1. La Comisión
Europea hizo públicos el pasado viernes, 28 de noviembre, los documentos con
los que se inicial el ciclo de gobernanza económica correspondiente a 2015 y
que he tenido oportunidad de leer, teniendo como punto de referencia principal
el Estudio Prospectivo Anual sobre el crecimiento 2015 (EPAC), que se centra,
según la nota oficial de presentación, “en el objetivo de volver a afianzar
Europa en una senda de creación de empleo y crecimiento económico sostenible”.
Para lograr ese objetivo, la nueva Comisión ha presentado el documento “Un plande inversiones para Europa”, con el que se pretende “movilizar, de aquí a
finales de 2017, al menos 315.000 millones EUR en inversión pública y privada
adicional en la economía real”, y que valora positivamente no sólo por la
cantidad que se pondrá en juego sino también, según la Comisión, porque su
impacto se multiplicará y rebasará dicha cantidad “a medida que vaya aumentando
el número de participantes que aporten contribuciones adicionales voluntarias”.
El documento debería ser aprobado en el Consejo europeo de los días 18 y 19 de
diciembre, y la adopción de las medidas legislativas necesarias para que el
nuevo Fondo propuesto, “Fondo europeo para inversiones estratégicas” debería
realizarse durante los primeros meses de 2015 “para asegurar que el Fondo...
esté operativo a más tardar en junio de 2015, y a dar seguimiento con celeridad
a los otros aspectos del Plan”.
Además, la
Comisión ha presentado el Informe sobre el mecanismo de alerta y el Proyecto deInforme Conjunto sobre el Empleo (PICE) de acuerdo este último a lo dispuesto
en el art. 148 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),
documento que se califica en su introducción como “aportación fundamental a
unas orientaciones económicas afianzadas, corrobora los mensajes clave
relativos al empleo que figuran en el EPAC”.
El propósito de
esta entrada es analizar los contenidos más relevantes del EPAC en materia de
empleo y protección social, así como también del Informe sobre empleo que
previsiblemente será aprobado en el Consejo Europeo de marzo de 2015. Junto a
todos los documentos citados, no conviene olvidar tampoco la reciente
Resolución del Parlamento europeo, aprobada el 25 de noviembre, sobre “elempleo y los aspectos sociales de la Estrategia Europea 2020”, en la que se
formula una dura crítica a las políticas europeas que se centran en el crecimiento
económico y que olvidan otros contenidos de carácter social, con menciones
críticas específicas a los anteriores EPAC que se concretan en el apartado 2 y
que por su interés reproduzco: “deplora que los Estudios Prospectivos Anuales
sobre el Crecimiento y las recomendaciones específicas por país adoptados hasta
el momento como parte de los ciclos anuales del Semestre Europeo no tengan la
suficiente coherencia con los objetivos en materia de empleo, reducción de la
pobreza y educación de la Estrategia Europa 2020; lamenta que no se tenga
suficientemente en cuenta la importancia de los regímenes de seguridad social
como instrumentos clave para la estabilización de la economía y de la sociedad,
así como para la reducción de la pobreza; pide esfuerzos más decididos para
orientar y coordinar las políticas de la UE a fin de contribuir a reforzar el
mercado único con vistas a afrontar los obstáculos a su ejecución y aprovechar
su potencial para impulsar un crecimiento inteligente, sostenible e integrador
y la creación de empleo; insta a la Comisión a que vele por que las futuras
recomendaciones específicas por país establezcan como prioridad la consecución
de los objetivos de la Estrategia Europa 2020”.
2. Para quien
desee comparar los documentos presentados la pasada semana con los presentados
hace un año, correspondientes al semestre europeo 2014, remito a la entradapublicada en el blog el 21 de noviembre de 2013. Sólo recupero dos fragmentos
de mi análisis, para poder enlazar con la explicación de los documentos del año
en curso.
