viernes, 4 de diciembre de 2015

Unión Europea. La puesta en marcha del semestre europeo 2016. Análisis del Estudio prospectivo anual sobre el crecimiento, y del proyecto de informe conjunto sobre el empleo.



1. La Comisión Europea hizo públicos el pasado jueves, 26 de noviembre, los documentos con los que se inicia el ciclo de gobernanza económica correspondiente a 2015 y que he tenido oportunidad de leer, teniendo como punto de referencia principal el “Estudio Prospectivo Anual sobre el crecimiento 2016: consolidación de larecuperación e impulso a la convergencia” (EPAC), en el que se afirma, según lanota oficial de presentación, que “la Comisión considera que las prioridades económicas y sociales del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento de 2015 (inversión, reformas estructurales y responsabilidad presupuestaria) siguen siendo válidas. Las prioridades para 2016 son la actualización de estas prioridades para tener en cuenta los avances realizados y la aparición de nuevos retos”.

Además, la Comisión ha presentado otros varios documentos, como el informe sobre elmecanismo de alerta de 2016, el relativo a la evaluación general de losproyectos de planes presupuestarios para 2016, y el Proyecto de InformeConjunto sobre el Empleo (PICE) de acuerdo este último a lo dispuesto en el art. 148 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), documento que se califica en su introducción como “aportación fundamental a la gobernanza económica de la UE”, en el que se ofrece “un resumen anual de los acontecimientos clave en materia social y de empleo en Europa, así como de las medidas de reforma de los Estados miembros en consonancia con las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros y las prioridades de la EPAC”. Del que he citado en segundo lugar, baste destacar ahora la referencia concreta a España, que es clara y contundente al considerar que el proyecto de presupuestos para 2016, presentado el 11 de septiembre, y que ya ha sido aprobado por el Parlamento y convertido en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, “plantea un riesgo de incumplimiento de las exigencias del PEC para 2016. En particular, se prevé que en 2016 no se realizará el esfuerzo presupuestario recomendado ni se alcanzarán el objetivo de déficit global”, y por ello la Comisión ha invitado a las autoridades españolas “a adoptar las medidas necesarias en el marco del procedimiento presupuestario nacional para garantizar que el presupuesto de 2016 se atenga al PEC y a presentar un PPP actualizado lo más pronto posible”.

El propósito de esta entrada es analizar los contenidos más relevantes del EPAC en materia de empleo y protección social, así como también del Informe sobre empleo que previsiblemente será aprobado en el Consejo Europeo de marzo de 2016. Para el estudio y análisis de los documentos presentados en 2015 y 2014 remito a las entradas publicadas en el blog el 1 de diciembre de 2014 y el 21 de noviembrede 2013, respectivamente.

2. Como digo, la Comunicación presentada por la Comisión el 26 de noviembre sobre el EPAC 2016 lleva por título “refuerzo de la recuperación y fomento de la convergencia”. En su introducción se hace referencia a las previsiones elaboradas por la Comisión este otoño, que respecto al empleo prevén un crecimiento del 1,0 % este año y el 0,9 % en cada uno de los dos años venideros, mientras que la tasa de desempleo experimentaría un descenso hasta el 9,5 % en el año a punto de finalizar, y continuaría la senda descendente al 9,2 y 8,9 % en 2016 y 2017, respectivamente.

Me parece importante destacar como la Comisión valora positivamente, si bien a medio y largo plazo, la afluencia de refugiados a la UE desde el punto de vista del incremento de la mano de obra y del crecimiento económico, si bien matiza esta afirmación con la tesis de que podrá ser así “siempre y cuando se tomen las medidas correctas para acceder al mercado laboral y apoyar el proceso de integración”, y de momento no parece, desgraciadamente, que las cosas vayan por este camino en la gran mayoría de países de la UE. Para la Comisión, la integración de los inmigrantes, y especialmente los refugiados, “exige un enfoque global para facilitar su acceso al mercado laboral y, de manera más general, su participación en la sociedad”, pidiendo que se garantice a los demandantes de asilo, de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva 2013/33/UE de26 de junio de 2013, que tengan reconocido un acceso efectivo al mercado de trabajo en el plazo máximo de nueves meses desde que se ha formulado la solicitud de protección internacional.  

