4. El proyecto deley fue publicado en el BOCD el 30 de abril, remitiéndose a la Comisión de
Empleo y Seguridad Social para su debate y posterior aprobación con competencia
legislativa plena. El 29 de junio se publicaban las enmiendas presentadas porlos grupos parlamentarios, un total de 224. El informe emitido por la ponencia,
después de haber “estudiado con todo detenimiento dicha iniciativa” fue emitido
el 14 de julio y publicado el día 21, acordando incorporar al proyecto de ley,
junto a la introducción de varias correcciones “de carácter técnico”, las
siguientes enmiendas: “3, 4, 5 y 6 del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y
Democracia; 29, 46 y 70 del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La
Izquierda Plural; 91, 95, 101, 118 y 134 del Grupo Parlamentario Catalán de
Convergència i d’Unió; 182, 188, 192, 195, 211, 214, 215 y 222 del Grupo
Parlamentario Socialista; y 169, 170, 171, 172, 173, 176, 177 y 179 del Grupo
Parlamentario Popular”.
Dicho informe,
como ya he indicado, fue sometido a debate en la Comisión de Empleo y SeguridadSocial el 22 de julio, en donde se incorporaron al texto numerosas enmiendas
transaccionales presentadas por el grupo popular y que recogían parcialmente
las presentadas por otros grupos parlamentarios. Como soy incapaz de hacer una
síntesis de la exposición de la portavoz del grupo popular, Sr, Villalobos
Talero, la reproduzco a continuación para que algún día algún joven
investigador que realice una tesis doctoral sobre el sistema de formación
profesional para el empleo en el ánimo laboral se vea obligado, más que estar
animado, a la lectura detallada de todas las enmiendas transaccionadas:
“Voy a pasar si
les parece a decirles las enmiendas transaccionales: a las enmiendas números 1,
38 y 189, del Grupo Socialista, al
artículo 4, que modifica el párrafo segundo de la ley; a las enmiendas 7, 30,
74, 92, 168, 184 y 213, al artículo 3; a las enmiendas números 15, 89, 178 y
224, a la disposición transitoria primera; a las enmiendas números 17, 63, 125
y 204, que afecta al artículo 10.5, que ahora se la pasaré a la letrada, porque
faltan dos trozos importantes, lo que se refiere a las empresas de menos de 50
y a las empresas de 100 —en el documento que le di ayer, como era muy tarde,
pero ahora se lo voy a pasar para que quede reflejado según lo que hemos
negociado con el resto de los grupos—; a la enmienda número 23, del Grupo PNV,
a la disposición adicional nueva, de la Comunidad Autónoma del País Vasco; a
las enmiendas números 25 y 181, a la exposición de motivos, donde aparece el
protagonismo de las organizaciones sindicales y empresariales en el control
seguimiento y evaluación de la formación profesional; a las enmiendas número 27
y 183, al artículo 1.2, vuelve a hablar de la importancia de las organizaciones
sindicales y patronales; a la enmienda número 28 relacionada con la 182, que se
aprobó en ponencia, es de La Izquierda Plural, al artículo 1.1, que es la que
le comentaba antes al señor Coscubiela —la presente ley tiene por objeto
regular en el marco general del sistema nacional de las cualificaciones y
formación profesional, que para él era uno de los ejes fundamentales de
incardinar esta ley de la formación profesional—; a las enmiendas números 32 y
185, al artículo 3, letra d); a las enmiendas números 35 y 186, al artículo 4,
modificando el artículo 26.1 de la Ley de Empleo; a las enmiendas números 36,
37 y 187, al artículo 4, modificando la Ley de Empleo; a las enmiendas números
44, 49, 106 y 196, son de La Izquierda Plural, de Convergència i Unió y del
Grupo Socialista, al artículo 7.3, nueva letra d); a las enmiendas números 45,
192, que la aprobamos ya en la ponencia, es una enmienda de La izquierda
Plural, al artículo 7, apartados dos y tres nuevos; a las enmiendas números 47,
103 y 193, estas dos últimas se aprobaron en ponencia, al artículo 7.3, letra
a); a las enmiendas números 62, 123 y 204, relacionada con la 147, al artículo
