La Orden TAS/360/2008, de 6 de febrero, por la que se modifica la Orden de 15 de julio de 1999, por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificadas como I + E, publicada en el BOE del día 15 y que entró en vigor al día siguiente, introduce un cambio importante en la regulación de la figura de los agentes de empleo y desarrollo local, y más en concreto en su vinculación estable a la misma corporación local o entidad dependiente o vinculada.
Las modificaciones se justifican por la conveniencia de aprovechar al máximo la experiencia de los ADLs, y se concretan en la modificación de la normativa vigente (Orden de 15 de julio de 1999, modificada ya por la Orden de 14 de enero de 2005) en los siguientes términos: en primer lugar, se suprime el período máximo de cuatro años durante el que se podía conceder la subvención, por lo que esta tendrá carácter anual y se podrán conceder prórrogas por sucesivos períodos anuales; en segundo término, y con modificación de la Orden de 14 de enero de 2005, se permite que la contratación se efectúe por la misma entidad, de tal manera que las contrataciones que se efectúen podrán llevarse a cabo con la misma o distinta entidad. Además, la norma se aplicará con carácter retroactivo para facilitar su plena eficacia, siendo de aplicación a las subvenciones ya concedidas y a las contrataciones que estén operativas en la fecha de entrada de la norma, es decir el 16 de febrero.
En definitiva, se trata de suprimir todas las restricciones normativas existentes hasta la entrada en vigor de la nueva norma para facilitar el pleno aprovechamiento de la experiencia de los ADLs y conseguir la dinamización de las políticas activas de empleo por parte de las corporaciones locales, objetivo principal de la Orden de 15 de julio de 1999.
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