lunes, 11 de julio de 2011

Cataluña. Subvenciones para la realización de planes de empleo con entidades sin ánimo de lucro y universidades públicas. Los jóvenes de 35 años.

El Boletín Oficial autonómico publica hoy lunes la Resolución EMO 1679/2011, de 30 de junio, que entrará en vigor mañana, por la que se abre la convocatoria para presentar solicitudes de concesión de subvenciones para la realización de planes de empleo con entidades sin ánimo de lucro y universidades públicas.


Los sujetos beneficiarios de las subvenciones serán las universidades públicas y las entidades sin ánimo de lucro, si bien para estas últimas se requiere de forma expresa que tengan la intervención comunitaria o la inserción laboral como objetivos en sus estatutos, y sean generadoras de empleo. La cuantía de la subvención, por un período máximo de 6 meses, se gradúa en función del grupo de cotización a la Seguridad Social al que pertenezca el trabajador: 931,89 euros para los grupos 10 y 11; 1.242,52 euros para los grupos 5 a 9; 1.863,78 euros para los grupos 1 a 4. El artículo 13 dispone que estos importes corresponden al sueldo bruto mensual, con el prorrateo incluido de las pagas extraordinarias, “o el importe proporcional en caso de jornada diferente al 100 %”.



Las entidades y universidades podrán contratar, con una duración mínima de 6 meses, y con la modalidad contractual de contrato para obra o servicio determinado de interés social, a tiempo completo o parcial, a personas desempleadas como demandantes en situación de desempleo como mínimo desde 6 meses antes, que no perciban prestaciones por desempleo, o sólo les falte un mes para agotarlas, y que además no hayan participado en planes de empleo de los años 2009 y 2010, con la posibilidad que se concede a las oficinas de trabajo de derivar a las entidades solicitantes las personas que no cumplan los requisitos citados para dar respuesta a casos excepcionales. En cualquier caso, es importante destacar que la norma no incluye dentro de concepto de prestaciones (contributivas o asistenciales) por desempleo, al programa de recualificación profesional, la renta mínima de inserción “y aquellas otras ayudas que determinen expresamente sus bases reguladoras”. Los contratos deberán formalizarse hasta el 31 de diciembre, y el plazo de finalización previsto con carácter general es “antes del 30 de junio de 2012”.


Tendrán preferencia para participar en los planes de empleo quienes cumplan los requisitos citados y se encuentren en alguna de estas situaciones: trabajadores que hayan participado en acciones formativas relacionadas con los sectores fijados como preferentes en la convocatoria.; jóvenes de hasta 35 años (recuérdese que en la normativa de 2010 la edad máxima se fijaba en los 30 años); trabajadores con discapacidad; otros colectivos con especiales dificultades de inserción laboral; en fin, los trabajadores desempleados que hayan desarrollado con anterioridad su actividad profesional como autónomos y que no tengan derecho a ninguna prestación.


En el anexo de la norma se concreta un grupo de sectores obligatorios (medio ambiente, TIC, dinamización y cohesión comunitaria, servicios relacionados con las actividades básicas de la vida diaria) y de actuaciones preferentes.


La partida presupuestaria asignada al efecto es de 3.000.000 euros, distribuida de forma territorial (Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona y Las Tierras del Ebro) y con una partida de 376,260,00 euros asignada específicamente a proyectos pluriterritoriales, con una cofinanciación del 50 % a cargo del Fondo Social Europeo para financiar los costes de contratación de los trabajadores.

La tramitación se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, y el plazo para la presentación de solicitudes es de 30 días naturales a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la norma. La autoridad administrativa laboral debe dictar y notificar la resolución en un plazo máximo de 45 días a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y en caso de no hacerlo se entenderá desestimada.

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