lunes, 25 de septiembre de 2017

Control de la jornada de trabajo y del fraude en la contratación a tiempo parcial. Aprobación de una proposición no de ley del grupo socialista del Congreso.




El texto fue sometido adebate el día 19 de septiembre en la citada Comisión, con la única oposición del grupo parlamentario popular, siendo aprobado por 17 votos a favor, 16 en contra y 3 abstenciones. No se aceptó por el grupo que presentó la proposición una enmienda del grupo de Ciudadanos por la que se pedía que se instara al gobierno a la realización de un estudio sobre en qué sectores se da el mayor fraude y qué mecanismos de control serían los más adecuados para su evitación.

El texto aprobado es el siguiente:

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:

— Adoptar las medidas necesarias para garantizar el registro de jornada de todos los trabajadores de la empresa, independientemente de la modalidad contractual que les vincule a la misma, mediante mecanismos adecuados y fehacientes, así como para que se fije como parte esencial del contrato de trabajo la distribución horaria de la misma.

— Reformar, previo diálogo social, la regulación del contrato a tiempo parcial para que este se utilice para necesidades de trabajo parcial, se modifique el régimen de las horas complementarias y del registro de jornada y se exija la constancia en el contrato del tiempo en el que se va a prestar servicios para garantizar el control fehaciente de la jornada.

— Revisar las sanciones por incumplimientos de las obligaciones en materia de jornada tanto en su cuantía, como su posible vinculación al número de trabajadores afectados.

— Potenciar las Campañas de Inspección de Trabajo en materia de tiempo de trabajo y horas extraordinarias.

— Adoptar una regulación del tiempo de trabajo, previo diálogo con los interlocutores sociales, que permita recuperar el equilibrio de las relaciones laborales.

— Creación de un sello de Horario Racional para aquellas empresas que incorporen en sus Convenios Colectivos medidas de flexibilización del tiempo de trabajo. Incluirlo como prioritario en la responsabilidad social corporativa de las empresas.

— Difundir Modelos de Buenas prácticas en la implementación de horarios y reestructuración de tiempos laborales en las empresas.»

2. Resulta cuando menos curioso, a mi parecer, que el rechazo del grupo parlamentario popular se produjera en la misma sesión en que se aprobó su Proposición no de ley relativaa la implantación del Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y SeguridadSocial para los años 2017-2020, en cuya introducción, y a los efectos de subrayar su importancia, se enfatizaba que “… El empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social constituyen una de las mayores amenazas al estado del bienestar, vulnera los derechos de los trabajadores y provoca competencia desleal hacia la gran mayoría de empresarios que cumplen con normalidad la legislación laboral y de Seguridad Social. El fraude constituye una agresión intolerable contra la calidad del empleo. Es por ello que no debemos conformarnos y tenemos que continuar trabajando intensamente y sin bajar la guardia para reforzar las instituciones de vigilancia y control de la normativa laboral y de Seguridad Social. A estos efectos, resulta prioritario estudiar la implantación del Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2017-2020, en colaboración con las Comunidades Autónomas y agentes sociales, con el objetivo de estructurar las actuaciones inspectoras de forma concreta y evaluable. Especialmente en materia de contratación, siniestralidad laboral, igualdad y no discriminación, y formación en el empleo, así como en materia de trabajo no declarado, empleo irregular y fraude a la Seguridad Social”. 

A la citada proposición se añadió,  por la aceptación del grupo que la presentó, de una enmienda presentada por el grupo socialista, por la que se pidió al Congreso que instar al gobierno a “a realizar una evaluación de todas las medidas contenidas en el Plan de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social del año 2012 y que, a partir de esa evaluación, en colaboración con las comunidades autónomas y agentes sociales, se elabore una estrategia que incluya medidas normativas y planes de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con el fin de vigilar y controlar el cumplimiento de las normas legales en relación con la contratación, siniestralidad laboral, igualdad y no discriminación y formación en el empleo, así como en materia de trabajo no declarado, empleo irregular y fraude a la Seguridad Social”.

Buena lectura.

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