miércoles, 19 de agosto de 2026

Sobre las fake news laborales. La necesidad de conocer las circunstancias de cada caso concreto.

 

El miércoles 19 de agosto se ha publicado en cincodías/elpaís el https://cincodias.elpais.com/legal/2026-08-19/cuidado-con-las-fake-news-laborales-consejos-para-saber-si-una-sentencia-es-util-en-tu-caso.html del redactor José Miguel Barjola titulado “Cuidado con las ‘fake news’ laborales: consejos para saber si una sentencia es útil en otro caso”, acompañado del subtítulo “La prensa especializada en derecho laboral da pie a titulares llamativos, pero no todos los casos son extrapolables: conviene estudiar las aristas de cada litigio” 

En dicho artículo se recogen las manifestaciones del magistrado de lo Social Carlos Javier Galán y las mías al respecto, además de referirse también a las efectuadas hace unos días en su cuenta de la red social LinkedIn por María Díez   , directora de recursos humanos de SDi

Reproduzco a continuación las preguntas que me formuló el autor del artículo y las respuestas íntegras que formulé, de las que, muy lógicamente, ha efectuado un (excelente) resumen, para que los lectores y lectoras del blog puedan tener una más amplia información sobre las “noticias de impacto” que realmente no lo son.

Buena lectura.

Pregunta

 

¿Qué errores identifica en la prensa jurídica que toca temas laborales, en especial, al hablar de sentencias?

 

Respuesta

 

La más importante a mi parecer es un titular taxativo que parezca indicar que ya se ha resuelto un problema jurídico, cuando la realidad demuestra que se suele tratar de un caso concreto y que hay que estar muy atentos las circunstancias particulares del caso

 

Pregunta

 

¿Qué errores puede cometer el lector que lee un titular y piensa: “esto es un nuevo derecho y aplica a mi caso”?

 

Respuesta

 

Derivará del titular de la noticia, básicamente, ya que, si no se lee todo el artículo, puede identificar dicho titular con su caso particular y creer, efectivamente, que se le aplica, sin tomar en consideración, una vez más, las circunstancias concretas del caso.

 

Pregunta

 

¿Qué informaciones son esenciales a la hora de redactar o leer una pieza sobre una resolución laboral?

 

Respuesta

 

Intentar, primeramente, que el titular sea lo más preciso posible. Identificar con claridad sobre qué trataba el conflicto y cuál ha sido la respuesta, distinguiendo (es importante) según se trate de un juzgado, de un TSJ, de la AN o del TS.  

 

Pregunta: ¿Es importante que la sentencia esté disponible para su lectura en el texto de la noticia?

 

Respuesta

 

Si se trata de una revista o diario jurídico, la respuesta es afirmativa, ya que presuponemos que el lector o lectora tiene conocimientos jurídicos. En caso de que no sea así, creo que bastaría con una explicación rigurosa del caso para poder tener un buen conocimiento del caso y de cómo ha sido resuelto.

 

Pregunta

 

¿Cree que, en general, la prensa trata con rigor los temas laboralistas?

 

Respuesta

No me atrevo a dar una respuesta general. Sí  creo que hay buenos/as periodistas que tratan con rigor tales temas, y otros/as que sólo efectúan un resumen de  la nota de prensa del gabinete de comunicación del Poder Judicial que publica en CENDOJ o que se basan única y exclusivamente en la información que le facilita una parte del conflicto, normalmente la que ha ganado el litigio.  