10.4; a las enmiendas números 53 de La Izquierda Plural y la 198 del Grupo
Socialista, al artículo 7.6, nuevo, párrafo tres; a las enmiendas números 55 de
La Izquierda Plural, 111 de Convergència i Unió y 200 del Grupo Socialista, al
artículo 8.2, párrafo primero; a las enmiendas números 58 y 69 de La Izquierda
Plural, 115 de Convergència i Unió y 201 del Grupo Socialista, al artículo 9.2,
párrafo segundo; a las enmiendas números 59, de La Izquierda Plural, 116 y 117
de Convergència i Unió y 202 del Grupo Socialista, relacionada con la número 5
de UPyD y con la 118 de Convergència i Unió, que se aprobaron en ponencia, que
afectan al artículo 10.1, nuevo párrafo; a la enmienda número 65, de La
Izquierda Plural, 148 de Convergència i Unió y 206 del Grupo Socialista, al
artículo 10.2, nuevo párrafo, que es la representación legal de los
trabajadores y el resto irá en su totalidad al reglamento; a las enmiendas números
73, de La Izquierda Plural, 136 de Convergència i Unió y 212 del Grupo
Socialista relacionada con la 174, al artículo 16.2; a las enmiendas números
79, de La Izquierda Plural, 144 de Convergència i Unió, que está relacionada
con la 215, del Grupo Socialista, al artículo 25.2, nuevo; a las enmiendas
números 83 de La Izquierda Plural, 151 de Convergència i Unió y 221 del Grupo
Socialista, a la disposición adicional segunda; a las enmiendas números 84 y
152 relacionada con la 222, del Grupo Socialista, que se aprobó en ponencia, a
la disposición adicional tercera, letra d); a las enmiendas números 85 y 153, a
la disposición adicional sexta; a la enmienda número 98, de La Izquierda
Plural, al artículo 5.1; a las enmiendas números 104, 105 y 194, al artículo
7.3, letra b), párrafo tercero; a la enmienda número 195 relacionada con la
104, al artículo 7, apartado tres, letra c); a las enmiendas números 119 y 203
relacionada con la 171, que se aprobó en ponencia, al artículo 10.2; a las
enmiendas números 132 y 208, al artículo 12.1, párrafo segundo; a la enmienda
número 143, al artículo 25; a las enmiendas números 149, 150 y 220, a la
disposición adicional primera; a las enmiendas números 158 y 166, a la
disposición transitoria nueva; a la enmienda número 180, al artículo 27.1,
párrafo primero; a la enmienda número 190, al artículo 6.1; a las enmiendas
números 107 y 197, relacionadas con la 170, que fue aprobada ya en ponencia, al
artículo 7.4, nuevo párrafo; a la enmienda número 207, al artículo 11.2, que se
refiere a las estructuras paritarias sectoriales, y a la enmienda número 209,
al artículo 12, apartados dos y tres.
Voy a referirme a
las enmiendas que se admiten en sus propios términos: la enmienda número 61, de
La Izquierda Plural, al artículo 10.3, párrafos dos, tres y cuatro; la enmienda
102 y 103 de Convergència i Unió y 193 del Grupo Socialista, que afecta al
artículo 7.3, letra a); la enmienda número 121 de Convergència i Unió, al
artículo 10.3, párrafo cuatro, nuevo inciso final; la enmienda número 131 de
Convergència i Unió, al artículo 12.1, párrafo primero; la enmienda número 137
de Convergència i Unió, al artículo 17.1, letra e); la enmienda número 141 de
Convergència i Unió, al artículo 23.1, párrafo primero; la enmienda número 164,
de Convergència i Unió, a la disposición final nueva; la enmienda número 165,
de Convergència i Unió, disposición transitoria nueva; la enmienda número 167,
de Convergència i Unió, disposición adicional nueva y, por último, la enmienda
174, de Convergència i Unió, al artículo 16.2, párrafo segundo”.
Al haberse
olvidado en su intervención de una enmienda transaccional, la Sra. Villalobos
la recordó en una intervención posterior, en concreto la presentada a las
enmienda del grupo socialista referida a los remanentes de crédito recuperados
en el sistema, y que afectaba también a las enmiendas números 86, 124 y 154,
con sustitución de “podrán incorporarse” por el taxativo de “se incorporará”.
