1. El Consejo deMinistros celebrado el martes 23 de mayo aprobó el Plan anual de fomento del empleo digno 2023 (PAFED), dando cumplimiento a lo dispuesto en el art. 13 de la Ley 3/2023 de 28 de febrero, de Empleo .
Recordemos que dicho
precepto dispone que el Plan “... concretará, con carácter anual, las
directrices necesarias para alcanzar en el conjunto del Estado y en cada una de
las distintas Comunidades Autónomas, objetivos de la Estrategia (Española de
Apoyo Activo al Empleo, regulada en el art. 12), así como los indicadores que
se utilizarán para conocer y evaluar anualmente el grado de cumplimiento de los
mismos”, fijando “los servicios y programas que se desarrollarán tanto por las
Comunidades Autónomas como por la Agencia Española de Empleo”. Se articular en
torno a seis ejes que son los siguientes: orientación, formación, oportunidades
de empleo, igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, emprendimiento y
mejora del marco institucional. En dichos seis ejes “se integrarán los
objetivos en materia de políticas activas de empleo y el conjunto de los
servicios y programas desarrollados por los servicios públicos de empleo”.
En el Plan se
incluyen un total de 96 servicios y programas distintos, de los cuales 65 son
comunes y 31 propios, para el conjunto de los 6 Ejes, recogidos en el anexo I.
Tanto en la nota
de prensa del Consejo del Ministros como en la publicada por el Ministerio de
Trabajo y Economía Social se encuentra una buena síntesis de su
contenido, destacando que “Este Plan, junto con la Estrategia Española de Apoyo
Activo al Empleo 2021-2024, configuran el marco normativo para la coordinación
y ejecución de las políticas de activación para el empleo en toda España, a
partir del cual los servicios públicos de empleo diseñarán y gestionarán sus
propias políticas”.
2. He tenido oportunidad
de leer una de las últimas versiones del PAFED, datada del mes de abril, por lo
que puede haber en el texto aprobado ayer algunas modificaciones sobre su contenido,
si bien creo que serán de poca importancia ya que las líneas maestras vienen
marcadas por la LE y la EEAAE.
En cuanto a la
distribución de las partidas presupuestarias, cuyo montante total, 6.847.334,34
euros, fue aprobado en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para este año, entre el Estado y las Comunidades Autónomas,
se acuerda en la Conferencia Sectorial de Empleo y Relaciones Laborales, habiéndose
ya procedido a la distribución de 2.803.847.030 euros en la LXXXIIIConferencia, celebrada el 28 de abril . En todo caso, y con respecto al ámbito económico, conviene destacar, como explica
el Plan que “Los servicios y programas de políticas de activación para el
empleo incluidos en este Plan Anual 2023 son aquellos que no se financian con
cargo al Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (MRR), ni a los créditos
distribuidos en el seno de la Conferencia Sectorial del Sistema de
Cualificaciones y Formación Profesional para el Empleo”
3. Tuve
oportunidad de analizar la EEAAE en entradas anteriores. De una de ellas, “Planes,programas y Estrategias. Notas a los contenidos laborales, de empleo yprotección social, del Plan de recuperación, transformación, recuperación yresiliencia, del Programa Nacional de Reformas 2021 y de la actualización delPlan de estabilidad económica 2021- 2024” recupero la parte dedicada a su
explicación:
“.... En fin, era
innegable la satisfacción con la que el Ministerio de Trabajo y Economía
Social, y en particular la Ministra Yolanda Díaz, acogieron la aprobación por
la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales (celebrado el 28 de
abril de 2021), de la Estrategia Española de Apoyo Activo para el Empleo
2021-2024, denominación que encuentra su razón de ser en el apartado 4 del
Pilar europeo de derechos sociales aprobado en noviembre de 2017, que está
dedicado al “apoyo activo para el empleo”, y dispone que “Toda persona tiene
derecho a recibir asistencia personalizada y oportuna a fin de mejorar sus
perspectivas de empleo o trabajo autónomo. Esto incluye el derecho a recibir
ayuda para la búsqueda de empleo, la formación y el reciclaje. Toda persona
tiene derecho a la transferencia de la protección social y el derecho a la
formación durante las transiciones profesionales. Los jóvenes tienen derecho a
educación continua, una formación como aprendices, un periodo de prácticas o
una oferta de empleo de buena calidad en los cuatro meses siguientes a quedar
desempleados o finalizar los estudios. Las personas desempleadas tienen derecho
a recibir una ayuda personalizada, continuada y adecuada. Los desempleados de
larga duración tienen derecho a una evaluación individual detallada, a más
tardar, a los 18 meses de desempleo”.