Tal como he indicado con anterioridad, la Comisión sigue considerando prioritarios los tres objetivos marcados para 2015, y ahora propone seguir avanzando por esta vía, para lo que será necesario “reforzar los esfuerzos políticos para llevar la recuperación por una senda sostenible, desbloquear las inversiones, reforzar la capacidad de ajuste de los Estados miembros de la UE, fomentar la productividad y acelerar el proceso de convergencia”. No hay duda de la necesidad de redoblar todos los esfuerzos, porque el seguimiento del documento europeo de referencia obligada para esta década, la Estrategia Europea 2020, ha puesto de manifiesto que se han producido avances destacables en ámbitos como los del cambio climático, energía y educación, pero que como consecuencia de las crisis económica (¿y no cabría añadir de las erróneas políticas practicadas para superarla?) se ha paralizado el progreso en la consecución de los demás objetivos, “en particular por lo que respecta a la pobreza y la exclusión social, donde la situación ha empeorado”.  

3. Desde la perspectiva de las políticas laborales y de protección social en las que concentro esta entrada, la Comisión insiste en su reiterada exigencia, pero sin concretar de qué forma ha de llevarse a cabo, de equilibrar flexibilidad y seguridad en las políticas de mercado de trabajo. Obsérvese que en las manifestaciones efectuadas sobre este punto en el documento caben las más diversas interpretaciones de cómo abordar la cuestión, aunque no menos cierto que es necesario reconocer que la Comisión no ha ocultado en los últimos años sus simpatías por una reformulación de las modalidades contractuales que acabaran, llámese como se llame, en un “contrato único”, y cuyo análisis crítico he realizado en anteriores entradas.

En efecto, la reforma demandada por la Comisión para combinar adecuadamente la flexibilidad demandada por la parte empresarial y la seguridad deseada por la parte trabajadora, reforma en la que debería darse, y bienvenida sea esta tesis, “una fuerte implicación de los agentes sociales”, debería abordar varias y distintas cuestiones relacionadas con el marco normativo y las políticas ocupacionales, tales como “la segmentación del mercado de trabajo, una adecuada evolución salarial, unos sistemas de apoyo a la renta bien diseñados, políticas que faciliten la transición a nuevos puestos de trabajo, dotar a los solicitantes de empleo con las capacidades adecuadas, así como intentar que sus cualificaciones se adecúen a las ofertas de empleo”.

La Comisión manifiesta su preocupación porque la mayor parte de la creación de empleo se ha producido con contratos de duración determinada y reclama medidas que permitan un crecimiento del empleo estable y la existencia de menos empleo precario, con intensificación de los esfuerzos para luchar contra el trabajo no declarado (que en muchas ocasiones, conviene ahora recordarlo, es consecuencia de la imposición obligada por parte empresarial a personas que no tienen posibilidad de adoptar otra opción, ya sea por su situación de debilidad laboral o por las condiciones de irregularidad administrativa en la que se encuentran, o por ambas conjuntamente)

Igualmente, reclama prestar especial atención a “la lucha contra el desempleo juvenil y de larga duración”, incluyendo tales propuestas dentro de lo que califica de reformas estructurales que deben llevarse a cabo por los Estados miembros para modernizar sus economías.  Por otra parte, y en el ámbito de las calificadas como “políticas fiscales responsables” se insiste una vez en corregir aquello que se califica de “falta de incentivos a la creación de empleo” (me pregunto si está pensando la Comisión en más bonificaciones, exenciones o incentivos económicos a las contrataciones por cuenta ajena y por cuenta propia, o también a la reducción de impuestos y de cotizaciones, en especial las empresariales, a la Seguridad Social). En este punto, el PICE apuesta por la reducción de la llamada “cuña fiscal” (que incluye el IRPF más las cotizaciones a la Seguridad Social tanto de los empresarios como de los trabajadores), argumentando que, con una financiación adecuada de la misma, se incrementaría la demanda y el crecimiento, se apoyaría la creación de puestos de trabajo y se contribuiría al buen funcionamiento de la Unión Económica y Monetaria.

