1. Hasta donde
mi conocimiento alcanza, la sentencia dictada el pasado 12 de diciembre por laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, de la que ha sido ponente
la magistrada Matilde Aragó, con quien comparto este año la codirección de las
XXV jornadas catalanas de Derecho Social, es la primera en la que el TSJ ha
debido pronunciarse sobre la vigencia de un convenio colectivo denunciado con
anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 3/2012 de 6 de julio (o al menos
la primera que se ha hecho pública).
2. Tuve conocimiento de la sentencia el jueves por
la mañana por medio de la nota de prensa emitida por el gabinete de prensa deCC OO de Cataluña, con el claro título de “El Tribunal Superior de Justícia de
Catalunya reconeix la vigència de les clàusules del Conveni del Sector del
Transport de Mercaderies de Barcelona mentre durin les negociacions per acordar
un de nou”. En el día de ayer se publicó la noticia en castellano en la web deCC OO con el título “El Tribunal Superior de Catalunya reconoce la vigencia del
convenio de mercancías de Barcelona”, y se valora positivamente ya que “pone en
valor la negociación colectiva por encima de lo que fija la reforma laboral y
denuncia la falta de voluntad negociadora de las patronales del sector del
transporte de mercancías, con la intención de dejar morir el convenio y aplicar
la reforma laboral, rebajando considerablemente las condiciones laborales de
los trabajadores y trabajadoras del sector. Esta actitud provocó durante el año
2013 la convocatoria de varias huelgas que tuvieron un amplio seguimiento”. En
términos semejantes, la noticia puede leerse en la página web de la UGT de Catalunyacon el título “El TSJC declara vigent el Conveni Col·lectiu del transport de
mercaderies per carretera de Barcelona”, y donde se explica que “aquesta
sentència significa que el conveni col·lectiu no va decaure el 8 de juliol del
2013 i continua vigent, i condemna les
empreses del sector a respectar-lo. Les patronals poden interposar recurs de
cassació, però la sentència deixa clar que és executiva de manera immediata.
Per tant, des de la UGT de Catalunya exigim a les empreses que han modificat
les condicions de treball de la seva plantilla de manera unilateral emparant-se
en la pèrdua de la ultraactivitat del conveni que tornin a aplicar-lo en tot el
seu contingut”. En declaraciones realizadas el mismo jueves a la agencia EFE, y
que he podido leer en el diario “El Economista”, el secretario de Acción
Sindical y Política Sectorial de CCOO de Cataluña, José Cachinero, ha explicado
que la incertidumbre acerca de la vigencia del convenio colectivo “ha provocado
que las condiciones laborales en el sector sean muy dispares”, ya que “ha
habido de todo, depende de la empresa", y también criticó que algunas
“hayan optado por acogerse al convenio sectorial de ámbito superior, el Acuerdo
General de Transporte por Carretera”.
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