendo la economía verde, la economía del cuidado y la economía rural, y

iii) políticas e incentivos que promuevan el crecimiento inclusivo mediante la creación de empresas y la formalización y que ajusten las prácticas empresariales a los objetivos de este enfoque.














IV

La Conferencia declara que:


A. La elaboración y el control de las normas internacionales del trabajo tienen una importancia fundamental para todas las actividades de la OIT. Para ello, la Organización debe dotarse de un corpus de normas internacionales del trabajo sólido, claramente definido, actualizado y pertinente, que ofrezca la protección necesaria a todas las formas de trabajo, y cuyas normas sean ratificadas y aplicadas en la ley y en la práctica y estén sujetas a un control reconocido y efectivo.
















B. Corresponde a la OIT reforzar la capacidad de sus mandantes tripartitos para participar en todos los procesos pertinentes, dentro y fuera de sus fronteras, y promover la representación colectiva en el trabajo mediante mecanismos de diálogo social solidos e influyentes, que respeten plenamente la libertad sindical y la negociación colectiva, con la convicción de que esa representación y ese diálogo contribuyen a la cohesión global de las sociedades y son asuntos de interés público.













C. Los servicios que ofrece la OIT a los Estados Miembros y a los interlocutores sociales, en particular a través de la cooperación para el desarrollo, deben ser conformes a su mandato y estar basados en un entendimiento profundo de las circunstancias, necesidades y prioridades respectivas, también mediante la ampliación de la cooperación Sur-Sur y la cooperación triangular.


D. La OIT debe mantener los niveles más altos de capacidad y pericia en estadística, investigación y gestión del conocimiento para optimizar la calidad y la influencia de su labor de promoción de políticas basadas en datos empíricos.

E. La OIT debe asumir una función de colaboración y liderazgo en el sistema multilateral, en el marco de su mandato constitucional, mediante el fortalecimiento de la cooperación y el establecimiento de acuerdos institucionales con otras organizaciones en los que se reconozcan los vínculos sólidos, complejos y cruciales que existen entre las políticas comerciales, financieras, económicas, sociales y ambientales y se promueva la coherencia entre ellas, en aras de la aplicación del enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas.

V

La Conferencia invita al Consejo de Administración a que examine periódicamente los progresos relativos a la aplicación de esta Declaración del Centenario de la OIT.
Declaración del Centenario de la OIT para el Futuro del Trabajo, 2019

La Conferencia Internacional del Trabajo, congregada en Ginebra en su centésima octava reunión con motivo del centenario de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),

Considerando que la experiencia del siglo pasado ha confirmado que la acción continua y concertada de los gobiernos y de los representantes de los empleadores y los trabajadores es esencial para alcanzar la justicia social y la democracia, así como para promover la paz universal y permanente;

Reconociendo que esa acción ha aportado avances económicos y sociales históricos que han dado lugar a condiciones de trabajo más humanas;

Considerando además que la pobreza, la desigualdad y la injusticia, así como los conflictos, los desastres y otras emergencias humanitarias, que persisten en muchas partes del mundo constituyen una amenaza para esos avances y para el logro de la prosperidad compartida y el trabajo decente para todos;

Recordando y reafirmando los fines, objetivos, principios y mandato establecidos en la Constitución de la OIT y la Declaración de Filadelfia (1944);

Subrayando la importancia de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998) y de la Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa (2008);

Animada por el imperativo de justicia social que dio nacimiento a la OIT hace cien años, y por la convicción de que los gobiernos, los trabajadores y los empleadores del mundo tienen a su alcance revitalizar la Organización y configurar un futuro del trabajo que haga realidad su visión fundadora;

Reconociendo que el diálogo social contribuye a la cohesión global de las sociedades y es crucial para una economía que sea productiva y eficiente;

Reconociendo además la importancia de la función de las empresas sostenibles como generadoras de empleo y promotoras de innovación y trabajo decente;