Una Conferencia,
calificada por la Ministra de “histórica, un ejemplo en democracia de colaboración
con las comunidades autónomas. Trabajaremos conjuntamente una parte muy
importante de los déficits del mercado laboral en España. El acuerdo de hoy es
muy importante para el Gobierno de España, y para el país en su conjunto
", y afirmando de la Estrategia que “la reforma profunda que estamos
planteando inaugura una nueva generación de Políticas Activas de Empleo que va
en la dirección de los países más avanzados de nuestro entorno y está
firmemente asentada en nuestra realidad”. Para tal “nueva generación de
políticas de empleo” se aprobó en la Conferencia la distribución de 2.111
millones de euros para las Comunidades Autónomas.
La estrecha
relación de la nueva Estrategia con el Plan de recuperación queda plenamente
recogida en su capítulo III, que aborda sus principios inspiradores, y en el
que puede leerse lo siguiente: “La clave del cambio de modelo que establece la
Estrategia Española de Apoyo Activo para el Empleo 2021-2024 es lograr la
eficacia y evaluar para garantizar esa eficacia, así como para la rendición de
cuentas. La evaluación por tanto es un eje vertebral de esta nueva Estrategia y
quinto principio inspirador.
Para cumplir estos
objetivos, convergen en este momento la puesta en marcha del Pilar de Empleo
del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la aprobación
de unos nuevos Presupuestos Generales del Estado para 2021, con la contribución
de los recursos económicos procedentes del Next Generation para el Plan
Nacional para la recuperación, transformación y resiliencia, la ampliación del
programa de Garantía Juvenil y las potencialidades del vigente Programa
Operativo de Fondo Social Europeo, además del trabajo ya iniciado en torno al
nuevo Plan de Acción GJ+ por el trabajo digno 2021-2027. Sin olvidar la oportunidad
que representa la aprobación de esta nueva Estrategia Española de Apoyo Activo
para el Empleo para el periodo 2021-2024 (EEAAE), cuyo proyecto ha elaborado al
Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con el artículo 18.d) de la
vigente Ley de Empleo”.
4. En la
Introducción se explica que el Plan 2023 “concreta los objetivos a alcanzar en
este año en el conjunto de España y en cada una de las distintas comunidades
autónomas”, y que “recoge, asimismo, los indicadores que se van a utilizar para
valorar el grado de consecución de dichos objetivos, de forma que el Plan
adquiere un carácter vertebrador en la gestión de las políticas de apoyo activo
al empleo e incorpora un enfoque integrado de su planificación, ejecución y
evaluación. De esta manera, se consolidan los cambios introducidos en Planes
anteriores con respecto a los indicadores, que han sido objeto de una notable
simplificación, y que en este ejercicio continúan experimentando una mejora de
la claridad y transparencia en el proceso de evaluación”, además de tener en cuenta
los resultados de la tercera evaluación de las políticas de empleo, realizada por
la Red de Servicios Públicos Europeos y que se completó en junio del pasado
año.
Entre las
novedades incorporadas destaca especialmente a mi parecer la inclusión como servicios
comunes, y dando cumplimiento a lo dispuesto en la LE, de los servicios garantizados
que se regulan en esta, así como también la mayor atención a los colectivos que
la LE considera de atención prioritaria en la elaboración de las políticas de
empleo. Se enfatiza que, en colaboración con las Comunidades Autónomas “se ha
realizado un ejercicio de agrupación y síntesis, de manera que, el número de
programas y servicios propios para el conjunto de los seis Ejes en este PAFED
2023, alcanza un total de 31”.
Se subraya con
especial atención la incorporación de un nuevo Programa Común, que lleva por
título “Transversalización de la igualdad de género en las políticas activas de
empleo”, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 4 de la LE, que fija
los objetivos de la política de empleo, siendo uno de ellos “Favorecer las
condiciones para la generación de mercados de trabajo inclusivos en que se
garantice la efectiva igualdad de oportunidades y la no discriminación en el
acceso al empleo y en las acciones orientadas a conseguirlo, procurando, en
particular, la presencia equilibrada de personas trabajadoras de ambos sexos en
cualesquiera sectores, actividades o profesiones, así como condiciones
laborales compatibles con la corresponsabilidad de los trabajos de cuidados”,
así como también que “facilita” la materialización del Objetivo Estratégico núm.