Respecto al
EPAC, “El estudio prospectivo anual sobre el crecimiento realiza de una parte
un balance de cuál es la situación económica y social de Europa, y de otra fija
las políticas a desarrollar durante 2014. Como punto de partida pone de
manifiesto la existencia de “signos de lenta recuperación en la UE”, la
elaboración del estudio en relación con las nuevas reglas de coordinación de
las políticas presupuestarias de la zona euro (recordemos que la Comisión
cumple el papel de guardiana de la ortodoxia presupuestaria de los presupuestos
de los Estados miembros), y el hecho de que 2014 será el primer año en el que
se aplicará el nuevo marco financiero plurianual europeo, que ha sido objeto de
especial atención, y aprobación de varias Resoluciones, en el pleno de esta
semana del Parlamento Europeo, con una mención expresa, que hay que destacar
por su importancia, a que está previsto dedicar más de 400 millones de euros
“para potenciar el crecimiento y la creación de puestos de trabajo a nivel
nacional y regional con cargo a los Fondos Estructurales y de Inversión
Europeos (Fondos ESI)”. Para la Comisión, la máxima prioridad para el próximo
año es “construir crecimiento y competitividad” en el marco de una recuperación
duradera, y para ello es necesario además “proseguir un saneamiento
presupuestario diferenciado que favorezca el crecimiento, restablecer las
condiciones normales de préstamo a la economía; luchar contra el desempleo y
las consecuencias sociales de la crisis, y modernizar la Administración
Pública”.
Sobre el PICE, “Por
primera vez, el Informe acompaña un cuadro de indicadores sociales y de empleo,
tal como se propuso por la propia Comisión en su Comunicación sobre “Reforzar
la dimensión social de la unión económica y monetaria”, a la que dediqué un
comentario monográfico en otra entrada del blog. Del análisis de dichos
indicadores, se confirman las importantes diferencias existentes entre los
Estados miembros y también en el seno de cada Estado, y no repito algunos de
los datos ya mencionados en otros documentos, pero sí me quedo con una
reflexión general del documento que es muy clara y diáfana: “La desigualdad de
la renta está creciendo entre los Estados miembros y dentro de ellos,
especialmente en el sur y la periferia de la UE. Estos son también los Estados
miembros que registraron los mayores aumentos del desempleo. En muchos países,
la crisis ha intensificado las tendencias a largo plazo de polarización
salarial y segmentación del mercado laboral, que junto con unos sistemas fiscales
y de prestaciones menos redistributivos, han impulsado el aumento de las
desigualdades. Unas tasas de desempleo elevadas (con los mayores aumentos en la
parte inferior del mercado de trabajo) y, en algunos casos, un impacto del
saneamiento presupuestario, también explican los grandes aumentos de las
desigualdades en los países más afectados por la crisis”.
3. Según puede
leerse en la introducción de la Comunicación presentada por la Comisión el 28
de noviembre “Estudio prospectivo anual sobre el crecimiento 2015”, el EPAC,
junto con los restantes documentos que lo acompañan, “establece el paquete de
medidas a favor del empleo, el crecimiento y la inversión, anunciado como
primera prioridad en las Orientaciones políticas de la nueva Comisión”, y en el
que se propone que la política económica y social de la UE para el próximo año
se sustente en tres pilares: en primer lugar, “impulso coordinado de la
inversión”, con la utilización de los ya reseñados 315.000 millones de euros
del plan de inversiones durante 2015-2017; en segundo lugar, “compromiso
renovado de emprender reformas estructurales”, haciendo hincapié en la
necesidad de adoptar medidas que estimulen el crecimiento y el empleo, y sobre
la necesidad de que Europa sea hecha más suya por los gobiernos y parlamentos
nacionales (y supongo que también querrá decir, aunque no lo haga expresamente,
de la ciudadanía, buena parte de la cual no mira precisamente con buenos ojos a
las instancias europeas por considerarlas culpables de las políticas de austeridad
y recortes de derechos sociales); en fin, “perseverancia en la responsabilidad
presupuestaria”, con propuestas para mejorar la eficiencia del gasto y para dar
prioridad a la inversión productiva, con una mención específica, y que sería
muy de agradecer que se concretara de forma eficaz, a que la lucha contra el
fraude y la evasión fiscales “es esencial para garantizar la equidad y permite
a los Estados miembros recaudar los ingresos fiscales que se les adeudan”.
