viernes, 21 de junio de 2024

Salarios. Un apunte sobre la Encuesta de Estructura Salarial de 2022

 

El Instituto Nacional de Estadística publicó el jueves 20 de junio el avance de la Encuesta anual de estructura salarial correspondiente al año 2022  

¿Cuáles serán los factores que incidirán sobre el salario? El sector de actividad económica es sin duda relevante con diferencias muy destacadas, e igualmente la ocupación de la persona trabajadora. Asimismo, que la jornada sea completa o a tiempo parcial tiene, igualmente, una importancia destacada, como también la tiene el sexo de quien presta sus servicios por la diferente ubicación de trabajadores y trabajadores en sectores de actividad, ocupaciones, duración de la jornada de trabajo y modalidad contractual, teniendo esta última también su reflejo en las diferencias salariales, en perjuicio de quienes tuvieron contratos de duración determinada con respecto a los indefinidos.

La nacionalidad es un factor no desdeñable, igualmente, para entender la existencia de estas diferencias salariales. ¿Y qué decir de la edad? Pues que los datos conocidos confirman las intuiciones, cuales son que la mayor edad y la mayor antigüedad en el empleo implican una remuneración salarial más elevada. No nos podemos olvidar del ámbito territorial donde se desarrolla la actividad, la respectiva la Comunidad Autónoma considerada, y los datos también pone de manifiesto importantes diferencias, que guardan relación con la estructura productiva y también, no conviene olvidarlo, con la mayor presencia sindical para representar los intereses de las personas trabajadoras.

Para su comparación con los datos de 2021 remito a esta entrada  

2. De las consideraciones generales hemos de pasar ya a los datos concretos. Según la EES 2022, la ganancia media anual por persona trabajadora fue de 26.948,87 euros, con un aumento del 4,1 % respecto al año anterior. La ganancia media para los hombres fue de 29.381,84 euros y para las mujeres de 24.359,82 euros. El salario medio anual femenino representó el 82,9 % del masculino, si bien esa diferencia debe matizarse, señala la encuesta, “en función de otras variables laborales (tipo de contrato, de jornada, ocupación, antigüedad, etc.) que inciden de forma importante en el salario”.

Otra diferencia significativa es que el 10,3 % de los hombres percibió una remuneración igual o inferior al SMI, incrementándose hasta el 24,2 % en el caso de las mujeres. Por el contrario, mientras el porcentaje de hombres que perciben un salario igual o superior a cinco veces el SMI es del 3,9 %, la cifra se reduce al 2,2 % para las mujeres.

En función de la ganancia de cada persona trabajadora con respecto al SMI en % (recordemos que el del año 2022 era de 33,33 euros/día o 1.000 euros/mes, según que estuviera fijado por días o por meses   , el porcentaje de mujeres que percibían de 0 a 1 SMI era muy superior al de los hombres (24,28 y 10,34 % respectivamente) mientras que a partir de remuneraciones que se encontraban entre 1 y 2 del SMI y superiores, la presencia masculina era mayoritaria en los de mayor remuneración. En cualquier caso, hay que reseñar que el 17 ,10 % del total de personas trabajadores percibían una remuneración situada del 0 al 1 del SMI, y que el 48,16 % está entre el 1 y 2 % del SMI.

3. Ya he indicado que la estructura productiva, y la presencia sindical, condicionan los niveles salariales, y ello queda plenamente puesto de manifiesto al analizar los datos por territorios autonómicos, ya que siguen siendo, como en años anteriores, País Vasco, Madrid y Navarra las tres autonomías que tienen niveles superiores a la media, además de Cataluña y las Islas Baleares, mientras que en la franja inferior se ubican Extremadura, Canarias y Castilla-La Mancha Las diferencias van desde los 32.313,73 euros del País Vasco a los 21.922,73 Extremadura. Se destaca que las diferencias entre sexos no son iguales en todas las regiones y que la distinta estructura del empleo en cada una de ellas “es el factor fundamental que explica esta variabilidad”, si bien el dato común a todas ellas es el salario inferior de las mujeres con respecto al de los hombres.

Siguen las muy importantes diferencias en función de la actividad económica que ya se observaban en años anteriores. En el top ten se coloca la actividad de suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado (55.470,69 euros) y el farolillo rojo es para el sector de hostelería (16.274,71 euros), es decir un 105,8 y un 45,6 % superior e inferior a la media nacional, respectivamente.

