1.
Ayer lunes, 15 de febrero, Podemos (+ En comú podem, y En marea) hizo público
su documento para negociar con el PSOE y otras posibles fuerzas que pudieran
entrar en un nuevo gobierno. El texto, titulado “Un país para la gente. Basespolíticas para un gobierno estable y con garantías”, dedica tres páginas a “un
nuevo marco de relaciones laborales”, si bien muchas de las aportaciones
contenidas en el eje programático “1.
Una nueva política económica para impulsar el empleo, fortalecer el estado de
bienestar y modernizar la economía” afectan obviamente también al empleo y las
relaciones de trabajo, ya que en la
introducción se afirma que “El Gobierno del Cambio situará el derecho al
trabajo y la creación de empleo digno en el centro de su actuación, por encima
de otros objetivos como la reducción del déficit”, para lo que instrumentará “…unas
políticas macroeconómicas orientadas a garantizar un nivel de actividad
económica coherente con este principio”. .
En
esta breve nota señalo algunos de los contenidos más relevantes a mi parecer de
la propuesta laboral, que estoy seguro que no sería un obstáculo para un
acuerdo con el PSOE ya que contiene muchos puntos de coincidencia con las de
este, que fueron objeto de atención en una entrada anterior, aun cuando también
hay diferencias que personalmente no considero insalvables para lograr el
acuerdo. Si hay finalmente desacuerdo, insisto, no creo que sea en absoluto por
las propuestas en materia laboral de unos y otros.
2.
Como digo, las páginas 36 a 38 están dedicadas a la propuesta calificada de “Un
nuevo marco de relaciones laborales”, requerido según los autores del documento
por la situación laboral actualmente existente en España y que requiere de “un
cambio profundo”, para revertir una situación que se considera inaceptable y
que se manifiesta en “las elevadas tasas de desempleo, el deterioro de las
condiciones de trabajo, el aumento de la precariedad y la extensión de los
trabajadores pobres”.
Sin
plazos concretos para su ejecución, salvo en el apartado relativo al incremento
de Salario Mínimo Interprofesional, el documento recoge que el “gobierno del
cambio” elaborará una nuevo Estatuto de los trabajadores (supongo que se
refiere a una nueva ley, aunque no se explicite en tales términos) “que derogue
las dos últimas reformas laborales”. Hay aquí ciertamente una primera, y quizás
las más relevante, discrepancia con el PSOE, y ahora también con IU-UP tras elprincipio de acuerdo alcanzado ayer con los socialistas, en cuanto que lógicamente la
derogación de la reforma laboral propuesta por el PSOE se refiere a la puesta
en marcha por el gobierno popular en 2012 y no a la aprobada por el último
gobierno socialista en 2010.
El
texto de Podemos recoge propuestas concretas en materia de contratación
temporal, previendo una duración máxima de un año, fija una jornada mínima en
los contratos a tiempo parcial que sea del 50 % de la de los contratos a tiempo
completo, y llama a potenciar la figura del contrato fijo discontinuo en
sustitución de que califica como “contratos a tiempo parcial de temporada”.
Más
diferencias con las propuestas socialistas se contienen en las relativas a las
extinciones contractuales, en cuanto que se aboga por la opción del trabajador
a la readmisión en caso de declaración de improcedencia del despido (a
diferencia del marco jurídico vigente que concede la opción al empleador), y se
pretende recuperar la autorización administrativa como obligatoria para aprobar
un procedimiento de despido colectivo o un expediente de suspensión de
contratos o reducción de jornada. También se contiene la propuesta de
recuperación de la figura del despido nulo por fraude de ley (que desapareció
del marco normativo en 1990), y reforzar la causalidad en los despidos colectivos.
La aparente discrepancia sobre cómo solucionar jurídicamente hablando los
antiguos ERES no me parece significativa si se repara en el importante papel
que el texto socialista atribuye al informe de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social y a la posibilidad de llegar a un arbitraje en los términos
pactados en el ámbito interconfederal.
En
materia de negociación colectiva se plantea, al igual que el documento
socialista, eliminar la prioridad absoluta de los convenios de empresa para otorgársela
a los convenios sectoriales, y parece apuntarse un cambio sustancial respecto
de la regulación de las cláusulas de descuelgue de un convenio y de
ultraactividad, pero sin concretar su contenido.