A) En el EPAC se
encuentran referencias concretas, aunque no distintas a mi parecer de las
existentes en documentos de años anteriores, sobre la necesidad de abordar
reformas en las políticas de empleo y de protección social, con frases muy repetidas
en los documentos comunitarios, como por ejemplo que “es preciso modernizar
nuestros sistemas de protección social de modo que puedan hacer frente al
desafío que supone el rápido envejecimiento de la población”, o que en el
ámbito estatal los esfuerzos realizados en sede comunitaria deben complementarse
“con una ambiciosa aplicación de reformas estructurales en los mercados de
productos y servicios y en el mercado laboral”.
Es en el bloque
segundo del documento, en el que se recogen las propuestas de reformas
estructurales, un “compromiso renovado” de la nueva Comisión que ha iniciado su
mandato el 1 de noviembre, donde encontramos aquellas que afectan al ámbito
laboral y que deben ser emprendidas, de acuerdo a la distribución de
competencias, por los Estados miembros, aunque algunas que se adoptan a escala
UE tienen indudable importancia sobre el mundo laboral, como por ejemplo la
continuación del “programa de adecuación y eficacia de la reglamentación(REFIT), sobre cuya finalidad no habría nada que cuestionar en principio, en
cuanto que se trataría de “aligerar y simplificar la legislación de la UE y
hacer menos costoso su cumplimiento en beneficio de los ciudadanos y las
empresas”, pero en cuya puesta en marcha hay que estar muy atentos, como ya
señaló en su día la Confederación Europea de Sindicatos, para evitar una disminución
de la protección laboral y social, en especial en las pequeñas empresas,
habiendo señalado los riesgos de esa “adecuación” sobre la aplicación de la
normativa de prevención de riesgos laborales y de derechos de información y
consulta de los representantes de los trabajadores.
B) La Comisión
pide avanzar en reformas “adicionales” en los Estados miembros, en el bien
entendido que pueden varias en razón de la situación económica y social de cada
Estado. Con una cierta “neolengua”, aunque de la lectura de sus propuestas se
entiende fácilmente qué tesis se defienden, propone diversos ámbitos que deben
ser objeto de reformas, y tres guardan directa relación con el empleo y la
protección social, apostando por “mejora de la dinámica de los mercados laborales
y medidas frente al elevado nivel de desempleo”, “reforma de las pensiones”, y
“modernizar los sistemas de protección social”. Junto a estas propuestas, hay
otras de carácter más general pero cuya puesta en marcha tendría un indudable
efecto sobre el empleo (en qué términos, de cantidad y calidad, es discutible):
“mejora de la flexibilidad de los mercados de bienes y de servicios”, “mejora
de las condiciones generales de la inversión empresarial”, “mejora de la
calidad de la inversión en investigación e innovación”, y “aumento de la
eficiencia en la administración pública (en la que, por cierto, se apuesta por
fomentar mecanismos alternativos para la resolución de litigios, y la “independencia” (¿?) de los sistemas
judiciales, tesis que parece gozar de apoyo en sede europea ya que también se
plantea de forma indirecta en el bloque dedicado a asuntos laborales cuando se apuesta por
“reformar los sistemas de resolución de litigios en el ámbito laboral”). La
tesis principal del documento, en el que no se encuentran referencias a la
calidad de empleo ni tampoco a las condiciones laborales (que sí aparecerán en
el PICE) es que hay que corregir “las rigideces del mercado laboral” para
reducir el desempleo, y a ello debe contribuir también la reforma de la protección
social.
