viernes, 27 de mayo de 2016

Buenos momentos en la Universidad (y una nota sobre el proyecto de ley de presupuestos de la Generalitat y las Universidades).



1. Es demasiado habitual hablar de la Universidad para referirse a los problemas existentes en la misma, y no lo voy a hacer en esta ocasión. Al contrario, quiero mencionar tres buenos momentos, tres situaciones muy agradables que vivimos ayer y que viviremos hoy en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Barcelona.

2. Por orden cronológico, la primera, y más emotiva para quien escribe, fue la finalización de las actividades docentes del curso académico 2015-2016, con mis estudiantes del doble grado de Derecho y Administración Dirección de Empresas, a la espera ahora de la realización de una prueba de evaluación por el estudiantado en los próximos días.

Cada año, cuando acaba el curso, me pregunto qué habré transmitido a mis alumnos y alumnas, qué conocimientos habrán alcanzado, y lo más importantes qué imagen, no sólo jurídica, tendrán del mundo del trabajo. Es obvio que para quienes ya se encuentran de forma regular en el mismo (un número muy reducido) la actividad académica es un complemento muy útil de aquello que cada día ven y practican en el ámbito laboral, pero para la gran mayoría de jóvenes que no conocen ese mundo (corrijo, sí lo conocen pero de forma muy esporádica, y en demasiadas ocasiones de forma irregular) sí me parece necesario que adquieran esos conocimientos del marco normativo laboral con el que se van a enfrentar en muy poco tiempo, ya sea como trabajadores por cuenta ajena, como autónomos o como empleadores.

A mi edad le doy cada vez más importancia a los “premios morales”, y uno de ellos, y muy importante, es el aplauso de los y las estudiantes al concluir las clases, porque demuestra que el esfuerzo mutuo por su parte y por la mía, cada uno en el ámbito que le corresponde, ha valido la pena.

Me gustaría, insisto, que hayan adquirido buenos conocimientos, pero también desearía haber transmitido que ese marco se proyecta sobre una realidad social en donde las desigualdades son cada vez más preocupantes, y que justamente el Derecho del Trabajo ha de ser, ha de seguir siendo, un mecanismo de corrección de las mismas en la búsqueda de un modelo más participativo y solidario de relaciones laborales. ¡Ah! Les aseguro que quienes aprenden no son únicamente los alumnos, porque quien escribe aprende también cada de sus vivencias laborales y de cómo enfocan sus perspectivas de futuro en el mundo del trabajo, en un mundo que cambia a pasos agigantados por el impacto de la tecnología y que para ellos no es ninguna novedad ya que son nativos digitales.

3. Sigamos. Poco después se celebraba junta extraordinaria de Facultad para proceder a la elección de nuevo decano o decana para los próximos tres años, un período de especial importancia en la vida universitaria catalana en general y en el de la UAB en particular. En general, por la rapidez con que se desarrolla la vida política y social en Cataluña, y su innegable impacto en el mundo universitario; en particular, porque hace muy pocos días, en concreto el 19 de mayo, fue elegido un nuevo equipo rectoral encabezado por la Dra. Margarita Arboix, que tiene ante sí la apasionante, a la par que indudablemente compleja, tarea de dirigir sus destinos durante los próximos cuatro años y tratar de abordar, y dar respuestas, a los numerosos frentes abiertos en materia económica, de profesorado, personal de administración y servicio, y estudiantado, y vaya desde aquí mi felicitación al nuevo equipo rectoral y transmitirles mi deseo de que sea un gobierno socialmente eficaz y eficiente.    

Presentó su candidatura la Dra. Esther Zapater Duque, decana durante los tres años anteriores y que por consiguiente optaba a la reelección, con pocos cambios en su equipo de gobierno y sin que ninguno de ellos tuviera que ver con discrepancias con la línea anterior de actuación sino por disponibilidades particulares de cada persona afectada. Durante poco más de treinta minutos la candidata, con la tranquilidad que la caracteriza y sin necesidad de acudir a sus notas, desgranó su programa y puso el acento en todo aquello que consideró más relevante para el próximo trienio, con especial atención a la política de internacionalización de nuestra Facultad, un reto sin duda relevante y de máxima importancia. El voto unánime de toda la Junta a la reelección demuestra obviamente la confianza en la reelegida decana y en su equipo, y tal como manifesté públicamente en el acto cuenta con el mío propio, tanto en mi condición de profesor de la Facultad como, por el tiempo de mi mandato, como Director actual del Departamento de Derecho Público y Ciencias Históricojuridicas. ¡Buena suerte y mucho ánimo Esther!

4. Tanto el equipo rectoral de la UAB como el decanal de la Facultad de Derecho están condicionados jurídicamente en sus actuaciones por el marco normativo vigente, y en este punto quiero hacer referencia, siquiera sea de forma muy breve, a la normativa sobre universidades que se recoge en el proyecto de ley depresupuestos generales de la Generalitat para este año, al que acompaña el proyecto de ley de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sectorpúblico, publicados el pasado martes en el Boletín Oficial del Parlament.

