viernes, 1 de abril de 2011

Fondo de apoyo a la acogida e integración de inmigrantes, y al refuerzo educativo, 2011.

1. El Boletín Oficial del Estado publica hoy la “Resolución de 23 de marzo de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de marzo de 2011, por el que se formalizan para el ejercicio 2011 los criterios objetivos de distribución así como la distribución resultante del crédito presupuestario, por un importe de 66.600.000 de euros, del Fondo de apoyo a la acogida e integración de inmigrantes, así como al refuerzo educativo de los mismos”.

El citado Fondo se incluyó, por primera vez, en los Presupuestos Generales del Estado de 2005, y durante cinco años distribuyó entre las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla 900 millones de euros. Ha merecido atención específica por mi parte en dos entradas anteriores del blog del año 2010, de las que ahora recupero sus contenidos más relevantes.

2. El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el 20 de abril de 2010 una Resolución que tenía su origen en la Moción presentada por Esquerra Republicana-Izquierda Unida- Iniciativa per Catalunya Verds, sobre la restitución del Fondo de Apoyo a la Acogida e Integración de los Inmigrantes, así como para el refuerzo educativo de los mismos. El texto aprobado, por 194 votos a favor, 2 en contra y 144 abstenciones, fue fruto del acuerdo alcanzado entre el grupo socialista y los firmantes de la moción, y se publicó en el Boletín Oficial del Congreso de los Diputados del miércoles 28 de abril.

“El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que se garantice la partida aprobada en la Ley 26/2009, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, dentro del presupuesto del Ministerio de Trabajo e Inmigración, correspondiente al Fondo de Apoyo a la Acogida e Integración de los Inmigrantes como instrumento que ha consolidado la concertación territorial en los programas de acogida e integración de la población inmigrante.»

Para tener un punto de comparación con el texto original de la moción, ésta decía lo siguiente:

“El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, de acuerdo con el mandato recogido en la Proposición no de Ley sobre el Fondo Estatal de Acogida e Integración y Refuerzo Educativo para las personas inmigradas (162/000360), siga apoyando financieramente el Fondo de Apoyo a la Acogida e Integración de los Inmigrantes, así como para el refuerzo educativo de los mismos, como el instrumento que ha consolidado la concertación territorial en los programas de acogida e integración de la población inmigrante, y a que, en consecuencia, siga adoptando las medidas que permitan el incremento de los recursos hasta alcanzar las mismas dotaciones presupuestarias previstas para 2009”.

Dicha Resolución parlamentaria no se vio finalmente recogida en la Resolución aprobada el 18 de mayo, por la que se aprobó un importe de 70 millones de euros para dicho Fondo. Según se disponía en el texto aprobado "Como consecuencia de la reducción llevada a cabo en el Presupuesto de Gasto del Ministerio de Trabajo e Inmigración de 2010 en el Acuerdo de Consejo de Ministros del pasado 29 de enero, la cantidad final resultante en la aplicación presupuestaria 19.07.231H.455.00 «Transferencias Corrientes a Comunidades Autónomas; Fondo de apoyo a la acogida e integración de inmigrantes así como al refuerzo educativo de los mismos» es de 70.000.000 de euros. La cuantía total que se distribuyó entre las Comunidades Autónomas se realizó en tres partidas: 41.208.600 euros para acogida e integración; 27.472.400 euros para refuerzo educativo; 1.319.000 euros para atención a menores extranjeros no acompañados» en el marco del Programa especial para la atención de menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias.

3. Para el año en curso, pues, se ha producido una pequeña reducción de la cuantía económica del Fondo, que pasa de 70 a 66.600.000 euros. En la introducción de la Resolución se expone que “El aumento de los flujos migratorios hacia España en los últimos años ha supuesto un incremento importante de la población atendida por los diferentes servicios públicos, con los correspondientes efectos sobre la planificación, desarrollo y financiación de políticas sobre las que las Comunidades Autónomas cuentan con competencias. En la actualidad, aunque ha disminuido el incremento de la población inmigrante, en materia de integración de los inmigrantes, sigue siendo necesaria la colaboración entre las distintas administraciones públicas para garantizar la cohesión social y la equiparación de derechos y obligaciones de la población inmigrante y autóctona, dentro del marco de la Constitución”. Al igual que en 2010, la cuantía se distribuye en tres partidas: 39.637.824 euros para acogida e integración. 26.425.216 euros para refuerzo educativo. 536.960 euros para atención a menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias. Son lógicamente las cuatro CC AA que concentran el grueso de la población inmigrante en España las que reciben una mayor asignación presupuestaria: Cataluña, 14.996.963; Madrid, 13.417.946; Andalucía, 7.735.310; Comunidad Valenciana, 7.273.167.

En cuanto a los criterios de distribución de las tres partidas, la norma dispone lo siguiente: en el ámbito de la acogida e integración, “Se establece una asignación básica para cada Comunidad Autónoma, en aplicación de un criterio de solidaridad interterritorial y con el fin de que las Comunidades en las que haya una presencia menor de inmigrantes, cuenten en todo caso con una aportación estable. Ponderación aplicada: 10%. Se establece igualmente una partida denominada «situaciones especiales» que responde a la mayor presión migratoria de entrada que soportan algunas comunidades por su situación geográfica y que se asigna de manera ponderada a las Comunidades Autónomas de Andalucía, Baleares, Canarias, Cataluña, Comunidad Valenciana, Comunidad de Madrid y Región de Murcia y las Ciudades de Ceuta y Melilla. Ponderación aplicada: 25%. La cantidad restante se asigna también de manera ponderada en función de los siguientes criterios: Población inmigrante empadronada, por comunidad autónoma, a fecha 1 de enero de 2010. Ponderación aplicada 30%. Número de trabajadores inmigrantes afiliados a la Seguridad Social, excluido el Régimen Especial Agrario, por comunidad autónoma, a fecha 31 de diciembre de 2010. Ponderación aplicada: 25%. Número de trabajadores inmigrantes de Régimen Especial Agrario, por comunidad autónoma, a fecha 31 de diciembre de 2010. Ponderación aplicada: 10%”.

Para la partida dedicada al refuerzo educativo se utilizan los siguientes criterios: “número total de alumnado inmigrante escolarizado en enseñanza no universitaria, por comunidad autónoma: Curso escolar 2009/2010. Ponderación: 60%. Número total de alumnado inmigrante escolarizado en enseñanza no universitaria procedente de países no castellanohablantes, por comunidad autónoma. Curso escolar 2009/2010. Ponderación: 40%”.

Por último, para atención a menores extranjeros no acompañados: “la distribución se efectuará en función del número de plazas de acogida ocupadas por los menores que permanezcan en el sistema de protección de cada Comunidad Autónoma participante en el Programa especial para la atención de menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias”.

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