sábado, 7 de noviembre de 2009

Fomento de la contratación por cuenta ajena en las Islas Canarias.

La Resolución de 19 de octubre de 2009 aprueba las bases de vigencia indefinida del programa de subvenciones destinado a incentivar nuevos contratos laborales, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias. La norma se publicó el día 30 del mismo mes y entró en vigor al día siguiente, y tiene por finalidad regular, con carácter indefinido, las bases que regulan el programa de subvenciones destinado a incentivar contratos de trabajo en el ámbito territorial canario.

Este programa de fomento de empleo, que se enmarca en la Estrategia de Empleo en Canarias 2008-2013, tiene por finalidad contribuir a mejorar la calidad y la estabilidad en el empleo, también a la productividad y competitividad de las empresas afectadas, pudiendo acogerse al mismo las empresas radicadas en territorio autonómico y que contraten a trabajadores desempleados residentes en Canarias y que estén inscritos en las oficinas de empleo del Servicio Autonómico con una antigüedad mínima de un mes, con la excepción de varios colectivos de difícil acceso al mercado de trabajo (ej.: perceptores de la prestación canaria de inserción).

La contratación podrá formalizarse por tiempo indefinido o bien tener una duración determinada. En el primer caso la subvención oscilará entre 3.000 y 4.000 euros, abonándose la última cuantía citada cuando el contrato se formalice con una persona perteneciente a un colectivo especialmente desfavorecido (ej.: quien se encuentre en situación social o riesgo de padecerla) o afectada por violencia de género; en el segundo, y siempre que la duración mínima sea de 6 meses, la cuantía se situará entre 600 y 800 euros, con incremento de 100 euros por cada mes de duración superior a 6 meses y con el límite fijado en cualquier caso para los contratos indefinidos. La contratación a tiempo parcial, siempre que sea como mínimo del 50 % de la jornada habitual, implicará la reducción proporcional de la subvención. La empresa queda obligada a mantener el puesto de trabajo subvencionado con contrato indefinido por un mínimo de 3 años, y si se ha suscrito un contrato temporal por la duración del mismo.

Estas subvenciones serán incompatibles con cualesquiera otras que puedan percibirse con la misma finalidad, salvo con las bonificaciones a las cuotas empresariales a la Seguridad Social reguladas en los programas estatales de fomento de la contratación.

La partida presupuestaria asignada para este año es de 300.000,00 euros, en régimen de convocatoria abierta, y previéndose dos períodos para solicitar las subvenciones: el primero, de enero a agosto de este año, y el segundo de septiembre a noviembre. El plazo para la presentación de la solicitud será de 10 días, a partir del siguiente al de la publicación, para los contratos suscritos en los 8 primeros meses del año, y de 10 días, a contar a partir del 1 de diciembre, para el segundo bloque. La autoridad administrativa laboral dictará y notificará la resolución en el plazo máximo de 1 mes en el primer caso, y antes del 31 de diciembre en el segundo. En consecuencia, la distribución de la partida presupuestaria se fija en 20.000 euros para el primer período y 10.000 para el segundo.

En cuanto a los criterios de valoración, primará la solicitud de mayor número de contratos subvencionados, que se trate de contrataciones indefinidas, con mayor duración media en su caso, con mayor jornada, y si finalmente sigue habiendo empate técnico la norma otorga preferencia a la solicitud “que se hubiera presentado con mayor prontitud según la fecha y número de registro de entrada en el Servicio Canario de Empleo”.

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