4. No olvida en modo alguno la Comisión su reiterada llamada a la “modernización” de los sistemas de protección social, que han de conjugar (y en ello creo que estamos de acuerdo todos, aunque cuestión bien distinta es cómo se alcanza) la sostenibilidad económica y el cambio demográfico operado en Europa con el progresivo envejecimiento de la población, y se insiste una vez más en la necesidad de un aumento general de la edad de jubilación y una restricción de las jubilaciones anticipadas, además de una nada disimulada manifestación de apoyo a los planes de pensiones complementarios, pidiendo a los Estados que apoyen estos planes, tanto los de carácter colectivo como individual, “para complementar los regímenes  públicos de pensiones, incluyendo la supresión de obstáculos a nivel europeo”.

Se sigue vinculando las prestaciones por desempleo a las políticas de activación, de tal manera que la formación lograda durante el período de desocupación puede contribuir al reingreso en el mercado de trabajo, algo que en el plano teórico es perfectamente defendible, y mucho más difícil de llevar a cabo en la práctica por los recortes y restricciones presupuestarias en el sector público.

Justamente de los restos para la sostenibilidad del sistema de Seguridad Social en España, con atención especial a las pensiones de jubilación, se habló el jueves 3 de diciembre en la II Jornada de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social,organizada por los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC y la Facultadde Derecho de la Universitat Autònoma de Barcelona. Igualmente, no hay que olvidar aquí la mención al documento de la OCDE hecho público el día 1 de este mes, “Panorama de las Pensiones 2015 Indicadores de la OCDE y el G20”, que “revisa y analiza las medidas para las pensiones que se han  puesto  en  práctica  o  se  han  legislado  en  los  países  de  la  OCDE  entre  septiembre  de  2013  y septiembre de 2015. Presenta una revisión detallada de la primera línea de protección para los adultos mayores, las pensiones de primer nivel, entre países, y evalúa el impacto de trayectorias laborales cortas en los derechos de pensión. Esta edición analiza también la respuesta de tasas de reemplazo futuras ante cambios  paramétricos”. Los datos estadísticos de la UE ponen de manifiesto que más de la mitad del gasto en el año 2013 (el 53,3 %) estaba relacionado con la vejez

5. El EPAC 2016 dedica especial atención a la inversión en capital humano, a la necesidad de adoptar reformas importantes en los sistemas de educación y formación que contribuyan a la recuperación del empleo y a un crecimiento sostenible, y ciertamente hay mucho por hacer, no sólo en la UE sino a escala internacional, como lo demuestra el recientemente presentado informe de la OCDE sobre losindicadores educativos para 2015, en el que se pone de manifiesto que el sector educativo ha sufrido el impacto de la crisis económica, ya que si bien entre 2010 y 2012 el PIB se ha incrementado después de la reducción experimentada en los dos años anteriores, el gasto público en el ámbito educativo ha disminuido en un tercio de los países de la OCDE.

El EPAC 2016 aporta un dato que debe mover sin duda a una rápida reflexión y acción para su corrección, cual es que cerca del 20 % de la población en edad de trabajar “apenas tiene cualificaciones muy básicas de lectura, escritura y cálculo” y el PICE subraya que cerca de un 40 % de la población de la UE posee capacidades digitales insuficientes si se parte de la base que “para participar eficazmente en la sociedad digital, una persona necesita un nivel de capacidades superior al bajo (que equivale únicamente al de ser capaz de enviar correos electrónicos)”.