1 de la EEAAE, cual es “Enfoque centrado en las personas y en las empresas”.
Se explica que el
Programa tiene como objetivo “favorecer e integrar la transversalidad de género
en el diseño, desarrollo y evaluación de las políticas activas de empleo”, y
que surge “del Plan de Transversalización de la Igualdad en las políticas
activas de empleo (PTI), que se ha elaborado a partir del “informe de
diagnóstico sobre el grado de integración de la perspectiva de género en los
servicios y programas comunes de las políticas activas de empleo”, que contiene
también 18 informes concretos sobre cada una de las Comunidades Autónomas,
además de uno adicional estatal”.
5. Tras la
introducción se analiza la situación de nuestro mercado de trabajo, procediendo
primero a dar cuenta de los datos de 2022 y haciendo una valoración muy
positiva, tanto con carácter general como refiriéndose a los distintos sectores
de actividad, como consecuencia principalmente del impacto de la reforma
laboral operada por el Real Decreto-Ley 32/2021 de 28 de diciembre sobre el
incremento de la contratación estable, la creación de empleo y la reducción
tanto de las tasas de temporalidad como del número de personas desempleadas. Se
pasa a continuación a valorar las perspectivas para el año en curso, teniendo
en consideración los últimos datos económicos y reflexionando sobre cuál será
su impacto sobre el mercado laboral.
Inmediatamente
después se describe el “marco estratégico” en el que se inserta el Plan, situado
“dentro del escenario macroeconómico y la política económica del Gobierno,
dando cumplimiento a las obligaciones europeas de coordinación de las políticas
económicas nacionales y de cumplimiento de los objetivos fijados para la Unión
Europea en su conjunto”.
Uno de los
documentos a los que se presta atención en este bloque del Plan es el Informe “España 2050. Fundamentos ypropuestas para una estrategia nacional de largo plazo”, que incluye como uno
de los desafíos “Resolver las deficiencias de nuestro mercado de trabajo y
adaptarlo a las nuevas realidades sociales, económicas y tecnológicas”. Aquí se
constata que “Las transformaciones demográficas y tecnológicas de las próximas
décadas traerán nuevos retos, pero también nuevas oportunidades para corregir
esta situación. El envejecimiento hará que en nuestro país haya 3,7 millones
menos de potenciales trabajadores. Sin cambios, esto podría provocar una caída
de los ocupados del -0,5% anual de aquí a 2050, frente al incremento del 2,0%
que tuvimos entre 1995 y 2019. Para neutralizar esta pérdida de fuerza laboral,
habrá que aumentar las tasas de empleo de las mujeres, los jóvenes y las
personas mayores de 55 años; incentivar la inmigración legal; y potenciar la
recuperación y atracción de talento”. También, que “La generalización de las
nuevas tecnologías y la economía digital cambiarán profundamente la forma en la
que concebimos, organizamos y realizamos el trabajo. En el corto plazo, podría
provocar pérdidas de empleo y un empeoramiento de las condicionales laborales
de determinados colectivos; un riesgo que habrá que combatir mediante una
apuesta decidida por la recualificación y una adaptación de las redes de
protección social. En el medio y largo plazo, sin embargo, la transformación
tecnológica creará nuevos empleos, aumentará la productividad, y mejorará las
condiciones laborales de la mayoría de los trabajadores”. Se concluye que “Para
aprovechar las oportunidades del futuro, nuestro país tendrá que modernizar su
tejido productivo; actualizar y reforzar sus políticas activas de empleo;
adecuar su marco normativo a las nuevas realidades económicas y laborales;
actualizar sus mecanismos de negociación colectiva; y mejorar las condiciones
de trabajo hasta hacer de este una experiencia más satisfactoria para el
conjunto de la ciudadanía”.