En el proyecto de ley de presupuestos encontramos tres referencias concretas a las universidades catalanas, en las disposiciones adicionales novena, décima y undécima, aunque por razones que no alcanzo a entender sólo las dos últimas se agrupan en la rúbrica de “Medidas en materia de universidades”, y una mención adicional de no poca importancia en el art. 35.

La disposición adicional novena se refiere al Plan Serra Hunter y es contundente al marcar cuál es la política de la Generalitat en materia de nuevo profesorado, de personal docente e investigador, al indicar que la reposición de efectivos para este año, que ha de respetar el límite porcentual fijado en la normativa estatal,  “se ha de efectuar mayoritariamente en el marco de la contratación de personal académico de excelencia del Plan Serra Húnter”, y en el bien entendido, además, que las universidades que convoquen plazas necesitan la autorización del departamento autonómico competente en materia de universidades y debiendo acreditar que la oferta contractual no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria de la Universidad convocante.  

En estrecha relación con este precepto, el proyecto de ley de “acompañamiento” introduce en su art. 46 dos modificaciones a la Ley 1/2003 de 19 de febrero de Universidadesde Cataluña, siendo una de ellas la introducción de una nueva disposición adicional, la séptima, en la que se acuerda prorrogar el Plan Serra Húnter hasta 2030, con efectos desde el 1 de enero de 2016. En otro precepto modificado de la Ley 1/2003 se puede comprobar también muy claramente cuál es la apuesta de la Generalitat en materia de profesorado, que no es otra que la laboral y la práctica exclusión de la funcionarial de ámbito estatal. En efecto, se propone la introducción de un nuevo apartado 5 en el art. 47, que regula los “requisitos para ser admitido en los procesos selectivos que las universidades convoquen para acceder como catedrático o catedrática o como profesor o profesora agregado”. En dicho nuevo apartado se dispone que el ingreso en la categoría contractual (es decir, laboral) de catedrático se realizará mediante convocatoria libre y “mediante convocatoria de promoción interna”, pudiendo las universidades convocar plazas “que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto”, si bien remite a la negociación colectiva (es decir, laboral) para el establecimiento de los procedimientos y criterios de promoción interna.

Por fin, el art. 35 del proyecto de presupuestos versa sobre los nombramientos y contrataciones de personal en el ejercicio 2016, con establecimientos de límites muy estrictos para dicha contratación temporal que, no obstante, no será aplicable a la contrataciones que se formalicen en el marco de programas de fomento competitivo por las universidades y centros de investigación, así como tampoco a “las contrataciones temporales financiadas íntegramente mediante recursos externos finalistas ajenos al presupuesto de la Generalitat”

Por último, y siguiendo con el proyecto de ley de presupuestos, encontramos dos disposiciones adicionales que se reiteran con respecto a las ya existentes en años anteriores. La décima lleva por título, significativo, el de  “medidas de contención y de equilibrio presupuestario de las universidades públicas, disponiendo que el Consejo Interuniversitario de Cataluña ha de acordar tales medidas, así como también otras de simplificación administrativa tanto para las universidades como para las entidades y organismos que dependan de ellas, medidas que deberán  tener como objetivos “facilitar el gobierno, la eficiencia, el cumplimiento de la misión universitaria y la calidad en la docencia, en la investigación y en la prestación de todos los servicios, y deben priorizar los objetivos y los gastos vinculados directamente a la calidad de las funciones docentes y de investigación”. Las mismas medidas se han de aplicar a las entidades dependientes de las universidades públicas, “siempre que hayan sido clasificadas dentro del sector Administración pública de la Generalidad, de acuerdo con los criterios del SEC”.

5. Por último, hoy viernes, se procede a la clausura de la IX edición del Aula Iuslaboralista,dirigida por los Dres Francisco Pérez Amorós y Alberto Pastor Martínez, y animada en las redes sociales por el joven profesor en formación David Gutiérrez. Para cerrar este año un foro de debate que se ha convertido en referente obligado del mundo laboralista en Cataluña, contamos con un ponente de lujo, el Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Sevilla Jesús Cruz Villalón, quien es además presidente de la AsociaciónEspañola de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (AEDTSS) que diserta sobre el presente y el futuro del Derecho del Trabajo en la sala de Juntas de nuestra Facultad.

La IX edición del Aula Iuslaboralista se inició el 30 de octubre de 2015, y una amplia referenciade todas las ponencias y de los documentos presentados puede consultarse en supágina web.

Contamos en primer lugar con la presencia del magistrado Joan Agustí para tratar del despido colectivo, de la interrelación entre la justicia española y del TJUE, interrelación de la que el magistrado ha sido un estrecho participe con sus cuestiones prejudiciales, aunque las tesis defendidas no hayan sido acogidas en su totalidad por el TJUE y también hayan sido rechazadas en el muy interesante, a la par que polémico, debate, sobre el cómputo de los trabajadores afectados por un despido colectivo por empresa o centro de trabajo por la sentencia delTribunal Superior de Justicia de Cataluña de 22 de febrero de 2016 que estimó el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia de instancia de 6 de junio de 2015.