Por otra parte, y es es un dato importante respecto a estudios prospectivos de años anteriores,  destaca la importancia que la Comisión concede, y no debería quedarse a mi parecer sólo en el plano de la reflexión teórica, a la inversión social, con mención específica a la asistencia sanitaria, el cuidado de niños, las ayudas a la vivienda y los servicio de rehabilitación, que de llevarse a cabo mejoraría ciertamente las condiciones de vida de una parte de la población necesitada de más atención por sus debilidades sociales. Bienvenida sea, por tanto, la manifestación de la Comisión de que “La inversión social aporta beneficios económicos y sociales con el tiempo, concretamente en cuanto a perspectivas de empleo, rentas del trabajo y productividad, prevención de la pobreza y refuerzo de la cohesión social”, ¡y ahora a ponerla en práctica!

6. El EPAC 2016, complementado por el PICE, dedica un apartado a la necesidad de adoptar medidas de fomento del empleo y la puesta en marcha de políticas sociales integradoras, ya que la mejora de la situación económica experimentada con carácter general el último año no ha llegado a buena parte de la población, entre la que se encuentra quienes tienen carencias formativas en relación con los puestos de trabajo ofertados por las empresas (según datos facilitados por la propia Comisión, “el 39 % de las empresas tienen dificultades para encontrar al personal laboral con las cualificaciones necesarias”).

No obstante, no conviene dejar de señalar que hay otros factores que limitan la capacidad de los empresarios para atraer, es decir, contratar a trabajadores y que poco tienen que ver con las cualificaciones profesionales, como son los horarios de trabajo cada vez más irregulares, las pocas perspectivas de formación, y desarrollo profesional, y la cuantía (reducida) del salario, factores todos ellos que nos remiten a cuál es el modelo de relaciones laborales, y las condiciones de trabajo, que existe en cada Estado. Por citar el ejemplo concreto de España sobre los salarios, según los últimos datos disponiblesfacilitados por el Instituto Nacional de Estadística y datados de 2013, la ganancia media anual por trabajador fue de 22.697,86 euros en dicho año, pero inferiores fueron el salario mediano (“el que divide al número de trabajadores en dos partes iguales, los que tienen un salario superior y los que tienen un salario inferior)”, 19.029,66 euros, y el sueldo más frecuente, 15.500 euros. 

En este punto el documento comunitario se remite a un análisis más detallado de la problemática del empleo y del desempleo, y de todo lo relativo al mundo del trabajo, en el proyecto de informe conjunto sobre el empleo, al que me referiré más adelante, si bien enfatiza la preocupación existente por el desempleo juvenil y por el de larga duración. Respecto al primero pide la activación y desarrollo en todos los Estados de medidas relacionadas con la Garantía Juvenil, con combinación de políticas educativas y formativas laborales y un eficaz funcionamiento de los servicios públicos de empleo. En relación con el desempleo de larga duración, del que se constata su impacto sobre el deterioro de la salud de las personas afectadas y el incremento de la situación de pobreza y exclusión social, se pide la rápida aplicación de las medidas contenidas en la propuesta de Recomendación sobre su integración en el mercado laboral, siendo obviamente necesaria del todo punto su aprobación, con petición concreta, y ciertamente difícil de llevar a cabo en mucho Estados por los recortes y restricciones presupuestarias operadas en los últimos años en los servicios públicos, de un tratamiento individualizado de cada situación concreta, es decir “un enfoque individualizado, un acceso simplificado y una ayuda mas transparente”.

En efecto, el PICE se aportan los datos estadísticos disponibles sobre el crecimiento real anual del gasto en políticas activas del mercado de trabajo durante el período 2007-2012, en los que se constata su disminución en varios Estados; más exactamente, “el gasto total (en porcentaje del PIB en 2007) disminuyó en 8  Estados miembros, mientras que el gasto por persona que deseaba trabajar descendió en 13 países”, añadiendo que aunque no se disponen de datos estadísticos más recientes no se considera probable una mejora sustancial de tal situación, “dado que los presupuestos públicos también han seguido siendo restrictivos en muchos Estados miembros después de 2012”