6. También se
anuncia, y hay que desear que sea una realidad, que 2023 será el año en el que
se pondrán en prácticas las medidas recogidas en el Plan Nacional de Reformas 2022, tales como “la modernización de
las Políticas Activas de Empleo, con especial foco en la intermediación y la
formación y en la mejora de las herramientas de los Servicios Públicos de
Empleo, la evaluación continua de los programas para reforzar aquellos que
tengan mejores resultados o la revisión de los incentivos a la contratación y
la simplificación y mejora de la protección asistencial de desempleo”. En este
bloque se realiza una excelente síntesis de las importantes novedades
introducidas por la LE y que por su indudable interés me permito reproducir:
“... entre las
principales novedades destacan la plasmación al máximo nivel normativo un
listado de 10 servicios garantizados para las personas demandantes de los
servicios de empleo y de 6 compromisos a asumir por estos, así como un listado
de 6 servicios garantizados y de 3 compromisos a asumir por las personas,
empresas y demás entidades empleadoras; la ampliación de los colectivos de
atención prioritaria; la posibilidad de acordar criterios de distribución de
carácter plurianual y la distribución de los fondos para ejercicios futuros o
la incorporación de la evaluación de la política de empleo, que se realizará de
forma continuada, planificada, dirigida en el seno del SNE y realizada con
carácter externo e independiente, desarrollándose de manera adicional al
conjunto de evaluaciones internas que se realicen dentro del SNE, sin perjuicio
de otros como la incorporación de los contratos-programa para la ejecución de
políticas activas de empleo con otras entidades del sector público,
singularmente con entidades locales y universidades públicas, así como con las
cámaras de comercio, industria, servicios y, en su caso, navegación o la introducción
de las tasas de empleabilidad, intermediación y cobertura”.
7. El apartado 4
del Plan está dedicado a su estructura y objetivo, incorporando lógicamente los
cinco fijados en la EEAAE: Enfoque centrado en las personas y en las empresas. Coherencia
con la transformación productiva. Orientación hacia resultados. Mejora de las
capacidades de los Servicios Públicos de Empleo. Gobernanza y cohesión del
Sistema Nacional de Empleo. En cuanto a los servicios y programas del Plan se
han incluido de acuerdo con los seis ejes recogidos en el art. 13 de la LE y
que ya ha referenciado con anterioridad.
El Plan “contiene
el conjunto de los servicios y programas que cada Comunidad Autónoma llevará a
cabo, comprendiendo tanto los que establezca libremente, ajustándose a la
realidad de las personas trabajadoras y del tejido productivo de su ámbito
territorial, como los servicios y programas de ámbito estatal que son de
aplicación en todo el Estado, con independencia del ámbito territorial en el
que vivan las personas destinatarias de las mismas”.
8. Por último, es
importante destacar que el PAFED será objeto de evaluación, y ello “sin
perjuicio de las actuaciones específicas en materia de seguimiento y evaluación
promovidas por los Servicios Públicos de Empleo autonómicos en su ámbito
territorial”. La evaluación se realizará
“mediante un modelo integrado y completo de seguimiento y evaluación de
las políticas activas de empleo, coherente con la Estrategia Española de Apoyo
Activo al Empleo 2021-2024, y orientado a la medición del impacto y de los
resultados de las PAE en las personas y las empresas, prestando especial
atención a los de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo,
a la evaluación del desempeño de los Servicios Públicos de Empleo y contando
con la concurrencia de evaluaciones externas e independientes”.
9. Para finalizar estas notas, soy del parecer que el Plan se ajusta a los criterios generales fijados en la Recomendación del Consejo de 16 de mayo sobre la politica económica de la zona del euro , que entre las recomendaciones que dirige a los Estados para el períod 2023-2024 incluye la relativa al mercado de trabajo en estos términos: "De conformidad con las prácticas nacionales y respetando el papel de los interlocutores sociales, fomentar una evolución salarial que mitigue la pérdida de poder adquisitivo de los asalariados, en particular para los trabajadores con bajos ingresos, reflejando al mismo tiempo la evolución de la productividad a medio plazo y limitando los efectos secundarios sobre la inflación. Desarrollar y adaptar, cuando sea necesario, sistemas de apoyo social para ayudar a los hogares vulnerables a hacer frente a la perturbación energética y a las transiciones ecológica y digital, y abordar el aumento del riesgo de pobreza. Seguir mejorando las políticas activas del mercado laboral y adoptar medidas para hacer frente a la escasez de personal cualificado y fomentar el empleo de calidad. Garantizar la participación efectiva de los interlocutores sociales en la elaboración de políticas y reforzar el diálogo social".
10. Ahora tocar
esperar a la publicación de PAFED en el BOE y, muy especialmente, a su efectiva
aplicación. Mientras tanto, buena lectura.
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