domingo, 15 de noviembre de 2009

La reforma de la normativa de extranjería entra en la fase final (I)

1. La semana que hoy termina ha visto la aprobación por la Comisión de Trabajo e Inmigración del Senado del proyecto de ley de modificación de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero (modificada) sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

El texto aprobado el pasado jueves día 12, que recoge casi en su integridad el informe previo de la ponencia y añade alguna enmienda transaccional, mantiene los ejes básicos de la nueva política migratoria definidos en el Congreso y que han permitido aunar las voluntades e intereses de varios grupos parlamentarios (PSOE, CiU, PNV, y varios representantes del grupo mixto), quedando fuera del acuerdo, por motivos muy diferentes el grupo popular y el de ERC-IU-ICV.

2. Es especialmente digno de atención ver la satisfacción que manifiesta CiU, tal como se recoge en su página web, en la que el diputado Carles Campuzano y la senadora Montserrat Cardini manifiestan que el texto “blinda” las competencias autonómicas (obviamente la referencia concreta es a Cataluña) en materia de inmigración. Desde el análisis de cómo ha evolucionado la tramitación de la norma hasta el momento presente, no les falta razón ya que se han incorporado la gran mayoría de las enmiendas presentadas por su grupo parlamentario. Con cita de las palabras de la Sra. Candini, la futura ley “preserva les competències autonòmiques, blinda les competències de l’Estatut en Immigració i obre nous espais a la participació de les comunitats en polítiques d’estrangeria”, destacándose la aprobación de una enmienda en Senado que subraya que “la concessió de l’autorització inicial de treball, en necessària coordinació amb la que correspon a l’Estat en matèria de residència, correspondrà a les Comunitats Autònomes d’acord amb les competències assumides als seus corresponents Estatuts”.

Por el grupo popular, el Sr. González García reiteró el pasado jueves en gran medida los argumentos expuestos por su compañero del Congreso Sr. Hernando en el Pleno del Congreso del día 29 de octubre, criticando que no se haya alcanzado un pacto de Estado sobre una materia tan importante como la inmigración, y enfatizando que se otorguen amplias competencias a las Comunidades Autónomas para tratar de cuestiones “que son competencia del Estado” y para las que no se prevé presupuesto, criticando que mientras que por una parte se amplían competencias autonómicas por otra se reduce en un 50 %, según el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, la cuantía del fondo para la integración de los inmigrantes. Recuérdese que el portavoz del grupo popular en el Congreso calificó de "disparate" transferir competencias en materia de expedición de permisos iniciales de trabajo a algunas Comunidades Autónomas, así como la potestad de sanción y recaudación a las mismas, y de "disparate aún mayor" que el anterior, la facultad conferida a las CC AA para formalizar acuerdos internacionales con países extranjeros.

3. En relación con el texto remitido por el Congreso de los Diputados, aprobado en la Sesión Plenaria del 29 de octubre, cabe decir que no se han introducido modificaciones de relevancia que afecten a la regulación de las relaciones de trabajo de los extranjeros, salvo la confirmación de las competencias asumidas por las Comunidades Autónomas que así lo tengan recogido en sus Estatutos de Autonomía para la tramitación de las autorizaciones iniciales de trabajo.

Según la información facilitada a los medios de comunicación por la senadora socialista Matilde Fernández, se han incorporado las enmiendas del grupo socialista, la mayor parte de ellas de carácter meramente técnico o de corrección de errores observados en el texto que ha llegado al Senado, así como una mejor regulación de la política de visados en el espacio comunitario.

Cabe decir, no obstante, que algunas de las “correcciones de errores” son relevantes, ya que de no haberse producido la regulación hubiera sido mucho más laxa en un caso y hubiera planteado problemas interpretativos en otro.

Me refiero, en el primer caso, a la reincorporación al proyecto de ley de la consideración como falta grave, recogida en el proyecto de ley presentado en el Congreso, de la promoción de la permanencia en España de un ciudadano extranjero en situación irregular, texto que ha sido duramente criticado por la mayor parte de las organizaciones no gubernamentales, quedando el texto aprobado en los siguientes términos: “promover la permanencia irregular en España de un extranjero cuando su entrada legal haya contado con una invitación expresa del infractor y continúe a su cargo una vez transcurrido el período de tiempo permitido por su visado o autorización. Para graduar la sanción se tendrán en cuenta las circunstancias personales y familiares concurrentes”.

En el segundo, se corrige un “baile de números” que modificaba las competencias de la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social en materia de extranjería y que les “otorgaba” competencia para conocer de las infracciones graves por “contraer matrimonio, simular relación afectiva análoga o constituirse en representante legal del menor, cuando dichas conductas se realicen con ánimo de lucro o con el propósito de obtener indebidamente un derecho de residencia, siempre que tales hechos no constituyan delito”. Con la corrección, baste indicar la consideración de falta leve de prestar sus servicios el trabajador extranjero en una ocupación, sector de actividad o ámbito geográfico no contemplado por la autorización de residencia y trabajo de la que sea titular, o la contratación por parte empresarial de trabajadores extranjeros cuya autorización “no les habilita para trabajar en esa ocupación o ámbito geográfico”.

Entre las enmiendas transaccionales aprobadas, tiene una relación directa con las políticas de empleo, la obligación asumida por el gobierno, al objeto de facilitar la tarea de control de las Cortes de elaborar y remitir anualmente “un informe con el análisis cuantitativo y cualitativo de los datos analizados por el Observatorio permanente de la inmigración relacionados con los movimiento migratorios, y especialmente con los flujos migratorios de carácter laboral”; tampoco deben olvidarse algunas mejoras introducidas en la protección de las personas afectadas por el tráfico de seres humanos para facilitarles autorización provisional de residencia y trabajo mientras se tramite el procedimiento de autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.

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