3.
De forma y manera no excesivamente ordenada desde una perspectiva técnica, el
documento pide el reconocimiento del grupo empresarial como unidad de
negociación (a mi parecer ya está recogida tal posibilidad en el art. 87.1 de
la LET), así como también una regulación que garantice la existencia de
representación unitaria en todas las empresas y centros de trabajo (supongo que
el documento está pensando en las empresas de menos de 10 trabajadores, y también en todas aquellas
de ámbito superior que, por los motivos que fuere, no disponen de tal representación
y que la nueva norma incentivaría – obligaría? a su creación). Parece apuntarse
una apuesta por la potenciación y protección del derecho de huelga, canalizado
a través de la derogación del art. 315.3 del Código Penal y un mayor espacio de
autotutela de ese derecho por parte de los trabajadores (¿Códigos de
auotrregulación o ley incentivadora del ejercicio del derecho al estilo
italiano)
Sin
excesivo orden en la exposición, el documento es partidario de introducir
procedimientos de información y consulta de los trabajadores en términos
similares a los consejos de vigilancia existentes en Alemania, conceder mayores
poderes a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para velar por el
efectivo cumplimiento de la normativa laboral, y adoptar medidas que regulen la
realización de horas extraordinarias de tal manera que se evite su conversión “en
un instrumento de distribución irregular de la jornada y una prolongación
fraudulenta de la jornada de trabajo”.
En
el marco tanto de las relaciones colectivas como de las individuales se apuesta
por impulsar mecanismos de flexibilidad interna en las empresas que eviten la
destrucción de puestos de trabajo, con una llamada concreta a la utilización
del mecanismo de reducción de jornada, con compensación económica parcial a
cargo del Estado “que sea similar al modelo alemán” (parece que el sistema
germánico de relaciones laborales es bastante querido por quienes han redactado
esta parte del documento de Podemos), si bien convendría tener en
consideración, a mi parecer, que la estructura productiva alemana y española, y
el peso de las distintas empresas según el número de trabajadores ocupados, es
bastante diferente.
Ciertamente,
además de las referencias al modelo alemán también se encuentran otras a
modelos existentes “en varios países europeos” (Francia sería un ejemplo
significativo aunque no se cite de forma expresa), en concreto cuando se
plantea la aprobación de una ley de participación financiera de los
trabajadores en las empresas, eso sí “con carácter voluntario” para su puesta
en marcha por estas (no me queda muy clara cuál sería la eficacia de esta
medida si no hay algún mecanismo que incentive de alguna forma tal
participación)
4.
No encuentro diferencias con las propuestas socialistas respecto a la
eliminación de las actividades aparentemente formativas en prácticas pero tras
las cuales se esconden auténticos contratos laborales, así tampoco en los
ajustes a efectuar en la figura del trabajador autónomo económicamente dependiente,
y el planteamiento de suprimir la figura jurídica contractual creada por la
reforma laboral de 2012 del contrato de
fomento del empleo indefinido de apoyo a emprendedores.
En
fin, no creo que genere ningún desacuerdo la propuesta de elevación gradual del
salario mínimo profesional hasta los 800 euros mensuales (14 pagas), a
completar al finalizar los dos primeros años de legislatura, en la línea de
acercar nuestro SMI al 60 % del salario medio tal como propugna la Carta SocialEuropea, siendo algo más complicado en principio, pero también susceptible de negociación
para su implantación de forma más gradual, de un incremento hasta 950 euros que
se pretende implantar al final de la legislatura.
5.
Last but no the least, últimos pero no menos importante, el documento formula
algunas propuestas en materia de Seguridad Social… para los trabajadores
autónomos, de las que destaco estas: “Se establecerán cuotas a la Seguridad
Social porcentuales y progresivas en función del rendimiento neto para los
autónomos que facturen por encima del salario mínimo, y un alta gratuita para
aquellos que facturen por debajo del salario mínimo…. Se
estudiará asimismo la posibilidad de desarrollar un régimen de cotizaciones a tiempo
parcial, de manera que se pueda estar empleado por cuenta propia a media jornada”.
Buena
lectura de las propuestas, y de todo el documento si así lo desean.
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