4. El principio de igualdad de trato y no discriminación debe ser respetado con independencia de la modalidad contractual y del tipo de jornada. Sería interesante analizar si el respeto es total en ambos casos, y los conflictos suscitados en sede judicial plantean más de una y dos dudas al respecto. En cualquier caso, y al margen de esta consideración jurídica, los datos ponen de manifiesto la diferencia salarial por razón de la duración (indefinida o temporal) de la modalidad contractual, ya que el de quienes trabajan con contratos temporales perciben una media anual de 25.096,82 euros, mientras que para los trabajadores con contrato indefinido su remuneración es de 27.193,32 euros. La sensible disminución de la diferencia existente en 2021 se explica por el INE en estos términos que ponen de manifiesto la importancia de la reforma laboral operada por el RDL 32/2021 de 28 de diciembre: “El salario anual de los contratos temporales aumentó un 25,5% respecto a 2021. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la entrada en vigor del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo dio lugar a que un número significativo de contratos temporales se convirtieran en indefinidos mediante la figura del contrato de fijo discontinuo. Así, el porcentaje de trabajadores con contrato temporal en la encuesta ha pasado de ser el 18,3% en 2021 al 11,7% en 2022. Por su parte, el salario anual de los indefinidos bajó un 0,8% entre ambos años”

Tampoco es de extrañar, lógicamente, que si se analizan los salarios por tipos de ocupación, la categoría de directores y gerentes ocupe el primer lugar del ranking, mientras que el menor nivel se adjudica a las personas trabajadoras no cualificadas en los servicios, yendo desde los 59.478,63 a los 14.665,40 euros, es decir un 120,7 % superior y un 45,6 % inferior a la media, respectivamente.

Con respecto a la edad, se destaca que la remuneración se va incrementando de forma gradual hasta los 59 años, subrayando la encuesta de 2022 que la percepción salarial de quienes tenían una edad entre 60 y 64 años disminuyó, si bien “se mantuvo por encima del salario medio”, y volvió a subir a partir de los 65 años, destacándose que este último grupo “tuvo el salario más alto, con 30.496,85 euros. La diferencia es sustancial con respecto a las y los trabajadores menores de 20 años, cuyo salario medio due de 10.597,24 euros, influyendo sobremanera el elevado número de contratos temporales y a tiempo parcial.

5. El nivel de estudios juega un papel determinante en la remuneración percibida, como se observa con toda claridad en el dato de que mientras que el salario de licenciados/as y doctores/as universitarios/as fue de 44.672,1e3 euros (65,8 % superior al promedio), el de las personas trabajadores con estudios primarios incompletos fue de 17.333.57 euros (inferior en un 35,7 % al salario medio)

6. No menos importante, dado el importante número de personas trabajadoras extranjeras, tanto de la Unión Europea como de terceros países, es el dato de la diferencia salarial por razón de nacionalidad, siendo solo los españoles quienes percibieron una cuantía superior a la media (27.500, 25 euros ), situándose por debajo los restantes, destacándose el dato de que el más bajo fue el de personas de nacionalidades americanas (18.214,62),  algo que sin duda tendrá bastante que ver con el elevado número de quienes, en su gran mayoría mujeres, trabajan en el servicio doméstico y en el sector de la hostelería.

7. Para completar la explicación anterior, acompaño amplios fragmentos de la entrada publicada el 26 de noviembre de 2023   ,  en la que expuse los datos facilitados por el INE sobre el decil de salarios del empleo principal en 2022, a partir de los datos obtenidos en la Encuesta de Población Activa del INE.

 “... La realidad salarial española puede observarse con mucho detalle en la encuesta del INE sobre el decil de salario de empleo principal según la EPA del año 2022...

 El concepto de salarios que se utiliza para esta encuesta es el recogido en el Reglamento (CE)nº377/2008 de la Comisión, de 25 de abril de 2008, “salario mensual asociado al empleo principal”, empleo que es el que desarrolla la persona entrevistada en la semana de referencia. La nota metodológica del INE   explica además que

“Se ha acordado a nivel europeo el concepto de “salario mensual del empleo principal”, como una definición de referencia que permita la comparación entre los diversos países y sea a la vez flexible para que se pueda estimar por diferentes métodos. En el caso de España, esta definición se refiere al salario mensual del empleo principal realizado por la persona en la semana de referencia de la encuesta, incluidas las retenciones a cuenta de impuestos sobre la renta del empleo y las cotizaciones obligatorias del trabajador a sistemas de seguridad social (salario mensual bruto, por tanto).

Se han añadido criterios convencionales en relación con casos especiales. Así, las pagas extras y otros complementos anuales son considerados en la definición, dividiendo su cantidad por 12. También se incluyen los pagos por horas extras regulares, propinas y comisiones.

 Además, si es un empleo eventual de duración inferior a un mes, el salario será una estimación del que se obtendría para una duración de todo el mes por un empleo similar (la persona, al menos en principio, podría realizar otros empleos de esa índole en el mismo mes). Pero en cambio, si es un empleo a tiempo parcial no debe transformarse al equivalente a tiempo completo (se trata del empleo principal y por tanto es el que proporciona los ingresos más significativos)”.

