martes, 7 de septiembre de 2010

Acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia al autoempleo en Cantabria.

El Boletín Oficial autonómico publica hoy martes la Orden EMP/64/2010, de 23 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia al autoempleo para los ejercicios económicos 2010 y 2011

La norma entrará en vigor mañana miércoles y tiene por finalidad facilitar el desarrollo (subvencionado) de acciones por parte de empresas y entidades públicas, corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro, que incrementen las posibilidades de empleo de las personas desempleadas, mediante la puesta en marcha de itinerarios de inserción ocupacional que se desarrollarán en el marco de una acción más global de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo. Más concretamente serán objeto de subvención, según dispone el artículo 4, “a) Aquellas que, mediante la información, orientación, acompañamiento u otros procedimientos, faciliten la mejora de la posición en el mercado de trabajo de las personas demandantes de empleo y la búsqueda de empleo por cuenta ajena. b) Aquellas que, mediante información, motivación, asesoramiento u otros procedimientos, faciliten la detección y dinamización de iniciativas de autoempleo en personas demandantes de empleo”.

La suma total asignada al efecto es de 1.234.551,00 euros (partidas presupuestarias de 14.803,00, 34.456,00 y 433.762,00 euros para 2010, y 71.159,00, 92.167,00 y 588.204,00 euros para 2010).

A tal efecto, el servicio autonómico de empleo subvencionará los costes salariales y de seguridad social del personal técnico y de apoyo que fueren necesarios para la puesta en marcha de las acciones de empleo, con el ratio de un técnico por cada 1500 horas/año de la acción, y con el ratio de una persona de apoyo por cada tres técnicos. La cuantía de la subvención no superará los 32.071,76 euros/año para los primeros y los 22.450,24 euros/año para el segundo.

La tramitación se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, y el plazo para la presentación de solicitudes es de 10 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación. La autoridad administrativa laboral dispone de 6 meses para dictar y notificar la resolución, a partir del siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y en caso de no hacerlo se entenderá desestimada.

La finalización de las acciones tendrá como fecha límite en todo caso el 30 de septiembre de 2011.

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