viernes, 20 de febrero de 2026

SMI. 1.221 euros mensuales.

 

1. Tras el “susto” jurídico provocado por la derogación del Real Decreto-Ley 16/2025 de 23 de diciembre, en el que se incluía la prórroga del Salario Mínimo Interprofesional de  2025 hasta que se aprobara el de 2026,  que llevó al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a publicar una nota informativa   en la que subrayaba que seguía vigente, el Consejo de Ministros  celebrado el día 17 aprobó el nuevo SMI Interprofesional para este año 2026, en concreto 1.221 euros mensuales en 14 pagas, y sin tributación de IRPF. La norma, Real Decreto 126/2026 de 18 de febrero fue publicada el día 19 y se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero  .

Una amplia explicación del proyecto normativo, mantenido inalterado, fue realizada en la entrada “Se abre a los trámites de audiencia e información pública el proyecto de Real Decreto por el que se fija el Salario Mínimo interprofesional para 2026”  , por lo que me permito remitir a todas las personas interesadas a su lectura. En esta nueva entrada, añado algunos datos y consideraciones personales sobre el SMI de 2026.    

2. Se trata de una norma cuyo contenido fue acordado con los sindicatos CCOO y UGT, en la mesa del diálogo social, y que no ha tenido el acuerdo de las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME, y que además ha generado un agrio debate    entre la Vicepresidente segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, y el Presidente de la CEOE Antonio Garamendi 

Dicho acuerdo entre gobierno y sindicatos prevé que los incrementos del SMI no queden en nada por la aplicación de los mecanismos legales existentes de compensación y absorción de complementos salariales, si bien ello podrá, en su caso, ser objeto de concreción en la norma que transponga al derecho español la Directiva comunitaria sobre el principio de igualdad de retribución y transparencia retributiva, cuyo plazo limita para transposición es el del próximo 7 de junio. Medida, fuertemente criticada por la parte empresarial     , para quien dicho pacto, que a su parecer no respetaba el marco normativo vigente y quebraba la negociación colectiva, llevaría de ser puesto en práctica a “un incremento exponencial de los costes y asfixiará a gran número de empresas”.

Es importante resaltar que desde el año 2018 (SMI de 735,90 euros mensuales), y ello lógicamente ha sido destacado por el MITES y los sindicatos, el SMI se ha incrementado un 66 %, de tal manera que la media ha sido de 485,10 euros al mes, es decir 6.791,4 euros al año.

La pregunta más importante que hay que responder es a quién beneficia este nuevo SMI. Los datos ministeriales y sindicales van desde 1.600.00 hasta 2.500.000 personas trabajadoras, siendo las Comunidades Autónomas de Andalucía, Madrid, Comunidad Valenciana y Cataluña son aquellas en las que habrá más  personas beneficiarias del nuevo SMI, y supone entre el 9 y 10 % de la población asalariada, con especial impacto entre jóvenes, mujeres y nacionales extranjeros, ciudadano, y en los sectores de agricultura, hostelería y comercio.   Se trata, asi lo ha destacado la UGT, de “seguir avanzando hacia la plena convergencia europea, garantizar el 60% del salario medio y asegurar que el crecimiento económico se traduzca en mejores salarios para la mayoría social “  . Más concretamente en Cataluña, los datos sindicales prevén su afectación a cerca de 220.000 personas, el 6% del total de cotizantes a la Seguridad Social, con especial impacto entre las mujeres     .

No ha sido bien recibido este incremento en el mundo empresarial, y aunque no se haga expresa referencia al mismo, la nota de prensa publicada el mismo día 17 por CEPYME subrayaba que las microempresas no pueden asumir más costes salariales    , manifestando con indudable dureza que “las pequeñas y medianas empresas que representan el 99,8 % del tejido productivo, están siendo sometidas a un asfixiante incremento de costes que pone en riesgo su supervivencia y, con ello, el empleo que sostienen que no tienen en cuenta las distintas realidades empresariales”.

Creo que hay que valorar positivamente el nuevo SMI, en la medida que puede seguir contribuyendo a mejorar los niveles salariales de quienes perciben los más bajos salarios, si bien al mismo tiempo hay que evaluar cómo afecta a salarios superiores, y por supuesto también seguir deseando que medidas que afectan a todo el mundo laboral, tanto empresarial como de personas trabajadoras, puedan acordarse en un diálogo social tripartito. Reto difícil en estos momentos, pero que hay que seguir intentando, por todos, que sea posible.

Buena lectura.  

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