a) Como digo, un
primer ámbito de reformas “adicionales” que propone la Comisión se centra en
aquello que califica de “mejora de la dinámica de los mercados laborales y
medidas frente al elevado nivel de desempleo”, aunque en puridad creo que más
que adicionales son punto y seguido de las contenidas en documentos anteriores,
salvo una mayor concreción en la puesta en marcha del sistema de garantía
juvenil. La Comisión apuesta por el desarrollo permanente de los conocimientos
y de la innovación, y por facilitar la movilidad laboral entre “diferentes
empleos, sectores y/o regiones”, tesis que no
encuentra especial buena acogida, por decirlo de forma suave, en algunas
de las recientes propuestas presentadas por el gobierno británico; movilidad,
en cualquier caso, que para ser efectiva requiere de un pleno reconocimiento de
la posible transferencia de derechos de pensión en toda la UE. Según los datos
facilitados en el PICE, un 25 % de los ciudadanos europeos afirma que se ha
planteado trabajar en otro país de la UE en los próximos diez años, pero la
realidad pone de manifiesto que “tan solo el 3,3 % de la población europea
económicamente activa residía en otro Estado miembro”.
No sé muy bien
que quiere decir la Comisión al referirse a “condiciones adecuadas que
favorezcan la contratación”, ofrecer “niveles modernos de protección social”, o
“eliminar los obstáculos que impiden la creación de empleo”, aunque después de
leer bastantes de sus últimos documentos entiendo que apuesta mucho más, en la
aplicación de la “flexiguridad”, por la flexibilidad que por la seguridad. Sí
hay propuestas concretas sobre reducción de los impuestos que gravan el trabajo
(destacando que existen diferencias de hasta un 40 % entre los Estados miembros
en la carga impositiva del trabajo, “en lo que atañe al coste de emplear un
trabajador a un salario medio y al sueldo neto de los trabajadores”) y sobre
reducción de la “segmentación del mercado laboral”, siendo esta última
recurrente y en la que parece apostarse por medidas que faciliten la mejora del
empleo, o el acceso al mismo, de trabajadores temporales y desempleados, aún
cuando no se haga mención expresa esta vez de la necesidad o conveniencia de
“equiparar” los niveles de protección de los trabajadores con contratos indefinidos
y temporales, algo que habitualmente se ha identificado con la reducción de la
protección de los primeros, tanto en
cuanto a la protección jurídica de la extinción de su relación contractual como
de reducción de la cuantía indemnizatoria en caso de extinción no ajustada a
derecho.
Nuevamente se
insiste sobre la importancia de la formación permanente y de la mejora de las
cualificaciones profesionales, en cuanto que hay sectores en expansión que
demandan personal con alta cualificación, entre los que se cita a la economía
digital, los sectores ecológicos y la sanidad. Especial importancia, y es la
parte más novedosa del documento con respecto al del año anterior, se dedica a
la problemática de los jóvenes, y en concreto a la aplicación de la garantía
juvenil, con una llamada de urgencia a los Estados miembros para que utilicen
todos los fondos disponibles “con mayor diligencia y eficiencia”, y que los
completen con recursos nacionales, poniendo de manifiesto con preocupación que
hasta el momento de elaborar el documento sólo tres países, (Francia, Italia y
Lituania) “han adoptado programas operativos por un importe de 1.600 millones EUR, lo que
permite efectuar pagos de prefinanciación a esos países”. Dicho sea incidentalmente, sobre la
problemática del empleo y el desempleo de los jóvenes, y sus condiciones de
trabajo, tuvimos un animado debate el pasado viernes durante la celebración de
la jornada de trabajo organizada por el Instituto de Estudios de Trabajo de la
UAB, quedándome ahora por su especial interés con la aportación de las
profesoras Agnés Pardell y Mª Àngels Cabassés, de la Universitat de Lleida, que realizaron una brillante presentación de
su libro “Una visión crítica del plan de implementacion de la garantía juvenilen España”, editado recientemente por la Ed. Bomarzo y que las autoras han
tenido la amabilidad de pedirme su presentación en Barcelona el próximomiércoles, en la Fundació Ferrer i Guárdia.