Reafirmando que el trabajo no es una mercancía;

Comprometiéndose con un mundo del trabajo libre de violencia y acoso;

Destacando la importancia de promover el multilateralismo, en particular para configurar el futuro del trabajo que queremos y para afrontar los retos del mundo del trabajo;

Exhortando a todos los mandantes de la OIT a que renueven su firme compromiso y revitalicen sus esfuerzos en pro de la justicia social y de la paz universal y permanente que acordaron en 1919 y en 1944; y

Movida por el deseo de democratizar la gobernanza de la OIT mediante una representación equitativa de todas las regiones y de consagrar el principio de igualdad entre los Estados Miembros,

Adopta, con fecha … de junio de dos mil diecinueve, la presente Declaración del Centenario de la OIT para el Futuro del Trabajo.

I

La Conferencia declara que:
A. La OIT conmemora su centenario en un momento en que el mundo del trabajo se está transformando radicalmente impulsado por las innovaciones tecnológicas, los cambios demográficos, el cambio medioambiental y climático y la globalización, así como en un momento de desigualdades persistentes, que tienen profundas repercusiones en la naturaleza y el futuro del trabajo y en el lugar y la dignidad de las personas que se encuentran en dicho contexto.

B. Es imprescindible actuar urgentemente para aprovechar las oportunidades y afrontar los retos a fin de construir un futuro del trabajo justo, inclusivo y seguro con empleo pleno, productivo y libremente elegido y trabajo decente para todos.

C. Ese futuro del trabajo es fundamental para un desarrollo sostenible que ponga fin a la pobreza y no deje a nadie atrás.


D. La OIT, en su segundo siglo de existencia, debe seguir cumpliendo con tenacidad su mandato constitucional de lograr la justicia social y desarrollando su enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas, que sitúa los derechos de los trabajadores y las necesidades, las aspiraciones y los derechos de todas las personas en el núcleo de las políticas económicas, sociales y ambientales.

E. El crecimiento de la Organización en los últimos cien años para alcanzar la composición universal significa que la justicia social puede prosperar en todas las regiones del mundo y que la plena contribución de los mandantes de la OIT a este empeño sólo puede lograrse mediante una participación plena, equitativa y democrática en su gobernanza tripartita.

II
La Conferencia declara que:

A. Al ejercer su mandato constitucional, tomando en consideración las profundas transformaciones en el mundo del trabajo, y al desarrollar su enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas, la OIT debe orientar sus esfuerzos a:

i) asegurar una transición justa a un futuro del trabajo que contribuya al desarrollo sostenible en sus dimensiones económica, social y ambiental;

ii) aprovechar todo el potencial del progreso tecnológico y el crecimiento de la productividad, inclusive mediante el diálogo social, para lograr trabajo decente y desarrollo sostenible y asegurar así la dignidad, la realización personal y una distribución equitativa de los beneficios para todos;

iii) promover la adquisición de competencias, habilidades y calificaciones para todos los trabajadores a lo largo de la vida laboral como responsabilidad compartida entre los gobiernos y los interlocutores sociales a fin de:

— subsanar los déficits de competencias existentes y previstos;

— prestar especial atención a asegurar que los sistemas educativos y de formación respondan a las necesidades del mercado de trabajo, teniendo en cuenta la evolución del trabajo, y

— mejorar la capacidad de los trabajadores de aprovechar las oportunidades de trabajo decente;

iv) formular políticas eficaces destinadas a crear empleo pleno, productivo y libremente elegido y oportunidades de trabajo decente para todos y en particular facilitar la transición de la educación y la formación al trabajo, poniendo énfasis en la integración efectiva de los jóvenes en el mundo del trabajo;

v) fomentar medidas que ayuden a los trabajadores de edad a ampliar sus opciones, optimizando sus oportunidades de trabajar en condiciones buenas, productivas y saludables hasta la jubilación, y permitir un envejecimiento activo;

vi) promover los derechos de los trabajadores como elemento clave para alcanzar un crecimiento inclusivo y sostenible, prestando especial atención a la libertad de asociación y la libertad sindical y al reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva como derechos habilitantes;


vii) lograr la igualdad de género en el trabajo mediante un programa transformador, evaluando periódicamente los progresos realizados, que:

— asegure la igualdad de oportunidades, la participación equitativa y la igualdad de trato, incluida la igualdad de remuneración entre mujeres y hombres por un trabajo de igual valor;

— posibilite una repartición más equilibrada de las responsabilidades familiares;

— permita una mejor conciliación de la vida profesional y la vida privada, de modo que los trabajadores y los empleadores acuerden soluciones, inclusive en relación con el tiempo de trabajo, que tengan en cuentan sus necesidades y beneficios respectivos, y

— promueva la inversión en la economía del cuidado;

viii) asegurar la igualdad de oportunidades y de trato en el mundo del trabajo para las personas con discapacidad, así como para otras personas en situación de vulnerabilidad;

ix) apoyar el papel del sector privado como fuente principal de crecimiento económico y creación de empleo promoviendo un entorno favorable a la iniciativa empresarial y las empresas sostenibles, en particular las microempresas y pequeñas y medianas empresas, así como las cooperativas y la economía social y solidaria, a fin de generar trabajo decente, empleo productivo y mejores niveles de vida para todos;

x) apoyar el papel del sector público como empleador relevante y proveedor de servicios públicos de calidad;

xi) fortalecer la administración y la inspección del trabajo;

xii) asegurar que las modalidades de trabajo y los modelos empresariales y de producción en sus diversas formas, también en las cadenas nacionales y mundiales de suministro, potencien las oportunidades para el progreso social y económico, posibiliten el trabajo decente y propicien el empleo pleno, productivo y libremente elegido;

xiii) erradicar el trabajo forzoso y el trabajo infantil, promover el trabajo decente para todos y fomentar la cooperación transfronteriza, inclusive en áreas o sectores de alta integración internacional;

xiv) promover la transición de la economía informal a la economía formal, prestando la debida atención a las zonas rurales;

xv) adoptar y ampliar sistemas de protección social que sean adecuados y sostenibles y estén adaptados a la evolución del mundo del trabajo;

xvi) profundizar e intensificar su labor sobre migración laboral internacional en respuesta a las necesidades de los mandantes y asumir una función de liderazgo en materia de trabajo decente en la migración laboral;


xvii) intensificar la participación y cooperación en el sistema multilateral a fin de reforzar la coherencia de las políticas, en consonancia con el reconocimiento de que:

— el trabajo decente es clave para el desarrollo sostenible, así como para reducir la desigualdad de ingresos y acabar con la pobreza, prestando especial atención a las zonas afectadas por conflictos, desastres y otras emergencias humanitarias, y

— en un contexto de globalización, la no adopción por un país de condiciones de trabajo humanas constituiría más que nunca un obstáculo al progreso en todos los demás países.



B. El diálogo social, incluida la negociación colectiva y la cooperación tripartita, es un fundamento esencial de todas las actividades de la OIT y contribuye al éxito de la elaboración de políticas y la toma de decisiones en sus Estados Miembros.


C. La cooperación efectiva en el lugar de trabajo es una herramienta que contribuye a que los lugares de trabajo sean seguros y productivos, de tal manera que se respeten la negociación colectiva y sus resultados sin menoscabar el papel de los sindicatos.







III


La Conferencia exhorta a todos sus Miembros, teniendo en cuenta las circunstancias nacionales, a que colaboren individual y colectivamente, basándose en el tripartismo y el diálogo social, y con el apoyo de la OIT, a seguir desarrollando su enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas mediante:

A. El fortalecimiento de las capacidades de todas las personas para beneficiarse de las oportunidades de un mundo del trabajo en transición, a través de:

i) el logro efectivo de la igualdad de género en materia de oportunidades y de trato;

ii) un sistema eficaz de aprendizaje permanente y una educación de calidad para todos;

iii) el acceso universal a una protección social completa y sostenible, y

iv) medidas efectivas para ayudar a las personas a afrontar las transiciones a lo largo de su vida laboral.



