El miércoles 19 de
agosto se ha publicado en cincodías/elpaís el https://cincodias.elpais.com/legal/2026-08-19/cuidado-con-las-fake-news-laborales-consejos-para-saber-si-una-sentencia-es-util-en-tu-caso.html del redactor José Miguel Barjola titulado
“Cuidado con las ‘fake news’ laborales: consejos para saber si una sentencia es
útil en otro caso”, acompañado del subtítulo “La prensa especializada en
derecho laboral da pie a titulares llamativos, pero no todos los casos son
extrapolables: conviene estudiar las aristas de cada litigio”
En dicho artículo
se recogen las manifestaciones del magistrado de lo Social Carlos Javier Galán
y las mías al respecto, además de referirse también a las efectuadas hace unos
días en su cuenta de la red social LinkedIn por María Díez , directora de recursos humanos de SDi
Reproduzco a continuación
las preguntas que me formuló el autor del artículo y las respuestas íntegras
que formulé, de las que, muy lógicamente, ha efectuado un (excelente) resumen,
para que los lectores y lectoras del blog puedan tener una más amplia información
sobre las “noticias de impacto” que realmente no lo son.
Buena lectura.
Pregunta
¿Qué errores identifica en la prensa jurídica que toca
temas laborales, en especial, al hablar de sentencias?
Respuesta
La más importante a mi parecer es
un titular taxativo que parezca indicar que ya se ha resuelto un problema
jurídico, cuando la realidad demuestra que se suele tratar de un caso concreto
y que hay que estar muy atentos las circunstancias particulares del caso
Pregunta
¿Qué errores puede cometer el
lector que lee un titular y piensa: “esto es un nuevo derecho y aplica a mi
caso”?
Respuesta
Derivará del titular de la noticia,
básicamente, ya que, si no se lee todo el artículo, puede identificar dicho
titular con su caso particular y creer, efectivamente, que se le aplica, sin
tomar en consideración, una vez más, las circunstancias concretas del caso.
Pregunta
¿Qué informaciones son esenciales a
la hora de redactar o leer una pieza sobre una resolución laboral?
Respuesta
Intentar, primeramente, que el
titular sea lo más preciso posible. Identificar con claridad sobre qué trataba
el conflicto y cuál ha sido la respuesta, distinguiendo (es importante) según
se trate de un juzgado, de un TSJ, de la AN o del TS.
Pregunta: ¿Es importante que la
sentencia esté disponible para su lectura en el texto de la noticia?
Respuesta
Si se trata de una revista o diario
jurídico, la respuesta es afirmativa, ya que presuponemos que el lector o
lectora tiene conocimientos jurídicos. En caso de que no sea así, creo que
bastaría con una explicación rigurosa del caso para poder tener un buen
conocimiento del caso y de cómo ha sido resuelto.
Pregunta
¿Cree que, en general, la prensa
trata con rigor los temas laboralistas?
Respuesta
No me atrevo a dar una respuesta
general. Sí creo que hay buenos/as
periodistas que tratan con rigor tales temas, y otros/as que sólo efectúan un
resumen de la nota de prensa del
gabinete de comunicación del Poder Judicial que publica en CENDOJ o que se
basan única y exclusivamente en la información que le facilita una parte del
conflicto, normalmente la que ha ganado el litigio.
Anexo de casos prácticos:
1. De unas latas
de ‘Monster’ al despido procedente: el TSJ catalán avala la decisión de Burger
King e introduce la pérdida de confianza como causa de despido
La empresa
despidió a un trabajador por llevarse varias bebidas energéticas sin pagarlas y
el Tribunal concluye que la ruptura de la confianza pesa más que el escaso
valor de los productos sustraídos
Eduardo Rojo
Torrecilla (ERT) En realidad, el TSJ de Cataluña aplica simplemente la
jurisprudencia del TS sobre cuándo es procedente el despido por transgresión de
la buena fe contractual
2. El calor
extremo ya no es excepcional: la sentencia que obliga a replantear el empleo
público frente al cambio climático
El TSJ de
Andalucía declara improcedente un despido: el calor ya no justifica la
temporalidad laboral
ERT. Se trata de
una contratación fraudulenta, siendo esta irregularidad jurídica la que en
realidad conduce a la declaración de improcedencia del despido.
3. El TSJ de
Madrid descarta que los 15 minutos que un conductor de autobús tarda en
cambiarse de uniforme computen como jornada laboral
https://confilegal.com/20260629-tsj-madrid-tiempo-cambiarse-uniforme-conductor-autobus-no-jornada-laboral/ 29 de junio de 2026.
ERT. Titular
esencialmente correcto. No lo es tanto la explicación del caso
4. El TSJ de
Canarias avala el despido de un trabajador de aeropuerto que dio positivo en
cannabis
El tribunal
considera justificada la sanción por tratarse de un puesto que peligroso
ERT Titular
esencialmente correcto, y buena explicación del caso en el artículo.
5. Despedir con un
plazo de alegaciones de tres días es improcedente
https://www.expansion.com/juridico/sentencias/2026/06/22/6a3978e4468aeb4d7b8b4591.html 22 de junio de 2026.
ERT Es una
sentencia del TSJ del País Vasco, pero no es doctrina general sino que hay que
estar al caso concreto.
6. Entró en vigor:
hacerse pareja de hecho da pie a disfrutar de un permiso de 15 días
"retribuido y no recuperable"
27 de junio de
2026.
ERT La noticia da
a entender que acaba de entrar en vigor, cuando ya está reconocido desde hace
bastante tiempo.
7. Entró en vigor:
no puedes trabajar más de 6 horas seguidas sin un descanso obligatorio de 15
minutos
ERT El mismo error
o defecto que en el caso anterior, y en el mismo diario electrónico.
8. Ya es oficial:
los trabajadores tienen derecho a un día libre extra por cada sábado festivo
que coincida con el descanso
ERT Se trata de
decisiones judiciales, no de normativa, y hay que estar a cada caso concreto.
22 de junio de
2026.
9. Negar el
teletrabajo para cuidar a los padres sale caro: condenada una empresa a pagar
más de 165.000 euros a un trabajador
ERT Se trata de un
caso concreto, no de doctrina general. Sentencia del TSJ del País Vasco.
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