Es ciertamente
sorprendente, en esta legislatura, que en el debate de un proyecto de ley se
formulen manifestaciones de satisfacción por la inmensa mayoría de los
portavoces parlamentarios, y que esa misma satisfacción se manifieste por las
organizaciones sindicales que habían sido muy críticas con el RDL 4/2015, pero
no por ello es menos positivo y digno de ser enfatizado. La lectura del acta de
la sesión del día 22 de julio así lo pone de manifiesto.
He seleccionado
algunos fragmentos de las intervenciones que confirman claramente este acuerdo,
resultado de un buen trabajo previo y reuniones “fuera de cámara” entre los
propios grupos, o sus portavoces, y con los agentes sociales. Para el Sr. Coscubiela Conesa (Izquierda
Plural), “… después de cuarenta y dos meses destacando la falta absoluta de
diálogo del Gobierno del Partido Popular, hoy es oportuno destacar que en esta
ocasión se ha abierto un resquicio de esperanza para que el diálogo
parlamentario no sea considerado un oxímoron. Quiero destacar que en la
tramitación de este proyecto de ley ha habido comunicación, aunque para que se
pueda decir que hay diálogo habrá que esperar al final a ver cómo las palabras
se convierten en hechos, a pesar de que en algún aspecto eso ya ha empezado a
ser así…., si bien no dejó de criticar y manifestar su insatisfacción con el
texto del proyecto “… en lo que se refiere a las competencias de las
comunidades autónomas”, ya que a su parecer “… No se garantizan las
competencias de las comunidades autónomas. Parece que otra vez se ha querido
aprovechar un proyecto de ley para la recentralización del Estado. Una
recentralización que se da en lo concreto pero también en lo ideológico, y que
si en general no tiene sentido, es absurda cuando se trata de una formación que
requiere proximidad, flexibilidad y adaptación al entorno. Por lo tanto, esa
obsesión en la recentralización nos parece contraproducente, incomprensible y
contradictoria con los mecanismos de flexibilidad”. No obstante, algunas de sus
críticas, por ejemplo las relativas a los costes del sistema de módulos fueron
parcialmente aceptadas en transacción por el grupo popular, para adecuarlos a
las diferencias territoriales.
Las críticas a la “recentralización” también fueron
manifestadas por el portavoz de Convergencia i d’Unió Sr. Carles Campuzano,
afirmando que el texto del proyecto de ley “confirma la dinámica de
recentralización que se ha producido durante esta legislatura”; pero,
inmediatamente a continuación variaba el tono crítico para acercase al
conciliador, afirmando que “Es cierto que algunas de las transacciones que
ofrece el Grupo Parlamentario Popular minoran esas cuestiones, y mi grupo lo
valora en su justa dimensión. Sucede, por ejemplo, en materia de teleformación
dando respuesta a sentencias del Tribunal Constitucional muy recientes. También
en materia de control de las bonificaciones de este campo, pues mientras los
convenios previstos en la legislación vigente no se desarrollen, corresponde a
la Administración General del Estado, al SEPE, esa función de control y
seguimiento, pero se mantiene la posibilidad de que por vía de convenio ese
control y seguimiento se pueda hacer por parte de los órganos correspondientes
de las comunidades autónomas. O el propio reconocimiento de la negociación
colectiva en el ámbito sectorial territorial y en los órganos paritarios del
ámbito territorial. Son avances que, insisto, vamos a tener que leer con un
punto más de calma durante esta mañana. O incluso esa concepción más flexible
de los módulos, pues no tiene demasiado sentido que sean determinados por el
Ministerio de Empleo, cuando sabemos que los costes de un curso de formación no
son los mismos en Extremadura que en Madrid, en Barcelona o en el País Vasco”.
La valoración
positiva de las negociaciones previas y que ahora culminaban en un texto
bastante consensuado fue efectuada por el portavoz socialista Sr. De la Rocha:
“Debo decir que se ha hecho un esfuerzo serio de negociación entre varios
grupos parlamentarios, en todo caso el mío, con el Grupo Parlamentario Popular
y con el Ministerio de Empleo. Un esfuerzo que, como ha dicho el señor Coscubiela,
es anómalo o extraño en esa casa. Llevamos cuatro años en que las leyes
prácticamente se aprueban sin debate, sin negociación, sin búsqueda de puntos
de encuentro. Y quiero enfatizarlo porque creo que el resultado final, aunque
siempre insuficiente, va a mostrar que se ha hecho un serio esfuerzo con el que
mi grupo está, si no del todo digamos que razonablemente satisfecho, y creemos
que por parte del Grupo Parlamentario Popular también se ha avanzado en este
tema. Se han conseguido aproximaciones y acuerdos en diversas materias —no
totalmente, como enseguida explicaré— que han permitido recomponer
suficientemente el desacuerdo anterior, la ausencia de pacto social…., añadiendo
que “…esta ley no nos gusta plenamente, pero sin duda es un paso adelante que puede
permitir mejorar esta herramienta clave para la economía española que es la
formación profesional para el empleo, que es un derecho de los trabajadores….”.