Todos los trabajadores deberían disfrutar de una protección adecuada de conformidad con el Programa de Trabajo Decente, teniendo en cuenta:


i) el respeto de sus derechos fundamentales;

ii) un salario mínimo adecuado, establecido por ley o negociado;

iii) límites máximos al tiempo de trabajo, y

iv) la seguridad y salud en el trabajo.













C. El fomento del crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos a través de:

i) políticas macroeconómicas orientadas al cumplimiento de ese objetivo;

ii) políticas comerciales, industriales y sectoriales que favorezcan el trabajo decente y aumenten la productividad;

iii) inversión en infraestructuras y en sectores estratégicos para abordar los factores que generan cambios transformadores en el mundo del trabajo;

iv) políticas e incentivos que promuevan el crecimiento económico sostenible e inclusivo, la creación y el desarrollo de empresas sostenibles, la innovación y la transición de la economía informal a la economía formal, y que favorezcan la adecuación de las prácticas empresariales a los objetivos de esta Declaración, y




IV
La Conferencia declara que:


A. La elaboración, la promoción, la ratificación y el control del cumplimiento de las normas internacionales del trabajo tienen una importancia fundamental para la OIT. Para ello, la Organización debe tener y promover un corpus de normas internacionales del trabajo sólido, claramente definido y actualizado y seguir aumentando la transparencia. Las normas internacionales del trabajo también deben responder a la evolución del mundo del trabajo, proteger a los trabajadores y tener en cuenta las necesidades de las empresas sostenibles, y estar sujetas a un control reconocido y efectivo. La OIT prestará asistencia a sus Miembros en relación con la ratificación y la aplicación efectiva de las normas.

B. Todos los Miembros deberían trabajar en pro de la ratificación y la aplicación de los convenios fundamentales de la OIT y considerar periódicamente, en consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores, la ratificación de otras normas de la OIT.


C. Corresponde a la OIT reforzar la capacidad de sus mandantes tripartitos para:

i) promover el desarrollo de organizaciones de interlocutores sociales que sean fuertes y representativas;

ii) participar en todos los procesos pertinentes, inclusive con las instituciones, programas y políticas del mercado de trabajo, dentro y fuera de sus fronteras, y

iii) abordar todos los principios y derechos fundamentales del trabajo, a todos los niveles, según proceda, mediante mecanismos de diálogo social consolidados, influyentes e inclusivos,
con la convicción de que esa representación y ese diálogo contribuyen a la cohesión global de las sociedades y son asuntos de interés público, y que resultan cruciales para una economía que sea productiva y eficiente.

D. Los servicios que ofrece la OIT a los Estados Miembros y a los interlocutores sociales, en particular a través de la cooperación para el desarrollo, deben ser conformes a su mandato y estar basados en un entendimiento profundo y en la consideración de las circunstancias, necesidades, prioridades y niveles de desarrollo respectivos, también mediante la ampliación de la cooperación Sur-Sur y la cooperación triangular.

E. La OIT debería mantener los niveles más altos de capacidad y pericia en estadística, investigación y gestión del conocimiento para seguir mejorando la calidad de su asesoramiento sobre políticas con base empírica.

F. En virtud de su mandato constitucional, la OIT debe asumir una función importante en el sistema multilateral mediante el fortalecimiento de su cooperación y el establecimiento de acuerdos institucionales con otras organizaciones a fin de promover la coherencia entre las políticas en cumplimiento de su enfoque del futuro del trabajo centrado en las personas, reconociendo los vínculos sólidos, complejos y cruciales que existen entre las políticas sociales, comerciales, financieras, económicas y medioambientales.



Buena lectura.

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