sábado, 3 de marzo de 2018

Texto comparado de la normativa laboral y de Seguridad Social vigente con la proposición de ley de lucha contra la precariedad laboral presentada por Ciudadanos.





El texto, de cuyas grandes líneas se han hecho los medios de comunicación y por supuesto la pagina web del grupo parlamentario, aún no se encuentra publicado en la página web del Congreso de los Diputados cuando redacto esta entrada (muy previsiblemente lo será la próxima semana) ni tampoco, algo que personalmente considero muy sorprendente dado que lo más lógico hubiera sido, obviamente a mi parecer efectuar una rápida difusión del texto, en la del grupo político que la presenta. He podido disponer del mismo gracias a la amabilidad, que le agradezco, que tuvo el Sr.Luis Javier Sánchez, reconocido periodista especializado en temas jurídicos yque en la actualidad presta sus servicios para el diario jurídico Confilegal, de enviármelo el pasado viernes.  

He procedido a la atenta lectura de la citada proposición de ley, que desde luego sugiere muchos comentarios y análisis, pero no entro ahora en ellos sino que simplemente deseoponer en conocimiento de todas las personas interesadas el texto comparado dela normativa vigente y de la proposición de ley, a fin de que cada persona interesada extraiga sus conclusiones del cambio que podría significar la aceptación de aquella, algo que está por ver si llegará a buen puerto dada la configuración del Congreso de los Diputados en la actual  legislatura.

Si acaso, y sólo para “abrir boca”, sí cabe decir que las remisiones contenidas al desarrollo de muchas de sus propuestas al plazo (máximo) de un año, y la remisión de la entrada en vigor del texto, si fuera el caso, al “día primero del año siguiente al día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado”, desactivan bastante a mi parecer la potencialidad de las modificaciones que se pretende incorporar a la normativa laboral, señaladamente la supresión de algunas modalidades contractuales de duración determinada y la generalización del contrato indefinido…siempre según el planteamiento de los redactores del texto... Dejémoslo aquí.   


Buena lectura.     


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