 ... El salario bruto medio mensual se sitúa en 2.128,4 euros, cuantía que no debe dejar pasar por alto que un 30 % de asalariados percibió menos de 1.440,1 euros, cantidad que se situó entre la citada y 2.373,7 para un 40 %, y superior para el restante 30 %., siendo las Comunidades Autónomas del País Vasco y Extremadura las más diferenciadas, ya que en la primera el 44,4 % de salarios se sitúa en la franja superior, mientras que en la segunda el  porcentaje en la franja inferior fue del 39,4 %. No conviene olvidar, por otra parte, que el salario mediano (el que divide al número de personas trabajadoras en dos partes iguales, las que tienen un salario superior y aquellas que perciben un salario inferior) es inferior, concretamente de 1.814,0 euros,

 La brecha salarial de género se observa en la ubicación de trabajadoras y trabajadoras dentro de cada grupo, ya que en el de mayor cuantía salarial encontramos a un 32,7 % de varones y a un 27,2 de mujeres, mientras que el inferior se invierten los porcentajes, siendo el 40,0 % el de las mujeres y sólo un 20,7 % el de los trabajadores masculinos, por lo que ello nos lleva necesariamente a matizar la afirmación inicial de la cuantía del salario bruto medio mensual, ya que al desagregar los datos por razón de sexo se refleja que la media percibida por las trabajadoras es de 1.941,7 euros mensuales, subiendo hasta  los 2.303,5 euros para los hombres, diferencias que encuentran su razón de ser en buena medida en la mayor presencia femenina en los contratos a tiempo parcial y en ramas de actividad de bajos niveles de remuneración.

 También la edad es un factor importante para ubicar a los asalariados en uno de los tres deciles, estando la mayor parte de los menores de 25 años ubicados en el de menor cuantía salarial, un porcentaje sensiblemente inferior al de los asalariados a partir de 55 años, siendo claramente al contrario los porcentajes se invierten al referirnos al decil de cuantía salarial superior. Ejemplo claro de esta diferencia es que el salario de las y los jóvenes de 16 a 24 años es de 1.315,4 euros, incrementándose en franjas superiores hasta llegar a los 2.381,2 euros para la franja de 55 y más años.

Sigue siendo relevante a efectos salariales el nivel de formación alcanzado, bastando ahora aportar este dato significativo: mientras que el 41,9 % de las personas con nivel de estudio bajo  (quienes habían finalizado, como máximo, la enseñanza obligatoria) no percibió salario superior a 1.440,1 euros mensuales, un porcentaje más de siete puntos superior, el 49,5 %, percibió ingresos superiores a 2.373,7 euros disponiendo de un nivel formativo superior, y más concretamente “el salario medio percibido por los asalariados que como máximo tenían educación secundaria de primera etapa se situó en 1.465,5 euros, mientras el de los que tenían estudios superiores fue de 2.647,8 euros”.

Lógicamente, la duración de la jornada (completa o a tiempo parcial) influye en la cuantía salarial, siendo así que la gran mayoría de quienes trabajan a tiempo parcial se situaron en el decil inferior (87,4 %), porcentaje muy superior al de los trabajadores a tiempo completo (20,2 %), y por el contrario, sólo el 1,6 % de quienes prestan su actividad a tiempo parcial se ubicaron en el decil superior, porcentaje muy inferior al del 34,9 % de los asalariados a tiempo completo.

Tampoco sorprende que la distribución salarial por tipo de contrato (indefinido o de duración determinada) lleve a concluir que el primero implica un salario superior al del segundo, siendo el salario medio bruto mensual de 2.247,3 euros para el primero y 1.683,9 para el segundo.

Por ramas de actividad, las diferencias son realmente importantes, ya que van desde los 3.498,0 en suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado, hasta el trabajo laboral doméstico (981,0 euros), hostelería (1.389,9 euros), y agricultura, ganadería, silvicultura y pesca (1.477,3 euros), y por ocupación desde los 4.454,3 euros de directores y gerentes hasta los 1.308,3 de los trabajadores en ocupaciones elementales.

 La influencia del número de trabajadores ocupados en la empresa o centro de trabajo en la cuantía salarial es fácilmente perceptible en los datos disponibles, siendo así que el porcentaje de trabajadores ubicados en el decil superior en establecimientos de 250 o más trabajadores (donde se concentra la mayor presencia y representación sindical) es de 52,7 %, porcentaje muy superior al del 11,6 % que se da en centro que ocupan hasta 10 trabajadores. En el decil inferior se encuentran el 11,6 % de los trabajadores en los centros de 250 o más ocupados, siendo el porcentaje sensiblemente superior, 51,3 % en aquellos centros que ocupan hasta 10 trabajadores.

Ultimo, pero no menos importante, las diferencias salariales se ponen claramente de manifiesto si nos fijamos en el ámbito territorial, consecuencia de factores ya referenciados con anterioridad. Aquellas que cuentan con mayor porcentaje de trabajadores en la franja alta salarial son País Vasco (44,4 %), Comunidad Foral de Navarra (39,6 %), y Madrid (37,0 %), mientras que la mayor concentración de salarios de la franja menor se encuentra en Extremadura (39,4 %), Canarias (38,5) y Murcia (37,2 %) yendo las diferencias en el salario medio en el empleo principal desde los 2.545,8 euros del País Vasco a los 1.845,3 euros de Extremadura. La Comunidad Autónoma de Cataluña se sitúa ligeramente por encima de la media nacional, alcanzando los 2.281,3 euros”.

Buena lectura.

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