A continuación, dos avezados laboralistas y grandes conocedores de la Seguridad Social, y quién duda que ello es una tarea extraordinariamente compleja, los letrados Miguel Arenas y Angel Tisminetzsky del Colectivo Ronda nos hablaron sobre el control de la incapacidad  temporal.. Más adelante, el profesor de la UOC Ignasi Bertrán de Heredia, cuyo blog se ha convertido en muy poco tiempo en un material de obligada consulta por los laboralistas para el seguimiento de la jurisprudencia y doctrina judicial, disertó sobre la transmisión de empresas y las innumerables cuestiones que se han suscitado ante los diferentes tribunales (TJUE, TS, AN, TSJ).

Con la rigurosidad que le caracteriza, y su vocación de agotar todos los temas que quería abordar en su intervención aunque ello significara dejar exhausto al público asistente, el magistrado del TSJ de Cataluña Carlos Hugo Preciado analizó el derecho de huelga y los pronunciamientos judiciales sobre la materia, con especial atención al muy polémico auto de la Audiencia Nacional de 14 de mayo de  2015 que suspendió la huelga convocada por la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) durante las dos últimas jornadas de liga. Siguió después nuestro compañero y amigo de la UAB, el profesor Xavier Solá, para abordar los múltiples problemas de carácter práctico con que se enfrenta la jurisprudencia en conflictos derivados de la aplicación, e interpretación, de los mecanismos de flexibilidad interna regulados en la normativa laboral, señaladamente el art. 41 de la Ley del Estatuto de los trabajadores.

Poco después, otra no menos querida amiga, y compañera durante varios años en la Universidad de Girona, la profesora e Inspectora de Trabajo y Seguridad Social Mercedes Martinez presentó su ponencia sobre la problemática laboral y de Seguridad Social de los desplazamientos transnacionales de trabajadores, de especial importancia en la actualidad por las propuestas de reforma de la normativa europea. Otro profesor asociado de la UAB, el magistrado Jaume González, abordó más adelante una materia de innegable interés,en especial para el buen número de profesionales de la abogacía que asisten regularmente a la sesiones del Aula, cuál es la indemnización por responsabilidad civil derivada del accidente de trabajo y el nuevo baremo de la Ley 35/2015 de 22 de septiembre, de reformadel sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a laspersonas en accidentes de circulación.

6. La conferencia de clausura del Dr. Jesús Cruz sobre el presente y el futuro del Derecho del Trabajo tiene especial importancia en el momento actual, ante la celebración de las nuevas elecciones generales el 26 de junio, aun cuando es lógico pensar que las propuestas de contenido laboral serán sustancialmente semejantes a las defendidas para las anteriores elecciones del 20 de diciembre de 2015 y a las que presté especial atención, al menos de algunas de ellas, en el blog. Además, está próximo a su publicación un libro colectivo, en el que ha participado profesorado de las Universidades Autónoma de Barcelona, Lleida, Girona y Rovira i Virgili, sobre el balance de la reforma laboral de 2012, que he codirigido junto con el profesor Francisco Pérez Amorós, y coordinado por la Dra. Helena Ysás, en el que se efectúa un análisis crítico del inmediato pasado, que es aún en  muchos puntos presente, del Derecho del Trabajo en España. 

No es ahora, y además sería imposible por la extensión requerida, el momento de glosar la trayectoria profesional del ponente, y basta remitir a todas las personas interesadas a la lectura de su currículum y a los textos publicado en su blog para conocer el completísimo bagaje de conocimientos que atesora en los más diversos campos de la disciplina laboralista.

Sólo querría recomendar a las personas asistentes al aula, y también a todos los lectores y lectoras del blog, uno de sus últimos trabajos recientemente publicado en la Revistadel Derecho de las Relaciones Laborales, en el monográfico dedicado a “El Derecho del Trabajo a debate” y que lleva por título “La recuperación de la lógica institucional en la contratación laboral: el equilibrio entre estabilidad y flexibilidad contractual”. El profesor Cruz sitúa como punto de arranque del debate “el hecho de que el elemento preocupante  de fondo debe ser el de la inseguridad en la contratación, con repercusiones negativas múltiples que deben exteriorizarse de formas diversas”, siendo el objetivo a lograr “conseguir dosis superiores de estabilidad en el empleo que, como contrapunto, favorezcan una menor rotación laboral”, y afirmando con contundencia que la dualidad que debe preocupar “no es tanto la modalidad contractual que se utiliza como prevalente, cuanto la tendencia evolutiva en la duración media de los contratos de trabajo… la fuerte tendencia hacia el incremento muy notable de los contratos temporales de muy corta duración…”. El profesor Cruz apuesta en sus propuestas de reformas normativas por medidas sancionadoras realmente contundentes en los casos de uso desviado de la contratación temporal, por entender que las mismas “pueden tener un valor profiláctico indiscutible, pueden jugar en clave decididamente preventiva, desde el instante en que se manda un claro mensaje a las empresas de que deben abandonar las prácticas desviadas de contratación temporal abusiva”.   

Sí, hay buenos momentos en la Universidad, y vale la pena vivirlos.   

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