 

Anexo de casos prácticos:

 

 

1. De unas latas de ‘Monster’ al despido procedente: el TSJ catalán avala la decisión de Burger King e introduce la pérdida de confianza como causa de despido

La empresa despidió a un trabajador por llevarse varias bebidas energéticas sin pagarlas y el Tribunal concluye que la ruptura de la confianza pesa más que el escaso valor de los productos sustraídos

https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/de-unas-latas-de-monster-al-despido-procedente-el-tsj-catalan-avala-la-decision-de-burger-king-e-introduce-la-perdida-de-confianza-como-causa-de-despido/   25 de junio de 2026  

 

Eduardo Rojo Torrecilla (ERT) En realidad, el TSJ de Cataluña aplica simplemente la jurisprudencia del TS sobre cuándo es procedente el despido por transgresión de la buena fe contractual

 

2. El calor extremo ya no es excepcional: la sentencia que obliga a replantear el empleo público frente al cambio climático

El TSJ de Andalucía declara improcedente un despido: el calor ya no justifica la temporalidad laboral

https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/el-calor-extremo-ya-no-es-excepcional-la-sentencia-que-obliga-a-replantear-el-empleo-publico-frente-al-cambio-climatico/  25 de junio de 2026    

ERT. Se trata de una contratación fraudulenta, siendo esta irregularidad jurídica la que en realidad conduce a la declaración de improcedencia del despido.  

 

3. El TSJ de Madrid descarta que los 15 minutos que un conductor de autobús tarda en cambiarse de uniforme computen como jornada laboral

https://confilegal.com/20260629-tsj-madrid-tiempo-cambiarse-uniforme-conductor-autobus-no-jornada-laboral/   29 de junio de 2026.

ERT. Titular esencialmente correcto. No lo es tanto la explicación del caso

 

4. El TSJ de Canarias avala el despido de un trabajador de aeropuerto que dio positivo en cannabis

El tribunal considera justificada la sanción por tratarse de un puesto que peligroso

https://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/20446-el-tsj-de-canarias-avala-el-despido-de-un-trabajador-de-aeropuerto-que-dio-positivo-en-cannabis/  

ERT Titular esencialmente correcto, y buena explicación del caso en el artículo.  

5. Despedir con un plazo de alegaciones de tres días es improcedente 

https://www.expansion.com/juridico/sentencias/2026/06/22/6a3978e4468aeb4d7b8b4591.html  22 de junio de 2026.

ERT Es una sentencia del TSJ del País Vasco, pero no es doctrina general sino que hay que estar al caso concreto.

6. Entró en vigor: hacerse pareja de hecho da pie a disfrutar de un permiso de 15 días "retribuido y no recuperable"

https://www.elespanol.com/aragon/vivir/20260627/entro-vigor-hacerse-pareja-hecho-da-pie-disfrutar-permiso-dias-retribuido-no-recuperable-trt/1003744300821_0.html 

27 de junio de 2026.

ERT La noticia da a entender que acaba de entrar en vigor, cuando ya está reconocido desde hace bastante tiempo.

7. Entró en vigor: no puedes trabajar más de 6 horas seguidas sin un descanso obligatorio de 15 minutos

https://www.elespanol.com/mujer/estilo-vida/20260626/entro-vigor-no-puedes-trabajar-horas-seguidas-sin-descanso-obligatorio-minutos/1003744286075_0.html

ERT El mismo error o defecto que en el caso anterior, y en el mismo diario electrónico.

8. Ya es oficial: los trabajadores tienen derecho a un día libre extra por cada sábado festivo que coincida con el descanso

https://www.elespanol.com/sociedad/20260622/oficial-trabajadores-derecho-dia-libre-extra-sabado-festivo-coincida-descanso/1003744293796_0.html

ERT Se trata de decisiones judiciales, no de normativa, y hay que estar a cada caso concreto.

22 de junio de 2026.

9. Negar el teletrabajo para cuidar a los padres sale caro: condenada una empresa a pagar más de 165.000 euros a un trabajador

https://www.elperiodico.com/es/economia/20260119/justicia-teletrabajo-denuncia-conciliacion-cargas-familiares-indemnizacion-salud-mental-dv-125484617

ERT Se trata de un caso concreto, no de doctrina general. Sentencia del TSJ del País Vasco.

 

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