Por último, se
sumó a las felicitaciones por el acuerdo alcanzado la portavoz popular Sr. Villalobos
Talero, enfatizando la importancia del papel que han de jugar los agentes
sociales y valorando las aportaciones de los sindicatos en las conversaciones
previas a la aprobación del RDL 4/2015, al mismo que criticaba a los
negociadores empresariales “porque la patronal considera que las cuotas de
formación son suyas —y a partir de ahí es muy complicado llegar a un consenso—,
sin darse cuenta de que no es así, sino que son de los trabajadores, de los
empresarios y del conjunto de la sociedad española; es diferente que para
algunos sean parte de los salarios diferidos y para otros parte de lo que es
realmente el coste laboral en la empresa”. En su intervención destacó, como ejemplo de flexibilidad, que
“hemos introducido una enmienda en los costes de los módulos para que las
comunidades autónomas puedan, en ejercicio de sus propias competencias, dentro
lógicamente de una horquilla, adecuar su coste de módulos en función de la
comunidad autónoma. No es lo mismo un curso de cocina de chef en Barcelona o Madrid
que en Soria, porque los costes laborales no son los mismos ni los alquileres
tampoco. Tienen que tener la posibilidad de adecuarlo, porque eso está dentro
de ese respeto a la competencia de las comunidades autónomas. Exactamente igual
que en el cheque formación le hemos dado un valor a las comunidades autónomas y
a las organizaciones sindicales y empresariales para que las cosas vayan bien,
porque la comunidad autónoma que intenta hacer las cosas sin contar con la
representación de los trabajadores va mal”.
Del negro, o gris
oscuro, al blanco, o verde esperanza (depende de dónde se ponga el listón). Las
organizaciones sindicales CC OO y UGT afirmaban con rotundidad el mismo día 22,
en una nota de prensa publicada tras la aprobación del dictamen de la Comisión,
que “mejora sustancialmente aspectos que son fundamentales para el desarrollo
formativo de los trabajadores y el grado de competitividad de las empresas de
nuestro país”, que se avanza “ en aspectos tan importantes como el
mantenimiento del protagonismo de las organizaciones sindicales y empresariales
en la gobernanza del sistema, la incorporación de la reanualización de los
fondos de la cuota de Formación Profesional de un ejercicio a otro o la
puesta en valor de la red de centros
públicos o el inicio de la puesta en marcha del cheque-formación como
experiencia piloto con garantías en su funcionamiento”; apreciaban “la puesta
en valor de la red pública de centros de formación con una partida
presupuestaria específica en la Ley de Presupuestos Generales del Estado que
garantice una formación de calidad para los trabajadores ocupados y
desempleados”, y reconocían como una modificación de gran valor que “la
financiación de los contratos para la formación y el aprendizaje no correrá a
cargo de la cuota de Formación Profesional y seguirá considerada como
bonificaciones a la contratación, tal y como solicitaron las centrales
sindicales en las enmiendas presentadas a los grupos parlamentarios”.
5. En el documentoanexo se encuentra el texto comparado del proyecto de ley presentado en elCongreso y del dictamen aprobado por la Comisión de Empleo y Seguridad Social,
destacando en negrita las modificaciones incorporadas al primero. Remito a las
personas interesadas a la lectura, y comparación, atenta y detallada de ambos
textos, y destaco a continuación aquellas enmiendas que considero más
significativas, junto con alguna consideración de índole más general. Casi con
toda seguridad, el texto aprobado por la Comisión será mantenido en su práctica
integridad por el Senado, dado el acuerdo de los grupos parlamentarios, pero en
cualquier caso debemos ser prudentes hasta la aprobación definitiva de la
norma, y si hubiera algún cambio de relevancia durante la tramitación del
proyecto en la Cámara Alta lo pondría de manifiesto en una entrada posterior.
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