Tampoco
encuentro novedades en materia de política salarial , ya que se pide su
evolución “de forma acorde con el desarrollo de la productividad”, tanto a
nivel de sector como de empresa, y con petición de una mayor flexibilidad para
poder pactar salarios diferenciados, más exactamente “aumentos salariales”,
según los sectores, e incuso dentro de cada uno de ellos, en función de cómo
haya evolucionado la productividad, reconociendo, y me parece importante, que
para ello “la función de los interlocutores es crucial”. Dicha flexibilidad,
incluso exacerbada, ya existe en España desde la reforma laboral de 2012, como
lo confirman tanto las estadísticas oficiales del MEySS como los periódicos
informes sobre negociación colectiva (es decir la parte “oficial” de la vida
laboral, ya que existe una parte real, en especial en las pequeñas empresas,
que difícilmente aparece en los mismos) que realizan las organizaciones
sindicales y empresariales.
b) Otras
propuestas de contenido laboral versan, como ya he indicado con anterioridad,
sobre la reforma de las pensiones y la modernización de los sistemas de
protección social. Sobre la reforma, se insiste en seguir profundizando en las
emprendidas por la mayor parte de Estados miembros en años anteriores (España
es “una buena alumna” en este terreno) para aumentar “la eficiencia y la
sostenibilidad financiera de las pensiones”. La “neolengua” sobre la
conveniencia de alargar la edad de jubilación se convierte en no hacer mención
expresa a la edad, sino a la adopción de “un enfoque más dinámico de la edad a
la cual las personas puedan jubilarse”, y ello llevaría (hay varios documentos
de la Comisión que van en esta línea y que se pretende que se incorporen a la
normativa de los Estados miembros) a vincular la edad legal de jubilación y
esperanza de vida (en España, con datos del INE, se situaría alrededor de los
78 años para los hombres y 84 para las mujeres), con objeto, se dice, “de
alcanzar un equilibrio adecuado entre el tiempo de vida laboral y el tiempo de
vida en situación de jubilación”., aunque, afortunadamente a mi parecer, se
reconoce en el PICE que “varios estados miembros todavía tienen serias reservas
con respecto a esta idea”. Igualmente, el PICE subraya que en 25 de los 28
Estados UE “ya han legislado o tienen previsto legislar retrasos en la edad de
jubilación”
En fin, no hay
novedades en cuanto a la modernización de los sistemas de protección social,
con referencias genéricas a políticas de atención de las necesidades de los
colectivos más desprotegidos, aun cuando hay una frase que pudiera dar a
entender un “ajuste” de la protección,
sin mayor concreción, en cuanto que se plantea que las políticas sociales
·deben simplificarse y dirigirse más a objetivos específicos”.
De obligada
referencia para el caso español es el VII Informe FOESSA, presentado a finales del mes de octubre. En el texto, se subraya que desde el anterior informe hasta
2013 “ha quedado plenamente constatado el enorme deterioro que la cohesión
social está experimentando en nuestro país durante los últimos 7 años, con un
incremento notable de los procesos de exclusión social, que se hacen además más
graves y con una expansión significativa también de las situaciones de
precariedad y vulnerabilidad social”. Deterioro de la cohesión social que se
manifiesta, entre otros, en el hecho de que disponer de un empleo no garantiza
la integración social (el fenómeno de los trabajadores pobres adquiere
relevancia en España) para alrededor de un 15 % de la población, de tal manera
que ciertamente el desempleo expande la exclusión social, “pero la ocupación
precaria también hace que aumente”, con un llamamiento a reforzar tanto las
políticas activas de empleo, “aportando a las personas más excluidas
oportunidades vitales, de ocupación y empleo”, como las políticas de protección
social y más concretamente “reformar profundamente y ampliar la cobertura del
sistema de garantía de ingresos mínimos”, una reforma que se considera
necesaria, planteamiento con el que coincido, y para cuya “puesta en escena”
hay que partir de la consideración previa de que hay distintos sectores de la
política social implicados (no sólo, pues, las prestaciones por desempleo) y de
que las lógicas protectoras son “heterogéneas”, y piénsese, y así se recoge en
el documento, en cuáles son las condiciones de acceso a cada prestación, qué
características tiene la prestación, y cuales son “las obligaciones y
contraprestaciones asociadas a su percepción”.
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