7. Por último, cabe reseñar el mayor énfasis que los documentos comunitarios del nuevo semestre europeo desean dedicar a las políticas de empleo y de protección social. A tal efecto, en otro documento presentado el pasado 26 de noviembre, el Informe sobre el Mecanismo de Alerta 2016, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos, se añaden al cuadro de indicadores principales tres indicadores de empleo: la tasa de actividad, la tasa de desempleo juvenil y la tasa de desempleo de larga duración. Para la Comisión, ello es “una prueba palpable del compromiso…  de reforzar su análisis de los desequilibrios macroeconómicos. Resulta de especial relevancia para las consecuencias sociales de la crisis y porque una prolongada evolución adversa en materia social y de empleo puede tener un impacto negativo en el crecimiento del PIB potencial de muy diversas formas y amenaza con agravar los desequilibrios macroeconómicos”. No obstante, inmediatamente a continuación de esta declaración social programática se afirma, para que no haya dudas al respecto, que “esta inclusión no modifica el objetivo del PDM, que sigue siendo prevenir la aparición de desequilibrios macroeconómicos perjudiciales y garantizar su corrección”.

8. Complemento obligado del EPAC 2016 es el PICE. La primera parte del documento lleva a cabo una visión general del mercado de trabajo y las tendencias y los retos sociales de la UE, mientras que la segunda analiza las actuaciones concretas de los Estados miembros en materia de reformas sociales y de empleo.

Del ámbito europeo es importante destacar el crecimiento experimentado en la tasa de empleo de las personas de 20 a 64 años, que es del 69,2 % en la EU28 y del 68,1 % en la ZE19 en 2014, así como también de la mejora en la tasa de actividad de las personas de  15 a 64 años, que alcanza el 72,3 % tanto en la EU28 como en la ZE19, y el descenso en la tasa de desempleo al 10,2 % y al 11,6 % en ambas zonas respectivamente, en el bien entendido que a pesar de estas leves mejoras en el último año “la profundidad de la crisis y la lentitud de la recuperación, en particular de la zona del euro, no han permitido alcanzar todavía los niveles del PIB real anteriores a la crisis”. Un crecimiento del empleo que, como también he indicado con anterioridad, se constata por la Comisión que es debido al crecimiento de los contratos temporales, aquellos que han experimentado un más elevado grado de inestabilidad durante la crisis, ya que el número de contratos indefinidos y el de trabajadores por cuenta propia “… han permanecido más o menos estables desde 2011”.

Desde luego, el crecimiento del empleo temporal no debe ser en modo alguno una señal de satisfacción para quienes apostamos por un empleo estable y de calidad, como tampoco lo es el incremento del trabajo a tiempo parcial involuntario y el crecimiento de nuevas (¿o viejas?) relaciones jurídicas que pretenden situarse extramuros del ámbito jurídico laboral.

Por último, otros importantes datos que ponen de relieve la necesidad de corregir importante desajustes en el mercado de trabajo europeo son las diferencias por razón de género y de edad, ya que el crecimiento experimentado por la tasa de actividad femenina en el último año no impide que esta (66,5 %) siga estando 11,5 % puntos porcentuales por debajo de la de los varones, y lo mismo ocurre si comparamos a las personas de edad avanzada (55 a 64 años) con el colectivo comprendido entre los 20 y 54 años, ya que la mejora del primero sólo ha contribuido de forma limitada a reducir la diferencia en la tasa de actividad, que es ahora de 29,6 puntos.

Por otra parte, los datos del Informe relativos al desempleo juvenil, y en concreto a la situación de aquellos jóvenes que no trabajan ni siguen estudiando, mueven a un cierto optimismo por la reducción de los “ninis” a escala europea, aunque sigue habiendo una serie de países, entre los que se encuentra España, que siguen teniendo un porcentaje superior al 20 %, Más preocupante me parece el dato, que guarda estrecha relación con el mayor o menor número de ninis, que la mejora general de las tasas de abandono escolar prematuro tenga poco impacto sobre los jóvenes nacidos en el extranjeros que tienen, según los datos facilitados por el Monitor de la educación y formación de 2015, “… por término medio, tasas superiores en 10 puntos porcentuales a las de la población nativa, con picos de aproximadamente 20 puntos porcentuales en Grecia e Italia”.  

Buena lectura de los documentos.

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